Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Comisión de Tributación Notarial AAEF: sexta reunión

Martes 7 de septiembre, por Zoom.

La Comisión de Tributación Notarial de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales llevará a cabo su sexta reunión virtual del año el martes 7 de septiembre, a las 18.30 h, a través de la plataforma Zoom. 

Temario: 

  • Monedas complementarias: estado actual e impacto de la tecnología emergente. Tecnología “blockchain”. Monedas digitales. Criptomonedas. Criptoactivos. Contratos inteligentes. Transacciones e inversiones. Aproximación a su tratamiento impositivo y regulación. Posibilidad de cancelación de obligaciones. Prevención del lavado de activos
    Exposición a cargo de la Dra. Margarita Llada

 

  • Facturación del escribano: responsable inscripto, monotributista y consumidor final. Conceptos a facturar. Abordaje de diversas situaciones en la actuación notarial
    Exposición a cargo de la Dra. Silvina Ortiz

Material:

I.- Normativa

1.- RG (AFIP) n° 5022/21
2.- RG (AFIP) n° 5056/21 

II.- Jurisprudencia

1.- “Narosky, Eduardo Gabriel”. Tribunal Fiscal de la Nación. Sala B. 29 de julio de 2005

Sala de Reunión Zoom
ID de reunión: 821 8369 1226
Contraseña: 987040

Coordinadores: Viviana C. Di Pietromica y P. Julián González Mantelli.

Instructivo para validar la firma del Poder Judicial de la Nación

A fin de facilitar la tarea de los colegas, el Colegio pone a disposición el instructivo y el tutorial en formato audiovisual elaborado  para validar las firmas de las resoluciones del Poder Judicial de la Nación. 

Este material fue desarrollado en conjunto por el área de Soporte Informático y por el Departamento de Comunicaciones, con la colaboración del Instituto de Derecho Procesal. Agradecemos el generoso aporte de los escribanos Mariela del Río y Hernán de Pablo

Publicamos a continuación los links de acceso al instructivo, al tutorial y a la descarga de los certificados requeridos para validar las firmas.

Se les recuerda que la web del colegio tiene un sector de instructivos, para visualizar haga clic aquí.

Haga clic aquí para acceder al instructivo

Descargar el Certificado nº 1 

Descargar el Certificado nº 2 

Solicitud de apostillas – Nueva aplicación en el Acceso Restringido Único

El Colegio tiene el agrado de informar que ha desarrollado una nueva aplicación para la solicitud de apostillas y legalizaciones consulares, la cual ya se encuentra disponible en el Acceso Restringido Único de nuestra página web.

Este nuevo servicio mejora sensiblemente el proceso de apostillado, porque reduce los tiempos que lleva el proceso de legalización, evita duplicar el escaneo (para legalizarlo y para apostillarlo) y no requiere de transferencias bancarias, ya que el costo del trámite se cobra por la boleta Ley 404 (ya no se deben realizar transferencias bancarias).

Con la nueva aplicación se puede solicitar una apostilla o legalización consular, según el país destinatario esté dentro o fuera del Convenio de La Haya. Para ello, se deberá ingresar, en primer término, el nombre y apellido del titular del apostillado y, luego, elegir el/los país/es destinatario/s del documento. 

A continuación la aplicación ofrece las siguientes opciones:

a. Legalizaciones remotas:  Documentos notariales en soporte papel, previamente legalizados por el sistema de legalizaciones remotas. En este caso se debe elegir el documento ya legalizado.

b. Fojas digitales: Documentos generados con el GEDONO. Como en el caso anterior, se debe elegir el documento ya legalizado.

c. Archivo particular: En este caso, se debe subir un archivo digital para su apostillado o para su legalización consular. Por ejemplo: certificados de reincidencia o partidas de matrimonio o nacimiento expedidas por el Registro Civil, entre otras.

Finalmente el usuario deberá hacer click en “solicitar apostillado”.

Una vez procesada la solicitud por el Departamento de Legalizaciones y finalizado el trámite consular estará disponible para que el escribano la descargue e imprima (si el documento es en formato papel) o simplemente la descargue (si los documentos son digitales).

Importante: Con la implementación de la nueva aplicación, las apostillas dejarán de solicitarse a través de la MEV y de abonarse por transferencia bancaria. Por ello, el formulario de solicitud de apostillas que figura en la MEV será dado de baja

Enviamos el manual de uso que detalla todas las funcionalidades de este nuevo sistema.

Manual para la solicitud de apostillas digitales

 

AFIP: Resolución General 5063/21

Suspensión de la Resolución General 4700.

La AFIP ha publicado la Resolución General 5063/21 mediante la cual  se suspende  la Resolución General N° 4.700 que establecía, con carácter de excepción, un plazo adicional al previsto en el artículo 4° de la Resolución General N° 2.513, a fin de facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de la obligación de comunicación en los supuestos de reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones. 

Esta norma entrará en vigencia a partir del primer día del mes inmediato siguiente al de su publicación y resultará de aplicación respecto de todas aquellas reorganizaciones contempladas en el artículo 80 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, cuya fecha de reorganización se produzca a partir de dicha vigencia

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5063/21

ARBA: Resolución Normativa 29/21 

No se solicitarán las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 29/21 mediante la cual se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, la previsión contenida en el artículo 15 de la Resolución Normativa 26/19, texto según Resolución Normativa 64/20, de no solicitar las medidas cautelares dispuestas en el artículo 14 del Código Fiscal en juicios de apremio.

 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 29/21

GCBA: DNU 10/21

Se prorroga hasta el 30 de septiembre de 2021 la emergencia sanitaria.

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires publicó el DNU 10/21, a través del cual se prorroga, hasta el 30 de septiembre de 2021, la emergencia sanitaria declarada por DNU 1/20 y sus modificatorios en el ámbito de la CABA. Esta norma se dicta con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los protocolos aprobados para cada caso.

Haga clic aquí para acceder al DNU 10/21

Nueva jornada de Cuidá lo Tuyo – Edición 2021

Agradecimiento a los colegas

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos agradece a todos los colegas que el último sábado participaron de una nueva edición de Cuidá lo tuyo, realizada en la sede de la Facultad de Ciencias Económicas de la UBA y que permitió, por 11° año consecutivo, acercarnos a la comunidad que necesita la orientación profesional de un escribano.

Esta jornada fue posible gracias a un convenio firmado con esta casa de estudios y con el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires el pasado jueves. Allí el presidente Carlos Allende y el secretario Hernán Ferretti rubricaron el acuerdo con el Decano de FCEUBA, Ricardo Pahlen Acuña, y la titular de CPCEBA, Gabriela Russo. El convenio permitirá además intercambiar necesidades profesionales. Por otro lado, y debido a la alta demanda y éxito de la convocatoria, solicitaron al Colegio una nueva edición de esta campaña de responsabilidad social.

Esta jornada de servicio a la comunidad sólo fue posible por el compromiso de colegas que atendieron las consultas presencialmente, con estricto cumplimiento de la distancia social, el uso de tapabocas, alcohol en gel y de pantallas protectoras, para respetar el protocolo COVID.

Durante esta edición se respondieron más de 200 consultas de índole notarial. Pero cabe destacar que se autorizaron más de 70 escrituras de protección de la vivienda, que se realizaron totalmente gratis. Con una clara convocatoria de las autoridades del Colegio a través de los medios, se puso en relevancia el importante beneficio que conlleva proteger la vivienda familiar en circunstancias tan especiales como las que estamos atravesando en los últimos tiempos y allí se revalorizó una vez más la función social de la actividad notarial.

Reiteramos nuestro agradecimiento a todos los colegas que generosamente ofrecieron su tiempo y colaboración en esta edición de la campaña Cuidá lo tuyo y los invitamos a seguir sumándose a esta iniciativa de responsabilidad social.

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AFIP: Resolución General 5060/21

Retenciones del impuesto a las ganancias aplicable sobre los dividendos y utilidades.

La AFIP ha publicado la Resolución General 5060, mediante la cual se adecua el régimen de  retenciones del impuesto a las ganancias aplicable sobre los dividendos y utilidades (arts. 49 y 50 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, t.o. 2019 y sus modificaciones), que se paguen o sean puestos a disposición de las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país y de los beneficiarios del exterior.

Asimismo, la norma adecua las referencias normativas de la Resolución General  4.478 al ordenamiento de la Ley de Impuesto a las Ganancias dispuesto por el Decreto N° 824 del 5 de diciembre de 2019, y a la reglamentación del impuesto aprobada por el Decreto N° 862 del 6 de diciembre de 2019 y su modificación.

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IMPORTANTE – Asambleas y Elecciones en Pandemia

Consideraciones para la elección del lugar.

El Consejo Directivo informa a los colegas que la decisión de realizar la Asamblea Extraordinaria y Ordinaria Anual, y las elecciones en el Campo Argentino de Polo, según resolución unánime CD Nº153/21, de fecha 30 de junio del corriente, responde a las siguientes razones.

El Colegio de Escribanos es una institución con una amplia trayectoria de transparencia y confiabilidad en la sociedad, que debe tutelar el derecho al voto de los colegiados, el derecho a la participación y el derecho a contar con elecciones libres, como una manera de preservar los valores de la democracia representativa.

En el contexto actual, tan complejo para la vida cotidiana e institucional, la elección del lugar donde realizar los actos asamblearios resulta prioritaria para garantizar ese derecho, sin perder de vista otros de igual o mayor envergadura. En pandemia, se debe privilegiar también el derecho a la salud. Al hacerlo, se logra la convergencia de derechos de igual o parecido rango: por un lado, el derecho a la participación y al voto, y, por otro lado, el derecho a la salud de quien asiste a ese acto eleccionario, incluso de quienes los van a acompañar, y al personal del Colegio que estará asignado a ese evento.

Por ello, porque las circunstancias son extraordinarias, el Consejo Directivo ha adoptado medidas excepcionales para este acto eleccionario, que permiten el menor riesgo para la salud de los colegiados y, a su vez, hacen posible tutelar sus derechos políticos. El propósito de esta decisión es armonizar, conjugar y expresar los mismos derechos.

Para tomar esta decisión, con la responsabilidad que implica, el Consejo Directivo ha meditado seriamente las posibles consecuencias de realizar el acto eleccionario en la sede del Colegio. Nuestra casa es un ámbito cerrado y de escasa ventilación,  por ende, riesgoso, si lo que se propone es recibir un número considerable de votantes a la vez, en momentos en los que la pandemia no está superada y existe una amenaza concreta de una nueva expansión de casos, con motivo de la variante Delta.

También se tomaron en cuenta otras alternativas, que debieron ser descartadas. El voto por correspondencia no resulta aplicable por una cuestión de plazos, dado que la Res. 6 de la IGJ establece claramente que “luego de oficializadas las listas de candidatos y con una antelación no menor a los 30 días corridos al acto comicial, la Junta Electoral remitirá al domicilio real de cada uno de los electores…”. En tal sentido, y como las listas de candidatos se oficializarán a partir del 9 de septiembre (según la reglamentación) y las elecciones serán realizadas el 30 de septiembre, el envío de las misivas estaría fuera del plazo previsto.

Tampoco es factible utilizar dos locaciones para el acto eleccionario, ya que para evitar la duplicidad de votos, se debería contar con recursos tecnológicos, indisponibles en ambas sedes, que repliquen lo ocurrido en cada una de las mesas de votantes. Por otro lado, si se distribuyeran las mesas en dos sedes diferentes, el colegiado no tendría posibilidad de optar por una u otra, sino que debería votar según la distribución que le tocara en suerte.

Por estos motivos, el Consejo Directivo ha entendido que  este acto debía realizarse en un espacio amplio y ventilado, como es el Campo Argentino de Polo, cuyo uso, además, fue cedido gratuitamente y que cuenta con múltiples vías de acceso, para que los escribanos pueden llegar acompañados por familiares o amigos, incluso con la posibilidad de ingresar con el auto. Para garantizar un acto eleccionario seguro, el Colegio sólo deberá asumir el costo por el alquiler de las carpas a instalar en donde se desarrollará la asamblea.

Esta decisión, además, se ajusta al protocolo requerido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, especialmente autorizado para garantizar el normal desarrollo de los actos en este contexto excepcional.

Destacamos que para la toma de las decisiones sobre los procesos y modalidades de la Asamblea y acto eleccionario, se contó con el asesoramiento del Dr. Guillermo Ragazzi, ex Inspector General de Justicia y especialista en temas asamblearios, también con el acuerdo de la Junta Electoral designada para el acto eleccionario.

 

AFIP: Resolución General 5058/21

“Crédito a Tasa Cero 2021”. Mecanismo de solicitud para los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5057/21, mediante la cual establece el mecanismo para solicitar el beneficio de “Crédito a Tasa Cero 2021”, creado por el Decreto Nº 512/21, a efectos de que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) se registren e ingresen los datos necesarios que el sistema requiera, para que las entidades bancarias procedan a otorgar el crédito solicitado.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5058/21

AFIP: Resolución General 5057/21

Régimen de facilidades de pago RG 4268.  Extensión de la aplicación de medidas  en el segundo párrafo del inciso b) del artículo 11 de la Resolución General N° 4.268 e incremento transitorio de cantidad máxima de cuotas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5057/21, mediante la cual suspende, hasta el 30 de noviembre de 2021, la aplicación de la condición establecida en el segundo párrafo del inc. b) del art. 11 de la Resolución General 4268, sus modificatorias y su complementaria.

Asimismo, extiende a 36 la cantidad de cuotas  correspondiente al tipo de deuda “AJUSTE DE FISCALIZACIÓN (7)” de los cuadros referidos a “CANTIDAD DE PLANES, CUOTAS Y TASA DE INTERÉS DE FINANCIACIÓN” del Anexo II de la mencionada Resolución.

La norma también extiende, en los cuadros referidos a cantidad de planes, cuotas y tasa de interés de la Resolución General 4268, la fecha de vencimiento de la vigencia transitoria, que pasa a ser 30/11/2021.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5057/21

AFIP: Resolución General 5056/21

Monotributo: exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago, procesos sistémicos, extensión de suspensiones.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5956, que extiende hasta el 1 de diciembre de 2021 la suspensión dispuesta en el art. 1º de la Resolución General 4687 –y sus modificatorias y complementarias– del procedimiento referido a la exclusión de pleno derecho del régimen simplificado para pequeños contribuyentes (previsto en los arts. 53-55 RG 4309) y todo otro proceso sistémico vinculado al encuadre y categorización de los pequeños contribuyentes. 

Asimismo, se extiende la suspensión prevista en el art. 2º de la Resolución General 4687 –y sus modificatorias y complementarias– respecto de la consideración de los meses de agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2021, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática (art. 36 Decreto 1/10).

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5056/21

Jefatura de Gabinete Nación: Decisión Administrativa 846/21

Se exceptúa de realizar la cuarentena a los argentinos y a los residentes en territorio nacional que hubieran viajado al exterior por razones laborales o comerciales.

La Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación publicó la Decisión Administrativa 846/21, mediante la cual se exceptúa de realizar la cuarentena prevista en el artículo 7°, inciso d) del Decreto N° 260/20 y sus normas modificatorias y complementarias a los argentinos y las argentinas y a los residentes en territorio nacional que hubieran viajado al exterior por razones laborales o comerciales, al solo efecto de la reanudación de dichas actividades en territorio argentino, bajo la condición de cumplimiento de los requisitos detallados al interior de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Decisión Administrativa 846/21

 

Tabla de actos notariales Provincia de Buenos Aires

Tabla actualizada con anexos corregidos. Vigente para actos desde el 16 de agosto de 2021. 

Se pone a disposición de los colegas la última actualización de la tabla de actos notariales remitida por el  Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en el día de ayer, en la que se incorporan y corrigen algunos anexos finales. Esta tabla se encuentra vigente para los actos autorizados desde el 16 de agosto de 2021.

Haga clic aquí para acceder a la tabla actualizada 

Haga clic aquí para acceder a la tabla actualizada sobre barcos

AFIP: Resolución General 5052/21

Suspensión de juicios de ejecución fiscal, medidas cautelares y traba de embargos.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5052/21, que extiende hasta el 30 de noviembre, inclusive, la suspensión de:

  •  la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias. 
  • la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.936 y sus complementarias.

Estas suspensiones no serán de aplicación respecto de los montos reclamados en concepto del aporte solidario y extraordinario previsto por la Ley 27605 ni del impuesto sobre los bienes personales dispuesto por la Ley 23966 texto ordenado 1997.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5052/21

Nuevas fojas

Sistema digital de certificación de firmas: certificaciones de firmas presenciales en soporte papel.

A partir del 25 de agosto de 2021, se pondrán a la venta las nuevas fojas de certificaciones de firmas del Sistema digital de certificaciones de firmas (SDCF) y sus anexos para los casos de certificaciones de firmas presenciales en soporte papel, utilizando el SDCF en lugar del libro de requerimientos o el de fojas móviles:

  • Certificación de Firmas – Sistema Digital
  • Anexo de Certificación de Firmas – Sistema Digital

 

Importante: Dado que el último dígito de la foja nueva debe coincidir con el último dígito del acta del libro digital, las fojas nuevas deben comenzar a usarse con un acta del libro digital que termine en 1 (por ejemplo, 1, 11, 21, 31, 41, 51, etc.).

Por ello, a partir de la entrada en vigencia el 25 de agosto de 2021, cuando se llegue a un acta del libro digital que termine en 0 (como 10, 20, 30, etc.), ya no podrán seguir usándose las fojas de anexo de certificación de firmas verdes ni azules, debiendo empezar con las fojas nuevas en un acta que termine con 1 (como 1, 11, 21, 31, etc.).

Se recuerda que el acta puede completarse utilizando el GEDONO o bien puede usarse cualquier procesador de texto.

Los valores de las fojas son los siguientes:

  • Certificación de Firmas – Sistema Digital: $200 c/u.
  • Anexo de Certificación de Firmas – Sistema Digita $150 c/u.

Podrán enviar sus inquietudes a sistemasdigitales@colegio-escribanos.org.ar.

BCRA – Comunicación “A” 7346/2021

Pagos con transferencia iniciados a través de códigos QR. Servicio para cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas.

Mediante esta Comunicación el Banco Central de la República Argentina dispuso que “todas las entidades financieras deberán habilitar para las cuentas corrientes de personas humanas o jurídicas, y los PSPOCP para las cuentas de pago cuyos titulares sean personas jurídicas, códigos QR regidos por los estándares definidos por el Banco Central de la República Argentina que les permitan recibir transferencias inmediatas y/o pagos con transferencia.”

Comunicación “A” 7346/2021

Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal – DTR 8/2021

Presentación online de documentos generados por medios electrónicos y librados por Tribunales Nacionales o Federales.

Por medio de esta DTR, el Registro dispuso que los documentos generados por medios electrónicos y librados por Tribunales Nacionales o Federales serán ingresados por el autorizado a su diligenciamiento, mediante presentación online desde el sitio web del RPI, en los términos de la DTR 5/2021.

Para el caso de que el juzgado hubiera remitido Oficio Deox requiriendo la anotación de medidas cautelares con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente disposición, y el respectivo documento hubiese sido anotado provisionalmente en los términos del Art. 9, inc. b, de la ley 17801 (180 días), el autorizado a su diligenciamiento deberá subsanar las observaciones, mediante una única presentación digital complementaria, hasta el vencimiento del plazo de anotación provisional de la primera. Ver más detalles al interior de la norma.

Disposición Técnico Registral 8/2021

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en julio 2021

 Les acercamos los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en julio de 2021. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación. 

Actos de escrituras de compraventa 2457 

Monto involucrado $ 23.401 millones 

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el séptimo mes de 2021 una suba de 328,8% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2457 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas creció un 107,9%, con $23.401 millones. 

 En comparación con junio de 2021, los actos aumentaron un 0,7% (junio 2439 escrituras). 

El monto medio de los actos fue de $9.524.556 (94.023 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): subió 225% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense, con respeto al mes pasado, bajó 0,7%. 

En julio, hubo 113 escrituras formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la suba en ese sentido es de 253%. Y los primeros 7 meses acumulan una recuperación de escrituras con crédito del 53,5%. 

En los actos totales, los 7 meses llevan un crecimiento del 113,8% (14700 escrituras contra 6874 de 2020). 

 

Comparativo anual por mes

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria

Descargar comparativo 7 meses con hipotecas

Descargar comparativo 7 meses

 

IMPORTANTE – Nuevas aperturas

Paulatino regreso al funcionamiento normal del Colegio

Desde el 25 de agosto, el Colegio reabrió nuevos sectores para la atención de los escribanos. La reapertura de estas áreas coincide con el esquema de presencialidad programada que dispusieron las autoridades nacionales y locales de acuerdo a la situación epidemiológica actual. Esta reapertura se realizará bajo un estricto cuidado del protocolo de prevención del COVID, el que determinará la flexibilización o restricción del acceso, según la evolución de la pandemia.

En esta nueva etapa, se han dispuesto las siguientes medidas:

· Ingreso de Av. Callao 1542
Se reabrirá este acceso exclusivamente para escribanos. Para ello, y con el fin de cuidar la salud de los colegas, habrá personal controlando la temperatura, el uso de tapaboca y la sanitización de manos.

· Salas de escrituración
A fin de facilitar la actividad de los escribanos, se resolvió en esta nueva fase, reabrir las salas de escrituración. Estos espacios podrán reservarse haciendo clic aquí o en la solapa Trámites de la Página web del Colegio.

Las salas  serán asignadas, conforme la capacidad de cada una de ellas, respetando los aforos permitidos, según las restricciones actuales. La capacidad de las mismas varía  de 6 a 9 personas, incluido el/la autorizante, según el protocolo de prevención de COVID. Haga clic para acceder al protocolo de utilización de salas de firmas. Importante: sólo podrán ingresar al Colegio las personas que se encuentren identificadas en la reserva. No se admitirán acompañantes dentro de las salas ni tampoco en los espacios de circulación.

Cada turno tendrá una duración de 1 hora.

· Biblioteca
Este sector atenderá al público todos los días en el horario de 9.30 a 15 horas, con turno previo. Para solicitarlo, deberá enviar un mail a:
bibnegri@colegio-escribanos.org.ar.

La permanencia en la sala tendrá una duración máxima de 1 hora y no se admitirán más de 3 personas, por turno. 

· Caja Notarial
También se ha dispuesto reforzar la atención presencial en este sector clave de la institución, abriendo dos puestos para la recepción del afiliado, en el 3° piso de Av. Las Heras 1833, todos los días de 9 a 16 horas.

La modalidad de atención será sin turno y se dispondrá de espacios especiales para garantizar el protocolo sanitario.

Se recuerda que, a fin de agilizar el procedimiento de recepción de las solicitudes y entrega de recetas, esta gestión continúa siendo virtual.

Esta nueva fase nos permite dar un paso fundamental en la vuelta a la normalidad de la vida institucional. Progresivamente, iremos anunciando nuevas aperturas hasta llegar al funcionamiento completo de las diferentes sedes de nuestro Colegio.

Curso: Sistema Digital de Certificación de Firmas

Mejoras, dudas y consultas

Jueves 26 de agosto, por Zoom

Luego de tres meses de experiencia en la utilización del Sistema Digital de Certificación de Firmas, el Colegio invita a los colegas a participar de un curso online especialmente diseñado para explicar las soluciones a las dudas más frecuentes, así como para dar un panorama detallado de las actualizaciones y funcionalidades que se han incorporado recientemente al Sistema y las que se planifica sumar en el futuro cercano.

Expositores: Esc. Santiago Pano (vicepresidente del Colegio), Esc. Verónica Rocchi (presidente de la Comisión Asesora de Informática) e integrantes del equipo técnico desarrollador del Sistema.

Destinatarios: escribanos de registro de CABA.

Fecha: jueves 26 de agosto, 10 h. (Habrá una nueva edición de este curso en los próximos días.)

Modalidad: virtual (a través de la plataforma Zoom).

Vacantes: 480.

Inscripción: desde el lunes 23 hasta las 15 h del miércoles 25 de agosto.
Los inscriptos recibirán los datos de la reunión de Zoom por mail, a partir de las 17 h del miércoles 25.

Esta actividad es válida para el cumplimiento de la capacitación obligatoria establecida en los artículos 38 y 39 de la Ley 404.

Importante: ingresar a la reunión de Zoom con nombre y apellido completos, para que el área de Cursos pueda realizar el registro de asistencia y la imputación de los puntos.

Haga clic aquí para inscribirse

CNV: Resolución General 901/21

Actualización de la condición de PyME en los regímenes especiales de oferta pública de valores. Inclusión de asociaciones civiles. Actualización de monto máximo (Decreto 1087/93). Fideicomisos financieros.

La Comisión Nacional de Valores publicó la Resolución General 901/21, que sustituye las secciones I y II del capítulo VI el título II de las normas de las normas del organismo (N.T. 2013 y mod.) y establece modificaciones en los regímenes de oferta pública de valores en relación con las pequeñas y medianas empresas.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 901/21

IGJ: Resolución General 13/21

Actualización del valor del “módulo IGJ”.

La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General 13/21, que establece como fecha de entrada en vigencia de la Resolución MJyDH 850/21 (actualización del valor del “módulo IGJ” a la suma de $94) el día 13 de septiembre de 2021.

Los formularios de la Resolución MJyDH 2794/12 no abonados con anterioridad al 13 de septiembre de 2021 perderán su validez a partir de tal fecha. Aquellos abonados con anterioridad deberán ser adecuados al nuevo valor del módulo. Para ello, deberán presentar ante la IGJ, hasta el 31 de diciembre de 2021, los formularios digitales abonados con sus comprobantes de pago, conjuntamente con el formulario digital emitido con posterioridad al 13 de septiembre de 2021; todo ello al sólo efecto de que sea reimputado el importe abonado. Dicha presentación deberá efectuarse en las cajas de la IGJ sitas en Av. Paseo Colón 285 CABA.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 13/21

Peritos de la Justicia Nacional año 2022

Inscripción desde el 1º de septiembre hasta el 29 de octubre, vía web.

El Sistema Único de Administración de Peritos y Martilleros de la Justicia Nacional y Federal (Acordada CSJN 2/14) ha abierto el llamado a inscripción para aquellos profesionales interesados en actuar como peritos ante la Justicia Nacional –incluida la CSJN– en el año 2022.

Inscripción: Desde el 1º de septiembre hasta el 29 de octubre de 2021, exclusivamente a través de la página web del Poder Judicial de la Nación https://www.pjn.gov.ar/pages/instructivo-auxiliares.

Quienes se inscriban por primera vez deberán ingresar a la opción “Registro de usuarios”. Quienes deban reinscribirse deberán ingresar a la opción “Ingreso al Sistema de Gestión”.

En la opción “Tutoriales” del sitio web del Poder Judicial podrán acceder a un video donde se explica detalladamente el proceso de inscripción.

El comprobante de inscripción se podrá generar desde la página web del Poder Judicial luego de vencido el plazo de inscripción.

Arancel: Por Acordada CSJN 6/21, se estableció el arancel de la estampilla en $1500 (pesos mil quinientos). Este importe deberá depositarse por transferencia bancaria y desde cuenta propia en la “Cuenta Corriente Especial 10561/3
Adm. Corte Suprema de Justicia” (Banco de la Ciudad de Buenos Aires):

  • CUIT: 30-70087611-6
    CBU: 0290005610000001056139
    CUENTA Nº: 0010561/3
    TIPO DE CUENTA: Cuenta Corriente Especial 08
    SUCURSAL Nº: 5 – Tribunales

IMPORTANTE: Para completar el proceso de inscripción, los interesados deberán escanear el comprobante de pago de la estampilla judicial y subir el archivo, desde la página del Poder Judicial, a través de la opción “Carga de Estampilla”. Luego, deberán remitir el comprobante de pago por mail a acastillo@colegio-escribanos.org.ar, vmiliante@colegio-escribanos.org.ar y mpiccione@colegio-escribanos.org.ar, a fin de que el Colegio pueda validarlo.

IGJ: Resolución General 12/21

Inclusión en el órgano de administración y, en su caso, en el órgano de fiscalización de una composición que respete la diversidad de género en distintas formas societarias.

La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General 12/21, que establece, desde el día de su entrada en vigencia, que se deberá incluir en el órgano de administración y, en su caso, en el órgano de fiscalización de las siguientes formas societarias una composición que respete la diversidad de género, integrada por la misma cantidad de miembros femeninos que de miembros masculinos:

  • asociaciones civiles en proceso de constitución; 
  • simples asociaciones que soliciten su inscripción en el registro voluntario; 
  • sociedades anónimas que se constituyan, en cuanto estuvieren o quedaren comprendidas en el artículo 299 de la Ley 19550 (excepto las abarcadas por los incs. 1, 2 y 7); 
  • fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva; 
  • sociedades del Estado (Ley 20705). 

Cuando la cantidad de miembros a cubrir fuera de número impar, el órgano deberá integrarse de forma mixta, con un mínimo de un tercio de miembros femeninos.

Esta norma  entrará en vigencia a los sesenta (60) días de su publicación en el Boletín Oficial.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 12/21

IGJ: Resolución General 11/21

Diferimiento de planes de pagos de las administradoras de planes de ahorro a suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos.

La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General 11/21, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 el plazo de vencimiento del ofrecimiento de diferimiento, previsto en el artículo 1º de la Resolución General Nº 14/2020 (modificada por Resoluciones Generales IGJ 38/20, 51/20 y 5/21), que las entidades administradoras de planes de ahorros deben ofrecer a los suscriptores ahorristas y adjudicados titulares de contratos cuyo agrupamiento se haya producido hasta la fecha de vigencia de la presente resolución (día de su publicación).

Esta misma disposición será aplicable a los suscriptores con contratos extinguidos por renuncia, rescisión o resolución desde el 1º de abril de 2018 hasta la fecha de vigencia de la presente resolución (día de su publicación).

Las sociedades deberán adecuar a la presente prórroga el formulario de opción aprobado por Resolución General IGJ 14/20 como Anexo II.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 11/21

ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Y ORDINARIA ANUAL 2021

Información sobre el acto eleccionario y pautas de la Junta Electoral.

Los imponderables de un clima adverso se encuentran previstos.
La infraestructura instalada garantiza la realización de la asamblea y el acto eleccionario del jueves 30 de septiembre, en el Campo Argentino de Polo, con total normalidad.

  • Fecha: 30 de septiembre de 2021
  • Lugar: Campo Argentino de Polo (Consideraciones para la elección del lugar)
    Av. Del Libertador 4096 (acceso peatonal)
    Av. Del Libertador 4168 (acceso vehicular) – estacionamiento sin cargo.
    Av. Del Libertador 4060 – Acceso vehicular especial para personas con discapacidad.
  • Haga clic aquí para acceder a información sobre la jornada (vías  y formas de acceso, distribución de mesas y pasos a seguir)
  • Convocatoria: 12 h (1ª citación) y 13 h (2ª citación) (ver Orden del día en  Circular 3436)
  • Elecciones – horario de VOTACIÓN: de 14 a 19 h.
  • La primera combi sale desde Av. Callao a las 12 h y la última a las 18:15 h.
    Las combis con salida desde el Campo Argentino de Polo, Av. Del Libertador 4096, con regreso a Av. Callao 1542, realizarán este trayecto en forma ininterrumpida asegurando el regreso de quienes deseen utilizar este servicio.
    Teniendo en cuenta que el horario de votación es de 14 a 19 h, está previsto el siguiente cronograma de:
    Combis
    Desde Av. Callao 1542:
    • Salida 1° combi: 12 h
    • Última combi:  18:15 h
    Desde Av.  Del Libertador 4096:
    • RECORRIDO CONTINUO hacia Av. Callao 1542, hasta la finalización de la Asamblea.

Síntesis de la gestión 2019/2020

Memoria 2019/2020

Balances 2019/2020

Síntesis de la gestión 2020/2021

Memoria 2020/2021

Balances 2020/2021


ELECCIONES

En relación con la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, que se llevará a cabo el próximo jueves 30 de septiembre de 2021, a las 12.00 horas (1ª citación) y a las 13.00 horas (2ª citación) en el Campo Argentino de Polo de Palermo, Av. del Libertador 4096/4168 CABA, les hacemos saber lo siguiente:

  1. El padrón electoral se generó con fecha 30 de junio de 2021.
  2. El horario de la votación será, excepcionalmente por restricciones Covid-19, de 14:00 a 19:00 h (Resolución CD Nº 146/21) (*).
  3. Son miembros activos con obligación de voto los escribanos:
    titulares
    adscriptos
    autorizados
    matriculados con anterioridad al 1º de octubre de 1975.Son miembros activos con derecho a voto pero sin obligación los escribanos de registro que se hayan jubilado en el ejercicio de la función por el régimen complementario de la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social de esta demarcación.
  4. Las elecciones de autoridades de este Colegio se harán mediante listas de candidatos para cubrir los 24 cargos del Consejo Directivo.
  5. No podrán integrar las listas los escribanos que hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio de la función por plazo superior a 5 días, durante los últimos 10 años.
    Para ser electo Presidente o Vicepresidente se requiere una antigüedad como colegiado de la Institución en el ejercicio de la función notarial como titular o adscripto no menor de 10 años y para los demás cargos del Consejo Directivo de 5 años.
  6. Las listas deberán:

a. Designarse con un lema o color que las distinga, indicar el acto eleccionario al que corresponden, la fecha del mismo y la nómina de los candidatos con la especificación de los cargos para los cuales son postulados.

b. Acompañarse también con la expresa aceptación de los candidatos propuestos. Ningún escribano podrá integrar o propiciar más de una lista.

c. Contar con la firma de no menos de 50 miembros activos, con excepción de los candidatos, individualizados con número de matrícula y aclaración de firma.

d. Indicar nombre y domicilio de quien o quienes firmarán como representantes (apoderados) de la lista en el trámite eleccionario.
Deberán ser miembros activos, que no hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio de la función por plazo superior a 5 días en los últimos 10 años anteriores al respectivo acto eleccionario.

e. No incluir a tres personas de un mismo sexo en orden consecutivo ni cubrir más del 70% de la totalidad de la misma (art. 36 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y último párrafo del art. 126 de la Ley Orgánica Notarial Nº 404).

f. Acompañar un ejemplar papel de las boletas a utilizarse en el acto eleccionario en que se consignarán los cargos y candidatos propuestos para cubrirlos, lema o color que los distinga, nombre del Colegio, individualización del acto eleccionario al que corresponden y fecha del mismo.

g. Adjuntar, además, la nómina de fiscales que designe cada lista para actuar durante los comicios, incluyendo los números de celulares.

h. Ser entregadas antes de las 21:00 horas del día 9 de septiembre de 2021 en el Departamento de Secretaría del Colegio por nota en dos ejemplares, para ser posteriormente oficializadas por el Consejo Directivo. Un ejemplar será devuelto al representante de la lista con la firma de uno de los Secretarios y con el sello del Colegio con constancia de la fecha y hora de recepción, de conformidad con el Reglamento de la Junta Electoral.

i. Los cargos de presidente, vicepresidente, secretarios, prosecretarios, tesorero y protesorero corresponderán a la lista que obtenga mayor cantidad de votos válidos emitidos. Los cargos de vocales titulares y suplentes se distribuirán mediante la aplicación del sistema proporcional D’Hondt entre las listas que obtengan como mínimo un 20% de los votos válidos emitidos.

BOLETA ELECTRÓNICA:

Video instructivo para el uso de la boleta electrónica

  • Se informa que durante el acto eleccionario se utilizará el sistema de boleta única electrónica.
  • Las listas podrán hacer opción de incluir en la boleta electrónica foto o logo que las distinga.
  • Las listas deberán hacer llegar hasta el 9 de septiembre de 2021, para su visualización en pantalla, las siguientes especificaciones técnicas, a los mails institucionales, para su ingreso oficial:

info@colegio-escribanos.org.ar
secretaria@colegio-escribanos.org.ar

  • LEMA O COLOR que la distingue:
    • Formato de los colores: hexadecimal “`#ffffff“` (blanco).
  • ### 1 FOTO de candidato/s (en caso de utilizar esta opción, pueden incluirse en una misma foto la imagen del presidente y vicepresidente):
    • Formato JPG.
    • Relación de aspecto cuadrado.
    • Tamaño mínimo 400×400 píxeles.
    • Tamaño de cada archivo no superior a 1 MB.
    • El fondo de la imagen (lo que va detrás del rostro del candidato) debe ser uniforme y de color hexadecimal “`#ffffff“` (blanco).
    • El nombre de archivo de la imagen debe estar formado por la palabra CANDIDATO seguida de un guión bajo y el id único del candidato en la base de datos electoral o, en caso de que no esté disponible, su documento de identidad. Por ejemplo: (“`CANDIDATO_012314.jpg“`).
    • El nombre del archivo no debe incluir espacios, ni puntos.
    • Se sugiere que el rostro del candidato ocupe la mayor parte de la imagen.
    • Se sugiere que la cabeza del candidato aparezca completa.
    • Se sugiere buen contraste entre la ropa y el pelo del candidato y el fondo.
  • ### LOGO de la agrupación política (en caso de utilizar esta opción):
    • Formato JPG.
    • Relación de aspecto cuadrado.
    • Tamaño mínimo 400×400 píxeles.
    • El tamaño de cada archivo: no superior a 1 MB.
    • El nombre de archivo de la imagen debe estar formado por la palabra que identifique el tipo de agrupación política (‘ALIANZA’, ‘PARTIDO’ o ‘LISTA’) seguida de un guión bajo y el id único de la agrupación en la base de datos electoral. Por ejemplo: (“`LISTA_123.jpg“`).

(*) “… el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, reunido con quórum reglamentario y en uso de las facultades que le acuerda la ley orgánica notarial Nº 404, resuelve modificar el artículo 7) del Reglamento de la Junta Electoral, por única vez, por protocolo sanitario COVID-19, cambiando la expresión ‘desde las 16 hasta las 21 horas’ por ‘desde las 14 hasta las 19 horas’”. (Resolución Nº 146/21 – Acta 4173, del 30 de junio de 2021).

 


 

PAUTAS DE LA JUNTA ELECTORAL

1.Será considerado como voto no emitido válidamente:

a. El voto en blanco.

b. Cuando la boleta no sea legible por la máquina ni por las autoridades de la Junta Electoral al momento del conteo de votos.

2. De conformidad con el art. 14 del Reglamento de la Junta Electoral, la misma ha fijado el margen de tolerancia en el error de cálculo que se admitirá por cada urna en 3 votos.

3. La entrega de urnas, escrutinio y cierre de los comicios se realizarán en la carpa destinada a la votación.

4. Se restringirá el ingreso a dicha carpa, tanto para la entrega de urnas como para el escrutinio final, a las siguientes personas:

    • Integrantes de la Junta.
    • Autoridades del Colegio (siempre que no sean candidatos).
    • Un presidente de mesa por cada una de ellas.
    • Un delegado veedor por cada mesa de votación.
    • Un apoderado de cada agrupación.
    • Un fiscal de cada lista por mesa.
    • Personal del Colegio asignado.Estas personas serán identificadas por medio de una credencial, con indicación del cargo.

5. Solicitar a cada agrupación participante que informe, hasta el próximo jueves 23 de septiembre, lo siguiente:

a. El nombre y apellido del apoderado que firmará indefectiblemente el acta de inicio de los comicios, así como también el nombre y apellido de quien firmará el acta de cierre.

b. Los nombres y apellidos de los 8 fiscales que estarán en el acto de apertura y/o cierre de la mesa y estarán presentes durante el escrutinio.

6. Las personas mencionadas en el punto 5, incisos a) y b), deberán permanecer en la carpa hasta tanto finalice el escrutinio total de los votos y suscriban el acta de cierre.

7. Queda prohibido el uso de teléfonos celulares durante el escrutinio.

8. Recordar que, conforme lo estipula el art. 8 del Reglamento de la Junta Electoral, no se permitirá propaganda con fines partidarios dentro del espacio asignado a la Asamblea, ni en sus accesos. Tampoco se podrán facilitar, con igual objeto, medios de comunicación.

 

 

ARBA: Resolución Normativa 26/21

Impuesto a los automotores: trámite para obtener su exención. Comerciantes habitualistas.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 26/21, que regula la modalidad alternativa de tramitación para que los comerciantes habitualistas, inscriptos en los términos del Decreto-Ley 6582/58 (ratificado por Ley 14467), obtengan el reconocimiento de la exención de pago del impuesto a los automotores prevista en el artículo 243, inciso i), del Código Fiscal de la Provincia.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 26/21

Libro de requerimientos: Modificación en la carátula

Se reemplaza la firma del legalizador por el sello oficial del Colegio.

El Consejo Directivo ha resuelto reemplazar, en la carátula de los libros de requerimientos, la firma del legalizador por el sello oficial del Colegio. De esta manera, se simplifica y agiliza el procedimiento de venta y entrega sin alterar la seguridad, dado que cada libro tiene su código QR y, además, su adquisición, con los detalles del registro notarial, matrícula del escribano, etc., se encuentra registrada en el sistema de la institución.

Sistema Digital de Certificación de Firmas: actualización de la app para firmar

Escribanos y requirentes deben actualizar la aplicación. La descarga se realiza desde la página del Colegio.

Se informa a los escribanos que existen nuevas actualizaciones en la aplicación de Firma digitalizada, que permiten, entre otros avances, insertar las firmas en el lugar seleccionado dentro del documento digital a firmarse. 

Para realizar el procedimiento de actualización correctamente, tanto los escribanos como los requirentes del servicio deberán, en primer lugar, desinstalar la versión que tienen actualmente en sus dispositivos móviles, para luego instalar la última actualización DESDE LA PÁGINA DEL COLEGIO –dado que el proceso requerido para incorporar la versión más reciente a las “app stores” tiene demoras–.

Cabe destacar que está prevista también, para la semana próxima, una actualización de la aplicación web para la gestión de documentos del Sistema –que se encuentra en el acceso restringido único– y del Gedono. Es por este motivo que resulta de suma importancia que los colegas y sus requirentes actualicen primero la app de firmas, a fin de que la misma funcione correctamente cuando se produzcan las próximas actualizaciones del Sistema –de lo contrario, quienes no actualicen la app de firmas no podrán firmar cuando se implementen las actualizaciones previstas del Sistema–.

íconos indicadores

Se recuerda que el Colegio ha puesto a disposición del colega un micrositio web dedicado exclusivamente al Sistema Digital de Certificación de Firmas, donde encontrará los links para descargar la última versión de la app de firmas, debajo de los íconos de Android/IOS, según corresponda.

 

CABA: Ley 6438

Código de Edificación: modificaciones.

Se ha publicado el texto oficial de la Ley 6438 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sancionada por la Legislatura el 8 de julio de 2021, que introduce modificaciones al Código de Edificación (anexo A de la Ordenanza 34421, texto consolidado por Ley 6347).

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6438

BCRA: Comunicación “A” 7342/21

Programa Crédito a Tasa Cero 2021: particularidades, efectivo mínimo. Exterior y cambios: adecuaciones.

El Banco Central de la República Argentina publicó la Comunicación “A” 7342/21, que establece que las financiaciones en pesos “Crédito a Tasa Cero 2021” (DNU 512/21) deberán otorgarse en iguales condiciones que los “Crédito a Tasa Cero” previstos en el punto 2.1.2. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/2020 Coronavirus (COVID-19)” –con las particularidades detalladas en el interior de la norma–.

Asimismo, se reemplaza el encabezado del punto 4.3.2. de las normas sobre “Exterior y cambios”.

Haga clic aquí para acceder a la Comunicación 7342

IMPORTANTE: Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal: Presentación Digital Notarial. Aclaraciones

Diferencias entre la presentación digital (DTR 5/21) y la precarga web (DTR 8/20).

En relación con la registración de documentos digitales, el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha informado a este Colegio que

  • Resulta importante señalar que la presentación digital constituye la herramienta idónea para registrar un instrumento digital de la copia de la escritura (documento electrónico confeccionado mediante el sistema GEDONO) que de otra forma no podría registrarse en el organismo. NO SE ADMITE EL ESCANEO DE DOCUMENTOS REALIZADOS EN SOPORTE PAPEL (a excepción de la copia de la matriz mediante concuerda digital).
  • No así la precarga web del formulario de registración (minuta), herramienta que requiere el trámite presencial del documento, es decir, la existencia de un documento físico cuyo ingreso al RPI se efectúa de manera presencial.

A modo de síntesis:

PRECARGA WEB (DTR 8/20) PRESENTACIÓN DIGITAL (DTR 5/21)
  • Escaneo de la copia mecanografiada de la escritura o de la matriz con su concuerda.
  • Instrumento digital (confeccionado mediante GEDONO, con firma digital del autorizante). No admite el escaneo de documentos físicos.
  • Instrumento físico (papel).
  • Instrumento digital.
  • Trámite presencial.
  • Trámite online (desde el ingreso hasta la recepción en la bandeja de usuario).
  • Fecha y número de presentación al ingreso por la mesa de entradas del RPI, Venezuela 1135.
  • Fecha y número de presentación online.

 

IMPORTANTE: Si se opta por la  presentación digital, el único modo de enviar el título a inscribir es mediante un documento totalmente digital, el cual solo puede confeccionarse mediante el sistema GEDONO, con firma digital del autorizante.

El título inscripto será totalmente digital. Si, luego de inscripto, el requirente solicita tener un testimonio en soporte papel, el autorizante podrá expedir un  testimonio por exhibición (art. 109 Ley 404) y actuar conforme a las pautas de inspección para documentos digitales.

Para más información, podrá consultar las noticias recientes enviadas sobre la temática:

Ministerio de Justicia y DDHH: Resolución 850/21

Actualización del valor del “módulo IGJ”.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación publicó la Resolución 850/21, que sustituye el artículo 2º de la Resolución 3/09, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Establécese el valor del ‘módulo IGJ’ en la suma de pesos noventa y cuatro ($ 94)”. Esta resolución entrará en vigencia en la fecha que determine la Inspección General de Justicia.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 850/21

BCRA: Comunicación “A” 7340/21

Compraventa de títulos valores con liquidación en moneda extranjera.

El Banco Central de la República Argentina publicó la Comunicación “A” 7340/21, que incorpora el punto 4.3.3. a las normas sobre “Exterior y cambios”: “Las operaciones de compra venta de títulos valores que se realicen con liquidación en moneda extranjera deberán abonarse por alguno de los siguientes mecanismos: a) mediante transferencia de fondos desde y hacia cuentas a la vista a nombre del cliente en entidades financieras locales, y b) contra cable sobre cuentas bancarias a nombre del cliente en una entidad del exterior que no esté constituida en países o territorios donde no se aplican, o no se aplican suficientemente, las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional.- En ningún caso, se permite la liquidación de estas operaciones mediante el pago en billetes en moneda extranjera, o mediante su depósito en cuentas custodia o en cuentas de terceros”.

Haga clic aquí para acceder a la Comunicación 7340/21

AFIP: Resolución General 5048/21

Actualización de los sistemas Clave Fiscal y Presentaciones Digitales. Sustitución de la RG 3713.

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha publicado la Resolución General 5048/21, que introduce actualizaciones al sistema de registración, autenticación y autorización de usuarios denominado “Clave Fiscal” y al sistema de “Presentaciones Digitales”. Asimismo, se sustituyen la RG 3713, sus modificatorias y sus complementarias, a los fines de reunir en un solo cuerpo normativo la totalidad de los actos dispositivos relacionados con la materia.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5048/21

IMPORTANTE – Elección de Autoridades – Asamblea Extraordinaria y Ordinaria Anual

30 de septiembre
Campo Argentino de Polo – Av. Del Libertador 4096/4168

 

Tal como fuera informado oportunamente, el 30 de septiembre, de 14 a 19 h, en el Campo Argentino de Polo (Av. Del Libertador 4096/4168), se llevarán a cabo las elecciones para la renovación del Consejo Directivo, periodo 2021-2023, y las asambleas Extraordinaria y Ordinaria anual, primer llamado a las 12 h, segundo llamado a las 13 h.

El complejo contexto sanitario hace imperativo cumplir estrictamente con el protocolo de prevención de Covid dispuesto por el Gobierno de la CABA. Por este motivo y dado que las distintas sedes del Colegio no cumplen con las condiciones requeridas para la asistencia masiva de personas, se debió tomar medidas extraordinarias y buscar un espacio alternativo.

Luego de una intensa búsqueda, se logró conseguir de manera totalmente gratuita que la Asociación Argentina de Polo cediera las instalaciones del Campo Argentino de Polo. Este predio ofrece:

  • un espacio al aire libre, lo suficientemente amplio para evitar la aglomeración de personas,
  • locaciones aireadas para el caso de que el mal tiempo impida el uso de los espacios exteriores,
  • ubicación clave, de fácil acceso y con estacionamiento gratuito.

Si bien lamentamos no poder reunirnos en nuestra casa, como ha sido la costumbre para este acto tan relevante de nuestra vida institucional, consideramos fundamental que la pandemia no sea un obstáculo para que estas elecciones sean representativas de la voluntad de todos los colegiados y que la asamblea en la que se deliberarán temas trascendentales cuente con medidas de distanciamiento y ventilación adecuadas. Es prioritario que el mayor número posible de colegas pueda asistir y emitir su voto, sin tener que, para ello, poner en riesgo su salud.

Convocamos a todos los colegas a concurrir tanto a la Asamblea como al acto eleccionario, a fin de ratificar la sana tradición democrática de nuestro Colegio.

 

ARBA: Resolución Normativa 25/21

Valor de la tierra de emprendimientos urbanísticos. Modificaciones a la RN 37/18.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 25/21, que introduce modificaciones a la Resolución Normativa 37/18 en materia de cálculo del valor de la tierra de emprendimientos urbanísticos (clubes de campo, barrios cerrados, clubes de chacra u otros similares –con independencia de su destino–, conforme la metodología prevista en la Ley 15038 y sus modificatorias).

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 25/21

ARBA: Resolución Normativa 23/21

Impuesto inmobiliario: bonificación especial en el componente básico correspondiente a hoteles.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 23/21, a través de la cual fija en el veinticinco por ciento (25%) la bonificación especial en el componente básico del impuesto inmobiliario del ejercicio fiscal 2021 correspondiente a inmuebles destinados a hoteles (excepto los hoteles alojamiento o similares), conforme lo establecido en el artículo 133 de la Ley 15226, cualquiera sea la planta en la que los mismos se ubiquen.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 23/21

«Cómo financiamos la construcción privada en tiempos de pandemia»

Ciclo de encuentros virtuales. Espacio de análisis y pensamiento de propuestas concretas para enfrentar la situación de coyuntura, acceder a financiamiento y prepararse para construir en la postpandemia.

El Consejo Profesional de Ingeniería Civil, junto a las principales asociaciones, consejos profesionales y cámaras empresarias, invita al ciclo de encuentros interactivos virtuales con los actores más destacados del sector“Cómo financiamos la construcción privada en tiempos de pandemia”.

El ciclo de encuentros se desarrollará en tres jornadas:

  • 30 de agosto: “Desafío: Construir en Argentina en pandemia. Alternativas posibles bajo la realidad actual”.
    • Exposición de Enrique Szewach (exdirector BCRA y exvicepresidente BNA); invitado: representante del Banco de Valores; mensaje institucional de CEDU, CUCICBA, AEV y CPAU (Damián Tabakman, Armando Pepe, Gustavo Llambias, Emilio Rivoira).
  • 29 de septiembre: “Financiamiento innovador para nuevos proyectos”.
    • Exposición de Claudio Zuchovicki (director de Mercado de Capitales en la Bolsa de Comercio); invitado: Marsh Broker de Seguros Global; mensaje institucional de UIA, CAC, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y CPCE (Daniel Funes de Rioja, Natalio Grinman, Marcelo de Hoz, Gabriela Russo).
  • 20 de octubre: “Financiamiento innovador para nuevos proyectos”.
    • “Exposición de Alberto Ñecco Tello (expresidente de Proinversión Perú); invitado: Brubank; mensaje institucional de Camarco, CAI, SCA y Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires (Iván Szczech, Pablo Bereciartúa, Darío López).”

Importante: Cada encuentro asigna 10 puntos para el cumplimiento de la capacitación obligatoria dispuesta por los artículos 38 y 39 de la Ley 404.

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Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal: Presentación Digital Notarial

Diferencias con la PreCarga y preguntas frecuentes.

En relación con la recepción online y registración de documentos notariales y judiciales digitales que constituyan, modifiquen o extingan derechos reales sobre inmuebles y de las medidas cautelares que ordenen los jueces (art. 2 Ley 17801), vigente desde el lunes 9 de agosto, el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha hecho llegar al Colegio:

Asimismo, se recuerda que los colegas cuentan con los siguientes recursos para una mejor utilización del sistema y las pautas de inspección aprobadas por el Consejo Directivo:

Se recuerda que el uso de este sistema es optativo, pero si se elige iniciar el trámite de manera digital, el mismo deberá concluirse de esa forma, y, en su caso, las observaciones que se hubieren formulado no podrán subsanarse con un trámite presencial.