Pagos con transferencia iniciados a través de códigos QR. Servicio para cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas.
Mediante esta Comunicación el Banco Central de la República Argentina dispuso que “todas las entidades financieras deberán habilitar para las cuentas corrientes de personas humanas o jurídicas, y los PSPOCP para las cuentas de pago cuyos titulares sean personas jurídicas, códigos QR regidos por los estándares definidos por el Banco Central de la República Argentina que les permitan recibir transferencias inmediatas y/o pagos con transferencia.”