Consideraciones para la elección del lugar.
El Consejo Directivo informa a los colegas que la decisión de realizar la Asamblea Extraordinaria y Ordinaria Anual, y las elecciones en el Campo Argentino de Polo, según resolución unánime CD Nº153/21, de fecha 30 de junio del corriente, responde a las siguientes razones.
El Colegio de Escribanos es una institución con una amplia trayectoria de transparencia y confiabilidad en la sociedad, que debe tutelar el derecho al voto de los colegiados, el derecho a la participación y el derecho a contar con elecciones libres, como una manera de preservar los valores de la democracia representativa.
En el contexto actual, tan complejo para la vida cotidiana e institucional, la elección del lugar donde realizar los actos asamblearios resulta prioritaria para garantizar ese derecho, sin perder de vista otros de igual o mayor envergadura. En pandemia, se debe privilegiar también el derecho a la salud. Al hacerlo, se logra la convergencia de derechos de igual o parecido rango: por un lado, el derecho a la participación y al voto, y, por otro lado, el derecho a la salud de quien asiste a ese acto eleccionario, incluso de quienes los van a acompañar, y al personal del Colegio que estará asignado a ese evento.
Por ello, porque las circunstancias son extraordinarias, el Consejo Directivo ha adoptado medidas excepcionales para este acto eleccionario, que permiten el menor riesgo para la salud de los colegiados y, a su vez, hacen posible tutelar sus derechos políticos. El propósito de esta decisión es armonizar, conjugar y expresar los mismos derechos.
Para tomar esta decisión, con la responsabilidad que implica, el Consejo Directivo ha meditado seriamente las posibles consecuencias de realizar el acto eleccionario en la sede del Colegio. Nuestra casa es un ámbito cerrado y de escasa ventilación, por ende, riesgoso, si lo que se propone es recibir un número considerable de votantes a la vez, en momentos en los que la pandemia no está superada y existe una amenaza concreta de una nueva expansión de casos, con motivo de la variante Delta.
También se tomaron en cuenta otras alternativas, que debieron ser descartadas. El voto por correspondencia no resulta aplicable por una cuestión de plazos, dado que la Res. 6 de la IGJ establece claramente que “luego de oficializadas las listas de candidatos y con una antelación no menor a los 30 días corridos al acto comicial, la Junta Electoral remitirá al domicilio real de cada uno de los electores…”. En tal sentido, y como las listas de candidatos se oficializarán a partir del 9 de septiembre (según la reglamentación) y las elecciones serán realizadas el 30 de septiembre, el envío de las misivas estaría fuera del plazo previsto.
Tampoco es factible utilizar dos locaciones para el acto eleccionario, ya que para evitar la duplicidad de votos, se debería contar con recursos tecnológicos, indisponibles en ambas sedes, que repliquen lo ocurrido en cada una de las mesas de votantes. Por otro lado, si se distribuyeran las mesas en dos sedes diferentes, el colegiado no tendría posibilidad de optar por una u otra, sino que debería votar según la distribución que le tocara en suerte.
Por estos motivos, el Consejo Directivo ha entendido que este acto debía realizarse en un espacio amplio y ventilado, como es el Campo Argentino de Polo, cuyo uso, además, fue cedido gratuitamente y que cuenta con múltiples vías de acceso, para que los escribanos pueden llegar acompañados por familiares o amigos, incluso con la posibilidad de ingresar con el auto. Para garantizar un acto eleccionario seguro, el Colegio sólo deberá asumir el costo por el alquiler de las carpas a instalar en donde se desarrollará la asamblea.
Esta decisión, además, se ajusta al protocolo requerido por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, especialmente autorizado para garantizar el normal desarrollo de los actos en este contexto excepcional.
Destacamos que para la toma de las decisiones sobre los procesos y modalidades de la Asamblea y acto eleccionario, se contó con el asesoramiento del Dr. Guillermo Ragazzi, ex Inspector General de Justicia y especialista en temas asamblearios, también con el acuerdo de la Junta Electoral designada para el acto eleccionario.