Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

Implementación del nuevo acceso único a los trámites on line restringidos en la web del Colegio

Les recordamos que desde el jueves 28 de enero, los escribanos cuentan con un acceso único a todos los trámites restringidos que realizan a través del sitio web institucional, mediante el mismo usuario y clave que, ya venían utilizando. Esta modalidad permite un ingreso más directo y unificado a todos los servicios y gestiones de la página del Colegio.

acceso_restringido

En caso de requerir el cambio de clave, este acceso permitirá el blanqueo y envío automático de la misma, en cualquier momento del día. Por ello, es importante que los colegas, a través de la Autogestión de Correo Electrónico, mantengan actualizada su dirección de correo electrónico, y en caso de poseer más de una dirección registrada, especifiquen cuál es la predeterminada (a la que el sistema remitirá de manera automática la clave).

Haga clic aquí para acceder al acceso restringido único

Inspección General de Justicia Resolución General Nº 1/2016

La Inspección General de Justicia publicó en el Boletín Oficial del día de la fecha la Resolución General 1/2016, mediante la cual se prorrogó hasta el 15 de febrero de 2016 el plazo para presentar la declaración jurada prevista en el segundo párrafo del artículo 513 de la Resolución General I.G.J. N° 7 del 28 de julio de 2015.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº 1/2016

Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires para 2016 Informe de los asesores del Colegio

A partir de la publicación de la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires para 2016, los asesores impositivos del Colegio elaboraron un informe con las principales modificaciones introducidas por esta norma, al cual se accede a través del link que se encuentra al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder al informe sobre la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires

Haga clic aquí para acceder a la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires

Junta Ejecutiva del Consejo Federal del Notariado Argentino

El 1º de enero del corriente año entraron en funciones los nuevos integrantes de la Junta Ejecutiva del Consejo Federal del Notariado Argentino para el período 2016-2017, de acuerdo a lo resuelto por unanimidad en la III Asamblea Ordinaria anual 2015 del CFNA, que tuvo lugar en nuestra ciudad en el mes de diciembre.
A continuación se detalla la conformación de la Junta Ejecutiva, entre quienes se encuentra el escribano Diego Maximiliano Martí, en representación del notariado de nuestra demarcación.

Presidente: José Alejandro Aguilar
Vicepresidente 1ª: Ángela Bonetto de Cima
Vicepresidente 2º: Carlos Manuel Panizza
Secretario: Javier Hernán Moreyra
Secretario: Diego Maximiliano Martí
Tesorero: José María Botello
Protesorero: Ana María Canil de Parra

Vocal: María Graciela Pereyra Pigerl
Vocal: Liliana Esther Graffigna de Dosio
Vocal: María V. Molina de Mendilaharzu
Vocal: Tomás Augusto Quarta

Órgano de Fiscalización:

Titular: Silvia Cecilia Blasco

Titular: Alicia Motta

Titular: Víctor Luis Arce

Suplente: Carlos Alberto Matus

IMPORTANTE: Ley Impositiva 14.808 para 2016 de la Provincia de Buenos Aires

El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó en el día de la fecha, viernes 22 de enero, la Ley Impositiva Nº14.808 para el año 2016.

Los asesores impositivos del Colegio se encuentran elaborando un informe sobre las modificaciones más relevantes que esta norma introduce a la actividad notarial, que será enviado por esta vía a la brevedad posible.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Ley Impositiva Nº 14.808 para 2016

Se pone a disposición de los colegas el informe elaborado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires respecto de la Ley Impositiva N° 14.808 para el año 2016 y los puntos más relevantes para la actividad notarial.

IMPUESTO DE SELLOS
1- ALÍCUOTAS
Se mantienen las mismas alícuotas con relación a los actos escriturarios.

2- VALUACIÓN FISCAL BÁSICA DE LOS INMUEBLES
Se mantiene la vigente al año 2015.

3- COEFICIENTE CORRECTOR
Se mantienen los mismos coeficientes correctores del año 2015:
– Coeficiente corrector de 2.73 para planta urbana y para edificaciones y/o mejoras de clubes de campo, barrios cerrados y emprendimientos similares.
– Coeficiente corrector de 1.30 para planta rural y tierra de clubes de campo, barrios cerrados y emprendimientos similares.

4- EXENCIONES Y ALÍCUOTAS REDUCIDAS
Compra de vivienda única, familiar y de ocupación permanente:
1- Valuación fiscal básica hasta $105.636: exenta
2- Valuación fiscal básica de $105.636 a $ 158.454: alícuota del 20?

Compra de lote baldío para construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente:
– Valuación fiscal básica hasta $ 52.818: exenta

Operaciones de crédito (hipotecas) destinados a la compra, construcción, ampliación o refacción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente:
1- Monto (de la hipoteca) hasta $105.636: exenta
2- Monto (de la hipoteca) de $ 105.636 hasta $158.454: alícuota 5?

Operaciones de crédito (hipotecas) para adquisición de lote o lotes baldíos destinados a la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente:
– Monto hasta $52.818: exenta

5- OPERACIONES EN MONEDA EXTRANJERA

Se elimina el incremento del veinte por ciento (20%) sobre las alícuotas del impuesto de sellos cuando el valor imponible se exprese total o parcialmente en moneda extranjera.

IMPUESTO A LA TRANSMISIÓN GRATUITA DE BIENES
1- ESCALA DE ALÍCUOTAS
Se mantiene sin modificaciones la escala de alícuotas.

2- MONTOS MÍNIMOS NO IMPONIBLE
Se elevan los montos mínimos no imponibles:
– Asciende a $325.000 el monto mínimo no imponible cuando la transmisión gratuita sea entre padres, hijos y cónyuges.
– Asciende a $78.000 el monto mínimo no imponible para el resto de los casos.

3- MODALIDAD DE PAGO EN CUOTAS
– Se eleva hasta diez (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas la posibilidad de pagar el impuesto.

Página web del Colegio

La página web del Colegio se encontrará fuera de servicio el próximo sábado 23 de enero, entre las 9 y las 19 h, por tareas de mantenimiento sobre el grupo electrógeno de la institución.

Asesoría Registral

Se informa a los colegas que el escribano Antonio Iapalucci retomará la atención de la asesoría a su cargo el próximo miércoles 27 de enero, en su horario habitual de 9.30 a 13.30 h.

Nueva versión del aplicativo SIPRESBA

Se informa a los colegas que se encuentra disponible la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA), que contempla las nuevas pautas de liquidación determinadas por la Ley Impositiva 2016.

La nueva versión será de uso obligatorio para todas aquellas declaraciones juradas que sean presentadas a partir del 20 de enero de 2016 inclusive, independientemente del período al cual correspondan.

Para descargar a la nueva versión haga clic aquí

Nuevo acceso único para los trámites on line restringidos en la web del Colegio

Próximamente se implementará el acceso único a todos los trámites restringidos que los escribanos realizan a través del sitio web institucional, al que se ingresará con el usuario y clave que utilizan actualmente. Esta modalidad permitirá un ingreso más directo a todos los servicios y gestiones de la página del Colegio.

En caso de requerir el cambio de clave, este acceso permitirá el blanqueo y envío automático de la misma, en cualquier momento del día. Por ello, es importante que los colegas, a través de la Autogestión de Correo Electrónico, mantengan actualizada su dirección de correo electrónico, y en caso de poseer más de una dirección registrada, especifiquen cuál es la predeterminada (a la que el sistema remitirá de manera automática la clave).

Haga clic aquí para acceder a la Autogestión de Correo Electrónico

Centro de Atención a Profesiones Matriculados de la IGJ en el Colegio

El Centro de Atención a Profesionales Matriculados de la IGJ en el Colegio se encontrará cerrado hasta el 31 de enero y retomará la atención a partir del 1º de febrero. Asimismo informamos que, durante ese período, la caja de IGJ que funciona en nuestra institución permanecerá abierta.

Recordamos a los colegas que el lunes 18 de enero se publicó la Disposición 01/2016, mediante la cual se resolvió suspender la recepción de trámites durante el mes de enero de 2016.

TRAMITES EXCLUIDOS:
a) trámites ordinarios y urgentes del Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales y del Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles;
b) pedidos de expedición de testimonios, certificados, informes comunes y urgentes, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase;
c) solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración;
d) presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización;
e) trámites comunes y urgentes relativos al Departamento de Rúbricas;
f) trámites comunes y urgentes relativos al Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales y al Departamento de Control Contable de Entidades Civiles.

Cambios en el régimen de atención de la IGJ para el mes de enero: Disposición 1/2016

Se remite a los colegas la Disposición 1/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Registrales, mediante la cual se modifica el régimen de atención de la IGJ previsto para el mes de enero de 2016, que fuera publicado por esta vía en el mes de diciembre.

Haga clic aquí para acceder a la disposición

Haga clic aquí para ver la comunicación del mes de diciembre

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: Resolución Normativa Nº 69/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 69/15, mediante la cual se establece que hasta tanto se reglamente el ejercicio de los derechos reales de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, regulados el los Títulos V y VI, respectivamente, del Libro Cuarto del Código Civil y Comercial de la Nación, deberán aplicarse las normas del Decreto Provincial Nº 2489/63 y su modificatorio, así como las disposiciones establecidas a los efectos de su implementación.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

ARBA: Disposición Nº 6117/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Disposición 6117, mediante la cual sustituye artículos de la Disposición N° 2010/94 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial referida a estado parcelario, base valuatoria, trámites y plazos. La vigencia de esta norma será a partir de los 3 meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

Haga clic aquí acceder a la Disp. 6117/15

ARBA – Resolución Normativa Nº 64/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 64/15, mediante la cual se resolvió extender, hasta el 29 de febrero de 2016, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Haga clic aquí acceder al texto de la norma

Portal de Enlace del Colegio

Informamos a los colegas que se encuentra disponible en la página web del Colegio el servicio denominado “Portal de Enlace” para dar respuesta a consultas de los colegiados por problemas extraordinarios que se presentan en la realización de trámites ante los diversos organismos públicos, y cuyo planteo ?a nivel personal- resulta infructuoso o de difícil seguimiento.

Funciona para aquellas situaciones anómalas o extraordinarias que pudieran plantearse en trámites en curso. El organismo involucrado -a través de un responsable interno- recibe la información en forma directa y brinda una respuesta o la resolución del problema. Este servicio ofrece una comunicación ágil y directa con AGIP, AFIP, AySA e IGJ.
El ?Portal de Enlace? no brinda asesoramiento ni tampoco es su función responder consultas. Para esos casos, el escribano deberá solicitar los instructivos correspondientes o bien dirigirse a las asesorías que funcionan en el Colegio.

¿Cómo funciona?
Ante una situación atípica o extraordinaria en un trámite presentado en alguno de los organismos mencionados, el escribano deberá ingresar en la sección ?Trámites? de la página web del Colegio y seguir los pasos que allí se indican, a fin de comunicar el problema. La Comisión de Enlace se contactará con la persona designada dentro del organismo respectivo para explicar la situación y, una vez obtenida la respuesta, se la comunicará al escribano consultante.

Haga clic aquí para acceder al instructivo

Haga clic aquí para acceder al “Portal de Enlace”

AGIP: Solicitud de informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas

Se recuerda a los colegas la modalidad del trámite para los informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas:

? El sistema web de AGIP no permite seguir el trámite de partidas exentas.
? Los certificados con partidas exentas deben ingresar por el Colegio de Escribanos en soporte papel.

En el caso de haber realizado el trámite vía web y el sistema de la AGIP informe “Error Partida Exenta” consumiéndole el timbrado:
? Al presentar en el Colegio de Escribanos el F1 en soporte papel, se deberá adjuntar una impresión donde figure dicho error a fin de demostrar que el trámite ya se encuentra pago.

Suplemento La Ley – Obligaciones en moneda extranjera y el Código unificado

El 9 de septiembre de 2015 se realizó en la sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires una mesa redonda, que contó con la participación de los doctores Jorge Horacio Alterini (A.), Juan M. Diehl Moreno (D. M.) y Martín Esteban Paolantonio (P.), bajo la moderación del escribano Norberto Rafael Benseñor (B.), para abordar los cambios introducidos por el Código Civil y Comercial con respecto a las obligaciones en moneda extranjera.

El presente artículo, publicado el 22 de diciembre por La Ley, condensa las diferentes opiniones doctrinarias vertidas por los panelistas durante su exposición, a cuyo fin se han mantenido los nombres de los expositores, para que puedan ser identificados con claridad. Con ese mismo objetivo, se han diferenciado a través de subtítulos los aspectos más relevantes tratados en esa sesión.

Haga clic aquí para acceder al suplemento

Régimen Patrimonial del Matrimonio. Convenciones matrimoniales. Cambio de régimen. Uniones convivenciales

Inscripción para acreeditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Esc. Julio C. Capparelli – Dr. Pedro Di Lella

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Régimen de administración y disposición de bienes de los hijos en el Código Civil y Comercial

Inscripción para acreeditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Esc. José M. R. Orelle – Dr. Atilio Álvarez

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

ARBA – Prórroga de la apertura de la base catastral

De acuerdo a lo informado por la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial de ARBA: ” la apertura de la base catastral prevista para el 7 de enero de 2016, se prorrogará hasta la sanción de la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2016. Hasta que eso ocurra, se permitirá el ingreso de trámites catastrales pero no se realizará la expedición de los mismos”.

Campus virtual: cursos disponibles

Se informa a los colegas que en el Campus Virtual del Colegio se encuentran disponibles 5 cursos que permiten acreditar puntaje para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404. Estas actividades se encuentran ubicadas dentro la carpeta “Cursos que acreditan puntos” en la portada principal del Campus.

Es importante destacar que cada curso acredita puntos por una única vez. De manera que, si ya fue realizado un determinado curso en el año 2015, el puntaje fue asignado a ese año y, aunque vuelva a realizarlo, no podrá computar los puntos para 2016, ya que su asistencia fue registrada anteriormente.

Haga clic aquí para ingresar al Campus Virtual

Conjuntos inmobiliarios en el nuevo Código. Los conjuntos preexistentes. Cementerios privados

Inscripción para acreditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Dra. Adriana Abella

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Curso práctico para empleados de escribanías año 2016

Objetivo: Brindar al empleado los conocimientos prácticos para el desarrollo de las tareas en el ámbito de la escribanía.

Primer Nivel – Comprende dos materias:

1) Aspectos teóricos y prácticos de la actuación notarial extraprotocolar.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia los trabajos que se realizan en la actuación notarial extraprotocolar cotidiana.

Segundo Nivel – Comprende dos materias:
1) Aspectos teóricos y prácticos en la redacción de escrituras y aspecto impositivo.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia la redacción de escrituras.

Tiempo de cursada: 2 veces por semana, 2 horas cátedra de Notarial y 1 vez cada quince días de expresión oral y escrita.
Primer Nivel: Lunes y miércoles de 9,30 a 11,30 horas; un viernes cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.
Segundo Nivel: Martes y jueves de 9,30 a 11,30 horas, un viernes cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.

Se entregarán certificados de aprobación del curso.

Requisitos:
Primer Nivel

1) Presentar copia certificada por escribano de la Ciudad de Buenos Aires del DNI y del Certificado del Ciclo Secundario Completo, que deberá estar legalizada si el escribano es de otra jurisdicción.
2) Carta de presentación de un escribano de la Ciudad de Buenos Aires.

Segundo Nivel:
1) Presentar certificado de aprobación del Primer Nivel y fotocopia del mismo.

Inscripción: Reserva de vacante del 1 al 18 de marzo de 2016 en www.colegio-escribanos.org.ar

Confirmación de vacante y entrega de documentación: En forma personal (sin excepción), del 21 al 28 de marzo 2016, acompañando la documentación requerida (según nivel a inscribirse) en el Departamento de Cursos, Av. Las Heras 1833,4º piso, de 10 a 15 h.

Arancel anual: $ 3.600 el que podrá ser abonado en tres cuotas de $1.200 cada una, con vencimiento, la primera cuota del 1° al 10 de abril; la segunda del 1° al 10 de junio y la tercera del 1° al 10 de septiembre o en un pago anual de $ 3.200 que deberá efectivizarse en el momento de inscribirse.

Los aranceles se abonan en las Cajas del Colegio de Escribanos, sector de Legalizaciones, Av. Las Heras 1833 Primer Entrepiso de 10 a 15 h.
Fecha de inicio: 1° Nivel: lunes 4 de abril de 2016 | 2° Nivel: martes 5 de abril de 2016, ambos en el 4º piso de Av Las Heras 1833.

Por razones pedagógicas y de capacidad de las aulas, los cursos tienen cupo limitado. La apertura de los cursos está sujeta a un cupo mínimo de inscritos.

Informes: Departamento de Cursos, exclusivamente por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

IMPORTANTE: El presente curso no reemplaza la práctica notarial o profesional exigiga por el artículo 35 de la Ley 3933, modificatoria de la Ley 404.

Haga clic aquí para acceder a la nota modelo

Haga clic aquí para acceder al Reglamento

Mención del Colegio en los medios

En el día de ayer, martes 5 de enero, fue publicada en el portal www.diariojudicial.com una nota titulada “No discriminen a los escribanos”, referida al fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la alícuota diferencial para el Impuesto de Sellos de las escrituras que tuviesen por objeto inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires y fueran otorgadas fuera de ella.

Haga clic aquí para visualizar el artículo

Concurso público para escribanos

Se informa a los colegas que el próximo 2 de febrero a las 15 h se abrirá el concurso público para la contratación de Servicios profesionales de escribanos públicos en operaciones crediticias inmobiliarias para otorgamiento de actos notariales de transferencia de dominio con hipoteca simultánea solicitados por la sección Vivienda de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina.

Aquellos interesados podrán retirar el pliego en la División de Compras y Suministros de la Superintendencia de Bienestar / Oficina Licitaciones de la calle Uspallata 3400, edificio anexo, 1º piso de 9 a 13 h, hasta el día hábil anterior a la fecha establecida para el el acto de apertura de las ofertas. Asimismo podrá consultarse de manera online en www.supbienestar.gob.ar, ingresando al sector Centros Médicos – Hospital – Contrataciones.

Podrán formular consultas sobre el pliego a bienestar_cs@policiafederal.gov.ar.

Haga clic aquí para conocer la documentación a presentar

Actualización de los derechos de escritura para determinados actos de otras jurisdicciones

Tal como fuera informado el 21 de diciembre de 2015, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea Extraordinaria del 29 de junio de 2015, se recuerda al notariado que se implementó un Fondo Anticíclico Previsional, compuesto por los derechos de escritura sobre determinados actos de otras jurisdicciones, que aportan el 0,1 %, a partir del 1º de enero de 2016, con un monto mínimo.

Asimismo, se informa que, a partir del 1º de febrero de 2016, el monto mínimo del derecho de escritura para actos de otras jurisdicciones (actualmente de $250), se actualizará a $ 290.

Los actos sobre los que se aplicará, a partir del 1º de enero de 2016, el derecho de escritura del 0,1% son los siguientes:
Cod 221 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Compraventa
Cod 222 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Dación en pago
Cod 223 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Aporte a sociedades
Cod 227 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Permuta
Cod 229 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Hipoteca
Cod 232 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Fideicomiso – transmisión de dominio pleno de inmuebles a título oneroso (fiduciario a beneficiario o fideicomisario)
Cod 233 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Cesión de crédito hipotecario oneroso o gratuito

Estos actos mencionados (221/222/223/227/229/232 y 233) pagarán en concepto de derecho de escritura el 0,1% sobre precio, valuación fiscal, valuación fiscal al acto o VIR, el que fuere mayor. Importante: En los casos de hipoteca se abonará sobre el monto hipotecario y en la cesión de crédito hipotecario se abonará sobre el precio de la cesión o sobre el monto cedido, el que fuera mayor.

De esta manera, las escrituras de extraña jurisdicción abonarán, a partir del 1º de enero de 2016:
1) Derecho de escritura otras jurisdicciones, mínimo de $ 250 (a partir del 1º de febrero 2016: se elevará a $ 290).Si supera ese mínimo, se abonará el 0,1% sólo sobre los actos mencionados.
2) Cargo fijo, que se mantiene en su valor actual: $ 500.
3)Aporte Notarial, que se mantiene en su valor actual: $ 300.
Los valores del cargo fijo y del aporte notarial no han sufrido ningún cambio respecto de su valor actual.

Ejemplo 1
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 1.000.000
Paga:
– Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 1.000 (0,1 %).

Ejemplo 2
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 100.000
Paga:
-Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 250. A partir del 1º de febrero de 2016 se elevará a $ 290. ( Es el monto mínimo pues el 0,1% de 100.000 es $ 100).

Modalidades de pago no presencial

Se recuerda a los colegas que el Colegio cuenta con distintas modalidades de pago no presencial para la boleta Ley 404, la boleta de aportes de la Caja Notarial y las cuotas de los préstamos contraídos en el Colegio. Estas opciones habilitadas suponen la ventaja de poder realizar la gestión en menor tiempo y sin necesidad de concurrir de manera presencial a la institución. Recomendamos a los colegas familiarizarse con estas formas alternativas de pago y tenerlas en cuenta para próximos trámites.

Atento a ello, remitimos toda la información para efectuar los pagos, con los números de cuentas necesarios en caso de optar por la transferencia bancaria o depósito en efectivo.

A) Pago de boleta Ley 404 y boleta de aportes de la Caja Notarial (Ley 21.205):

PASO 1
Se detalla la cuenta donde debe realizarse la transferencia o depósito en efectivo:

COLEGIO DE ESCRIBANOS:
C.U.I.T.: 30-52649945-6
CUENTA NRO. 178653-100/2
C.B.U.: 2590035610017865310022
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

PASO 2:
Una vez realizado el pago se deberá escanear el ticket e informar el monto abonado, detallando el monto de la boleta Ley 404 y el de aportes a la Caja Notarial a la siguiente dirección de correo electrónico: tesoreria-finanzas@colegio-escribanos.org.ar.

Si usted realiza la transferencia desde su caja de ahorro y el monto es menor a $ 50.000, el Banco no aplica el impuesto a los débitos y créditos, en consecuencia estos pagos son sin cargo alguno.

B) Pago de cuotas de préstamos en pesos o dólares:
Se detallan los datos de las cuentas de la CNCSS de ambas monedas, de acuerdo al caso:

CAJA NOTARIAL COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD SOCIAL LEY 21205:
Prestamos en Pesos:
C.U.I.T.: 30-70195125-1
CUENTA NRO. 261645-100/7
C.B.U.: 2590035610026164510077
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

Préstamos en Dólares:
C.U.I.T.: 30-70195125-1
CUENTA NRO: 261645-601/4
C.B.U.: 2590035611026164560141
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CORRIENTE EN DÓLARES

Luego de realizar el depósito o la transferencia, escanear el ticket y enviarlo por mail a tesoreria-finanzas@colegio-escribanos.org.ar

Si el escribano desea cancelar su préstamo nominado en dólares con pesos, es necesario consultar previamente al sector de préstamos al Tel. 4809-7155/6871 o a prestamos@colegio-escribanos.org.ar, con el fin de consultar el tipo de cambio del día de la cancelación.

OPCIONAL EN TODOS LOS CASOS: Informar la transferencia mediante la MEV
Una vez realizada la transferencia o depósito, el escribano puede informar y adjuntar el comprobante a través de la Mesa de Entrada Virtual de la página del Colegio de Escribanos para poder ser registrados. Cualquier duda sobre esta opción pueden consultar con Soporte Informático al 4809-6846 o 4809-7049.

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha informado mediante el instructivo Nº 005 que, a raíz de la falta de sanción de la Ley Impositiva correspondiente al año 2016, hasta nueva disposición quedan prorrogadas las Tasas Especiales por Servicios Registrales establecidas por la Ley 14.653 y la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014.

Respecto de las escrituras autorizadas en el año 2015 e ingresadas durante los dos primeros meses del año 2016, serán aceptada la valuación fiscal o valor inmobiliario de referencia (V.I.R.) del año anterior exclusivamente en los supuestos de tasas variables.

Haga clic aquí para acceder al instructivo Nº 005

Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

INSCRIPCIÓN: desde el 04/01/2016 hasta el 22/02/2016.

LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables.

REQUISITOS: Presentación de una nota en la que consten nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail. Debe adjuntarse copia certificada de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía y del título de abogado, de acuerdo al artículo 8° de la Ley Nº 404.

Aquellos que concursen por la titularidad del registro, podrán acompañar los comprobantes de sus antecedentes para ser evaluados por el jurado en original o en fotocopias certificadas. En ningún caso se desglosarán antecedentes que se hubieren presentado en años anteriores. Cabe destacar que para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8º de la Ley Orgánica Notarial 404, modificada por Ley Nº 3933.

COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 2.200 (dos mil doscientos pesos) que se abonan en las cajas de Av. Las Heras 1833, PB, de 9:30 a 15 h.

EXAMEN ESCRITO: 27 de abril de 2016, a partir de las 7 h.

LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires.

APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404).

EXAMEN ORAL: fecha a confirmar por el Jurado, a realizarse en el Colegio de Escribanos de la CABA.

APROBACIÓN: 5 o más puntos

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Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2016

Se informa que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del lunes 4 de enero la Ley 5494 (Ley Tarifaria) para 2016 y la Ley 5493, que introduce modificaciones al Código Fiscal. Ambas normas rigen desde el 1º de enero de 2016.

Los asesores impositivos del Colegio se encuentran elaborando un informe en el cual se darán a conocer las principales modificaciones. No obstante ello, adelantamos puntos de especial interés para la actividad diaria.

IMPORTANTE:
1 – El requirente que realice declaración jurada de “única propiedad con destino a vivienda” a fin de beneficiarse con la exención del impuesto de sellos, deberá acreditar dicha declaración mediante la correspondiente solicitud de informe ante el Registro de la Propiedad Inmueble (F3) y el escribano deberá referenciar tanto la declaración jurada del requirente como el certificado registral en la correspondiente escritura.

2 – El monto de exención en el impuesto de sellos para las transferencias de dominio y contratos de compraventa que tengan por objeto vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes, se elevó a $ 975.000 (anterior $ 750.000).

3 – Se encuentran exentas las transferencias de dominio de terrenos baldíos con destino a construcción de vivienda, siempre que la valuación fiscal o el V.I.R. no supere los $ 19.500 (anterior: $ 15.000).

Los textos completos se encuentran disponibles en los links al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5494 (Ley Tarifaria)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5493 modificatoria del Código Fiscal para el 2016

Pautas del Consejo Directivo para la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales

Se informa a los colegas que el Consejo Directivo resolvió, respecto de la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales, lo siguiente:

Asentimiento Conyugal:
El asentimiento conyugal requiere ser documentado en escritura pública en los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles, en las donaciones de cosas muebles registrables y en los contratos de prestaciones periódicas o vitalicias.
El Departamento de Legalizaciones observará todo documento que no cumpla con lo previsto anteriormente, salvo que fuere a utilizarse en el extranjero, en cuyo caso se aplicará lo previsto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes, que se deberá transcribir en el documento o en la certificación: “El instrumento no cumple con las formas exigidas por las leyes vigentes en la República Argentina, debiendo juzgarse su validez con sujeción a las normas del Estado donde ha de ejercerse, conforme voluntad del otorgante y lo dispuesto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero suscripta en Panamá el 30/01/75”

Certificación de Impresiones Digitales:
A los efectos de la legalización de certificaciones de impresiones digitales el Departamento de Legalizaciones verificará el cumplimiento de lo estipulado por el art. 26 del Reglamento de Certificación de Firmas e Impresiones Digitales.


“CAPÍTULO VI ? Certificación de impresiones digitales
Art. 26.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 313 del Código Civil y Comercial de la Nación, el escribano autenticará impresiones digitales o las firmas de los dos testigos en los documentos privados cuando el otorgante no sepa o no pueda firmar. Debe hacerse constar en el acta de requerimiento y en la foja de certificación la manifestación sobre la causa del impedimento y según sea el caso: a) Estampar la impresión digital del impedido, en el documento privado y en el acta de requerimiento ,dejando constancia el escribano del dedo a que correspondiere; o b) Certificar la firma de los dos testigos dejando constancia de la presencia del impedido a firmar. En tales supuestos se seguirá el procedimiento establecido en este reglamento para la certificación de firmas.”

Fallo sobre el pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble

Se pone a disposición de los colegas un fallo de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca caratulado “CARPO, Elena Nora c/ PERALTA, Ceferino Víctor Alberto, CUMPLIMIENTO de CONTRATO” mediante el cual se obligó al pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble, aplicando como lineamiento el Código Civil ya derogado, teniendo en cuenta que el contrato se había celebrado bajo la vigencia del Código de Vélez.

Haga clic aquí para acceder al fallo

Régimen de atención de la IGJ durante el mes de enero

Se informa a los colegas que, durante el mes de enero de 2016, la Inspección General de Justicia mantendrá su funcionamiento normal, pero con un esquema de atención reducido que se detalla a continuación:

Mesa de Entradas: el horario de recepción de trámites comunes será de 9:30 a 12:00 h, tanto en sede central, Paseo Colón 285, como en los colegios profesionales.
En tanto, los trámites urgentes se recibirán de 8:00 a 9:00 h en sede central, y de 9:30 a 11:00hs. en los colegios profesionales.

Departamento de Rúbrica: trámites urgentes de 10.00 a 12:00 h El resto de los trámites se recibirán en el horario de 10:00 a 13.00 h.

Plazo del trámite urgente: 96 horas es el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales (de los departamentos de Precalificación de sociedades comerciales, Personería Jurídica de entidades civiles, Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales, y para los trámites del departamento de Rúbrica).

Recepción de oficios judiciales: solo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal; otros análogos).

Mesa de entradas departamento de Control Contable sociedades comerciales y entidades civiles: recepción y retiro de trámites, de 10:00 a 12:00 h.

Trámites excluidos: no se recibirán durante el mes de enero de 2016:
– Trámites ordinarios de los departamentos de Precalificación de Sociedades Comerciales y de Personería Jurídica de Entidades Civiles, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el 16 de enero de 2016 inclusive.
– Pedidos de expedición de testimonios, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.
– Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.
– Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.

Vistas
No se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2015, excepto los trámites correspondientes al departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2015 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2016.

Receso de las comisiones e institutos del Colegio

Se informa a los señores escribanos que las comisiones e institutos del Colegio se encuentran en receso a excepción del Instituto de Derecho Tributario que continuará reuniéndose los días lunes a las 10 h. Asimismo, si bien la Comisión de Automotores también se encuentra de receso, ante consultas urgentes podrán contactarse telefónicamente con sus integrantes. Para obtener el número de contacto comunicarse al interno 4809-6885.