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Entrega de libros de requerimientos para su destrucción

Nota modelo (oligatoria)

Recordamos a los colegas que, de acuerdo a la Resolución CD 20/16 del 27 de enero de 2016, se estableció el plazo de cinco años para la entrega de los libros de requerimientos o fojas movibles al Archivo de Protocolos Notariales.

Los libros de requerimientos y fojas de certificación de firmas se recibirán en el sector de Encuadernación de Protocolos, planta baja del Archivo de Protocolos Notariales. El escribano deberá presentarlos junto a una nota por duplicado, donde exprese su intención de que los mismos sean destruidos y donde se detallen los números de individualización e interno de cada Libro de Requerimientos, más la fecha de la última acta. En el caso de cuerpos espiralados o encuadernados de fojas movibles de certificación de firmas deberán asimismo constar el número de la primera acta y su fecha, y el número de última acta y su fecha.

Asimismo, a raíz de la Resolución CD 40/2016 del 10 de febrero de 2016, los escribanos titulares de registro y autorizados que opten por hacer entrega de los libros de requerimientos o fojas movibles para su destrucción al Archivo, deberán hacerlo el mismo día en que sean convocados para entregar sus protocolos correspondientes al año 2011, de acuerdo al cronograma enviado oportunamente.

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