La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios publicó en el boletín oficial del día de la fecha, jueves 14 de julio de 2016, la Disposición 246/2016 mediante la cual se eleva a $100.000 el monto a partir del cual es obligatorio confeccionar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), para la transferencias de automotores y motovehículos usados .
A ese efecto, deberá considerarse el precio de venta consignado en la respectiva Solicitud Tipo o, de existir, el valor que surge de la tabla de valuaciones utilizada por los Registros Seccionales para el cálculo de los aranceles vigente a la fecha de obtención del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA), el que resultare mayor.