Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

Resumen de magnitudes y alícuotas de relevancia tributaria en la actividad notarial

Instituto de Derecho Tributario del Colegio

El Colegio pone a disposición de los colegas un documento elaborado por el Instituto de Derecho Tributario, en el cual se reúnen las magnitudes y alícuotas de relevancia tributaria en la actividad notarial, a efectos facilitar la labor diaria de los escribanos de la demarcación.

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Sumario de Jurisprudencia 2015

En el apartado Instituto de Derecho Procesal de nuestra página web (Sector Institucional) se encuentra disponible el Sumario de Jurisprudencia, correspondiente al año 2015, que compila toda la jurisprudencia publicada en las circulares de ese año.

Esta publicación, a cargo de la Esc. Angélica G. Vitale, ofrece una herramienta de consulta de gran utilidad para la tarea diaria de los escribanos, quienes podrán localizar los fallos ya sea por temas o por orden alfabético. Sugerimos tener siempre a mano este material para una consulta ágil y sencilla, que ayudará a mantener la actualización permanente que exige la práctica profesional.

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Se pueden obtener los fallos completos, a través del buscador de la Biblioteca, ingresando el número de la circular en el campo “Búsqueda Rápida” en este link

Encuentro Regional del Notariado Novel – Zona NEA

Se informa a los colegas que el próximo sábado 7 de mayo a las 8.30 h se realizará el Encuentro Regional del Notariado Novel – Zona NEA, organizado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes y la Comisión de Notarios Noveles de esa demarcación. El encuentro tendrá lugar en Colegio de Escribanos de Corrientes, sito en 9 julio 1167/1163.

Durante la jornada disertarán el escribano Gastón Zavala sobre Derecho Sucesorio y la Esc. Zulma Dodda sobre Derechos Reales – Conjuntos inmobiliarios. Se entregarán certificados de asistencia.

Costo de inscripción: $ 200 (incluye certificado y lunch de recepción).

Informes e inscripción: novelescorrientesescribanos@hotmail.com | secretaria@cec.org.ar

Inspección General de Justicia (IGJ)|Resolución 8/2016

El Colegio se complace en informar que, atento a las gestiones realizadas por nuestra institución y otros Colegios y Consejos Profesionales, la Inspección General de Justicia (IGJ) publicó en el Boletín Oficial del día viernes 29 de abril, la Resolución General 8/16 que modifica el artículo 67 de la Res. Gral. 7/2015 (objeto social único) y deroga el artículo 68 de la misma norma (capital).

En consecuencia, vuelven a permitirse las sociedades con objeto social múltiple, expuesto en forma precisa y determinada y con respecto al capital debe tenerse en cuenta únicamente lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades Comerciales.

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Banco Nación – Préstamos hipotecarios en donde el título antecedente proviene de la donación a un heredero forzoso

IMPORTANTE

El Colegio informa a los colegas que el Banco de la Nación emitió un dictamen jurídico interno referido a préstamos hipotecarios en donde el título antecedente proviene de la donación a un heredero forzoso. Concluyendo:

“Sin perjuicio de la ponderación de las situaciones particulares que puedan presentarse, las donaciones otorgadas a partir del 1º de agosto de 2015 son susceptibles de ser observadas, sin discriminar entre las efectuadas a herederos forzosos o a terceros, produciéndose el saneamiento por vía de prescripción adquisitiva la que comenzará a operar desde que se ha poseído la cosa donada por el término de diez años.
Las donaciones efectuadas a herederos forzosos constituidas durante la vigencia del Código Civil no habiendo transcurrido diez años desde la posesión, podrán ser aceptadas, destacando que dicho criterio deberá ser revisado periódicamente a la luz de nuevas circunstancias o pronunciamientos sobre el particular”.

Circular 3381

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Dictamen de la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas: Zonas de Frontera – Observación

Se pone a disposición de los colegas un dictamen elaborado por la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas del Colegio respecto de la observación realizada por la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras a una protocolización de acta de asamblea que decidió la escisión y transferencia parcial del patrimonio de una sociedad anónima a favor de otra, que incluía, como único bien registrable, un inmueble urbano sito en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro.

El dictamen analiza tres aspectos:

  • La escisión y los efectos de dicho acto societario en relación con la transferencia de los bienes de la sociedad escindida, la protocolización de la escritura y su inscripción en IGJ y en el Registro de la Propiedad Inmueble.
  • La obligatoriedad para el escribano interviniente de solicitar la previa conformidad de Zonas de Frontera, antes de autorizar la escritura de protocolización de actas de escisión.
  • El efecto de la autorización extemporánea por parte de Zonas de Frontera con relación al acto.

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Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro de la Ciudad de Buenos Aires – Resolución 155/16 – Derogación de las Disposiciones 801/14 y 877/14

El Colegio informa que, a efecto de agilizar el trámite de subdivisión de inmuebles para su afectación a Propiedad Horizontal, el Colegio continuó realizando gestiones ante la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de obtener la publicación de una norma complementaria que solucione los inconvenientes que experimentaban varios colegas y brinde celeridad a estos trámites.

Como resultado de estas tratativas, el organismo publicó en el Boletín Oficial del día del día de ayer, martes 26 de abril, la Resolución 155/16 mediante la cual se derogan las Disposiciones 801/14 y 877/14.

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ARBA: Constitución de Estado Parcelario – Disposiciones 436/16 y 1258/16, modificatorias de la Disposición 6117/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó oportunamente las Disposiciones 436/16 y 1258/16, modificatorias de la Disposición 6117/15, referida a estado parcelario, base valuatoria, trámites, y plazos. Es importante señalar que esta última norma se mantiene vigente y rige desde el 23 de marzo.

Las modificaciones efectuadas son:

  • Se introdujo el término “urbanas” en la expresión “…parcelas urbanas y suburbanas a fin de constituir el estado parcelario…”.
  • Se introdujo la utilización de la planilla 915 para la valuación del inmueble a los efectos de determinar el impuesto de sellos, en la expedición del Certificado Catastral para edificios en construcción y los solicitados en los términos del artículo 6º, del Decreto 2.489/63.
  • Quedó definitivamente aclarado que “no corresponderá la actualización de la valuación fiscal de subparcelas sometidas al régimen de Propiedad Horizontal, cuando las mismas sean unidades funcionales y/o complementarias construidas, ubicadas en planta primer piso y siguientes en altura o en planta subsuelo. Esta excepción no alcanza a las subparcelas ubicadas total o parcialmente en planta baja ni a las subparcelas que contenga polígonos con superficies descubiertas, cualquiera sea la planta en que se encuentren”.

Se recuerdan los principales aspectos de la Disposición 6117/15:
a) Se unificaron los plazos de vigencia del Estado Parcelario en treinta y seis meses (36), no sólo para la transmisión de derechos reales, sino además para su constitución. En consecuencia, el estado parcelario registrado antes de transcurridos 36 meses mantendrá su vigencia no sólo para operaciones de compraventa sino además para hipotecas y constitución de derechos reales.
b) Asimismo, la Disposición 6117/15 establece que la Unidad Funcional deberá tener constituido el Estado Parcelario. La norma exige la constitución de estados parcelarios solamente para aquellos inmuebles afectados al Régimen de Propiedad Horizontal con planos aprobados antes del año 1994.
Para el caso de los pedidos de certificados catastrales de unidades en edificios cuyos planos se hubieren aprobado con posterioridad al año 1994, continuará sin exigirse ni la constitución de un nuevo Estado Parcelario, ni la verificación de su subsistencia, en los términos de la Resolución Normativa Nº 22/2012.

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Haga clic aquí para acceder a la Disposición 1258/16

CEPUC – 5º Concurso de artes plásticas

La Coordinadora de Entidades Profesionales Universitarias de la Ciudad de Buenos Aires (CEPUC) invita a todos los profesionales matriculados a participar en la Categoría Pintura en el 5° Concurso de Artes Plásticas. La entrega de las obras será en el CEPUC (Alsina 2280 – 3° piso), de lunes a viernes de 14:30 a 16:30 h., desde el 2 al 31 de mayo.

Los artistas plásticos invitados en condición de Jurado son: Ladislao Magyar, Jorge Oscar Sarrible y Mario Dupuy.

El fallo de los jurados se conocerá a partir de la primera semana de junio de 2016 y será informado al mail consignado por los participantes donde también serán notificados del cronograma de exhibiciones en las entidades miembros de CEPUC.

Para la inscripción y/o consultar las bases, comunicarse previamente por teléfono al 4954-6563 y/o enviar un correo electrónico a cepuc.caba@gmail.com

Archivo de Protocolos Notariales – Solicitud de tomos almacenados en la sede de Av. Chorroarín

El Archivo de Protocolos Notariales del Colegio informa que los pedidos de tomos de protocolos almacenados en la sede de Av. Chorroarín estarán disponibles para su exhibición el viernes a partir de las 14 h. debido a que en el día de mañana, miércoles 27 de abril, se realizará el examen de idoneidad para acceder registros notariales en ese edificio y, no se podrá realizar la búsqueda de protocolos que allí se almacenan.

AFIP – Resolución General 3870/2016 – Régimen de facilidades de pago

La Administración Federal de Ingresos Públicos emitió la Resolución General 3870, publicada en el Boletín oficial del día de la fecha, mediante la cual establece un régimen de facilidades de pago para posibilitar la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, así como sus intereses y multas.
Haga clic aquí para acceder al texto de la Resolución General 3870/2016

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 6/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral 6/2016, mediante la cual se establece que los informes nº 3 – índice de titularidad de dominio- solicitados por escribanos o por la Corporación Buenos Aires Sur S.E., relativos al plan de adjudicación de viviendas en el Barrio Los Piletones, estarán exentos de la tasa de servicio del régimen financiero Ley 17.050.

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Impacto de temas registrales a partir del Nuevo Código Civil y Comercial. Nuevas DTR

REEDICIÓN

Jueves 5 de mayo | 18 a 20 h
7º piso Av. Las Heras 1833

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (Al ingresar, seleccionar la opción Inscripción a cursos)

A cargo de: Escs. Antonio Iapalucci – León Hirsch

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.

El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Registro de Revocaciones de Poderes – Entrada en vigencia

Se informa que el Registro de Revocaciones de Poderes comenzará a funcionar, a partir del 9 de mayo, con el fin de implantar medios idóneos para publicitar las revocaciones de poderes en el ámbito de la CABA y generar mayor seguridad jurídica en las contrataciones, tanto para la comunidad como para los escribanos intervinientes.

A fin de que los escribanos se familiaricen con esta nueva modalidad, desde el 20 de abril y hasta el 4 de mayo, podrán ingresar al Registro A MODO DE PRUEBA, a través del Acceso Restringido Único de la página web del Colegio. Allí podrán testearlo mientras se ultiman los detalles para su puesta en marcha definitiva. Los datos ingresados no quedarán cargados de manera definitiva ni generarán costo alguno. Dentro del sistema encontrarán un instructivo de uso, disponible en el icono de ayuda “?”.

Una vez que el Registro entre en vigencia a partir de la fecha indicada, los escribanos tendrán la obligación de informar e inscribir en forma online la revocatoria de poderes que realicen únicamente por escritura pública. La inscripción tendrá un costo de $ 260 y se debitará de la Boleta de la Ley 404. La inscripción se comunicará en forma electrónica al escribano a cargo del registro en que se otorgó el poder revocado o al Archivo de Protocolos, según corresponda, a los efectos de insertar la correspondiente nota marginal en la matriz del poder. El escribano autorizante de la escritura de revocación de poder o que ha tomado conocimiento de una revocación realizada por un escribano de otra jurisdicción por escritura pública, tendrá 5 días hábiles para inscribirla de manera obligatoria.

Además, tanto los colegas como el público en general podrán realizar consultas vía web de manera gratuita. En ese sentido se ha desarrollado un programa que permitirá la verificación on line de los poderes revocados.  Esta consulta reflejará los resultados de las revocaciones luego de las 48 horas hábiles de haber sido cargadas.

Consultas y sugerencias: Oficina de Soporte Informático a soporte@colegio-escribanos.org.ar.

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Haga clic aquí para acceder al Registro (Acceso restringido único)

Seminario Laureano A. Moreira – Chaco

La Academia Nacional del Notariado y el Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco, con el apoyo del Consejo Federal del Notariado Argentino, invitan a participar del Seminario teórico-práctico Laureano A. Moreira en esa provincia, que tendrá lugar el próximo viernes 29 de abril.

TEMAS:
. Conjuntos Inmobiliarios – Dr. Marcelo De Hoz
. El régimen jurídico de los niños, niñas y adolescentes – Dra. Cristina N. Armella
. Los contratos de fideicomiso, leasing y locación del Código Civil y Comercial de la Nación – Esc. Carlos M. D’ Alessio
. Pago por consignación en sede notarial, distintos supuestos y su reflejo documental – Esc. Jorge R. Causse

La inscripción estará abierta a notarios noveles y estudiantes, con un costo de doscientos pesos ($200); para escribanos y abogados, con un costo de trescientos pesos ($300) y para otros profesionales, a seiscientos pesos ($ 600).

Quienes deseen asistir deberán realizar una pre-inscripción, debiendo comunicarlo al Colegio organizador, detallando: nombre, apellido y colegio, a la siguiente dirección de e-mail: claudia@escribanoschaco.com y/o maria@escribanoschaco.com

El Consejo Federal ofrece dos becas de inscripción para escribanos de esta demarcación. Quienes estén insteresados en esta posibilidad, deberán enviar un mail al Dto. de Secretaría de nuestro Colegio (info@colegio-escribanos.org.ar).

Informes: Colegio de Escribanos de la Provincia del Chaco – Av. Italia 123, Resistencia. Chaco
Tel/Fax: (0362) – 44287874 / 4433242

IMPORTANTE: Resolución 460/15 de la UIF – Vencimiento

Se recuerda a los colegas que el plazo establecido por la Resolución 460/15 de la UIF para cumplimentar los requisitos de entrega de documentación se cumple dentro de los CIENTO CINCUENTA (150) días corridos desde la fecha de publicación de la norma en el Boletín Oficial, por lo que la presentación de documentación vencerá el viernes 29 de abril de 2016 (Mesa de Entrada del organismo, Cerrito 264 3° piso, de 11 a 16 h).

IMPORTANTE:
Esta presentación corresponde tanto a los titulares de registro como a los adscriptos.

Respecto del domicilio real que debe consignarese en la nota a presentar ante el organismo, se le recuerda a los colegas que el mismo corresponde al domicilio en el cual se encuentra la escribanía donde desempeña su profesión, conforme al artículo 73 del Código Civil y Comercial de la Nación que dispone: “Si ejerce actividad profesional o económica lo tiene en el lugar donde la desempeña para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de dicha actividad”.

En cuanto al requisito establecido por el artículo 1º, inciso d), de la Resolución 460/2015 donde se exige copia certificada de la “inscripción en la matrícula del Colegio Público o Consejo Profesional competente para desarrollar dicha actividad”, el Colegio entiende que es posible satisfacer esta solicitud mediante una fotocopia de la credencial profesional en la cual el mismo escribano, con su sóla firma y sello, indique su autenticidad.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 460/15

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal: Presentación de informes, certificados y títulos en el Colegio

Recordamos que, desde el lunes 18 de abril, funciona en el Colegio la boca de trámites del RPI de la Capital Federal -exclusiva para escribanos- que atiende de 9.30 a 13 h, en el 1º entrepiso de Av. Las Heras 1833 y recibe certificados e informes (sólo simples) y títulos (simples y urgentes).

El pago de tasas y servicios se realiza en las Cajas de la Tesorería del Colegio (2º entrepiso, Av. Las Heras 1833). El retiro de certificados o títulos se efectuará exclusivamente en la sede del RPI.

Asesoría Impositiva

Licencia de la Dra. Moussoli

Se informa a los colegas que la Dra. Marta Moussoli se encontrará de licencia desde el 10 de mayo hasta el 1° de junio, ambas fechas inclusive. Durante ese período será reemplazada por el Dr. Rofrano (los días lunes y viernes) y por el Dr. Pallavicini (los días miércoles), quienes atenderán en el horario habitual de 10 a 13 h.

ARBA: Resolución Normativa N° 8/16

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa N° 8/16, mediante la cual  se establece que en los actos judiciales declarativos de dominio de bienes inmuebles, los contribuyentes del Impuesto de Sellos y/o de la Tasa Retributiva de los servicios administrativos que presta el Ministerio de Economía en el marco del artículo 72 de la Ley N° 14808 (Ley Impositiva para 2016), deberán generar a través de la página web de ARBA (www.arba.gov.ar) la correspondiente declaración jurada y autoliquidación para el pago de los citados tributos, con los efectos y alcances que prevén los artículos 42 y 104 inciso c) del Código Fiscal (Ley N° 10397, T.O. 2011 y sus modificatorias).

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Certificados de Deuda de ex Obras Sanitarias de la Nación

El Colegio ha tomado conocimiento de que la entidad ex Obras Sanitarias de la Nación ha enviado notas a algunos escribanos en las que interpretan la obligatoriedad de solicitar los certificados de deuda. Atento a ello, remitimos a los colegas los dictámenes solicitados oportunamente a especialistas en los que se concluye que los escribanos no se encuentran obligados funcionalmente a solicitar los certificados de deuda aludidos.

Haga clic aquí para acceder al dictamen del Esc. Norberto R. Benseñor

Haga clic aquí para acceder al dictamen del Dr. Juan Carlos Cassagne

XXXII Jornada Notarial Argentina – Designación de jurados

Se informa a los colegas que se han designado como integrantes del Jurado para la XXXII Jornada Notarial Argentina, a realizarse en la Ciudad de Buenos Aires, los días 24 al 26 de agosto, a los siguientes profesionales:

·Esc. Anahí Carrascosa (Colegio Notarial de la Provincia de Mendoza)
·Esc. Julio César Capparelli (Colegio de Escribanos Ciudad de Bs As)
·Esc. Amara Bittar de Duralde (Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba)
·Esc. Cristina Armella (UNA)
·Esc. Ángel Cerávolo (Academia Nacional del Notariado)

RPI Provincia de Buenos Aires – Disposición Técnico Registral N° 04/16

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la DTR N° 004/16, mediante la cual se modifica el articulo 3 de la la DTR N° 11/2015, que posterga la entrada en vigencia del uso de la carátula rogatoria aprobada por esta norma, hasta el 1° de julio de 2016.

Haga clic aqui para acceder a la DTR 11/15

Haga clic aqui para acceder a la DTR 04/16

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios |Disposición 137/2016

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 137/2016, que modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales, respecto de la validez de los poderes en virtud de la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Los integrantes de la Mesa de Consultas del Automotor y Motovehículos se encuentran elaborando un informe sobre los alcances de esta nueva norma, que será enviado por este medio a la brevedad posible.

Haga clic aquí para acceder a la Disp. 137/2016

Tribunal de Arbitraje General y Mediación del Colegio de Escribanos y Fundación Libra

Actividades de capacitación

El Tribunal de Arbitraje General y Mediación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires junto a la Fundación Libra dictarán una serie de actividades de capacitación en mediación, a cargo del profesor Joseph Folger, los días 8 y 9 de agosto de 2016, en el 7° piso de Av. Las Heras 1833.

El profesor Joseph Folger, doctor en comunicación  de la Universidad de Wisconsin, es fundador de la teoría que sostiene que el mediador actúa como un facilitador para que las partes asuman el riesgo de hablar de lo que quieran y, en ese sentido, lograr un cambio cualitativo de la situación. Su teoría demuestra que muchas veces no existen conflictos y que las personas, en realidad, buscan otros fines como el reconocimiento y la aceptación.

El Colegio ha sido sede de esta actividad en las dos visitas realizadas en 2013 y 2014 y este año nuevamente el curso se realizara en nuestra institución, en el marco de la reciente incorporación de los escribanos al Registro Nacional de Mediadores, en una nueva incumbencia profesional.

Aquellos escribanos que hayan realizado el curso de Mediación durante el corriente año tendrán un 20% de descuento sobre el valor de este curso.

Mas información: Tribunal de Arbitraje General y Mediación del Colegio de Escribanos- Tel 4809-7021/7007

 

Asesoría Jurídico-Notarial

Licencia del Esc. Cerávolo

Se informa a los colegas que Ángel F. Cerávolo se encontrará de licencia desde el 3 hasta el 19 de mayo, ambas fechas inclusive.

IMPORTANTE: Los escribanos León Hirsch y Antonio Iapalucci también brindan asesoramiento jurídico-notarial a los colegas que así lo requieran, a fin de descentralizar la atención de los distintos asesores. El José María R. Orelle, por su parte, atiende los miércoles y viernes, de 9.30 a 12.30 horas, de manera presencial y telefónica al  4809-7198.

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero 2016

Les acercamos los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero 2016. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 1.919
Monto involucrado $2.668,6 millones

En comparación con febrero de 2015, las escrituras repuntaron 17,8% en cantidad de actos y 89,5% en pesos, al equivalente a 180 millones de dólares al tipo de cambio que informa el Banco Central. En este caso, se elevaron 10,9% al tipo de cambio oficial y 67,8% al cambio libre, con un valor promedio de $1.390.603. Es decir, subió 60,9%, a unos 93.706 dólares. De acuerdo al cambio oficial, 5,9% menos.
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en febrero último una leve suba de 1,1% respecto del mes anterior, al sumar 1.919 registros (21 actos más), mientras que el monto total de las transacciones realizadas declinó 0,7%, a $2.668,6 millones.
En este período, las escrituras formalizadas con constitución de hipoteca bancaria aumentaron a 261 casos, representando una suba de 20,3%, equivalente a 13,6% del total. Un año antes habían representado 13,3% de los actos. El promedio del quinquenio previo se ubicó en el equivalente a 10,7% del total de actos.

Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA

La distribución de los actos en cinco segmentos por monto de operaciones arrojó en el segundo mes del año mayor concentración en la franja de más de $700.000, con una representatividad de 64,2% del total, mientras que las escalas inferiores perdieron 29,5 puntos porcentuales de relevancia respecto de un año antes.

 

Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

RPI de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 5/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral 5/2016 respecto de los informes N° 2 y 3.

Asimismo se adjunta un cuadro elaborado según información enviada por el organismo, en el que se detalla la modalidad de entrega y retiro de cada trámite (presencial y sistema SIPEL).

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Haga clic aquí para acceder al cuadro

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires |Resoluciones normativas 6 y 7/2016

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado las Resoluciones Normativas 6 y 7 de 2016, cuyos temas de referencia se detallan a continuación:

Resolución normativa 6/2016:
Artículo 105 del Código Fiscal. Artículo 75 de la Ley N° 14.044 (y modificatorias). Régimen para la regularización de deudas de contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los impuestos inmobiliarios, a los Automotores, a los Ingresos Brutos y a los de Sellos ; como así también de deudas de agentes de recaudación y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
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Resolución normativa 7/2016:
Normas reglamentarias para la aplicación del Impuesto Inmobiliario Complementario establecido en los artículos 169 y concordantes del Código Fiscal (Ley Nº 10397, T.O. 2011 y modificatorias) en el ejercicio anual 2016.
Haga clic aqui para acceder al texto de la norma

Circular 3380

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Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.

Código Fiscal de la CABA |Obligatoriedad de solicitud del F3 ante el RPI de la Capital Federal

Se recuerda que, a partir de las modificaciones  introducidas por el Código Fiscal para el corriente año, el requirente que realice declaración jurada de “única propiedad con destino a vivienda”, a fin de beneficiarse con la exención del impuesto de sellos, deberá acreditar dicha declaración mediante la correspondiente solicitud de informe ante el Registro de la Propiedad Inmueble (F3) y el escribano deberá referenciar tanto la declaración jurada del requirente como el certificado registral en la correspondiente escritura.

IMPORTANTE: Acceso al sistema SIPEL del RPI de la Capital Federal a través de la web del Colegio

Se informa a los colegas que, luego de gestiones realizadas por el Colegio ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, desde el 7 del abril, se implementó un enlace, a través del Acceso Restringido Único de nuestra web, al sistema de trámites online SIPEL del RPI, que permite solicitar tanto informes de inhibiciones como de índice de titularidades (Formulario 3) de manera más ágil y sencilla. El pago de los créditos se debitará de la liquidación de la Ley 404 o podrá ser adquirido en las Cajas del Colegio.

A efectos de facilitar el procedimiento, el Colegio proveyó oportunamente a todos los escribanos un usuario, contraseña y número de abonado para el SIPEL. En el caso de aquellos colegas que ya se encuentren inscriptos, se les mantuvo el usuario y contraseña y se les informarmó el número de abonado.
Ante cualquier duda, puede consultar a la oficina de Soporte Informatico del Colegio 4809-7049/6846

Haga clic aquì para acceder al cuadro con horarios de expedición de trámites

Campus virtual: Cursos de capacitación que no otorgan puntos

En el Campus Virtual se encuentran disponibles cinco cursos a los que se puede acceder para conocer su contenido, pero que no otorgan puntos para la capacitación obligatoria.

Esta opción fue pensada para aquellos colegas que desean ver el contenido de los cursos, pero no completar las actividades requeridas para acreeditar puntos.

Los cursos disponibles para su visualización que no otorgan puntaje son:

Régimen patrimonial del matrimonio (Esc. Capparelli)

Modificación al régimen de sociedades (Dr. Vítolo)

Propiedad horizontal (Dr. Kiper)

Conjuntos inmobiliarios (Esc. De Hoz)

Derecho real de superficio (Dr. Pepe)

Régimen de la Hipoteca. Hipoteca en la misma moneda. Moneda Extranjera. Principio de especialidad en cuanto al crédito

Miércoles 20 de abril de 9.30 a 11.30 h

Salón Gervasio A. Posadas, Av. Callao 1542

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (Al ingresar, seleccionar la opción Inscripción a cursos)

A cargo de: Esc. Eleonorá R. Casabé, Esc. Marcelo de Hoz

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.

El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

RPI Capital Federal: Disposiciones Técnico-Registrales 1, 2, 3, 4/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó las Disposiciones Técnico- Registrales 1/2016, 2/2016, 3/2016 y 4/2016.

La DTR 1/2016 deja sin efecto las Disposiciones Técnico Registrales N° 2 del 23 de mayo de 2006 y su ampliatoria N° 2 del 3 de diciembre de 2012, con lo cual en los casos en que las partes actúen por apoderado o representante de personas jurídicas, ya no es necesario consignar en la minuta de inscripción (rubro 17) los datos del poder ni la identificación fiscal del apoderado o representante.  

La DTR 2/2016 adecua procedimientos registrales referidos al régimen de propiedad horizontal, en base a las modificaciones introducidas por los artículos 2037 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación.

La DTR 3/2016 deja sin efecto la Disposición Técnico Registral N° 3/03 y, en consecuencia, no será exigible que los escribanos públicos identifiquen en el formulario rogatorio de trámite de inhibiciones, los datos de la inscripción del inmueble y el acto que autorizarán.

La DTR 4/2016 regula el procedimiento de afectación y desafectación de inmuebles al régimen de protección de la vivienda, establecido en el CCyCN y deroga la DTR 4/2015.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/2016

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Corte Suprema de Justicia de la Nación Acordada 9/2016

Aprobación de la Firma Digital

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha publicado la Acordada 9/2016, mediante la cual se aprueba el uso de la firma digital  en el ámbito de la Secretaría General de la Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los actos que rubrique el señor Secretario General de Administración y los funcionarios que él designe.

Asimismo establece que en todos los casos en que se aplique la firma digital, no será necesario la utilización en soporte papel.

Haga clic aquí acceder a la acordada 9/2016

 

Registro de Revocaciones de Poderes |Entrada en vigencia

Se informa a los colegas que, aproximadamente desde el 18 de abril, comenzará a funcionar en el Colegio el Registro de Revocaciones de Poderes, que surge como respuesta a la necesidad de implantar medios idóneos para publicitar las revocaciones de poderes en el ámbito de la CABA y generar mayor seguridad jurídica en las contrataciones, tanto para la comunidad como para los escribanos intervinientes.

A partir de su entrada en vigencia, los colegas tendrán la obligación de informar e inscribir en forma online la revocatoria de poderes que realicen únicamente por escritura pública. La inscripción en el Registro tendrá un costo de $ 260 y se debitará de la Boleta de la Ley 404. La inscripción se comunicará en forma electrónica al escribano a cargo del registro en que se otorgó el poder revocado o al Archivo de Protocolos, según corresponda, a los efectos de insertar la correspondiente nota marginal en la matriz del poder. El escribano autorizante de la escritura de revocación de poder o que ha tomado conocimiento de una revocación realizada por un escribano de otra jurisdicción por escritura pública, tendrá 3 días hábiles para inscribirla de manera obligatoria.

Además, tanto los colegas como el público en general podrán realizar consultas vía web de manera gratuita. En ese sentido se ha desarrollado un programa que permitirá la verificación on line de los poderes revocados.

A fin de que los escribanos conozcan esta nueva modalidad, se ha organizado un taller explicativo previsto para el miércoles 13 de abril a las 9.30 h, en el Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542, a cargo de los escribanos María Cecilia Herrero de Pratesi, Carlos Ignacio Allende, Santiago J. E. Pano, el Dr. Jorge Alterini y el Lic. Sergio García de Cómputos. Será válido para el cumplimiento de los art. 38 y 39 de la Ley 404.

Con la creación de este Registro, el Colegio se posiciona a la vanguardia de la seguridad jurídica, en la medida en que este desarrollo constituye un puntapié inicial para lograr un sistema nacional de información eficiente y dinámico entre las distintas demarcaciones, que garantice mayor eficacia de los servicios notariales.

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Pacto de Herencia Futura y Empresa Familiar

Art. 1010 del Código Civil y Comercial de la Nación

Martes 26 de  abril, 18 a 20 h

Salón Gervasio A. Posadas, Av. Callao 1542

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (Al ingresar, seleccionar la opción Inscripción a cursos)

A cargo de: Dra. Graciela Medina – Esc. Oscar D. Cesaretti – Dr. Eduardo Favier Dubois –

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Demoras en el Nuevo Sistema de Seguridad para las Legalizaciones

El Colegio se encuentra al tanto de las demoras que se producen en algunos trámites de legalizaciones desde los últimos meses. Es importante aclarar que estos inconvenientes no tienen que ver con el personal del Colegio ni con cuestiones de funcionamiento del sector, sino con la implementación del código “QR” en las fojas de legalizaciones como nueva medida de seguridad, impuesta a nivel nacional desde el 1º de febrero.

Nuestra institución está trabajando en la implementación de medidas que permitan mejorar la velocidad de la carga en el sistema, para agilizar y optimizar el funcionamiento de esta nueva modalidad a la brevedad.

Asesoría Jurídico-Notarial

Se informa a los colegas que el escribano Angel F. Cerávolo no atenderá la asesoría a su cargo en el día de mañana, jueves 31 de marzo, por cuestiones institucionales.

Asimismo informamos que se encontrará de licencia del 3 al 19 de mayo, ambas fechas inclusive.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal | Instrucciones de Trabajo Nros 1/16, 2/16, 3/16

Se informa a los colegas que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha emitido las Instrucciones de Trabajo Nº 1/16, 2/16 y 3/16.

– La Instrucción de Trabajo Nº 1/16 dispone dejar sin efecto la Instrucción de Trabajo Nº 3/15 y toda norma y/o instrucción de trabajo que restrinja el acceso a la información en el marco del artículo 21 de la ley 17.801 y del artículo 54 del Decreto 2080/80 (T.O. Decreto 466/99).

– La Instrucción de Trabajo  Nº 2/16, referida al criterio de aplicación del artículo 99 Decreto 2080 (T.O. Decreto 466/99), dispone que, mientras no exista partición, corresponde, en todos los casos, tomar razón de las cesiones de acciones y derechos hereditarios, aun inscripta la declaratoria de herederos o el testamento, sin necesidad que se disponga judicialmente.

-La instrucción de Trabajo Nº 3/16 establece los aspectos a calificar en los documentos llevados a registración sobre las reglas de disposición de los bienes durante la indivisión post comunitaria mientras se encuentren en vida ambos cónyuges y excónyuges (artículos 481 y 482 del CCyC).

Haga clic aquí para acceder a la Instrucción de Trabajo Nº 1/16

Haga clic aquí para acceder a la Instrucción de Trabajo Nº 2/16

Haga clic aquí para acceder a la Instrucción de Trabajo Nº 3/16

Nota presentada ante la AGIP referida al Derecho Real de Superficie

Respuesta del organismo

Oportunamente, el Consejo Directivo del Colegio presentó ante la AGIP una consulta elaborada con la asistencia del Instituto de Derecho Tributario, a raíz de las diferentes situaciones referidas al Derecho Real de Superficie planteadas por el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (Libro Cuarto, Título II) que el actual Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires no prevé.

Ante esta consulta, que no sólo individualizaba las diversas situaciones posibles sino que también sugería un criterio a aplicar en cada uno de ellos, el Colegio se complace en informar que la Dirección de Análisis Fiscal de AGIP respondió al respecto que, siendo novedoso el tema planteado, “(…) se considera pertinente la aplicación de las conclusiones arribadas por el Colegio”.

Haga clic aquí para acceder a la consulta realizada ante la AGIP

Haga clic aquí para ver la respuesta del organismo

 

Taller Registro de Revocaciones de Poderes – Su implementación

Miércoles 13 de abril, 9.30 h

Salón Gervasio A. Posadas, Av. Callao 1542

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (Al ingresar, seleccionar la opción Inscripción a cursos)

A cargo de: Dr. Jorge Alterini. Esc. María Cecilia Herrero de Pratesi; Esc. Carlos I. Allende, Esc. Santiago Pano, Lic. Sergio García

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Encuentro Regional del Notariado Novel NOA

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Jujuy invita a los colegas al Encuentro Regional del Notariado Novel NOA, que tendrá lugar en la ciudad de San Salvador de Jujuy el sábado 16 de abril del corriente.

Los temas a abordar en este encuentro serán: Derecho Sucesorio y Nuevos Derechos Reales (Derecho de superficie, Conjuntos inmobiliarios, Cementerios privados), a cargo de la Dra. Cristina Noemí Armella (Rectora de la Universidad Notarial Argentina) y el Dr. Sebastián Sabene (Prof. en la Universidad Notarial Argentina).

Para consultas e información, comunicarse a los teléfonos 0388-4225314/ 4236540 o por correo electrónico: escriban@notariadoargentino.org.ar

AFIP: Resolución General 3840/16

Régimen Especial de Emisión y Almacenamiento  Electrónico de Comprobantes Originales

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en el Boletín Oficial del día de hoy, lunes 28 de marzo, la Resolución General 3840, referida al procedimiento sobre el Régimen Especial de Emisión y Almacenamiento Electrónico de Comprobantes Originales. La obligación de emisión de comprobantes electrónicos originales resultará de aplicación a partir de las fechas que se establecen en la presente resolución.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos – Decisión Administrativa 222/2016

Designación de la Directora del RPI Capital Federal

El Colegio se complace en informar que en el día de hoy, miércoles 23 de marzo, fue publicada la Decisión Administrativa 222/2016, mediante la cual se designa, a partir del 1º de febrero, a la Escribana María Cecilia Herrero de Pratesi en el cargo de Directora General de la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Registrales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

RENAPER: Resolución 617/2016

Nueva prórroga para el canje obligatorio de los documentos de identidad

Se informa a los colegas que se ha publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, miércoles 23 de marzo, la Resolución Nº 617/2016 de la Dirección Nacional de las Personas (RENAPER), mediante la cual se prorroga el plazo establecido por la Resolución Nº 2030/2015 hasta el 31 de julio de 2016.

Haga clic aquí para acceder a la norma

Para acceder al dictamen haga clic aquí

Nuevo Sistema de Seguridad para las Legalizaciones

Recordamos a los colegas que, desde el 1º de febrero, se implementó el código “QR” en las fojas de legalizaciones como nueva medida de seguridad, a fin de que puedan ser verificadas en la Base Nacional. Atento a ello, el Departamento de Legalizaciones del Colegio se ve obligado a cargar más datos en el sistema propio de nuestra institución, lo que genera demoras en la entrega de los trámites.

Nuestra institución está trabajando en la implementación de medidas que permitan mejorar la velocidad de la carga en el sistema con el fin de agilizar y optimizar el funcionamiento de esta nueva modalidad a la brevedad.

Beneficios de esta nueva modalidad:

A través de la lectura del código QR, mediante cualquier dispositivo móvil conectado a Internet como tableta, teléfono celular, etc., se podrán ver los datos básicos de la legalización tales como:

  • fecha y hora (de registración en la Base Nacional)
  • provincia
  • delegación
  • matrícula o cargo y registro
  • serie y número de foja de legalización, serie y número de foja del documento en que se encuentra la firma legalizada

En el futuro existirá una consulta pública en la página del Consejo Federal del Notariado Argentino en la cual ingresando el número de foja de legalización y el número de foja del documento en que se encuentra la firma del escribano, se podrá acceder también a esos mismos datos, brindando así una mayor seguridad.

Por los motivos expuestos, solicitamos a los escribanos sepan disculpar las demoras e inconvenientes ocasionados.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal: Presentación de informes, certificados y títulos en el Colegio

Incorporación de títulos urgentes

A raíz de gestiones realizadas por nuestras autoridades ante la nueva Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, a cargo de la Esc. María Cecilia Herrero de Pratesi, se ha acordado la apertura de un nuevo canal para trámites entre el Colegio y ese organismo, con el fin de agilizar las gestiones y presentaciones que los colegas realizan ante el RPI.

Atento a ello, se ha resuelto la apertura de una boca de ingreso de trámites que comenzará a funcionar, a partir del lunes 18 abril, de 9.30 a 13 h, en el 1º entrepiso de Av. Las Heras 1833 y recibirá certificados e informes (sólo simples) y títulos (simples y urgentes).

Estos ingresos sólo podrán ser realizados por escribanos de la demarcación que presenten su credencial profesional. No se aceptarán trámites de ningún tipo de personal autorizado (ni empleados de escribanías, ni gestores).

El pago de tasas y servicios se podrá realizar en las Cajas de la Tesorería del Colegio (2º entrepiso, Av. Las Heras 1833). El retiro de certificados o títulos se efectuará exclusivamente en la sede del RPI.