AFIP: Resolución General 4878/20
Títulos, acciones, cuotas y participaciones sociales. Regímenes de información anual, de registración de operaciones y de actualización de autoridades societarias. (Beneficiario final).
Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4878/20, mediante la cual se modifica la Resolución General 4697, de acuerdo al detalle indicado en la norma.
Decisión Administrativa 2182/20
Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 2182/20, mediante la cual se exceptúa al personal que desarrolla tareas en casas particulares, el cual queda autorizado a la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes y subtes dentro del Área Metropolitana de Buenos Aires.
Fallecimiento del Esc. Juan Alberto Garoby
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano jubilado Juan Alberto Garoby, matrícula N° 2822, ocurrido el 11 de diciembre del corriente.
Fallecimiento del Esc. Arturo Julio Sala

Fallecimiento de la Esc. Josefa del Carmen Vece de Dip
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento de la escribana jubilada Josefa del Carmen Vece de Dip, matrícula N° 2653, ocurrido el 5 de diciembre del corriente año.
GCBA: DNU 18/20
Prórroga de la vigencia de las licencias de conducir.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha publicado el DNU 18/20 mediante el cual se prorroga de manera excepcional por el término de un (1) año, la vigencia de las licencias de conducir cuyo vencimiento opere entre los días 15 de febrero de 2020 y 14 de febrero de 2021. El plazo de prórroga se computará a partir del día subsiguiente a la fecha de vencimiento consignada en cada licencia.
Importante: Atención presencial del área de Soporte Informático
Martes y jueves de 9.30 a 15.30.
A fin de ampliar los servicios de atención a los colegas, a partir de la semana próxima, el área de Soporte Informático atenderá presencialmente los días martes y jueves de 9:30 a 15:30 horas.
Para ello, los escribanos deberán solicitar un turno en la página web del Colegio para la Asesoría de Firma Digital. Haga clic aquí para acceder al turnero.
Este servicio se suma a los canales habituales de atención, que continuarán prestando servicio a través del mail soporte@colegio-escribanos.org.ar y de los teléfonos 4809-7028/ 4809-6846 / 4809- 7049.
Tareas de mantenimiento en el Campus Virtual del Colegio
Se informa a los colegas que el Campus Virtual del Colegio se encontrará realizando tareas de mantenimiento desde el 1º al 11 de enero a las 12 h, razón por la cual no se podrá acceder a los cursos virtuales durante ese período.
BCRA: Comunicación B Nº 12100
Censo Nacional Económico (CNE 2020- 2021). Exigibilidad de la exhibición del certificado de cumplimiento censal.
El Banco Central de la República Argentina ha publicado la Comunicación B Nº 12.100 que establece que las entidades financieras deberán exigir la presentación del “Certificado de Cumplimiento Censal” (CCC), a las personas jurídicas y, personas humanas – responsables inscriptas y monotributistas- (ver especificaciones al interior de la norma), como requisito previo para dar curso a las siguientes operaciones:
– apertura de cuentas de depósitos y de cualquier otra que implique captación de fondos,
– otorgamiento de créditos y sus respectivas renovaciones,
– apertura de créditos documentarios
– apertura de cuentas para valores en custodia,
– otorgamiento de fianzas y préstamos de valores, y
– alquiler de cajas de seguridad.
La norma establece, asimismo, que la falta de dicha documentación impedirá la prosecución del respectivo trámite.
El Censo Nacional Económico (CNE 2020- 2021) fue establecido oportunamente por la Resolución 180/20 del Instituto Nacional de Estadística y Censos.
Haga clic aquí para acceder a la Comunicación B 12100
Haga clic aquí para acceder a la Resolución 180/20 del INDEC
AFIP: Resolución General 4876/20
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas.
La AFIP publicó la Resolución General 4876/20 mediante la cual se extiende hasta el 9 de diciembre el plazo previsto en el artículo 5º de la Resolución General Nº 4.870 para acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”.
IGJ: Resolución General 50/20
Modalidad que deberán contemplar los oficios dirigidos a la IGJ.
La Inspección General de Justicia ha publicado la Resolución General 50/20 mediante la cual se establece que el organismo únicamente admitirá la presentación de oficios librados por tribunales Nacionales o Federales en formato digital, a través de la funcionalidad para el Diligenciamiento Electrónico de Oficios a Organismos Externos (DEOX) del Sistema de Gestión Judicial.
Asimismo, se especifica que deben dirigirse única y exclusivamente a uno de los Códigos Únicos de Identificación de Organismos Externos (CUIO) (ver el interior de la norma) conforme la Acordada N° 15/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
IGJ: Resolución General 49/20
Modificación del artículo 37 de la Resolución General IGJ N° 7/2015.
La Inspección General de Justicia ha publicado la Resolución General 49/20 mediante la cual se modifica el artículo 37 de la Resolución General IGJ N° 7/2015 (“Normas de la Inspección General de Justicia”), a efectos de incorporar el siguiente párrafo:
“Los instrumentos contemplados en los incisos 1, 2 y 5 de este artículo deben presentarse con íntegra transcripción de su contenido”.
Al respecto, cabe recordar que los incisos a los que se hace referencia son:
“Documento que contiene el acto registrable. Autenticidad. Clases.
Artículo 37.– El Registro Público inscribe actos contenidos en documentación auténtica, que podrá ser:
1. Primer testimonio de escritura pública. Si la misma contiene transcripción de actos o acuerdos obrantes en libros sociales, deben identificarse los libros con sus datos de rúbrica y folios correspondientes.
2. Instrumento privado original cuando corresponda, siempre que las firmas de sus otorgantes se encuentren certificadas por escribano público u otro funcionario competente o se ratifiquen personalmente en la Inspección General de Justicia ante funcionario o agente autorizado, previo a ordenarse su inscripción.
(..)
5. Documentación proveniente del extranjero, cuando se presente con las formalidades establecidas por el derecho de su país de origen, autenticada en éste y apostillada o legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto según corresponda y, en su caso, acompañada de su versión en idioma nacional realizada por traductor público matriculado, cuya firma deberá estar legalizada por su respectivo colegio o entidad profesional habilitada al efecto. Si el instrumento estuviere legalmente exento de traducción, con su presentación, o en su caso en el dictamen de precalificación correspondiente, debe indicarse la norma específica que lo establezca o permita.”
IMPORTANTE: Dictamen de la Comisión Asesora de Arancel – Resolución de Consejo Directivo
Operaciones pactadas en dólares. Pauta para la determinación del cálculo de honorarios.
Se informa a los colegas que el Consejo Directivo, en su sesión del 2 de diciembre de 2020 por Resolución N° 377/20, aprobó el dictamen elaborado por la Comisión Asesora de Arancel, presidida por el Esc. Carlos Rodríguez, referido a la determinación de los honorarios profesionales, en los casos en que el precio se pacte en dólares.
Como conclusión se estableció que el honorario a percibir por el profesional se podrá determinar utilizando la cotización del dólar contado con liquidación.
A continuación se transcribe la conclusión del dictamen:
“El honorario del profesional debe ser concordante con la responsabilidad funcional que asume por su labor, la cual se hace extensiva hasta el valor real del bien que se está escriturando y con los costos de su servicio. Es dable utilizar la cotización del contado con liquidación para determinar honorarios, pues este sería el único cambio que aceptaría un vendedor para recibir en pesos el valor de su propiedad fijado en dólares, verdadera realidad económica. Debe manejarse con prudencia y con datos objetivos la cotización del valor inmobiliario en épocas de volatilidad cambiaria.”
Venta de fojas: chequeras digitales
A partir del 9 de diciembre.
A fin de agilizar la adquisición y entrega de las chequeras de venta de fojas, desde el miércoles 9 de diciembre, se han implementado medios digitales. Una vez realizado el pedido de la chequera, sea en forma presencial o en forma digital, (opcional) mediante solicitud con firma digital por la Mesa de Entradas Virtual, el escribano solicitante recibirá en su ”centro de notificaciones”, dentro del Acceso Restringido, un archivo pdf con 50 cheques de pedido y 1 talón de reposición (por si quisiera reponerla en forma presencial).
El escribano deberá descargar el archivo e imprimirlo directamente. Una vez impresa la chequera se completa y se presenta como de costumbre en las cajas de venta de fojas La numeración de la chequera, que es la misma de siempre, es única y una vez utilizado cada cheque será anulado.
Provincia de Buenos Aires: Decreto 1111/20
El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha publicado el Decreto 111 que establece diversas exenciones impositivas en el partido de Patagones, como Área Patagónica Bonaerense, para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio, la industria y los servicios.
Venta de Protocolo anticipada del año 2021
A partir del 14 de diciembre de 2020.
Se informa a los colegas que el Consejo Directivo ha resuelto autorizar la compra anticipada del protocolo correspondiente al año 2021 a partir del 14 de diciembre de 2020 (Resolución Nº 358/20).
AFIP: Resolución General 4873/20
Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4873/20 (modificatoria de las Resoluciones Generales 4816 y 4855/20), que extiende el plazo de adhesión al régimen de regularización de deudas, previsto en la Ley N° 27.541, hasta el 15 de diciembre de 2020.
Asimismo, se extiende hasta el 11 de diciembre de 2020, inclusive, el plazo para que los contribuyentes y responsables, ante la detección de errores, puedan solicitar la anulación del acogimiento al mencionado régimen de regularización.
Aumento de jubilaciones y pensiones – Aumento del aporte mínimo
Desde el 1° de noviembre.
Se recuerda a los colegas, que según lo dispuesto por el Presupuesto aprobado por el Consejo Directivo para el ejercicio 20/21, a partir del 1° de noviembre, se incrementaron en un 8% el monto de los haberes complementarios de jubilaciones y pensiones de la Caja Notarial.
De esta manera:
– El haber mínimo previsional será de $73.234.
– El adicional mensual por año de permanencia será de $2.439.
IMPORTANTE: El aporte mínimo previsional a la Caja Notarial se incrementa también en un 8%, desde el 1° de noviembre, y quedará fijado en la suma de $10.986. Este aporte se abonará a partir de la cuota con vencimiento en el mes de enero.
Asimismo, se recuerda que el Consejo Directivo había resuelto, con el fin de respaldar a los escribanos que inician la actividad notarial en contextos complejos como los actuales, (Resolución 5/20), que los escribanos que tengan una antigüedad de hasta 3 años de haber asumido su primer cargo como adscripto o titular, sólo en los meses en los que con su trabajo no superen el mínimo, se les bonificará el 50% del aporte previsional mínimo. Por lo que los colegas que se encuentren incluidos en estos casos y, a partir del período previsional Noviembre/2020 (a vencer en Enero 2021), abonarán un aporte mínimo neto de $5493.
AFIP: Resolución General 4871/20
Contribuciones patronales con destino al SIPA. Reducción y postergación del pago del período devengado correspondiente a noviembre de 2020.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4871/20, mediante la cual se extiende el beneficio de postergación o reducción del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, respecto de aquellas devengadas durante el período noviembre de 2020. Resultan alcanzados los sujetos que hayan cumplido con los requisitos fijados en el DNU N° 332/20 y sus modificatorios y en la Resolución N° 938/20 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, conforme lo establecido por las Decisiones Administrativas dictadas a la fecha por la Jefatura de Gabinetes de Ministros.
Oficios de Testamentos
Sistema fuera de servicio hasta el miércoles 16 de corrientes, conforme lo informado por la empresa a cargo de las reparaciones del mismo.
No contamos con otro procedimiento ni para la recepción de los oficios judiciales ni para el pago del arancel correspondiente.
Dirección Nacional de Migraciones: Disposición 3763/20
Se autoriza el ingreso al país de extranjeros que sean familiares directos de ciudadanos argentinos y que no requieran visado.
La Dirección Nacional de Migraciones ha publicado la Disposición 3763 mediante la cual se autoriza el ingreso al país de extranjeros no residentes que sean familiares directos de ciudadanos argentinos y que no requieran visado en virtud de acuerdos.
Ministerio de Salud de la Nación – Dirección Nacional de Migraciones: Resolución Conjunta 11/20
Ingreso al Territorio Nacional durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria.
El Ministerio de Salud de la Nación y la Dirección Nacional de Migraciones publicaron la Resolución Conjunta 11/20 mediante la cual se establecen los requisitos que deberán cumplir las personas autorizadas a ingresar al Territorio Nacional durante la vigencia de la emergencia pública en materia sanitaria en virtud de la pandemia declarada en relación con el coronavirus COVID-19.
AFIP: Resolución General 4870/20
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas.
La AFIP publicó la Resolución General 4870/20 mediante la cual se establece la forma y demás condiciones que deberán observarse a fin de acceder al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, al Programa REPRO II, o al Crédito a Tasa Subsidiada para empresas (período devengado noviembre de 2020).
GCBA: Ley 6347
Actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad de Buenos Aires 2020.
Se informa a los colegas que fue publicada la Ley 6347 mediante la cual se aprueba la Tercera Actualización del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contiene las normas de alcance general y carácter permanente, consolidadas al 31 de agosto de 2020.
Haga clic aquí para acceder a la Ley 6347
Haga clic aquí para acceder al Digesto Jurídico de la Ciudad de Buenos Aires 2020
Exhibición de Protocolo en la sede Chorroarín
Atención excepcional el día 18 de diciembre
Se informa a los colegas que, debido a que se efectuará el examen de práctica notarial los días 15, 16 y 17 de diciembre en la sede del Archivo de Chorroarín, no se ofrecerá el servicio de exhibición de protocolos previsto para el día jueves 17 de diciembre, por cuestiones operativas.
De manera excepcional, el servicio de exhibición de protocolos estará disponible el día viernes 18 de diciembre. Para poder concurrir, se deberá solicitar el turno correspondiente.
Banco Ciudad – Pago del Impuesto de Sellos CABA
Se recuerda a los colegas que, el Colegio gestionó la atención directa de los escribanos, -sean clientes o no de la entidad- en las cajas del Banco Ciudad, en la sucursal de Callao 1326, a los fines de poder realizar depósitos de dinero, el pago en efectivo de servicios, impuestos (incluido Sellos), revalúos y cualquier otro trámite que fuese necesario.
Dada la necesidad de cumplir con el protocolo preventivo del COVID, se deberá solicitar turno a través de la página web del Colegio. La denominación de este servicio en el turnero es: “Gestiones en Banco Ciudad”. Por cuestiones de organización, el Banco ha solicitado contar con el listado de escribanos que utilizarán este servicio, 24 horas hábiles antes de la fecha en la que será atendido. Haga clic aquí para acceder al sistema de turnos.
Recordamos, asimismo, la posibilidad de solicitar la apertura de las cajas de ahorro gratuitas del Banco Ciudad para abonar Sellos de CABA, por débito automático, todos los meses, luego del cierre y envío del SIE. Estas cuentas se abren en el día, al momento de pagar el impuesto. Para ello, los colegas sólo tendrán que presentar en la ventanilla del Banco, previa gestión de turno, la siguiente documentación:
– DNI.
– Constancia de inscripción ante UIF como sujeto obligado (dada la condición de escribano).
– Constancia de inscripción en AFIP, según los ingresos:
- Si es Monotributista: constancia de inscripción;
- Si los ingresos son de forma autónoma: último pago de aportes previsionales o último pago de aportes a la Caja Notarial.
– Completar la primera hoja del formulario de apertura, que enviamos al pie de este mail. Las otras dos hojas se firman en la caja del Banco.
Haga clic aquí para acceder al formulario de apertura de la cuenta
ARBA: Información sobre el cierre de base de datos
Gerencia General de Catastro y Geodesia.
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha informado al Colegio que tiene previsto el cierre de la base de datos de la Gerencia General de Catastro y Geodesia entre el 14 de diciembre de 2020 y el 6 de enero de 2021, lo que será confirmado mediante el dictado de la norma correspondiente, que informaremos en cuanto sea publicada.
Se recuerda que, tal como fue informado oportunamente, la Resolución Normativa 69/2020 estableció la suspensión de la recepción e ingreso de los trámites en soporte papel y la expedición de los trámites derivados de la Ley N° 10.707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia, durante el cierre de la base de datos del Impuesto Inmobiliario; como así también la extensión de la validez de los certificados catastrales que se hayan solicitado durante el mes de diciembre de 2020, hasta el 31 de enero de 2021.
Decreto 966/20
Prórroga del plazo para acceder al régimen de Regularización de Deudas.
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 966/20 mediante el cual se prorrogan hasta el 15 de diciembre de 2020:
- el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8° de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley.
- el plazo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 13 de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541 y sus modificaciones, para tramitar y obtener el “Certificado MiPyME” ante la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.
DNRPA: Disposición 225/20 – 08D para escribanos (optativo) A partir del 1° de diciembre
El Consejo Directivo informa a los colegiados que, con motivo del dictado de la Disposición D.N. N° 225/2020, entró en vigencia a partir del 1° de diciembre de 2020, la Disposición D.N. N° 277/2019 de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios.
La Disposición 277/2020 estableció que los escribanos públicos, matriculados en Colegios de Escribanos que hubieran suscripto convenios con la Dirección Nacional, podrán (optativamente) utilizar también las Solicitudes Tipo “08-D” Auto, “08-D” Moto, “TP” y “TPM” de carácter digital.
Por ello, se dispuso que los escribanos podrían efectuar la precarga de los datos de las partes intervinientes en una transferencia de dominio, para la posterior impresión de la Solicitud Tipo “08-D” Auto y “08-D” Moto y certificación de sus firmas.
Que idéntico proceder fue autorizado en relación con los restantes trámites a través del SITE, mediante el uso de las Solicitudes Tipo “TP” y “TPM”.
La Comisión de Automotores del Colegio ha realizado un informe al respecto (link del informe). Además, en breve, dicha comisión brindará cursos de capacitación asesorando a los colegas sobre esta nueva incumbencia.
Asesorías del Colegio
Recordamos a los colegas los días, horarios y canales de contacto de las asesorías del Colegio que brindan sus servicios en forma alternada
Asesoría Jurídico-Notarial
Victoria Gonzalía
Martes de por medio, de 10 a 14 horas, exclusivamente en forma telefónica al 11-5962-6006.
En el mes de diciembre los días de atención son: 8 y 22
Laura Mazza
Martes de por medio, de 10 a 14 horas, exclusivamente en forma telefónica al 11-5587-3266 En el mes de diciembre los días de atención son: 1°, 15 y 29
Asesoría sobre sociedades comerciales
Graciela Medina
Miércoles por medio de 9.30 a 13.30 horas
Atención exclusivamente por mail: sociedadescomerciales@colegio-escribanos.org.ar
En el mes de diciembre los días de atención son: 2, 16 y 30
Pilar Rodríguez Acquarone
Jueves por medio de 9.30 a 13.30 horas
Atención exclusivamente por mail sociedadescomerciales@colegio-escribanos.org.ar
En el mes de diciembre los días de atención son: 10 y 24 (a confirmar, en caso de que se decrete feriado)
AFIP: Resolución General 4867/20
Extensión hasta el 31 de diciembre de las disposiciones de las Resoluciones Generales 4685, 4699 y 4727.
La AFIP ha publicado la Resolución 4867/20 mediante la cual se extienden hasta el 31 de diciembre:
- La utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General N° 4.503 y su complementaria, para que los contribuyentes y responsables realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.685, sus modificatorias y sus complementarias.
- La exención establecida por la Resolución General N° 4.699, sus modificatorias y sus complementarias, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias de este Organismo, por parte de los contribuyentes y responsables.
- La asignación del Nivel de Seguridad 3 para las solicitudes de blanqueo de la Clave Fiscal que se realicen a través de cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias, en los términos dispuestos por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.727, sus modificatorias y sus complementarias.
- La utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General N° 4.503 y su complementaria, para que las personas humanas que requieran acreditar su condición de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas suministren la documentación necesaria a esos fines, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.727, sus modificatorias y sus complementarias.
AFIP: Resolución General 4866/20
Régimen de facilidades de pago para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4866/20 mediante la cual se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive, la vigencia transitoria aplicable a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento, correspondiente al régimen de facilidades de pago para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras, dispuesto por la Resolución General N° 4268.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4866/20
IMPORTANTE: AFIP – Resolución General 4865/20
Aprobación del aplicativo SICORE – Sistema de Control de Retenciones- Versión 9.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4865/20 mediante la cual se dispone que los contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la Resolución General Nº 2.233, sus modificatorias y complementarias, a efectos de cumplir con las obligaciones de información e ingreso de las retenciones y/o percepciones que efectúen a partir del día 1° de enero de 2021, deberán utilizar el programa aplicativo denominado “SICORE – SISTEMA DE CONTROL DE RETENCIONES – Versión 9”.
NOTA: Se informa que aún no se encuentra publicada la nueva versión del aplicativo en la página de AFIP, en cuanto lo esté se comunicará.
AFIP: Resolución General 4864/20
Suspensión de la aplicación obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el impuesto al valor agregado.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4864/20, mediante la cual se suspende la aplicación obligatoria del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas (SIRE) para el impuesto al valor agregado, prevista en el primer párrafo del artículo 3° de la Resolución General N° 4.523 y sus modificatorias, hasta el día 28 de febrero de 2021, inclusive.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4864/20
AFIP: Resolución General 4863/20
Exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4863/20 mediante la cual se dispone:
Extender hasta el día 1 de diciembre de 2020, la suspensión dispuesta en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.687 y sus modificatorias, del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes(RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y complementaria.
Inspección General de Justicia: Resolución General 47/20
Incorporación de órgano de fiscalización en las asociaciones civiles.
La IGJ ha publicado la Resolución General 47/20 mediante la cual se establece que:
- Las asociaciones civiles que se constituyan a partir de la publicación de la presente resolución deberán prever, en su acto constitutivo, un órgano de fiscalización, de conformidad con lo normado en los artículos 170 y 172 del Código Civil y Comercial de la Nación.
- Las asociaciones civiles, constituidas con anterioridad a la entrada en vigencia de la Resolución General 47/20 y que no tengan previsto un órgano de fiscalización, deberán incluirlo en la próxima reforma estatutaria o designarlo dentro del plazo máximo de ciento ochenta (180) días de entrada en vigor de esta resolución, según lo que acontezca primero.
- Se modifica el artículo 10, del ANEXO XV (Estatuto Tipo), de la Resolución General IGJ 07/2015 (ver texto modificado al interior de la norma).
Decreto 956/20
Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 956/20, mediante el cual se establece la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, en los términos ordenados por el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de parámetros epidemiológicos y sanitarios detallados en la norma.
IGJ – Gestiones del Colegio: Se ampliaron los turnos para la atención de los escribanos en la sede del Colegio.
A raíz de las gestiones realizadas ante la IGJ, y a fin de poder ofrecer a los colegas una mayor disponibilidad de turnos para efectuar sus trámites, se ha logrado que las autoridades del organismo hayan hecho lugar a las inquietudes planteadas por nuestro Colegio. Es así que, desde hace unos días, los escribanos cuentan con entre 45 y 50 turnos diarios en la sede de nuestra institución para su atención exclusiva.
Se recuerda a los colegas que:
-
- la oficina de la IGJ en el Colegio atiende de 9 a 13 horas, en el 2do. entrepiso de Av. Las Heras 1833.
- El servicio es presencial y con un turno previo, que se solicita a través de la página de la IGJ (seleccionando la sede del Colegio) y son administrados por el Ministerio de Justicia. Haga clic aquí para acceder a los turnos
- La atención es personal, por lo que no se recibirán trámites de empleados de escribanías o gestores autorizados, y los turnos son intransferibles. Los escribanos deberán exhibir su credencial al momento de ser atendidos.
- El pago de formularios se podrá efectuar con débito o cheque personal del escribano (en caso de efectivo sólo por Rapipago).
Comisión Nacional de Valores: Resolución General 872/20
Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificaciones.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha publicado la Resolución General 872/20, mediante la cual se incorpora como Capítulo XIV del TÍTULO XVIII de las Normas (N.T. 2013), el siguiente texto:
“CAPÍTULO XIV – PROCEDIMIENTO SUMARIAL EN EL MARCO DEL DISTANCIAMIENTO SOCIAL PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 872/20
IGJ: Resolución General 46/20
Reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales.
La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 46/20, mediante la cual se dispone que, durante todo el período en que por disposición del Poder Ejecutivo Nacional se prohíba, limite o restringa la libre circulación de las personas en general, se admitirán las reuniones del órgano de administración o de gobierno de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando sean celebradas con todos los recaudos previstos, según corresponda, en los artículos 1° o 2° de la Resolución General IGJ 11/2020, incluso en los supuestos en que el estatuto social no las hubieran previsto.
Transcurrido el período señalado, únicamente se aceptará la celebración de estas reuniones a distancia, mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando los estatutos sociales expresamente lo prevean en términos de los artículos 84 o 360 de la Resolución General IGJ 7/2015 (“Normas de la IGJ”).
Comisión Nacional de Valores (CNV): Resolución General 874/20
Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificaciones.
La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha publicado la Resolución General 874/20, mediante la cual se sustituyen los artículos 3° y 4° del Capítulo XII del Título XVIII de las Normas (N.T. 2013 y mod.), referidos a “Estados Financieros Intermedios y Anuales. Ampliación del Plazo de Presentación”.
Comisión Nacional de Valores (CNV): Resolución General 873/20
Normas (N.T. 2013 y mod.). Modificaciones.
Se informa a los colegas que la Comisión Nacional de Valores (CNV) ha publicado la Resolución General 873/20, mediante la cual se sustituyen, entre otros:
- el artículo 79 de la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las Normas (N.T. 2013 y mod.).
- el artículo 1° de la Sección I del Capítulo I del Título IV de las Normas (N.T. 2013 y mod.).
- el artículo 5° de la Sección I del Capítulo I del Título IV de las Normas (N.T. 2013 y mod.).
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 873/20
AFIP – INAES: Resolución General Conjunta 4860/20
Procedimiento de inscripción de cooperativas y mutuales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) publicaron la Resolución Conjunta 4860/20, mediante la cual se establece para la constitución de cooperativas y mutuales la interacción entre el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) y la AFIP, en el ámbito de sus respectivas competencias, con relación al procedimiento registral y de asignación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) a través de servicios “web”.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. Conjunta 4860/20
Comisión Nacional de Valores (CNV): Resolución General 871/20
Modificación de las Normas (N.T. 2013 y mod.)
La Comisión Nacional de Valores (CNV) ha publicado la Resolución General 871/20, mediante la cual se resolvió sustituir el artículo 2° del Capítulo V, referido a las “Disposiciones Transitorias de las Normas” del Título XVIII (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
“Venta de Valores Negociables con Liquidación en Moneda Extranjera. Transferencias Emisoras. Plazos Mínimos de Tenencia”.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 871/20
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en octubre 2020
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en octubre de 2020. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 2528
Monto involucrado $ 22.017 millones
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el décimo mes de 2020 una baja de 19,8% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2528 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas subió un 10,3%, con $22.017millones. Es el vigésimo noveno mes consecutivo con caída en la medición interanual.
En comparación con septiembre de 2020, los actos subieron un 15,9% (sep 2181 escrituras).
El monto medio de los actos fue de $8.709.427 (104.819 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): subió 37,5% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense creció 1,6%.
En octubre, hubo 91 escrituras formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la caída en ese sentido es del 76,4%. Y los primeros 10 meses acumulan una baja de escrituras con crédito del 67%.
En los actos totales, los 10 meses llevan una baja del 52,5%.
Descargar el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria
Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares
Descargar comparativo 10 meses con hipotecas
Preinscripción al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional – 2021 (120 horas para adscriptos)
Preinscripción al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional – 2021
(120 horas para adscriptos)
Se informa a los colegas que, desde el 25 de noviembre hasta el 11 de diciembre, se realizará la preinscripción vía web al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional 2021. Una vez verificados los requisitos para realizar el curso, el Colegio asignará las comisiones, los días y horarios de cursada.
El ciclo de Perfeccionamiento Profesional, previsto por el art. 35 de la Ley 404 -modificada por Ley 3933- se dictará en forma anual. Se prevé una modalidad de cursada que cubra, en el año calendario, las 120 horas que establece la ley.
El contenido del mismo se ha distribuido en 4 módulos:
1) Derecho Civil: Hecho y Acto Jurídico. Contratos.
2) Derecho Civil: Familia y Sucesiones.
3) Derecho Civil: Derechos Reales.
4) Derecho Comercial: Sociedades.
Cada módulo se desarrollará en 30 horas de clase y la cursada está prevista de marzo a noviembre de 2021.
Importante: A raíz de la compleja situación económica que transita la institución, y a fin de solventar los gastos que implica el desarrollo de esta capacitación (honorarios docentes, recursos informáticos, verificación de las 300 escrituras y personal afectado), el Consejo Directivo resolvió (Resol. 336/20) que, para el ciclo lectivo 2021, el curso será arancelado. En ese sentido, el arancel fue calculado estrictamente para cubrir los gastos mencionados, sin ningún beneficio adicional para el Colegio. El costo del curso es de $41.000, con la posibilidad de abonarlo, mediante la boleta de aportes a la Ley 404, hasta en diez cuotas. En este valor está incluido el derecho de examen.
Haga clic aquí para inscribirse
*La inscripción se realizará conforme al reglamento aprobado por Resolución del CD 505/2019.
Haga clic aquí para acceder al reglamento para el Ciclo de Perfeccionamiento Profesional
Reorganización de Trámites en el Archivo de Protocolos Plazos, costos y modalidades
A partir del 1° de diciembre
Se informa a los colegas que, a fin de dar respuesta a las necesidades de los escribanos y la comunidad vinculada, se ha dispuesto reorganizar los servicios que brinda el Archivo de Protocolos, a partir del 1° de diciembre. A continuación, se detallan las nuevas pautas, plazos y costos, que entrarán en vigencia a partir de dicha fecha:
- Anotación Marginal Web:
- Las respuestas serán brindadas mediante notificaciones electrónicas. Esta modalidad será exclusiva y obligatoria para los escribanos de CABA.
- Plazo: 8 días hábiles.
- Costo: $1500.
- Copias Certificadas y Testimonios :
- Quedan disponibles los trámites urgentes en 2 días hábiles, y simples en 8 días hábiles.
- Se mantienen los mismos valores.
- Para escribanos de la CABA es obligatorio solicitarlo por la WEB. No se recibirán solicitudes en forma presencial.
- Copias Simples Digitales
- Quedan disponibles los trámites en 7 días hábiles.
- Se mantienen los mismos valores.
- Para escribanos de CABA es obligatorio solicitarlo por la WEB. No se recibirán solicitudes en forma presencial.
- Pedido anticipado de tomo
- El interesado debe solicitar turno a través de la página web del Colegio.
- Luego, deberá enviar un mail a pedidodetomos@colegio-escribanos.org.ar, 72 horas hábiles antes del día y hora en que tiene turno. En dicho mail deberá indicar todos los datos de la escritura, sus datos personales y los datos del turno. Se advierte que usted no recibirá confirmación de este mail, no obstante, su solicitud será procesada, siempre que se hayan consignado todos los datos indicados previamente.
- El solicitante podrá requerir hasta 3 tomos y será exclusivo para turnos solicitados en la sala del bar.
Atento a la situación del Archivo, se hará el mayor esfuerzo para que el/los tomo/s solicitados estén disponibles.
Importante: A partir del 1º de diciembre todos los trámites que hayan sido certificados por escribanos de CABA no se recibirán más en forma presencial, debiendo ingresarse obligatoriamente vía web.
Fallecimiento del Esc. Oks
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del Esc. Ricardo Jorge Oks, Matrícula 3491, ocurrido el 25 de noviembre del año en curso.
El escribano Oks fue designado Presidente de la Fundación Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, cargo que asumió el 16 de octubre de 2019 y desempeñó hasta el día de hoy.
IGJ: Resolución General 45/20
Reuniones de los órganos colegiados de administración de sociedades.
La Inspección General de Justicia ha publicado la Resolución General 45/20, mediante la cual se resuelve que en las reuniones de los órganos colegiados de administración de las sociedades, no resulta necesario, para habilitar la actuación del o los directores o administradores suplentes, una previa reunión donde se ponga a estos en posesión de la efectiva titularidad de su cargo, pudiendo integrarse automáticamente el directorio o la gerencia colegiada -tratándose de una sociedad de responsabilidad limitada-, cuando el respectivo órgano de administración, previa notificación válida y fehaciente de convocatoria a los directores titulares, no alcance el quórum necesario para sesionar (art. 260, de la Ley 19.550).
Haga clic aquí Resolución General 45/20
Decisión Administrativa 2101/20
ASPO y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 2101/20, mediante la cual se exceptúa de las prohibiciones dispuestas en el artículo 8° y 17, del Decreto 875/20 al desarrollo de eventos culturales con concurrencia de hasta 100 personas al aire libre, en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires.
Fallecimiento del Esc. Jorge Alberto Lanzani
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del Esc. Jorge Alberto Lanzani, matrícula 3990, ocurrido el 19 de noviembre del año en curso.
RPI de la Capital Federal – Inconvenientes con los servicios Web
Se informa a los colegas que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha informado al Colegio que, por inconvenientes técnicos, en el día de la fecha no estarán operativos los servicios web.
Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas: Disposición 1154/20
Nuevo diseño de la Credencial Virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes.
La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas ha publicado la Disposición 1154/20 por medio de la cual se aprueba -entre otras cosas- el nuevo diseño de la Credencial Virtual del Documento Nacional de Identidad para dispositivos móviles inteligentes. Ver más especificaciones en el interior de la norma.
AFIP: Resolución General 4859/20
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II.
Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4859/20, mediante la cual dispone que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General 4.693 y en el artículo 1º de la Resolución General 4.792 podrán acceder al servicio web “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 20 de noviembre y hasta el 26 de noviembre de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener -de así corresponder- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de noviembre de 2020, el beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas previsto en el inciso e) del artículo 2º del citado Decreto o, en su caso, el beneficio del “Programa REPRO II”, de conformidad con lo dispuesto por la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros 2.086 del 19 de noviembre de 2020.
Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES): Resolución 1035/20
Se exceptúa de la suspensión del curso de los plazos administrativos para los trámites de inspección y/o verificación institucional iniciados de oficio o por denuncia a las personas jurídicas comprendidas dentro del marco regulatorio de las leyes 20.337 y 20.321.
El Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) ha publicado la Resolución 1035/20, mediante la cual dispone exceptuar de la suspensión del curso de los plazos administrativos establecida por el Decreto 298/20, y prorrogada por los Decretos 327/20, 372/20, 410/20 y 458/20, a los trámites de inspección y/o verificación institucional iniciados de oficio o por denuncia a las personas jurídicas comprendidas dentro del marco regulatorio de las leyes 20.337 y 20.321
Durante todo el período en que se prohíba, limite o restrinja la libre circulación de las personas en general, como consecuencia del estado de emergencia sanitaria ordenada mediante el DNU 297/2020 y normas sucesivas del Poder Ejecutivo Nacional, las entidades podrán ser fiscalizadas mediante reuniones de inspección y/o verificación institucional a celebrarse bajo modalidad a distancia a los fines de controlar el cumplimiento de los requerimientos que le fueran efectuados y de suministrar información requerida en ejercicio de acciones de control y verificación institucional.
Cumplimiento de la DA 467/20
Notificación de las actuaciones notariales durante el ASPO hasta el 10 de diciembre de 2020.
Se recuerda a los colegas que, como consecuencia del levantamiento del ASPO, debe cumplirse con lo dispuesto por el artículo 3 de la Disposición Administrativa 467/20, que establece la obligación de los escribanos de:
“dentro de los DIEZ (10) días corridos del mes inmediato siguiente al de la finalización del aislamiento, social, preventivo y obligatorio, notificar al Colegio Profesional que corresponda cualquier acto protocolar o certificación de firmas realizados con fundamento en la presente y acreditar el cumplimiento de los requisitos expuestos.”
Los actos que deberán ser informados hasta el 10 de diciembre de 2020, (según DA 467/20), son las actuaciones protocolares y certificaciones de firmas autorizadas durante el periodo comprendido entre el 6 de abril de 2020 y el 11 de mayo de 2020, que hayan sido otorgados en razón del inciso 6° del art. 6° del DNU 297 (fuerza mayor) y aquellos actos vinculados con actividades esenciales enumeradas en dicho decreto y posteriores ampliaciones.
La información deberá ser enviada mediante:
- nota con los siguientes datos:
– actos protocolares: número de escritura, fecha, folio, acto y motivo.
– certificaciones de firma: número de acta, fecha, sistema libro, sistema fojas movibles, acto y motivo; o
- formulario confeccionado por el Colegio, que podrá descargarlo aquí.
IMPORTANTE: En cualquiera de los dos casos, el archivo deberá ser guardado en formato PDF y enviado al Colegio, a través de la MEV, por multinota, sin firma digital.
Si usted ya ha presentado nota con anterioridad informando los actos, NO tiene que volver a hacerlo.
Para mayor información se envía informe elaborado por el asesor jurídico notarial Esc. Ángel Cerávolo. Haga clic para ver el informe
Importante – RPI: cambios en los manuales de procedimiento para la precarga de la minuta de inscripción
El RPI de Capital Federal ha enviado al Colegio una nueva versión de los manuales de procedimiento para la precarga de las minutas de inscripción.
Se recomienda a los colegas utilizar esta nueva versión, en la que se han subsanado algunos inconvenientes detectados, a partir de la puesta en funcionamiento del nuevo sistema.
Guía rápida para la precarga de minuta web
Guía rápida para adjuntar documentos escaneados de la minuta con firma digital
AFIP: Resolución General 4858/20
Régimen especial de emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4858/20, mediante la cual se sustituye en el último párrafo del Apartado A del Anexo II de la Resolución General 4.291 y su modificatoria, la expresión “…por un período no menor a UN (1) día ni mayor a los SEIS (6) meses.”, por la expresión “…por un período no menor a UN (1) día ni mayor a los TRES (3) meses.”.
XXXI Encuentro Nacional del Notariado Novel
1° Edición Virtual
Nuevo curso disponible en el Campus Virtual
Café Notarial, a cargo de la Comisión de Escribanos Referencistas
El Impacto de la Nuevas Tecnologías en el Estudio de Títulos, en especial, la Valoración del Expediente Judicial Digital.
No válido para el cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404
Haga clic aquí para acceder al curso