Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – DTR 2/19

El RPI de la Capital Federal ha publicado la DTR 2/19, mediante la cual se presume que, salvo prueba en contrario, toda persona que requiera conocer los asientos registrales cuenta con el interés legítimo que exige el art. 21 de la Ley 17.801, siempre que se encuentre debidamente acreditada su identidad por los medios que el Registro disponga al efecto y que se completen todos los campos obligatorios en el respectivo formulario.

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Pago del Impuesto de Sellos mediante débito en cuenta | Inconvenientes del Banco Ciudad

Se informa a los colegas que pagan el Impuesto de Sellos por débito en cuenta, que el Banco Ciudad por error no realizó -en algunos casos- el débito de los montos correspondientes a la declaración jurada del mes de marzo, aun cuando en el SIE figure el comprobante de la transacción. Aquellos escribanos que hayan observado esta irregularidad deben dejar el saldo en la cuenta, hasta tanto se produzca el débito.

Se aclara que quienes se encuentren en esta situación NO están incurriendo en ningún incumplimiento ni demora en el pago que pueda ocasionar sanción alguna. Las autoridades de la entidad bancaria han informado que están solucionando el inconveniente y que la fecha de regularización será alrededor del día 20 del corriente mes.

RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR 6/19

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires publicó la Disposición Técnico Registral Nº 6/2019 mediante la cual se implementa el “Registro Especial de Boletos de Compraventa de Unidades Futuras“, el que funcionará dentro del ámbito del Departamento Anotaciones Especiales, en el cual se practicarán las registraciones relativas a boletos de compraventa que tengan como objeto futuras unidades funcionales o complementarias dentro de un régimen de propiedad horizontal sobre las que no se ejerza posesión, en razón de su inexistencia actual.

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Resultados de la evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción de registros notariales – Octubre 2018.

El examen oral se llevará a cabo a partir del  lunes 15 de abril a las 9 h, en Av. Callao 1542.

Importante:

Dentro de los sesenta (60) días corridos de publicadas las notas, la documentación presentada será devuelta a los aspirantes. Quienes deseen retirarla  podrán hacerlo en el Departamento de Secretaría, de 9.30 a 16.00 h, hasta el lunes 10 de junio de 2019. Vencido ese plazo, el material que todavía se encuentre en poder del Colegio será destruido (Resolución Nº98/19).

Haga clic aquí para visualizar las notas

 

Recomendaciones e interpretación armónica de los artículos 98 y 99 del Código Fiscal vigente de la Ciudad de Buenos Aires

Deudas por partida matriz, partida global, planes de pagos y asunción de deuda por parte del adquirente.

Con el fin de brindar una herramienta de interpretación clara de la normativa vigente y acordar un tratamiento uniforme de los distintos escenarios a los que el escribano debe dar respuesta en el ejercicio de su función, se pone a disposición de los colegas las pautas consensuadas con la AGIP, elaboradas por la Comisión de Enlace del Colegio.

El Código Fiscal vigente en su artículo 98 impone, como principio general y rector, a todos los escribanos intervinientes en acto de constitución, transmisión, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, que la deuda informada por Alumbrado Barrido y Limpieza sea abonada en su totalidad.

Este principio general presenta limitadas excepciones que se analizan a continuación.

CASO 1. Escritura de afectación a Propiedad Horizontal.

Al someter el inmueble a Propiedad Horizontal se debe cancelar la totalidad de la deuda informada en el certificado, EXCEPTO que exista un plan de facilidades de pago, solicitado en forma previa al otorgamiento y los pagos del acogimiento se encuentren al día. En este caso no resulta obligatorio cancelar la deuda informada y el escribano deberá dejar constancia en la escritura de afectación a Propiedad Horizontal de la existencia del plan y su vigencia.

 

CASO 2. Partida dividida

Si la partida matriz ha sido dividida, el escribano interviniente debe solicitar el certificado por la partida correspondiente a la unidad a transferir. Muchas veces en este certificado se sigue informando la deuda correspondiente a la partida matriz (suelen ser avalúos por incorporación de mejoras). En este caso el escribano debe retener y cancelar la totalidad de la deuda por la unidad funcional y/o complementaria efectivamente transferida. Con relación a la deuda de la Partida Matriz se establece como EXCEPCIÓN al pago total, el caso en que exista un plan de facilidades de pago vigente acordado por el Consorcio y que surja del texto de la escritura el reconocimiento del mismo por parte del adquirente. En este caso el plan de facilidades tiene que haber sido suscripto luego del otorgamiento del Reglamento de Copropiedad y Administración, ya que surge del articulado que el acogimiento fue realizado por el Consorcio de Copropietarios.

 

CASO 3 – Partida NO dividida pero ya sometida a Propiedad Horizontal, plan de facilidades realizado por el administrador sobre deuda corriente.

Utilizando el mismo criterio expuesto precedentemente, es criterio de Inspección del Protocolos del Colegio de Escribanos y sostenido por el Colegio de Escribanos que en un edificio en donde aún no se produjo la división de partida y que presente deuda corriente (no avalúo) si el acogimiento al plan de facilidades de pago lo realiza el Administrador del Consorcio de Copropietarios, se puede aplicar el mismo criterio establecido en el caso anterior (caso 2). Es decir, en este caso cuando se transfiere una unidad funcional o complementaria, se debe solicitar el certificado por la partida matriz y aplicando la solución prevista en el caso 2, es decir con relación a la deuda que pudiera registrar la Partida Matriz se establece como EXCEPCIÓN al pago total, el caso en que exista un plan de facilidades de pago vigente acordado por el Consorcio y surja del texto de la escritura el reconocimiento del mismo por parte del adquirente. En este caso el plan de facilidades ha sido suscripto luego del otorgamiento del Reglamento de Copropiedad y Administración, ya que surge del articulado que el acogimiento fue realizado por el Consorcio de Copropietarios.

Se recomienda al escribano en los casos 2 y 3, es decir siempre que se escrituren unidades funcionales en donde aún no se produjo la apertura de la partida que carguen mediante OBSEVACIONES (lupa) el F3 la totalidad de los adquirentes de cada unidad con datos fiscales y porcentajes adquiridos. Además debe enviarse, al finalizar la vigencia del certificado, la lista de todas las unidades escrituradas con ese certificado informando el número de UF- Apellido y Nombre del adquirente, CUIT/L, unidad funcional y/o complementarias, fecha de escritura

 

CASO 4. Venta de parte indivisa de unidad funcional o complementaria destinado a cochera y/o baulera. Partida global.

Cuando estemos ante la parte indivisa de una Unidad Funcional y/o Complementaria con destino a cochera y/o baulera, al otorgarse el acto de constitución, transmisión, modificación o cesión de derechos reales sobre la unidad el escribano debe solicitar el certificado por la partida global. Si surge deuda por la partida, el Código Fiscal prevé que se liquide y abone el proporcional correspondiente a la parte efectivamente transferida. Es importante destacar que este proceso debe realizado en forma manual en AGIP y actualmente los sistemas presentan alguna dificultad sobre su implementación.

En estos casos el escribano podrá utilizar un mismo certificado para autorizar las escrituras de dos o más partes indivisas de la misma partida, siempre que las escrituras se realicen dentro de la vigencia del certificado, debiendo indicar para cada caso en la solapa de observaciones el/los porcentual/es escriturado/s en cada caso individualizando el/los nombre/s y la/s CUIT de/los titular/es. Además debe enviarse, al finalizar la vigencia del certificado, la lista de todas las partes indivisas escrituradas con ese certificado informando: parte indivisa en relación al total, apellido y nombre del adquirente, CUIT/L, porcentual, número de escritura, fecha y folio.

 

RECORDATORIOS IMPORTANTES:

 Vigencia de los certificados: La interpretación armónica del Artículo 99 del Código Fiscal y las normativas emitidas por AGIP nos permite concluir que el certificado como tal tiene una vigencia máxima de 30 días desde la fecha de su expedición, pero la deuda informada en el certificado rige para el mes calendario en que se haya emitido la constancia de deuda. Por ello se recomienda a los escribanos que actualicen la deuda y situación de la partida si entre la fecha de expedición del certificado y la fecha de firma se ha cambiado de mes calendario (vr gr certificado del 28/3/2019 y escritura del 3/4/2019).

Pago de la retención en tiempo y forma: Recuerden los colegas que el Código Fiscal Art. 98 TO 2018 dispone que las sumas retenidas deben ingresarse dentro de los diez (10) días corridos del mes siguiente al de su celebración y deben ser suficientes para extinguir totalmente las obligaciones al tiempo de su pago. De ahí la importancia de abonar en tiempo y forma las retenciones practicadas por deudas de ABL, Avalúos y Planes de Pago. Por problemas operativos de AGIP hemos detectado ciertas demoras en los sistemas en las imputaciones de estos pagos, situación que puede generar inconvenientes posteriores al pago para su liberación.

Además es muy importante que el escribano verifique si surge del certificado la leyenda “Obligaciones Pendientes por Servicios Especiales”, “Cercas y Aceras”, “Residuos Áridos”, “Residuos Húmedos” o cualquier otra leyenda de obligaciones pendientes que se implemente en el futuro, y solicitar el informe de deuda correspondiente en la AGIP para su retención y pago. También deberá proceder a la retención y pago de la deuda por Contribución de Mejoras que es informada en el mismo certificado.

Notificación de Cambios de titularidad (F3). Recuerden también los colegas la importancia de cargar en tiempo y forma en la base de datos de AGIP las nuevas titularidades provenientes de las escrituras otorgadas bajo la vigencia de un certificado. Al realizar la carga de los titulares en el aplicativo debe verificarse minuciosamente los datos a ingresar, ya que los mismos impactan directamente en la base de datos de AGIP.  Es responsabilidad del escribano la carga correcta de los datos. El ingreso de datos erróneos puede provocar perjuicio al fisco y en los casos en que se detecte errores reiterados se aplicarán sanciones.

Errores en la titularidad. Es obligación del escribano comunicar a la AGIP, cualquier error en la titularidad para su corrección. El procedimiento para que pueda realizarse la modificación es enviar un correo electrónico a erroresf1f3@agip con el número de trámite, el error detectado y el dato correcto.

DEUDAS POR AVALÚO

Las deudas liquidadas en concepto de diferencias de avalúo que corresponden a períodos ya devengados con anterioridad con vencimiento posterior a la escrituración.  No se acepta, bajo ningún concepto, la atribución de la deuda al comprador y por lo tanto debe cancelarse en el momento de la escrituración independientemente del vencimiento de la misma. El escribano, como agente de retención, tiene la obligación de retener al vendedor el importe adeudado y efectuar la cancelación correspondiente

 

Registro Público de Contratos de Fideicomisos – Inconvenientes con el TAD

Se informa a los colegas que, desde hace varios días, no se encuentra disponible en la plataforma de Trámites de Distancia (TAD) de la Ciudad la opción para realizar la inscripción de trámites en el Registro Público de Contratos de Fideicomisos.

Hasta tanto el servicio se encuentre rehabilitado, el organismo ha indicado que aquellos colegas que deban inscribir un trámite de fideicomiso podrán enviar un mail a tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar. El mail deberá incluir la siguiente información del escribano:

  • Nombre y apellido
  • CUIT/CUIL
  •  Se deberá adjuntar una captura completa de pantalla de la página del TAD donde puedan visualizarse la URL del sitio web, así como fecha y hora en la que se está intentando realizar el trámite (se encuentran disponibles en el margen inferior derecho de la pantalla).

La AGIP se ha comprometido a recibir estos casos e instrumentar las medidas necesarias para dar curso al trámite y realizar la inscripción correspondiente.

 

XX Congreso de Derecho Registral: Pautas para la presentación de ponencias y bibliografía

San Fernando del Valle de Catamarca, del 13 al 15 de junio de 2019

Luego de efectuarse el pasado 21 de marzo la Reunión Preparatoria del 20 Congreso Nacional de Derecho Registral “Dr. Jorge Horacio Alterini”, fueron difundidas las pautas de cada uno de los temas como así también las pautas para la presentación de ponencias. Se ha fijado como fecha límite para la presentación de trabajos el 30 de abril del corriente.

Para informes sobre aspectos específicos de esta convocatoria como para consultar sobre las pautas, los interesados pueden ingresar al sitio web www.universidadnotarial.edu.ar, o bien dirigirse a cualquiera de las dos sedes de la Universidad Notarial Argentina: en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en calle Guido 1841, Tel: 11 4804-7743, y en La Plata, en AV. 51 Nº 435, Tel: 221 421-0552; por correo electrónico a consultas@universidadnotarial.edu.ar.

COMISIÓN 1: REGISTRACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES
Coordinador: Miguel Ángel LUVERÁ
Subcoordinadora: Joaquina CÓRDOBA GANDINI

Pautas Tema I
Bibliografía

COMISIÓN 2: REGISTRACIÓN DE DERECHOS REALES DE DISFRUTE
Coordinadora: Eleonora CASABÉ
Subcoordinador: Jorge Alberto LATINO

Pautas Tema 2
Bibliografía

COMISIÓN 3: SOCIEDADES DE LA SECCIÓN 4ª DE LA LEY 19.550
Coordinadora: Pilar M. RODRÍGUEZ ACQUARONE
Subcoordinadora: Elda FERNÁNDEZ COSSINI

Pautas Tema III
Bibliografía

 

Convocatoria a encuentros de trabajo

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos reanudará, a partir del mes de abril, los desayunos y meriendas de trabajo, con el propósito de mantener un espacio de diálogo constante con los colegas. Tal como sucediera durante los encuentros realizados el año pasado, el objetivo es intercambiar inquietudes, opiniones y sugerencias sobre temas vinculados con la actividad cotidiana de los escribanos y de la Institución.

Todos aquellos interesados en participar, pueden contactarse con Victoria Iglesias o Laura Fortti, del Departamento de Comunicaciones del Colegio al 4809-7145/6848.

Los esperamos.

DNRPA: Disposición 106/19

La DNRPA ha publicado la Disposición 106/19 mediante la cual se establece que las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motovehículos tendrán una vigencia de TRES (3) años corridos a partir de su expedición, excepto en poder del titular registral del automotor o cuando se trate de automotores destinados y debidamente habilitados por la autoridad competente al uso taxi o remís, al servicio de alquiler sin conductor, al transporte de carga o de pasajeros o registrados a nombre del estado nacional, provincial o municipal, en cuyo caso no tendrán plazo de vencimiento.

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Firma Digital – Decreto 182/19 | Acciones del Consejo Directivo

El 12 de marzo de 2019 fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 182/2019, reglamentario de la Ley 25.506 sobre Firma Digital. A raíz de ello, las autoridades del Colegio tomaron inmediato contacto con las autoridades de la Subsecretaría de Modernización, Lic. Eduardo N. Martelli y Dra. Mercedes Rivolta, para solicitarles una audiencia urgente. Simultáneamente, se requirió a los asesores en temas constitucionales, Dres. Enrique Paixao y Enrique Hidalgo, su opinión respecto de la validez del artículo 3 del Decreto y del artículo 2 de su Anexo.

Del dictamen preliminar elaborado por los asesores y con relación al artículo 3 que se refiere a Poderes, resulta:

La norma parece circunscripta al ámbito del sector público nacional. A los apoderamientos para actuar ante la Administración. Pues si refiriera a aquellos casos donde una ley exige escritura, es obvio que el decreto reglamentario no puede modificarlo. Y hasta el mismo artículo refiere como salvedad la existencia de una disposición legal en contrario. Sería una categoría vacía. Sólo adquiere sentido si entendemos que la referencia de “norma” es un decreto del Poder Ejecutivo.

Respecto del artículo 2 del Anexo, referido a la Certificación de firmas, los asesores han concluido que la asimilación de los efectos de la firma digital con los propios de la firma certificada se aparta de las reglas legales de la Ley de Firma Digital y, más aún, de lo dispuesto por el Código Civil y Comercial (artículos 288 y 314).

Dado que se considera conveniente realizar todas las gestiones político-institucionales previas al inicio de la acción de inconstitucionalidad, el Presidente y la Vicepresidente de la Institución se reunirán en los próximos días con la Dra. Rivolta, con el objeto de proponerle una nueva redacción del artículo 2, que se adecue al derecho de fondo y reconozca en forma expresa la necesaria intervención notarial para la certificación de firmas digitales.

El Consejo Directivo mantendrá informado al notariado sobre el avance de estas gestiones.

Torneo de tenis 2019

Cambio de fecha: Jueves 23 de mayo

Se informa a los colegas que, por cuestiones climáticas, el Torneo de Tenis organizado en el Buenos Aires Lawn Tenis se ha pospuesto para el jueves 23 de mayo a las 9 h.

Por otro lado, informamos que el costo de inscripción será de $ 500. Recordamos que ese valor incluye desayuno, almuerzo, cocktail de entrega de premios e hidratación.

 

RPI de la Capital Federal – Demoras en la publicidad registral

Aviso importante

El RPI de la Capital Federal ha informado que, debido al proceso de digitalización y migración de las bases de datos del organismo a un único Sistema de Registración y Publicidad, los actuales plazos de expedición de publicidad son:

Informes de dominio

  • trámite común: como mínimo 15 días
  • trámite urgente: no menos de 10 días

 Certificados de dominio:

  • trámite común: entre 10 y 12 días
  • trámite urgente: entre 6 y 8 días.

El RPI ofrece sus disculpas por los inconvenientes que esta situación de excepción pueda ocasionar y sugiere anticipar al máximo el ingreso de las solicitudes, a fin de evitar las complicaciones en la entrega de la publicidad.

Asimismo, por las razones expuestas, se recomienda tener en cuenta que existen demoras en la registración de documentos.

Academia Nacional del Notariado | Sesión pública

La Academia Nacional del Notariado invita a los colegas a la sesión pública que se realizará el lunes 15 de abril de 2019 a las 19:30 h, con motivo de la incorporación como Miembro de Número del escribano Gastón A. Zavala, oportunidad en la que expondrá sobre “La Subrogación de Vivienda en la Constitucionalización del Derecho Privado”.

La presentación de la charla estará a cargo de la Esc. Cristina N. Armella y actuará como moderadora la Esc. María T. Acquarone. La sesión se llevará a cabo en el Salón Gervasio A. De Posadas, Av. Callao 1542.

Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA): Resolución Normativa 11/19

Se informa a los señores escribanos que ARBA ha publicado la Resolución Normativa 11/19, mediante la cual se resolvió sustituir los Anexos II y III de la Resolución Normativa N° 9/18, referida a Derecho Real de Superficie.

Esta norma comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 11/19

Haga clic aquí para acceder a la Res. 9/18

Instructivo boletas de préstamos

Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,

Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.

Torneo de tenis del Colegio de Escribanos

En homenaje a la Esc. Susana Barbará

Se invita a los colegas a participar del torneo de tenis para escribanos, en homenaje a la Esc. Susana Barbará, a realizarse el jueves 9 de mayo a las 9 h en el Buenos Aires Lawn Tennis Club. El torneo se disputará con dos niveles (A y B) categorías Doble Damas, Doble Caballeros y Doble Mixto.

Los interesados en inscribirse podrán hacerlo por correo electrónico a las siguientes direcciones:

Escribana Cynthia Werthein: cwerthein@escribaniacyc.com.ar
Escribana Cynthia Manis: cynthiamanis@yahoo.com.ar
Escribana María Cristina Bianchi: mcb@escribania-bianchi.com.ar
Esc María Marta Herrera: mariamartaherrera@gmail.com

Rogamos realizar la inscripción con antelación, ya que los cupos son limitados.

Conclusiones Dictamen del Tribunal de Ética

Publicaciones de escribanos en Internet

Se pone en conocimiento de los colegas las partes pertinentes del dictamen emitido por el Tribunal de Ética, de fecha 14 de febrero, referido a las publicaciones de escribanos en Internet:

  1. Los escribanos que en lo sucesivo efectúen publicaciones que por su forma o extensión, cualquiera fuese el medio empleado, excedan la mesura y el decoro exigidos por la dignidad de la profesión, se encuentran incursos en falta grave de ética.
  2. A partir de la publicación del presente dictamen, se iniciarán las actuaciones correspondientes y de acuerdo a los artículos 149, incisos a) y b), y 151 inciso a) de la Ley 404, se podrá aplicar sanción de apercibimiento o una multa entre 10.000 y 50.000 pesos a todos aquellos escribanos que se detecte que efectúen o continúen efectuando publicaciones que conlleven publicidad, según la gravedad de las mismas por el medio, forma o contenido de su exteriorización y lo reglado al respecto por el Código de Ética Notarial de este Colegio, en su art. 4° inciso b), ello, sin perjuicio de la actuación judicial que, eventualmente, pudiese solicitar el Tribunal de Superintendencia conforme al artículo 55 de la Ley 404.

Tribunal de Superintendencia del Notariado (TSN)

Nueva composición

Con motivo de la publicación de la Acordada 1/19 del Tribunal Superior de Justicia donde se dispuso la delegación de las funciones del Tribunal de Superintendencia del Notariado a la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, se acordó la nueva composición de ese Tribunal. Se designaron como integrantes al Dr. Esteban Centanaro, como presidente; a las Dras. Mariana Díaz y Fabiana H. Schafrik como vocales titulares; y al Dr. Hugo R. Zuleta como vocal suplente (Acuerdo TSN 1/19).

Asimismo, se informa que la Secretaría del TSN funcionará en Hipólito Yrigoyen 932, 2º piso, a cargo del secretario general, Dr. Carlos Martín Debrabandere.

Notas en Clarín e Infobae con la participación del Esc. Claudio Caputo

Compartimos con los colegas las notas publicadas en Clarín e Infobae, con la participación del presidente del Colegio, Esc. Claudio Caputo, en el marco de la coyuntura actual del mercado inmobiliario y de la imperiosa necesidad de lograr una mesa de concertación entre los diferentes actores, para lograr una única reglamentación clara que permita encontrar una salida a la crisis del sector.

Haga clic aquí para acceder a la nota de Clarín

Haga clic aquí para acceder a la nota de Infobae 

 

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero 2019

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero de 2019.El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 2141

Monto involucrado $9.531 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el segundo mes de 2019 una baja de 47,6% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2.141 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas bajó 19%, con $9.531 millones. Es el noveno mes consecutivo con caída en la medición interanual.

En comparación con enero de 2019, los actos se recuperaron 5,6% en cantidad, aunque bajaron 8% en pesos.

El monto medio de los actos fue de $4.451.801 (112.846 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 52,6% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense bajó 22%.

En febrero, las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 172 casos, 89% menos que las registradas un año antes. Representaron el 8% del total, frente al 38% de un año antes.

En la comparación mensual, se dio una recuperación del 5,6%.

Por último, se anexa un cuadro con la evolución en la cotización mensual del dólar desde el año 2016.

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria 

Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Descargar franja de montos operados en operaciones de compraventa

Descargar comparativo 2 meses con hipotecas

Descargar comparativo 2 meses

RPI de la Capital Federal

Aviso al notariado – Plazos de demoras por migración de datos

Se recuerda que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal se encuentra implementando un nuevo sistema de registración dentro de la plataforma de Gestión Documental Electrónica (GDE). En ese marco,  dispuso la migración de bases de datos a dicho sistema. Por tal motivo, el organismo informó que los trámites referidos a inmuebles, sean simples o urgentes, vía web o papel, podrán sufrir demoras y no ser despachados en los plazos habituales/legales.

En ese sentido, el RPI ha informado que, para los certificados de las circunscripciones que han sido digitalizadas recientemente, los trámites urgentes se expiden en un plazo de 4 días y los normales tienen una demora de por lo menos 8 días hábiles.

Las autoridades del organismo ofrecen las disculpas del caso por las demoras que se puedan producir, haciendo saber que intervendrán en todos aquellos supuestos en que las circunstancias lo ameriten para solucionar la demora.

 

Renovación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil y Seguro de Valores en Tránsito

Renovación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil

Se informa a los señores escribanos que se ha renovado la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil profesional con Zurich Argentina, a través del bróker Aon, de conformidad con las siguientes pautas:

Vigencia: desde el 1° de marzo de 2019 hasta el 1° de marzo de 2020.
Moneda del contrato: dólares estadounidenses.
Importe asegurado por año: U$S 8.000.000.
Importe asegurado por escribano por evento: U$S 250.000.
Acumulado por escribano: U$S 500.000 por asegurado.
Deducible: U$S 1500
Retroactividad: 10 años (a partir de la fecha de incorporación del escribano) para hechos no conocidos y/o reportados en otra póliza.
Periodo de notificación de reclamo: 30 días de recibido el reclamo. Deberán comunicarse con Diego Naveira de AON Bróker al 4338-7874.
Ampliaciones: Cada colega podrá pautar las sumas adicionales con la compañía aseguradora, de acuerdo con las necesidades puntuales que sean de su interés. Para hacerlo comunicarse con Walter Giménez al 4814-8172 o con Alejandra Menucci al 4814-8132.

Asimismo se les comunica que se logró bajar el costo anual mejorando las condiciones de la póliza, tanto a nivel individual como colectivo.

Importante:

  •  El Seguro de Responsabilidad Civil es obligatorio para todos los escribanos en actividad.
  • El escribano no abona el seguro como lo hacía anteriormente, sino que se encuentra incluido dentro de la cuota del Fondo de garantía.
  • El Fondo de Garantía se abona en 8 cuotas mensuales y consecutivas, las cuales se encuentran dentro de la boleta Ley 404.
  • La cuota 1/8 se va a incluir en la Boleta Ley 404 del período marzo 2019, cuyo vencimiento es el 15/05/2019.
  • Vigencia de la póliza:  12 meses, desde 01/marzo/2019.

Renovación Seguro de Valores en Tránsito

Se informa a los señores escribanos que se ha renovado la póliza de seguro de valores en tránsito con la firma Seguros Sura  Argentina S. A., a través del Broker Servidio S. A., para resguardar a los escribanos de siniestros por robo de dinero en caja y en tránsito.

Vigencia de la póliza: 15 de marzo de 2019 hasta el 15 de marzo de 2020.
Valor de la cuota mensual: $ 44.10 con IVA e impuestos incluidos, cuyo importe será liquidado a través de la boleta Ley 404.
Suma asegurada: $ 300.000 para dinero en caja y $ 300.000 para dinero en tránsito.
Medidas de seguridad: Los tránsitos de hasta $ 50.000 deberán ser realizados por el escribano o personal de la escribanía bajo relación de dependencia. Los tránsitos superiores a los $ 50.000 ídem que el anterior más un guardia o un segundo empleado de la escribanía.
Alcance de la cobertura: pérdida, destrucción o daños de dinero y otros valores especificados mientras se encuentren en caja fuerte (fuera de horario de atención al público), en la escribanía y/o en tránsito en poder del escribano colegiado o de sus empleados en relación de dependencia con el escribano por causa de robo, apropiación fraudulenta por parte del porta valor, incendio, rayo y explosión.
Límite anual: $ 6.000.000 todo y cada evento.
Principales riesgos excluidos: hurto, extravío y desaparición misteriosa.

En el caso de denuncias, deberán comunicarse con el Bróker SERVIDIO S. A. dentro de las 72 h de ocurrido el siniestro a los siguientes contactos: Alicia Wrobleuski, 4313-3000 int. 208, Ariel Martino, 4313-3000 interno 225 o por mail: alicia@servidio.com.ar, graciela@servidio.com.ar, siniestros@servidio.com.ar

Consultas administrativas: Graciela Linera, 4313-3000, int. 209, graciaela@servidio.com.ar

Se advierte que esta póliza se renueva exclusivamente para los escribanos que la tengan activa actualmente. Los que deseen adherirse deberán completar el formulario en la MEV de la página web del Colegio (Haga clic aquí para acceder a la MEV).

 

Superintendencia de Seguros de la Nación: Resolución 268/19

La Superintendencia de Seguros de la Nación ha publicado la Resolución 268/19, mediante la cual se sustituye el inciso d) del punto 8.3.18 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), por el siguiente:

“d) Debe contar con valuación del TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN o del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, la que no puede tener una antigüedad mayor de TRES (3) meses a la fecha de la Asamblea;”

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

AGIP: Certificado de información catastral CABA

Obligatoriedad de presentar informe de dominio

La AGIP ha implementado el certificado de información catastral, que reúne en un solo trámite el certificado de nomenclatura parcelaria, el certificado de ochava, el certificado de nivel y la ficha poligonal, que antes se solicitaban a través de 4 trámites distintos.

La solicitud se realiza a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) con clave Ciudad. Si bien inicialmente este trámite no requería la presentación del Informe de Dominio, la AGIP ha informado que ahora es obligatorio solicitar y subir este informe (aunque sea una solicitud de certificado de información catastral); (Ver aclaración del instructivo).

Desde la plataforma TAD se obtiene la boleta de pago, que deberá abonarse para que el trámite avance. Desde la opción “Seguimiento de trámites” se podrán visualizar los trámites en curso, finalizados, pendientes de pago y abonados.

Haga clic aquí para acceder al certificado Catastral CABA (actualizado al 14/06/2019)

Haga clic aquí para acceder al TAD de Ciudad de Buenos Aires

3º Seminario Nacional Académico Notarial Dr. Mario A. Zinny

 

Se informa a los colegas que el próximo jueves 4 de abril se realizará el 3º Seminario Nacional Académico Notarial Dr. Mario A. Zinny en el Centro Cultural Gral. San Martín de Termas de Río Hondo, Prov. de Santiago del Estero.

Este seminario, organizado por el Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA), será en homenaje al Dr. Mario Zinny, indiscutido referente del ámbito jurídico-notarial de nuestro país.

Coordinación: Esc. Silvia Maela Massiccioni
Información general: www.cfna.org.ar | seminariozinny@consfed.com.ar
Cupos limitados: 500

Arancel:
$ 700.- pago total anticipado hasta el 15/03/2019
$ 850.- a partir del 16/03/2019 en adelante

Más información: http://www.cfna.org.ar/agenda-y-jornadas/agenda/3er-seminario-nacional-academico-notarial-mario-antonio-zinny/

 

Comisión de Escribanos Referencistas – Mesas redondas

La Comisión de Escribanos Referencistas reanuda sus actividades durante este mes, dando inicio a las Mesas Redondas de Consulta que tendrán lugar semanalmente los días miércoles, de 10 a 11 h, en Alsina 2280, 3º piso. El primer encuentro se realizará el miércoles 27 de marzo a las 10 h.

Los interesados podrán enviar previamente por mail a la Comisión (comisiondereferencistas@gmail.com) las inquietudes que se presenten, que serán leídas durante el encuentro y contestadas entre los participantes.

AAEF: Primera reunión de la Comisión de Derecho Tributario Notarial

Coordinadores: Emir J. Pallaviccini, Viviana C. Di Pietromica y Esc. P. Julián González Mantelli

El martes 9 de abril a las 18.30 h se realizará la primera reunión mensual de 2019 de la Comisión de Derecho Tributario Notarial, en  Av. Julio A. Roca 751 – EP B, sede de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF).

La modalidad de trabajo consiste en una reunión mensual, el primer martes de cada mes, alternando el lugar de reunión entre el Colegio de Escribanos y la sede de la AAEF, de la que participarán los escribanos junto con contadores y abogados. En este caso, la fecha es de carácter excepcional con motivo del feriado nacional del 2 de abril.

En los encuentros se tratarán temas seleccionados previamente por los coordinadores.

Quienes deseen participar de las reuniones deben enviar un correo electrónico a comisionesinstitutos@colegio-escribanos.org.ar.

Ver detalle acerca de esta comisión

Ver materiales disponibles de esta comisión
(Exclusivo para miembros AAEF)

 

Decreto 105/19

 

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha publicado el Decreto 105/19 mediante el cual se establece el valor de referencia de la UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) prevista como medida del valor de incidencia del suelo, requerido para determinar el monto a pagar.

Haga clic aquí para acceder al decreto

 

Unidad de Información Financiera (UIF): Resolución 134/18

Modificación integral de normas referidas a Personas expuestas Políticamente

Con motivo de la publicación de la Resolución 134/18 que establece actualizaciones a la nómina de Personas Expuestas Políticamente (PEP) tanto en el ámbito nacional como en extranjero, el Instituto de Derecho Tributario ha elaborado un informe y un cuadro comparativo sobre las principales modificaciones a tener en cuenta.

IMPORTANTE: La Res. 134/18 comienza a regir a los ciento veinte (120) días corridos de su publicación en el Boletín Oficial (23 de noviembre de 2018). Por ello, a partir del lunes 25 de marzo, perderá vigencia la Resolución UIF11/2011.

Haga clic aquí para acceder a la resolución 134/18

Haga clic aquí para acceder al informe

 

 

 

Departamento de Legalizaciones: Implementación de la apostilla electrónica

Se informa a los colegas que el Departamento de Legalizaciones ha implementado, desde el 15 de abril, la apostilla electrónica, según los dispuesto por la Resolución 30/2019 de la Secretaría de Modernización Administrativa, razón por la cual, los trámites correspondientes a Apostillas, Habilitados y Habilitados Consulares podrán sufrir una demora de 48 horas hábiles para su despacho. Ver plazos habituales

Se estima que el proceso de adecuación, verificación del correcto funcionamiento del sistema y  de los distintos pasos que garantizan la seguridad de esta nueva modalidad durará 15 días hábiles.

Rogamos a los colegas tener en cuenta esta información para evitar cualquier inconveniente.

ACTUALIZACIÓN AL 16/04/2019:

Se están verificando importantes inconvenientes en el desarrollo del trámite, ya que la plataforma TAD -a través de la cual el Departamento de Legalizaciones debe realizar la apostilla- provoca un retraso en la generación y su posterior individualización, produciendo una demora superior a la esperada. Por este motivo resulta imposible cumplir con los plazos de entrega estipulados.

Estamos realizando todos los esfuerzos necesarios para evitar mayores problemas y atrasos para los usuarios.