Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral Nº 11/14
La Disposición Técnico Registral Nº 11/15 fue publicada en el Boletín Oficial del 13 de enero DE 2015, mediante la cual se establece que, a partir del 5 de enero, se habilita la Delegación Regional Cañuelas, que comprenderá los partidos de Cañuelas, General Las Heras, Lobos, Marcos Paz, San Miguel del Monte, Navarro, Roque Pérez y Saladillo.
Puntos de pago del impuesto de sellos
Se recuerda a los colegas que en la sede del Banco de la Provincia y Ciudad que funcionan en nuestro Colegio los escribanos pueden abonar con atención prioritaria el impuesto de sellos.
Sin embargo, los días de vencimiento se verifican largas filas y esperas para la realización del pago, y en algunos casos se producen inconvenientes o situaciones que podrían evitarse tomando los recaudos necesarios.
Atento a ello, recordamos que:
a) el impuesto de sellos CABA también puede abonarse en la sucursal del Banco Ciudad de Sarmiento 630 PB (y Florida) que cuenta con una Caja de Atención Preferencial para el pago del Impuesto de Sellos.
b)También puede abonarse en los Pago Fácil en efectivo. Los montos máximos varían en cada sucursal, por ello sugerimos tomar los recaudos pertinentes.
c) También puede abonarse mediante débito en cuenta con cajas de ahorro gratuitas para escribanos en el Banco Ciudad (más información click aquí).
Por otro lado, teniendo en cuenta que el Banco Provincia de nuestro Colegio atiende hasta las 14.30, el impuesto de sellos de provincia puede abonarse además en efectivo en todos los puntos de la red Bapro, de lunes a viernes hasta las 17 horas. El monto máximo varía de acuerdo a cada sucursal, de acuerdo a las distintas medidas de seguridad de cada punto de pago (sugerimos tomar los recaudos pertinentes).
Se recomienda a los colegas tener en cuenta estas opciones a efectos de descentralizar el uso de las sedes ubicadas en el Colegio y evitar demoras por congestiones e inconvenientes que pueden evitarse.
Sociedades. Asociaciones y fundaciones
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A cargo de: Esc. Osvaldo Solari Costa
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Agencia Gubernamental de Control (AGC) – Resolución Nº 781/14
La Agencia Gubernamental de Control (AGC) publicó la Resolución Nº 781/14, mediante la cual se establece la incorporación de los códigos de respuesta rápida “QR” en los certificados de habilitación que se otorguen para aquellas actividades que no requieran la presentación de planos ni habilitación previamente otorgada para ser libradas al uso (habilitaciones simples sin plano).
Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para el 2015 – Informe de los asesores impositivos
Se pone a disposición de los señores escribanos el informe elaborado por los asesores impositivos del Colegio sobre el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de la CABA para el 2015.
Cabe destacar que la modificación más relevante para la actividad notarial ha sido el incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires, el cual asciende a $ 750.000.
Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Orden de Servicio N° 19/2014
De acuerdo a lo establecido por el artículo 1º de la Disposición Técnico Registral N° 2/2013, se informan los límites de los montos de las valuaciones fiscales para el año en curso.
Curso: Derecho de Superficie
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A cargo de: Dr. Marcelo A. Pepe
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Curso: Personas jurídicas
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A cargo de: Esc. María T. Acquarone de Rodríguez
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Curso: Régimen patrimonial del matrimonio
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A cargo de: Esc. Julio C. Capparelli
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Curso: Régimen de capacidad
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A cargo de: Esc. Horacio L. Pelosi
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Curso: Derechos Reales. Propiedad Horizontal
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A cargo de: Esc. Eleonora R. Casabé
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Curso: Conjuntos inmobiliarios
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A cargo de: Esc. Marcelo De Hoz
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Modificaciones del Sistema Integrado de Escrituras Web (SIE)
Se informa a los colegas que ya han sido implementadas en el Sistema Integrado de Escrituras (SIE) Web dos de las modificaciones que están vigentes desde el 1º de enero.
En ese sentido, el sistema ya se encuentra actualizado respecto de:
a) El incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires a $ 750.000.
b) Monto base para los actos sin monto (acto 131): a partir del 1º de enero pasa de 1.000 a 2.500.
Queda pendiente que AGIP termine de ajustar el sistema respecto de:
c) La proporcionalidad sobre la que se calcula el mínimo no imponible de la exención cuando en la operación hay más de un adquirente involucrado, ya que el monto se recalcula en forma individual y proporcional sobre cada uno de ellos. Este punto no fue modificado por el Código Fiscal, sino por uno de los dictámentes de la AGIP, que introduce cambios en el SIE.
Será informado por esta vía cuando el último cambio se encuentre operativo
Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Gestiones del Colegio
Con motivo de la publicación de la Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), el Colegio realizó gestiones antes dicho organismo con el fin de simplificar el procedimiento requerido por el artículo 7 de la norma, donde se establece que los planos deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg?.
En ese sentido, el Colegio acordó con la AGC el siguiente procedimiento, inicialmente para los meses de enero y febrero:
1) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente exhibirá al escribano el plano en original y le entregará una fotocopia.
2) El escribano certificará la fotocopia del plano, como lo hace habitualmente.
3) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente escaneará la fotocopia certificada del plano, según lo requerido por la AGC y lo subirá al portal de dicho organismo.
Asesoría Registral
Se informa a los colegas que el Esc. Antonio Iapalucci no atenderá la asesoría a su cargo los miércoles 14, 21 y 28 de enero en el horario de 9.30 a 13.30 h.
AFIP: Entrada en vigencia de nuevo aplicativo SICORE
La AFIP ha publicado en su página web la nueva versión 8.0 Release 19 del aplicativo SICORE, que tendrá vigencia para declaraciones juradas correspondientes al mes de enero de 2015.
Para descargar la nueva versión del SICORE haga clic en el link que figura al pie de este mensaje.
Haga clic aquí para descargar la versión 8.0 Release 19 del SICORE
Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios – Disposición 512/2014
El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 512/2014 mediante la cual se modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales.
Administración Federal de Ingresos Publicos Resolución General 3704
La Resolución General 3704 de la Administración Federal de Ingresos Públicos establece que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General N° 3.665, siguiendo los procedimientos que establece esta normativa.
Haga clic aquí para acceder al texto completo de la Res. Gral 3704
Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Habilitaciones on line
La Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) aprobó la implementación de la solicitud de trámite de habilitaciones online respecto de aquellas actividades comerciales que comprendan locales con una superficie total de hasta 500 m2 inclusive, que requieran la presentación de planos y puedan ser libradas al uso sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con Plano).
A continuación se destacan los puntos más relevantes de la norma:
1. Respecto de los locales de hasta 500 m2 con plano sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con Plano), debe expedirse la primera copia de la escritura en formato digital (arts.1 y 4).
2. Las escrituras autorizadas hasta el 28 de diciembre de 2014 serán recibidas por la AGC hasta el 13 de febrero de 2015 en formato papel, aunque deba acompañarse también en formato digital (art. 5).
3. A partir del 29 de diciembre de 2014, se debe agregar al protocolo copia certificada del certificado de APRA original firmado ante el escribano (art. 9).
4. Respecto de los planos que deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg? conforme dispone el art. 7, el Colegio se encuentra en tratativas con la AGC para resolver el procedimiento más conveniente para los escribanos. Gestiones del Colegio sobre este punto
Asesoría Registral Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble
Se recuerda que la Dra. María Martha Cúneo no atenderá la asesoría a su cargo el lunes 26 de enero.
Asesoría Previsional
Se informa que la Dra. Patricia Jauzat se encontrará de licencia los días 19, 21, 26 y 28 de enero inclusive, por lo que no atenderá la asesoría a su cargo durante esas fechas.
Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Nuevas Tasas de Publicidad Registral y Registración
Con motivo de la publicación de la Ley 14.653 y de las DTR 10/2014 y 07/2014, la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha aprobado la actualización de las tasas de publicidad registral y registración, vigentes desde el 5 de enero de 2015.
Centro de Atención a Profesiones Matriculados de la IGJ
Se recuerda a los colegas que hasta el 19 de enero el Centro de Atención a Profesionales Matriculados de la IGJ que funciona en el Colegio recibe exclusivamente trámites y contestación de vistas URGENTES, de lunes a viernes de 9.30 a 11 h.
IMPORTANTE
Los trámites simples se recibirán a partir del 19 de enero.
ARBA: Nueva versión del aplicativo SIPRESBA
Desde el 5 de enero se encuentra disponible la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA), que contempla las pautas de liquidación de Impuesto de Sellos determinadas por la Ley Impositiva 2015.
La actualización del aplicativo será de uso obligatorio para todas aquellas declaraciones juradas que sean presentadas y abonadas a partir del 5 de enero de 2015 inclusive, independientemente del período al cual correspondan.
Se aclara que los valores de aportes, impuesto de sellos y tasas resultantes de la liquidación serán los vigentes al momento del otorgamiento de cada escritura.
Actualización de la tabla de actos notariales Sistema Integrado de Escrituras (SIE)
A raíz de algunos inconvenientes en el sistema, la AGIP informó a este Colegio que las autorizaciones de viaje y de conducir autorizadas durante el mes de diciembre de 2014 deben declararse bajo el código 48 del SIE, a pesar de la leyenda que indica:
“Código 48 Asentimientos, consentimientos, manifestaciones y autorizaciones” (excepto autorizaciones de conducir y de viaje)
IMPORTANTE
Las autorizaciones a partir del mes de enero de 2015 se declararán bajo los nuevos códigos, que se detallan a continuación:
“Código 241 Autorizaciones de conducir”
“Código 242 Autorizaciones de menores para salir al exterior”
Curso de Práctica Notarial en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
Duración: 1 año, con una frecuencia de 1 vez por semana, 2 horas, de lunes a jueves de 9.30 a 11.30 h. Los días y horarios serán asignados de forma inapelable por el Colegio según disponibilidad edilicia.
Inicio de clases: 13 de abril de 2015.
Curso Gratuito. Sólo se deberá abonar una tasa en concepto de material didáctico que será entregado durante el año. Esta tasa se abona en las Cajas del Colegio de Escribanos (1° entrepiso de Av. Las Heras 1833, de 9.30 a 15 horas).
La aprobación del curso requiere del 75% de asistencia y un examen práctico final, de acuerdo con el programa aprobado por el Tribunal de Superintendencia, con una calificación no inferior a 6 puntos.
Registración: Luego de efectuada la inscripción a través de la página web, el Colegio enviará un correo electrónico en el que se informará a) día y hora del curso al que ha sido asignado; b) la fecha y el horario de entrega de la documentación y registración en el Departamento de Cursos (4° piso de Av. Las Heras 1833); c) día y hora en el que deberá concurrir a los efectos de realizar la evaluación obligatoria de nivelación (la inscripción y presentación de documentación tiene carácter condicional hasta luego de esta instancia).
Dada la naturaleza práctica del curso y por razones operativas tendrá un cupo limitado de vacantes, que se completarán una vez verificada la documentación presentada en el día y horario asignado. Debido a que este curso es requisito para poder participar en el Concurso de Oposición y Antecedentes (conforme lo establecido por el art. 35 de la Ley 404), no se otorgan certificados de ninguna índole.
Requisitos:
– Ser abogado y presentar:
1. Fotocopia del diploma o certificado de título en trámite o analítico en el que conste que está aprobada la totalidad de las materias de la carrera.
2. Original y Fotocopia del DNI
3. Fotocopia de la Partida de nacimiento
4. Talón de pago del material de apoyo ($ 1.000).
– Para escribanos colegiados:
1.Talón de pago del material de apoyo que se utilizará durante la cursada ($ 1.000).
Todas las fotocopias deberán estar certificadas por escribano de la CABA y/o legalizadas en el caso de escribanos de extraña jurisdicción.
Inscripción:
Del 9 al 25 de febrero de 2015 (hasta las 16 h) a través de esta página web.
Evaluación obligatoria de nivelación: lunes 2 y 3 de marzo, 9.30 horas, conforme la cantidad de inscriptos.
Entrega de documentación y registro de huella digital: del 16 al 20 de marzo inclusive.
IMPORTANTE: La inasistencia en el día y hora asignado para la evaluación obligatoria, así como para la registración en el 4º piso del Colegio de Escribanos implican la pérdida de la vacante. Los horarios asignados por nuestra institución para la realización del curso son inamovibles.
Asesoría Jurídico-Notarial
Se informa que el Esc. José María R.Orelle no atenderá la asesoría a su cargo el viernes 9 de enero.
Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires para el 2015
La publicación en el Boletín Oficial de la Ley 5237 y la Ley Tarifaria para 2015, así como los dictámenes de la AGIP, introdujeron en el SIE modificaciones importantes, que están vigentes desde el 1º de enero de 2015:
1) El incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires a $ 750.000.
2) La proporcionalidad sobre la que se calcula el mínimo no imponible de la exención cuando en la operación hay más de un adquirente involucrado, ya que el monto se recalcula en forma individual y proporcional sobre cada uno de ellos. Este punto no fue modificado por el Código Fiscal, sino por uno de los dictámentes de la AGIP, que introduce cambios en el SIE.
3) Monto base para los actos sin monto (acto 131): a partir del 1º de enero pasa de 1.000 a 2.500.
IMPORTANTE:
Si bien estas modificaciones han sido pocas, requieren de un ajuste del SIE que está siendo implementado por nuestro Colegio junto con personal de la AGIP. Atento a que ese organismo aún no ha finalizado con el proceso y no se han actualizado los cambios introducidos se informa que:
– Quienes hayan firmado escrituras con características de exención como las mencionadas y deban realizar su carga, deberán aguardan la finalización de las tareas de actualización.
– Quienes hayan realizado operaciones que no tengan estas características podrán utilizar el SIE y realizar la carga sin inconvenientes.
Una vez finalizadas las tareas de ajustes sobre el sistema será informado por esta vía.
Ley Impositiva de la Provincia de Bs. As para 2015
Se remite a los colegas la Tabla de Códigos de Actos Notariales con las respectivas tasas registrales, actualizada de acuerdo a las modificaciones establecidas por la Ley Impositiva (Ley 14.653) de la Provincia de Buenos Aires para el año 2015.
Haga clic aquí para acceder al contenido completo de la tabla
Actualización de la tabla de actos notariales
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2015
Se informa a los colegas que, si bien la Legislatura ha aprobado con fecha 11 de diciembre el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de la Ciudad de Buenos Aires para 2015, hasta el día de hoy estas leyes no han sido publicadas en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la información brindada por el organismo, estas normas recién comenzarán a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oificial.
Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – DTR Nº 10/2014
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha publicado la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014 mediante la cual se establece que los servicios de publicidad de trámite regulados en el apartado I, B) del artículo 3º de la Ley Nº 10.295 y sus modificatorias, y los certificados de dominio y anotaciones personales de trámite simple regulados en el apartado I, A, puntos 7 y 8 de la mencionada ley, no podrán ser observados por reposición incompleta del pago de la Tasa Especial por Servicios Registrales cuando el único motivo de observación sea la falta de pago correcta de servicio.
La presente disposición será aplicable a todos los documentos que ingresen a partir del 1º día habil del 2015.
Publicación en el Boletín Oficial del Código Fiscal y la Ley Tarifaria – 2015
Se informa al notariado que han sido publicadas en el Boletín Oficial de la CABA la Ley 5237, que introduce modificaciones al Código Fiscal y la Ley Tarifaria para 2015, que regirán a partir del 1° de enero.
Cabe destacar que la modificación más relevante para la actividad notarial ha sido el incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires, el cual asciende a $ 750.000.
Haga clic aquí para acceder a la Ley 5237
Haga clic aquí para acceder a la Ley Tarifaria 2015 (Ley 5238)
Calendario anual de vencimientos impositivos
Se pone a disposición de los señores escribanos el calendario anual de vencimientos impositivos para el año 2015, elaborado por los asesores del Colegio.
Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción
INSCRIPCIÓN: desde el 05/01/2015 hasta el 19/02/2015.
LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables.
REQUISITOS: Presentación de una nota en la oficina de Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos solicitando la inscripción en el examen, en la que deberán constar nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail, a la que se adjuntarán copias certificadas de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía, en su caso, y del título de abogado expedido o revalidado por universidad nacional o legalmente habilitada. Podrá admitirse otro título expedido en igual forma siempre que su currículo abarque la totalidad de las materias y disciplinas análogas a las que se cursen en la carrera de abogacía de la Universidad de Buenos Aires. Cabe destacar que, para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley Nº 404, modificada por la Ley Nº 3933.
COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 1.700 (mil setecientos pesos) que se abonan en las cajas de Tesorería, en la planta baja de Av. Las Heras 1833, de 9:30 a 15 h.
EXAMEN ESCRITO: 30 de abril de 2015, a partir de las 7 h.
LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires.
APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404).
EXAMEN ORAL: a confirmar por el Jurado
LUGAR: sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
APROBACIÓN: 5 o más puntos
Asesoría Registral de la Dirección Provincial del RPI
Se informa a los colegas que la Dra. Marta Cúneo atenderá el día lunes 29 de diciembre a partir de las 16 h.
Decreto 2529/2014 – Prórroga para el régimen de exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior
Se pone a disposición de los colegas el Decreto 2529/2014, mediante el cual se prorrogan por tres meses calendario a partir del 1° de enero de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860.
Inspección General de Justicia (IGJ) – Horarios de atención del verano
La Inspección General de Justicia ha informado el esquema de atención que tendrá durante el mes de enero de 2015, debido a la disminución del flujo de trámites durante la feria judicial:
Mesa de Entradas: durante el mes de enero de 2015, el horario de recepción de trámites en la sede central de Paseo Colón 285 será de 9:30 a 12 h, salvo para los trámites urgentes, que se recibirán de 8 a 9 h. La Mesa de Atención a Matriculados que funciona en el Colegio atenderá de 9.30 a 12 horas.
Departamento de Rúbrica: trámites urgentes, de 11 a 12 h. El resto de los trámites se recibirán en el horario de 11 a 13.
Plazo del trámite urgente: 96 horas es el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales (de los departamentos de Precalificación de sociedades comerciales, Personería Jurídica de entidades civiles, Oficina de entidades extranjeras y Asuntos Especiales, y para los trámites del departamento de Rúbrica).
Recepción de oficios judiciales: sólo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal; otros análogos).
Mesa de entradas departamento de Control Contable sociedades comerciales y entidades civiles: recepción y retiro de trámites, de 10 a 12 h.
Trámites excluidos: no se recibirán durante el mes de enero de 2015:
– Trámites ordinarios de los departamentos de Precalificación de Sociedades Comerciales y de Personería Jurídica de Entidades Civiles, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el 16 de enero de 2015 inclusive.
– Pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.
– Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.
– Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.
Vistas: no se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2014, excepto los trámites correspondientes al departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2014 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2015.
Denuncias: se suspende el plazo para proveer denuncias durante enero de 2015. Podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la Ley 19.550, 8° de la Ley 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9° de la misma norma.
Declaraciones Juradas 1/2010: se mantiene la presentación. Podrán presentarse en las ventanillas habilitadas del Correo Argentino, en el horario de 9 a 14 h., y en las sedes de los colegios profesionales, en el horario reducido de 9:30 a 12 h (sólo matriculados).
Certificados de Depósito para Inversión CEDIN Tratamiento impositivo informado por el Banco Central de la República Argentina y la Administración Federal de Ingresos Públicos
Tanto el Banco Central de la República Argentina (BCRA) como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron al Consejo Consultivo Impositivo, al que concurre nuestro Colegio en forma habitual, el tratamiento impositivo que se le debe dar a los Certificados de Depósito para Inversión (CEDIN).
En particular la autoridad monetaria informó que ?no corresponde asignar a los CEDIN el carácter de título público.” Con motivo de ello los efectos tributarios para las personas físicas serían:
Exteriorización y tenencia de CEDIN.
?En relación con el Impuesto a las Ganancias:
El incremento patrimonial producido por la exteriorización constituye una Renta Exenta conforme a lo establecido en el artículo 9 inc. c) de la Ley 26.860.
La diferencia de cambio generada por el incremento del valor de cotización entre la fecha de adquisición y la del cierre del período fiscal se encuentra exenta por aplicación del artículo 20 inc. v) de la ley de Impuesto a las Ganancias.
?En relación con el Impuesto sobre los Bienes Personales
Tratándose de un Certificado emitido por el Banco Central de la República Argentina, no se encontraría comprendido en la exención dispuesta por el artículo 21 inc. g) de la Ley 23.966. En consecuencia, estaría gravado al último valor de cotización – Tipo de Cambio Comprador – del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre.
Cesión de CEDIN
La ganancia por la venta de los CEDINES no resultaría alcanzada por aplicación de la Teoría de la Fuente artículo 2 apartado 1) Ley de Impuesto a las Ganancias.
El impuesto del 15% establecido por la reforma de la Ley de Impuesto a las Ganancias(Ley 26.893) no resultaría de aplicación atento a la definición del concepto ?demás valores?, artículo 1 inc. a) Decreto 2334/13.
Con respecto al comprador del CEDIN, cuando los aplique, la ganancia obtenida por dicha operación no resultaría alcanzada en virtud de la Teoría de la Fuente, artículo 2 apartado 1 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.
Circular 3353
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Código Civil y Comercial de la Nación Modificación de su entrada en vigencia
Se informa a los colegas que fue publicada, en el día de la fecha, la Ley Nº 27.077, mediante la cual se adelanta la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación al 1° de agosto de 2015 .
Ley Impositiva Nº 14.653 de la Provincia de Buenos Aires para el 2015
Se pone a disposición de los Colegas la Ley Nº 14.653 de la Provincia de Buenos Aires publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, 19 de diciembre de 2014, mediante la cual se fijan los impuestos y tasas a percibir durante el ejercicio fiscal 2015. Asismimo, se remite un informe con las principales modificaciones del impuesto de sellos que afectan a la actividad notarial.
Importante: Se recuerda que, si bien ARBA resolvió que los certificados catastrales expedidos durante el corriente año puedan ser utilizados hasta el 31 de enero de 2015, el escribano deberá calcular el aumento de la Valuación Fiscal al Acto, según los nuevos coeficientes correctores para el 2015.
Haga clic aquí para acceder a la Ley Impositiva Nº 14.653
Haga clic aquí para acceder al informe con las principales modificaciones
Requisitos de países limítrofes para autorizaciones de menores y autorizaciones de conducir
Se pone a disposición de los colegas un cuadro comparativo con los requisitos de cada país, elaborado conforme a la información brindada por los respectivos consulados ante requerimiento de nuestro Colegio, en el cual se detallan los diversos requisitos de los países limítrofes para autorizaciones de menores de edad, salida de vehículos y autorizaciones de conducir.
Régimen de atención por las fiestas de fin de año
Ante la cercanía de la celebración de las fiestas de fin de año, el Colegio resolvió extender el horario laboral los días martes 23 y 30 de diciembre hasta las 17 h en todas sus dependencias.
Importante: Legalizaciones recibirá trámites hasta las 17 h y los entregará en el mismo día.
Asimismo, se informa a los colegas los días no laborables de la institución, a efectos de que puedan tomar los recaudos correspondientes:
24, 25 y 26 de diciembre
31 de diciembre, 1º y 2 de enero
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) Error en el cobro de las solicitudes de certificados catastrales
Se informa a los colegas que, por inconvenientes en los sistemas informáticos de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), en los últimos días se produjo un error de cobro de las solicitudes de Certificados Catastrales. Al momento de efectuarse el pago de algunas de dichas solicitudes, el sistema debitó $ 150 en lugar de los $ 90 que corresponden a este trámite.
Por tal motivo, la Gerencia General de Catastro informó que el inconveniente ya se encuentra solucionado y dispuso que las diferencias cobradas sean reintegradas a las cuentas de los escribanos afectados.
Página web del Colegio Tareas de mantenimiento: sábado 20 de diciembre
El sábado 20 de diciembre de 8 a 15 h la página web del Colegio se encontrará fuera de servicio por tareas de mantenimiento que se realizarán en el grupo electrógeno de la institución. Esta interrupción también afectará el sistema de facturación electrónica del Colegio.
Asesoría Impositiva Licencia de la Dra. Marta Moussoli
Se informa a los señores escribanos que la Dra. Marta Moussoli se encontrará de licencia desde el 31 de diciembre de 2014 hasta el 11 de enero de 2015, ambas fechas incluidas. Durante ese período, la atención estará a cargo del Dr. Omar Rofrano.
Oficina del Boletín Oficial en el Colegio
Se informa a los señores escribanos que la oficina del Boletín Oficial de la Nación Argentina que funciona en el Colegio no atenderá al público durante el mes de enero.
Aquellos escribanos que requieran utilizar sus servicios podrán concurrir durante ese período a la sede de Suipacha 767, de lunes a viernes de 9 a 16 horas.
Inspección General de Justicia Resolución General Nº 3/2014
Se pone a disposición de los colegas la Resolución General Nº 3/2014 de la IGJ mediante la cual se modifica el artículo 12 del Anexo ?A? de la Resolución General I.G.J. Nº 7/2005, referido a las providencias y resoluciones que se deben notificar por cédula o mediante oficio impuesto como certificado expreso con aviso de recepción (conforme incisos c y e del art. 41 del Decreto Nº 1759/1972, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549).
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº 3/2014
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General IGJ Nº 7/2005 actualizado
Inspección General de Justicia Resolución General Nº 4/2014
Se pone a disposición de los colegas la Resolución General Nº 4/2014 de la Inspección General de Justicia mediante la cual se establece aquellas entidades que hayan presentado la declaración jurada conforme Resolución General I.G.J. Nº 1/2010 y que, habiendo sido intimadas, no hubieran subsanado las omisiones o deficiencias detectadas, se encuentran imposibilitadas de concluir trámites registrales ante ese organismo, sin perjuicio de las sanciones que les pudiera corresponder.
Asimismo, la norma crea el Registro de Entidades Inactivas (R.E.I.) que estará conformado por aquellas personas jurídicas que no hayan presentado la Declaración Jurada prevista en la Resolución General I.G.J. Nº 1/2010 al día 30 de abril del año 2015.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº 4/2014