Con motivo de la publicación de la Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), el Colegio realizó gestiones antes dicho organismo con el fin de simplificar el procedimiento requerido por el artículo 7 de la norma, donde se establece que los planos deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg?.
En ese sentido, el Colegio acordó con la AGC el siguiente procedimiento, inicialmente para los meses de enero y febrero:
1) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente exhibirá al escribano el plano en original y le entregará una fotocopia.
2) El escribano certificará la fotocopia del plano, como lo hace habitualmente.
3) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente escaneará la fotocopia certificada del plano, según lo requerido por la AGC y lo subirá al portal de dicho organismo.