Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

AGIP: Migración del sistema registral

Con motivo del proceso de migración que se está realizando en la base de datos de AGIP, el organismo ha informado que desde ayer hasta el día de hoy a la tarde, viernes 7 de agosto, inclusive, se prevén posibles inconvenientes en el uso del sistema o que éste pueda encontrarse sin funcionamiento. Por ello, los escribanos podrán tener dificultades para realizar el envío de la DDJJ o en la obtención de la boleta de pago durante esos dos días. En ese periodo podrán, no obstante, realizar la carga de datos en el SIE sin dificultades.

Por este mismo motivo, tampoco se podrán ingresar los pagos rendidos durante esta semana ni actualizarse los estados de deuda de ABL, hasta el 10 de agosto. Todos los certificados web saldrán con la imagen de la situación de las partidas a las 17 h del día 3 de agosto, actualizados al 31 de agosto de 2015. El organismo ha informado que no se recibirán solicitudes de certificados para verificar la liberación de deuda, ya que no se actualizarán los pagos efectuados durante este período.

Por otro lado, no se recibirán en la delegación de AGIP del Colegio certificados F1/F3 en papel hasta tanto se regularice esta situación. Los que hayan sido ingresados antes del 4 de agosto serán tramitados manualmente durante la próxima semana.

Informaremos por esta vía cualquier novedad al respecto.

Sistema de consultas on line sobre el Código Civil y Comercial de la Nación Aclaración

El sistema de consultas on line sobre el CCyCN que funciona desde el 20 de julio es un servicio exclusivo para los escribanos y está destinado únicamente a consultas que refieran a novedades y/o cambios introducidos por el nuevo Código. No se brindará asesoramiento sobre la legislación anterior, salvo que las consultas estén referidas a modificaciones introducidas por la nueva norma.

Recordamos que para enviar su consulta deberá utilizar el formulario disponible en la página web del Colegio con la clave que usa habitualmente para nuestro sitio web. No se atenderán consultas recibidas por ningún otro medio alternativo al indicado.

Haga clic aquí para acceder al servicio de asesoría on line sobre el CCyCN

Próxima reunión del Instituto de Investigaciones Históricas Notariales

Se informa a los colegas que el Instituto de Investigaciones Históricas Notariales se reunirá el jueves 20 de agosto a las 19 h, en la Sala Enrique Soler, del subsuelo de Av. Callao 1542.

El miércoles 26 de agosto a las 19 h, se llevará a cabo una sesión pública en forma conjunta con el Instituto Histórico Santiago de Liniers (InHSdeL) que incluiría la presentación del libro de Marcos de Estrada “Los días de Mayo. La revolución y la resistencia en Córdoba”.

Los esperamos

Taller: Persona humana y Capacidad

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Dra. Lea Levy
Moderador: Esc. Julio César Capparelli

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Administración de Ingresos Públicos (AGIP) Migración del sistema registral

Se informa a los colegas que, de acuerdo a lo comunicado por la AGIP a nuestro Colegio, desde hoy y hasta el 10 de agosto, el organismo estará migrando la base de datos de las cuentas corrientes de los contribuyentes al Impuesto Inmobiliario. Por este motivo, hasta ese fecha, no se ingresarán los pagos rendidos durante esta semana ni podrán actualizarse los estados de deuda.

El organismo ha solicitado a los escribanos que no soliciten certificados para verificar la liberación de deuda, ya que no se actualizarán durante este período.

AGIP: Presentación de formularios F3 de actualización de datos exclusivamente vía web

Se recuerda a los colegas que, desde el 1º de junio, los formularios F3 de actualización de datos del titular ya no se reciben en soporte papel en la delegación del Colegio. Los escribanos deben enviar el formulario mediante el aplicativo de “Trámites por mail” habilitado en la página web de AGIP (https://autogestion.agip.gob.ar/cuit/tramitespormail), seleccionar el impuesto “ABL” y el trámite “Actualización de datos del titular – Nominación de partidas”, ingresar CUIL del escribano, un correo electrónico y adjuntar la imagen scaneada del F3. Luego, aceptar términos y condiciones para generar el numero de ticket.

IMPORTANTE: Ante consultas de colegas y de acuerdo a conversaciones mantenidas con el organismo, se advierte a los escribanos que, al momento de la presentación del F3, sólo se les requerirá el envío del formulario F3 escaneado.

Respecto del certificado F1, salvo para los casos en los que el sistema así lo requiere, se recomienda que la solicitud se haga mediante el servicio web, ya que la celeridad en su despacho es mayor y el costo del certificado es menor en relación al que se presenta en papel. La AGIP ha informado que en un tiempo próximo impondrá la obligatoriedad de la solicitud del certificado F1 por web.

Recordamos que la AGIP aplicará las sanciones previstas por incumplimiento a los deberes formales a aquellos escribanos que no cumplan con los plazos establecidos en el artículo 98 del Código Fiscal para la actualización de la titularidad de los inmuebles cuyos actos autorizan.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires – DTR Nº 8/15

Se informa a los colegas que fue publicada la DTR Nº 8/15 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se establece que en los supuestos de comunidad ganancial disuelta por divorcio declarado judicialmente, sin haberse realizado la correspondiente liquidación y partición y uno de los ex cónyuges falleciere, deberá realizarse el acto partitivo en la forma que por unanimidad las partes juzguen conveniente, es decir judicial o notarial, siempre que concurran las presupuestos legales establecidos, rogándose el mismo en la forma de estilo.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Asamblea Ordinaria Anual ? Elecciones 2015

En relación con la Asamblea Ordinaria Anual del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires que se llevará a cabo el próximo jueves 17 de setiembre de 2015, a las 14:00 hs. (1° citación) y a las 15:00 hs. (2° citación), en la sede de Av. Callao 1542, con un cuarto intermedio para proceder al acto eleccionario que se realizará desde las 16:00 horas hasta las 21:00 horas en punto, cabe señalar lo siguiente:

1) Son miembros activos con obligación de voto, los escribanos:
– Titulares
– Adscriptos
– Autorizados
– Matriculados con anterioridad al 1° de octubre de 1975

– Son miembros activos con derecho a voto, pero sin obligación, los escribanos de registro que se hayan jubilado en el ejercicio de la función por el régimen complementario de la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social de esta demarcación.

2) Las elecciones de autoridades de este Colegio se harán mediante listas de candidatos para cubrir los 24 cargos del Consejo Directivo.

3) No podrán integrar las listas los escribanos que hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio de la función por plazo superior a cinco días, durante los últimos 10 años. Para ser electo Presidente o Vicepresidente se requiere una antigüedad como colegiado de la Institución en el ejercicio de la función notarial como titular o adscripto no menor de diez años y para los demás cargos del Consejo Directivo de cinco años.

4) Las listas deberán:
a) Designarse con un lema o color que las distinga, indicar el acto eleccionario al que corresponden, la fecha del mismo y la nómina de los candidatos con la especificación de los cargos para los cuales son postulados.

b) Acompañarse también con la expresa aceptación de los candidatos propuestos. Ningún escribano podrá integrar o propiciar más de una lista.

c) Contar con la firma de no menos de 50 miembros activos, con excepción de los candidatos, individualizados con número de matrícula y aclaración de firma.

d) Indicar nombre y domicilio de quien o quienes firmarán como representantes (apoderados) de la lista en el trámite eleccionario.

Deberán ser miembros activos, que no hayan sido objeto de suspensión en el ejercicio de la función por plazo superior a cinco días en los últimos diez años anteriores al respectivo acto eleccionario.

e) No incluir a tres personas de un mismo sexo en orden consecutivo ni cubrir más del 70% de la totalidad de la misma (Art. 36 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y último párrafo del art. 126 de la Ley Orgánica Notarial N° 404).

f) Acompañar un ejemplar de las boletas a utilizarse en el acto eleccionario en que se consignarán los cargos y candidatos propuestos para cubrirlos, lema o color que los distinga, nombre del Colegio, individualización del acto eleccionario al que corresponden y fecha del mismo.

g) Adjuntar, además, la nómina de fiscales que designe cada lista para actuar durante los comicios, (incluyendo, de ser posible, los números de celulares).

h) Ser entregadas antes de las 21:00 horas del día 2 de setiembre de 2015 en el Departamento de Secretaría del Colegio por nota en dos ejemplares para ser posteriormente oficializadas por el Consejo Directivo. Un ejemplar será devuelto al representante de la lista con la firma de uno de los Secretarios y con el sello del Colegio con constancia de la fecha y hora de recepción, de conformidad con el Reglamento de la Junta Electoral.

i) Los cargos de Presidente, Vicepresidente, Secretarios, Prosecretarios, Tesorero y Protesorero corresponderán a la lista que obtenga mayor cantidad de votos válidos emitidos. Los cargos de Vocales Titulares y Suplentes se distribuirán mediante la aplicación del sistema proporcional D?Hondt, entre las listas que obtengan como mínimo un 20% de los votos válidos emitidos.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal: DTR Nº 2,3 y 4

Se ponen a disposición de los señores escribanos las disposiciones técnicos registrales Nº 2,3 y 4, mediante las cuales se adecúan los normas del organismo a la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 2

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 3

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 4

Inspección General de Justicia (IGJ) Nueva resolución general

Se recuerda a los colegas que, con motivo de la entrada en vigencia del Nuevo Código Civil y Comercial, el viernes 31 de julio fue publicada la Resolución General 7/2015 de la Inspección General de Justicia, mediante la cual se aprueban las normas del organismo, algunas de las cuales comienzan a estar vigentes a partir del 3º agosto.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. IGJ 7/2015

CHARLA INFORMATIVA
Para abordar las cuestiones más relevantes de la nueva norma, el martes 18 de agosto de 18 a 20 h se realizará una Mesa Redonda a cargo de las doctoras Graciela Junqueira, Marta Stirparo, y Esc. Osvaldo Solari Costa, en el Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542.

Haga clic aquí para inscribirse a la Mesa Redonda

Dirección Nacional de Migraciones: Disposición 3328/2015

Se informa a los colegas que fue publicada en el día de hoy la Disposición 3328/15, mediante la cual se sustituye, a partir del 1° de agosto, el artículo 7° y el Anexo I de la Disposición N° 2656 de 2011, por el Anexo I de la presente disposición referido a procedimiento para el egreso e ingreso de menores.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 3328/2015

Tercera reunión de la Comisión de Derecho Tributario Notarial

El martes 4 de agosto a las 18.30 h se realizará la tercera reunión mensual de la Comisión de Derecho Tributario Notarial, en el marco del convenio firmado con la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF) mediante el cual se acordó asistencia recíproca, de índole técnica y académica, a través de la conformación de una Comisión en el seno de dicha Asociación, integrada por un especialista de cada rama científica: la abogada Dra. Viviana Di Pietromica, el Dr. Emir Pallavicini y el Esc. Julián González Mantelli.

El encuentro será en la Sala Las Flores, 6º piso, Av. Las Heras 1833. La modalidad de trabajo consisTE en una reunión mensual, el primer martes de cada mes, alternando el lugar de reunión entre el Colegio de Escribanos y la sede de la AAEF, de la que participarán los escribanos junto con contadores y abogados. En los encuentros se tratarán temas seleccionados previamente por los coordinadores.

Quienes deseen participar de las reuniones de esta comisión, deben enviar un correo electrónico a info@colegio-escribanos.org.ar.

Haga clic aquí para acceder al temario y el material

Identificación de los requirentes de certificación de firmas en los Libros de Requerimientos

Se informa a los colegas que el Consejo Directivo, mediante Resolución 272/15, resolvió que, desde el 1° de agosto, los escribanos de la Ciudad de Buenos Aires podrán insertar una nota con su firma y sello al dorso de la rúbrica de los Libros de Requerimientos para adecuar el contenido del texto preimpreso de las actas de certificación de firmas, en lo referido a la identificación del requirente, a lo dispuesto por el Código Civil y Comercial de la Nación.

Dicha nota deberá insertarse antes de la primer acta del libro que se utilice y se sugiere el siguiente texto:

?Buenos Aires (fecha) desde el acta de requerimiento número … hasta el acta de requerimiento número 200 en este libro, donde dice al frente de las actas de requerimiento ?del art. 1002 del Código Civil? debe leerse ?del art. 306 del Código Civil y Comercial?.

Taller: Redacción de escrituras y actas. Modificaciones introducidas por el Nuevo Código Civil (reedición)

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Esc. Catalina Carbone y Esc. Santiago Pano

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Exigencia de la forma escritura pública para el otorgamiento de poderes judiciales

A raíz de una inquietud planteada por la Presidente del Instituto de Derecho Procesal, escribana Angélica Vitale, se solicitó al doctor David Halperín, asesor externo del Colegio, el análisis del posible conflicto normativo entre las previsiones de los Código Procesales locales (art. 47 Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y concordantes) y el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación (arts. 1015 y 1017), en relación con la necesidad o no de otorgar por escritura pública los poderes judiciales.

Enviamos el resumen del dictamen elaborado por el jurista, en el que concluye que, de un juego armónico de la normas de fondo (Código Civil y Comercial) y de forma y locales (Código Procesales), aún se encuentra vigente la exigencia de la forma escritura pública, para el otorgamiento de poderes judiciales.

Se recomienda su lectura y tenerlo en cuenta a la hora de asesorar a los clientes que pretendan otorgar poderes judiciales en instrumentos privados para ser presentados en juicios, tanto de competencia local como nacional.

Haga clic aquí para acceder al resumen del dictámen

Convocatoria Asamblea Ordinaria Anual

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, reunido con quórum reglamentario y en uso de las facultades que le acuerda la ley orgánica notarial N° 404, y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 27 y 28 del Estatuto, resuelve convocar a Asamblea Ordinaria para el jueves 17 de septiembre de 2015, a las 14:00 horas (1° citación) y a las 15:00 horas (2° citación) en su sede de Av. Callao 1542, para tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los Secretarios, labren y aprueben el acta, que firmarán con el Presidente.

2°) Consideración de la Memoria, Balance e Inventario General de:
a) El Colegio de Escribanos ? Ley 404 ? del período comprendido entre el 1° de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015.
b) La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social ?Ley 21.205 (modificada por la ley 23.378) ? del período comprendido entre el 1° de julio de 2014 y el 30 de junio de 2015.
c) El Fondo Fiduciario de Garantía de acuerdo con lo establecido por la ley 404 en su Título IV, Sección Segunda, Capítulo VI, del período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2014.

3º) Consideración de las siguientes contabilidades:
a) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera ? Convenio Ley 17.050 – Registro de la Propiedad Inmueble.
b) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera ? Convenio Ley 23.412 – Secretaría de Justicia de la Nación.
c) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera ? Convenio Decreto 754/95 – Inspección General de Justicia ? Área Rúbrica e Individualización de libros comerciales.
d) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera ? Convenio Decreto N° 520/90 – Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ? Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
e) Fondo de colaboración y complementario de servicios tributarios – Convenio expediente N° 2306-21795/01 – Dirección Provincial de Rentas de la Provincia de Buenos Aires.
f) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera ? Fideicomiso Facultad de Derecho UBA.
Con relación al punto 3°) a), b), c), d), e) y f) se informa el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2014.

4°) Elección de los cargos del Consejo Directivo: Presidente, Vicepresidente, 2 (dos) Secretarios, 2 (dos) Prosecretarios, Tesorero, Protesorero, 10 (diez) Vocales Titulares y 6 (seis) Vocales Suplentes, para el período 2015/2017.

Taller: Régimen patrimonial del matrimonio. Régimen de comunidad y separación de bienes

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Esc. Julio C. Capparelli

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Pagina web del Colegio

Se informa a los colegas que la página web del Colegio se encontrará fuera de servicio desde las 18 h del día de hoy, viernes 24 de julio , hasta las 18 h del domingo 26 de julio por tareas de mantenimiento sobre el servidor.

Asesoría Impositiva

Se recuerda a los colegas que el Dr. Emir J. Pallavicini atiende la asesoría a su cargo los días martes y jueves de 10 a 13 horas.

Asimismo, a partir del 29 de julio, retomará la atención de los días miércoles de 18 a 20 h (único horario vespertino).

Cursos de Especialización en Derecho

Se hace llegar a los colegas la información relativa a la 38º edición de los Cursos de Especialización en Derecho de la Universidad de Salamanca, que se celebrarán los días 13 y 29 de enero de 2016 en Salamanca, España.

Cada uno de los nueve programas consta de 120 horas que se estructuran en dos fases. La primera, presencial, se desarrolla en Salamanca a lo largo de 3 semanas de actividad docente y consta de 60 horas de clases y un programa abierto de conferencias magistrales. La segunda se realiza a distancia y consiste en la elaboración de un trabajo tutelado de investigación.

Los cursos estarán a cargo de un magnifico equipo docente, integrado por expertos nacionales e internacionales que garantiza la calidad de estos programas.

Para más información: http://fundacion.usal.es/ced

Curso: El pacto de herencia futura en la empresa familiar

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Dra. Graciela Medina y Esc. Oscar Cesaretti

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Ley 5300

El Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires publicó en su sitio web la Ley 5300 mediante la cual se regula el ordenamiento de las ordenanzas, leyes, decretos-ordenanzas y decretos de necesidad y urgencia -de carácter general y permanente-, que se encuentren vigentes.

Las normas se encuentran publicadas en un micrositio del Boletín Oficial de la Ciudad, ordenadas por categorías, con la letra correspondiente, de acuerdo a la siguiente enumeración:

A – Derecho Constitucional
B – Relaciones Interjurisdiccionales
C – Administración Pública
D – Derecho Administrativo
E – Derecho Financiero y Tributario
F – Educación, Ciencia y Tecnología
G – Cultura
H – Salud Pública
I – Comercio, Industria y Servicios
J – Acción Social y Comunitaria
K – Trabajo y Seguridad Social
L – Medio Ambiente
M – Urbanismo y Vivienda
N – Uso del Espacio Público
O – Transporte y Tránsito
P – Justicia
Q – Seguridad y Vigilancia
R – Policía Metropolitana

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5300

Haga clic aquí para acceder al sitio web del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires Disposiciones Técnico Registrales 6/15 y 7/15

Se pone a disposición de los colegas las Disposiciones Técnico Registrales Nº 6/15 y 7/15 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. referidas a los siguientes temas:

DTR 6/15: “Aprobar, con vigencia a partir del día 22 de junio de 2015, para el Partido de Dolores, el modelo de folio real conformado por la impresión de la matrícula digitalizada, complementándola con la información adicional impresa sobre el margen derecho del folio real, se trate de la matrícula A o PHA, conforme a los modelos que como anexos I y II respectivamente, forman parte integrante de la presente.”

DTR 7/15: “Incorporar a la Tabla de Códigos Actualizados por Disposición Técnico Registral Nº 6/2012, Actos Administrativos, el código 99 correspondiente a la anotación del acto probatorio del convenio de avenimiento.”

Haga clic aquí para acceder a la DTR 6/15
Haga clic aquí para acceder a la DTR 7/15

Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires – Disposición Técnico Registral 8/15

Se pone a disposición de los colegas la Disposición Técnico Registral Nº 8/15 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires mediante la cual se establece que “en los supuestos de comunidad ganancial disuelta por divorcio declarado judicialmente, sin haberse realizado la correspondiente liquidación y partición, y uno de los ex cónyuges falleciere, deberá realizarse el acto partitivo en la forma que por unanimidad las partes juzguen conveniente, es decir judicial o notarial, siempre que concurran los presupuestos legales establecidos, rogándose el mismo en la forma de estilo”.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 8/15

Taller: Implementación del Código Civil y Comercial en el ámbito registral de la Provincia de Buenos Aires

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Dra. María Martha Cúneo y Dra. Julia Sallon

Moderación: Esc. Mariana Massone

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Informe de los temas tratados durante la segunda reunión de la Comisión de Derecho Tributario Notarial

Se pone a disposición de los colegas el informe de los temas tratados durante la segunda reunión de la Comisión de Derecho Tributario Notarial, el día 9 de junio de 2015, en la sede del Colegio.

Se recuerda que dicha comisión fue creada a partir de un convenio con la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF) y se encuentra integrada por un especialista de cada rama científica: la abogada Dra. Viviana Di Pietromica, el Dr. Emir Pallavicini y el Esc. Julián González Mantelli.

La modalidad de trabajo consiste en una reunión mensual, el primer martes de cada mes, de 18 a 20 h, alternando el lugar de reunión entre el Colegio de Escribanos y la sede de la AAEF, de la que participarán los escribanos junto con contadores y abogados. En los encuentros se tratarán temas seleccionados previamente por los coordinadores.

Quienes deseen participar de esta comisión, deben enviar un correo electrónico a info@colegio-escribanos.org.ar.

Haga clic aquí para acceder al informe de los temas abordados

Academia Nacional del Notariado – Seminario Laureano A. Moreira

Se informa a los colegas que el viernes 4 de septiembre la Academia Nacional del Notariado brindará el Seminario Laureano Moreira, organizado por el Consejo Federal del Notariado Argentino y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, que tendrá lugar en el Salón Gran Paraná de Casinos del Litoral ?Pellegrini 451 de la ciudad de Corrientes.

El costo de inscripción es de doscientos pesos ($200) para escribanos y estudiantes de escribanía, y de cuatrocientos pesos ($400) para profesionales no escribanos y público en general.

Quienes deseen asistir deberán realizar una preinscripción en el Colegio al que pertenecen. Dicha pre-inscripción deberá comunicarse al Colegio organizador detallando nombre, apellido y Colegio a la siguiente dirección de mail: secretaria@cec.org.ar y se recibirán hasta completar el cupo de asistentes.

El arancel establecido se abonará en el momento de la inscripción el día de inicio del Seminario, a partir de las 8 horas en la sede del mismo.

También se ha habilitado el pago mediante depósito en cuenta bancaria: cuenta del Banco Santander Rio. Cta. Cte. en pesos 148-394/8. CBU – 07201482 20000000039486. En caso de utilizar esta vía, deberá remitirse el comprobante de la operación al mail señalado.

Haga clic aquí para acceder al programa de actividades

Taller: Ineficacia de los actos jurídicos. Casos puntuales en escrituras, actas e instrumentos privados firmados y no firmados

Inscripción para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

A cargo de: Esc. José M. R. Orelle

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404 (Año 2015 exclusivamente).

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Comisión Asesora de Arancel

Se informa a los colegas que la Comisión Asesora de Arancel, a cargo del Esc. Carlos Rodríguez, se encontrará de receso hasta el 27 de julio inclusive. Retomará la atención el lunes 3 de agosto en el horario habitual de 18.30 a 19.30.

Asesoría sobre Sociedades Comerciales

Con motivo de la gran cantidad de consultas que esta asesoría recibe semanalmente, se ha resuelto extender el horario de atención de los días miércoles hasta las 13.30 h.

Asimismo, informamos que la Dra. Graciela Medina atenderá exclusivamente a quienes hayan solicitado turno previamente a través de la página web del Colegio. No se atenderá a colegas que se acerquen de manera presencial sin turno previo.

Torneo de Golf para escribanos

Se invita a los señores escribanos a participar del Torneo de Golf que se realizará el día viernes 31 de julio en el Club Argentino de Golf.

Aquellos interesados en participar podrán comunicarse con los escribanos Alejandro Bertomeu (alejandro@bertomeu.com.ar), Juan Antonio Maciel (macialjuanantonio@gmail.com), Juan Manuel Lozada (jmlozada10@hotmail.com) y Esteban E. A. Urresti (eurresti@escribaniaurresti.com.ar), a fin de confirmar la concurrencia al evento y obtener más información.

Circular 3365

Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,

Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.

Programa de Actualización Intensivo sobre el Código Civil y Comercial de la Nación Director: Dr. Ricardo L. Lorenzetti

Se informa a los colegas que la clase del miércoles 15 de julio del Programa de Actualización Intensivo sobre el Código Civil referida a “Cuestiones vinculadas al Derecho Internacional Privado” estará a cargo del Dra. Adriana Dreyzin de Klor (turno mañana) y la Dra. María Susana Najurieta (turno tarde), ambas del equipo de trabajo de la Dra. Uzal.

Recordamos que la inscripción previa a la clase es obligatoria.

Haga clic aquí para inscribirse a la clase del 15/07, 9.30 h a 12.30h

Haga clic aquí para inscribirse a la clase del 15/07, 18 h a 21 h

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) – Resoluciones Normativas Nº 33, 34, 35, 36

Se ponen a disposición de los colegas las Resoluciones Normativas números 33, 34, 35 y 36 de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) mediante las cuales se extiende el régimen de regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario, a los Automotores -incluyendo a vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. Nº 33

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. Nº 34

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. Nº 35

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Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires – Orden de servicio Nº 45

Se pone a disposición de los colegas, la orden de servicio Nº 45 dictada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, por la cual el organismo fija los criterios que aplicará en aquellas materias con trascendencia registral contenidas por el Código Civil y Comercial. Esta normativa está dirigida a los registradores de ese organismo (uso interno) y será obligatoria para los documentos autorizados a partir del 1º de agosto de 2015.

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Dirección de Asuntos Legales y Registro de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección

Con motivo del proceso electoral de la Ciudad, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha resuelto disponer que los días comprendidos entre el 20 de julio y el 7 de agosto, sean considerados inhábiles a efectos de los plazos procesales respecto de la tramitación y actuación en todas las causas que se sustancian ante el Tribunal.

Atento a ello, el Consejo Directivo decidió también declarar inhábiles a los efectos procesales los días comprendidos entre el 3 y el 7 de agosto para las actuaciones que cursen en la Dirección de Asuntos Legales, sin perjuicio de la feria ya dispuesta por resolución Nº 167/15.

Registro de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección
Asimismo recordamos que el Consejo Directivo ha resuelto fijar, desde el 20 hasta el 31 de julio de 2015 (Resolución CD 167/15), el periodo de feria invernal del Registro de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección. Durante dicho periodo no se recibirán oficios judiciales dirigidos a estos registros, con excepción de aquellos en los que se haya solicitado la habilitación correspondiente que surja de la resolución judicial transcripta en el oficio y los oficios consulares.

La recepción y registración de minutas de inscripción de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección continuará normalmente.

Segunda reunión con los integrantes de la Academia Internacional de Intercambio y Estudios Judiciales

El lunes 22 de junio se realizó en la sede del Colegio la segunda reunión de intercambio con integrantes de la Academia Internacional de Intercambio y Estudios Judiciales, de la cual participaron autoridades y asesores de nuestra institución, académicos del ámbito notarial y un total de 25 magistrados de diferentes fueros.

El temario a tratar se centró en: 1) tratamiento de capacidad en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación; 2) donaciones y aplicación temporal de las normas en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación.

Los temas mencionados fueron discutidos en profundidad desde los aspectos teóricos y especialmente prácticos; se generó un intenso y fructífero debate con la intención de llegar a puntos de consenso, que podrían resumirse de la siguiente manera:

El principio de la buena fe en el Derecho continua vigente en nuestro ordenamiento jurídico y debe aplicarse a todas las relaciones jurídicas.

En cuanto al tratamiento de la capacidad y la necesidad de requerir o no partidas de nacimiento a los efectos de conocer si existe anotación de alguna limitación, se concluyó que toda restricción o limitación a la capacidad para disponer debería constar en las certificaciones que se requieren para el acto, de acuerdo al artículo 22 de la ley 17.801 que no ha sido derogada por el Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, el individuo se presume capaz toda vez que no muestre signos evidentes en contrario. El sistema del Código no está operativo toda vez que no existe un registro nacional de incapaces.

Se recomendó que además de la necesaria inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, sería conveniente ordenar en los procesos de capacidad, la inscripción en el Registro de Anotaciones Personales del Registro de la Propiedad Inmueble de la jurisdicción donde la persona a quien se le ha restringido la capacidad posea bienes inmuebles o muebles registrables.

Respecto de las donaciones y el nuevo tratamiento del CCyCN, el Colegio explicitó la postura de los asesores de la institución, sobre que las donaciones a herederos forzosos otorgadas hasta el 31 de julio de 2015 son títulos perfectos, por haber sido otorgados bajo un ordenamiento jurídico que así lo establecía, y que la modificación legislativa no puede modificar la validez legal del título.

Sobre la aplicación temporal de las leyes, se remarcó que el artículo 7º del CCyCN es prácticamente igual al artículo 3º del actual CC (texto ley 17711/1968) adhiriéndose a la postura de la Dra. Kemelmajer de Carlucci, quien ha manifestado que la nueva ley se aplica a los hechos que se encuentran en desarrollo, pero no a las consecuencias de los hechos ya consumados, los que quedan sujetos al ordenamiento jurídico anterior.

También en esta oportunidad se expuso sobre el modo en que el Colegio ejerce el control de la matrícula, el funcionamiento del Departamento de Inspección de Protocolos y la actuación de la institución como auxiliar de la Justicia en allanamientos y en el resguardo de documentación notarial. Se informó a los jueces presentes que, atento a un pedido formalizado en la reunión previa, se creó un sistema de guardia de veedores para días y horas inhábiles, conformado por escribanos inspectores.

Hacia el final de la reunión, se abordó la cuestión del Depósito Extrajudicial (al que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación da importantes efectos), su aplicación práctica y actuación notarial y algunas consultas de casos prácticos planteadas por los presentes.

Campus Virtual 41 Convención Notarial del Colegio de Escribanos de la CABA

Se informa a los señores escribanos que se encuentra disponible en el Campus Virtual del Colegio la charla de apertura de la 41 Convención Notarial: “Sucesiones. Responsabilidad de herederos y legatarios. Porción legítima. Inoficiosidad de las donaciones”,que tuvo lugar el miércoles 24 de junio en la sede del Colegio, a cargo del Dr. Marcos Córdoba y el Esc. Ángel F. Cerávolo.

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