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Provincia de Buenos Aires- Catastro territorial Advertencia respecto de la valuación fiscal a aplicar

Como oportunamente se informó a los colegas, ARBA dispuso que los certificados catastrales expedidos durante 2015 podrán ser utilizados hasta el 31 de enero de 2016 inclusive. Sin perjuicio de ello es importante señalar que, como ha ocurrido en los últimos años, la valuación fiscal a aplicarse durante el mes de enero deberá calcularse de conformidad con los parámetros que establezca la ley impositiva correspondiente al año 2016.

Si bien el proyecto de ley impositiva mantiene las valuaciones fiscales de los inmuebles y el coeficiente corrector para el pago del impuesto de sellos en los mismos valores del año 2015, al estar la norma pendiente de tratamiento, no podemos asegurar cuál será su texto definitivo ni qué modificaciones podrán resultar de los debates legislativos. En virtud de ello, le solicitamos al notariado que, antes de utilizar los certificados catastrales expedidos en el año 2015 durante el mes de enero de 2016, esté atento a la sanción de la ley impositiva.

Informaremos de inmediato a su publicación el texto de la ley impositiva 2016 y sus principales modificaciones.

Importante: No obstante estar cerrada la base de datos hasta el 7 de enero, Catastro permite la recepción e ingreso de nuevos trámites, y despacho de certificados catastrales en cualquiera de sus modalidades, siempre que se encuentre vigente el estado parcelario para el inmueble de que se trate, en los términos del artículo 15 de la Ley N° 10.707 y modificatorias.

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