información archivada, Noticias

Actualización de los derechos de escritura para determinados actos de otras jurisdicciones

Tal como fuera informado el 21 de diciembre de 2015, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea Extraordinaria del 29 de junio de 2015, se recuerda al notariado que se implementó un Fondo Anticíclico Previsional, compuesto por los derechos de escritura sobre determinados actos de otras jurisdicciones, que aportan el 0,1 %, a partir del 1º de enero de 2016, con un monto mínimo.

Asimismo, se informa que, a partir del 1º de febrero de 2016, el monto mínimo del derecho de escritura para actos de otras jurisdicciones (actualmente de $250), se actualizará a $ 290.

Los actos sobre los que se aplicará, a partir del 1º de enero de 2016, el derecho de escritura del 0,1% son los siguientes:
Cod 221 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Compraventa
Cod 222 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Dación en pago
Cod 223 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Aporte a sociedades
Cod 227 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Permuta
Cod 229 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Hipoteca
Cod 232 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Fideicomiso – transmisión de dominio pleno de inmuebles a título oneroso (fiduciario a beneficiario o fideicomisario)
Cod 233 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Cesión de crédito hipotecario oneroso o gratuito

Estos actos mencionados (221/222/223/227/229/232 y 233) pagarán en concepto de derecho de escritura el 0,1% sobre precio, valuación fiscal, valuación fiscal al acto o VIR, el que fuere mayor. Importante: En los casos de hipoteca se abonará sobre el monto hipotecario y en la cesión de crédito hipotecario se abonará sobre el precio de la cesión o sobre el monto cedido, el que fuera mayor.

De esta manera, las escrituras de extraña jurisdicción abonarán, a partir del 1º de enero de 2016:
1) Derecho de escritura otras jurisdicciones, mínimo de $ 250 (a partir del 1º de febrero 2016: se elevará a $ 290).Si supera ese mínimo, se abonará el 0,1% sólo sobre los actos mencionados.
2) Cargo fijo, que se mantiene en su valor actual: $ 500.
3)Aporte Notarial, que se mantiene en su valor actual: $ 300.
Los valores del cargo fijo y del aporte notarial no han sufrido ningún cambio respecto de su valor actual.

Ejemplo 1
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 1.000.000
Paga:
– Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 1.000 (0,1 %).

Ejemplo 2
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 100.000
Paga:
-Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 250. A partir del 1º de febrero de 2016 se elevará a $ 290. ( Es el monto mínimo pues el 0,1% de 100.000 es $ 100).

.