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Registro de Actos de Última Voluntad y Autoprotección

Se informa a los colegas que, conforme Resolución 514/15 del Consejo Directivo , se resolvió fijar el periodo de feria del Registro de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección, desde el 1° de enero y hasta el 31 de enero de 2016, inclusive.

Durante este periodo no se recibirán oficios judiciales dirigidos, con excepción de aquellos en los que se haya solicitado la habilitación correspondiente y así surja de la resolución judicial transcrita en el oficio, como así tampoco será de aplicación para los informes solicitados por los consulados.

La actividad vinculada a la recepción y registración de Pedidos de Inscripción de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección continuará normalmente.

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