Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

IMPORTANTE. Prórroga de la vigencia del aplicativo SiPrEsBA para la primera y segunda quincena de julio

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha informado el 29 de junio a nuestro Colegio que ha resuelto mantener la vigencia del SiPrEsBA para la liquidación del impuesto de sellos de las escrituras autorizadas durante la primera y segunda quincena del próximo mes de julio. Por lo tanto, durante el mes de julio, ambos sistemas coexistirán (SIPRESBA y SIESBA).

SIESBA: Entrada en vigencia desde el 1º de septiembre

Cuestiones importantes a tener en cuenta

Se recuerda que para las escrituras otorgadas desde el 1º de septiembre, la declaración deberá realizarse exclusiva y obligatoriamente a través del nuevo aplicativo SIESBA.

IMPORTANTE:
–  Es un sistema web que no requiere la instalación de ningún aplicativo. Se ingresa a la página de ARBA con el usuario y clave que utilizan actualmente para presentar las declaraciones juradas de Provincia.

– Reemplaza al sistema SIPRESBA.

–  Antes de comenzar la declaración jurada, asegurarse que los datos del margen superior derecho (Partido, Registro, Cargo) sean correctos. Podrán modificarse desde la opción “Cambio de Partido Registro”.

– En el caso de declararse una escritura gravada por el Impuesto de Sellos deberá cargarse en el sistema una copia simple digitalizada (en formato pdf), que reemplaza a una de las copias simples que se envía en soporte papel para su visación; la restante deberá seguir enviándose del mismo modo que hasta ahora, ya que es la que recibe el sector Aportes del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires para su visación temprana. (DTR 15/2016 | Derogación de la Disposición Técnico Registral N° 28/2005)

Recordamos que para convertir el documento (la escritura) en formato pdf deberá:
– Para Windows: seleccionar la opción “Guardar como” y elegir como tipo de archivo la opción PDF.
– Para Linux (Open Office): seleccionar “Archivo” y luego Exportar en formato PDF.
– Para Mac:
– Si el documento está en Word: seleccionar “Archivo” y Guardar como PDF.
– Si está utilizando Text edit: seleccionar “Archivo” y Exportar como PDF.

– Del articulo 3 de la Res. 18/16 de ARBA surge que el informe de deuda tendrá validez con relación a los actos notariales otorgados en el mes de su expedición. El plazo para ingresar los importes recaudados por Impuesto Inmobiliario es el que resulta del R550 (puede ser un plazo distinto al del mes de expedición del certificado).

– Conforme al artículo 5º, se establece que si dentro del mes de expedición del informe de deuda se registrare el vencimiento para el pago de una obligación corriente no incluida en dicho informe y, ese vencimiento fuera anterior a la fecha del acto notarial, el escribano deberá obtener una liquidación para el pago de la obligación corriente.

– Los artículos 9 y 10 de la misma resolución disponen que: el Certificado de Liberación de Deuda ( F 551L) tendrá efecto liberatorio para las partes intervinientes respecto de los inmuebles involucrados, hasta la fecha del acto otorgado. Dicho certificado de liberación tendrá validez respecto de posteriores actos sobre el mismo bien, para acreditar  la inexistencia de deudas con relación a los períodos consignados en el mismo.

Haga clic aquí para acceder al instructivo del SIESBA

Para consultas, comunicacrse con Soporte Informático de nuestro Colegio:  soporte@colegio-escribanos.org.ar o ayudasiesba@arba.gov.ar

MINUTAS:
Debe instalarse la versión 4.3.0 del aplicativo Minuta, para reemplazar la actualmente vigente.

El nuevo aplicativo on line SiEsBA generará desde la web la información para confeccionar las minutas. La nueva versión del aplicativo “Minutas” se encuentra disponible para su descarga en la página del RPI de Provincia (www.rpba.gov.ar) y es necesaria para:

1. Importar el archivo generado desde SiEsBA al iniciar el sistema Minutas (archivo XML).
2. Traer automáticamente desde SiEsBA los datos de las Partes Intervinientes al agregar una escritura.
3. Traer automáticamente desde SiEsBA los datos del Inmueble al crear la minuta.
4. Seleccionar nuevos valores en la lista desplegable de nacionalidad (por ejemplo,“Eslovaca”) en la ventana “Partes Intervinientes en la escritura”.

Instalación
Existen dos alternativas: en el caso de que usted tenga instalada la versión anterior de Minutas, deberá correr la actualización -archivo denominado “Actualizador de V 3.2.1 a V 4.3.0”-; por otra parte, si no posee en su equipo la versión original del sistema de Minutas, deberá buscar y ejecutar el archivo llamado “Instalador V 4.3.0 – Total”. En ambos supuestos, el mismo programa lo guiará durante el proceso.

Para consultas, comunicacrse con Soporte Informático de nuestro Colegio:  soporte@colegio-escribanos.org.ar o ayudasiesba@arba.gov.ar

Para descargar la nueva versión del aplicativo “Minutas” haga clic aquí

Circular 3383 y legislaciones

Haga clic aquí para acceder a la Circular 3383


 

Inspección General de Justicia – Resolución General 9/2016: Resolución General N° 7/2015. Modificación. Se deroga el inciso 6 del artículo 305 de la RG 7/15.

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4204

Inspección General de Justicia – Resolución General 10/2016: se prorroga por el término de 90 días hábiles administrativos, contados desde el 10 de junio de 2016, la suspensión del Operativo Declaración Jurada Resolución General IGJ Nº 1/2010, dispuesta por la Resolución General IGJ Nº 4/2016)

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4205

Inspección General de Justicia – Resolución General 11/2016: se establece el régimen de recepción de trámites del organismo durante la feria judicial, que tendrá lugar del 18 al 29 de julio (ambas fechas inclusive). La IGJ ha informado que mantendrá su funcionamiento normal con las limitaciones que surgen de los artículos 2º (oficios judiciales) y 3º (trámites excluidos) de esta norma.

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4206

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Instrucción de trabajo 7/2016: extinción de hipoteca; efectos de la subasta, criterio de aplicación del art. 2203 CCCN

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Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Instrucción de trabajo 8/2016: adecuación del número, ubicación (piso) y/o superficie, ante discrepancias entre el plano y lo asentado en la escritura de Reglamento

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4208

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 9/2016: establece que en virtud de la inhabilidad que resulta del inc. d) del art. 1002 del CCyC, merecerán el tratamiento al que hace referencia el art. 9 inc. b) de la ley 17801 los documentos por medio de los cuales el titular registral, al efectuar la transmisión de la nuda propiedad, además, de reservarse para sí el usufructo, haga extensiva la reserva al cónyuge no titular.

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4209

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 10/2016: todo documento que se presente para la anotación de Inhibición General de Bienes sobre una Persona Jurídica, deberá consignarse, a los efectos de evitar la posibilidad de casos de homonimia, además de los datos establecidos en el artículo 13 del decreto 2080/80 T.O. Dec. 466/99, la CUIT de la misma.

Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4210

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 11/2016: será de aplicación el artículo 23 de la Ley 17801 cuando se autoricen escrituras en las cuales el usufructuario transmita o renuncie al derecho real de usufructo.

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Administración Federal de  Ingresos Públicos – Resolución General 3885/2016: Procedimiento. Garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales. Régimen aplicable. Resolución General N° 2.435 y sus modificaciones. Su sustitución. Texto actualizado.

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Dirección Provincial del Registro de las Personas  – Disposición 1094/2016: Identidad de género. Se establece la inmovilización y reinscripción de actas (nacimiento, matrimonio, uniones convivenciales), adecuándolas a la nueva identidad del requirente.

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Escala salarial para empleados de escribanías

Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal

Se recuerda a los colegas que, tal como fue comunicado oportunamente, se ha suscripto un acuerdo con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal para la modificación de la escala salarial, que estableció un aumento del 30 %  anual, desde el 1º de junio del corriente.

A contiunuación se remite el cuadro con la escala actualizada:

escala_empleados

Día del trabajador del Estado

Se informa a los colegas que, con motivo de la celebración del día del trabajador del Estado, el próximo lunes 27 de junio la Inspección General de Justicia y el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal permanecerán cerrados.

Información sobre las verificaciones de la AFIP – Aclaración

Tal como fuera informado oportunamente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) se encuentra realizando verificaciones en diferentes escribanías de la demarcación, cuyos titulares están categorizados como responsables inscriptos. Ante esta situación, el Colegio se contactó con los colegas afectados a fin de conocer los detalles de cada caso. A partir de la información brindada, tomó conocimiento de que la AFIP presuponía que los escribanos cobraban el 2% en concepto de honorarios para escrituras de compraventa.

En reuniones mantenidas con autoridades de ese organismo, la Mesa de Enlace planteó las inquietudes de esta situación y brindó información sobre las particularidades de la facturación notarial; se envió el detalle de los ítems que integran esta facturación en cuanto a los conceptos gravados y no gravados. También se aclaró respecto de la vigencia de los decretos 2284/91 y 240/99 que suprimieron el carácter de orden público de las escalas arancelarias. Asimismo, se informó que el 2% es el arancel orientativo que el Colegio toma como referencia, pero que no es obligatorio.

Los representantes de la AFIP informaron que las verificaciones involucraban a escribanías de todo el país y se comprometieron a analizar la información brindadas por nuestro Colegio.

No obstante continuar las tratativas de la Mesa de Enlace, dado que la AFIP tiene competencia para efectuar las verificaciones pertinentes sugerimos que, ante estas situaciones, continúen los trámites pertinentes cumpliendo los plazos de la Ley  de Procedimiento Administrativo.

Aclaramos que la Mesa de Enlace es un canal de encuentro que la actual administración de la AFIP puso nuevamente en funcionamiento después de años de inactividad.

32 Jornada Notarial Argentina – Acreditación de puntaje

24, 25 y 26 de 2016, Ciudad de Buenos Aires

Se informa a los señores escribanos que el Consejo Directivo ha resuelto otorgar 20 puntos para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404 a aquellos colegas que presenten trabajos individuales -que no hayan sido presentados en otros ámbitos- y asistan a la 32 Jornada Notarial Argentina (Res. CD 253/16).

La confirmación de la asistencia es requisito indispensable para la acreditación del puntaje.

Más información: http://32jna.colegio-escribanos.org.ar/

Inspección General de Justicia (IGJ) – Resolución General 11/2016

La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 11/2016, que establece el régimen de recepción de trámites del organismo durante la feria judicial, que tendrá lugar del 18 al 29 de julio (ambas fechas inclusive). La IGJ ha informado que mantendrá su funcionamiento normal con las limitaciones que surgen de los artículos 2º (oficios judiciales) y 3º (trámites excluidos) de esta norma.

Haga clic aquí para acceder a la Res Gral 11/2016

Inspección General de Justicia (IGJ) – Resolución General 10/2016

La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 10/2016 mediante la cual se prórroga por el término de 90 días hábiles administrativos, contados desde el 10 de junio de 2016, la suspensión del Operativo Declaración Jurada Resolución General IGJ Nº 1/2010, dispuesta por la Resolución General IGJ Nº 4/2016.

Haga clic aquí para acceder a la Res Gral 10/2016

Artículo 37 de la Resolución Normativa 18/16 de ARBA – SIESBA

Conforme a lo establecido por el artículo 37 de la Res. Nor. 18/16 de ARBA (nuevo aplicativo SIESBA), hacemos saber a los colegas que la copia simple digitalizada (en formato pdf) reemplaza a una de las copias simples que se envía en soporte papel para su visación; la restante deberá seguir enviándose del mismo modo que hasta ahora, ya que es la que recibe el sector Aportes del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires para su visación temprana.

Recordamos que para convertir el documento (la escritura) en formato pdf deberá:
– Para Windows: seleccionar la opción “Guardar como” y elegir como tipo de archivo la opción PDF.
– Para Linux (Open Office): seleccionar “Archivo” y luego Exportar en formato PDF.
– Para Mac:
– Si el documento está en Word: seleccionar “Archivo” y Guardar como PDF
– Si está utilizando Text edit: seleccionar “Archivo” y Exportar como PDF

Trabajo premiado en la XVIII Jornada del Notariado Novel del Cono Sur

El Colegio se complace en informar que el Esc. Néstor Daniel Goicoechea, miembro de la Comisión de Integración Profesional de nuestro Colegio, ha sido distinguido con el Primer Premio en el Tema I: Derecho Sucesorio de la XVIII Jornada del Notariado Novel del Cono Sur.

Sin duda el apoyo institucional instando a la capacitación del notariado novel es uno de los objetivos que nuesta institución comparte para lograr profesionales más completos y abiertos al mundo. Continuemos trabajando conjuntamente en ese camino.

Distinción internacional a ponencia argentina – Premio André Ducret

El Colegio se complace en informar que la ponencia argentina “La seguridad jurídica del mercado inmobiliario: la necesidad de instrumentos de regulación”, coordinada por el notario Eduardo Gabriel Clusellas y entre cuyos autores se encuentran las colegas de nuestra demarcación, escribanas Ana Lía Díaz Prandi, Águeda Crespo y Susana Bonanno, mereció el Premio Internacional André Ducret, del Consejo Permanente de la UINL, a la mejor contribución científica en cada uno de los congresos internacionales.

El trabajo galardonado en el marco de las reuniones institucionales de la UINL en Quito- Ecuador, fue presentado en el Tema 2 del XXVII Congreso Internacional del Notariado, en Lima-Perú, año 2013.

Los restantes autores del artículo trabajo fueron los escribanos Jorge Causse, Fátima Cosso, Graciela Curuchelar, Juan Carlos Dallaglio, Zulma Dodda, Carmen Magri, María Laura Rey, Carlos Agustín Sáenz y Gastón Zavala.

Este reconocimiento internacional a la labor de escribanos argentinos, refuerza el compromiso del notariado de la demarcación en el desarrollo académico y científico de nuestra profesión.

Haga clic aquí para acceder al trabajo “La seguridad jurídica del mercado inmobiliario: la necesidad de instrumentos de regulación” 

Información sobre el artículo 49 de la Res. Nor. 18/16 de ARBA

No obstante disponer el artículo 49 de la Res. Nor. 18/16 (último párrafo) que aquellos escribanos que opten por continuar utilizando durante el mes de junio el aplicativo SIPRESBA deberán comunicarlo mediante nota al organismo, a raíz de gestiones realizadas por nuestro Colegio, ARBA informó, en el día de la fecha, que no será necesaria la presentación de nota alguna.

Recordamos a los colegas que la utilización del nuevo aplicativo SIESBA será de uso obligatorio a partir del 1º de julio.

Cronograma de entrega de protocolos y libros de requerimiento 2011

Se pone a disposición de los señores escribanos el cronograma de entrega de los protocolos correspondientes a 2011 y los libros de requerimiento, que deberá realizarse en la sede del Archivo de Protocolos Notariales de Alsina 2280, en el horario de 10 a 14. Se ruega a los colegas tener en cuenta las pautas que se detallan en los link al pie de este mensaje.

Respecto de los libros de requerimiento, les recordamos que se estableció un plazo de 5 años para la entrega (tanto para libros como fojas móviles), plazo a contar a partir del día siguiente a la fecha de la última acta del libro, cuerpo espiralado o encuadernado de fojas.

Los escribanos titulares de registro y autorizados que opten por hacer entrega de los libros de requerimientos o fojas movibles para su destrucción al Archivo, deberán hacerlo el mismo día en que sean convocados para entregar sus protocolos correspondientes al año 2011

Haga clic aquí para acceder al cronograma de entregas de protocolo 2011

Haga clic aquí para acceder a las pautas para la entrega de protocolo

Haga clic aquí para acceder a la nota modelo

Haga clic aquí para acceder a la nota modelo para libros de requerimiento

RPI de la Capital Federal: DTRs Nº 9, 10 y 11/16

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado en el Boletín Oficial del lunes 6 de junio las Disposiciones Técnico Registrales 9,10 y 11/2016.

La DTR 9/16 establece que en virtud de la inhabilidad que resulta del inc. d) del art. 1002 del CCyC, merecerán el tratamiento al que hace referencia el art. 9 inc. b) de la ley 17801 los documentos por medio de los cuales el titular registral, al efectuar la transmisión de la nuda propiedad, además, de reservarse para sí el usufructo, haga extensiva la reserva al cónyuge no titular.

La DTR 10/16 indica que en todo documento que se presente para la anotación de Inhibición General de Bienes sobre una Persona Jurídica, deberá consignarse, a los efectos de evitar la posibilidad de casos de homonimia, además de los datos establecidos en el artículo 13 del decreto 2080/80 T.O. Dec. 466/99, la CUIT de la misma.

Por su parte, la DTR 11/16 establece que será de aplicación el artículo 23 de la Ley 17801 cuando se autoricen escrituras en las cuales el usufructuario transmita o renuncie al derecho real de usufructo.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 9/16

Haga clic aquí para acceder a la DTR 10/16

Haga clic aquí para acceder a la DTR 11/16

Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF) – Reunión de la Comisión de Derecho Tributario Notarial

Coordinadores: Emir J. Pallaviccini, Viviana C. Di Pietromica y Esc. P. Julián González Mantelli

El martes 7 de junio a las 18.30 h se realizará la reunión mensual de la Comisión de Derecho Tributario Notarial, en la Asociación Argentina de Estudios Fiscales, Av. Julio A. Roca 751 EP “B”.

La modalidad de trabajo consiste en una reunión mensual, el primer martes de cada mes, alternando el lugar de reunión entre el Colegio de Escribanos y la sede de la AAEF, de la que participarán los escribanos junto con contadores y abogados. En los encuentros se tratarán temas seleccionados previamente por los coordinadores.

Quienes deseen participar de las reuniones de esta comisión, deben enviar un correo electrónico a info@colegio-escribanos.org.ar.

Haga clic aquí para acceder al material

Nueva versión del Aplicativo Minuta

Provincia de Buenos Aires

Se informa a los colegas que se encuentra disponible para su descarga en la página del Registro de la Propiedad (www.rpba.gov.ar) la nueva versión 4.3.0 del aplicativo “Minutas”, que reemplaza a la actualmente vigente.

Los usuarios que utilicen el nuevo aplicativo on line SiEsBA generarán desde la web la información para confeccionar las minutas. La nueva versión del aplicativo “Minutas” es necesaria para:

1. Importar el archivo generado desde SiEsBA al iniciar el sistema Minutas (archivo XML).
2. Traer automáticamente desde SiEsBA los datos de las Partes Intervinientes al agregar una escritura.
3. Traer automáticamente desde SiEsBA los datos del Inmueble al crear la minuta.
4. Seleccionar nuevos valores en la lista desplegable de nacionalidad (por ejemplo,“Eslovaca”) en la ventana “Partes Intervinientes en la escritura”.

Instalación
Existen dos alternativas: en el caso de que usted tenga instalada la versión anterior de Minutas, deberá correr la actualización -archivo denominado “Actualizador de V 3.2.1 a V 4.3.0”-; por otra parte, si no posee en su equipo la versión original del sistema de Minutas, deberá buscar y ejecutar el archivo llamado “Instalador V 4.3.0 – Total”. En ambos supuestos, el mismo programa lo guiará durante el proceso.

Para descargar la nueva versión del aplicativo “Minutas” haga clic aquí

MUY IMPORTANTE: Nueva versión del aplicativo SiPrEsBA

Se informa a los colegas que se encuentra disponible la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA), versión 7 Release 00. Esta nueva versión estará vigente para las escrituras otorgadas a partir del 1º de junio. Se han incorporado nuevos códigos de actos  en la tabla de actos notariales de Provincia de Buenos Aires, que contemplan algunas de las nuevas incumbencias notariales que se han originado en la aplicación del Código Civil y Comercial de la Nación.

Dichos actos, con vigencia en el SiPrEsBA para escrituras otorgadas a partir del 1° de junio, son los siguientes:
1) Código 560 – Subrogación real de afectación a vivienda – Art. 248 CCC. Arancel: Art. 7º k). Aporte: Fijo.
2) Código 561 – Desafectación de bien de familia / vivienda – con reserva de subrogación real. Arancel: Art. 7º k). Aporte: Fijo.
3) Código 729 – Pacto de convivencia: existencia / modificación / rescisión / extinción – Art. 513 y ss. CCC. Arancel: de $ 1.750 a $ 17.500. Aporte: Fijo.
4) Código 734 – Otras publicidades con vocación registral. Incluido al solo efecto registral.
5) Código 336 – Oferta de hipoteca. Arancel: Art. 7º s). Aporte: Fijo.
6) Código 801 – Convenciones matrimoniales – Art. 446 y ss. CCC. Arancel: de $ 1.750 a $ 17.500. Aporte: Fijo.
7) Código 802 – Modificación del régimen patrimonial del matrimonio. Arancel: de $ 1.750 a $ 17.500. Aporte: Fijo.
8) Código 803 – Consignación extrajudicial de sumas de dinero – Art. 910 CCC. Arancel: Art. 4º. Aporte: Escala.
9) Código 804 – Recibo de consignación extrajudicial de sumas de dinero – Art. 910 CCC. Arancel: Art. 7º f). Aporte: Escala.
10) Código 805 – Intervención notarial en títulos valores – Art. 1850 CCC. Arancel: Art. 11. Aporte: Escala.
11) Código 806 – Inventario en derecho real de usufructo – Art. 2137 CCC. Arancel: Art. 2º. Aporte: Escala.

Haga clic aquí para descargar la nueva versión del SIPREsBA

MUY IMPORTANTE: Aclaración sobre el SIEsBA

Tal como fue comunicado por esta vía el pasado 30 de mayo, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha dictado la Resolución Normativa 18/16, mediante la cual se implementa la nueva aplicación web SIEsBA. Esta consiste en un sistema web que sustituye el SIPREsBA e incorpora los datos de los intervinientes, validados a través de su CUIT/CUIL o CDI, y los datos y valuación de los inmuebles, validados a través de los certificados catastrales, los que serán replicados al sistema Minutas.

Sin perjuicio de lo indicado en el texto de la norma, ARBA ha informado que el nuevo sistema coexistirá con el SIPRESBA a los efectos de la carga de las escrituras durante la primera y segunda quincena del mes de junio.

Recordamos a los colegas que la utilización del nuevo aplicativo SIESBA será de uso obligatorio a partir del 1º de julio.

Haga clic aquí para acceder al instructivo del SIESBA

AFIP: Inconvenientes en la actualización del nuevo aplicativo SICORE

El Colegio ha tomado conocimiento de que se ha verificado un error interno en la actualización de la versión 8.0 Release 26 del aplicativo SICORE de AFIP. Por ello, al intentar imprimir los certificados generados con el nuevo aplicativo el sistema devuelve el siguiente mensaje: “Error 20533 Imposible abrir la base de datos”.

De acuerdo a lo informado por el organismo, para solucionar el error deberán seguirse los siguientes pasos:

1 – Cierre todos los aplicativos y el S.I.Ap.
2 – Descargue el archivo “certret.zip
3- Descomprima y copie los archivos “certret.rpt” y “certretb.rpt” en la carpeta del aplicativo SICORE. Si instaló el SIAP por defecto, esta carpeta se encuentra ubicada en el disco C:\Archivos de programas\SIAp\AFIP\SICORE.
4 – Ingrese al SICORE y solicite nuevamente la impresión del certificado.

La AFIP ha informado que este inconveniente será solucionado en la próxima actualización del aplicativo.

Comisión de Escribanos Referencistas – Mesas Redondas

Mes de junio

Se informa a los colegas que las Mesas Redondas de Consultas de la Comisión de Escribanos Referencistas del mes de junio se realizarán los días miércoles 8 y 22 de junio de 10 a 11 h, en el 2° piso del Archivo de Protocolos Notariales. Durante estos encuentros se analizará la reforma del Código Civil y Comercial, haciendo especial énfasis en el estudio de títulos.

Aquellos interesados en participar podrán enviar sus consultas previamente por mail (comisiondereferencistas@gmail.com), las cuales serán leídas en la mesa redonda y resueltas entre los participantes. Al finalizar el encuentro, los asistentes tomarán nota de las conclusiones a fin de ponerlas a disposición de todos los escribanos.

Dirección Provincial del Registro de las Personas – Disposición Nº 1094/2016

Identidad de género

La Dirección Provincial del Registro de las Personas ha publicado la Disposición Nº 1094/2016 referida a identidad de género, mediante la cual se establece la inmovilización y reinscripción de actas (nacimiento, matrimonio, uniones convivenciales), adecuándolas a la nueva identidad del requirente.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

AFIP: Resolución General 3884/16

Se informa a los colegas que fue publicada la Resolución General 3884 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), modificatoria de la Resolución General Nº 830, referida al régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, mediante la cual se elevan los mínimos no imponibles.

Cabe destacar que, respecto de las profesiones liberales, el mínimo no imponible se elevó a $ 7.500. La disposiciones de esta resolución serán de aplicación a los pagos que se efectúen a partir del 1º de junio de 2016.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) – Resolución Normativa Nº 18/16

Se informa a los colegas que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 18/16, referida a la implementación de la nueva aplicación web “SiEsBA” que deberán utilizar los escribanos públicos, a fin de cumplir con las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y pagos que les correspondan en su carácter de agentes de recaudación.

La presente regirá respecto de los actos o escrituras en los que intervengan los escribanos públicos a partir del 1º de junio de 2016.

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Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos – Convenio de Cooperación Técnico Financiero

Nuevos valores

En el marco del Convenio de Cooperación Técnico Financiero entre la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y el Colegio, la AGIP ha informado los nuevos valores para la solicitud de los certificados de ABL, vigentes a partir del 1º de julio de 2016.

– Solicitudes vía web    $ 270
– Solicitudes en soporte papel    $ 300
– Formulario de solicitud    $ 50
– Solicitudes que el GCBA requiere que se presenten en soporte papel (Ej. partidas exentas e incorporaciones edificios)    $ 270
– Solicitudes para actos vinculados al IVC (vendedor – acreedor hipotecario)    EXENTO

 

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) |Res. Gral. 3885/16

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado en el Boletín Oficial del martes 24 de mayo la Resolución General 3885, referida al régimen aplicable para garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales. En el Título V, sección Hipoteca, artículo 34 se hace mención a las escrituras públicas de constitución de garantías hipotecarias.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Postergación del curso “Subsanación de Sociedades”

Se informa a los señores escribanos que el Curso “Subsanación de Sociedades” previsto para el miércoles 1º de junio de 9.30 a 11.30 h, ha sido postergado por inconvenientes de agenda del Dr. Osvaldo Norte Sabino.

Atento a ello, la actividad será reprogramada para una nueva fecha que será comunicada por esta vía a la brevedad posible.

Campus Virtual – Cursos disponibles que no acreditan puntaje

Se informa a los colegas que se habilitó en el Campus Virtual el curso Compraventa. Tratativas contractuales y contratos preliminares, a cargo del Dr. Julio Conte Grand. Esta actividad se encuentra disponible en su doble modalidad: tanto como curso de libre navegación que permite ver el contenido pero no acredita puntaje, así como en su versión válida para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404 (incluye actividades, cuestionarios, etc).

Bajo la modalidad que no otorga puntaje, además se encuentran disponibles los siguientes cursos:

– Régimen patrimonial del matrimonio (Esc. Capparelli)

– Modificación al régimen de sociedades (Dr. Vítolo)

– Propiedad horizontal (Dr. Kiper)

– Conjuntos inmobiliarios (Esc. De Hoz)

– Derecho real de superficie (Dr. Pepe)

Informe de la asesora previsional del Colegio

A raíz de consultas recibidas de algunos colegas referidas a la obligatoriedad de efectuar aportes de autónomos como condición preliminar para la obtención de los beneficios jubilatorios reconocidos por la Ley 21.205, la asesora previsional del Colegio destaca algunas cuestiones fundamentales a tener en cuenta:

– De acuerdo a lo previsto por los artículos 2º inc b y c; 3º ; 4º, inc a y 5º inc a de la Ley 21.205, las prestaciones de seguridad social son de carácter complementario: esto implica que su percepción depende del otorgamiento previo de los beneficios previsionales por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social  (ANSES).

– Para la obtención de los beneficios mencionados (jubilaciones o pensiones), el régimen nacional exige 30 años de aportes y 60 años de edad para las mujeres y 65 años para los hombres. Por lo tanto, si por falta de aportes regulares, ANSES denegara el pedido de jubilación o pensión, resultará imposible percibir las prestaciones del régimen complementario de la Caja Notarial.

En consecuencia, y considerando que en la actualidad rigen normas que permiten regularizar las deudas de carácter previsional, se sugiere a los colegas revisar la situación relativa a los aportes autónomos a fin de adecuarlas a la normativa vigente con el fin de evitar inconvenientes al momento de acogerse a los beneficios jubilatorios.

150º Aniversario del Colegio – Obsequio: Brochure institucional

En el marco de la celebración del 150 Aniversario de nuestro Colegio de Escribanos y como un homenaje a su trayectoria, los colegas recibirán en sus escribanías un brochure institucional que testimonia algunos hitos centrales de ese pasado que tanto nos enorgullece.

Enviamos también -para los escribanos en actividad- la foja alusiva al Aniversario, como carátula de apertura en el protocolo 2016, que tiene carácter optativo y fue donada por la empresa Gráfica Latina.

Esperamos que disfruten de este libro que buscan dejar un testimonio palpable de esta fecha tan significativa para toda la comunidad notarial.

RPI Capital Federal – Instrucciones de trabajo Nº 7 y 8/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha hecho llegar a nuestro Colegio las instrucciones de trabajo Nº 7 y 8/16, referidas a extinción de hipoteca; efectos de la subasta, criterio de aplicación del art. 2203 CCCN (IT Nº7/16) y a adecuación del número, ubicación (piso) y/o superficie, ante discrepancias entre el plano y lo asentado en la escritura de Reglamento (IT Nº 8/16).

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Convocatoria a Asamblea Extraordinaria

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 27 del Estatuto en vigor, ha resuelto convocar a Asamblea Extraordinaria para el miércoles 29 de junio de 2016, a las 18:00 horas (primera citación) y a las 19:00 horas (segunda citación), la que tendrá lugar en el salón Gervasio A. de Posadas de la sede de la Av. Callao 1542 de esta ciudad, a fin de tratar el siguiente

ORDEN DEL DÍA:

1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los Secretarios, labren y aprueben el Acta, que firmarán con el señor Presidente.

2°) Consideración del Proyecto de Presupuesto del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires – Período 1º de julio de 2016 al 30 de junio de 2017.

3º) Consideración del Proyecto de Presupuesto de la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social – Período 1º de julio de 2016 al 30 de junio de 2017.

4º) Aceptación o rechazo de herencia. Testamento otorgado por la escribana Sara Delina del Rosario Grandoli del Mármol (fallecida) a favor del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y la Fundación Colegio de Escribanos.

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Se encuentra en Secretaría, a disposición de los colegas que lo soliciten, la documentación para su análisis.

RPI Capital Federal – Disposición Técnico Registral Nº 8/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado en el Boletín Oficial del 17 de mayo la Disposición Técnico Registral Nº 8/2016, mediante la cual se establece que las certificaciones dominiales que se soliciten para autorizar actos a otorgarse en forma simultánea por quienes aún no son titulares registrales no generarán -en ningún caso- la reserva de prioridad a que hace referencia el artículo 25 de la ley 17.801, y para el supuesto de ser peticionado se expedirán como informes. Por consiguiente, en tales casos, sólo será necesario efectuar la solicitud de certificación sobre el estado jurídico de las personas (inhibiciones).

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Pautas de Inspección de Protocolos – Aclaración

El 11 y 12 de mayo se publicaron por esta vía pautas del Departamento de Inspección de Protocolos adaptadas a las modificaciones introducidas al Código Civil y Comercial de la Nación. En razón de algunas consultas de colegas sobre las pautas referidas al artículo 305 inciso b) del CCCN, se hacen llegar algunas consideraciones:

1) Domicilio de los comparecientes y/u otorgantes: El artículo 305 del CCCN expresa que la escritura debe contener el “… domicilio real y especial si lo hubiera …”. A su vez el artículo 73 del CCCN define domicilio real estableciendo que es el lugar de residencia habitual de la persona y agrega que, si ejerce actividad profesional o económica, lo tiene en el lugar donde la desempeña para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de dicha actividad. Siempre debe expresarse el domicilio real, tanto del compareciente como del otorgante, no siendo necesario consignar la palabra “real”. A modo de ejemplo, el representante de una sociedad podrá tener su domicilio “real” en la sede social.
Por su parte, el artículo 75 del CCCN define el domicilio especial como el que pueden elegir las partes de un contrato para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de él emanan. Este domicilio se asemeja al domicilio constituido en los contratos y figura usualmente en las hipotecas y fideicomisos.
2) Domicilio legal: El artículo 74 del CCCN establece que “El domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Sólo la ley puede establecerlo …” Por ello, el domicilio legal ha quedado reducido a los casos especificados en el artículo 74 y a los que surjan de otra normativa.
3) Domicilio social y datos de inscripción de la constitución si corresponde: El artículo 305 del CCCN expresa que, si el otorgante es una persona jurídica, la escritura debe contener su denominación completa, el domicilio social y los datos de inscripción de su constitución si corresponde. Por domicilio social debe entenderse la jurisdicción de la persona jurídica, diferenciándose de la sede social. La expresión “datos de inscripción de su constitución si corresponde” se interpreta como que debe constar el dato de inscripción siempre que la persona jurídica se encuentre inscripta y en todo acto que otorgue, pero no así en las actas. A modo de ejemplo, no se consignarán los datos de inscripción de la Iglesia Católica, del Enargas, la Biblioteca Nacional ni de cualquier otra persona jurídica que no tuviere datos de inscripción.
4) Comparecientes y/u otorgantes: El concepto de compareciente está plasmado en los Fundamentos del nuevo código al expresar: “En la Sección 5ª se siguen criterios conocidos. Referente a los requisitos de la documentación, se indica que la expresión compareciente, que es propia del lenguaje notarial, abarca a las partes, testigos, cónyuges u otros intervinientes en el acto.” y también en el artículo 301 del mismo cuerpo legal, que contempla los requisitos de las escrituras públicas, cuando dice: “El escribano debe recibir por sí mismo las declaraciones de los comparecientes, sean las partes, sus representantes, testigos, cónyuges u otros intervinientes.”

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Instrucción de trabajo 6/2016

Se remite a los colegas la Instrucción de trabajo 6/2016, publicada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante la cual se establecen los criterios registrales aplicables en la calificación del régimen de protección de la vivienda (artículos 244 a 256 del CCCN).

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XXXII Jornada Notarial Argentina – Reuniones preparatorias Tema I

24 al 26 de agosto, Ciudad de Buenos Aires

Se invita a los colegas que presentarán trabajos en la XXXII Jornada Notarial Argentina a la reuniones preparatorias con los coordinadores por el Colegio del Tema I, Maritel Brandi Taiana y Alfonso Gutiérrez Zaldívar, a realizarse los días martes 24 de mayo a las 10 h y el jueves 26 de mayo a las 18.30 h, en la sala anexo de Secretaría, Av. Callao 1542, 1º piso.

Tema I: “Persona Humana. Capacidad Jurídica. Principios Generales. Capacidad de Ejercicio y de Derecho. Restricciones a la capacidad Jurídica. Sistema de apoyos al ejercicio de la Capacidad Jurídica. Sentencia. Efectos. Registración. Menor de Edad y Adolescente. Tutela y Curatela.” Coordinador Nacional: Néstor Lamber – Email: nestorlamber@fibertel.com.ar | Coordinadores del Colegio: Maritel Brandi Taiana y Alfonso Gutiérrez Zaldívar.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal: DTR Nº 7/2016

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral 7/2016, mediante la cual se establece que, cuando se presenten a registración documentos que contengan declaratorias de herederos o testamentos sin que exista partición, sólo se tomará razón de los datos personales en relación con los sucesores y – en su caso- cónyuge supérstite, sin consignarse proporción alguna. Entrada en vigencia: a partir del 1º de octubre de 2016.

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Pautas del Departamento de Inspección de Protocolos Código Civil y Comercial de la Nación

Se ponen a disposición de los colegas nuevas pautas para el Departamento de Inspección de Protocolos relacionadas con el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobadas por el Consejo Directivo.

Interpretación del inc. e) Art. 305 CCCN- Salvados: Establecer que el inciso e) del artículo 305 del CCCN, que dispone: “Las enmiendas, testados, borraduras, entrelíneas, u otras modificaciones efectuadas al instrumento en partes esenciales, que deben ser realizadas de puño y letra del escribano y antes de la firma” debe interpretarse como referido a los salvados (Acta de C.D. N° 3962 del 13-01-16, Resolución N° 10/16).

Inscripción de testamentos y sus revocatorias- Arts. 29 inc. h) y 164 Ley 404: Se resuelve como pauta de inspección y de evaluación de expedientes, que los inspectores observen la falta de inscripción de las escrituras de testamento y sus revocatorias en el Registro de Actos de Última Voluntad, no admitiéndose la dispensa de inscripción para dichos actos (Acta de C.D. N° 3962 del 13-01-16, Resolución N° 10/16).

Orden de nupcias y nombre del cónyuge – Art. 305 Inc. b) CCCN: El Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión del grado de nupcias y el nombre del cónyuge de los sujetos negociales sólo cuando fueren casados y siempre que ello resultare relevante por la naturaleza del acto, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN, en Venta, Permuta, Dación en pago, Hipoteca, Cesión de Crédito Hipotecario, Transferencia de taxi con vehículo, o en otros actos de disposición (Acta de C.D. N° 3971 del 20-04-16, Resolución N° 153/16).

Omisión de la constancia documental de la lectura- Art. 305 inc. d) CCCN: Al inspeccionar escrituras posteriores al 1º de agosto de 2015, el Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión de la constancia documental de la lectura, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso d) del CCCN. A los fines disciplinarios, dicha omisión puede ser subsanada por nota marginal. En caso de actas y sus diligencias, la lectura y su constancia documental dependerán del objeto de la comprobación y del acontecimiento de los hechos (Acta de C.D. N° 3971 del 20-04-16, Resolución N° 154/16).

Procedimientos delictivo en escribanías | Modus operandi

A raíz del robo efectuado a una escribanía en los últimos días en el barrio de Belgrano, se advierte el proceder delictivo utilizado, a fin de que los colegas tomen los recaudos necesarios.

Modus operandi:
El escribano no se encontraba en la escribanía, sí su personal. Los delincuentes se presentaron a cara descubierta, expresando ser motoqueros con correspondencia para entregar (de una empresa no conocida). Ingresaron al edificio de manera desconocida y tocaron directamente el timbre de la escribanía. Ingresaron con armas y maniataron a los empleados.

Recomendamos a todo el notariado extremar las medidas de seguridad.

Archivo de Protocolos Notariales – Tareas de mudanza de protocolos

Se informa a los colegas que, a partir del lunes 23 de mayo, comenzarán las tareas de mudanzas de protocolos correspondientes a los años 1968 a 1970 (inclusive), con un traslado total de 12.272 tomos desde el edificio de Alsina 2280 a la sede de Chorroarín 751. Las tareas demandarán 12 días hábiles, plazo que podrá extenderse por cuestiones climáticas u otras situaciones que pudiesen poner en riesgo la conservación de los protocolos.

Por este motivo, informamos que el Archivo prestará los servicios habituales con la mitad de su personal. Sin perjuicio de ello, la entrega de protocolos para exhibición se realizará en los plazos habituales, salvo en aquellos casos en los que el requerimiento recaiga sobre algunos de los tomos que se encuentran bajo traslado, donde puede verificarse alguna demora adicional.

Solicitud de certificados de vigencia de matrícula a través de la Mesa de Entradas Virtual

Los certificados de vigencia de matrícula y actuación profesional deben solicitarse exclusivamente a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV), sin necesidad de contar con firma digital. El ingreso a la MEV se realiza a través del Acceso Restringido Único de la página web del Colegio. Los certificados emitidos se retiran por Mesa de Entradas, Av. Las Heras 1833, dentro de las 48 horas de haber sido solicitados.

A continuación se detalla el paso a paso del trámite:
1. Ingresar al Acceso Restringido Único.
2. Entrar a la MEV.
3. Seleccionar el trámite 8 (Solicitud de certificado de matrícula vigente).
4. Ingresar el nombre del organismo en el que se presentará el trámite.
5. Seleccionar Enviar.
6. En 48 h hábiles el certificado se retira por Mesa de Entradas, Av. Las Heras 1833.

Pautas de Inspección de Protocolos

Se ponen a disposición de los colegas las pautas de Inspección de Protocolos, aprobadas por el Consejo Directivo en su sesión del 27 de abril, referidas al artículo 305 inciso b) del CCCN.

1. Al inspeccionar escrituras posteriores al 1° de agosto de 2015, el Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión de la fecha de nacimiento, el número de documento y el domicilio real de un compareciente, cualquiera sea el carácter que revista en la escritura, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN.

La forma de subsanación de dicha omisión es el otorgamiento de una escritura complementaria por el titular de los datos omitidos. El supuesto de error de tipeo en la fecha de nacimiento, en la clase o en el número del documento de identidad o en el domicilio real consignado en la escritura puede ser corregido por nota marginal en base a documentación fehaciente, cuya fotocopia debe ser agregada, incluso si el compareciente ha sido identificado por conocimiento del autorizante.

2. Al inspeccionar escrituras posteriores al 1° de agosto de 2015 en las que la otorgante sea una persona jurídica, el Departamento de Inspección de Protocolos observará en las escrituras públicas y no así en las actas notariales, la omisión del domicilio social y/o de los datos de inscripción de la constitución si correspondiere -no de posteriores modificaciones-,conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN.

La forma de subsanación de dicha omisión es el otorgamiento de una escritura complementaria por el representante de la misma. El supuesto de error en el domicilio social o en los datos de inscripción de la constitución de la persona jurídica consignados en la escritura puede ser corregido por nota marginal en base a documentación fehaciente, cuya fotocopia debe ser agregada. Se entenderá por domicilio social la jurisdicción de la persona jurídica, diferenciándose de su sede social.  (Resolución CD N° 165/16)

Comisión de Escribanos Referencistas – Mesas redondas

Mes de mayo

Se informa a los colegas que las Mesas Redondas de Consultas de la Comisión de Escribanos Referencistas del mes de mayo se realizarán los días miércoles 11 de mayo y martes 24 de mayo (excepcionalmente por el feriado del miércoles 25 de mayo), de 10 a 11 h, en el 2° piso del Archivo de Protocolos Notariales.  Durante estos encuentros se analizará la reforma del Código Civil y Comercial unificados, haciendo especial énfasis en el estudio de títulos.

Aquellos interesados en participar podrán enviar sus consultas previamente por mail (comisiondereferencistas@gmail.com), las cuales serán leídas en la mesa redonda y resueltas entre los participantes. Al finalizar el encuentro, los asistentes tomarán nota de las conclusiones a fin de ponerlas a disposición de todos los escribanos.

Modificación del Aporte Notarial Mínimo

Colegio de Escribanos de Provincia de Buenos Aires

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ha informado a nuestra institución que resolvió establecer el importe de $ 125 como aporte mínimo para escrituras realizadas por escribanos de nuestra demarcación, sobre inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires.

Dicho valor comenzará a regir a partir del 1º de junio del corriente.

Fiscalizaciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

IMPORTANTE

El Colegio ha tomado conocimiento que, en los últimos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha realizado fiscalizaciones en diferentes escribanías, cuyos titulares revisten el carácter de responsables inscriptos ante el organismo. Atento a ello, a fin de que la Comisión de Enlace correspondiente pueda iniciar las gestiones para tomar conocimiento de los detalles de cada caso, solicitamos a aquellos colegas que se encuentren en proceso de fiscalización, tengan bien informar a info@colegio-escribanos.org.ar los siguientes datos: nombre y apellido, CUIT y agencia a la que pertenece.

Casilleros para depósito de documentación para escribanos

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha informado al Colegio que se encuentran disponibles casilleros libres para el depósito de documentación. La locación de los casilleros es semestral, con un arancel vigente de $ 420. Aquellos escribanos que estén interesados, deberán contactarse con el Sr. Carlos Rafti de la Oficina Expedientes de Secretaría de ese organismo para averiguar por el servicio.

Teléfonos del RPI Capital: 4383-9468 / 4381-2073 / 4381-4771 (líneas rotativas)

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo 2016

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo 2016. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 3.138
Monto involucrado $4.494,6 millones

En comparación con marzo de 2015, las escrituras repuntaron 14,1% en cantidad de actos y 84,2% en pesos, al equivalente a 301 millones de dólares de acuerdo al tipo de cambio que informa el Banco Central. En este caso, se elevaron 8,2% al tipo de cambio oficial y 55,6% al cambio libre, con un valor promedio de $1.432.327. Es decir, subió 61,5%, (a unos 95.872 dólares), que en ese caso significó una disminución de 5,1 por ciento.

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en marzo último un aumento de 63,5% respecto del mes anterior, al sumar 3.138 registros (1.219 actos más), mientras que el monto total de las transacciones realizadas se elevó 68,4%, a $4.494,6 millones.


Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA

El primer trimestre cerró con una recuperación de los actos escriturales de compra y venta de inmuebles de 13,8%, a 6.955 y de 80,2% en valor, a $9.849,6, con un precio promedio anotado de $1.412.772 que se elevó 58,8%, aunque en el equivalente en dólares de 97.782 bajó en 5,1% respecto de un año atrás.

La distribución de los actos en la Ciudad de Buenos Aires -en cinco segmentos por monto de operaciones- arrojó una mayor concentración en la franja de más de $700.000, con una representatividad de 64,1% del total, mientras que las escalas con valuaciones inferiores perdieron 27 puntos porcentuales de relevancia en comparación con igual período de un año antes.

Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En marzo, las escrituras formalizadas con constitución de hipoteca bancaria aumentaron a 401 casos, acusando una suba de 49,1%, al equivalente a 12,8% del total. Un año antes habían representado 9,8% de los actos. El promedio del quinquenio previo se ubicó en el equivalente a 14,9% del total de actos.

Mientras que en el acumulado del primer trimestre de 2016, los actos que fueron consumados con el uso de la garantía hipotecaria (porque el pago se completó con el uso del crédito de una entidad financiera) sumaron 954. En ese sentido, acusaron un incremento de 36,9% respecto de igual período del año anterior y alcanzaron una representatividad de 13,7%, la más alta desde 2013, cuando promediaron en ese tramo de tiempo 15,3%. Por el contrario, en valor, el monto de las hipotecas se achicó a 11,9% del importe total de la transacción, luego de haber tocado un máximo en ocho años en 2013 con 16,9% del total.


Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

 Descargar  el Comparativo primer trimestre 2015-2016 (Montos de escrituras de compraventa)

Descargar el Comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria del mes de marzo entre 2009 y 2016

Descargar el Comparativo trimestres 2009-2016 de escrituras con hipotecas bancarias