Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

AFIP – COVID19

Renovación de la Póliza del Seguro de Responsabilidad Civil

Se informa a los señores escribanos que se ha renovado la póliza del seguro de responsabilidad civil profesional con la Compañía Chubb Argentina de Seguros S.A., a través del bróker AON, de acuerdo a las siguientes pautas :

Vigencia: desde el 31 de enero de 2015 hasta el 31 de enero de 2016.
Moneda del contrato: dólares estadounidenses; esta decisión está fundada en la conveniencia de mantener el valor constante de la suma asegurada.

Importe asegurado por año: U$S 3.000.000 (antes: U$ 2.900.000)
Importe asegurado por escribano, por evento: U$ 155.000

Agregado anual: U$S 311.000, por asegurado.

Deducible: U$S 1500 (antes: U$ 2500)

Valor de la cuota mensual: U$S 34.16 con IVA e impuestos incluidos.

Este importe será liquidado en pesos a través de la boleta Ley 404. Para ello, se utilizará como referencia el tipo de cambio vendedor del Banco Nación del día en que el Colegio emita el pago de la cuota mensual de la póliza. Este valor será informado mensualmente al pie de la boleta de liquidación de la Ley 404.

Ampliaciones: Cada colega podrá pautar las sumas adicionales con la compañía aseguradora, de acuerdo con las necesidades puntuales que sean de su interés. Para hacerlo, podrán comunicarse con Alejandro Roca (4814-8000 / 8081) ó con Adrián Spinelli (4814-8000 / 8009).

NOVEDADES

-Hasta este momento, los escribanos que tramitaban su baja por jubilación podían optar por contratar una extensión de cobertura de dos o diez años, abonando por única vez una cuota del seguro con un costo porcentual del 50% o 150% respectivamente, sobre el último costo anual. Con esta nueva aseguradora se logró que la prórroga para aquellos escribanos que tramiten su jubilación sea por 10 años sin costo adicional.

-Se mantuvo la cobertura sobre los gastos de defensa en todos los fueros: en el fuero Civil y Comercial -incluyendo la etapa instructoria- limitados hasta el valor de la suma asegurada individual. En el fuero Penal, será de hasta el 15% del valor de la suma asegurada individual.

-Se disminuyó el deducible, monto mínimo que paga cada escribano cuando le inician reclamo y/o cuando tiene sentencia en contra. Antes este monto era de 2.500 dólares y ahora es de 1.500 dólares.

-La firma reconocerá en dólares todo lo que significa derecho de imagen y amparo por infidelidad de empleados, que pasa a ser de 5.000 dólares (antes: U$S 3000) y se amplía el plazo para la notificación que pasa a ser de 30 días para informar a la compañía luego de conocer el hecho que genera el reclamo. Este plazo le permite al escribano intentar solucionar previamente el problema antes de llegar al conflicto judicial.

-Se mantienen los mismos estudio jurídicos que contemplaba la póliza vigente, pudiendo optar cada escribano en su caso particular. Para aquellos colegas que contraten pólizas individuales en exceso, se les mantendrán los mismos costos que tenían con la compañía anterior.

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición 8/15 – Actualización de valores

Se remite a los colegas la copia oficial de la Disposición Nº 8/15 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (RPI), mediante la cual el organismo ha informado recientemente la actualización de los valores de las contribuciones especiales, a partir del 1º de febrero.

Haga clic aquí para acceder a los nuevos valores

Registro Nacional de las Personas – Resolución 3117/2014: Prórroga de la Resolución Nº 3020/2014

Se recuerda a los colegas que, a partir del 1º de julio de 2015, será obligatorio que todos los requirentes cuenten con el nuevo DNI digital. La Resolución Nº 3020/2014, del 31 de octubre de 2014, estableció la obligatoriedad del canje de los documentos de identidad de confección manual emitidos por el Registro Nacional de las Personas por el nuevo DNI y la Resolución 3117/2014 prorrogó el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución N° 3020 hasta el 30 de junio de 2015.

Quedan exceptuados de este requisito las personas nacidas antes del 1º de julio de 1940.

Para acceder al dictamen haga clic aquí

Haga clic aquí para acceder a la Res. 3117/2014

Haga clic aquí para acceder a la Res. 3020/2014

Ley Nº 5196 – Modificaciones al Codigo Fiscal

Se recuerda a los colegas que el el 22 de enero del corriente fue publicada en el Boletín Oficial la Ley Nº 5196, mediante la cual se introdujeron nuevas modificaciones al Código Fiscal vigente (modificado por la Ley 4469). Atento a ello, el Dr. Emir J. Pallavicini ha elaborado un informe con los principales cambios que introduce esta nueva norma referida a las operaciones de ??transmisión de dominio de inmuebles de uso residencial por el Instituto de la Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires y/o Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y/o Corporación Buenos Aires Sur”.

Haga clic aquí para acceder al informe

Haga clic aquí para acceder a la Ley Nº 5196

MUY IMPORTANTE: Solicitud de prórroga: Nueva normativa sobre autorizaciones para conducir emitidas por escribanos

Se informa a los colegas que nuestra institución junto con el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, a través del Consejo Federal, han solicitado a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios una nueva prórroga para la entrada en vigencia de la D.N. Nº 557 que establece la obligatoriedad de la registración en la página de la DNRNPACP de las autorizaciones para conducir y/o exportar temporariamente automóviles otorgadas ante escribano.

Hasta el día de la fecha, ambas instituciones están a la espera de la respuesta de ese organismo.

Las novedades al respecto serán informadas a la brevedad por esta vía.

Asesoría Jurídico-Notarial

El escribano Ángel Cerávolo no atenderá la asesoría a su cargo en el día de mañana, martes 27 de enero.

Por otro lado informamos que, el Esc. Francisco Cerávolo, a cargo de la asesoría en la sede de Alsina, se encontrará de licencia durante el mes de febrero.

Tareas de mantenimiento

El sábado 24 de enero de 2015, la página web del Colegio se encontrará fuera de servicio desde las 8 hasta las 14 h, por tareas de mantenimiento a realizarse sobre el grupo electrógeno del edificio.

Ley 27.098 – Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo

Se informa a los colegas que fue publicada en el Boletín Oficial del 22 de enero la Ley 27.098 que instituye el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo de los clubes de barrio y de pueblo mediante la asistencia y colaboración, con el fin de fortalecer su rol comunitario y social.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

ARBA: Resolución Normativa Nº 1/2015

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 1/2015 mediante la cual se sustituye el artículo 1º de la de la Disposición Normativa Serie “B” N° 40/06, por el siguiente: Todos los contribuyentes que posean expedientes en trámite de fiscalización vinculados con los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, una vez liquidadas las diferencias por el agente fiscalizador, podrán prestar o no conformidad a los ajustes correspondientes a favor del Fisco, ingresando en la página web de ARBA.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

ARBA: Resolución Normativa Nº 077/14

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 077/14, mediante la cual establece que el Impuesto Inmobiliario Complementario correspondiente al año 2015 alcanzará únicamente a aquellos sujetos que, al 1º de enero de ese año, revistan carácter de únicos propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño, de más de un inmueble de la planta urbana edificada, y/o de más de un inmueble de la planta urbana baldía, y/o más de un inmueble de las plantas rural y/o sub-rural, consideraras estas dos últimas plantas en forma conjunta.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. 077/14

AFIP: Resolución General 3713

La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó la Resolución General 3713 mediante la cual se establece el procedimiento de registración, autenticación y autorización de usuarios denominado ?Clave Fiscal?, a los fines de habilitar a las personas físicas a utilizar y/o interactuar, en nombre propio y/o en representación de terceros, a través del sitio ?web? de ese organismo con aquellos servicios informáticos a los que se refiere la presente normativa.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma

Circular 3354

Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,

Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.

Compra de créditos para la realización de trámites on line en el RPI

Se informa que se encuentra disponible en la página web del Colegio el sistema para la compra de créditos, que permite realizar la solicitud de trámites on line a través del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires (www.rpba.gov.ar).
Los colegas deberán ingresar con su usuario y contraseña e indicar el tipo de crédito y cantidad a adquirir. Una vez confirmada la compra, el sistema emitirá una constancia de la operación en la que figurará un detalle de los créditos comprados. El importe de los créditos será descontado de la boleta de aportes de la Ley 404.

IMPORTANTE: Para poder utilizar este sistema los escribanos deberán tener su firma registrada en el RPI BA (sede La Plata). Aquellos escribanos que hayan realizado trámites presenciales allí, ya la tienen registrada y no deberán volver a hacerlo. El trámite de registración se realiza de manera personal en la sede del RPI de La Plata.

Recepción del PIN por correo electrónico: los créditos adquiridos no podrán ser utilizarlos hasta que el escribano no tenga el PIN que le permite registrarse como usuario definitivo del sistema. El departamento de Secretaría del Colegio se encuentra enviando por mail el PIN correspondiente a cada colega. El correo electrónico que recibirá tendrá el siguiente asunto: “Nueva clave para acceder a trámites del RPI Provincia”.

Activación de los créditos:

Los créditos comprados antes de las 15:00 h de cada día hábil quedarán disponibles para su uso ese mismo día. Los créditos comprados después de las 15:00 h podrán ser utilizados el día hábil posterior.

Trámites que pueden solicitarse vía web:
Con respuesta inmediata – Sin valor legal

– Consulta de Antecedentes de Publicidad Registral (Informe 90 días)

– Consulta de Anotaciones Personales

Con respuesta diferida – Con valor legal (se deberán retirar en alguna sede del RPIBA en el lapso de 2 a 5 días hábiles)
– Informe de Dominio
– Consulta de índice de titulares
– Consulta de Dominio Folio Real

Es importante destacar que, a raíz de los diferentes valores de los formularios, cada tipo de crédito sirve sólo para realizar un tipo de trámite determinado. El escribano deberá prestar atención a este punto a la hora de efectuar la adquisición de créditos. Haga clic aquí para acceder al insructivo para la compra de créditos

Haga clic aquí para acceder al instructivo de los servicios web
en la página del RPIBA

Ley N.º 5234 – Exención del Impuesto de Sellos

Se pone a disposición de los colegas la Ley N.º 5234, publicada en el B.O. del 20 de enero de 2015, mediante la cual se sustituye el artículo 2° de la Ley 2972 por el siguiente: Son beneficiarias de las políticas de fomento previstas por la presente ley, las personas físicas o jurídicas radicadas o que se radiquen en el Distrito, cuya actividad principal en el mismo se refiera a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC),a través de la realización de alguna de las actividades que se señalan en el texto de la norma.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma

Aportes notariales e Impuesto de Sellos

Se recuerda a los colegas que el Instituto de Derecho Tributario del Colegio de Escribanos atiende consultas de colegas referidas a temas impositivos vinculados a nuestra actividad, temas de estudio profundizado de esta rama del derecho; dictámenes; análisis de normativa etc.

El Instituto atiende de manera presencial o bien por correo electrónico (instituto_derecho_tributario@colegio-escribanos.org.ar). Preferentemente las consultas deberán ser presentadas por escrito o bien enviadas por correo electrónico, con los datos del escribano consultante, su número de matrícula, una breve descripción del caso a consultar y el criterio personal del consultante.

Por otro lado, los escribanos de nuestra demarcación cuentan con la colaboración de la Asesoría de aportes del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires -a cargo del Esc. Valentín Egusquiza y de la Dra. Patricia Mc Clelland- en cuanto a consultas referidas a aportes notariales de Provincia. Las consultas podrán ser enviadas por correo electrónico a asesoriaaportes@colescba.org.ar , con los datos del escribano consultante, su número de matrícula, una breve descripción del caso a consultar y el criterio personal del consultante.

También se podrá consultar en forma telefónica al 4126-1861 (Esc. Valentín Egusquiza) o al 4126-1800 int. 1977/1861 (Dra. Patricia Mc Clelland) de 8 a 13 horas.

Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

En el marco de la sanción del Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación que comenzará a regir a partir de agosto de 2015, el Colegio ha organizado para esta año actividades de capacitación que abordarán los principales ejes de la reforma y permiten analizar las principales figuras jurídicas que fueron modificadas y atañen a la actividad notarial en su práctica diaria.

A partir del mes de febrero, los escribanos podrán participar de cursos y talleres donde se abordarán cuestiones tales como Régimen de las sucesiones, Régimen patrimonial del matrimonio, Derechos reales. Propiedad horizontal, Conjuntos inmobiliarios, Régimen de capacidad, etc., a cargo de destacados referentes y expositores en cada materia.

La oferta de cursos durante el mes de febrero constituye una excelente oportunidad para cumplir con los requisitos de actualización -establecidos por los artículos 38 y 39 de la Ley 404- en un período en que la actividad es más tranquila para la mayoría de los colegas y que les permite sumar puntos para el período 2015. La inscripción a todas las actividades ya se encuentra disponible en la página web del Colegio.

Haga clic aquí para acceder a los cursos disponibles

Consultas institucionales

Se recuerda a los señores escribanos que por temas institucionales siempre podrán comunicarse con el Consejero de Guardia al teléfono celular 15-4026-8127 de lunes a viernes de 10 a 20 horas.

Para más información institucional, usted podrá comunicarse con la Secretaría del Colegio al 4809-6806 / 6834 / 6849, de lunes a viernes de 9 a 17 horas.

Encuadernación de protocolos

El Colegio sugiere a los colegas tomar los recaudos necesarios a la hora de contratar servicios para la encuadernación de protocolos a fin de evitar inconvenientes en el cumplimiento de los plazos de entrega, el cuidado del protocolo y las dificultades que pueden presentarse, en algunos casos, para la realización de estudio de títulos.

Si bien estamos en época de crisis y la competencia en los precios resulta fundamental al momento de la selección, recomendamos que éste no sea el único factor a tener en cuenta. Actualmente, están circulando vía mail ofertas de algunos encuadernadores que son muy beneficiosas en cuanto a costos pero que no son garantía de calidad, guarda y cuidado de los protocolos y cumplimiento de los tiempos de entrega.

Se recomienda entonces que, al momento de seleccionar un servicio, se evalúe calidad, cumplimiento de los plazos de entrega, espacio físico donde se realiza la encuadernación, así como su costo.

Por último recordamos que:

a) Conforme a lo dispuesto por el artículo 67 del decreto reglamentario 1624/00, para la encuadernación de protocolos el ancho de los tomos no deberá superar los 20 cm. de espesor. Sin perjuicio de ello, se recomienda que los tomos no excedan los 16 cm., a efectos de facilitar la mejor conservación de los mismos. Asimismo, se recuerda que las encuadernaciones deben realizarse siempre dentro de la demarcación de la Cuidad de Buenos Aires.

b) Se deberá tener en cuenta el margen de encuadernación, en caso de ser necesaria la constancia de notas marginales en los protocolos, a fin de facilitar su lectura.

Se pone a disposición de los escribanos la nota enviada por los colegas a los encuadernadores con la normativa vigente al día de la fecha Haga clic aquí para acceder a la nota

Puesta en marcha del convenio con el RPI Provincia de Buenos Aires para la realización de trámites vía web

A partir del día de hoy, los escribanos podrán realizar la solicitud on line de trámites a través de la página web del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires (www.rpba.gov.ar), mediante la compra de créditos que se debitarán de la boleta de aportes de la Ley 404.

Compra de CRÉDITOS:
Los escribanos podrán adquirir distintos tipos de créditos a través de la página web del Colegio. Sólo deberán contar con su usuario y contraseña. Deberán indicar el tipo de crédito y cantidad a adquirir. Una vez confirmada la compra, podrán emitir una constancia de dicha operación donde figure un detalle de los créditos comprados.

Es importante destacar que, a raíz de los diferentes valores de los formularios, cada tipo de crédito sirve sólo para realizar un tipo de trámite determinado. El escribano deberá prestar atención a este punto a la hora de efectuar la adquisición de créditos. El importe de los créditos adquiridos será descontado de la liquidación de la Ley 404. Haga clic aquí para acceder al instructivo

Activación de los créditos:

Los créditos comprados antes de las 15:00 h de cada día hábil quedarán disponibles para su uso ese mismo día, una vez que sean procesados por el RPI BA. Los créditos comprados después de las 15:00 h podrán ser utilizados el día hábil posterior.

Recepción del PIN por correo electrónico: el escribano podrá comprar créditos pero no podrá utilizarlos hasta que sea usuario definitivo en el sistema del RPI BA, es decir, hasta que haya ingresado al sistema del RPI con su PIN para registrarse como usuario definitivo del sistema. Todos los colegas recibirán en los próximos días un mail del departamento de Secretaría del Colegio (Asunto: Nueva clave para acceder a trámites del RPI de Provincia) con su PIN para comenzar a operar.

Trámites que pueden solicitarse vía web:
Con respuesta inmediata – Sin valor legal
– Consulta de Antecedentes de Publicidad Registral (Informe 90 días)
– Consulta de Anotaciones Personales

Con respuesta diferida – Con valor legal (se deberán retirar en alguna sede del RPIBA en el lapso de 2 a 5 días hábiles)
– Informe de Dominio

– Consulta de índice de titulares
– Consulta de Dominio Folio Real

IMPORTANTE: Para poder utilizar este sistema los escribanos deberán tener su firma registrada en el RPI BA (sede La Plata). Aquellos escribanos que hayan realizado trámites presenciales allí, ya la tienen registrada y no deberán volver a hacerlo.
El trámite de registración se realiza de manera personal en la sede del RPI de La Plata.

Curso: Nuevo Régimen de Sucesiones


Haga clic aquí para computar los puntos para el período 2014


Haga clic aquí para computar los puntos para el período 2015

A cargo de: Dr. Gabriel Rolleri

TEMARIO:
Primera clase: miércoles 11/2: Sucesores. Aceptación y renuncia de la herencia. Responsabilidad del heredero. Investidura hereditaria. Exclusión de la herencia.

Segunda clase: miércoles 18/2 : Indivisión forzosa. Administración extrajudicial y judicial de la herencia. La legitima y su modo de protección.

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Revista Noticias del Consejo Federal del Notariado Argentino

Se informa a los señores escribanos que se encuentra disponible para su retiro la revista Noticias del Consejo Federal del Notariado Argentino correspondiente al mes de diciembre de 2014, entregada recientemente a nuestro Colegio.

Aquellos colegas interesados en retirarla podrán acercarse de lunes a viernes de 9 a 17 horas al Departamento de Comunicaciones, Av. Las Heras 1833, 1º piso.

ARBA: Resolución Normativa Nº 78/14

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Res. Nor. Nº 78/14 mediante la cual establece que la Clave de Identificación Tributaria (CIT) será de uso obligatorio cuando se requiera la identificación fehaciente del usuario de servicios que brinda este organismo a través de Internet o de otro tipo de red de telecomunicaciones; como así también cuando la aplicación informática correspondiente requiera de su uso para acceder a un micrositio con información reservada donde el organismo tributario efectúe una citación, notificación, requerimiento o intimación; o bien cuando el contribuyente deba realizar descargos o reclamos a través del sitio oficial de Internet de la Agencia (www.arba.gov.ar).

Haga clic aquí para acceder a texto de la norma

ARBA – Resolución Normativa Nº 069/14 Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó en el Boletín Oficial del 13 de enero la Resolución Normativa Nº 069/14 mediante la cual sustituye el párrafo cuarto del artículo 2° de la Resolución Normativa N° 22/13, por el siguiente:

Cuando el obligado optare por la modalidad de pago al contado, deberá obtener a través de dicha página web e imprimir el formulario R-550G (cuyo modelo integra el Anexo I de la Resolución Normativa N° 91/10), pudiendo abonar en el Banco de la Provincia de Buenos Aires y demás entidades habilitadas a tal efecto“.

Asimismo establece que el contribuyente podrá optar por la modalidad de pago en hasta seis (6) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, prevista en el artículo 321 bis del Código Fiscal – Ley Nº 10397 (T.O. 2011) y modificatorias.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor.Nº 069/14

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor.Nº22/13

Advertencia a los otorgantes sobre la ley impositiva 2015

Se recuerda a los colegas que el art. 91 de la ley impositiva N° 14.653 para el año 2015 de la Provincia de Buenos Aires, sustituyó el texto del art. 46 del Código Fiscal, inc. i), donde actualmente se indica lo siguiente:

?i) Cuando los precios de inmuebles que figuren en los boletos de compraventa y/o escrituras sean notoriamente inferiores a los vigentes en plaza al momento de su venta, y ello no sea debidamente fundado y documentado por los interesados, por las condiciones de pago, por características peculiares del inmueble o por otras circunstancias la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires podrá, a los fines de impugnar dichos precios y fijar de oficio un precio razonable de mercado, solicitar valuaciones e informes a entidades públicas o privadas?.

Es conveniente que los escribanos adviertan a los otorgantes sobre los aspectos de esta medida.

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral N° 1/2015

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad publicó la Disposición Técnico Registral N° 1/2015, mediante la cual se resolvió sustituir el artículo 2° de la Disposición Técnico Registral N° 12/2009, que quedará redactado de la siguiente manera: ?A partir de la tercera solicitud de prórroga se formarán actuaciones administrativas, las cuales tramitarán mediante la División Estudios y Referencias del Departamento Jurídico?.

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 1/15

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 12/09

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral Nº 11/14

La Disposición Técnico Registral Nº 11/15 fue publicada en el Boletín Oficial del 13 de enero DE 2015, mediante la cual se establece que, a partir del 5 de enero, se habilita la Delegación Regional Cañuelas, que comprenderá los partidos de Cañuelas, General Las Heras, Lobos, Marcos Paz, San Miguel del Monte, Navarro, Roque Pérez y Saladillo.

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 11/14

Puntos de pago del impuesto de sellos

Se recuerda a los colegas que en la sede del Banco de la Provincia y Ciudad que funcionan en nuestro Colegio los escribanos pueden abonar con atención prioritaria el impuesto de sellos.

Sin embargo, los días de vencimiento se verifican largas filas y esperas para la realización del pago, y en algunos casos se producen inconvenientes o situaciones que podrían evitarse tomando los recaudos necesarios.

Atento a ello, recordamos que:

a) el impuesto de sellos CABA también puede abonarse en la sucursal del Banco Ciudad de Sarmiento 630 PB (y Florida) que cuenta con una Caja de Atención Preferencial para el pago del Impuesto de Sellos.

b)También puede abonarse en los Pago Fácil en efectivo. Los montos máximos varían en cada sucursal, por ello sugerimos tomar los recaudos pertinentes.

c) También puede abonarse mediante débito en cuenta con cajas de ahorro gratuitas para escribanos en el Banco Ciudad (más información click aquí).

Por otro lado, teniendo en cuenta que el Banco Provincia de nuestro Colegio atiende hasta las 14.30, el impuesto de sellos de provincia puede abonarse además en efectivo en todos los puntos de la red Bapro, de lunes a viernes hasta las 17 horas. El monto máximo varía de acuerdo a cada sucursal, de acuerdo a las distintas medidas de seguridad de cada punto de pago (sugerimos tomar los recaudos pertinentes).

Se recomienda a los colegas tener en cuenta estas opciones a efectos de descentralizar el uso de las sedes ubicadas en el Colegio y evitar demoras por congestiones e inconvenientes que pueden evitarse.

Sociedades. Asociaciones y fundaciones


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A cargo de: Esc. Osvaldo Solari Costa

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Agencia Gubernamental de Control (AGC) – Resolución Nº 781/14

La Agencia Gubernamental de Control (AGC) publicó la Resolución Nº 781/14, mediante la cual se establece la incorporación de los códigos de respuesta rápida “QR” en los certificados de habilitación que se otorguen para aquellas actividades que no requieran la presentación de planos ni habilitación previamente otorgada para ser libradas al uso (habilitaciones simples sin plano).

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nº 781/14

Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para el 2015 – Informe de los asesores impositivos

Se pone a disposición de los señores escribanos el informe elaborado por los asesores impositivos del Colegio sobre el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de la CABA para el 2015.

Cabe destacar que la modificación más relevante para la actividad notarial ha sido el incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires, el cual asciende a $ 750.000.

Haga clic aquí para acceder al informe

Curso: Derecho de Superficie


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A cargo de: Dr. Marcelo A. Pepe
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Curso: Personas jurídicas


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Haga clic aquí para computar los puntos para el período 2015

A cargo de: Esc. María T. Acquarone de Rodríguez
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Curso: Régimen patrimonial del matrimonio


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A cargo de: Esc. Julio C. Capparelli
IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Curso: Régimen de capacidad


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A cargo de: Esc. Horacio L. Pelosi

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Curso: Derechos Reales. Propiedad Horizontal


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A cargo de: Esc. Eleonora R. Casabé

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Curso: Conjuntos inmobiliarios


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A cargo de: Esc. Marcelo De Hoz

IMPORTANTE: Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Se recibirán consultas previas por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

Modificaciones del Sistema Integrado de Escrituras Web (SIE)

Se informa a los colegas que ya han sido implementadas en el Sistema Integrado de Escrituras (SIE) Web dos de las modificaciones que están vigentes desde el 1º de enero.

En ese sentido, el sistema ya se encuentra actualizado respecto de:

a) El incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires a $ 750.000.

b) Monto base para los actos sin monto (acto 131): a partir del 1º de enero pasa de 1.000 a 2.500.

Queda pendiente que AGIP termine de ajustar el sistema respecto de:

c) La proporcionalidad sobre la que se calcula el mínimo no imponible de la exención cuando en la operación hay más de un adquirente involucrado, ya que el monto se recalcula en forma individual y proporcional sobre cada uno de ellos. Este punto no fue modificado por el Código Fiscal, sino por uno de los dictámentes de la AGIP, que introduce cambios en el SIE.

Será informado por esta vía cuando el último cambio se encuentre operativo

Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Gestiones del Colegio

Con motivo de la publicación de la Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), el Colegio realizó gestiones antes dicho organismo con el fin de simplificar el procedimiento requerido por el artículo 7 de la norma, donde se establece que los planos deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg?.

En ese sentido, el Colegio acordó con la AGC el siguiente procedimiento, inicialmente para los meses de enero y febrero:

1) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente exhibirá al escribano el plano en original y le entregará una fotocopia.
2) El escribano certificará la fotocopia del plano, como lo hace habitualmente.
3) El cliente/requirente/gestor/ o contribuyente escaneará la fotocopia certificada del plano, según lo requerido por la AGC y lo subirá al portal de dicho organismo.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma

Administración Federal de Ingresos Publicos Resolución General 3704

La Resolución General 3704 de la Administración Federal de Ingresos Públicos establece que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General N° 3.665, siguiendo los procedimientos que establece esta normativa.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la Res. Gral 3704

Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Habilitaciones on line

La Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) aprobó la implementación de la solicitud de trámite de habilitaciones online respecto de aquellas actividades comerciales que comprendan locales con una superficie total de hasta 500 m2 inclusive, que requieran la presentación de planos y puedan ser libradas al uso sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con Plano).

A continuación se destacan los puntos más relevantes de la norma:

1. Respecto de los locales de hasta 500 m2 con plano sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con Plano), debe expedirse la primera copia de la escritura en formato digital (arts.1 y 4).

2. Las escrituras autorizadas hasta el 28 de diciembre de 2014 serán recibidas por la AGC hasta el 13 de febrero de 2015 en formato papel, aunque deba acompañarse también en formato digital (art. 5).

3. A partir del 29 de diciembre de 2014, se debe agregar al protocolo copia certificada del certificado de APRA original firmado ante el escribano (art. 9).

4. Respecto de los planos que deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg? conforme dispone el art. 7, el Colegio se encuentra en tratativas con la AGC para resolver el procedimiento más conveniente para los escribanos. Gestiones del Colegio sobre este punto

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma

ARBA: Nueva versión del aplicativo SIPRESBA

Desde el 5 de enero se encuentra disponible la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA), que contempla las pautas de liquidación de Impuesto de Sellos determinadas por la Ley Impositiva 2015.

La actualización del aplicativo será de uso obligatorio para todas aquellas declaraciones juradas que sean presentadas y abonadas a partir del 5 de enero de 2015 inclusive, independientemente del período al cual correspondan.

Se aclara que los valores de aportes, impuesto de sellos y tasas resultantes de la liquidación serán los vigentes al momento del otorgamiento de cada escritura.

Haga clic aquí para descargar el SIPRESBA

Haga clic aquí para acceder al instructivo de descarga