Se informa a los señores escribanos que la Agencia de Protección Ambiental (APRA) ha publicado la Resolución 452/15, mediante la cual establece que, la presentación de la documentación legal detallada en los considerandos de la norma deberá acompañarse mediante escritura pública, como único instrumento, y no será necesario adjuntar la documentación verificada por el escribano.
La presente norma se hará efectiva a los 30 días de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad (la resolución fue publicada en el B.O. de la Ciudad del 16 de septiembre de 2015).