Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires: Resolución 1218/21

Mediaciones. Se autoriza el uso de la firma electrónica en los supuestos establecidos en la norma.

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución 1218/21, mediante la cual se autoriza el uso de la firma electrónica de la mediadora o el mediador para la suscripción de las notificaciones previstas por el artículo 3° de la Resolución 788/20.

Asimismo, se establece que las notificaciones indicadas en el párrafo anterior deberán incluir el código QR emitido por el sistema MEDIARE que permita la verificación de su autenticidad.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 1218/21

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía (INAES): Resolución 1437/20

Formularios de Informes Socioeconómicos de Cooperativas y Mutuales.

El INAES ha publicado la Resolución 1437/20, mediante la cual se aprueban los formularios de “Informes Socioeconómicos de Cooperativas y Mutuales” que estas entidades deberán remitir al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), los que se detallan en los Anexos de la resolución.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 1437/20

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad: DTR 1/21

Tasas especiales por servicios registrales. Plazos de expedición para los servicios de publicidad y registro. Derogación de la DTR 1/20.

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha publicado en su web la DTR 1/21, mediante la cual se deroga la DTR 1/20 y se establecen actualizaciones sobre tasas especiales para los servicios registrales, plazos de expedición para los servicios de publicidad y registro, entre otras.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/21

Inspección General de Justicia (IGJ): Resolución 1/21

Elección de autoridades de las las asociaciones civiles, mediante reuniones a distancia.

La Inspección General de Justicia ha publicado la Resolución 1/21, mediante la cual se dispone que, a partir de la entrada en vigencia de la presente norma y mientras se encuentren vigentes la prohibición, restricción, limitación de circulación y/o de utilización de medios de transporte públicos y/o medidas de aislamiento y/o distanciamiento social, dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, las asociaciones civiles podrán elegir autoridades mediante reuniones a distancia, con los recaudos establecidos en la Resolución General IGJ 11/20, de este organismo. A tal efecto, se habilita la votación nominal. 

Quedan exceptuadas de lo dispuesto anteriormente a las asociaciones civiles que tengan consagrado el voto secreto en su estatuto social y/o reglamentos y que no logren consagrar una lista única de candidatos.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 1/21

Asesorías del Colegio

Fechas de atención para el mes de enero.

Se recuerda a los señores escribanos que por la propia naturaleza del servicio, las respuestas de las asesorías tienen un valor meramente orientativo, no vinculante, y no constituyen opinión oficial u oficiosa del Colegio de Escribanos, razón por la que no se proporcionan textos legales o formularios. Las asesorías funcionan como una herramienta más de consulta conforme los datos aportados por el consultante quien sería, en última instancia, el responsable de la postura a asumir.

IMPORTANTE: Les recordamos a los escribanos que, durante el período que rija el aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el DNU 297/20, la atención se brindará exclusivamente bajo modalidad remota, para lo que tienen a su disposición las siguientes vías de contacto para las asesorías.


Asesoría Impositiva

Marta Moussoli
Lunes y viernes de 10 a 14 horas, exclusivamente por mail mmoussoli@colegio-escribanos.org.ar.

Emir Pallavicini
Martes y jueves – 10 a 13 h y los  miércoles – 18 a 20 h, exclusivamente en forma telefónica al 11 6486-2102.

Omar Rofrano:
Lunes, martes y miércoles de 15 a 16 horas, exclusivamente en forma telefónica al 11-4141-8056.

 

Asesoría Jurídico-Notarial

Ezequiel Cabuli
Lunes de 10 a 14 h, exclusivamente en forma telefónica al 11-2834-4110

Victoria Gonzalía
Martes de por medio, de 10 a 14 h, exclusivamente en forma telefónica al 11-5962-6006
En el mes de enero los días de atención son: 5 y 19

Laura Mazza
Martes de por medio, de 10 a 14 horas, exclusivamente en forma telefónica al 11-5587-3266
En el mes de enero los días  de atención son:  12 y 26

Sonia Lukaszewicz
Jueves de 9.30 a 13.30 h, exclusivamente en forma telefónica al 11-4027-5938

Julián González Mantelli
Viernes de 9.30 a 13.30 h, exclusivamente en forma telefónica al 11-4026-8610

 

Asesoría Jurídico Notarial y Registral

Antonio Iapalucci
Miércoles de 9.30 a 13.30 h,
Atención exclusivamente por mail: aiapalucci@colegio-escribanos.org.ar

León Hirsch
Durante el mes de diciembre no atenderá la asesoría a su cargo
Lunes 9.30 a 14.30 h,
Viernes de 9.30 a 13.30,
Atención exclusivamente en forma telefónica al  11-4997-3850

 

Asesoría Jurídico-registral en Materia Naval

Esteban Santiago Morelli
Último viernes de cada mes
Atención exclusivamente último viernes de cada mes, de 10 a 14 h.
11-4937-0497
emorelli@colegio-escribanos.org.ar 

 

Asesorías Registrales

Designación en Comisión por el RPI de Capital Federal

Esc Ariel Tesei
Lunes y martes de 16 a 19 h
Miércoles y jueves de 9 a 12 h
Atención exclusivamente por mail: atesei@colegio-escribanos.org.ar

Esc Jorge Bianchi
Lunes y miércoles de 15 a 18 h
Martes y jueves de 10 a 13 h
Atención exclusivamente por mail: jbianchi@colegio-escribanos.org.ar

 

Asesoría Registral. Provincia de Buenos Aires

Martha Cúneo
Lunes de 12.30 a 19.30 h.
15-4026-8988
mcuneo@colegio-escribanos.org.ar

 

Asesoría sobre sociedades comerciales

Graciela Medina
Miércoles por medio de 9.30 a 13.30 h,

Atención exclusivamente por mail: sociedadescomerciales@colegio-escribanos.org.ar
En el mes de enero los días  de atención son: 13 y 27

 

Pilar Rodríguez Acquarone
Jueves por medio de 9.30 a 13.30 h,
Atención exclusivamente por mail sociedadescomerciales@colegio-escribanos.org.ar
En el mes de enero los días  de atención son: 7 y 21

 

Mesa de consultas Trámites del automotor y motovehículos

Carlos Laise, Claudia Martínez, Horacio Murano, Lorena Román, María Magdalena Tato y Rodolfo Nahuel.

Jueves de 13.30 a 15.30 horas

Atención exclusivamente por mail:

claudiamartinez@martinezcampolongo.com.ar

escribania@martinezcampolongo.com.ar

lorenaroman@escribania-roman.com.ar

albert_mur@hotmail.com 

laisecarlos@yahoo.com.ar

mariamtato@gmail.com

rnahuel@speedy.com.ar

 

Asesoría sobre Rentas de la Ciudad de Buenos Aires

Mirta Valle
Martes de 10 a 14 h,
Atención  exclusivamente en forma telefónica 11-6821-4124

 

Asesoría sobre la UIF

Horacio Fernández y Mariano Rentería Anchorena
Jueves de 10 a 13 horas.
15-5120-6300

hfernandez@colegio-escribanos.org.ar

mranchorena@colegio-escribanos.org.ar

 

Asesoría sobre Impuesto de Sellos

Ana Latella
Miércoles y viernes de 10 a 15 h,
Atención exclusivamente por mail: alatella@colegio-escribanos.org.ar

 

Asesoría Previsional

Patricia Jauzat
Lunes y miércoles de 10 a 13 h.
15-4407-5713
pjauzat@colegio-escribanos.org.ar

Informe del asesor impositivo

Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2021

A raíz de la publicación de la Ley 6.383 (Ley Tarifaria) para 2021 y la Ley 6.382, que introduce modificaciones al Código Fiscal de la CABA, el Dr. Emir Pallavicini ha elaborado un informe donde se mencionan los principales aspectos de ambas normas y su incidencia en la actividad notarial.

Haga clic aquí para acceder al informe de CABA 2021

Haga clic aquí para acceder al Código Fiscal TO

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6.382 (Modificaciones al Código Fiscal)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6.383 (Ley Tarifaria para el 2021)

ARBA: Resolución Normativa 77/21

Componente Complementario del Impuesto Inmobiliario.  Calendario de vencimientos generales para el año 2021.

Se informa a los colegas que ARBA a publicado la Resolución Normativa 77/21, mediante la cual se establece para el año 2021 que cuando el monto del componente Complementario del Impuesto Inmobiliario a ingresar para un conjunto de inmuebles resulte inferior o igual a la suma de pesos tres mil novecientos sesenta ($ 3.960) -sin computar los importes en concepto de la contribución especial establecida por el artículo 7°, inciso A), sub. inciso 6) del Decreto Ley 9573/80 (texto según Ley 11583) FO.PRO.VI, ni la contribución adicional dispuesta por el artículo 39 de la Ley 14449, según corresponda-, deberá ser liquidado en una (1) única cuota, con vencimiento en la misma fecha que la cuota 1. 

En los casos en que el monto resultante para el componente Complementario del Impuesto Inmobiliario sea superior al que se refiere el párrafo precedente, el mismo se liquidará en cuatro (4) cuotas iguales. 

Asimismo, se aprueban en sus anexos los calendarios de vencimientos para el ejercicio fiscal 2021, correspondientes a los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación, sobre los Ingresos Brutos y de la presentación de las declaraciones juradas del período 2021 que deben efectuar aquellos sujetos obligados a cumplir con los regímenes de información y recaudación dispuestos por este organismo (entre ellos, los escribanos).

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 77/21

Provincia de Buenos Aires: Ley 15.229

Modificatoria del art. 39 de la Ley 14.078. Inscripción de hijos nacidos fuera del matrimonio.

Se informa a los colegas que fue publicada la Ley 15.229 de la Provincia de Buenos Aires, mediante la cual se modifica el artículo 39 de la Ley 14.078, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 39: En el caso de hijos/as nacidos/as fuera del matrimonio, uno/a o ambos/as progenitores/as podrán solicitar la inscripción del nacimiento. Cuando la solicitud la efectúe solamente la persona no gestante, con la constatación de nacimiento, se labrará el acta respectiva, en la cual se tomará razón del reconocimiento o de la filiación del progenitor que ha prestado su consentimiento previo, informado y libre en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación, debiendo procederse a la notificación de la inscripción a la persona gestante.

Cuando el nacimiento deba ser inscripto en las Delegaciones del Registro de las Personas, en virtud de la notificación efectuada por alguna de las personas obligadas a ello, por haber transcurrido cuarenta (40) días del parto, sin haberse procedido a la inscripción con el consentimiento expreso de la persona gestante, deberá labrarse el asiento correspondiente, siempre y cuando, se hubiese remitido la constatación de nacimiento y/o Ficha Única Identificatoria procediéndose luego a la notificación a la persona gestante.”

Haga clic aquí para acceder a la Ley 15.229

AGIP: Resolución 313/21

Se establece la feria fiscal de verano para el año 2021, entre los días 4 y 15 de enero de 2021.

La AGIP publicó la Resolución 313/21 que establece la Feria Fiscal de Verano para el año 2021, entre los días 4 y 15 de enero de 2021, ambas fechas inclusive. 

Quedan excluidos los plazos vinculados con la configuración de los tipos penales previstos en el Régimen Penal Tributario, establecido en el Título IX de la Ley Nacional 27.430; y los vinculados con los procedimientos tributarios relacionados con aquellos contribuyentes que revistan el carácter de concursados y/o fallidos en los términos de la Ley Nacional 24.522 y sus modificatorias.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 313/21

IMPORTANTE – ARBA: Resolución Delegada 63/20

Publicada en BO el 31 de diciembre de 2020.

Suspensión de la expedición de los trámites de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro hasta el 15 de enero. 

La Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Delegada 63/20 que establece, a partir del 23 de diciembre de 2020 y hasta el 15 de enero de 2021, la suspensión de la expedición de los trámites derivados de la Ley 10.707 y modificatorias en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, con excepción de los detallados en el artículo 1° de la Resolución Normativa 69/20. 

Asimismo, establece a partir del 18 de enero de 2021, la reanudación de la expedición de los trámites derivados de la Ley 10.707 y modificatorias en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, que fueran suspendidos por el artículo 1° de la Resolución Normativa 69/20.

Finalmente, determina para el período comprendido en el artículo 1° la suspensión de la recepción e ingreso de los trámites en soporte papel geodésicos y catastrales derivados de la Ley 10.707 y modificatorias, a través de los distintos Centros de Servicios Locales habilitados y de la Mesa de Entradas Catastral de esta Agencia de Recaudación. 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Delegada 63/20

 

AFIP: SICORE. Versión 9

Versión dispuesta por la Resolución General 4865/20.

Se informa a los colegas que la AFIP publicó en su web la Versión 9 del aplicativo SICORE – Sistema de Control de Retenciones, dispuesta por la Resolución General de 4865/20 comunicada oportunamente, a efectos de cumplir con las obligaciones de información e ingreso de las retenciones que efectúen a partir del 1º de enero de 2021.

Haga clic aquí para acceder a la Versión 9 de SICORE

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4865/20

Archivo de Actuaciones Notariales de la Prov. de Bs. As. – Actualización de valores

Actualización de valores: Folios del Decreto – Ley 9020/78, Legalizaciones y Servicios.
Vigentes a partir del 15 de enero de 2021.

El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires dispuso una actualización de aproximadamente 13 % en los precios de materiales, folios Ley 9020, legalizaciones y servicios del Archivo de Actuaciones Notariales, la cual tendrá vigencia desde el próximo 15 de enero.

Haga clic aquí para acceder a la tabla de valores actualizados

AFIP: Resolución General 4896/20

Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Extensión de suspensiones

La AFIP ha publicado la Resolución General 4896/20, mediante la cual resuelve extender hasta el día 4 de enero de 2021, la suspensión dispuesta en el artículo 1° de la Resolución General 4.687 y sus modificatorias, del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General Nº 4.309, su modificatoria y complementaria. 

Asimismo, se extiende la suspensión prevista en el artículo 2º de la Resolución General 4.687 y sus modificatorias, respecto de la consideración del mes de diciembre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto 1/10 y su modificatorio.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral 4896/20

ARBA: Resolución Normativa 74/20

Modificación de las Tablas de Valuaciones de Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 74/20 mediante la cual se modifican las Tablas de Valuaciones de Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

Los nuevos valores resultantes de las tablas aprobadas por los artículos anteriores regirán para el cálculo del monto del tributo que corresponda a partir del ejercicio fiscal 2021.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 74/20

ARBA: Resolución Normativa 75/20

Bonificaciones por cancelación del monto anual y por buen cumplimiento de las obligaciones en las emisiones de cuotas del  Impuestos Inmobiliario y a los Automotores (para el corriente ejercicio fiscal).

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 75/20  mediante la cual se establece dar por aprobadas las  bonificaciones por cancelación del monto anual y por buen cumplimiento de las obligaciones en las emisiones de cuotas del  Impuestos Inmobiliario y a los Automotores -respecto de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación, para el corriente ejercicio fiscal .

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 75/20

ARBA: Resolución Normativa 73/20

Beneficios promocionales para actividades productivas del sector agropecuario, el comercio y la industria en las regiones detalladas en la norma.

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución Normativa 73/20 mediante la cual se efectivizan las dispensas de pago previstas en las Leyes Nº 12322 y modificatorias y Nº 12323, que establecen beneficios promocionales para las actividades productivas del sector agropecuario, el comercio y la industria (exenciones-alícuotas preferenciales-impuestos-ingresos brutos-inmobiliario-sellos) para la región patagónica bonaerense, ( Partido de Patagones) y en zonas de los partidos de Villarino, Puan y Tornquist, respectivamente. Se establecen los procedimientos.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 73/20

DNRPA: Disposición 245/20

Actualización de la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos.

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 245/20, mediante la cual se sustituye la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos, a los fines del cálculo de los aranceles establecidos por Resolución M.J. y D.H. 314/2002 y sus modificatorias, para los trámites de inscripción inicial y transferencia, por la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos que se encuentra disponible en el Anexo.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 245/20

Haga clic aquí para acceder a la tabla

IGJ: Resolución General 54/20

Modificación de la Resolución General 52/20.

La IGJ ha publicado la Resolución General 54/20, mediante la cual  se dispone la modificación del ARTÍCULO 6°, de la Resolución General IGJ N° 52/2020, el cual quedará redactado de la siguiente forma: 

“ARTÍCULO 6°: No se dará curso a contestaciones de vistas cursadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2020 y se reanudará automáticamente el 1° de febrero de 2021, excepto para los trámites en los cuales expresamente se disponga la habilitación de plazos”

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral 54/20

 

Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES): Resolución 1405/20

Se prorroga el plazo para la transmisión electrónica de la información estadística.

Se informa a los colegas que el INAES ha publicado la Resolución 1405/20, mediante la cual se prorroga hasta el día 15 de enero de 2021 el plazo para la transmisión electrónica de la información estadística indicada en el artículo 1º de la Resolución 1182/20 de este organismo que establecía que las cooperativas y mutuales que revistan el carácter de sujetos obligados en los términos del artículo 20 inciso 20 de la Ley 25.246 y sus modificatorias y Resolución 11/12 de la UIF, deben remitir al mencionado Instituto, bajo la forma de declaración jurada, información estadística en materia de prevención del lavado de activos, de financiación del terrorismo y sobre sus operatorias propias.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 1405/20

Prórroga para el plazo del cumplimiento de la capacitación obligatoria anual – Cursos virtuales

Durante el 2020 hemos transitando un año complejo, en el que nos enfrentamos a profundos cambios en los modos en que debemos manejarnos en nuestra vida cotidiana y también en nuestra profesión. En ese sentido, el Colegio ha implementado diferentes herramientas y alternativas de capacitación que faciliten la actividad notarial, en este escenario.

Por ello, y a fin de que los colegas cumplan con la capacitación anual, prescripta por los artículos 38 y 39 de la Ley 404, que les permita, a la vez, una actualización orientada a la coyuntura en la que estamos inmersos, se ha desarrollado durante el año 2020 una amplia oferta de cursos virtuales sobre temas de actualidad y práctica profesional.

Con el fin de que todos los escribanos puedan cumplir con este requisito en un contexto tan particular, se ha resuelto prorrogar el plazo para la realización de los requisitos de capacitación obligatoria previstos por los artículos 38 y 39 de la Ley 404.

Aquellos que no hayan completado los 60 puntos obligatorios anuales podrán hacerlo desde el 12 de enero hasta el 28 de febrero de 2021. 

Algunas recomendaciones para la realización de los cursos:

–  Aquellas actividades que otorgan puntos para el 2020 están ubicadas en una carpeta especial en la portada del Campus Virtual denominada “Cursos que otorgan puntos para 2020”, aquellos cursos que se hagan fuera de esta carpeta acreditarán puntos para 2021.

– Sugerimos realizar los cursos desde una PC de escritorio, para evitar inconvenientes en la imputación de los puntos, para garantizar la estabilidad de la conexión a internet y también para tener la opción de poder iniciar el curso y retomarlo en otro momento. Los dispositivos móviles no permiten esta opción, ya que con cada nuevo ingreso el sistema detecta que se está entrando desde una nueva dirección IP.

Recordamos que el Campus Virtual es una herramienta que permite acceder, sin limitaciones de horario o lugar, a una amplia variedad de exposiciones y materiales sobre temas que hacen a la labor notarial y cumplir con el requisito de actualización profesional establecido por la Ley 404.

 

Ley Tarifaria – Cuadro del asesor impositivo

Se remite a los colegas el cuadro elaborado -a modo de resumen- por el Dr. Emir Pallavicini sobre el impuesto de sellos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires , según la nueva Ley Tarifaria N° 6383, con el detalle de alícuotas, impuestos fijos y valores topes aplicables a partir del 1° de enero de 2021.

Haga clic aquí para acceder al cuadro

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6382 (Modificaciones al Código Fiscal)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6383 (Ley Tarifaria para el 2021)

Decreto 1051/2020

Régimen de Incentivo Fiscal

Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 1051/20, mediante el cual se sustituye el artículo 3° del Decreto 379/01, que creó un Régimen de Incentivo para los fabricantes de los bienes comprendidos en el Anexo I de la Resolución del Ministerio de Economía N° 8 del 23 de marzo de 2001 y sus modificatorias, que contaren con establecimientos industriales radicados en el Territorio Nacional. 

Haga clic aquí para acceder al Decreto 1051/20

AFIP: Resolución General 4893/20

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción. Programa REPRO II. Decreto 332/20 y sus modificatorios. Crédito a Tasa Subsidiada para empresas. Período devengado diciembre de 2020.

Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4893/20, mediante la cual se establece que los sujetos que se hubieran registrado en el servicio “web” denominado “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, dentro del plazo previsto en el artículo 1° de la Resolución General N° 4.881, y que resulten susceptibles de obtener el beneficio de “Crédito a Tasa Subsidiada” previsto en el inciso e) del artículo 2º del Decreto 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios devengados durante el mes de diciembre de 2020, serán caracterizados en el “Sistema Registral” según la tasa de interés a la que accedan, con el código que corresponda de acuerdo al detalle indicado en el texto de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 4893/20

Implementación de la Credencial Digital

El Colegio se complace en informar que se encuentra implementada la “credencial digital” que permite a todos los colegas de la demarcación contar con un sencillo acceso a su identificación profesional.

Esta implementación aumenta la seguridad de los datos del escribano y reduce la circulación de documentación física, con sus beneficios documentales y sanitarios.

¿Cómo accedo a mi credencial profesional?
El acceso se realiza desde la misma app del Colegio denominada “Servicios CECBA”  que existe en la actualidad y ya contaba con las funcionalidades de “Consulta al ReNaPer / RePET”  y “Consulta de Fojas”.

Si usted ya tiene instalada en su celular la app “Servicios CECBA”, no es necesario que realice ninguna acción. Al ingresar, encontrará la opción que se ha agregado de “Credencial Profesional”.

Si usted NO tiene instalada en su celular la app “Servicios CECBA” puede descargar la aplicación desde el PlayStore (usuarios Android) o AppleStore (usuarios de Apple).

El acceso es siempre con el mismo usuario que utiliza para el acceso restringido único.

¿Qué permite la credencial digital?
Permite acreditar el carácter de escribano matriculado, jubilado, en ejercicio de la función notarial o inspector de protocolo ante cualquier persona, humana o jurídica.

¿Es necesario validar la credencial?
Queda a criterio del receptor de la misma, la necesidad o no de validarla en la web del Colegio de Escribanos.

¿Cómo se valida la credencial digital?
Al ingresar a la opción “Credencial Profesional” de la app, el escribano encontrará en el margen superior derecho un código de seguridad de cuatro caracteres (este código se actualiza cada 5 minutos).
El escribano, al exhibir la credencial o proveer el código a un tercero, quien, si desea validarla, puede  hacerlo, siguiendo este procedimiento:

  1. Ingresar a la opción “Validación de Credencial Profesional Digital” de la portada de la web del Colegio.
  2. Ingresar la matrícula del escribano
  3. Ingresar el código de seguridad de cuatro dígitos (respetando mayúsculas y minúsculas) que se encuentra en la opción “Credencial Profesional” de la app.
  4. De ser correctos todos los datos, el sistema devolverá un mensaje en color verde indicándole al consultante que la credencial es válida para la matrícula ingresada.

¿La credencial digital reemplaza a la credencial tarjeta?
No, por ahora ambas coexisten y tienen igual valor.

De esta manera, el Colegio avanza en los estándares de seguridad informática y le provee a los colegas de una nueva herramienta para legitimar su actuación profesional.

 

 

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre 2020

Les acercamos los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre de 2020. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 2512

Monto involucrado $ 38.601 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el undécimo mes de 2020 una suba de 4,2% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2512 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas trepó un 159%, con $38.601 millones. Después de 29 meses consecutivos con caída en la medición interanual, hubo una leve recuperación.

 

En comparación con octubre de 2020, los actos bajaron un 0,6% (oct 2528 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $15.367.022 (79.920 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): subió 148,5% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense mermó 18,5%.

En noviembre, hubo 130 escrituras formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la caída en ese sentido es del 46,3%. Y los primeros 11 meses acumulan una baja de escrituras con crédito del 65,7%.

En los actos totales, los 11 meses llevan una baja del 48%.

Comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria 

Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Descargar comparativo 11 meses con hipotecas

Descargar comparativo 11 meses

Últimos 12 meses

AFIP: Resolución General 4894/20

Se prorroga el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales hasta el 30 de junio de 2021 inclusive.

LA AFIP ha publicado la Resolución General 4894/20 mediante la cual se prorroga hasta el 30 de junio de 2021 inclusive, el plazo de suspensión de las ejecuciones fiscales relacionadas con las deudas mencionadas en el primer párrafo del artículo 116 bis de la Ley N° 11.672,  que prevé la condonación de las deudas de las empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial de la Ley N° 22.021.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4894/20

IMPORTANTE: Código Fiscal y Ley Tarifaria de la Ciudad de Buenos Aires

Leyes 6382 y 6383.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires publicó las Leyes 6382 y 6383 mediante las cuales se introducen modificaciones al Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires y se establece la Ley Tarifaria, respectivamente.

Asimismo la Ley 6383, en sus cláusulas transitorias, se denuncia, a partir del ejercicio fiscal 2021, el “Consenso Fiscal”  y se disminuyen, para el ejercicio fiscal 2021, el incremento establecido en el artículo 36 del Anexo I de la presente Ley, para los tributos que recaen sobre los inmuebles radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido en el Título III del Código Fiscal vigente.

A la brevedad los asesores tributarios realizarán un informe.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6382 (Modificaciones al Código Fiscal)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6383 (Ley Tarifaria para el 2021)

Biblioteca del Colegio

Se encontrará cerrada durante el mes de enero.

Se informa a los colegas que, durante el mes de enero, la Biblioteca José A. Negri se encontrará cerrada.

RPI de la Capital Federal 

Canales de contacto.

Se informan a los colegas los siguientes canales de atención del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, publicados en su página web:

Secretaría de Dirección: 5300-4000 Interno 78605. 

Horario de atención de 9 a 16.

Relatoría Externa: Por email a atencionrelatoria@dnrpi.jus.gov.ar. A través de este canal solo atenderán consultas registrales.

Servicios WEB: 5300-4000 Interno 78733. 

Horario de atención de 9 a 15.

Nuevo formulario de reclamos web

 

AFIP: Resolución General 4888/20

Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal. Intercambio automático de información relativo a cuentas financieras. 

La AFIP ha publicado la Resolución General 4888/20, mediante la cual se sustituye  del listado de sujetos excluidos a determinadas entidades,  y se incorporan aspectos previstos en el documento “Estándar para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras”, elaborado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), que deben ser tenidos en cuenta por las instituciones financieras en sus procesos de debida diligencia, respectivamente (ver detalles en el texto de la norma).

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4888/20

AFIP: Resolución General 4887/20

Régimen de facilidades de pago para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras.

La AFIP ha publicado la Resolución General 4887/20, mediante la cual  se extiende hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la vigencia transitoria aplicable a la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento, correspondiente al régimen de facilidades de pago dispuesto por la Resolución General 4.268 para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras -así como sus intereses y multas.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4887/20

AFIP: Resolución General 4886/20

Resoluciones Generales 4.685, 4.699 y 4.727 y sus respectivas modificatorias y complementarias. 

La AFIP ha publicado la Resolución General 4886/20, mediante la cual resuelve:

  • Extender hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General 4.503 y su complementaria, para que los contribuyentes y responsables realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en el artículo 1° de la Resolución General 4.685, sus modificatorias y sus complementarias. 
  • Extender hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la eximición establecida por la Resolución General 4.699, sus modificatorias y sus complementarias, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias de este Organismo, por parte de los contribuyentes y responsables. 
  • Extender hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la asignación del Nivel de Seguridad 3 para las solicitudes de blanqueo de la Clave Fiscal que se realicen a través de cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias, en los términos dispuestos por el artículo 1° de la Resolución General 4.727, sus modificatorias y sus complementarias. 
  • Extender hasta el 31 de enero de 2021, inclusive, la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General 4.503 y su complementaria, para que las personas humanas que requieran acreditar su condición de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas suministren la documentación necesaria a esos fines, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General 4.727, sus modificatorias y sus complementarias.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4886/20

 

IGJ: Resolución General 52/20

Horario de atención en el organismo para enero de 2021.

Se informa a los colegas que la IGJ ha publicado la Resolución General 52/20, mediante la cual establece que, durante el mes de enero de 2021, mantendrá su funcionamiento normal, con las limitaciones que se detallan a continuación:

HORARIO DE MESA DE ENTRADAS: El horario de recepción de los trámites habilitados en las sedes de Paseo Colón 291, C.A.B.A., Colegio Público de Abogados de Capital Federal, Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será de 09:00 a 12:00 horas. 

HORARIO DEL DEPARTAMENTO DE RÚBRICAS: la entrega de obleas rubricadas, será de 10:00 a 12:00 horas. 

RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES: Se recibirán por los medios que corresponda, solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente. Se entenderá por tales a: a) Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; b) Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; c) Los provenientes de organismos instructorios en materia penal; y d) Aquellos que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo. 

Asimismo, se dará curso a todos los trámites habilitados que ingresen a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). 

CONTESTACIONES DE VISTAS: No se dará curso a contestaciones de vistas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2020 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2021, excepto para los trámites correspondientes al Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales, al Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles, al Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales, al Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales y a la Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales. 

Se suspende el plazo para proveer denuncias durante el mes de enero de 2021. Sin perjuicio de ello, podrá disponerse su tramitación, en caso de requerirlo, el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículo 299 y 301 de la Ley 19.550, y las sociedades y entidades comprendidas en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley 22.315 o por expreso pedido de habilitación de feria cuando las circunstancias extraordinarias así lo justifiquen.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 52/20

IGJ: Resolución General 53/20

Registro Voluntario de Simples Asociaciones (RVSA).

Se informa a los colegas que la IGJ ha publicado la Resolución General 53/20, mediante la cual se establece que el Registro Voluntario de Simples Asociaciones (RVSA), previsto en el artículo 380 de la Resolución General IGJ 07/2015, estará a cargo del Departamento Registral de este organismo.

Asimismo, se incorpora el libro “Simples Asociaciones” al artículo 44 de la Resolución General IGJ 07/2015. Ver redacción en el interior de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 53/20

BCRA: Comunicación A 7181/20

Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria.

Se informa a los colegas que el BCRA ha emitido la Comunicación A 7181/20, mediante la cual resolvió prorrogar hasta el 31 de marzo de 2021 las siguientes disposiciones:

i) Primer y último párrafos del punto 2.1.1.2. de las normas sobre “Servicios financieros en el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N°260/2020 Coronavirus (COVID19)”, por lo que las cuotas impagas correspondientes a vencimientos de asistencias crediticias no alcanzadas por la Ley de Tarjetas de Crédito que hayan sido otorgadas por entidades financieras y operen a partir del 1.4.2020 sólo podrán devengar el interés compensatorio a la tasa prevista contractualmente; las entidades deberán incorporar esas cuotas a partir del mes siguiente inclusive al final de la vida del crédito –considerando el devengamiento de la tasa de interés compensatorio. 

ii) Puntos 11.1. y 11.2. de las normas sobre “Clasificación de deudores”, que incrementan en 60 días los plazos de mora admitida para los niveles 1, 2 y 3 –tanto para la cartera comercial como para la de consumo o vivienda– y suspenden la recategorización obligatoria prevista en los puntos 6.6. y 7.3. de las citadas normas, respectivamente. 

iii) Puntos 5.4. y 13.2. de las normas sobre “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales” y “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria”, respectivamente, y Sección 11. de las normas sobre “Cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas”, en lo relativo a que las entidades financieras no pueden cobrar cargos ni comisiones por las operaciones efectuadas mediante todos los cajeros automáticos habilitados y operados en el país por ellas, sin distinción alguna entre clientes y no clientes, independientemente del tipo de cuenta a la vista sobre la cual se efectúe la correspondiente operación, y de la entidad financiera y/o la red de cajeros automáticos a la cual pertenezca. 

Haga clic aquí para acceder a la Comunicación A 7181/20

IMPORTANTE: RPI de la Provincia de Buenos Aires

Suspensión temporaria de solicitudes de trámites urgentes (actos 751, 753, 755). Certificado de anotaciones personales (cesiones e inhibiciones), Informe de anotaciones personales y Consulta al índice de titulares.

El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha informado en su página web que, por razones de capacidad operativa, se suspenden, a partir del 21 de diciembre de 2020 hasta el 4 de enero de 2021, las solicitudes de trámites urgentes para los actos 751, 753, 755. 

Los servicios de publicidad simple continuarán disponibles.

 

Decreto 1034/20

Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 1034/20, mediante el cual se aprueba la Reglamentación de la Ley 27.506 y su modificatoria – “Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento”, que forma parte integrante del presente decreto como Anexo.

Haga clic aquí para acceder al Decreto 1034/20