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AFIP- Resolución General 4917/2021

Ampliación de los plazos para la aplicación del Régimen de facilidades de pago. Res. Gral. 4268, sus modificatorias y su complementaria. Norma modificatoria.

Mediante la Resolución General 4268, sus modificatorias y su complementaria, se implementó un régimen de facilidades de pago de carácter permanente en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, para la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y/o aduaneras -así como sus intereses y multas- cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentran a cargo de AFIP.

A fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y/o responsables, el organismo dispuso sustituir en los cuadros referidos a “Cantidad de Planes, Cuotas y Tasa de Interés de Financiación” del Anexo II de la Resolución General 4268, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “vigencia transitoria desde el 20/08/2019 AL 31/01/2021”, por la expresión “vigencia transitoria desde el 20/08/2019 AL 31/03/2021”.

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