Prórroga de DNI de nacionales y de extranjeros con categoría de “residente temporario”.
La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas publicó la Disposición 31/21 mediante la cual se prorroga de vencimiento de los Documentos Nacionales de Identidad hasta SESENTA (60) días corridos, posteriores a la finalización del aislamiento social, preventivo y obligatorio y/o del distanciamiento social, preventivo y obligatorio, según corresponda, y para el caso de extranjeros que ostenten la categoría de “residente temporario”el plazo de vigencia de dicha documentación se encontrará limitado al plazo de la o las prórrogas del certificado de radicación que disponga la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.