Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Cambios en el régimen de atención de la IGJ para el mes de enero: Disposición 1/2016

Se remite a los colegas la Disposición 1/2016 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Subsecretaría de Asuntos Registrales, mediante la cual se modifica el régimen de atención de la IGJ previsto para el mes de enero de 2016, que fuera publicado por esta vía en el mes de diciembre.

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Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: Resolución Normativa Nº 69/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 69/15, mediante la cual se establece que hasta tanto se reglamente el ejercicio de los derechos reales de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, regulados el los Títulos V y VI, respectivamente, del Libro Cuarto del Código Civil y Comercial de la Nación, deberán aplicarse las normas del Decreto Provincial Nº 2489/63 y su modificatorio, así como las disposiciones establecidas a los efectos de su implementación.

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ARBA: Disposición Nº 6117/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Disposición 6117, mediante la cual sustituye artículos de la Disposición N° 2010/94 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial referida a estado parcelario, base valuatoria, trámites y plazos. La vigencia de esta norma será a partir de los 3 meses contados desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.

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ARBA – Resolución Normativa Nº 64/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 64/15, mediante la cual se resolvió extender, hasta el 29 de febrero de 2016, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

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Portal de Enlace del Colegio

Informamos a los colegas que se encuentra disponible en la página web del Colegio el servicio denominado “Portal de Enlace” para dar respuesta a consultas de los colegiados por problemas extraordinarios que se presentan en la realización de trámites ante los diversos organismos públicos, y cuyo planteo ?a nivel personal- resulta infructuoso o de difícil seguimiento.

Funciona para aquellas situaciones anómalas o extraordinarias que pudieran plantearse en trámites en curso. El organismo involucrado -a través de un responsable interno- recibe la información en forma directa y brinda una respuesta o la resolución del problema. Este servicio ofrece una comunicación ágil y directa con AGIP, AFIP, AySA e IGJ.
El ?Portal de Enlace? no brinda asesoramiento ni tampoco es su función responder consultas. Para esos casos, el escribano deberá solicitar los instructivos correspondientes o bien dirigirse a las asesorías que funcionan en el Colegio.

¿Cómo funciona?
Ante una situación atípica o extraordinaria en un trámite presentado en alguno de los organismos mencionados, el escribano deberá ingresar en la sección ?Trámites? de la página web del Colegio y seguir los pasos que allí se indican, a fin de comunicar el problema. La Comisión de Enlace se contactará con la persona designada dentro del organismo respectivo para explicar la situación y, una vez obtenida la respuesta, se la comunicará al escribano consultante.

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AGIP: Solicitud de informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas

Se recuerda a los colegas la modalidad del trámite para los informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas:

? El sistema web de AGIP no permite seguir el trámite de partidas exentas.
? Los certificados con partidas exentas deben ingresar por el Colegio de Escribanos en soporte papel.

En el caso de haber realizado el trámite vía web y el sistema de la AGIP informe “Error Partida Exenta” consumiéndole el timbrado:
? Al presentar en el Colegio de Escribanos el F1 en soporte papel, se deberá adjuntar una impresión donde figure dicho error a fin de demostrar que el trámite ya se encuentra pago.

Suplemento La Ley – Obligaciones en moneda extranjera y el Código unificado

El 9 de septiembre de 2015 se realizó en la sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires una mesa redonda, que contó con la participación de los doctores Jorge Horacio Alterini (A.), Juan M. Diehl Moreno (D. M.) y Martín Esteban Paolantonio (P.), bajo la moderación del escribano Norberto Rafael Benseñor (B.), para abordar los cambios introducidos por el Código Civil y Comercial con respecto a las obligaciones en moneda extranjera.

El presente artículo, publicado el 22 de diciembre por La Ley, condensa las diferentes opiniones doctrinarias vertidas por los panelistas durante su exposición, a cuyo fin se han mantenido los nombres de los expositores, para que puedan ser identificados con claridad. Con ese mismo objetivo, se han diferenciado a través de subtítulos los aspectos más relevantes tratados en esa sesión.

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Régimen Patrimonial del Matrimonio. Convenciones matrimoniales. Cambio de régimen. Uniones convivenciales

Inscripción para acreeditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Esc. Julio C. Capparelli – Dr. Pedro Di Lella

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Régimen de administración y disposición de bienes de los hijos en el Código Civil y Comercial

Inscripción para acreeditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Esc. José M. R. Orelle – Dr. Atilio Álvarez

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

ARBA – Prórroga de la apertura de la base catastral

De acuerdo a lo informado por la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial de ARBA: ” la apertura de la base catastral prevista para el 7 de enero de 2016, se prorrogará hasta la sanción de la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2016. Hasta que eso ocurra, se permitirá el ingreso de trámites catastrales pero no se realizará la expedición de los mismos”.

Campus virtual: cursos disponibles

Se informa a los colegas que en el Campus Virtual del Colegio se encuentran disponibles 5 cursos que permiten acreditar puntaje para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404. Estas actividades se encuentran ubicadas dentro la carpeta “Cursos que acreditan puntos” en la portada principal del Campus.

Es importante destacar que cada curso acredita puntos por una única vez. De manera que, si ya fue realizado un determinado curso en el año 2015, el puntaje fue asignado a ese año y, aunque vuelva a realizarlo, no podrá computar los puntos para 2016, ya que su asistencia fue registrada anteriormente.

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Conjuntos inmobiliarios en el nuevo Código. Los conjuntos preexistentes. Cementerios privados

Inscripción para acreditar puntaje año 2015
Inscripción para acreditar puntaje año 2016

A cargo de: Dra. Adriana Abella

Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404

Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.


El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.

Curso práctico para empleados de escribanías año 2016

Objetivo: Brindar al empleado los conocimientos prácticos para el desarrollo de las tareas en el ámbito de la escribanía.

Primer Nivel – Comprende dos materias:

1) Aspectos teóricos y prácticos de la actuación notarial extraprotocolar.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia los trabajos que se realizan en la actuación notarial extraprotocolar cotidiana.

Segundo Nivel – Comprende dos materias:
1) Aspectos teóricos y prácticos en la redacción de escrituras y aspecto impositivo.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia la redacción de escrituras.

Tiempo de cursada: 2 veces por semana, 2 horas cátedra de Notarial y 1 vez cada quince días de expresión oral y escrita.
Primer Nivel: Lunes y miércoles de 9,30 a 11,30 horas; un viernes cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.
Segundo Nivel: Martes y jueves de 9,30 a 11,30 horas, un viernes cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.

Se entregarán certificados de aprobación del curso.

Requisitos:
Primer Nivel

1) Presentar copia certificada por escribano de la Ciudad de Buenos Aires del DNI y del Certificado del Ciclo Secundario Completo, que deberá estar legalizada si el escribano es de otra jurisdicción.
2) Carta de presentación de un escribano de la Ciudad de Buenos Aires.

Segundo Nivel:
1) Presentar certificado de aprobación del Primer Nivel y fotocopia del mismo.

Inscripción: Reserva de vacante del 1 al 18 de marzo de 2016 en www.colegio-escribanos.org.ar

Confirmación de vacante y entrega de documentación: En forma personal (sin excepción), del 21 al 28 de marzo 2016, acompañando la documentación requerida (según nivel a inscribirse) en el Departamento de Cursos, Av. Las Heras 1833,4º piso, de 10 a 15 h.

Arancel anual: $ 3.600 el que podrá ser abonado en tres cuotas de $1.200 cada una, con vencimiento, la primera cuota del 1° al 10 de abril; la segunda del 1° al 10 de junio y la tercera del 1° al 10 de septiembre o en un pago anual de $ 3.200 que deberá efectivizarse en el momento de inscribirse.

Los aranceles se abonan en las Cajas del Colegio de Escribanos, sector de Legalizaciones, Av. Las Heras 1833 Primer Entrepiso de 10 a 15 h.
Fecha de inicio: 1° Nivel: lunes 4 de abril de 2016 | 2° Nivel: martes 5 de abril de 2016, ambos en el 4º piso de Av Las Heras 1833.

Por razones pedagógicas y de capacidad de las aulas, los cursos tienen cupo limitado. La apertura de los cursos está sujeta a un cupo mínimo de inscritos.

Informes: Departamento de Cursos, exclusivamente por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar

IMPORTANTE: El presente curso no reemplaza la práctica notarial o profesional exigiga por el artículo 35 de la Ley 3933, modificatoria de la Ley 404.

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Mención del Colegio en los medios

En el día de ayer, martes 5 de enero, fue publicada en el portal www.diariojudicial.com una nota titulada “No discriminen a los escribanos”, referida al fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la alícuota diferencial para el Impuesto de Sellos de las escrituras que tuviesen por objeto inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires y fueran otorgadas fuera de ella.

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Concurso público para escribanos

Se informa a los colegas que el próximo 2 de febrero a las 15 h se abrirá el concurso público para la contratación de Servicios profesionales de escribanos públicos en operaciones crediticias inmobiliarias para otorgamiento de actos notariales de transferencia de dominio con hipoteca simultánea solicitados por la sección Vivienda de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina.

Aquellos interesados podrán retirar el pliego en la División de Compras y Suministros de la Superintendencia de Bienestar / Oficina Licitaciones de la calle Uspallata 3400, edificio anexo, 1º piso de 9 a 13 h, hasta el día hábil anterior a la fecha establecida para el el acto de apertura de las ofertas. Asimismo podrá consultarse de manera online en www.supbienestar.gob.ar, ingresando al sector Centros Médicos – Hospital – Contrataciones.

Podrán formular consultas sobre el pliego a bienestar_cs@policiafederal.gov.ar.

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Actualización de los derechos de escritura para determinados actos de otras jurisdicciones

Tal como fuera informado el 21 de diciembre de 2015, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea Extraordinaria del 29 de junio de 2015, se recuerda al notariado que se implementó un Fondo Anticíclico Previsional, compuesto por los derechos de escritura sobre determinados actos de otras jurisdicciones, que aportan el 0,1 %, a partir del 1º de enero de 2016, con un monto mínimo.

Asimismo, se informa que, a partir del 1º de febrero de 2016, el monto mínimo del derecho de escritura para actos de otras jurisdicciones (actualmente de $250), se actualizará a $ 290.

Los actos sobre los que se aplicará, a partir del 1º de enero de 2016, el derecho de escritura del 0,1% son los siguientes:
Cod 221 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Compraventa
Cod 222 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Dación en pago
Cod 223 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Aporte a sociedades
Cod 227 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Permuta
Cod 229 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Hipoteca
Cod 232 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Fideicomiso – transmisión de dominio pleno de inmuebles a título oneroso (fiduciario a beneficiario o fideicomisario)
Cod 233 – Inmuebles ubicados fuera de C.A.B.A. – Cesión de crédito hipotecario oneroso o gratuito

Estos actos mencionados (221/222/223/227/229/232 y 233) pagarán en concepto de derecho de escritura el 0,1% sobre precio, valuación fiscal, valuación fiscal al acto o VIR, el que fuere mayor. Importante: En los casos de hipoteca se abonará sobre el monto hipotecario y en la cesión de crédito hipotecario se abonará sobre el precio de la cesión o sobre el monto cedido, el que fuera mayor.

De esta manera, las escrituras de extraña jurisdicción abonarán, a partir del 1º de enero de 2016:
1) Derecho de escritura otras jurisdicciones, mínimo de $ 250 (a partir del 1º de febrero 2016: se elevará a $ 290).Si supera ese mínimo, se abonará el 0,1% sólo sobre los actos mencionados.
2) Cargo fijo, que se mantiene en su valor actual: $ 500.
3)Aporte Notarial, que se mantiene en su valor actual: $ 300.
Los valores del cargo fijo y del aporte notarial no han sufrido ningún cambio respecto de su valor actual.

Ejemplo 1
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 1.000.000
Paga:
– Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 1.000 (0,1 %).

Ejemplo 2
Venta de inmueble extraña jurisdicción $ 100.000
Paga:
-Cargo fijo $ 500
– Aporte Notarial $ 300
– Derecho de escritura otras jurisdicciones $ 250. A partir del 1º de febrero de 2016 se elevará a $ 290. ( Es el monto mínimo pues el 0,1% de 100.000 es $ 100).

Modalidades de pago no presencial

Se recuerda a los colegas que el Colegio cuenta con distintas modalidades de pago no presencial para la boleta Ley 404, la boleta de aportes de la Caja Notarial y las cuotas de los préstamos contraídos en el Colegio. Estas opciones habilitadas suponen la ventaja de poder realizar la gestión en menor tiempo y sin necesidad de concurrir de manera presencial a la institución. Recomendamos a los colegas familiarizarse con estas formas alternativas de pago y tenerlas en cuenta para próximos trámites.

Atento a ello, remitimos toda la información para efectuar los pagos, con los números de cuentas necesarios en caso de optar por la transferencia bancaria o depósito en efectivo.

A) Pago de boleta Ley 404 y boleta de aportes de la Caja Notarial (Ley 21.205):

PASO 1
Se detalla la cuenta donde debe realizarse la transferencia o depósito en efectivo:

COLEGIO DE ESCRIBANOS:
C.U.I.T.: 30-52649945-6
CUENTA NRO. 178653-100/2
C.B.U.: 2590035610017865310022
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

PASO 2:
Una vez realizado el pago se deberá escanear el ticket e informar el monto abonado, detallando el monto de la boleta Ley 404 y el de aportes a la Caja Notarial a la siguiente dirección de correo electrónico: tesoreria-finanzas@colegio-escribanos.org.ar.

Si usted realiza la transferencia desde su caja de ahorro y el monto es menor a $ 50.000, el Banco no aplica el impuesto a los débitos y créditos, en consecuencia estos pagos son sin cargo alguno.

B) Pago de cuotas de préstamos en pesos o dólares:
Se detallan los datos de las cuentas de la CNCSS de ambas monedas, de acuerdo al caso:

CAJA NOTARIAL COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD SOCIAL LEY 21205:
Prestamos en Pesos:
C.U.I.T.: 30-70195125-1
CUENTA NRO. 261645-100/7
C.B.U.: 2590035610026164510077
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CUENTA CORRIENTE EN PESOS

Préstamos en Dólares:
C.U.I.T.: 30-70195125-1
CUENTA NRO: 261645-601/4
C.B.U.: 2590035611026164560141
BANCO: ITAU ARGENTINA
TIPO DE CUENTA: CORRIENTE EN DÓLARES

Luego de realizar el depósito o la transferencia, escanear el ticket y enviarlo por mail a tesoreria-finanzas@colegio-escribanos.org.ar

Si el escribano desea cancelar su préstamo nominado en dólares con pesos, es necesario consultar previamente al sector de préstamos al Tel. 4809-7155/6871 o a prestamos@colegio-escribanos.org.ar, con el fin de consultar el tipo de cambio del día de la cancelación.

OPCIONAL EN TODOS LOS CASOS: Informar la transferencia mediante la MEV
Una vez realizada la transferencia o depósito, el escribano puede informar y adjuntar el comprobante a través de la Mesa de Entrada Virtual de la página del Colegio de Escribanos para poder ser registrados. Cualquier duda sobre esta opción pueden consultar con Soporte Informático al 4809-6846 o 4809-7049.

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha informado mediante el instructivo Nº 005 que, a raíz de la falta de sanción de la Ley Impositiva correspondiente al año 2016, hasta nueva disposición quedan prorrogadas las Tasas Especiales por Servicios Registrales establecidas por la Ley 14.653 y la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014.

Respecto de las escrituras autorizadas en el año 2015 e ingresadas durante los dos primeros meses del año 2016, serán aceptada la valuación fiscal o valor inmobiliario de referencia (V.I.R.) del año anterior exclusivamente en los supuestos de tasas variables.

Haga clic aquí para acceder al instructivo Nº 005

Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

INSCRIPCIÓN: desde el 04/01/2016 hasta el 22/02/2016.

LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables.

REQUISITOS: Presentación de una nota en la que consten nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail. Debe adjuntarse copia certificada de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía y del título de abogado, de acuerdo al artículo 8° de la Ley Nº 404.

Aquellos que concursen por la titularidad del registro, podrán acompañar los comprobantes de sus antecedentes para ser evaluados por el jurado en original o en fotocopias certificadas. En ningún caso se desglosarán antecedentes que se hubieren presentado en años anteriores. Cabe destacar que para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8º de la Ley Orgánica Notarial 404, modificada por Ley Nº 3933.

COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 2.200 (dos mil doscientos pesos) que se abonan en las cajas de Av. Las Heras 1833, PB, de 9:30 a 15 h.

EXAMEN ESCRITO: 27 de abril de 2016, a partir de las 7 h.

LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires.

APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404).

EXAMEN ORAL: fecha a confirmar por el Jurado, a realizarse en el Colegio de Escribanos de la CABA.

APROBACIÓN: 5 o más puntos

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Haga clic aquí para acceder al programa

Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2016

Se informa que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del lunes 4 de enero la Ley 5494 (Ley Tarifaria) para 2016 y la Ley 5493, que introduce modificaciones al Código Fiscal. Ambas normas rigen desde el 1º de enero de 2016.

Los asesores impositivos del Colegio se encuentran elaborando un informe en el cual se darán a conocer las principales modificaciones. No obstante ello, adelantamos puntos de especial interés para la actividad diaria.

IMPORTANTE:
1 – El requirente que realice declaración jurada de “única propiedad con destino a vivienda” a fin de beneficiarse con la exención del impuesto de sellos, deberá acreditar dicha declaración mediante la correspondiente solicitud de informe ante el Registro de la Propiedad Inmueble (F3) y el escribano deberá referenciar tanto la declaración jurada del requirente como el certificado registral en la correspondiente escritura.

2 – El monto de exención en el impuesto de sellos para las transferencias de dominio y contratos de compraventa que tengan por objeto vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes, se elevó a $ 975.000 (anterior $ 750.000).

3 – Se encuentran exentas las transferencias de dominio de terrenos baldíos con destino a construcción de vivienda, siempre que la valuación fiscal o el V.I.R. no supere los $ 19.500 (anterior: $ 15.000).

Los textos completos se encuentran disponibles en los links al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5494 (Ley Tarifaria)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5493 modificatoria del Código Fiscal para el 2016

Pautas del Consejo Directivo para la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales

Se informa a los colegas que el Consejo Directivo resolvió, respecto de la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales, lo siguiente:

Asentimiento Conyugal:
El asentimiento conyugal requiere ser documentado en escritura pública en los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles, en las donaciones de cosas muebles registrables y en los contratos de prestaciones periódicas o vitalicias.
El Departamento de Legalizaciones observará todo documento que no cumpla con lo previsto anteriormente, salvo que fuere a utilizarse en el extranjero, en cuyo caso se aplicará lo previsto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes, que se deberá transcribir en el documento o en la certificación: “El instrumento no cumple con las formas exigidas por las leyes vigentes en la República Argentina, debiendo juzgarse su validez con sujeción a las normas del Estado donde ha de ejercerse, conforme voluntad del otorgante y lo dispuesto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero suscripta en Panamá el 30/01/75”

Certificación de Impresiones Digitales:
A los efectos de la legalización de certificaciones de impresiones digitales el Departamento de Legalizaciones verificará el cumplimiento de lo estipulado por el art. 26 del Reglamento de Certificación de Firmas e Impresiones Digitales.


“CAPÍTULO VI ? Certificación de impresiones digitales
Art. 26.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 313 del Código Civil y Comercial de la Nación, el escribano autenticará impresiones digitales o las firmas de los dos testigos en los documentos privados cuando el otorgante no sepa o no pueda firmar. Debe hacerse constar en el acta de requerimiento y en la foja de certificación la manifestación sobre la causa del impedimento y según sea el caso: a) Estampar la impresión digital del impedido, en el documento privado y en el acta de requerimiento ,dejando constancia el escribano del dedo a que correspondiere; o b) Certificar la firma de los dos testigos dejando constancia de la presencia del impedido a firmar. En tales supuestos se seguirá el procedimiento establecido en este reglamento para la certificación de firmas.”

Fallo sobre el pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble

Se pone a disposición de los colegas un fallo de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca caratulado “CARPO, Elena Nora c/ PERALTA, Ceferino Víctor Alberto, CUMPLIMIENTO de CONTRATO” mediante el cual se obligó al pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble, aplicando como lineamiento el Código Civil ya derogado, teniendo en cuenta que el contrato se había celebrado bajo la vigencia del Código de Vélez.

Haga clic aquí para acceder al fallo

Régimen de atención de la IGJ durante el mes de enero

Se informa a los colegas que, durante el mes de enero de 2016, la Inspección General de Justicia mantendrá su funcionamiento normal, pero con un esquema de atención reducido que se detalla a continuación:

Mesa de Entradas: el horario de recepción de trámites comunes será de 9:30 a 12:00 h, tanto en sede central, Paseo Colón 285, como en los colegios profesionales.
En tanto, los trámites urgentes se recibirán de 8:00 a 9:00 h en sede central, y de 9:30 a 11:00hs. en los colegios profesionales.

Departamento de Rúbrica: trámites urgentes de 10.00 a 12:00 h El resto de los trámites se recibirán en el horario de 10:00 a 13.00 h.

Plazo del trámite urgente: 96 horas es el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales (de los departamentos de Precalificación de sociedades comerciales, Personería Jurídica de entidades civiles, Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales, y para los trámites del departamento de Rúbrica).

Recepción de oficios judiciales: solo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal; otros análogos).

Mesa de entradas departamento de Control Contable sociedades comerciales y entidades civiles: recepción y retiro de trámites, de 10:00 a 12:00 h.

Trámites excluidos: no se recibirán durante el mes de enero de 2016:
– Trámites ordinarios de los departamentos de Precalificación de Sociedades Comerciales y de Personería Jurídica de Entidades Civiles, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el 16 de enero de 2016 inclusive.
– Pedidos de expedición de testimonios, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.
– Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.
– Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización, entre el primer día hábil de enero de 2016 y el último día hábil de enero inclusive.

Vistas
No se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2015, excepto los trámites correspondientes al departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2015 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2016.

Receso de las comisiones e institutos del Colegio

Se informa a los señores escribanos que las comisiones e institutos del Colegio se encuentran en receso a excepción del Instituto de Derecho Tributario que continuará reuniéndose los días lunes a las 10 h. Asimismo, si bien la Comisión de Automotores también se encuentra de receso, ante consultas urgentes podrán contactarse telefónicamente con sus integrantes. Para obtener el número de contacto comunicarse al interno 4809-6885.

IMPORTANTE. ADVERTENCIA SOBRE LEY IMPOSITIVA 2016 CABA

Si bien a la fecha aun no han sido publicadas en el Boletín Oficial la Ley Impositiva y la Ley Tarifaria de CABA para 2016, por lo cual no podemos informar los textos definitivos, no obstante con el objeto que los colegas realicen las acciones necesarias, comunicamos que hemos tomado conocimiento que de las normas se infiere que:

El requirente que realice declaración de? única propiedad con destino a vivienda? a fin de beneficiarse con la exención del impuesto de sellos, deberá acreditar dicha declaración mediante la correspondiente solicitud de informe ante el Registro de la Propiedad Inmueble (F3).

Informaremos a la brevedad cualquier novedad respecto de las mencionadas Leyes

Provincia de Buenos Aires- Catastro territorial Advertencia respecto de la valuación fiscal a aplicar

Como oportunamente se informó a los colegas, ARBA dispuso que los certificados catastrales expedidos durante 2015 podrán ser utilizados hasta el 31 de enero de 2016 inclusive. Sin perjuicio de ello es importante señalar que, como ha ocurrido en los últimos años, la valuación fiscal a aplicarse durante el mes de enero deberá calcularse de conformidad con los parámetros que establezca la ley impositiva correspondiente al año 2016.

Si bien el proyecto de ley impositiva mantiene las valuaciones fiscales de los inmuebles y el coeficiente corrector para el pago del impuesto de sellos en los mismos valores del año 2015, al estar la norma pendiente de tratamiento, no podemos asegurar cuál será su texto definitivo ni qué modificaciones podrán resultar de los debates legislativos. En virtud de ello, le solicitamos al notariado que, antes de utilizar los certificados catastrales expedidos en el año 2015 durante el mes de enero de 2016, esté atento a la sanción de la ley impositiva.

Informaremos de inmediato a su publicación el texto de la ley impositiva 2016 y sus principales modificaciones.

Importante: No obstante estar cerrada la base de datos hasta el 7 de enero, Catastro permite la recepción e ingreso de nuevos trámites, y despacho de certificados catastrales en cualquiera de sus modalidades, siempre que se encuentre vigente el estado parcelario para el inmueble de que se trate, en los términos del artículo 15 de la Ley N° 10.707 y modificatorias.

Asesoría Previsional

Se informa a los colegas que la Dra. Patricia Jauzat se encontrará de licencia del 11 al 20 de enero de 2016, ambas fechas inclusive. Asimismo, se comunica que brindará atención adicional los días martes 26 de enero y jueves 11 de febrero.

Asesoría Registral

Se informa a los colegas que el escribano Antonio Iapalucci se encontrará de licencia desde el miércoles 30 de diciembre de 2015 al 27 de enero de 2016, ambas fechas inclusive. No obstante ello, atenderá la asesoría a su cargo el miércoles 20 de enero de 9.30 a 13.30 h.

Durante esas fechas, el escribano León Hirsch mantendrá la atención de la asesoría en el horario de los miércoles, de 18 a 21 h y los lunes de 9.30 a 14.30 h.

Oferta de Cursos Virtuales

El Campus Virtual cuenta con una variada oferta de cursos que permiten acreditar puntos correspondientes a los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

En consonancia con la tendencia de capacitación a distancia que se afianza en el mundo, durante 2016 se incrementarán las opciones de cursos virtuales ofrecidas por nuestro Colegio.

Les recordamos que la oferta de cursos presenciales para 2015 ya se encuentra finalizada y que las actividades del Campus Virtual son una valiosa opción para aquellos colegas que no tengan cumplido el puntaje obligatorio requerido anualmente y deban completarlo antes del cierre del año calendario.

Atento a ello, los invitamos a ingresar a esta plataforma, familiarizarse con la modalidad y en caso de requerir asistencia, solicitarla al Departamento de Cursos. El acceso es muy sencillo. Se realiza a través del usuario y contraseña que se utiliza para los demás servicios on line del Colegio.

Otros materiales de consulta:
El Campus cuenta también con el registro en video de cursos presenciales dictados en el Colegio que, si bien no acreditan puntos (arts. 38 y 39 de la ley 404), permiten a los colegas consultar estos contenidos desde cualquier lugar y momento.

Los contenidos publicados en esta plataforma se encuentran coordinados por un comité, que se encarga de ajustar los materiales de acuerdo a las necesidades e intereses del notariado.

Todos estos cursos acreditan 10 puntos correspondientes a los arts. 38 y 39 de la ley 404.

Último curso publicado:
Derecho Real de Superficie
Exposición del Dr. Marcelo Pepe

Material de Consulta: material de referencia, acceso a la normativa relacionada y bibliografía recomendada.

OTROS CURSOS:

Modificación al Régimen de Sociedades– Exposición: Dr. Daniel R. Vítolo

Conjuntos Inmobiliarios – Exposición: Esc. Marcelo De Hoz

Régimen Patrimonial del Matrimonio – Exposición: Esc. Julio César Capparelli

Propiedad Horizontal – Exposición: Dr. Claudio Kiper

Haga clic aquí para acceder al Campus Virtual

Registro de Actos de Última Voluntad y Autoprotección

Se informa a los colegas que, conforme Resolución 514/15 del Consejo Directivo , se resolvió fijar el periodo de feria del Registro de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección, desde el 1° de enero y hasta el 31 de enero de 2016, inclusive.

Durante este periodo no se recibirán oficios judiciales dirigidos, con excepción de aquellos en los que se haya solicitado la habilitación correspondiente y así surja de la resolución judicial transcrita en el oficio, como así tampoco será de aplicación para los informes solicitados por los consulados.

La actividad vinculada a la recepción y registración de Pedidos de Inscripción de Actos de Ultima Voluntad y Autoprotección continuará normalmente.

Eliminación de las restricciones cambiarias

Atento a las medidas de público conocimiento tomadas por el Gobierno Nacional, mediante las cuales se eliminaron los controles cambiarios, se pone a disposición de los colegas para su información, la normativa recientemente dictada sobre este tema.

A saber:

Comunicación “A” 5.580 del Banco Central de la República Argentina (BCRA)

Resolución General 3821 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)

Resolución 3/2015 del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas

Asesoría Impositiva

Se informa a los colegas que los días 4, 6 y 8 de enero de 2016 la Dra. Marta Moussoli no atenderá la asesoría a su cargo. Durante esas fechas será reemplazada por el Dr. Omar Rofrano.