Requisitos para el ingreso de menores y automotores a la República de Chile
Nota enviada al Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA)
Se pone a disposición de los colegas la nota enviada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno de Chile al Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA), referida a los requisitos para el ingreso de menores y automotores a la República de Chile desde nuestro país.
Línea de préstamos hipotecarios en dólares para escribanos
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ARBA: Resolución Normativa 41/2016
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 41/2016, mediante la cual se establece el reempadronamiento de determinados beneficios de exención de pago del Impuesto Inmobiliario, otorgados con anterioridad a la vigencia del procedimiento único establecido por la Disposición Normativa Serie “B” Nº 29/07 y modificatorias, que alcanzará a aquellos contribuyentes que sean notificados al efecto por este organismo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 3º, y los que se encuentren incluidos en el listado regulado por el artículo 6º, ambos de la presente Resolución Normativa.
Nueva regulación para el traslado de los menores de edad en micros de larga distancia
Con el objetivo de disminuir la vulnerabilidad de los menores como posibles víctimas de redes de trata de personas o intentos de sustracciones, el Ministerio de Transporte de la Nación y la CNRT han implementado nuevas normativas (Resolución SGT 43/2016 y Resolución CNRT 1025/2016) que regulan las autorizaciones de viaje para menores de edad que se trasladen en el transporte interjurisdiccional de pasajeros.
¿Qué establece la nueva regulación?
– Menores de 6 años deberán viajar acompañados por un Representante Legal o Tercero Autorizado.
– Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal, Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.
– Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados o solos, contando con las autorizaciones requeridas.
EL VINCULO FILIATORIO SIEMPRE DEBE SER ACREDITADO
¿Cómo se tramitan las autorizaciones de viaje?
Las autorizaciones pueden tramitarse de dos maneras:
PRESENCIAL: Se podrán realizar de manera presencial en las boleterías de las empresas, completando el siguiente formulario.
PREVIA: Se podrá realizar la autorización a través de Escribanos, Juez competente, Autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras Autoridades Administrativas y Judiciales.
¿Qué documentación es necesaria para acreditar el vínculo filiatorio?
DNI del menor.
DNI del representante legal.
Libreta de matrimonio con nacimiento asentado o partida de nacimiento o acta de nacimiento o testimonio judicial de adopción.
El vínculo podrá ser acreditado mediante el DNI del menor, siempre que éste contenga en nombre de sus representantes legales.
Si viaja con un tercero, DNI de la persona responsable del menos durante el viaje y autorización correspondiente.
Se debe contar con original y fotocopia de toda la documentación presentada
IMPORTANTE: Se recuerda que para viajes al interior del país la autorización puede ser otorgada por uno sólo de los progenitores, a diferencia de las autorizaciones para salida de menores al exterior.
Turismo Estudiantil
Para viajes estudiantiles o de egresados serán válidas las autorizaciones solicitadas por las agencias de viajes habilitadas para tal fin.
Fuente: WWW.cnrt.gob.ar/prensa/nueva-regulación-para-el-traslado-de-los-menores-de-edad-en-micros-de-larga-distancia
(Comisión Nacional de Regularización del Transporte – Ministerio de Transporte – Presidencia de la Nación)
Impuesto de Sellos Provincia de Buenos Aires |Certificados catastrales diciembre 2016 – Aclaración
Debido a que la Provincia de Buenos Aires publicó normativa (Resolución ARBA 37/16 y la Ley Impositiva 14.880) que inducía a diferentes interpretaciones respecto de las valuaciones a aplicar para el pago del impuesto de sellos con relación a las escrituras autorizadas en el mes de enero de 2017, en las cuales se utilicen los certificados catastrales emitidos durante el mes de diciembre de 2016, el Colegio realizó una consulta a ARBA para que se expidiera sobre esta cuestión.
Como respuesta, ARBA aclaró por escrito que: “atento a lo resuelto por la citada normativa, la aplicación web SIESBA para escrituras autorizadas en enero del corriente, devolverá los certificados catastrales válidos para la fecha de escritura declarada, es decir que si existe un certificado expedido durante diciembre pasado, la aplicación tomará los valores que el mismo refleje para el cálculo del impuesto de sellos, consecuentemente no deberán los notarios efectuar ninguna forma de declaración especial”.
También advirtió que: “para las escrituras del mes de enero de 2017 son válidos los certificados emitidos durante diciembre de 2016 y el contenido de los mismos, es decir que se podrá tomar la totalidad de los valores emergentes del certificado utilizado, incluyendo para ello la valuación especial al acto que figura en dichos certificados catastrales” (el resaltado y subrayado nos pertenece).
En resumen:
- Catastros emitidos durante el año 2016 hasta el mes de noviembre inclusive, NO PUEDEN SER UTILIZADOS durante el año 2017.
- Catastros emitidos durante el mes de diciembre 2016 PODRÁN UTILIZARSE hasta el 31 de enero de 2017.
- Catastros emitidos durante el mes de diciembre 2016, con su contenido completo, incluyendo la valuación especial al acto allí informada PODRÁN UTILIZARSE para escrituras que se otorguen durante el mes de enero de 2017, SIN APLICACIÓN DE ÍNDICE CORRECTOR ALGUNO.
- La aplicación web SIESBA valida los certificados catastrales emitidos durante el mes de diciembre 2016para las escrituras que se otorguen en enero de 2017, en las que se hubieran utilizado los mismos, y el aplicativo tomará para el cálculo del impuesto de sellos los valores que los catastros reflejen.
Unidad de Información Financiera | Nueva página web
Se informa a los colegas que la Unidad de Información Financiera (UIF) ha modificado su página web. Actualmente el acceso se realiza a través del siguiente link: http://www.argentina.gob.ar/uif
A raíz de esta modificación y con el fin de simplificar la labor de los escribanos, se hace llegar un instructivo con los pasos para acceder desde la nueva página web al Sistema de Reporte de Operaciones (SRO).
Haga clic aquí para acceder al instructivo
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) – Resolución Nº 21/17
Prórroga para el vencimiento del Impuesto de Sellos CABA
Se hace llegar a los colegas la Resolución Nº 21/17 de la AGIP, mediante la cual se considerarán presentadas y abonadas en término, hasta el día 17 de enero de 2017, las Declaraciones Juradas y pagos del período diciembre de 2016 de los escribanos públicos con registro en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo vencimiento operó el día 10 de enero de 2017.
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
Disposiciones 5-E/2017 y 6-E/2017
Se informa a los colegas que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado las disposiciones 5-E/2017 y 6-E/2017 mediante las cuales se modifica el Digesto de Normas Técnico Registrales.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 5-E/2017
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 6-E/2017
Página web del Colegio – Autogestión de correo electrónico
Se recuerda a los colegas que la única vía disponible para dar de alta, baja o modificar las direcciones de correo electrónico es mediante el sistema de autogestión que se encuentra disponible en la página web del Colegio, en el sector “Acceso Restringido Único”. Esta herramienta mejora y facilita el manejo de las casillas de e-mails que se encuentran registradas en la base de datos de nuestra institución y permite, en tiempo real:
– Agregar y eliminar direcciones de correo electrónico que figuren a su nombre en la base de datos del Colegio.
– Modificar otros datos concernientes a las preferencias del usuario (por ejemplo, si desea que su dirección no figure en la nómina de escribanos de la página web institucional).
Por cuestiones de seguridad informática, el Colegio no tiene acceso a modificar las direcciones de correo de los escribanos. Cada escribano deberá hacerlo desde el Acceso Restringido Único.
Haga clic aquí para acceder al instructivo de uso de la Autogestión de Correos
Falta de suministro eléctrico – Inconvenientes en la atención del Colegio
Se informa a los colegas que, por inconvenientes técnicos con un transformador eléctrico de la empresa Edesur, el Colegio se encuentra sin luz (funcionando con grupo electrógeno), por lo que brinda servicios limitados y con entrega de trámites demorados.
- No se encuentran funcionando los ascensores ni los aires acondicionados de la sede de Las Heras.
- No se encuentran operativas las impresoras láser y el servicio de internet funciona de manera intermitente.
- Los bancos Itaú y Ciudad se encuentran atendiendo con servicios reducidos.
- Las cajas del RPI no se encuentran habilitadas.
Sugerimos a los escribanos tomar los recaudos necesarios y concurrir a la institución sólo en casos de extrema necesidad, hasta tanto se resuelvan los problemas indicados.
Informaremos por esta vía cualquier novedad al respecto.
IMPORTANTE: Se prorroga de la suspensión en la expedición de los trámites catastrales
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha informado que, por cuestiones operativas, no ha podido finalizar las tareas para la reapertura de su base de datos de teleprocesamientos en la fecha establecida.
La fecha de apertura será informada por esta vía en cuanto el Colegio reciba novedades del organismo.
Implementación del Convenio sobre legalizaciones suscripto entre la Cancillería Argentina y el CFNA
* Esta información fue modificada. Para ver la versión actualizada haga clic aquí
La Cancillería Argentina y el Consejo Federal han firmado un convenio para descentralizar las legalizaciones de documentos públicos con validez internacional, a través de los distintos colegios del país. Desde el 16 de enero, el Colegio legaliza los siguientes documentos:
1. Apostilla de la Haya: además de los documentos notariales que actualmente se legalizan, se apostillarán todos los documentos públicos incluidos en el Convenio de la Haya de 1961.
2. Legalización: a) documentos públicos expedidos en territorio nacional destinados a países que no formen parte de la Convención de la Apostille, que cumplan con la cadena interna de legalizaciones. b) documentación administrativa relacionada con una transacción comercial y/o aduanera (incluso si el país receptor forma parte del Convenio de la Apostille). La intervención del Colegio se limita a la habilitación de los documentos para su posterior tratamiento consular.
3. Firmas de funcionarios consulares de la República Argentina en el exterior o funcionario autorizante.
IMPORTANTE: En una primera etapa, hasta el 1º de marzo, todos los servicios serán exclusivos para escribanos de la demarcación.
El valor es de: $ 330.
HORARIOS DE ENTREGA Y RECEPCIÓN DE TRÁMITES
Apostilla y legalización de documentos notariales ingresadas por escribanos de la ciudad:
- En caso de ingresar trámites antes de las 11 h, será entregado a partir de las 2 h del ingreso de la documentación.
- Los ingresados después de las 11 h serán entregados a partir de las 24 h hábiles de iniciado el trámite.
Apostilla y legalización de documentos notariales ingresadas por el público en particular:
- Los documentos serán entregados a partir de las 24 h hábiles de ingresada la documentación.
Apostilla y legalización de otros documentos y habilitaciones consulares (servicio exclusivos para escribanos hasta el mes de marzo)
- Los trámites que ingresen hasta las 11 h serán entregados el día hábil siguiente, a partir de las 11 h
- Los trámites ingresados después de las 11 h se entregarán el día hábil subsiguiente, a partir de las 9.30 h.
Haga clic aquí para acceder al Manual de uso
Asesoría sobre Rentas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Se informa a los colegas que la Dra. Latella se encontrará de licencia desde el 10 al 24 de enero, ambas fechas inclusive. En su reemplazo atenderá el Dr. Darío Espósito, a excepción del día lunes 16 de enero.
La atención será, como es habitual, los días lunes y miércoles de 10 a 15 h.
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios: Disposición 1 – E/2017
Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales
La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición Nº 1 – E/2017, mediante la cual se modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales.
Actualización de la tabla de actos notariales del Colegio de Escribanos de la Prov. de Bs. As.
Se informa a los colegas la actualización de la Tabla de Actos Notariales para escribanos de extraña jurisdicción, vigentes desde el 1º de enero de 2018.
Haga clic aquí para acceder Tabla de Actos Notariales Extraña Jurisdicción
Haga clic aquí para acceder a Tabla de actos sobre barcos / barcos R.E.Y
RPI de la Provincia de Buenos Aires: Unificación de tipos de créditos y nuevos valores
Recordamos que, desde el mes de diciembre de 2016, el Registro de la Propiedad Inmueble de Provincia de Buenos Aires, ha unificado la nomenclatura de los créditos adquiridos para trámites web: las consultas A, B, D y E pasaron a ser todos A y los informes F y G pasaron a ser todos F.
Es decir que el tipo de crédito F solo podrá ser usado para el trámite de Informe de Dominio. El resto de los trámites requerirán créditos de tipo “A”.
IMPORTANTE: A partir del 1º de enero, los valores de los créditos serán:
Tipo de Crédito A: $ 460 (incluye precio de formulario)
Tipo de Crédito F: $ 520 (incluye precio de formulario)
Se detalla el criterio de nomenclatura de los créditos en el cuadro disponible a continuación:
Recordamos que mediante este sistema, disponible en la página web de nuestro Colegio, se realiza la compra de créditos para la solicitud de trámites on line del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires (www.rpba.gov.ar).
Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble – DTR Nº 25/2016
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha publicado la DTR Nº 25/2016, mediante la cual se implementa, desde el 2 de enero, la “Carátula de Presentación de Documentos Judiciales”, que acompañará a toda la documentación judicial proveniente de órganos jurisdiccionales de la Provincia de Buenos Aires, con exclusión de la que se refiera a servicios de publicidad y medidas cautelares.
La utilización de esta carátula será optativa desde el 2 de enero hasta el 3 de julio de 2017, fecha en que comenzará a ser de uso obligatorio.
Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 25/2016
Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble – DTR Nº 26/2016
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha publicado la DTR Nº 26/2016, mediante la cual se establece, desde el 2 de enero, un valor unitario para cada uno de los formularios que se detallan en el anexo de la presente norma.
El pago de los formularios se efectivizará en las máquinas timbradoras habilitadas por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, en forma conjunta con el pago de la Tasa Especial por Servicios Registrales, en única oblea y previo al ingreso del documento.
Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 26/2016
Actualización de la tabla de actos notariales
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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral N° 27/2016
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha informado a nuestro Colegio el martes 3 de enero sobre la publicación de la Disposición Técnico Registral N° 27/2016, referida a tasas especiales por servicios registrales; plazos de expedición para los servicios de publicidad y registración; exenciones y sujeto a recupero; procedimiento y derogación de la DTR Nº 1/2016.
Haga clic aquí para acceder al texto de la norma
Ley Impositiva 14.880 de la Provincia de Buenos Aires para 2016 – Informe de los asesores impositivos
A raíz de la publicación de la Ley Impositiva 14.880 de la Provincia de Buenos Aires para 2017, el asesor impositivo, Dr. Omar Rofrano, elaboró un informe con las principales modificaciones introducidas por esta norma.
IMPORTANTE: Si durante el mes de enero 2017 se realiza una escritura utilizando el certificado catastral expedido en diciembre de 2016 (no utilizar de meses anteriores), a la valuación fiscal que figure en el mismo, se la deberá multiplicar por el índice de 3,77 o 1,79, según corresponda (ver en detalle informe de los asesores). El resultado final será el de la valuación fiscal al acto, que deberá tomarse en cuenta como base imponible para el cálculo del pago tanto del Impuesto de Sellos como del Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB).
Haga clic aquí para acceder a las modificaciones introducidas al Código Fiscal
Haga clic aquí para acceder al informe (modificaciones ITGB)
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre 2016
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre 2016. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 5.016
Monto involucrado $ 9.513,2 millones
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en noviembre último un crecimiento de 20,8% respecto del mes anterior, al sumar 5.016 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas se elevó 21,3%, a $9.513,2 millones.
En comparación con noviembre de 2015, los actos se expandieron 44,9% en cantidad y 114,4% en pesos, al equivalente a 620 millones de dólares, de acuerdo al tipo de cambio de cierre de mes que informa el Banco Central. En este caso, aumentó 34,2%, debido a una variación de la paridad entre el peso y el dólar de 59,3%, en tanto subió 95% al cambio libre (que subió 9,6%). El monto promedio de los actos fue de $1.896.574: creció 47,9%, al equivalente a 123.636 dólares. En ese caso, disminuyó 7,4% al cambio oficial, en tanto aumentó 34,6% al cambio libre.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA
La distribución de los actos en la Ciudad de Buenos Aires en cinco segmentos por monto de operaciones mantuvo en el undécimo mes del año la mayor concentración en la franja de más de $700.000, alcanzaron una representatividad de 76,1% del total, producto de que las escalas con valuaciones inferiores perdieron 30 puntos porcentuales de relevancia en comparación con la que tenían en igual período de un año antes.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En noviembre las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 745 casos, 84% más que las registradas un año antes, tras aumentar 32,3% en comparación con el mes anterior. Representaron el equivalente a 14,9% del total, frente a 11,7% de un año antes. En valor, por el contrario, redujeron su incidencia de 11,1% a 7,7% del valor total de los actos.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA
En el acumulado de los primeros once meses de 2016, los actos que fueron consumados con el uso de la garantía hipotecaria sumaron 5.062, acusaron un incremento de 35,9% respecto de igual período del año anterior y alcanzaron una representatividad de 13,1%, en comparación con 11,3% de un año antes. En valor, se redujo la proporción de 13,2% a 10,9% del total.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA
Los once meses de 2016 cerraron con una recuperación de los actos escriturales de compra y venta de inmuebles de 17,5%, a 38.771 operaciones, y de 84,9% en valor, a $63.303 millones. El precio promedio anotado fue en el período de $1.632.755, se elevó 57,3%; y en el equivalente en dólares al cambio oficial se ubicó en 111.223, disminuyó 2,8% respecto de un año atrás, pero por el contrario aumentó 45,6% al cambio libre, a 106.546 dólares.
Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes
Descargar el comparativo anual por mes
Descargar el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria del 2009 y 2016
Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para el 2017 – Informe de los asesores impositivos
Se pone a disposición de los señores escribanos el informe elaborado por los asesores impositivos del Colegio sobre el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de la CABA para el 2017.
IMPORTANTE: No se modificaron las alícuotas para el Impuesto de Sellos ni tampoco sufrieron modificaciones los montos exentos y valores topes.
Haga clic aquí para acceder al informe
Calendario anual de vencimientos impositivos año 2017
Se pone a disposición de los señores escribanos el calendario anual de vencimientos impositivos para el año 2017, elaborado por los asesores del Colegio.
Inscripción de Trámites en el Registro Civil
El Registro Civil ha informado a nuestro Colegio que la inscripción de 1) convenciones matrimoniales, 2) opción por cambio de régimen patrimonial – matrimonial y 3) pactos de convivencia NO se realizan a través del TAD, ya que este sistema no se encuentra operativo para este tipo de trámites.
A la fecha, la inscripción de los mismos deberá efectuarse de manera presencial. No obstante ello, el organismo ha informado que se encuentra evaluando la posibilidad de implementar la inscripción a través del sistema web y se encuentra trabajando en ese sentido.
El Registro Civil ha informado también los siguientes requisitos:
1) Para la inscripción de las “convenciones matrimoniales”, son los futuros contrayentes quienes deben presentar la primera copia de la escritura pública en el sector matrimonios de la sede donde hayan solicitado el turno para casarse, al momento de entregar la documentación requerida (prenupciales etc., 3 días antes de la celebración del matrimonio). Ello, porque en el acta de matrimonio, se hace mención a si presentaron convención y el régimen patrimonial por el que han optado.
2) Para la inscripción del “cambio en el régimen patrimonial del matrimonio” (posteriores a éste), tienen que presentar la primera copia de la escritura otorgada, con una nota ante la Mesa de Entradas del Registro Civil, donde se le dará curso, dependiendo el año de celebración del matrimonio, en el área de Archivo o Legal. Una vez que el cambio esté inscripto en la partida original de matrimonio, se le avisará a los peticionantes para que retiren el instrumento original debidamente inscripto.
3) Para la inscripción de los “pactos de convivencia” deberá presentarse la primera copia de la escritura o instrumento privado con firma certificada al momento de entregar la documentación para la celebración de la unión convivencial. Si la convención se realizara a posteriori de la inscripción de la unión convivencial, la documentación correspondiente deberá presentarse por Mesa de Entradas.
Autorizaciones de viaje de menores al interior del país
Informe del Consejo Federal: Resolución del Ministerio de Transporte
El CFNA ha hecho llegar a nuestro Colegio un informe elaborado por la Comisión de Legislación sobre la Resolución 43/2016 del Ministerio de Transporte, que rige el traslado de menores de edad en transporte automotor interjurisdiccional dentro del país.
IMPORTANTE: Ley Impositiva 14.880 para 2017 de la Provincia de Buenos Aires
Publicada en el B.O. del 02 de enero de 2017
El Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires publicó en el día de la fecha, lunes 2 de enero, la Ley Impositiva Nº14.880 para el año 2017.
Los asesores impositivos del Colegio se encuentran elaborando un informe sobre las modificaciones más relevantes que esta norma introduce a la actividad notarial, que será enviado por esta vía a la brevedad posible.
Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma
Mesa de Entradas Virtual (MEV) – Nuevo trámite disponible: solicitud de reposición de credencial profesional
Se informa a los colegas que se ha incorporado a la Mesa de Entradas Virtual (MEV) el formulario de solicitud para la reposición de credencial profesional vigente. El trámite se realiza de manera online y no requiere el uso de firma digital. El retiro de la credencial se realiza por el Departamento de Secretaría.
Importante: En los casos en que la solicitud se realice por robo o extravío, deberá presentarse la denuncia correspondiente al momento de retirar la nueva credencial.
Campus Virtual – Tareas de mantenimiento
Se informa a los señores escribanos que, por tareas de mantenimiento, el Campus del Colegio no se encontrará operativo desde el 2 hasta el 4 de enero, ambas fechas inclusive.
Asesoría Jurídico Notarial
Se informa que el Esc. Ezequiel Cabuli no atenderá la asesoría a su cargo el martes 3 de enero de 2017.
Curso práctico para empleados de escribanías año 2017 – Primero, segundo y tercer nivel
Haga clic aquí para ver el programa del Nivel 1
Haga clic aquí para ver el programa del Nivel 2
Haga clic aquí para ver el programa del Nivel 3
Objetivo: Brindar al empleado los conocimientos prácticos para el desarrollo de las tareas en el ámbito de la escribanía.
Fecha de inicio: 1° Nivel: Martes 18 de abril de 2017 | 2° Nivel: Lunes 17 de abril de 2017 (9º piso de Av. Las Heras 1833).
Primer Nivel – Comprende dos materias:
1) Aspectos teóricos y prácticos de la actuación notarial extraprotocolar.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia los trabajos que se realizan en la actuación notarial extraprotocolar cotidiana.
Segundo Nivel – Comprende dos materias:
1) Aspectos teóricos y prácticos en la redacción de escrituras y aspecto impositivo.
2) Técnica de redacción y lenguaje, tomando como referencia la redacción de escrituras.
Cursada: 2 veces por semana, 2 horas cátedra de Notarial y 1 vez cada quince días de expresión oral y escrita.
Primer Nivel: Martes y viernes de 9,30 a 11,30 horas; un jueves cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.
Segundo Nivel: Lunes y Miércoles de 9,30 a 11,30 horas, un jueves cada 15 días, de 9,30 a 11,30 horas.
Se entregarán certificados de aprobación del curso.
Requisitos:
Primer Nivel
1) Presentar copia certificada por escribano de la Ciudad de Buenos Aires del DNI y del Certificado del Ciclo Secundario Completo, que deberá estar legalizada si el escribano es de otra jurisdicción.
2) Carta de presentación de un escribano de la Ciudad de Buenos Aires.
Segundo Nivel:
1) Presentar certificado de aprobación del Primer Nivel y fotocopia del mismo.
Inscripción: Reserva de vacante del 1 al 24 de febrero de 2017 en www.colegio-escribanos.org.ar
Confirmación de vacante y entrega de documentación: En forma personal (sin excepción), del 20 al 23 de marzo 2017, acompañando la documentación requerida (según nivel a inscribirse) a presentarse en el Departamento de Cursos, Av. Las Heras 1833,4º piso, de 10 a 15 h.
Arancel anual: $ 4.600 el que podrá ser abonado en tres cuotas de $1.700 cada una, con vencimiento, la primera cuota con la entrega de la documentación del 20 a 23 de marzo; la segunda del 1° al 15 de mayo y la tercera del 1° al 15 de agosto o en un pago anual de $ 4.600 que deberá efectivizarse en el momento de inscribirse. Los aranceles se abonan en las Cajas del Colegio de Escribanos, sector de Legalizaciones, Av. Las Heras 1833 Primer Entrepiso de 10 a 15 h.
Por razones pedagógicas y de capacidad de las aulas, los cursos tienen cupo limitado. La apertura de los cursos está sujeta a un cupo mínimo de inscriptos.
IMPORTANTE: El presente curso no reemplaza la práctica notarial o profesional exigido por el artículo 35 de la Ley 3933, modificatoria de la Ley 404.
Informes: Dto. de Cursos, exclusivamente por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
Haga clic aquí para acceder a la carta de presentación
Haga clic aquí para acceder al Reglamento
TERCER NIVEL
Inicio del curso: Miércoles 19 de Abril de 2017 a la 9.30 horas en el 9° Piso Las Heras 1833
Haga clic aquí para acceder al reglamento del tercer nivel
Inscripción: 1 al 24 de febrero de 2017 a través de esta página web (www.colegio-escribanos.org.ar)
Destinado a Empleados de Escribanías que hayan aprobado el 1° y 2° Nivel (sin excepción)
Objetivo: Que los participantes encuentren propuestas de contenido específico en cada una de las escrituras.
En el Curso se abordarán estructuras textuales, llevando a la práctica ejercicios de redacción en un sistema de Lenguaje colaborativo grupal, basado en lo Jurídico-Notarial. Se realizarán ejercicios de redacción individual y grupal logrando que los participantes redacten textos técnicos coherentes con cohesión gramatical.
Desarrollo: Esquema y estructura de las diversas escrituras en las que se incluirán los trámites pre y post escriturarios, inscripción en los diversos registros, aportes a cajas y cargas tributarias y enseñanza en la utilización de aplicativos.
Tiempo de cursada: 1 vez por semana, 2 horas cátedra (Miércoles de 9.30 a 11.30 horas). Se entregarán certificados de aprobación del curso.
Requisitos:
1) Tener aprobado el 1° y 2° Nivel del Curso de Empleados sin excepción.
Documentación a presentar:
Fotocopia del DNI y de los certificados de aprobación del 1° y 2° nivel, las que deberán estar certificadas por escribanos de la Ciudad de Buenos Aires o certificadas y legalizadas si el escribano es de otra jurisdicción.
Confirmación de vacante y entrega de documentación: En forma personal (sin excepción), del 20 al 23 de marzo de 2017, acompañando la documentación requerida en el Departamento de Cursos, Av. Las Heras 1833, 4º piso, de 10 a 14 h.
Arancel anual: $ 3.500 al contado en el momento de la entrega de la documentación, que podrá ser abonado en tres cuotas de $1.300 cada una, con vencimiento, la primera cuota con entrega de la documentación del 20 al 23 de marzo, la segunda del 1° al 15 de mayo y la tercera del 1° al 15 de agosto. Los aranceles se abonan en las Cajas del Colegio de Escribanos, sector de Legalizaciones, Av. Las Heras 1833 . Por razones pedagógicas y de capacidad de las aulas, los cursos tienen cupo limitado.
La apertura de los cursos está sujeta a un cupo mínimo de inscriptos. Vacantes Limitadas.
Informes: Departamento de Cursos, exclusivamente por correo electrónico: cursos@colegio-escribanos.org.ar
IMPORTANTE: El presente curso no reemplaza la práctica notarial o profesional, exigida por el artículo 35 de la Ley 3933, modificatoria de la Ley 404.
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP): Resolución General 3968
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha emitido la Resolución General 3968, mediante la cual se establece el calendario fiscal para el 2017.
Circular 3386
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Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios – Disposición 515 – E/2016
El Registro Nacional de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 515 – E/2016, mediante la cual se modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales, en lo referido al Sistema Integrado de Anotaciones Personales.
La vigencia de la norma será a partir del 2 de febrero de 2017.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 515 – E/ 2016
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA): Resolución Normativa Nº 38
Se informa a los colegas que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 38, referida a bonificaciones por cancelación del monto anual por buen cumplimiento e ingreso anticipado de cuotas no vencidas, sobre distintos tributos.
Haga clic aquí para acceder al texto de la norma
Ciclo de Perfeccionamiento Profesional 2017
La preinscripción al CPP ha finalizado.
Hasta el 15 de enero 2017, se realizará la preinscripción vía web al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional 2017. Para realizar el curso, la única condición es ser un escribano en ejercicio de la función notarial en carácter de adscripto de un registro de la demarcación
A los efectos de cubrir las 120 horas y, de acuerdo al nuevo Reglamento aprobado el 14 de diciembre de 2016, este ciclo se podrá cursar bajo dos modalidades:
- Modalidad regular: 1 año calendario
• Modalidad extendida: 2 años calendario. En esta segunda opción los años de cursada pueden ser no consecutivos.
La opción por una u otra modalidad deberá realizarse al momento de la inscripción.
La prioridad de inscripción será considerada por la antigüedad en el cargo, por este motivo se realiza una preinscripción sujeta a verificación de postulantes para cubrir la 45 vacantes que se abrirán durante 2017. Luego de la preinscripción, el Departamento de Cursos se comunicará vía correo electrónico a los fines de confirmar o no la vacante.
El ciclo constará de 4 módulos:
1) Derecho Civil: Hecho y Acto Jurídico. Contratos.
2) Derecho civil: Familia y Sucesiones
3) Derecho Civil: Derechos Reales
4) Derecho Comercial: Sociedades
Cada módulo se desarrollará en 30 horas de clase.
Las comisiones, días y horarios de curso serán asignadas por el Colegio de Escribanos quien determinará el mínimo y máximo de inscriptos para abrir una comisión, de acuerdo a cuestiones organizativas.
Se recuerda el texto pertinente del artículo 35 de la ley 404:
Cuando el aspirante a la titularidad de un registro notarial sea un escribano en ejercicio de la función notarial en carácter de adscripto de un registro de la demarcación, podrá eximirse de rendir las pruebas escrita y oral a que se refiere el artículo 34, siempre que acredite cumplir la totalidad de las siguientes condiciones:
I. Siete años de antigüedad en el ejercicio de la función en un máximo de tres registros notariales. A efectos del cumplimiento de este requisito se computará también, en su caso, el lapso en que el adscripto hubiere quedado a cargo del registro en que ejerciera su función en carácter de interino, hasta el límite de tiempo que dispone la ley vigente al tiempo en que haya ejercido tal función.
II. Haber autorizado más de trescientas escrituras que instrumenten actos de contenido patrimonial.
III. No haber sido pasible de sanción alguna en el ejercicio de su función notarial, durante los cinco años anteriores a la publicación del llamamiento al concurso.
IV. Cursar un ciclo de perfeccionamiento profesional que organizará el Colegio de Escribanos y que tendrá una duración mínima de 120 horas de clase, sobre la base de análisis de casos jurisprudenciales y elaboración de dictámenes sobre temas jurídicos notariales. La asistencia al mismo no podrá ser inferior al setenta y cinco por ciento (75%) de las clases que se dictaren. A los efectos del concurso, a quien opte por reemplazar las pruebas escrita y oral por la acreditación de los requisitos establecidos en los cuatro incisos anteriores se le adjudicará el equivalente a 7 puntos en cada una de las pruebas. Los antecedentes que le hubieran permitido al aspirante eximirse de las pruebas oral y escrita no podrán ser sumados para su calificación, ni tenidos en cuenta a ningún efecto distinto a la referida eximición. (Conforme al texto del artículo 13 de la Ley 3933, BOCBA Nº 3793, del 17/11/2011)
Haga clic aquí para acceder al reglamento aprobado
en Sesión de Consejo Directivo del 14/12/2016
IMPORTANTE: Este reglamento fue modificado por resolución CD 63/17, Acta 4002, del 8 de marzo de 2017, para acceder al nuevo haga clic aquí.
Requisitos para el ingreso de automotores – Consulado de Uruguay
El Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA) ha comunicado a nuestro Colegio que ha recibido información del Consulado de Uruguay sobre la documentación requerida para el ingreso de vehículos a ese país.
La información enviada por el organismo consular es la siguiente:
Vehículos Comunitarios: son los automóviles, motocicletas, bicicletas motorizadas, casas rodantes, remolques, embarcaciones de recreo y deportivas y demás vehículos similares que estén registrados y matriculados en cualquiera de los Estados Parte. Los vehículos comunitarios de uso particular exclusivo de los turistas circularán libremente por el territorio de los Estados Parte.
Los vehículos deberán ser conducidos personalmente por el propietario, o usuario debidamente autorizado (Carta Poder certificada por Escribano Público).
Documentación requerida para acreditar la calidad de vehículo comunitario:
- Libreta de Propiedad y/o Título del Vehículo.
- Licencia de Conducir.
- Seguro de Responsabilidad Civil vigente
- Placas de matriculación y registro en el país de origen
- Carta Poder certificada por Escribano Público (si el conductor no es el propietario)
Plazo de permanencia:
Los vehículos comunitarios podrán permanecer amparados en el régimen por el término de tres meses desde su ingreso. Vencido dicho plazo deberán formalizar su permanencia ante la autoridad aduanera, pudiéndose otorgar para estos casos una autorización de hasta un año a contar desde el ingreso.
Los turistas propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles en el territorio nacional (Uruguay), con domicilio habitual fuera del país – extremos a ser acreditados fehacientemente – podrán gestionar para los vehículos automotores, una prórroga de hasta un plazo máximo de 24 meses sin prestación de garantías (se tramita en el Ministerio de Economía y Finanzas del Uruguay).
Convenio de Cooperación Técnica entre el Colegio y el RENAPER
ACCESO A LA INFORMACIÓN
El Colegio se complace en informar que, desde el miércoles 21 de diciembre, se encuentra disponible en el Acceso Restringido Único de nuestra página web el nuevo servicio de acceso a la información del RENAPER, que permite a los escribanos visualizar la información disponible en los sistemas informáticos de ese organismo para validar la identidad de las personas.
En esta primera etapa se puede cotejar con la base de datos del RENAPER nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de DNI, último ejemplar de DNI emitido, foto y eventual fallecimiento de las personas humanas. En una segunda etapa, actualmente en desarrollo, será posible validar la huella digital que tome el escribano con la registrada en el organismo.
El valor de cada consulta será de $ 10, que se debitará de la boleta de aportes de la Ley 404. Es importante aclarar que este servicio será de uso exclusivo para escribanos titulares y adscriptos en ejercicio de la función.
Al servicio se accede a través del Acceso Restringido Único y, además, a través de una aplicación para teléfonos inteligentes que podrá descargarse desde Google Play para los usuarios de Android (en la Búsqueda colocar CECBA para identificarlo rápidamente). En los próximos días estará disponible la aplicación para los usuarios de Iphone.
Este Convenio significa un paso importante para la seguridad jurídica, en la medida en que permite a los colegas corroborar fehacientemente los datos de los requirentes y minimizar los riesgos de sustitución de persona en las actuaciones notariales que los escribanos de la demarcación lleven adelante.
Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal
Se informa a los colegas que, luego de tres años de negociaciones, el miércoles 21 de diciembre, se ha modificado el Convenio Colectivo Nº 448/06 entre la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal y el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Los cambios introducidos son los siguientes:
1) Un adicional por cada año de antigüedad (año aniversario), consistente en un dos por ciento (2%) sobre la remuneración que cada uno perciba. El incremento entrará a regir a partir del 1º de enero de 2017 y se irá aplicando conforme se vaya cumpliendo cada año de antigüedad. Este incremento no será retroactivo.
2) Se establece que existiendo tres empleados en una escribanía, deberán constar “como mínimo en las siguientes categorías sin repetición”, uno en cuarta, otro en tercera y otro en segunda.
3) Por única vez se establece el pago de una suma fija de pesos dos mil ($ 2.000), no remunerativa, pagaderos durante el mes de diciembre de 2016.
Se deja constancia que el Colegio de Escribanos ha dejado establecido con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos que no arbitrará medidas para el cumplimiento del pago de esta suma.
Autorizaciones y permisos de salida de menores del país: nota aclaratoria del CFNA
El pasado 19 de diciembre, se envió una comunicación referida a autorizaciones y permisos de salida de menores del país, donde se adjuntó un informe del Consejo Federal sobre las principales cuestiones a tener en cuenta.
A raíz de diferentes interpretaciones realizadas respecto a la sugerencia efectuada en dicho informe sobre la “responsabilidad exclusiva de los autorizantes (en) la verificación y cumplimiento de las normas pertinentes de ingreso a cada uno de los países donde los menores se trasladen…”, la autoridades del Colegio se comunicaron con las del Consejo Federal y, en respuesta a ello, se ha recibido de parte del mismo una nota aclaratoria donde se indica que cuando se dice” los autorizantes” se refiere a que son los otorgantes de la autorización los que deben verificar las normas aludidas.
Haga clic aquí para acceder al informe del Consejo Federal enviado el 19-12
Administración Federal de Ingresos Públicos – Circular 6/2016
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado la Circular 6/2016, mediante la cual el organismo aclara que, con relación al pago del impuesto especial desde el exterior, la aplicación de la alícuota del DIEZ POR CIENTO (10%) prevista en el punto 1 del inciso d) del Artículo 41 de la Ley Nº 27.260, corresponderá siempre que el trámite de transferencia bancaria internacional ante la entidad financiera del país de origen de los fondos se inicie antes del 31 de diciembre de 2016, inclusive.
Haga clic aquí para acceder al texto de la Circular
MUY IMPORTANTE: Vigencia de los Certificados Catastrales – Resolución Normativa 37/2016
Se informa a los señores escribanos que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) resolvió que los certificados catastrales expedidos durante el mes de diciembre de 2016, pueden ser utilizados hasta el 31 de enero de 2017 inclusive, a los efectos de cumplir las obligaciones que corresponden como agentes de recaudación del impuesto de sellos.
Cabe destacar que la mencionada extensión de la validez sólo opera para los certificados emitidos durante el presente mes de diciembre.
Haga clic aquí para acceder a la Res. 37/2016
Autorizaciones y permisos de salida de menores del país – Cuestiones a tener en cuenta
Se recuerda a los colegas que, para las autorizaciones de viaje de menores fuera del país, es suficiente la legalización del organismo pertinente. Sin embargo, si el permiso además contiene otras mandas y facultades, como por ejemplo la autorización de requerir servicios médicos -aunque sea en carácter de emergencia- o a presentarse ante autoridades públicas del país extranjero, la misma deberá apostillarse o cumplir con la cadena de legalizaciones consulares que corresponda, debido a que el funcionario del país receptor puede desconocer válidamente la autorización conferida.
Importante: dado que se han informado situaciones de países receptores que han dictado normas por las que se solicitan requisitos adicionales (como la traducción del instrumento al idioma oficial del país, el cumplimiento de normas sanitarias y un plazo mínimo de emisión de la autorización), es conveniente que los otorgantes de la autorización se interioricen sobre las normas que rigen en cada caso, a fin de evitar que el menor se vea impedido de ingresar al país de destino.
En ese sentido, el Consejo Federal del Notariado Argentino ha enviado la siguiente nota a los Colegios del país en la que se comunica esta situación en detalle.
Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios
La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado en el Boletín Oficial del lunes 19 de diciembre la Disposición 509 – E/2016, mediante la cual se aprueba el procedimiento para la confección de la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos disponible en el Anexo de la norma que se publica al pie de este mensaje.
Esta tabla será sometida en forma trimestral a una revisión integral, de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 1º de la presente norma.
Haga clic aquí para acceder al texto de la Disposición 509-E/2016
Arancel Notarial Indicativo 2016 – Modificación
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Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
Archivo de Actuaciones Notariales y Departamento de Registros Especiales – Atención al público durante el mes de enero de 2017
Provincia de Buenos Aires
Se informa a los colegas el horario de atención del Archivo de Actuaciones Notariales y Departamento de Registros Especiales de Provincia de Buenos Aires durante el mes de enero de 2017:
– El Archivo de Actuaciones Notariales funcionará normalmente (de 8.15 a 14 h)
-Departamento de Registros Especiales: los Registros de Testamentos, de Rúbrica de Libros de Consorcios de Copropietarios y de Actos de Autoprotección, permanecerán cerrados durante el mes de enero.
No obstante ello, en ese período, la documentación dirigida a los mismos será recibida en la Mesa de Entradas del Colegio.
Pautas y modalidades para la confección de autorizaciones de manejo
Con motivo de la inminente llegada de las vacaciones de verano, el escribano Carlos A. Laise, presidente de la Mesa de Consultas de Trámites del Automotor y/o Motovehículos, con la colaboración del Dr. Diego A. Laise, han elaborado un informe sobre las principales cuestiones a tener en cuenta para la confección de autorizaciones de manejo.
Dirección de Asuntos Legales – Receso estival
El Consejo Directivo resolvió fijar del 2 al 31 de enero de 2017, ambas fechas inclusive, la feria para la Dirección de Asuntos Legales, a fin de que coincida con la feria judicial ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Por ello, no se tramitarán durante ese período denuncias (artículo 6º) ni se sustanciarán los expedientes en trámite ante esta Dirección salvo que por resolución del Consejo Directivo se ordene la habilitación de la feria.
Asimismo, se recuerda que el receso estival del Tribunal de Superintendencia del Notariado se extenderá desde el 2 hasta el 31 de enero de 2017 y sólo atenderá casos urgentes. En consecuencia, durante el mencionado período, no aceptará propuestas de subrogantes y sólo despachará las licencias impostergables.
Presentación del Convenio de Cooperación Técnica entre el Colegio de Escribanos y el RENAPER
El martes 20 de diciembre a las 18 h se realizará la presentación del Convenio de Cooperación Técnica con el RENAPER, a cargo de los escribanos Carlos I. Allende y Santiago Pano, en el 7º piso de Av. Las Heras 1833. Recordamos que este nuevo servicio permite a los escribanos acceder a la información disponible en los sistemas informáticos de ese organismo, para validar la identidad de las personas.
El sistema se encontrará operativo, a partir del miércoles 21 de diciembre a las 10 h, en el Acceso Restringido de la página web Colegio. El valor de cada consulta será de $ 10, que se debitará de la boleta de aportes de la Ley 404.
En esta primera etapa se podrán cotejar con la base de datos del RENAPER nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de DNI, último ejemplar de DNI emitido y eventual fallecimiento de las personas humanas.
Informamos que se ha desarrollado una aplicación para teléfonos inteligentes que podrá descargarse desde Google Play para los usuarios de Android. Esta app permitirá utilizar el sistema desde el teléfono celular. Próximamente se desarrollará una aplicación para los usuarios de Iphone.
Inspección General de Justicia (IGJ): Régimen de atención para el mes de enero
La Inspección General de Justicia ha publicado la Resolución General 14/2016, mediante la cual dispone el régimen de atención del mes de enero de 2017.
Cabe destacar que la Mesa de Atención a Profesionales Matriculados del organismo que atiende en el Colegio recibirá trámites de 9.30 a 12 h, a excepción de trámites urgentes que se recibirán de 9.30 a 11 h. En la sede central el horario de recepción será de 8 a 9 h.
Durante ese mes, el organismo mantendrá su funcionamiento normal, a excepción de los trámites detallados a continuación.
HORARIO DEL DEPARTAMENTO DE RÚBRICAS: Trámites urgentes de 10.00 a 12:00 horas y restantes trámites de 10:00 a 13:00 horas.
PLAZO DEL TRÁMITE URGENTE: Se establece en NOVENTA Y SEIS (96) horas el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales del Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales, del Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales, del Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales, del Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles, y para los trámites del Departamento de Rúbricas.
RECEPCIÓN DE OFICIOS JUDICIALES: Se recibirán solamente aquellos oficios judiciales que tengan carácter de urgente. Se entenderá por tales a: a) Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; b) Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; c) Los provenientes de organismos instructorios en materia penal; y d) Otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo.
MESA DE ENTRADAS DEPARTAMENTO DE CONTROL CONTABLE DE SOCIEDADES COMERCIALES: El horario de recepción y retiro de todos los trámites que se realicen será de 10:00 a 12:00 h.
Se recibirán las presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización, entre el primer día hábil de enero de 2017 y el último día hábil de enero de 2017 inclusive.
TRÁMITES EXCLUIDOS: No se recibirán durante el mes de enero de 2017, pedidos de expedición de testimonios y de certificados, pedidos de reintegros y de desarchivos, solicitudes de informes y consultas de actuaciones de cualquier clase.
CONTESTACIONES DE VISTAS: No se dará curso a contestaciones de vistas, de emplazamientos, de intimaciones y de requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2016. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2016 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2017, excepto para los trámites correspondientes al Departamento de Precalificación de Sociedades Comerciales, al Departamento de Personería Jurídica de Entidades Civiles, al Departamento de Denuncias y Fiscalización de Sociedades Comerciales, al Departamento de Control Contable de Sociedades Comerciales y a la Oficina de Entidades Extranjeras y Asuntos Especiales.