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Programa PRO.CRE.AR – Impuesto de sellos | Aclaración

Se informa a los colegas que el Departamento de Cómputos de nuestros Colegio con el Departamento de Sistemas de la AGIP se encuentran trabajando conjuntamente para la incorporación en el SIE de la exención correspondiente a las escrituras de compraventas del Programa PRO.CRE.AR.

Debe tenerse presente que la parte vendedora, no siendo beneficiaria del Programa PRO.CRE.AR, está sujeta al tributo en la parte que exceda el importe de $ 975.000 (fijado por la Ley Tarifaria para la compraventa de vivienda única, familiar y de ocupación permanente).

Informaremos a la brevedad cuando se encuentre implementada la exención en el SIE.

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