Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

Inconvenientes en el SIE por problemas técnicos de AGIP

Se informa que se están presentando interrupciones temporarias y problemas en la carga del Sistema Integrado de Escrituras (SIE), debido a inconvenientes técnicos en los servidores de la AGIP.

Por tal motivo, se recomienda a los colegas realizar la DDJJ lo antes posible. En caso de tener inconvenientes al efectuarla, enviar el reporte detallado de los mismos por correo electrónico a Soporte Informático (soporte@colegio-escribanos.org.ar).

IGJ: Resolución General 1/25

La Inspección General de Justicia (IGJ) publicó la Resolución General 1/25, que introduce cambios en la Resolución General 8/15 (Sistemas de Capitalización y Ahorro), entre las que se destacan el incremento del importe de los capitales mínimos, el límite para colocar contratos, el valor móvil mínimo de inicio por suscriptor y la información que debe brindar el órgano de fiscalización.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 1/25

PBA: Decreto 3681/24 | Se prorrogan el Presupuesto y la Ley Impositiva 2024

A partir del dictado del Decreto 3681/2024, fueron prorrogados el Presupuesto y la Ley Impositiva 2024. La norma dispone que a partir del 01/01/2025 rigen, a los fines de la percepción de los tributos y en virtud de lo establecido en el inciso 2 del artículo 103 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, las disposiciones de la Ley 15.479.

Haga clic aquí para acceder al Decreto

ARBA: Certificados catastrales 2025

A partir de la publicación del Decreto 3681/2024 que prorroga la Ley impositiva 2024, la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro ha informado que:

“Los certificados catastrales que han sido emitidos y/o rechazados durante el periodo comprendido entre el 1 y el 3 de enero de 2025 están siendo objeto de un proceso de revisión, en el marco de las tareas que se realizan por el cierre de la Base de Datos para el revalúo general anual.  

Dicho proceso tiene como objetivo garantizar la precisión y validez de los mismos. Una vez finalizada esta revisión, los certificados estarán debidamente actualizados y disponibles para su uso en el menor tiempo posible. 

Dentro de los certificados catastrales emitidos, se advirtió que 141 han sido descargados por los profesionales, que serán notificados sobre esta situación en sus direcciones de mail”. 

En consecuencia, remitimos las siguientes aclaraciones respecto de los certificados catastrales: 

  • Con relación a la Valuación Fiscal, se mantendrán los valores del año 2024. 
  • En cuanto a la Valuación Fiscal al Acto (art. 263 del Código Fiscal), se aplicarán (hasta tanto se apruebe la nueva Ley Impositiva) los coeficientes correctores de actualización que regían en el año 2024. 
  • Los Certificados Catastrales que tengan Estados Parcelarios registrados se expedirán con la valuación que corresponda al año en que sean ingresados (2024 o 2025), atento los parámetros a que se hace referencia en los puntos anteriores.  Los trámites que impliquen modificaciones en la línea catastral (constitución de estado parcelario, registración de Legajo parcelario, registración de Legajo de PH, apertura de partidas de PH, etc.), finalizarán una vez se efectivice la reapertura de la Base. 

UIF: Aclaración importante sobre requerimientos de información

A fin de evitar confusiones respecto de los distintos requerimientos de la Unidad de Información Financiera, se aclara que:

  • El requerimiento masivo de información correspondiente al período marzo- septiembre 2024, sobre el que se logró prórroga, permanece sin cambios y debe contestarse hasta el día 10 de enero de 2025. Haga clic aquí para más información
  • La notificación masiva enviada por la UIF el 27/12/2024 se refiere al Reporte Sistemático Anual (RSA), obligación que prevé el artículo 28, inciso b) de la Resolución UIF 242/2023, por la que se solicitará información general, tipos y cantidad de operaciones, y cuyo vencimiento operará entre el 1° y 31 de agosto 2025 (cuando originalmente vencía entre enero y marzo de 2025).

IMPORTANTE: se trata de dos obligaciones diferentes con contenido distinto y vencimientos en diferentes fechas.

Autorizaciones de manejo

Se recuerda a los colegas que la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendario (DNRPA) no autorizó el uso de formatos digitales para las autorizaciones de manejo. Por tal motivo, dichas autorizaciones deberán efectuarse exclusivamente en soporte papel.

Código Fiscal y Ley Tarifaria CABA 2025 – Comentarios de los asesores del Colegio

A raíz de la publicación de la Ley 6805, que introdujo modificaciones en el Código Fiscal, y de la Ley Tarifaria (Ley 6806) para el año 2025, enviamos los comentarios de los asesores del Colegio.

La modificación más relevante es la elevación del mínimo exento de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente a $205.332.000.

Sacando esta modificación sustancial, la Ley 6805 de la Ciudad NO trae mayores novedades en cuanto a la normativa referida a Impuesto de Sellos, gracias a las gestiones que oportunamente realizó el Colegio para frenar cambios en el artículo 59 que hubieran perjudicado al notariado.

En cuanto a la parte general, se incorporan a continuación del artículo 141 varias cuestiones referidas a derechos y defensas de los contribuyentes tales como: el derecho a ser oído, interponer recursos, ofrecer pruebas, recibir fundamentos del decisorio, recursos que interrumpen plazos, derecho a la información, imparcialidad, respeto, transparencia en los datos e información. También se prevé que los contribuyentes (deudores principales) y/o los responsables (como el escribano recaudador) puedan recibir asistencia e información de AGIP en orden a sus derechos y obligaciones tributarias.

De este modo, se incorporan derechos fundamentales que provienen de la Constitución de la Ciudad y que no habían sido incorporados en forma específica en este Código.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6805 (modificaciones al Código Fiscal)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6806 (Ley Tarifaria)

Haga clic aquí para acceder al anexo a la Ley 6806

GCBA: Decreto 399/24

El Decreto 399/24 crea el Registro Único Notarial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya organización y funcionamiento se regirá de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I, disponible al pie de esta noticia.

En ese sentido, sustituye el artículo 19 del Decreto 1624/00, por el siguiente: 

“Artículo 19.- Los escribanos no podrán ser titulares de más de un registro notarial y los escribanos adscriptos no podrán serlo de más de un registro notarial en forma simultánea, cualquiera sea la demarcación en la que tengan actuación; a excepción del escribano titular o los escribanos adscriptos del Registro Único Notarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.” 

Haga clic aquí para acceder al Decreto 399/24

Haga clic aquí para acceder al Anexo

Código Fiscal y Ley Tarifaria CABA 2025

Se publicaron en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la Ley 6805, que introduce modificaciones en el Código Fiscal t.o. 2024, y la Ley 6806, que aprueba los impuestos, tasas y demás contribuciones de la CABA (Ley Tarifaria) para el año 2025.

El texto sancionado y promulgado refleja el diálogo establecido entre las autoridades del Colegio y los legisladores, quienes, a través de intercambios constructivos, receptaron e incorporaron sugerencias de nuestra Institución en el texto final de la Ley Tarifaria.

Las disposiciones de ambas leyes entrarán en vigencia el 1º de enero de 2025.

Impuesto de sellos – Nuevo monto exento para Vivienda Única Familiar y de Ocupación Permanente: $205.332.000

Se encuentra en elaboración un informe de los asesores del Colegio que será remitido a la brevedad.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6805
(modificaciones al Código Fiscal)

Haga clic aquí para acceder a la Ley 6806 (Ley Tarifaria)

Haga clic aquí para acceder al anexo a la Ley 6806

DNRPA: Línea telefónica y mail de asistencia

Para quienes salen temporalmente del país y necesitan las chapas patente

La Dirección Nacional del Registro de la Propiedad automotor publicó en su web que, con  motivo del próximo período estival 2024-2025, habilitó la línea telefónica 0800 122 2227 (lunes a viernes, de 7 a 16 h) y la casilla de correo patentesycedulas@dnrpa.gov.ar para obtener información, solicitar y coordinar la entrega de chapas patente y realizar el seguimiento de su despacho.

El organismo informa que dará prioridad a aquellos casos en que los titulares registrales opten por salir temporalmente del país con sus vehículos.

RPI Capital Federal: Disposición 18/24

Cancelación de hipotecas u otros gravámenes y levantamiento de medidas precautorias

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 18/24, que sustituye el artículo 1 de la Disposición Técnico Registral 1/98 por el siguiente:

“En la calificación de documentos constituidos por escrituras públicas mediante las que se transmitan o constituyan derechos reales sobre inmuebles, se admitirá la cancelación de hipotecas u otros gravámenes y el levantamiento de medidas precautorias, dispuestos judicialmente, mediante la transcripción de las resoluciones respectivas, con indicación del expediente, Juzgado, Secretaría, fuero y jurisdicción en que se dictaron”.

Esta norma rige desde el día de su publicación, martes 24 de diciembre.

Clic aquí para acceder a la Disposición

Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil: Resolución 17/24

La Resolución 17/24 establece el nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) y los montos de la Prestación por Desempleo, en cumplimiento de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, y en virtud de la falta de acuerdo en las sesiones del Consejo Nacional del Empleo.

Montos del SMVM para mensualizados con jornada completa:

  • Diciembre 2024:
    • $279.718
  • Enero 2025:
    • $286.711
  • Febrero 2025:
    • $292.446
  • Marzo 2025:
    • $296.832

Clic aquí para acceder a la Resolución

Solicitud de apostillas/habilitados: Nueva funcionalidad

Se ha implementado una nueva funcionalidad en el sistema de solicitud de apostillas y habilitados: un campo adicional de texto libre donde el escribano podrá escribir una referencia/nombre/nota. Esto le permitirá identificar rápidamente cada trámite ingresado.

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en Noviembre 2024

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre de 2024. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 5755
Monto involucrado $ 584.653 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el undécimo mes de 2024 una suba de 41,5% respecto del nivel de un año antes, al sumar 5755 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 342,6%, con $584.653 millones.

En comparación con octubre de 2024, los actos mermaron un 3,9% (oct 5987 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $101.590.456 (99.500 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 212,9% en un año en pesos, y en moneda estadounidense escaló 13,4%.

En noviembre, hubo 950 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la suba en ese sentido es del 472,3% respecto al mismo mes del año pasado y del 152% en el acumulado del año (3864 escrituras de hipoteca en total).


Frase del presidente Jorge De Bártolo:

“Vamos a cerrar un último trimestre del año con registros de casi 6 mil operaciones de compraventa mensuales y es un buen indicador porque cerraremos en 53 mil escrituras totales en 2024. Con el incentivo del crédito, notamos que el segundo semestre tuvo un empuje para la actividad y, con todo lo trabajado en este año, esperamos que en 2025 se consoliden las hipotecas y tengan un piso de mil operaciones en ese sentido”.
“Hay una leve baja intermensual, pero mínima. El año pasado también se había dado una leve merma en la comparación noviembre-octubre: esta vez puede que haya incidido el cierre del blanqueo. Pero con este panorama casi empatamos a 2018, año en que tuvo una excepcional palanca hipotecaria en el primer semestre. En esa lógica, la foto de estos años es de una subida por escaleras de 6 años, y esperamos seguir subiendo”.

 

Comparativo anual por mes

Cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Comparativo anual de escrituras con hipoteca

Comparativo 11 meses con hipotecas

Comparativo últimos 12 meses

11 meses acumulados 2023-2024

Tareas de actualización en los sistemas del Colegio

Debido a actualizaciones en los sistemas y servidores del Colegio, el sábado 28 de diciembre de 8 a 16 h, la página del Colegio y todos sus servicios web (Acceso Restringido, Legalizaciones, GEDONO, VADONO, Base Nacional de Legalizaciones, entre otros) se encontrarán fuera de funcionamiento.

DNRPA: Disposición 408/24

En el contexto actual de demoras en la provisión de elementos registrales, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 408/24, mediante la cual se aprueba el modelo de “Constancia de Documentación Dominial asignada” que figura como Anexo de la de la norma y que incluirá los datos del dominio y de su titular, así como la identidad de los terceros autorizados por el titular registral a través de la aplicación “Mi Argentina” para conducir el vehículo de su propiedad y, si corresponde, el número de las placas provisorias otorgadas.

La Comisión de Automotores recuerda que las autorizaciones de manejo realizadas ante escribano público tienen plena validez y que deben estar legalizadas y debidamente registradas. Se recomienda también imprimir el comprobante de la registración.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 408/24

Haga clic aquí para acceder al Anexo

Advertencia: Circulación de informes de dominio del RPI apócrifos

En los últimos meses, el Registro de la Propiedad Inmueble (RPI) ha identificado la circulación de informes de dominio apócrifos. Por este motivo, se recuerda a los colegas la importancia de verificar la autenticidad de estos documentos antes de su uso.

Para realizar esta validación, se recomienda:

  1. Abrir el documento PDF original y comprobar la validez de la firma digital o
  2. Utilizar el código de seguridad que figura en el informe y realizar la validación directamente en la página oficial del RPI.

Estas acciones son fundamentales para evitar el uso de documentación falsa y garantizar la integridad de los trámites.

UIF: Resolución 195/24

La UIF publicó la Resolución 195/24, mediante la cual se sustituye el texto de la Cláusula Transitoria 2° del Anexo I aprobado por la Resolución UIF 90/2024 y su modificatoria, referido al plazo que los sujetos obligados (y miembros de sus órganos de administración) tenían desde la publicación de la resolución para solicitar la liquidación de sanciones. Este plazo se amplía a 90 días.

Entrada en vigencia: desde el 16 de diciembre.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 195/24

Ampliación del monto de préstamos a sola firma: Hasta $30.000.000

El Colegio informa que se ha ampliado el monto máximo de los préstamos a sola firma, disponibles para escribanos en actividad, inspectores de protocolo y jubilados. A continuación, se presentan las principales características de esta línea de créditos:

Características:

  • Monto Máximo: Hasta $30.000.000.
  • Tasa de Interés: 42,50% (ver detalle en composición).
  • Plazo: Hasta 36 cuotas.
  • Sistema de Amortización: Alemán o Francés.

Ejemplo de Cuota Mensual (incluye seguro de vida):

  • Sistema Francés: $1.496.627,76
  • Sistema Alemán: $1.903.541,66

Composición de la Tasa de Interés:
La tasa se compone de BADLAR en pesos, pagada por bancos privados (variable trimestralmente), más un adicional fijo de 6%.

Para más información sobre requisitos y condiciones, haga clic aquí

Retrasos en la entrega de elementos registrales (chapas patentes, cédulas de identificación)

La Comisión de Automotores del Colegio ha informado que, ante la falta de entrega de chapas patentes y cédulas de identificación de vehículos originales en formato papel plastificado, y considerando la prohibición en algunos países limítrofes de permitir el ingreso de vehículos con chapas patentes provisorias y cédulas de identificación en formato digital (tanto para titulares como para conductores autorizados), la DNRNPA ha emitido -de manera provisoria- las Circulares 26, 28, 30 y 34.

Estas medidas estarán vigentes hasta que, a través de reuniones entre representantes de los países del Mercosur o las respectivas Cancillerías, se tome una decisión sobre la validez de las cédulas digitales propuestas por nuestro país, incluyendo mecanismos de control por parte de las autoridades y fuerzas de seguridad de las naciones vecinas.

Recomendamos estar informados y buscar asesoramiento adecuado antes de comprar un vehículo nuevo, transferir un automóvil o motovehículo, o realizar cualquier trámite que implique un cambio de titularidad registral, especialmente al inicio de la temporada de vacaciones.

Es importante destacar que la Casa de la Moneda y otros proveedores autorizados por la Asociación de Concesionarios de Automotores (ACARA) no están entregando estos insumos con los elementos de seguridad requeridos.

Haga clic aquí para acceder a la Circular 26/24

Haga clic aquí para acceder a la Circular 28 y 34/24

Haga clic aquí para acceder a la Circular 30/24

Nuevo servicio para el notariado : Archivo de Actuaciones Notariales de Provincia de Buenos Aires

Solicitud vía web de copias simples digitales de Provincia de Buenos Aires

Como consecuencia de la nueva adenda firmada por nuestro Colegio y el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, se implementó en el Acceso Restringido de nuestra web un nuevo servicio de solicitud de copias simples de escrituras en formato digital al Archivo de Actuaciones Notariales de Provincia de Buenos Aires.
De este modo, los colegas de ambas demarcaciones podrán solicitar estos trámites de manera ágil y segura, sin necesidad de concurrir de manera presencial.

El importe de los trámites será debitado de la liquidación de la Ley 404.

El Colegio destaca este tipo de avances que agilizan la gestión de los actos notariales y unifican las plataformas y servicios, con el fin de simplificar la tarea profesional de los colegas.

Asuetos administrativos de fin de año en el Colegio y dependencias gubernamentales

Para los días 24 y 31 de diciembre

Se recuerda que se dispusieron asuetos para los martes 24 y 31 de diciembre 2024 el Colegio, debido a las celebración de las fiestas.
Los días lunes 23 y 30 de diciembre, el horario de atención del público se extenderá una hora más. La sede del Archivo de Protocolos de Av. Chorroarín atenderá de 9.30 a 14 h.

Medidas análogas se han dispuesto a nivel nacional, de la Ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires, de acuerdo con los Decretos 1108/24, 390/24 y 3430/24, respectivamente. 

UIF: Requerimiento masivo de información – Cambios en el formulario

Restricción del período a informar y extensión de plazo

Se informa a los colegas que, tal como se adelantó, la Unidad de Información Financiera (UIF) modificó el formulario en línea tras las gestiones realizadas por el Colegio. Principales cambios:

  • Se modifica el período sobre el que se requiere información: queda restringido a marzo-septiembre del año 2024.
  • Se extiende el plazo para cumplir el requerimiento hasta el 10 de enero de 2025.


A efectos de facilitar la carga, ponemos a disposición de los escribanos un documento en pdf con el formulario en blanco para que tenga en cuenta la información que se le solicitará durante la carga y un instructivo sobre los datos que se le solicitan.

RPI Provincia de Buenos Aires: DTR 6/24

Modificación en el procedimiento registral de afectación a propiedad horizontal

El Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires publicó la DTR 6/24, que suprime la expresión “aceptación” [del administrador] del inciso g) del artículo 15 de la DTR 14/10, por considerarlo incompatible con lo establecido por el artículo 2054 inc. r) del Código Civil y Comercial.

De esta manera, el inciso modificado ahora queda redactado así: “g) Designación del Administrador.”

Haga clic aquí para acceder a la DTR 6/24

ARBA: Resolución Normativa 29/24

Obligación de informar altas, bajas o transferencias de automotores

ARBA publicó la Resolución Normativa 29/24, que establece que los sujetos que formalicen ante los registros seccionales de la DNRPA altas, transferencias o bajas de vehículos automotores radicados en la Provincia de Buenos Aires (art. 288 CF) deberán comunicarlas a ARBA dentro del plazo de quince (15) días hábiles administrativos, con carácter de declaración jurada.

Quedan exceptuados los vehículos automotores transferidos a los municipios en el marco del capítulo III de la Ley 13010 y modificatorias.

Haga clic aquí para acceder a la RN 29/24

ARBA: Resolución Normativa 31/24

Extensión de la validez de los certificados catastrales en PBA

ARBA publicó la Resolución Normativa 31/24, que extiende hasta el 15 de enero de 2025 la validez de los certificados catastrales solicitados durante diciembre de 2024, con la valuación fiscal vigente durante ese último año, a fin de que los escribanos puedan cumplir con las obligaciones que les corresponden como agentes de recaudación del Impuesto de Sellos.

Asimismo, el organismo ha informado que ya no será necesario realizar el habitual cierre de la base de datos, y la atención se mantendrá sin interrupciones. 

Haga clic aquí para acceder a la RN 31/24

ARCA: Resolución General 5610/24       

   Régimen de Regularización de Activos

La Agencia de Recaudación y Control del Estado (ARCA) publicó la Resolución General 5610/24, mediante la cual resuelve que:

ARTÍCULO 1°.- Los sujetos que hayan regularizado únicamente fondos en el marco del Capítulo V del Título II de la Ley N° 27.743, y que no hayan completado hasta el 8 de noviembre de 2024, inclusive, la manifestación de adhesión al Régimen de Regularización de Activos en los términos del artículo 21 de la citada ley, podrán cumplir dicha obligación hasta el 6 de diciembre de 2024, inclusive, la que se instrumentará sistémicamente mediante su adhesión en Etapa 2 hasta la fecha indicada previamente. 

A tal fin, deberán acceder a la opción “Manifestación de Adhesión” del servicio “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743”, conforme lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución General N° 5.528 y sus modificatorias. La presentación de la declaración jurada de regularización, prevista en el artículo 9° de la citada resolución general, podrá realizarse hasta el vencimiento fijado por el Decreto N° 977/24 para la Etapa 2. 

Las obligaciones correspondientes al Régimen de Regularización de Activos, respecto de los fondos depositados en cuentas especiales, se considerarán cumplidas, a todos sus efectos, con las presentaciones efectuadas según lo indicado en los párrafos precedentes. 

Entrada en vigencia: Desde el día de su publicación en el Boletín Oficial (3/12/24)

Haga clic aquí para acceder a la Resolución

Ministerio de Justicia: Resolución 366/24

El Ministerio de Justicia ha publicado la Resolución 366/24, mediante la cual se establece el lunes 16 de diciembre de 2024 como fecha de vencimiento para el pago de la tasa anual, según lo dispuesto en el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 46/01.

Esta obligación aplica a las sociedades por acciones ya inscriptas en la Inspección General de Justicia (IGJ) y se calcula en función de la sumatoria del capital social establecido en sus estatutos y de la cuenta ajuste de capital reflejada en sus estados contables.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 

Requerimiento de información de la UIF: gestiones del Colegio

Importante: Se reitera la recomendación de no responder por el momento

El Colegio recomienda no responder el formulario por el momento, ya que aún continúan las conversaciones con los funcionarios de la UIF para aclarar los alcances del requerimiento. Las autoridades del organismo han adelantado -extraoficialmente- que se modificarán las preguntas del requerimiento y los plazos para proveer la información

Asimismo, nuestros asesores institucionales se encuentran elaborando un instructivo detallado para orientar las respuestas cuando hayan terminado las gestiones ante la UIF..

ARCA: Resolución General 5610/24    

La Agencia de Recaudación y Control del Estado (ARCA) publicó la Resolución General 5610/24, mediante la cual resuelve que:

ARTÍCULO 1°.- Los sujetos que hayan regularizado únicamente fondos en el marco del Capítulo V del Título II de la Ley N° 27.743, y que no hayan completado hasta el 8 de noviembre de 2024, inclusive, la manifestación de adhesión al Régimen de Regularización de Activos en los términos del artículo 21 de la citada ley, podrán cumplir dicha obligación hasta el 6 de diciembre de 2024, inclusive, la que se instrumentará sistémicamente mediante su adhesión en Etapa 2 hasta la fecha indicada previamente. 

A tal fin, deberán acceder a la opción “Manifestación de Adhesión” del servicio “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743”, conforme lo dispuesto en el artículo 5° de la Resolución General N° 5.528 y sus modificatorias. La presentación de la declaración jurada de regularización, prevista en el artículo 9° de la citada resolución general, podrá realizarse hasta el vencimiento fijado por el Decreto N° 977/24 para la Etapa 2. 

Las obligaciones correspondientes al Régimen de Regularización de Activos, respecto de los fondos depositados en cuentas especiales, se considerarán cumplidas, a todos sus efectos, con las presentaciones efectuadas según lo indicado en los párrafos precedentes. 

Entrada en vigencia: Desde el día de su publicación en el Boletín Oficial (3/12/24)

 

Cambio o generación de contraseña en el Acceso Restringido – Requiere doble factor de autenticación (2FA)

Se informa a los colegas que para realizar cambios o generar una nueva contraseña en el sistema de acceso restringido, es obligatorio contar con el sistema de doble factor de autenticación (2FA) activado.

Es fundamental que los escribanos habiliten esta herramienta de seguridad, ya que, en caso de necesitar modificar o recuperar la contraseña, no será posible completar el trámite sin este requisito.

Los siguientes trámites también requieren el uso del sistema 2FA:

  • Consulta RENAPER para colaboradores de la escribanía (instructivo disponible). Este requisito fue introducido en junio exclusivamente para escribanos y ahora se extiende a los colaboradores.
  • Modificación de datos personales del escribano, como la actualización de correo electrónico o número de celular.

El doble factor de autenticación brinda una capa extra de seguridad al combinar la contraseña tradicional con un segundo método de verificación. Este sistema genera un código único a través de la aplicación Google Authenticator, que debe ser ingresado al momento de realizar los trámites mencionados.

Activar el 2FA es esencial para garantizar la protección de la información y facilitar el acceso seguro a los servicios.

Haga clic aquí para acceder al manual de uso del 2FA a través del Google Authenticator

Haga clic aquí para acceder al Manual de Consulta de Datos RENAPER

Servicio de Guardias Notariales 2025

Desde el 28 de noviembre hasta el 12 de diciembre del corriente, se encuentra abierta la convocatoria para integrar la nómina del “Servicio de Guardias Notariales de Fines de semana y Feriados” para el año 2025.

La nómina estará conformada por escribanos de la demarcación, titulares, adscriptos y autorizados que voluntariamente quieran integrarla, cumpliendo con el reglamento mencionado. Los datos de contacto serán publicados en la web del Colegio, a fin de que el público tome conocimiento del servicio y pueda elegir al profesional que desee.

El servicio de guardias notariales funciona los días sábados, domingos, feriados y días no laborables, en el horario de 10 a 17 h.

En caso de modificación de los datos de contacto, deberá informarlo exclusivamente por nota a través de la MEV (opción Multinota).

 IMPORTANTE –  Requisitos ineludibles:

  • Durante la guardia notarial, los colegas asumen el compromiso de estar disponibles en los horarios establecidos, cumpliendo con todas las disposiciones del Reglamento.
  • Es prioritario que los escribanos dominen las herramientas informáticas y especialmente las plataformas digitales que se utilizan para realizar legalizaciones remotas y trámites de migraciones.
  • Saber inscribir autorizaciones y revocatorias de viajes.

A partir del 2025, se solicitará un informe de las actividades realizadas durante la guardia.

Se recuerda a continuación el procedimiento de legalizaciones de fin de semana:

El escribano deberá subir al sistema de legalizaciones remotas el documento cuya legalización requiere en forma urgente, dentro del horario mencionado y enviar un mail a legalizacionesfindesemana@colegio-escribanos.org.ar, indicando el número de legalización remota, el número de foja del documento a intervenir y su celular de contacto. También, preferentemente, deberá adjuntar el documento a legalizar. Importante: Dado que no se cuenta con una guardia del Departamento de Sistemas ni soporte informático los fines de semana o feriados, si el sistema tiene algún inconveniente técnico, el mismo no podrá ser solucionado hasta el día hábil siguiente.

Haga clic aquí para acceder al Reglamento de Guardias Notariales 

Haga clic aquí para inscribirse

 

Nuevo requerimiento de información de la UIF: prórroga hasta el 13/12

Importante: Se sugiere no responder por el momento

El Colegio reitera su sugerencia de no responder el formulario por el momento, ya que aún continúan las conversaciones con los funcionarios de la UIF para aclarar los alcances del requerimiento. Además, nuestros asesores institucionales se encuentran elaborando un instructivo detallado para orientar las respuestas.

Además, se recuerda que el organismo prorrogó el plazo para responder hasta el 13 de diciembre.

Los requerimientos fueron enviados a los colegas por correo electrónico, solicitando información adicional a los reportes regulares que presentan como agentes de información. La solicitud se refiere a estadísticas de la operatoria de los sujetos obligados, abarcando un período de evaluación desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.

Actualización de la tabla de actos notariales

Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,

Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.

Dirección Provincial de Personas Jurídicas: Disposición 115/24

La Disposición 101/24 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas estableció los últimos días de ingreso de trámites especiales para su registración en la mesa de entrada de sede central y Departamento de Delegaciones del organismo para los meses de noviembre y diciembre.

Mediante la Disposición 115/24 se establece el último día de ingreso para los Trámites Especiales de Inscripciones de Administradores/ Renovaciones/ Informes para Rúbrica de libros durante el año 2024, de acuerdo al siguiente detalle: 

  • Trámite de quince días: El 6 de diciembre de 2024. 
  • Trámite de cuatro días: El 20 de diciembre del 2024. 
  • Trámite de un día:  EL 27 de diciembre del 2024.

Durante el año 2025 no se podrá considerar ni emitir ningún acto o certificado cuya tasa no haya sido abonada en ese año calendario. Las inscripciones/ renovaciones de administradores del año 2025, denuncias e inscripción de entidades capacitadoras, quedarán habilitadas para su ingreso y serán tratadas a partir del primer día hábil de febrero del año 2025.

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Nuevo requerimiento de la Unidad de Información Financiera (UIF)

El Colegio informa al notariado que los colegas de la demarcación han recibido por correo electrónico requerimientos informativos por parte de la UIF, solicitando información adicional a los reportes regulares que realizamos en nuestro carácter de agentes de información. La solicitud refiere a estadísticas de la operatoria de los sujetos obligados y abarca un plazo de evaluación desde el 1 de julio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024.

Nuestra institución se puso en contacto con las autoridades del organismo para conocer más precisiones y solicitó una prórroga, ya que el formulario implementado para dar cumplimiento a esta solicitud tiene fecha de vencimiento para su presentación antes del 6 de diciembre.

Por prudencia, se sugiere a los colegas no responderlo hasta tanto se precisen sus alcances y los asesores institucionales realicen los instructivos sobre cómo dar respuesta a los mismos, a fin de evitar errores.

IMPORTANTE: La UIF otorgó una prórroga hasta el 13 de diciembre para responder a este requerimiento.