Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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Presidencia / Jefatura de Gabinete

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en Noviembre 2017

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en noviembre 2017. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 6.757

Monto involucrado $16.460 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el undécimo mes de 2017 un crecimiento de 34,6% respecto del nivel de un año antes, al sumar 6.757 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas se elevó 72.8%, con $16.460 millones.
En comparación con octubre de 2017, los actos subieron 9,8% en cantidad, y aumentaron 10,8% en pesos.
El monto medio de los actos fue de $2.436.130 (137.015 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 28,4% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense subió 12,3%.

Noviembre 1

En noviembre, las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 2.121 casos, 184.3% más que las registradas un año antes, mientras que aumentaron 11,2% en comparación con el mes anterior. Representaron el 31,3% del total, frente a 14,8% de un año antes.
En los primeros 11 meses de 2017 se efectivizaron 55.520 actos escriturales de compraventa de inmuebles: aumentaron 43,2% en comparación con similar período del año anterior. El monto de las transacciones se elevó 103,5%, a $128.899 millones.

Noviembre 2

En los primeros 11 meses de 2017, los actos consumados con garantía real ascendieron a 13921: se elevaron 175% y en valor 244,5%. También representaron el 25,1% del total en unidades, 12 puntos porcentuales más que en similar período del año anterior

Noviembre 3

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria del 2009 y 2017

 

 

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en octubre 2017

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en octubre 2017. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 6.151

Monto involucrado $14.854 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el décimo mes de 2017 un crecimiento de 48,1% respecto del nivel de un año antes, al sumar 6.151 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas se elevó 89.5%, con $14.854 millones.
En comparación con septiembre de 2017, los actos subieron 2,3% en cantidad, y aumentaron 4,3% en pesos. El monto medio de los actos fue de $2.414.915: creció 27,9% en un año.

1

En septiembre, las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 1.907 casos, 238.7% más que las registradas un año antes, mientras aumentaron 9,6% en comparación con el mes anterior, representando el 31,1% del total, frente a 13,5% de un año antes.
En los primeros 10 meses de 2017 se efectivizaron 48.751 actos escriturales de compraventa de inmuebles: aumentaron 44,4% en comparación con similar período del año anterior. El monto de las transacciones se elevó 108,9%, a $112.418 millones.

2

En los primeros 10 meses de 2017, los actos consumados con garantía real ascendieron a 11800: se elevaron 173% y en valor 235%: significaron el 24,2% del total en unidades, 11,5 puntos porcentuales más que en similar período del año anterior.

3

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria del 2009 y 2017

Incorporación de nuevos códigos de actos en el SIE

Con motivo de la exención del Impuesto de Sellos para escrituras de compraventa de inmuebles destinados a vivienda única familiar y de ocupación permanente (PROCREAR), se han incorporado los siguientes códigos de actos en el Sistema Integrado de Escrituras (SIE):

Código de acto: 278
Descripción: Mutuo – Procrear

El escribano debe cargar todos los intervinientes en la opción “Exenciones Generales y Otras”. El acto quedará exento 100%

Código de acto: 279
Descripción: Hipotecas sobre inmuebles en la CABA- Procrear

El escribano debe cargar todos los intervinientes en la opción “Exenciones Generales y Otras”. El acto quedará exento 100%

Código de acto: 280
Descripción: Compraventa de inmuebles en la CABA- Procrear

El escribano debe cargar al comprador en la opción “Exenciones Generales y Otras” y al vendedor ” Grava Sellos – Procrear”.
El acto quedará gravado sobre el excedente, en el 50% del 3.6%

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Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2018

Informe de los asesores impositivos

 A raíz de la publicación de la Ley 5914 (Ley Tarifaria) para 2018 y la Ley 5913, que introduce modificaciones al Código Fiscal de la CABA, los asesores impositivos -en colaboración con el Instituto de Derecho Tributario del Colegio- han elaborado un informe donde se mencionan los principales aspectos de ambas normas y su incidencia en la actividad notarial.

Haga clic aquí para acceder al informe

Información impositiva relevante – Impuesto de Sellos e Impuesto a las Ganancias

Se informa a los colegas algunas novedades impositivas relevantes relacionadas con la actividad notarial para 2018:

  1. Respecto del Impuesto de Sellos de CABA no hubo modificaciones en las alícuotas y montos exentos, que se mantienen idénticos a 2017. Se destaca que para la compraventa de inmuebles la alícuota sigue siendo del 3,6 % y el monto mínimo no imponible se mantiene en $ 975.000.
  1. Respecto de la reforma introducida para el Impuesto a las Ganancias es importante aclarar que es de aplicación a partir del primero de enero de 2018 y que todavía no se encuentra reglamentada.

Los cambios más importantes a tener en cuenta en esta modificación son:

  • El ITI no ha sido derogado. Se mantiene exactamente igual para la venta de casa-habitación y para inmuebles adquiridos con anterioridad al  primero de enero de 2018.
  • Las modificaciones se aplicarán sólo a aquellos inmuebles que fueran adquiridos a partir del primero de enero de 2018 , al momento en que los mismos sean enajenados. A los efectos de aplicar la exención (venta de casa-habitación), la misma debe ser reglamentada, ya que no se prevé el otorgamiento de certificado de exención.
  • La retención a realizar por el escribano al momento de la escritura, en caso de corresponder el pago del impuesto a las ganancias conforme a la modificación de la Ley Tributaria, es del 3% sobre el precio de venta o valuación fiscal –el que fuere mayor-, debiendo el contribuyente abonar la diferencia con su declaración de Ganancias al cierre del ejercicio fiscal correspondiente. Esta es una interpretación provisoria hasta tanto se reglamente la Ley 27.430.
  • Las Resoluciones Generales 2139/06 (Ganancias) y 2141/06 (ITI) no han sido derogadas ni modificadas.

Provincia de Buenos Aires

A) Impuesto de Sellos para escrituras otorgadas durante el mes de enero de 2018 con certificados catastrales expedidos duante el mes de diciembre de 2017 (no meses anteriores y no expedidos con posterioridad).

  1. El certificado de catastro expedido durante diciembre de 2017 podrá ser utilizado hasta el 31 de enero de 2018.
  2. El SiEsBA está programado para receptar el número de certificado catastral de diciembre en las escrituras declaradas y firmadas durante enero.
  3. En tal sentido la base imponible a los efectos del pago del impuesto de sellos de las escrituras autorizadas en enero será el precio o la valuación fiscal impuesto al acto 2017 informada en el certificado de diciembre de 2017, lo que sea mayor.
  4. A todas las escrituras firmadas en enero con catastro de diciembre se les aplicarán las alícuotas de la ley impositiva 2018, en consecuencia la compra-venta tributará el 20‰ sobre la base imponible referida.
  5. La ley impositiva 2018 establece como rango tope para la exención del impuesto de sellos para la compra con destino a vivienda única, familiar y de ocupación permanente una valuación fiscal hasta la suma de $ 962.000, y para la compra de lote baldío para construcción una la valuación fiscal básica tope hasta $ 481.000.

Esta exención se aplicará de conformidad a la Valuación Fiscal que informe el certificado Catastral vigente. En consecuencia los montos tope indicados ($ 962.000 y $ 481.000) se aplicarán aún en los casos de escrituras otorgadas durante el mes de enero con certificado catastral expedido durante el mes de diciembre aplicándose la valuación fiscal básica que informa este certificado.

B) Tasa registral para:

B.1) Escrituras otorgadas durante el mes de diciembre de 2017 que ingresen al Registro de la Propiedad en enero de 2018.

  1. Mantendrá la tasa variable del 2‰ sobre el precio o Valuación Fiscal vigente al momento del otorgamiento del acto (2017).
  2. Las tasas fijas tributarán de acuerdo al valor establecido en la ley impositiva 2018.

B.2) Escrituras otorgadas durante el mes de enero de 2018 con certificados expedidos en el mes de diciembre de 2017.

  1. Se admitirá la presentación del Certificado Catastral de diciembre de 2017, pero a los efectos del pago de la tasa registral variable del 2‰, deberá calcularse por la Valuación Fiscal vigente al año 2018, a cuyos efectos el escribano deberá acompañar informe valuatorio por el año 2018.
  2. Con relación a las tasas registrales correspondientes a documentos que instrumenten compras destinadas a vivienda única, familiar y de ocupación permanente o lotes para la construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente, el Registro de la Propiedad aplicará los topes de valuaciones fiscales establecidas en la ley impositiva 2018 comparándolo con los informes valuatorios del año 2018, no admitiendo los valores informados en el certificado catastral expedido en diciembre de 2017.

 

Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios – Disposición Nº D1 -2017-471-AN

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición Nº D1 -2017-471-AN y su anexo, mediante la cual se comunica que, desde el martes 2 de enero, se encuentra vigente la nueva tabla de aranceles para 2018.

Haga clic aquí para acceder a la disposición

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ARBA: Resolución Normativa N° 55/17

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 55/17, mediante la cual se resuelve sustituir el artículo 10 de la Resolución Normativa Nº 7/14 y modificatoria, por el siguiente:

“ARTÍCULO 10. Establecer que, a partir de la entrada en vigencia de la presente, el domicilio fiscal electrónico previsto en el artículo 33 del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (T.O. 2011) y modificatorias- quedará obligatoriamente constituido respecto de los siguientes sujetos:

a) Contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

b) Agentes de recaudación de todo gravamen respecto del cual la Agencia de Recaudación resulta Autoridad de Aplicación.

c) Responsables solidarios de los sujetos mencionados en a) y b), comprendidos en el inciso 2) del artículo 21 del citado Código Fiscal. d) Contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Rural.

e) Contribuyentes del Impuesto Inmobiliario Urbano, cuando el mismo titular tribute el Impuesto Inmobiliario básico y el complementario.

f) Contribuyentes del Impuesto a los Automotores, extensivo a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación y/o del Impuesto Inmobiliario Urbano básico que sean responsables tributarios de diez (10) o más objetos.”

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ARBA: Resolución Normativa N° 52/17

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 52/17, mediante la cual se establece que el componente complementario del Impuesto Inmobiliario correspondiente al año 2018 alcanzará únicamente a aquellos sujetos que, al 1° de enero de 2018, revistan el carácter de propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño del todo o parte de más de un (1) inmueble de la planta urbana edificada, y/o de más de un (1) inmueble de la planta urbana baldía, y/o de más de un (1) inmueble de las

plantas rural y/o subrural, consideradas estas dos (2) últimas plantas en forma conjunta, independientemente de la cantidad de responsables o del porcentaje de responsabilidad

que se tuviere respecto de cada inmueble en particular.

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ARBA: Resolución Normativa N° 48/17

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 48/17, mediante la cual se establece la adhesión obligatoria al sistema “Boleta Electrónica Arba” para aquellos contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, extensivo a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación que, a través del sitio web de ARBA, realicen algunos de los trámites que se detallan al interior de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. Nº 48/17

 

 

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble: DTR N° 20/17

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha publicado la DTR Nº 20/17 que establece, a partir del 2 de enero de 2018, los nuevos valores de los formularios que ingresen al organismo:

– FORMULARIOS DE PUBLICIDAD Y SUS ANEXOS: $ 50
– FORMULARIOS DE REGISTACION Y SUS ANEXOS: $ 70

Los valores asignados se establecen en forma exclusiva para los formularios papel ingresados a ese organismo de manera presencial.

Haga clic aquí para acceder a la DTR Nº 20/17

 

Notificación de reinicio de actividades en períodos de licencia

Recordamos que se encuentran vigentes las directivas indicadas en la Circular N° 3166 del 27 de octubre de 2005 que prevén que, en el caso de retomar las actividades profesionales antes de finalizado el periodo de licencia informado a este Colegio, deberán notificarlo al Departamento de Secretaria por nota firmada (Mesa de Entradas de Av. Las Heras 1833) o a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV), opción “Reintegro o modificación de licencia” desde donde podrán adjuntar la nota correspondiente.

En caso de no ajustarse al procedimiento indicado, podrían presentarse situaciones equívocas, como algunas que se verificaron en trámites realizados ante los Registros Seccionales de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios (Circular N° 3281, 21/7/2011).

Ausencia de la escribanía hasta ocho (8) días hábiles (art. 29, inc. a)

Se recuerda a los colegas que podrán ausentarse de su escribanía hasta ocho días hábiles sin NOTIFICAR en forma previa al Colegio. Sin embargo, la oficina deberá permanecer abierta a cargo de personal que permita el acceso a la documentación notarial, ya sea para cumplir con requerimientos judiciales, estudio de títulos o inspección de protocolos, de acuerdo a lo dispuesto por la Circular N° 3219 del mes de abril de 2008.

 

IMPORTANTE: Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2018

Vigencia a partir del 1º de enero

Se informa que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del día de la fecha, miércoles 27 de diciembre, la Ley 5914 (Ley Tarifaria) para 2018 y la Ley 5913, que introduce modificaciones al Código Fiscal. Ambas normas rigen desde el 1º de enero de 2018.

Los asesores impositivos del Colegio se encuentran elaborando un informe en el cual se darán a conocer las principales modificaciones. Los textos completos se encuentran disponibles en los links al pie de este mensaje.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5913 modificatoria del Código Fiscal para el 2018
Haga clic aquí para acceder a la Ley 5914 (Ley Tarifaria)

RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR Nº 18/17

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la DTR Nº 18/17, mediante la cual se habilitó, desde el 18 de diciembre de 2017, como modalidad para el pago de las tasas especiales por servicios registrales previstas en la Ley Nº 10.259 y sus modificatorias, el depósito realizado en la cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires establecida en la boleta de pago disponible en www.rpba.gov.ar

El depósito podrá ser efectuado en cualquier sucursal del Banco de la Provincia de Buenos Aires e en las terminales de “Provincia Net”.

Para acceder a la DTR haga clic aquí

Para más información, clic aquí

 

Dirección Provincial de Personas Jurídicas – Disposición N° 130/17

La Dirección Provincia de Personas Jurídicas ha publicado la Disposición Nº 130/17, mediante la cual se establece como Beneficiario Final a toda persona humana que controla o puede controlar, directa o indirectamente, una persona jurídica o estructura legal sin personería jurídica, y/o que posee, al menos, el VEINTE POR CIENTO (20%) del capital social o del derecho de voto, o que por otros medios ejerce su control final, de forma directa o indirecta. Cuando no sea posible identificar a una persona humana deberá identificarse y verificarse la identidad del presidente, representante legal o la máxima autoridad que correspondiere.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Art. 51 – Ley 404 | Régimen de subrogancia

El Departamento de Inspección de Protocolos recuerda que, según lo establecido por el art. 51 de la Ley 404 (modificado por la Ley 3933), en el caso de registros con adscriptos la actuación de los subrogantes designados por el Tribunal a propuesta del escribano titular sólo será admitida en caso de enfermedad, ausencia o impedimento transitorio del mismo y de todos los adscriptos.

Tal circunstancia deberá ser comunicada al Colegio de Escribanos en forma previa o posterior a la actuación del subrogante, hasta 24 horas después de iniciada la misma.

Implementación del Registro de Autorizaciones de Viajes

Se informa a los colegas que desde hoy, miércoles 20 de diciembre, se encuentra operativo el Registro de Autorizaciones de Viajes realizadas ante escribano público, sea por escritura pública o instrumento privado.

El objetivo primordial de este Registro, implementado por la Disposición 6500/17, es dotar de mayor seguridad al trámite migratorio para proteger la integridad de los menores, a la vez que brindar agilidad a la operatoria de los pasos fronterizos y disminuir los tiempos de espera.

La registración de las autorizaciones realizadas a partir del día de la fecha es condición “sine qua non”,  para que la autoridad migratoria habilite la salida del menor .

El procedimiento de registración electrónica se realiza a través del Acceso Restringido Único de la web del Colegio. Se pone a disposición de los colegas el manual de uso del sistema y una compilación de preguntas frecuentes.

Se recuerda que la norma establece un plazo de ciento ochenta (180) días corridos a partir de la puesta en funcionamiento del sistema para la registración electrónica de las autorizaciones realizadas en sede notarial, con anterioridad a la vigencia de esta Disposición.

Si bien la norma contempla la obligatoriedad de registrar también las revocaciones, por el momento, este trámite no está habilitado en el sistema, ya que se encuentra en proceso de desarrollo.

El Colegio ha trabajado conjuntamente con la Dirección Nacional de Migraciones para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema de registración. No obstante, y dado que el aplicativo puede requerir ajustes a partir de su puesta en funcionamiento, agradecemos la tolerancia ante los eventuales inconvenientes que puedan surgir y todas las observaciones que permitan mejorarlo.

 

Haga clic aquí  para acceder a la Disposición 6500/2017

Haga clic aquí para acceder al manual de uso

Haga clic aquí para acceder a las consultas frecuentes

Haga clic aquí para acceder al sistema

 

Ley Impositiva 14.983 para 2018 de la Provincia de Buenos Aires

Informe de los asesores impositivos y del Instituto de Derecho Tributario del Colegio

A raíz de la publicación de la Ley Impositiva 14.983 para 2018, los asesores impositivos con la colaboración de integrantes del Instituto de Derecho Tributario, han elaborado un informe donde se mencionan los principales aspectos de esta norma y su incidencia en la actividad notarial.

Haga clic aquí  para acceder al informe

Paro general

No habrá atención del RPI Capital Federal y del Banco Ciudad en las sedes del Colegio

Con motivo del paro nacional previsto para mañana, martes 19 de diciembre, se informa a los señores escribanos que la boca de atención de trámites del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal que funciona en nuestro Colegio no atenderá al público. Tampoco se encontrará operativa la sede del Banco Ciudad de Av. Las Heras 1833.

Informaremos por esta vía las novedades referidas a otros organismos que adhieran a la medida de fuerza.

El RPBA incorpora nuevos servicios web: Pago electrónico y Publicidad Simple

Desde el día de hoy, lunes 18 de diciembre, entra a regir el nuevo sistema para el pago de las tasas para las Consultas sin valor legal y para la Ventanilla Virtual (trámites con expedición en papel y con firma digital) del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires y se habilitará la publicidad registral web “Simple” para todos los servicios actualmente vigentes.

Tal como fue informado el 9 de noviembre pasado, los usuarios ya no tendrán que adquirir créditos, sino que depositarán un importe en pesos para acceder a los distintos servicios disponibles de la web del RPBA. Para realizar las solicitudes, deben tener depositado en su cuenta de Servicios Web un importe equivalente a la tasa registral por la cual desean consultar. Si el trámite que desean realizar tiene un valor superior a este monto, deberá cargar el saldo faltante para llegar al valor del trámite. La carga de saldo se podrá realizar:

  1. Con acreditación inmediata: adquiriendo timbrados a ese efecto en las cajas timbradoras del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires en su sede central o en sus Delegaciones Regionales.
  2. Con acreditación diferida: en las casas y filiales del Banco de la Provincia de Buenos Aires o las terminales de Provincia Net presentando el “Formulario B” de pago.

En ambos casos se deberá ingresar a “usuarios suscriptos“, luego a “Detalle de Cuenta”, y allí acreditar el pago.

Aquellos usuarios que tenían créditos adquiridos pasarán a tener disponible en sus cuentas el equivalente en pesos al valor de esos créditos, el día 17 de diciembre. Ej: si en su cuenta tenía 1 crédito se le acreditarán 520 pesos.

Si aún no se ha dado de alta como usuario suscripto a los Servicios Web del Registro de la Propiedad, debe dirigirse a su colegio profesional y solicitar la suscripción, allí le proveerán de un número PIN. Luego continúa el proceso de suscripción en el sitio institucional del Registro de la Propiedad, donde debe ingresar a través del botón de “Usuarios Suscriptos”, y hacer click en “Suscribirse”.

DTR 18/17

Acceso a Comprobante para pago en Banco Provincia o Provincia Net 

Acceso al instructivo de uso del sistema “Ventanilla Virtual”

Acceso a “Usuarios suscriptos”

Consulta de protocolos en la sede Chorroarín – Adquisición y pago previo de las boletas de exhibición

Se recuerda a los colegas que deben consultar tomos de protocolos en la sede de Av. Chorroarín 751 que las boletas de exhibición se obtienen y abonan previamente en la sede de Alsina 2280, en el horario habitual de las Cajas (de 9 a 15 h), dado que en la sede de Chorroarín no es posible realizar estas gestiones.

Para más información sobre el sistema de consultas de tomos de protocolos en la sede Chorroarín haga clic aquí

Paro previsto para el viernes 15 de diciembre – Vencimiento de la boleta “COLEGIO DE ESCRIBANOS – LEY 404”

Se informa a los señores escribanos que, a raíz del paro previsto para el día viernes 15 de diciembre y de que en esa misma fecha opera el vencimiento de boleta “COLEGIO DE ESCRIBANOS – LEY 404”, el Colegio ha resuelto que en caso de que la medida de fuerza tenga lugar, no se aplicarán punitorios a los escribanos que realicen el pago el día hábil siguiente (lunes 18 de diciembre), a efecto de evitar inconvenientes innecesarios.

IGJ – Vencimiento de la tasa anual 2017

La Inspección General de Justicia nos ha solicitado se recuerde que, de acuerdo a la Resolución N° 967-E/2017 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el martes 19 de diciembre vence la obligación anual de sociedades por acciones y de las de Garantía Recíproca. Las boletas se encuentran disponibles y se obtienen únicamente a través del servicio de emisión de tasas de la página web de IGJ.

Las tasas pueden abonarse en cualquier sucursal del Banco Nación de la Ciudad de Buenos Aires o en las cajas de IGJ. En sede central de organismo, el pago puede realizarse con tarjeta de débito o cheque certificado, mientras que en la sede de nuestro Colegio también puede abonarse en efectivo (servicio exclusivo para profesionales matriculados).

Las sociedades que abonaron en el mismo año calendario la tasa de constitución quedan exceptuadas de la obligación de pago de la tasa anual.

Importancia de la presentación de estados contables

En función de la Decisión Administrativa Nº 46/01, el cálculo de la tasa se fija en base a una escala determinada en relación a la sumatoria del capital social de los estatutos y de la cuenta ajuste de capital resultante de sus estados contables.

Por tal razón, es importante estar al día con la presentación de los balances, ya que en los casos en los que no se haya cumplido con tal obligación, el organismo efectuará una estimación de oficio del importe que corresponda abonar. Una vez presentados los estados contables, el monto de la tasa se recalcula automáticamente.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 967/2017

Convenio entre el Colegio y el Banco Itaú: Créditos hipotecarios para requirentes y para escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Se recuerda que el Colegio firmó un convenio con el Banco Itaú que permite a todos los escribanos de la demarcación que presenten a sus requirentes ante el Banco con el objeto de solicitar créditos hipotecarios, autorizar las correspondientes escrituras de compraventas e hipotecas de inmuebles ubicados en la Ciudad y Provincia de Buenos Aires. Asimismo, se implementó una línea de créditos adicional exclusiva para los colegas de la demarcación, con condiciones más ventajosas.

En este sentido, los escribanos cuentan con un agente del Banco Itaú que se encuentra disponible en la sede de nuestro Colegio, tanto para gestionar las solicitudes de créditos como para atender a sus consultas.

Para autorizar estas operaciones se deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser titular o adscripto a un registro en actividad.
  • No estar o haber estado suspendido en su matrícula en los últimos 5 años.
  • Tener vigente un seguro de responsabilidad civil profesional.

No se requerirá la inscripción ni registración de los colegas en una nómina en particular, sino que todos los escribanos de la demarcación que cumplan con los requisitos indicados anteriormente estarán habilitados para intervenir en estos actos.

Los montos máximos y mínimos de los préstamos, cantidad de cuotas, tasas de interés y demás condiciones para el otorgamiento de créditos al solicitante serán determinadas por el Banco Itaú

 

 Puede acceder a los calculadores de créditos haciendo clic en la imagen que figura al pie de este mensaje

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Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal

La Dirección General del Registro comunica al notariado que dado el importante incremento de trabajo -que sólo a modo de ejemplo ha sido de un 213% para las hipotecas,  de un 40% en la recepción de certificados y de un 36% en actos de transferencia/mutación de derechos reales- puede llegar a haber algunas demoras en la expedición de los trámites registrales.

Con el fin de minimizar estos inconvenientes, se han tomado medidas -como la autorización de horas extras para el personal afectado a esas tareas- para evitar dilaciones en el servicio registral. No obstante ello, las autoridades del organismo quedan a disposición del notariado para atender los inconvenientes que puedan surgir.

Ley Impositiva 14.983 para 2018 de la Provincia de Buenos Aires – Informe del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

A raíz de la publicación de la Ley Impositiva 14.983 para 2018, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ha elaborado un informe donde se mencionan los principales aspectos de esta norma y su incidencia en la actividad notarial.

Haga clic aquí  para acceder al informe

Curso sobre Registro de las autorizaciones de viajes realizadas ante escribano público

Régimen legal y aspectos informáticos de la Disposición 6500/2017

El día 18 de diciembre, a las 10 h, en el Salón Posadas – Av. Callao 1542-, se llevará a cabo un curso sobre  el Registro de las autorizaciones de viajes realizadas ante escribano público, su régimen legal y los aspectos informáticos de la Disposición 6500/2017. En el mismo estarán presentes funcionarios de la Dirección Nacional de Migraciones, autoridades del Colegio de Escribanos y escribanos y técnicos involucrados en el desarrollo y en la implementación del sistema informático. Durante el mismo se explicarán las particularidades de la carga de los datos.

Cabe destacar que esta actividad es válida para el cumplimiento de la capacitación obligatoria de los art. 38 y 39 de la ley 404.

Haga clic aquí  para acceder a la Disposición 6500/2017

Haga clic aquí para la inscripción del curso

Torneo Anual de Golf  2017 vs. la Asociación de Magistrados

 

Se informa a los colegas que el equipo de escribanos del Colegio resultó ganador del Torneo Anual de Golf que se jugó contra la Asociación de Magistrados y que tuvo lugar el miércoles 6  de diciembre.

Agradecemos a quienes se sumaron y participaron del torneo en representación de nuestro Colegio y convocamos a los los escribanos que aún no lo hicieron a sumarse a los próximos encuentros deportivos.

A continuación se listan los colegas que participaron del certamen:

ALVARIÑAS CANTON, CHRISTIAN GONZALO
BERTOMEU, ALEJANDRO MIGUEL
GAMERMAN, DANIEL ADOLFO
KLEIMAN, HECTOR MARIO
LEDESMA, JORGE NICOLAS
MACIEL, JUAN ANTONIO RAMO
PINTO, ERNESTO HORACIO
PINTO, RICARDO LUCAS
REBASA, MARIO MARCELO
SARAVI -H-, MIGUEL ANGEL
SCARANO, CLAUDIO ADOLFO
TERCEÑO, MIGUEL ANGEL
URRESTI, ESTEBAN ENRIQUE ANGEL
VIALE, SALVADOR MARIA

ARBA – Gerencia de Servicios Catastrales – Resolución Normativa 45/2017

Tal como fuera adelantado por el Colegio, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó en el Boletín Oficial del día de la fecha, lunes 11 de diciembre, la Resolución Normativa mediante la cual se dispone:

Suspender la recepción de los trámites en formato papel que se ingresan por las Mesas de Entradas habilitadas en los Centros de Servicios Locales y Mesas de Entradas Catastral, a partir del 4 y hasta el 29 de diciembre de 2017. La suspensión no se aplicará a los siguientes trámites: “Solicitud de otorgamiento del art. 6º del Decreto 2489/63”; “Constatación de estado constructivo a efectos de revalidar el otorgamiento del artículo 6 del Decreto 2489/63” y “Constitución de estado parcelario sin modificación”.

Suspender la expedición de los trámites derivados de la Ley 10.707 y modificatorias, en el ámbito de la Gerencia General de Catastro y Geodesia y sus dependencias, a partir del 15 de diciembre de 2017 y hasta el 8 de enero de 2018, inclusive. Esta suspensión no afectará los trámites listados en la norma.

Asimismo, resuelve extender, hasta el 31 de enero de 2018, la validez de los certificados catastrales expedidos durante el mes de diciembre de 2017, con la valuación fiscal vigente durante el año 2017, a fin de que los Escribanos Públicos puedan cumplir con las obligaciones que les corresponden como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos.

 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Normativa 45/2017

AGIP – Resolución Nº 417/2017

 La AGIP ha hecho llegar en el día de la fecha, jueves 7 de diciembre, la Resolución Nº 417/2017 mediante la cual se prorroga hasta el 10 de noviembre de 2017 el vencimiento del Impuesto de Sellos relativo al período 09/2017 respecto de los contratos de compraventa de inmuebles celebrados en el marco del Programa Pro.Cre.Ar, cuyo vencimiento operó el día 10 de octubre de 2017.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución Nº 417/2017

Consulta de protocolos en la sede Chorroarín

Turnos
Atención exclusivamente con turno, que se solicita previamente en la página del Colegio. (Haga clic aquí para solicitarlo)

Día
Únicamente los días jueves

Horario

  • Exhibición de protocolos: de 9.30 a 14.00 h. Máximo 6 personas en la sala, con permanencia de 1.30 h manteniendo la distancia de 2 mts.
  • Elaboración de documentación: las presentaciones se realizan -como siempre- en forma exclusiva por Alsina, con la modalidad adoptada en la presente.
  • Copia simple digital: con normalidad.

Registro de las autorizaciones de viajes realizadas ante escribano público

Disposición 6500/17 de la Dirección Nacional de Migraciones 

La Dirección Nacional de Migraciones publicó hoy, 5 de diciembre, en el Boletín Oficial la Disposición 6500/2017, mediante la cual se aprueba el Convenio Marco suscripto entre ese organismo y nuestro Colegio, que establece la obligatoriedad del registro de las autorizaciones de viajes y sus revocaciones, realizadas ante escribano público, ya sea mediante escritura pública o instrumento privado con firmas certificadas. El objetivo primordial de este registro es dotar de mayor seguridad al trámite migratorio para proteger la integridad de los menores, a la vez que brindar agilidad a la operatoria de los pasos fronterizos y disminuir los tiempos de espera.

El procedimiento de registración electrónica de la autorización de viaje al exterior de menores de edad y, en su caso, la pertinente revocación, se realizará a través de un aplicativo al que se accederá a través del Acceso Restringido Único de la web del Colegio. Este trámite será condición “sine qua non”, una vez operativo el sistema de registración, para que la autoridad migratoria habilite la salida del menor o tome conocimiento de su impedimento de salida.

Esta Disposición establece, también, un plazo de ciento ochenta (180) días corridos, a partir de su dictado, para la inscripción electrónica de las autorizaciones de viaje al exterior de menores de edad que hayan sido realizadas en sede notarial, con anterioridad a la vigencia de esta norma. En caso de no efectuarse  el registro dentro de dicho plazo, las mismas quedarán sin efecto.

El Colegio se encuentra  trabajando con la Dirección Nacional de Migraciones para el adecuado funcionamiento del sistema de registración. Una vez finalizada la etapa de implementación del mismo, se realizará una reunión informativa y capacitación para su uso.

Haga clic aquí  para acceder a la Disposición 6500/2017

 

 

Preinscripción al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional 2018

Reglamento aprobado el 30/11/2017 para el Ciclo de Perfeccionamiento Profesional

(120 horas para adscriptos)

Del 4 al 18 de diciembre 2017, se realizará la preinscripción vía web al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional 2018. Una vez verificados los requisitos para realizar el curso, el Colegio de Escribanos  asignará las comisiones, los días y horarios de cursada.

Inscripción cerrada

Esta inscripción se realiza conforme al reglamento aprobado con fecha 30 de noviembre de 2017, que retoma los lineamientos sustanciales de la reglamentación que rigió hasta el año 2016. Se mantienen la posibilidad de contabilizar las escrituras autorizadas como subrogante de otro/s registro/s y dar por cumplida la capacitación obligatoria (arts. 38 y 39 de la Ley 404).

El ciclo de Perfeccionamiento Profesional previsto por el art. 35 de la ley 404, modificada por ley 3933 se dictará en forma anual. Se prevé una modalidad de cursada que cubra en el año calendario las 120 horas que establece la ley.

El ciclo constará de 4 módulos:

1) Derecho Civil: Hecho y Acto Jurídico. Contratos.
2) Derecho civil: Familia y Sucesiones
3) Derecho Civil: Derechos Reales
4) Derecho Comercial: Sociedades

Cada módulo se desarrollará en 30 horas de clase.

Este curso fue introducido por la Ley N° 3933 -en el artículo 35 de la Ley 404, segunda parte- y establece que” (…) cuando el aspirante a la titularidad de un registro notarial sea un escribano en ejercicio de la función notarial en carácter de adscripto de un registro de la demarcación, podrá eximirse de rendir las pruebas escrita y oral a que se refiere el artículo 34, siempre que acredite cumplir la totalidad de las siguientes condiciones (…)”:

I) Tuvieren siete años de antigüedad en el ejercicio de la función, en un máximo de tres registros notariales de la Ciudad de Buenos Aires. A efectos del cumplimiento de este requisito, se computará también el lapso en que el adscripto hubiere quedado a cargo del registro en que ejerciera su función en carácter de interino, hasta el límite de tiempo que dispone la ley vigente al tiempo en que haya ejercido tal función.

II) Prevean autorizar más de trescientas escrituras que instrumenten actos de contenido patrimonial.

III) No hayan sido pasibles de sanción alguna en el ejercicio de su función notarial en la Ciudad de Buenos Aires, durante los cinco años anteriores a la publicación del llamado a concurso.

Todos los plazos se contarán hasta el día del cierre de la inscripción al concurso de oposición y antecedentes del año inmediato siguiente al desarrollo del ciclo de perfeccionamiento profesional en el que aspiran participar (art. 6° del reglamento correspondiente).

IV) Cursar un ciclo de perfeccionamiento profesional que organizará el Colegio de Escribanos y que tendrá una duración mínima de 120 horas de clase, sobre la base de análisis de casos jurisprudenciales y elaboración de dictámenes sobre temas jurídicos notariales.

 

Haga clic aquí para acceder al reglamento para el Ciclo de Perfeccionamiento Profesional