Se informa a los colegas que fue publicada la Resolución 3/2018 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante la cual se fija el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil para los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo, aprobado por la Ley 20.744.
Sugerimos tener en cuenta esta actualización al momento de establecer el capital mínimo para la constitución de una SAS:
(*) De optarse por el capital mínimo, deberá incluirse el importe en pesos equivalente a dos veces el salario mínimo vital y móvil vigente al momento de la constitución de la SAS (art. 40, Ley 27349). De no ser así, deberá incluirse el capital social acordado por los socios (Anexo II – Disposiciones transitorias – Capital social – Res. Gral. IGJ 6/17).