Dirección Provincial del Registro de las Personas – Disposición Nº 1094/2016
Identidad de género
La Dirección Provincial del Registro de las Personas ha publicado la Disposición Nº 1094/2016 referida a identidad de género, mediante la cual se establece la inmovilización y reinscripción de actas (nacimiento, matrimonio, uniones convivenciales), adecuándolas a la nueva identidad del requirente.
AFIP: Resolución General 3884/16
Se informa a los colegas que fue publicada la Resolución General 3884 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), modificatoria de la Resolución General Nº 830, referida al régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, mediante la cual se elevan los mínimos no imponibles.
Cabe destacar que, respecto de las profesiones liberales, el mínimo no imponible se elevó a $ 7.500. La disposiciones de esta resolución serán de aplicación a los pagos que se efectúen a partir del 1º de junio de 2016.
Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) – Resolución Normativa Nº 18/16
Se informa a los colegas que la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 18/16, referida a la implementación de la nueva aplicación web “SiEsBA” que deberán utilizar los escribanos públicos, a fin de cumplir con las obligaciones de presentación de declaraciones juradas y pagos que les correspondan en su carácter de agentes de recaudación.
La presente regirá respecto de los actos o escrituras en los que intervengan los escribanos públicos a partir del 1º de junio de 2016.
AFIP: Entrada en vigencia de nuevo aplicativo SICORE
La AFIP ha publicado en su página web la nueva versión 8.0 Release 26 del aplicativo SICORE.
Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos – Convenio de Cooperación Técnico Financiero
Nuevos valores
En el marco del Convenio de Cooperación Técnico Financiero entre la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y el Colegio, la AGIP ha informado los nuevos valores para la solicitud de los certificados de ABL, vigentes a partir del 1º de julio de 2016.
– Solicitudes vía web $ 270
– Solicitudes en soporte papel $ 300
– Formulario de solicitud $ 50
– Solicitudes que el GCBA requiere que se presenten en soporte papel (Ej. partidas exentas e incorporaciones edificios) $ 270
– Solicitudes para actos vinculados al IVC (vendedor – acreedor hipotecario) EXENTO
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) |Res. Gral. 3885/16
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado en el Boletín Oficial del martes 24 de mayo la Resolución General 3885, referida al régimen aplicable para garantías otorgadas en seguridad de obligaciones fiscales. En el Título V, sección Hipoteca, artículo 34 se hace mención a las escrituras públicas de constitución de garantías hipotecarias.
Postergación del curso “Subsanación de Sociedades”
Se informa a los señores escribanos que el Curso “Subsanación de Sociedades” previsto para el miércoles 1º de junio de 9.30 a 11.30 h, ha sido postergado por inconvenientes de agenda del Dr. Osvaldo Norte Sabino.
Atento a ello, la actividad será reprogramada para una nueva fecha que será comunicada por esta vía a la brevedad posible.
Circular 3382 y legislaciones
Se pone a disposición de los colegas la Circular 3382, con fecha 24 de mayo de 2016, y sus respectivas legislaciones.
Haga clic aquí para acceder a la Circular 3382
Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4199
Haga clic aquí para acceder a la Legislación 4200
Campus Virtual – Cursos disponibles que no acreditan puntaje
Se informa a los colegas que se habilitó en el Campus Virtual el curso Compraventa. Tratativas contractuales y contratos preliminares, a cargo del Dr. Julio Conte Grand. Esta actividad se encuentra disponible en su doble modalidad: tanto como curso de libre navegación que permite ver el contenido pero no acredita puntaje, así como en su versión válida para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404 (incluye actividades, cuestionarios, etc).
Bajo la modalidad que no otorga puntaje, además se encuentran disponibles los siguientes cursos:
– Régimen patrimonial del matrimonio (Esc. Capparelli)
– Modificación al régimen de sociedades (Dr. Vítolo)
– Propiedad horizontal (Dr. Kiper)
– Conjuntos inmobiliarios (Esc. De Hoz)
– Derecho real de superficie (Dr. Pepe)
Informe de la asesora previsional del Colegio
A raíz de consultas recibidas de algunos colegas referidas a la obligatoriedad de efectuar aportes de autónomos como condición preliminar para la obtención de los beneficios jubilatorios reconocidos por la Ley 21.205, la asesora previsional del Colegio destaca algunas cuestiones fundamentales a tener en cuenta:
– De acuerdo a lo previsto por los artículos 2º inc b y c; 3º ; 4º, inc a y 5º inc a de la Ley 21.205, las prestaciones de seguridad social son de carácter complementario: esto implica que su percepción depende del otorgamiento previo de los beneficios previsionales por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
– Para la obtención de los beneficios mencionados (jubilaciones o pensiones), el régimen nacional exige 30 años de aportes y 60 años de edad para las mujeres y 65 años para los hombres. Por lo tanto, si por falta de aportes regulares, ANSES denegara el pedido de jubilación o pensión, resultará imposible percibir las prestaciones del régimen complementario de la Caja Notarial.
En consecuencia, y considerando que en la actualidad rigen normas que permiten regularizar las deudas de carácter previsional, se sugiere a los colegas revisar la situación relativa a los aportes autónomos a fin de adecuarlas a la normativa vigente con el fin de evitar inconvenientes al momento de acogerse a los beneficios jubilatorios.
150º Aniversario del Colegio – Obsequio: Brochure institucional
En el marco de la celebración del 150 Aniversario de nuestro Colegio de Escribanos y como un homenaje a su trayectoria, los colegas recibirán en sus escribanías un brochure institucional que testimonia algunos hitos centrales de ese pasado que tanto nos enorgullece.
Enviamos también -para los escribanos en actividad- la foja alusiva al Aniversario, como carátula de apertura en el protocolo 2016, que tiene carácter optativo y fue donada por la empresa Gráfica Latina.
Esperamos que disfruten de este libro que buscan dejar un testimonio palpable de esta fecha tan significativa para toda la comunidad notarial.
RPI Capital Federal – Instrucciones de trabajo Nº 7 y 8/2016
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha hecho llegar a nuestro Colegio las instrucciones de trabajo Nº 7 y 8/16, referidas a extinción de hipoteca; efectos de la subasta, criterio de aplicación del art. 2203 CCCN (IT Nº7/16) y a adecuación del número, ubicación (piso) y/o superficie, ante discrepancias entre el plano y lo asentado en la escritura de Reglamento (IT Nº 8/16).
Inspección General de Justicia (IGJ) – Resolución General 9/2016
Se remite a los colegas la Resolución General 9/2016 de la Inspección General de Justicia (IGJ), modificatoria de la la Resolución General N° 7/2015, mediante la cual se deroga el inciso 6 del artículo 305 de la RG 7/15.
Convocatoria a Asamblea Extraordinaria
El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 27 del Estatuto en vigor, ha resuelto convocar a Asamblea Extraordinaria para el miércoles 29 de junio de 2016, a las 18:00 horas (primera citación) y a las 19:00 horas (segunda citación), la que tendrá lugar en el salón Gervasio A. de Posadas de la sede de la Av. Callao 1542 de esta ciudad, a fin de tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
1°) Designación de dos asambleístas para que, con uno de los Secretarios, labren y aprueben el Acta, que firmarán con el señor Presidente.
2°) Consideración del Proyecto de Presupuesto del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires – Período 1º de julio de 2016 al 30 de junio de 2017.
3º) Consideración del Proyecto de Presupuesto de la Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social – Período 1º de julio de 2016 al 30 de junio de 2017.
4º) Aceptación o rechazo de herencia. Testamento otorgado por la escribana Sara Delina del Rosario Grandoli del Mármol (fallecida) a favor del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires y la Fundación Colegio de Escribanos.
Haga clic aquí para acceder a los presupuestos
Se encuentra en Secretaría, a disposición de los colegas que lo soliciten, la documentación para su análisis.
Pautas de Inspección de Protocolos – Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación
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RPI Capital Federal – Disposición Técnico Registral Nº 8/2016
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado en el Boletín Oficial del 17 de mayo la Disposición Técnico Registral Nº 8/2016, mediante la cual se establece que las certificaciones dominiales que se soliciten para autorizar actos a otorgarse en forma simultánea por quienes aún no son titulares registrales no generarán -en ningún caso- la reserva de prioridad a que hace referencia el artículo 25 de la ley 17.801, y para el supuesto de ser peticionado se expedirán como informes. Por consiguiente, en tales casos, sólo será necesario efectuar la solicitud de certificación sobre el estado jurídico de las personas (inhibiciones).
Pautas de Inspección de Protocolos – Aclaración
El 11 y 12 de mayo se publicaron por esta vía pautas del Departamento de Inspección de Protocolos adaptadas a las modificaciones introducidas al Código Civil y Comercial de la Nación. En razón de algunas consultas de colegas sobre las pautas referidas al artículo 305 inciso b) del CCCN, se hacen llegar algunas consideraciones:
1) Domicilio de los comparecientes y/u otorgantes: El artículo 305 del CCCN expresa que la escritura debe contener el “… domicilio real y especial si lo hubiera …”. A su vez el artículo 73 del CCCN define domicilio real estableciendo que es el lugar de residencia habitual de la persona y agrega que, si ejerce actividad profesional o económica, lo tiene en el lugar donde la desempeña para el cumplimiento de las obligaciones emergentes de dicha actividad. Siempre debe expresarse el domicilio real, tanto del compareciente como del otorgante, no siendo necesario consignar la palabra “real”. A modo de ejemplo, el representante de una sociedad podrá tener su domicilio “real” en la sede social.
Por su parte, el artículo 75 del CCCN define el domicilio especial como el que pueden elegir las partes de un contrato para el ejercicio de los derechos y obligaciones que de él emanan. Este domicilio se asemeja al domicilio constituido en los contratos y figura usualmente en las hipotecas y fideicomisos.
2) Domicilio legal: El artículo 74 del CCCN establece que “El domicilio legal es el lugar donde la ley presume, sin admitir prueba en contra, que una persona reside de manera permanente para el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Sólo la ley puede establecerlo …” Por ello, el domicilio legal ha quedado reducido a los casos especificados en el artículo 74 y a los que surjan de otra normativa.
3) Domicilio social y datos de inscripción de la constitución si corresponde: El artículo 305 del CCCN expresa que, si el otorgante es una persona jurídica, la escritura debe contener su denominación completa, el domicilio social y los datos de inscripción de su constitución si corresponde. Por domicilio social debe entenderse la jurisdicción de la persona jurídica, diferenciándose de la sede social. La expresión “datos de inscripción de su constitución si corresponde” se interpreta como que debe constar el dato de inscripción siempre que la persona jurídica se encuentre inscripta y en todo acto que otorgue, pero no así en las actas. A modo de ejemplo, no se consignarán los datos de inscripción de la Iglesia Católica, del Enargas, la Biblioteca Nacional ni de cualquier otra persona jurídica que no tuviere datos de inscripción.
4) Comparecientes y/u otorgantes: El concepto de compareciente está plasmado en los Fundamentos del nuevo código al expresar: “En la Sección 5ª se siguen criterios conocidos. Referente a los requisitos de la documentación, se indica que la expresión compareciente, que es propia del lenguaje notarial, abarca a las partes, testigos, cónyuges u otros intervinientes en el acto.” y también en el artículo 301 del mismo cuerpo legal, que contempla los requisitos de las escrituras públicas, cuando dice: “El escribano debe recibir por sí mismo las declaraciones de los comparecientes, sean las partes, sus representantes, testigos, cónyuges u otros intervinientes.”
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Instrucción de trabajo 6/2016
Se remite a los colegas la Instrucción de trabajo 6/2016, publicada por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, mediante la cual se establecen los criterios registrales aplicables en la calificación del régimen de protección de la vivienda (artículos 244 a 256 del CCCN).
Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios: Disposición 181/2016
Modificiación del Digesto de Normas Técnico-Registrales
El Registro de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha publicado la Disposición 181/2016, mediante la cual se modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales.
XXXII Jornada Notarial Argentina – Reuniones preparatorias Tema I
24 al 26 de agosto, Ciudad de Buenos Aires
Se invita a los colegas que presentarán trabajos en la XXXII Jornada Notarial Argentina a la reuniones preparatorias con los coordinadores por el Colegio del Tema I, Maritel Brandi Taiana y Alfonso Gutiérrez Zaldívar, a realizarse los días martes 24 de mayo a las 10 h y el jueves 26 de mayo a las 18.30 h, en la sala anexo de Secretaría, Av. Callao 1542, 1º piso.
Tema I: “Persona Humana. Capacidad Jurídica. Principios Generales. Capacidad de Ejercicio y de Derecho. Restricciones a la capacidad Jurídica. Sistema de apoyos al ejercicio de la Capacidad Jurídica. Sentencia. Efectos. Registración. Menor de Edad y Adolescente. Tutela y Curatela.” Coordinador Nacional: Néstor Lamber – Email: nestorlamber@fibertel.com.ar | Coordinadores del Colegio: Maritel Brandi Taiana y Alfonso Gutiérrez Zaldívar.
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal: DTR Nº 7/2016
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral 7/2016, mediante la cual se establece que, cuando se presenten a registración documentos que contengan declaratorias de herederos o testamentos sin que exista partición, sólo se tomará razón de los datos personales en relación con los sucesores y – en su caso- cónyuge supérstite, sin consignarse proporción alguna. Entrada en vigencia: a partir del 1º de octubre de 2016.
Pautas del Departamento de Inspección de Protocolos Código Civil y Comercial de la Nación
Se ponen a disposición de los colegas nuevas pautas para el Departamento de Inspección de Protocolos relacionadas con el Código Civil y Comercial de la Nación, aprobadas por el Consejo Directivo.
Interpretación del inc. e) Art. 305 CCCN- Salvados: Establecer que el inciso e) del artículo 305 del CCCN, que dispone: “Las enmiendas, testados, borraduras, entrelíneas, u otras modificaciones efectuadas al instrumento en partes esenciales, que deben ser realizadas de puño y letra del escribano y antes de la firma” debe interpretarse como referido a los salvados (Acta de C.D. N° 3962 del 13-01-16, Resolución N° 10/16).
Inscripción de testamentos y sus revocatorias- Arts. 29 inc. h) y 164 Ley 404: Se resuelve como pauta de inspección y de evaluación de expedientes, que los inspectores observen la falta de inscripción de las escrituras de testamento y sus revocatorias en el Registro de Actos de Última Voluntad, no admitiéndose la dispensa de inscripción para dichos actos (Acta de C.D. N° 3962 del 13-01-16, Resolución N° 10/16).
Orden de nupcias y nombre del cónyuge – Art. 305 Inc. b) CCCN: El Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión del grado de nupcias y el nombre del cónyuge de los sujetos negociales sólo cuando fueren casados y siempre que ello resultare relevante por la naturaleza del acto, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN, en Venta, Permuta, Dación en pago, Hipoteca, Cesión de Crédito Hipotecario, Transferencia de taxi con vehículo, o en otros actos de disposición (Acta de C.D. N° 3971 del 20-04-16, Resolución N° 153/16).
Omisión de la constancia documental de la lectura- Art. 305 inc. d) CCCN: Al inspeccionar escrituras posteriores al 1º de agosto de 2015, el Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión de la constancia documental de la lectura, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso d) del CCCN. A los fines disciplinarios, dicha omisión puede ser subsanada por nota marginal. En caso de actas y sus diligencias, la lectura y su constancia documental dependerán del objeto de la comprobación y del acontecimiento de los hechos (Acta de C.D. N° 3971 del 20-04-16, Resolución N° 154/16).
Suplemento especial Diario Clarín
Se remite a los colegas el sulpemento publicado en el día de hoy, jueves 12 de mayo, por el diario Clarín con motivo del 150º aniversario del Colegio.
Procedimientos delictivo en escribanías | Modus operandi
A raíz del robo efectuado a una escribanía en los últimos días en el barrio de Belgrano, se advierte el proceder delictivo utilizado, a fin de que los colegas tomen los recaudos necesarios.
Modus operandi:
El escribano no se encontraba en la escribanía, sí su personal. Los delincuentes se presentaron a cara descubierta, expresando ser motoqueros con correspondencia para entregar (de una empresa no conocida). Ingresaron al edificio de manera desconocida y tocaron directamente el timbre de la escribanía. Ingresaron con armas y maniataron a los empleados.
Recomendamos a todo el notariado extremar las medidas de seguridad.
Archivo de Protocolos Notariales – Tareas de mudanza de protocolos
Se informa a los colegas que, a partir del lunes 23 de mayo, comenzarán las tareas de mudanzas de protocolos correspondientes a los años 1968 a 1970 (inclusive), con un traslado total de 12.272 tomos desde el edificio de Alsina 2280 a la sede de Chorroarín 751. Las tareas demandarán 12 días hábiles, plazo que podrá extenderse por cuestiones climáticas u otras situaciones que pudiesen poner en riesgo la conservación de los protocolos.
Por este motivo, informamos que el Archivo prestará los servicios habituales con la mitad de su personal. Sin perjuicio de ello, la entrega de protocolos para exhibición se realizará en los plazos habituales, salvo en aquellos casos en los que el requerimiento recaiga sobre algunos de los tomos que se encuentran bajo traslado, donde puede verificarse alguna demora adicional.
Solicitud de certificados de vigencia de matrícula a través de la Mesa de Entradas Virtual
Los certificados de vigencia de matrícula y actuación profesional deben solicitarse exclusivamente a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV), sin necesidad de contar con firma digital. El ingreso a la MEV se realiza a través del Acceso Restringido Único de la página web del Colegio. Los certificados emitidos se retiran por Mesa de Entradas, Av. Las Heras 1833, dentro de las 48 horas de haber sido solicitados.
A continuación se detalla el paso a paso del trámite:
1. Ingresar al Acceso Restringido Único.
2. Entrar a la MEV.
3. Seleccionar el trámite 8 (Solicitud de certificado de matrícula vigente).
4. Ingresar el nombre del organismo en el que se presentará el trámite.
5. Seleccionar Enviar.
6. En 48 h hábiles el certificado se retira por Mesa de Entradas, Av. Las Heras 1833.
Código Fiscal 2016 de la Ciudad de Buenos Aires – Texto Ordenado
Se pone a disposición de los señores escribanos el Decreto 289/16, publicado en el Boletín Oficial del 9 de mayo, mediante el cual se aprueba el texto ordenado del Código Fiscal 2016 para la Ciudad de Buenos Aires.
Pautas de Inspección de Protocolos
Se ponen a disposición de los colegas las pautas de Inspección de Protocolos, aprobadas por el Consejo Directivo en su sesión del 27 de abril, referidas al artículo 305 inciso b) del CCCN.
1. Al inspeccionar escrituras posteriores al 1° de agosto de 2015, el Departamento de Inspección de Protocolos observará la omisión de la fecha de nacimiento, el número de documento y el domicilio real de un compareciente, cualquiera sea el carácter que revista en la escritura, conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN.
La forma de subsanación de dicha omisión es el otorgamiento de una escritura complementaria por el titular de los datos omitidos. El supuesto de error de tipeo en la fecha de nacimiento, en la clase o en el número del documento de identidad o en el domicilio real consignado en la escritura puede ser corregido por nota marginal en base a documentación fehaciente, cuya fotocopia debe ser agregada, incluso si el compareciente ha sido identificado por conocimiento del autorizante.
2. Al inspeccionar escrituras posteriores al 1° de agosto de 2015 en las que la otorgante sea una persona jurídica, el Departamento de Inspección de Protocolos observará en las escrituras públicas y no así en las actas notariales, la omisión del domicilio social y/o de los datos de inscripción de la constitución si correspondiere -no de posteriores modificaciones-,conforme lo establecido por el artículo 305 inciso b) del CCCN.
La forma de subsanación de dicha omisión es el otorgamiento de una escritura complementaria por el representante de la misma. El supuesto de error en el domicilio social o en los datos de inscripción de la constitución de la persona jurídica consignados en la escritura puede ser corregido por nota marginal en base a documentación fehaciente, cuya fotocopia debe ser agregada. Se entenderá por domicilio social la jurisdicción de la persona jurídica, diferenciándose de su sede social. (Resolución CD N° 165/16)
Comisión de Escribanos Referencistas – Mesas redondas
Mes de mayo
Se informa a los colegas que las Mesas Redondas de Consultas de la Comisión de Escribanos Referencistas del mes de mayo se realizarán los días miércoles 11 de mayo y martes 24 de mayo (excepcionalmente por el feriado del miércoles 25 de mayo), de 10 a 11 h, en el 2° piso del Archivo de Protocolos Notariales. Durante estos encuentros se analizará la reforma del Código Civil y Comercial unificados, haciendo especial énfasis en el estudio de títulos.
Aquellos interesados en participar podrán enviar sus consultas previamente por mail (comisiondereferencistas@gmail.com), las cuales serán leídas en la mesa redonda y resueltas entre los participantes. Al finalizar el encuentro, los asistentes tomarán nota de las conclusiones a fin de ponerlas a disposición de todos los escribanos.
Modificación del Aporte Notarial Mínimo
Colegio de Escribanos de Provincia de Buenos Aires
El Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires ha informado a nuestra institución que resolvió establecer el importe de $ 125 como aporte mínimo para escrituras realizadas por escribanos de nuestra demarcación, sobre inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires.
Dicho valor comenzará a regir a partir del 1º de junio del corriente.
Fiscalizaciones de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
IMPORTANTE
El Colegio ha tomado conocimiento que, en los últimos días, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha realizado fiscalizaciones en diferentes escribanías, cuyos titulares revisten el carácter de responsables inscriptos ante el organismo. Atento a ello, a fin de que la Comisión de Enlace correspondiente pueda iniciar las gestiones para tomar conocimiento de los detalles de cada caso, solicitamos a aquellos colegas que se encuentren en proceso de fiscalización, tengan bien informar a info@colegio-escribanos.org.ar los siguientes datos: nombre y apellido, CUIT y agencia a la que pertenece.
Casilleros para depósito de documentación para escribanos
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha informado al Colegio que se encuentran disponibles casilleros libres para el depósito de documentación. La locación de los casilleros es semestral, con un arancel vigente de $ 420. Aquellos escribanos que estén interesados, deberán contactarse con el Sr. Carlos Rafti de la Oficina Expedientes de Secretaría de ese organismo para averiguar por el servicio.
Teléfonos del RPI Capital: 4383-9468 / 4381-2073 / 4381-4771 (líneas rotativas)
Registro de Revocatoria de Poderes |Prórroga de su entrada en vigencia
Se informa a los colegas que, debido a inconvenientes técnicos detectados durante el periodo de prueba, se ha resuelto prorrogar la entrada en vigencia del Registro de Revocatoria de Poderes.
Cualquier novedad será informada por esta vía a la brevedad.
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo 2016
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo 2016. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 3.138
Monto involucrado $4.494,6 millones
En comparación con marzo de 2015, las escrituras repuntaron 14,1% en cantidad de actos y 84,2% en pesos, al equivalente a 301 millones de dólares de acuerdo al tipo de cambio que informa el Banco Central. En este caso, se elevaron 8,2% al tipo de cambio oficial y 55,6% al cambio libre, con un valor promedio de $1.432.327. Es decir, subió 61,5%, (a unos 95.872 dólares), que en ese caso significó una disminución de 5,1 por ciento.
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en marzo último un aumento de 63,5% respecto del mes anterior, al sumar 3.138 registros (1.219 actos más), mientras que el monto total de las transacciones realizadas se elevó 68,4%, a $4.494,6 millones.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA
El primer trimestre cerró con una recuperación de los actos escriturales de compra y venta de inmuebles de 13,8%, a 6.955 y de 80,2% en valor, a $9.849,6, con un precio promedio anotado de $1.412.772 que se elevó 58,8%, aunque en el equivalente en dólares de 97.782 bajó en 5,1% respecto de un año atrás.
La distribución de los actos en la Ciudad de Buenos Aires -en cinco segmentos por monto de operaciones- arrojó una mayor concentración en la franja de más de $700.000, con una representatividad de 64,1% del total, mientras que las escalas con valuaciones inferiores perdieron 27 puntos porcentuales de relevancia en comparación con igual período de un año antes.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
En marzo, las escrituras formalizadas con constitución de hipoteca bancaria aumentaron a 401 casos, acusando una suba de 49,1%, al equivalente a 12,8% del total. Un año antes habían representado 9,8% de los actos. El promedio del quinquenio previo se ubicó en el equivalente a 14,9% del total de actos.
Mientras que en el acumulado del primer trimestre de 2016, los actos que fueron consumados con el uso de la garantía hipotecaria (porque el pago se completó con el uso del crédito de una entidad financiera) sumaron 954. En ese sentido, acusaron un incremento de 36,9% respecto de igual período del año anterior y alcanzaron una representatividad de 13,7%, la más alta desde 2013, cuando promediaron en ese tramo de tiempo 15,3%. Por el contrario, en valor, el monto de las hipotecas se achicó a 11,9% del importe total de la transacción, luego de haber tocado un máximo en ocho años en 2013 con 16,9% del total.
Fuente: Colegio de Escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y datos del INDEC y del BCRA
Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes
Descargar el comparativo anual por mes
Descargar el Comparativo primer trimestre 2015-2016 (Montos de escrituras de compraventa)
Descargar el Comparativo trimestres 2009-2016 de escrituras con hipotecas bancarias
Resumen de magnitudes y alícuotas de relevancia tributaria en la actividad notarial
Instituto de Derecho Tributario del Colegio
El Colegio pone a disposición de los colegas un documento elaborado por el Instituto de Derecho Tributario, en el cual se reúnen las magnitudes y alícuotas de relevancia tributaria en la actividad notarial, a efectos facilitar la labor diaria de los escribanos de la demarcación.
Sumario de Jurisprudencia 2015
En el apartado Instituto de Derecho Procesal de nuestra página web (Sector Institucional) se encuentra disponible el Sumario de Jurisprudencia, correspondiente al año 2015, que compila toda la jurisprudencia publicada en las circulares de ese año.
Esta publicación, a cargo de la Esc. Angélica G. Vitale, ofrece una herramienta de consulta de gran utilidad para la tarea diaria de los escribanos, quienes podrán localizar los fallos ya sea por temas o por orden alfabético. Sugerimos tener siempre a mano este material para una consulta ágil y sencilla, que ayudará a mantener la actualización permanente que exige la práctica profesional.
Haga clic aquí para descargar el sumario
Se pueden obtener los fallos completos, a través del buscador de la Biblioteca, ingresando el número de la circular en el campo “Búsqueda Rápida” en este link
Encuentro Regional del Notariado Novel – Zona NEA
Se informa a los colegas que el próximo sábado 7 de mayo a las 8.30 h se realizará el Encuentro Regional del Notariado Novel – Zona NEA, organizado por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes y la Comisión de Notarios Noveles de esa demarcación. El encuentro tendrá lugar en Colegio de Escribanos de Corrientes, sito en 9 julio 1167/1163.
Durante la jornada disertarán el escribano Gastón Zavala sobre Derecho Sucesorio y la Esc. Zulma Dodda sobre Derechos Reales – Conjuntos inmobiliarios. Se entregarán certificados de asistencia.
Costo de inscripción: $ 200 (incluye certificado y lunch de recepción).
Informes e inscripción: novelescorrientesescribanos@hotmail.com | secretaria@cec.org.ar
Asesoría sobre Rentas de la CABA
Impuesto de Sellos
Se informa a los colegas que, a partir del lunes 2 de mayo, la contadora Ana Latella retoma la atención de la asesoría a su cargo, los días lunes y miércoles de 10 a 15 h.
Inspección General de Justicia (IGJ)|Resolución 8/2016
El Colegio se complace en informar que, atento a las gestiones realizadas por nuestra institución y otros Colegios y Consejos Profesionales, la Inspección General de Justicia (IGJ) publicó en el Boletín Oficial del día viernes 29 de abril, la Resolución General 8/16 que modifica el artículo 67 de la Res. Gral. 7/2015 (objeto social único) y deroga el artículo 68 de la misma norma (capital).
En consecuencia, vuelven a permitirse las sociedades con objeto social múltiple, expuesto en forma precisa y determinada y con respecto al capital debe tenerse en cuenta únicamente lo dispuesto en el artículo 186 de la Ley de Sociedades Comerciales.
Banco Nación – Préstamos hipotecarios en donde el título antecedente proviene de la donación a un heredero forzoso
IMPORTANTE
El Colegio informa a los colegas que el Banco de la Nación emitió un dictamen jurídico interno referido a préstamos hipotecarios en donde el título antecedente proviene de la donación a un heredero forzoso. Concluyendo:
“Sin perjuicio de la ponderación de las situaciones particulares que puedan presentarse, las donaciones otorgadas a partir del 1º de agosto de 2015 son susceptibles de ser observadas, sin discriminar entre las efectuadas a herederos forzosos o a terceros, produciéndose el saneamiento por vía de prescripción adquisitiva la que comenzará a operar desde que se ha poseído la cosa donada por el término de diez años.
Las donaciones efectuadas a herederos forzosos constituidas durante la vigencia del Código Civil no habiendo transcurrido diez años desde la posesión, podrán ser aceptadas, destacando que dicho criterio deberá ser revisado periódicamente a la luz de nuevas circunstancias o pronunciamientos sobre el particular”.
Circular 3381
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Dictamen de la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas: Zonas de Frontera – Observación
Se pone a disposición de los colegas un dictamen elaborado por la Comisión Asesora de Consultas Jurídicas del Colegio respecto de la observación realizada por la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras a una protocolización de acta de asamblea que decidió la escisión y transferencia parcial del patrimonio de una sociedad anónima a favor de otra, que incluía, como único bien registrable, un inmueble urbano sito en la Ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro.
El dictamen analiza tres aspectos:
- La escisión y los efectos de dicho acto societario en relación con la transferencia de los bienes de la sociedad escindida, la protocolización de la escritura y su inscripción en IGJ y en el Registro de la Propiedad Inmueble.
- La obligatoriedad para el escribano interviniente de solicitar la previa conformidad de Zonas de Frontera, antes de autorizar la escritura de protocolización de actas de escisión.
- El efecto de la autorización extemporánea por parte de Zonas de Frontera con relación al acto.
Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro de la Ciudad de Buenos Aires – Resolución 155/16 – Derogación de las Disposiciones 801/14 y 877/14
El Colegio informa que, a efecto de agilizar el trámite de subdivisión de inmuebles para su afectación a Propiedad Horizontal, el Colegio continuó realizando gestiones ante la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de obtener la publicación de una norma complementaria que solucione los inconvenientes que experimentaban varios colegas y brinde celeridad a estos trámites.
Como resultado de estas tratativas, el organismo publicó en el Boletín Oficial del día del día de ayer, martes 26 de abril, la Resolución 155/16 mediante la cual se derogan las Disposiciones 801/14 y 877/14.
ARBA: Constitución de Estado Parcelario – Disposiciones 436/16 y 1258/16, modificatorias de la Disposición 6117/15
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó oportunamente las Disposiciones 436/16 y 1258/16, modificatorias de la Disposición 6117/15, referida a estado parcelario, base valuatoria, trámites, y plazos. Es importante señalar que esta última norma se mantiene vigente y rige desde el 23 de marzo.
Las modificaciones efectuadas son:
- Se introdujo el término “urbanas” en la expresión “…parcelas urbanas y suburbanas a fin de constituir el estado parcelario…”.
- Se introdujo la utilización de la planilla 915 para la valuación del inmueble a los efectos de determinar el impuesto de sellos, en la expedición del Certificado Catastral para edificios en construcción y los solicitados en los términos del artículo 6º, del Decreto 2.489/63.
- Quedó definitivamente aclarado que “no corresponderá la actualización de la valuación fiscal de subparcelas sometidas al régimen de Propiedad Horizontal, cuando las mismas sean unidades funcionales y/o complementarias construidas, ubicadas en planta primer piso y siguientes en altura o en planta subsuelo. Esta excepción no alcanza a las subparcelas ubicadas total o parcialmente en planta baja ni a las subparcelas que contenga polígonos con superficies descubiertas, cualquiera sea la planta en que se encuentren”.
Se recuerdan los principales aspectos de la Disposición 6117/15:
a) Se unificaron los plazos de vigencia del Estado Parcelario en treinta y seis meses (36), no sólo para la transmisión de derechos reales, sino además para su constitución. En consecuencia, el estado parcelario registrado antes de transcurridos 36 meses mantendrá su vigencia no sólo para operaciones de compraventa sino además para hipotecas y constitución de derechos reales.
b) Asimismo, la Disposición 6117/15 establece que la Unidad Funcional deberá tener constituido el Estado Parcelario. La norma exige la constitución de estados parcelarios solamente para aquellos inmuebles afectados al Régimen de Propiedad Horizontal con planos aprobados antes del año 1994.
Para el caso de los pedidos de certificados catastrales de unidades en edificios cuyos planos se hubieren aprobado con posterioridad al año 1994, continuará sin exigirse ni la constitución de un nuevo Estado Parcelario, ni la verificación de su subsistencia, en los términos de la Resolución Normativa Nº 22/2012.
CEPUC – 5º Concurso de artes plásticas
La Coordinadora de Entidades Profesionales Universitarias de la Ciudad de Buenos Aires (CEPUC) invita a todos los profesionales matriculados a participar en la Categoría Pintura en el 5° Concurso de Artes Plásticas. La entrega de las obras será en el CEPUC (Alsina 2280 – 3° piso), de lunes a viernes de 14:30 a 16:30 h., desde el 2 al 31 de mayo.
Los artistas plásticos invitados en condición de Jurado son: Ladislao Magyar, Jorge Oscar Sarrible y Mario Dupuy.
El fallo de los jurados se conocerá a partir de la primera semana de junio de 2016 y será informado al mail consignado por los participantes donde también serán notificados del cronograma de exhibiciones en las entidades miembros de CEPUC.
Para la inscripción y/o consultar las bases, comunicarse previamente por teléfono al 4954-6563 y/o enviar un correo electrónico a cepuc.caba@gmail.com
Archivo de Protocolos Notariales – Solicitud de tomos almacenados en la sede de Av. Chorroarín
El Archivo de Protocolos Notariales del Colegio informa que los pedidos de tomos de protocolos almacenados en la sede de Av. Chorroarín estarán disponibles para su exhibición el viernes a partir de las 14 h. debido a que en el día de mañana, miércoles 27 de abril, se realizará el examen de idoneidad para acceder registros notariales en ese edificio y, no se podrá realizar la búsqueda de protocolos que allí se almacenan.
AFIP – Resolución General 3870/2016 – Régimen de facilidades de pago
La Administración Federal de Ingresos Públicos emitió la Resolución General 3870, publicada en el Boletín oficial del día de la fecha, mediante la cual establece un régimen de facilidades de pago para posibilitar la regularización de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras, así como sus intereses y multas.
Haga clic aquí para acceder al texto de la Resolución General 3870/2016
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – Disposición Técnico Registral 6/2016
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha publicado la Disposición Técnico Registral 6/2016, mediante la cual se establece que los informes nº 3 – índice de titularidad de dominio- solicitados por escribanos o por la Corporación Buenos Aires Sur S.E., relativos al plan de adjudicación de viviendas en el Barrio Los Piletones, estarán exentos de la tasa de servicio del régimen financiero Ley 17.050.
Impacto de temas registrales a partir del Nuevo Código Civil y Comercial. Nuevas DTR
REEDICIÓN
Jueves 5 de mayo | 18 a 20 h
7º piso Av. Las Heras 1833
A cargo de: Escs. Antonio Iapalucci – León Hirsch
Dirigido exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires. Válido cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
Rogamos confirmar su asistencia o inasistencia con tres días de anticipación dado el cupo limitado al 4809-6868 o a cursos@colegio-escribanos.org.ar.
El escribano deberá exhibir al asistir a cada clase, en forma obligatoria su credencial profesional a fin de acreditar los puntos correspondientes en su legajo.
Se tomará asistencia antes del ingreso a cada clase y se registrará también la salida. Los plazos de tolerancia serán de 15 minutos luego del horario de ingreso a la clase y de 15 minutos antes del horario de finalización.
Página web del Colegio – Tareas de mantenimiento
Se informa a los colegas que la página web del Colegio se encontrará fuera de servicio el sábado 23 de abril hasta las 14 h, por tareas de mantenimiento en el grupo electrógeno del Colegio.