La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa Nº 4/17, mediante la cual se establece que el Impuesto Inmobiliario Complementario correspondiente al año 2017 alcanzará únicamente a aquellos sujetos que, al 1° de enero de este año, revistan el carácter de propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño, del todo o parte de más de un (1) inmueble de la planta urbana edificada, y/o de más de un (1) inmueble de la planta urbana baldía, y/o de más de un (1) inmueble de las plantas rural y/o subrural, consideradas estas dos (2) últimas plantas en forma conjunta, independientemente de la cantidad de responsables o del porcentaje de responsabilidad que se tuviere respecto de cada inmueble en particular.