Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
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Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio COVID

Normativa ordenada en forma cronológica

ARBA: Resolución Normativa 9/25

ARBA publicó la Resolución Normativa 9/25 que establece, a partir del 5 de marzo de 2025, un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos Inmobiliario -componentes básico y complementario-, a los Automotores -incluyendo vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, y sobre los Ingresos Brutos; vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, desde el 1° de enero del año en que se realiza el acogimiento y hasta la fecha en que se formaliza este último, sus intereses, accesorios y multas por infracciones relacionadas con esos conceptos; que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.

 

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Medallas de Oro y Plata: Nuevo criterio para el cómputo de las bodas profesionales

El Consejo Directivo aprobó la modificación del reglamento para la entrega de medallas de oro y plata, vigente a partir de 2025. Este cambio tiene como objetivo precisar el criterio aplicado para computar los 25 o 50 años de trayectoria en la función, que respaldan el reconocimiento al mérito profesional.

Hasta ahora, los plazos se contaban desde la obtención del título de abogado, criterio que tuvo su razón de ser histórica, pero que generaba inconsistencias, porque no siempre reflejaba el tiempo real de ejercicio de la función notarial.

Con esta modificación, el cómputo de años se ajusta al criterio convencional, aplicado por la mayoría de las instituciones profesionales para evaluar la idoneidad en la trayectoria laboral y otorgar el reconocimiento al mérito profesional.

Haga clic aquí para acceder al reglamento de Medallas de Oro y Plata

Comisión de Derecho Notarial Ambiental

La  Comisión de Derecho Notarial Ambiental invita a los escribanos interesados en abordar temas de intervención notarial con impacto ambiental a participar en una reunión que se llevará a cabo el jueves 20 de marzo a las 10:30 h en la Sala San Martín, ubicada en Av. Las Heras 1833, 6° piso.

La frecuencia de los encuentros será determinada en el transcurso de la actividad.

Dirección Provincial de Personas Jurídicas: Disposición 175/25

Procedimiento digital para reservas de nombre y desarchivos

La Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ) publicó la Disposición 175/25, mediante la cual dispone que, a partir del 28 de febrero, las solicitudes de desarchivo y reserva de denominación deberán ingresar exclusivamente mediante procedimiento digital y remoto. El organismo publicará en su sitio web oficial los formularios electrónicos correspondientes.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 175/25

Instituto de Filosofía – Reinicio de actividades y convocatoria

Jueves 13 de marzo

El Instituto de Filosofía del Colegio reinicia sus actividades el jueves 13 de marzo, a las 19 h, en la Sala Vélez Sarsfield (6º piso de Av. Las Heras 1833), e invita al notariado a sumarse a estos espacios de reflexión y debate entre colegas.

Quienes no puedan asistir podrán participar del encuentro en forma virtual, por la plataforma Zoom (deberán solicitar el número de ID y contraseña por mail a la secretaria del Instituto, Esc. Josefina Bilbao: escribania@escribaniabilbao.com).

Durante las primeras reuniones se abrirá un espacio de debate para que los participantes propongan los temas que se abordarán a lo largo del año. Las reuniones son quincenales.

Servicios Web RPI – Suspensión temporaria

Entre el viernes 28 y el miércoles 5 de marzo

Los servicios web del Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal (RPI) estarán fuera de servicio entre las 16 h del viernes 28 y las 7 h del miércoles 5 de marzo, por tareas de mantenimiento.

Apostillas y habilitados

Nuevos campos a completar en la solicitud remota

Se informa a los colegas que se han implementado los siguientes campos adicionales en la solicitud remota de apostillas/habilitados:

  • Funcionario: nombre completo del funcionario cuya firma se requiere apostillar (si el documento consiste en una foja de legalización emitida por un colegio notarial, se debe colocar el nombre del escribano legalizador).
  • Organismo: nombre de la entidad que emite el documento (si el documento consiste en una foja de legalización notarial, el nombre del organismo emisor: p. ej. Colegio de Escribanos).
  • Referencia: es un campo de uso interno del escribano y refiere a la denominación de ese trámite particular que facilita individualizarlo en el listado de todos los trámites ingresados.

El formato deseable de la información es MAYUSCULAS.

Antes de seleccionar ARCHIVO PARTICULAR, deberá haber elegido una de las opciones del campo “CERTIFICADO CON O SIN FIRMA DIGITAL” (si el documento a intervenir contiene o no firma digital).

 

Registro de Deudores Alimentarios Morosos

Canal de atención exclusivo para escribanos

Con el objetivo de agilizar y facilitar la gestión de certificados del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, se estableció un canal de atención exclusivo para escribanos.

A partir de ahora, los colegas podrán solicitar los certificados de manera directa, sin tener que hacerlo a través de la plataforma y reduciendo significativamente los tiempos de espera.

Datos de contacto: Gabriela Buonocore, deudoresalimentarios@buenosaires.gob.ar, 11 5420 2018.

After Notarial. El backstage de la escribanía

Primer encuentro del año: “Desafíos inmobiliarios 2025. Apuntes para escribanos”

Desafíos inmobiliarios 2025. Apuntes para escribanos” (*)

🗓️ Martes 18 de marzo

🕜18:00

📍Salón Soldi (Av. Callao 1542) (**)

🗣️Oradores:

  • Daniel Bryn (titular de Bryn Real Estate, creador de Monitor Inmobiliario e Invertire).
  • Juan Fernández Mugica (conductor de “Real Estate” en FM Milenium, periodista especializado en temas inmobiliarios, coordinador en el Club de Ejecutivos del Real Estate en Argentina [CEREA]).

💲Inscripción: $20.000 (***)

¡Reserva tu lugar ya!

(*) Esta actividad no otorga puntos para el cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

(**) Cupo limitado (40 asistentes).

(***) El valor de la inscripción incluye 1 tapa + 1 trago y/o 1 cerveza y/o 2 bebidas sin alcohol. Escribanos de registro y jubilados: el pago se realiza directamente vía boleta Ley 404/boleta de haberes previsionales. Escribanos matriculados: deben abonar presencialmente, en el sector de cajas de Legalizaciones (1º EP de Av. Las Heras 1833).

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero 2025

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero de 2025. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa                     3645

Monto involucrado                                          $ 433.177 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el primer mes de 2025 una suba de 93,7% respecto del nivel de un año antes, al sumar 3645 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 202,9%, con $433.177 millones.

En comparación con diciembre de 2024, los actos bajaron un 52,5% (dic 7667 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $118.841.472 (111.031 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 56,4% en un año en pesos, y en moneda estadounidense escaló 22,4%.

En enero, hubo 945 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la suba en ese sentido es del 1269,5% respecto al mismo mes del año pasado.

 

Comparativo anual por mes

Cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Comparativo anual de escrituras con hipoteca

Comparativo últimos 12 meses

Inspección de Protocolos: Pautas de revisión del cumplimiento de obligaciones UIF (Resolución 242/23)

Se informan las pautas de revisión del cumplimiento de las obligaciones establecidas por la UIF en la Resolución 242/23, que aplicará el Departamento de Inspección de Protocolo al realizar las inspecciones de protocolo correspondientes.

Estas pautas responden a lo establecido en el artículo 11 de la Resolución, el que autorizó la realización de auditorías internas a cargo del propio colegio profesional, en reemplazo de las revisiones externas independientes.

Estas fueron elaboradas por el Departamento de Inspección de Protocolos, con la colaboración del Esc. Julián González Mantelli y los asesores del Colegio en materia de prevención de lavado de dinero, y aprobadas por el Consejo Directivo, mediante la Resolución 361/24.

Haga clic aquí para acceder a las pautas de revisión

Convocatoria a escribanos para incorporarse como docentes y ayudantes

Las autoridades del Colegio resolvieron abrir la convocatoria a escribanos de registro de esta jurisdicción que estén interesados en formar parte de la nómina de docentes que actualmente dictan los Cursos de Práctica Notarial y Empleados de Escribanía.

Los interesados deberán poseer esencialmente vocación y compromiso, y reunir las siguientes condiciones:

 Docente:

    •  Ser titular o adscripto con una antigüedad no inferior a los 4 años ininterrumpidos en el ejercicio de la función notarial. 
    •  Se valorará la experiencia docente (requisito no excluyente) en cursos dictados en el Colegio y/o en carreras de grado o postgrado como así también tener conocimiento en la aplicación de todas las nuevas tecnologías y aplicativos.

 Ayudante ad honorem:

    • Ser titular o adscripto con una antigüedad no inferior a los 1 años.

El plantel de escribanos docentes y ayudantes se conformará de acuerdo a los requerimientos de los cursos que deban abrirse, en base a los inscriptos, y previa selección de la Comisión que al efecto designe el Consejo Directivo.

IMPORTANTE: Los interesados deberán asistir a un curso de capacitación en didáctica y pedagogía que se dictará en el Colegio en el mes de marzo.

La convocatoria de “escribanos ayudantes” tiene como objetivo que los mismos colaboren en el desarrollo de las clases y se formen en la carrera docente.

Los postulantes, en ambos casos, no deberán tener ningún tipo de sanción disciplinaria ni poseer deudas de ninguna índole con el Colegio en los últimos 5 años.

Será suficiente la presentación del CV para inscribirse pudiendo requerirse comprobantes académicos, en caso de ser necesario.

INSCRIPCIÓN: Se realizará por Mesa de Entradas Virtual (Acceso Restringido) desde el 24 de febrero al 14 de marzo.

Coro Julio A. Aznárez Jáuregui | Convocatoria de voces 2025

Se encuentra abierta la convocatoria de voces para integrar el coro del Colegio Julio A. Aznárez Jáuregui, bajo la dirección de Silvia Pérez Monsalve. Se convoca a escribanos, familiares de colegas de la demarcación y allegados con experiencia coral, preferentemente. El repertorio será de música popular argentina y latinoamericana.

Los ensayos comenzarán el martes 11 de marzo y se realizan con frecuencia semanal, todos los martes, de 19 a 21.30 h, en Av. Las Heras 1833.

Datos de contacto y entrevistas:
Silvia Pérez Monsalve
15 3504-5438
silpersalve@gmail.com

Convocatoria a participar del Grupo de Teatro del Colegio

La Comisión de Cultura del Colegio convoca a colegas que tengan inquietudes actorales o artísticas en general a sumarse al grupo de Teatro del Colegio. Este grupo viene trabajando bajo la dirección y asistencia de una reconocida docente y directora teatral desde 2022, con presentaciones de obras e intervenciones de diversa índole.

La convocatoria está abierta a todos los escribanos y también a empleados del Colegio que quieran animarse a disfrutar, a jugar, por un rato, a ser actores, asistentes, utileros, vestuaristas, cantantes, clowns, dramaturgos. También convoca a todos aquellos integrantes de la comunidad notarial que cuenten con alguna intención, inquietud, curiosidad, empuje o habilidad para participar de este espacio artístico que promueve la cultura entre los escribanos y la sociedad.

Los encuentros/clases/ensayos comenzaron el miércoles 12 de marzo, a las 18.15 h, en el salón Gervasio A. de Posadas de Av. Callao 1542 y se realizan semanalmente todos los miércoles.

Los interesados en participar podrán enviar un mail a comision_cultura@colegio-escribanos.org.ar

Decreto 116/25 – Banco Nación Argentina

Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 116/25, mediante el cual se dispone la transformación del ente autárquico Banco de la Nación Argentina en Banco de la Nación Argentina Sociedad Anónima en la órbita del Ministerio de Economía, de acuerdo con las disposiciones de este decreto, bajo el régimen de la Ley General de Sociedades 19.550  (T.O. 1984), como continuadora del ente autárquico en todos sus derechos y obligaciones y sometida a la Ley 21.526.

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Asociación Empleados de Escribanos Paritarias Enero – Marzo 2025

Se informa a los colegas que, luego de negociaciones con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal, se acordó la siguiente recomposición salarial para los meses de enero, febrero y marzo de 2025:

  • Fijar un incremento salarial a partir del 1º de enero de 2025 del 3% sobre los salarios percibidos al 31 de diciembre de 2024 y en forma acumulativa.
  • Sobre los salarios ajustados al 31 de enero de 2025 y en forma acumulativa, aplicar un incremento del 2% a partir del 1º de febrero de 2025.
  • Sobre los salarios ajustados al 28 de febrero de 2025 y en forma acumulativa, aplicar un incremento del 2% a partir del 1º de marzo de 2025.

Las partes se comprometen a retomar negociaciones de la paritaria con vencimiento al 31 de mayo de 2025, al finalizar el mes de abril de 2025 

Los incrementos acordados serán de aplicación inmediata y aclarando que las diferencias surgidas de este acuerdo referidas al mes de enero de 2025 deberán ser integradas en forma conjunta con las correcciones fijadas para el mes de febrero de 2025 a liquidarse al finalizar el corriente mes.

La aplicación inmediata de los aumentos fijados en este acuerdo no estará condicionada en ningún momento con la homologación por parte del Ministerio de Trabajo.

Se detallan los montos mínimos de todas las categorías vigentes (Convenio N° 448/06), para cada uno de los períodos con incrementos:

 1º de ENERO de 2025                                       1º de FEBRERO de 2025

Ayudante               $    743.140                          $  758.003

Liquidador             $    936.965                          $  955.704

Protocolista           $  1.065.229                         $ 1.086.534

Oficial Mayor         $  1.226.354                         $ 1.250.881

 

1º de MARZO de 2025                                                

Ayudante              $   773.163                          

Liquidador            $   974.818                               

Protocolista          $  1.108.265                           

Oficial Mayor        $  1.275.899           

RPI de la Capital Federal: Disposición Administrativa 2/25

Vigencia: Aplicable a todos los documentos ingresados a partir del 1° de marzo de 2025, sin importar la fecha de la escritura.

Con fecha 10 de febrero de 2025 se publicó la Disposición Administrativa 2/25, con vigencia para aquellos documentos ingresados al Registro a partir del 1° de marzo, sin importar la fecha del documento a inscribir.

Esta DA tiene por objeto la simplificación del sistema de contribuciones especiales para la registración de documentos. Entre las modificaciones, mencionamos las siguientes:

Con relación a las Contribuciones Ley 17.050:

  • Se redujo a un único costo el trámite de registro de cualquier tipo de documento con independencia de la cantidad de actos incluidos en una misma minuta.
  • Las contribuciones por informes, certificados y para la registración de Reglamentos de Copropiedad no se modifican en lo sustancial.
  • Se aprobó la nueva planilla de módulos para las minutas de inscripción. Los valores de los formularios Ley 17.050 se aplicarán por minuta, es decir por cada inmueble o por cada unidad funcional, sin importar el tipo o la cantidad de actos solicitados en la misma minuta.
  • Se deja de cobrar el costo de la carpeta Ley 23.412.
  • Derecho Urgente para Minutas: se restablece un único monto o cantidad de módulos para trámites urgentes, sin distinción del tipo de trámite.

Con relación a la Tasa Registral Dec. 1487/1986, modificado por Dec. 902/2024:

Se abonará la tasa al iniciar el trámite de inscripción o anotación. No será necesario volver a pagar por actos complementarios, aclaratorios, rectificatorios o extintivos de un asiento previamente inscripto. Se adjunta el listado de actos y negocios que pagan la Tasa Registral del 1/1000 sobre precio, monto o valor fiscal el que sea mayor (link al pie).

Vivienda social: la tasa de registro tendrá una reducción del 50% para proyectos oficiales de vivienda social. También estarán exentas de la contribución Ley 17.050 las solicitudes de informe de índice de titularidad y certificaciones exigidas por el Art. 23 de la Ley 17.801, cuando sean requeridas en el marco de estos planes.

La modalidad de trámite urgente no tendrá reducciones.

Haga clic aquí para acceder a la Disp. 2/25
Haga clic aquí para acceder al Anexo

Tabla de actos que abonan tasa general del Dec. 1487/1986 (modificado por Dec. 902/24)
a partir del 1° de marzo (DA 2/25)

DNRPA: Disposición 93/25

La Dirección Nacional del Automotor publicó la Disposición 93/25 que establece que la inscripción inicial de automotores y motovehículos 0 Km de fabricación nacional e importados, podrán ser efectuadas por las personas autorizadas por los comerciantes habitualistas inscriptos, a través del Registro Único Virtual (RUV) de manera remota y virtual, ingresando los datos en el Registro Único Nacional del Automotor (RUNA), siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a.- Que el adquirente sea persona humana, mayor de edad, plenamente capaz y que actúe por su propio derecho.

b.- Que el precio de venta no involucre sumas que alcancen o superen los montos informados como “Umbrales para el Sector Automotor” conforme a las normas establecidas por la Unidad de Información Financiera.

c.- Que el automotor cuente con su respectiva Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y su Licencia de Configuración Ambiental (LCA), de corresponder.

d.- Que el certificado de importación o fabricación no tenga restricciones o limitaciones al dominio o que el automotor se encuentre afectado a regímenes especiales.

e.- Que el automotor no se inscriba con prenda simultánea o contrato de leasing.

f.- Que no se peticionen en forma simultánea trámites de alta, baja o cambio de tipo de carrocería o de automotor, ni de afectación a un uso que requiera su efectiva acreditación.

g.- Que el modelo-año que surja del certificado de fabricación o importación corresponda al año en que se efectúe la inscripción.

h.- Que el adquirente del automotor o motovehículo encomiende mediante nota la gestión de inscripción al comerciante habitualista, dejándose constancia de que sólo abonará por el trámite los aranceles que a tal efecto establezca el MINISTERIO DE JUSTICIA.

i.- Que el comerciante habitualista cuente con firma digital para acceder al Registro Único Nacional del Automotor (RUNA).

 

CNV: Resolución General 1053/25

La Comisión Nacional de Valores ha publicado la Resolución General 1053/25 que introduce un régimen especial dentro del marco regulatorio de los fideicomisos financieros para aquellos cuyo activo subyacente sean hipotecas, letras hipotecarias o créditos hipotecarios. 

Requisitos para la cesión de derechos hipotecarios:

  • Los créditos hipotecarios a titularizar deben cumplir con los estándares del Banco Central (Manual de originación y administración de préstamos).
  • Si los documentos no cumplen con los artículos 70 a 72 de la Ley 24.441, se deben notificar a los deudores por medios alternativos.
  • Si no cumplen con las pautas del BCRA, la oferta pública debe tramitarse bajo el régimen general.

Haga clic aquí para acceder a la RG 1053/25

 

IGJ: Resolución General 5/25

La IGJ ha publicado el 11 de febrero la Resolución General 5/25, mediante la cual se establecen las siguientes cuestiones:

  • Se habilita la inscripción de transformaciones de sociedades con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Se habilita la toma de razón e inscripción en el Registro Público a cargo de la IGJ, de transformaciones de sociedades incluidas en el Capítulo II de la Ley 19.550 y en el Título III de la Ley 27.349, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sociedades incluidas en la Sección IV del Capítulo de la Ley 19.550, en conformidad con el artículo 162 del Código Civil y Comercial de la Nación.
  • La transformación no implica la disolución ni la pérdida de la personalidad jurídica de la sociedad, sino un cambio en su estructura organizativa.

Requisitos para la inscripción:

Las sociedades que decidan transformarse deben presentar la documentación requerida dentro de un plazo de 3 meses desde la aprobación del acuerdo de transformación. Los principales requisitos incluyen:

Instrumentación del acto de transformación
– Escritura pública o instrumento privado original con copias en diferentes formatos.
– Transcripción del acta de asamblea o reunión de socios donde se aprobó la transformación.
– Mención de socios que continúan y nuevos integrantes, asegurando la pluralidad societaria.
– Expresión de socios recedentes y su participación en el capital.

Balance especial de transformación
– Debe estar cerrado a una fecha que no exceda de un mes desde la aprobación del acuerdo.
– Requiere firma del representante legal y dictamen de auditoría.

Dictamen contable

– Certificación de los datos de rúbrica en el libro de Inventarios y Balances.
– Inventario resumido con informe contable sobre valuaciones y origen de los activos.

Dictamen de precalificación (además de la información que debe contener el dictamen de precalificación legal)
– Identificación de todos los libros rubricados de la sociedad.
– Indicación de qué libros se transferirán y cuáles se discontinuarán.

Publicaciones exigidas
– Convocatoria a asamblea (en caso de sociedades por acciones en las que no se haya resuelto por unanimidad).
– Publicación en el Boletín Oficial y diario de publicaciones legales con los datos de la transformación (denominación anterior y nueva, socios que ingresan y egresan, entre otros).

Entrada en vigencia: a partir de la fecha de publicación (11/02/25)

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ARCA: Resolución General 5648/25

La Agencia de Recaudación y Control (ARCA) ha publicado la Resolución General 5648/25, mediante la cual se sustituye el primer párrafo del artículo 7° de la Resolución General 975, sus modificatorias y complementarias, por el siguiente:

 “ARTÍCULO 7°.- La presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los responsables.”

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 5648/25

Subsecretaría de Gestión Urbana – Resolución 4/25

La Subsecretaría de Gestión Urbana publicó la Resolución 4/25 mediante la cual:

Se aprueban los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:

  • RT 030803-020303-11 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES MEDIOS DE SALIDA (IF-2025-05830127-GCABA-SSGU); –
  • RT-030803-020303-10 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES LOCALES (IF-2025-05832718-GCABA-SSGU); –
  • RT030803-020303-09 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES GENERALIDADES (IF2025-05833200-GCABA-SSGU); 
  • RT-030803-020303-06 – EDUCACIÓN PROTECCIONES POR CAÍDAS (IF-2025-05834486-GCABA-SSGU); 
  • RT-030803020303-07 – EDUCACIÓN CIRCULACIONES Y MEDIOS DE SALIDA (IF-202505834641-GCABA-SSGU);  
  • RT-030803-020303-08 – EDUCACIÓN MEDIOS DE ELEVACIÓN (IF-2025-05844045-GCABA-SSGU) y
  • RT-030803-020303-05 – CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS (IF-202505844203-GCABA-SSGU), los que forman parte integrante de la presente Resolución.

Se aprueba la modificación de los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:

  • RT-030909-020202-03 CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2025-05826560-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 – OCUPACIÓN (IF-2025-05830360-GCABA-SSGU); 
  • RT-030803-020303-03 – INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2025-05830989GCABA-SSGU); 
  • RT-030803-020303-04 – EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2025-05831520-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-01 – EDUCACIÓN MODALIDADES DE USO (IF-2025-05832090-GCABA-SSGU).

Se derogan los siguientes Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:

  • RT030909-020202-03 – CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA IF2024-47982021-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 – OCUPACIÓN (IF-2021- 34176286 GCABA-DGINFE); 
  • RT-030803-020303-03 – INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2021-34176433GCABA-DGINFE); 
  • RT-030803-020303-04 – EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2022-46966592-GCABA-SSGU);   
  • RT-030803-020303-01 MODALIDADES DE USO (IF-2021-34176145-GCABA-DGINFE). – EDUCACIÓN 

Entrada en vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial: (06/02/25)

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 4/25

Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:

Anexo 1 – Edificios Educativos Existentes Medios de Salida

Anexo 2 – Edificios Educativos Existentes Locales

Anexo 3 – Edificios Educativos Existentes Generalidades

Anexo 4 – Educación Protecciones por Caídas

Anexo 5 – Educación Circulaciones y Medios de Salida

Anexo 6 – Educación Medios de Elevación

Anexo 7 – Características de los Locales en Edificios Educativos

Anexo 8 – Condiciones Específicas de Protección Activa

Anexo 9 – Ocupación

Anexo 10 – Intervenciones en Edificios Educativos Existentes Accesibilidad

Anexo 11 – Educación Vidrios de Seguridad

Anexo 12 – Educación Modalidades de Uso

RPBA: DTR 1/25

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires (RPBA) publicó la DTR 1/25, mediante la cual se modifica el artículo 50 de la Disposición Técnico Registral 1/2019, en materia de reclamos por rechazos incorrectos de publicidad, el que queda redactado de la siguiente manera:

Procedimiento administrativo. Reclamo por rechazo incorrecto. Si el solicitante considera que el rechazo es infundado, podrá realizar el reclamo correspondiente por medio del formulario web habilitado en la página institucional de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, o  presentarse ante el Sector Consultoría y Orientación Registral de Sede Central, o ante la Delegación Regional que corresponda. En caso de ser necesario, al momento de dar inicio al reclamo deberá adjuntarse la documentación pertinente que haga a su derecho. En caso de que el rechazo resultare infundado, el solicitante deberá ingresar un nuevo formulario y se le validará la tasa especial por servicios registrales oportunamente repuesta, siempre que la nueva solicitud sea presentada dentro del plazo de vigencia del servicio requerido. Cuando la publicidad no tenga establecido un plazo especial de vigencia, su validez no podrá ser superior a los noventa (90) días desde su primigenio ingreso. En los casos en que el rechazo hubiere originado un conflicto de prioridades, se iniciarán actuaciones administrativas.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/25

DNRPA: Disposición 74/25

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) publicó la Disposición 74/25, mediante la cual se crea el Registro Único Virtual (RUV), con carácter remoto, abierto, accesible y estandarizado, a fin de instrumentar la inscripción de trámites de carácter virtual de bienes en el marco del Régimen Jurídico del Automotor.

El RUV, en una primera etapa, tendrá a cargo la inscripción inicial virtual de automotores cero kilómetro (0 km) (pendiente de reglamentación).

Asimismo, se ha desarrollado el Proyecto RUNA (Registro Único Nacional del Automotor), un sistema informático para la estandarización, simplificación y modernización de los procedimientos registrales del automotor. Se fija el 19 de febrero de 2025 como fecha de entrada en vigencia del RUNA.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 74/25

RPBA: Disposición Administrativa 12/25

El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha emitido la Disposición Administrativa 12/25, mediante la cual se encomienda al Departamento Sistemas y Procesamiento de Datos que arbitre las medidas necesarias a fin de que la publicidad de tipo “Urgente” -regulada por el art. 46 inc. 2 de la Disposición Técnico Registral N° 1/2019– se expida al momento en que haya sido procesada por el área correspondiente, procurando evitar, cuando resulte factible, el transcurso del plazo total de expedición. 

Haga clic aquí para acceder a la DA 12/25

RPBA: Disposición Administrativa 16/25

El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha emitido la Disposición Administrativa 16/25, mediante la cual se dispone, a partir del 3 de febrero, la no obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el sector Consultoría y Orientación Registral, habilitando a tales efectos en la sede central del Registro la expedición de turnos presenciales para la prestación del servicio en el día.

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Nuevo servicio: Simulador de Préstamos

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Solicitud de certificado de libre deuda de expensas: Nuevo valor

A partir del 1° de febrero

La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Asuntos Inmobiliarios ha informado que el valor sugerido del certificado, a partir del 1º de febrero, es de $ 79.500 (IVA incluido).

Se recuerda que este servicio se encuentra disponible en el Acceso Restringido Único, para gestionar el formulario único de solicitud de certificado de libre deuda de expensas.

RPI Capital Federal – Precarga notarial: Documentación requerida por el organismo

El RPI de la Capital Federal ofrece la opción de completar la minuta rogatoria íntegramente de forma online a través de la Precarga Notarial -con firma digital-, cuyo comprobante será presentado junto con la documentación en el Registro.

Se recuerda que, al momento de ingresar de manera presencial el trámite por Mesa de Entrada, únicamente deberá adjuntarse:

  • El testimonio de la escritura original.
  • El comprobante de generación de minuta / resumen de precarga.
  • El formulario de beneficiario final, solamente si correspondiera su presentación y si no ha sido registrado en el sistema.

No es necesario presentar la minuta impresa, el volante de pago, ni copia de la DDJJ de Beneficiario Final (si ya impactó en el sistema).

En los casos de reingreso por observaciones, a la documentación detallada anteriormente, también deberá adjuntarse el volante de observación/condición contestado y firmado por el profesional.

Haga clic aquí para acceder al instructivo PRECARGA NOTARIAL

Por otro lado, se recuerda que existe la opción de realizar este trámite íntegramente de manera online, a través de la opción “Presentación digital”, utilizando en este caso el testimonio digital de la escritura.

Haga clic aquí para acceder al instructivo PRESENTACIÓN DIGITAL

Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional – Reinicio de actividades

Se informa a los colegas que la Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional retomará sus actividades a partir del martes 4 de febrero.

La Comisión se reúne los martes, de 18.30 a 20 h, en la Sala Delta del 6to piso de Av. Las Heras 1833. Debido a la naturaleza de las consultas, las mismas deben efectuarse exclusivamente de manera presencial.

Esta Comisión es el espacio indicado para que los colegas que se encuentran ante una situación conflictiva o de difícil resolución sean asesorados por escribanos con vasta experiencia sobre el mejor camino a seguir en cada caso.

Asimismo, se sugiere concurrir con la documentación respaldatoria existente, a fin de poder dar una respuesta exhaustiva a las inquietudes planteadas.

Aquellos colegas que estén interesados en acercarse podrán enviar un mail previamente a: comision_defensa_escribano_proteccion_jurisdiccional@colegio-escribanos.org.ar

Inconvenientes para el cierre y pago por débito del Impuesto de Sellos

En las últimas semanas, se detectaron problemas en los sistemas de la AGIP que afectaron el cierre de las declaraciones juradas y el pago mediante débito en cuenta del Impuesto de Sellos correspondiente al período 12/24.

Por este motivo, se recomienda a los colegas verificar que el importe se haya debitado correctamente.En caso de detectar algún inconveniente, deberán reportarlo de manera urgente a Soporte Informático por correo electrónico a soporte@colegio-escribanos.org.ar o por Whatsapp: +54 9 11 4189-6271.

Gracias a las gestiones realizadas por el Colegio, el plazo se extendió hasta el viernes 24 de enero.

Legalizaciones de fin de semana – Reducción del costo del servicio

A raíz de la satisfactoria recepción que ha tenido en la comunidad y entre los colegas, el Colegio ha establecido el servicio de legalizaciones remotas urgentes en fines de semana y feriados –medida inicialmente temporaria– como uno de sus servicios permanentes.

Asimismo, se ha reducido el costo del trámite, ahora equivalente a 2 legalizaciones remotas ($23.600), para hacerlo más accesible.

Esta modalidad –prestada íntegramente por el Consejo Directivo– funciona los días sábados, domingos y feriados, de 11 a 14 h, y es exclusiva para los siguientes actos:

  • autorizaciones de viaje
  • autorizaciones de manejo de automotores
  • poderes especiales

Requisitos para acceder al servicio

Valores, montos, magnitudes y alícuotas de relevancia notarial 2025 

Cuadro elaborado por el Instituto de Derecho Tributario

El Colegio pone a disposición de los colegas el documento actualizado a enero 2025 que reúne los montos, valores, magnitudes y alícuotas para cumplir con las diversas obligaciones tributarias y de información impuestas a los escribanos (Nación, Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires).

Haga clic aquí para acceder al material

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en Diciembre 2024

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en diciembre de 2024. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa 7667
Monto involucrado $ 819.375 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el último mes de 2024 una suba de 68,1% respecto del nivel de un año antes, al sumar 7667 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 250,8%, con $819.375 millones.

En comparación con noviembre de 2024, los actos aumentaron un 33,2% (nov 5755 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $106.870.398 (101.877 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 108% en un año en pesos, y en moneda estadounidense escaló 38%.

En diciembre, hubo 1130 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la suba en ese sentido es del 874,14% respecto al mismo mes del año pasado y del 226% en el acumulado del año (4994 escrituras de hipoteca en total).

 

Frase del presidente Jorge De Bártolo:

“Los datos de diciembre nos confirmaron que no se registraba un mes con tanta actividad desde hacía 7 años. Es más, quedó en el podio de mayores compraventas en un rango de 17 años, con más de 7600 operaciones Atrás, quedan años de saltos cambiarios, pandemia, restricciones, inflación, pocos estímulos. Desde 2020 venimos subiendo escalón por escalón y, por fin, logramos que el año que cerramos tenga más de 54 mil escrituras”.
“Ahora estamos atentos a otro desafío: mejorar los niveles de 2018, que si bien tuvo dos “caras” con una primera parte de mucha actividad y luego deprimida, experimentó un primer cuatrimestre con casi 8 mil hipotecas. Y allí debemos trabajar para generar una cultura del crédito dinámica, que atienda las necesidades de las familias y se afiance en derechos del consumidor: para el acto de la compraventa, quien compra puede elegir al escribano, porque en la hipoteca lo designa el banco”.

Comparativo anual por mes

Cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Comparativo anual de escrituras con hipoteca

Comparativo 12 meses con hipotecas

Comparativo últimos 12 meses

12 meses acumulados 2023-2024

 

AGIP: Resolución 18/25 – Valor Inmobiliario de Referencia 2025

La AGIP publicó la Resolución 18/25 que establece el procedimiento operativo para la aplicación del Valor Inmobiliario de Referencia para los inmuebles ubicados en CABA, para el ejercicio fiscal 2025. Este valor reflejará el precio de dichos inmuebles en el mercado comercial, de acuerdo a las pautas que conforman los Anexos I a V.

En caso de dudas o reclamos sobre los valores asignados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para la Valuación Fiscal Homogénea (VFH), Valor Inmobiliario de Referencia (VIR) y/o Valor Locativo de Referencia (VLR) de un inmueble, o por las características de su empadronamiento, haga clic AQUÍ.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución
Clic aquí para ver el anexo I
Clic aquí para ver el anexo II
Clic aquí para ver el anexo III
Clic aquí para ver el anexo IV
Clic aquí para ver el anexo V

AGIP: Nueva Prórroga del Impuesto de Sellos CABA

Plazo extendido hasta el 24 de enero

Debido a que al viernes 17 de enero aún persistían inconvenientes en los sistemas técnicos para el cierre y pago de las declaraciones juradas (DDJJ) del Impuesto de Sellos del periodo 12/24, el Colegio mantuvo contacto de manera ininterrumpida con las autoridades de AGIP con el fin de poder dar respuesta al reducido grupo de colegas que todavía se encontraban afectados por esta situación.

Como resultado de esas gestiones, la AGIP confirmó la extensión del plazo hasta el viernes 24 de enero. 

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AGIP: Resolución 23/25

Valor Locativo de Referencia CABA 2025

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad (AGIP) publicó la Resolución 23/25, que aprueba la metodología de cálculo del Valor Locativo de Referencia para el ejercicio fiscal 2025 y las tablas con los valores actualizados.

La presente resolución rige a partir del 15 de enero.

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AGIP: Resolución 13/25

Valuación Fiscal Homogénea CABA 2025

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos de la Ciudad (AGIP) publicó la Resolución 13/25, que aprueba la metodología de cálculo de la Valuación Fiscal Homogénea para el ejercicio fiscal 2025, la tabla indicativa del Valor Real de Edificación según categoría y destino de los inmuebles, las tablas de coeficientes y las tablas de valor de terrenos.

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CFNA – Horario de atención durante enero

De 10 a 14 h

El Consejo Federal del Notariado Argentino informó que, durante el mes de enero, su  horario será de 10 a 14.

A partir de febrero, la atención volverá al horario habitual de 9 a 17.

Archivo de Protocolos – Unificación de Mesas de Entradas

A partir del 13 de enero

Con el objetivo de optimizar y simplificar trámites, a partir del lunes 13 de enero se unifican las Mesas de Entradas del Área de Depósito de Documentación Notarial (anteriormente conocida como Documentación Incautada) y del Archivo de Protocolos Notariales.

A partir de esta medida, los escribanos podrán presentar de forma online toda solicitud de expedición de documentación y anotaciones marginales sobre documentación notarial bajo custodia del Área de Depósito de Documentación Notarial.

Es importante destacar que esta modificación no incluye al servicio de copia simple digital.

Vencimientos impositivos 2025

Calendario anual elaborado por los asesores tributarios

Se pone a disposición de los escribanos el calendario anual de vencimientos impositivos para el año 2025, elaborado por los asesores tributarios del Colegio, y el detalle de los vencimientos correspondientes al mes de enero.

IMPORTANTE: Se advierte que cada organismo tributario puede alterar durante el año el cronograma de pago de sus tributos en algunos meses específicos.

Haga clic aquí para acceder al calendario anual de vencimientos

IGJ: Resolución General 4/25

Trámite para la presentación fuera de término de estados contables y documentación de asambleas

La Inspección General de Justicia la Resolución General 4/25, que establece un régimen para la regularización de obligaciones relacionadas con la presentación de estados contables y documentación de asambleas correspondientes a los últimos 10 ejercicios anuales cerrados hasta el 31 de agosto de 2024.

El período para iniciar el trámite de regularización será desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2025.

Entidades alcanzadas:

  • Sociedades por acciones.
  • Sociedades de responsabilidad limitada (SRL) cuyo capital alcance lo estipulado en el artículo 299, inciso 2, de la Ley 19550.
  • Entidades constituidas en el extranjero con actividad permanente en el país (artículo 118, tercer párrafo, Ley 19550).
  • Asociaciones civiles y fundaciones.

Vencido el plazo para realizar la regularización (31/12/2025), la IGJ aplicará sanciones contempladas en la Ley 22315 y 19550, sin necesidad de intimación previa.

Esta resolución entrará en vigencia el 1 de febrero de 2025.

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IGJ: Resolución General 3/25

Se deja sin efecto el Registro de Entidades Inactivas (REI)

La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General 3/25, que deroga la Resolución General IGJ 4/14 y el artículo 7 de la Resolución General IGJ 1/10, y, de esta manera, deja sin efecto el Registro de Entidades Inactivas (REI) creado por la primera de las resoluciones mencionadas.

Esta resolución entrará en vigencia el 14 de enero.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 3/25

AGIP: Prórroga del Impuesto de Sellos CABA

Hasta el 17 de enero

A raíz de los inconvenientes técnicos en los sistemas de AGIP para el cierre de las DDJJ del Impuesto de Sellos (SIE), el Colegio realizó gestiones ante el organismo para lograr una prórroga para la presentación y pago.

Atento a ello, la Dirección General de Rentas publicó la RESOL-2025-54-GCABA-DGR, mediante la cual se prorroga hasta el día 17 de enero, el vencimiento para la presentación de la Declaración Jurada y el pago del período 12/24 del Impuesto de Sellos, cuyo vencimiento original correspondería al 10 de enero de 2025.

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ARBA: Resolución Normativa 37/24

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 37/24, que establece, desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, un régimen para la regularización de deudas de los agentes de recaudación y sus responsables solidarios provenientes de retenciones y percepciones no efectuadas con relación a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

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RPI de la Prov. de Bs. As.: Copias, informes y certificados de dominio no matriculados urgentes

El Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires publicó la Disposición Administrativa 1/25, por la cual se rehabilitan los servicios de publicidad de tipo urgente para la expedición de certificados, informes y copias de dominio no matriculados (Ley 2378). De esta manera, queda habilitada la totalidad de las solicitudes urgentes de publicidad sobre los bienes inmuebles y sobre las personas que por imperativo legal este organismo debe expedir.

Se recuerda que los plazos de expedición de la publicidad solicitada como simple es de hasta 10 días, y la solicitada como urgente es de hasta 2 días para el caso de los inmuebles matriculados y de hasta 5 días para el caso de los inmuebles no matriculados (artículo 46 Disposición Técnico Registral 1/19).