Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

AFIP – COVID19

ARBA: Nueva versión del aplicativo SIPRESBA

Desde el 5 de enero se encuentra disponible la actualización del Sistema de Presentación de Escribanos (SiPrEsBA), que contempla las pautas de liquidación de Impuesto de Sellos determinadas por la Ley Impositiva 2015.

La actualización del aplicativo será de uso obligatorio para todas aquellas declaraciones juradas que sean presentadas y abonadas a partir del 5 de enero de 2015 inclusive, independientemente del período al cual correspondan.

Se aclara que los valores de aportes, impuesto de sellos y tasas resultantes de la liquidación serán los vigentes al momento del otorgamiento de cada escritura.

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Haga clic aquí para acceder al instructivo de descarga

Actualización de la tabla de actos notariales Sistema Integrado de Escrituras (SIE)

A raíz de algunos inconvenientes en el sistema, la AGIP informó a este Colegio que las autorizaciones de viaje y de conducir autorizadas durante el mes de diciembre de 2014 deben declararse bajo el código 48 del SIE, a pesar de la leyenda que indica:

Código 48 Asentimientos, consentimientos, manifestaciones y autorizaciones” (excepto autorizaciones de conducir y de viaje)

IMPORTANTE
Las autorizaciones a partir del mes de enero de 2015 se declararán bajo los nuevos códigos, que se detallan a continuación:

Código 241 Autorizaciones de conducir”
Código 242 Autorizaciones de menores para salir al exterior”

Curso de Práctica Notarial en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Duración: 1 año, con una frecuencia de 1 vez por semana, 2 horas, de lunes a jueves de 9.30 a 11.30 h. Los días y horarios serán asignados de forma inapelable por el Colegio según disponibilidad edilicia.

Inicio de clases: 13 de abril de 2015.

Curso Gratuito. Sólo se deberá abonar una tasa en concepto de material didáctico que será entregado durante el año. Esta tasa se abona en las Cajas del Colegio de Escribanos (1° entrepiso de Av. Las Heras 1833, de 9.30 a 15 horas).
La aprobación del curso requiere del 75% de asistencia y un examen práctico final, de acuerdo con el programa aprobado por el Tribunal de Superintendencia, con una calificación no inferior a 6 puntos.

Registración: Luego de efectuada la inscripción a través de la página web, el Colegio enviará un correo electrónico en el que se informará a) día y hora del curso al que ha sido asignado; b) la fecha y el horario de entrega de la documentación y registración en el Departamento de Cursos (4° piso de Av. Las Heras 1833); c) día y hora en el que deberá concurrir a los efectos de realizar la evaluación obligatoria de nivelación (la inscripción y presentación de documentación tiene carácter condicional hasta luego de esta instancia).

Dada la naturaleza práctica del curso y por razones operativas tendrá un cupo limitado de vacantes, que se completarán una vez verificada la documentación presentada en el día y horario asignado. Debido a que este curso es requisito para poder participar en el Concurso de Oposición y Antecedentes (conforme lo establecido por el art. 35 de la Ley 404), no se otorgan certificados de ninguna índole.

Requisitos:
– Ser abogado y presentar:
1. Fotocopia del diploma o certificado de título en trámite o analítico en el que conste que está aprobada la totalidad de las materias de la carrera.
2. Original y Fotocopia del DNI
3. Fotocopia de la Partida de nacimiento
4. Talón de pago del material de apoyo ($ 1.000).

– Para escribanos colegiados:
1.Talón de pago del material de apoyo que se utilizará durante la cursada ($ 1.000).

Todas las fotocopias deberán estar certificadas por escribano de la CABA y/o legalizadas en el caso de escribanos de extraña jurisdicción.

Inscripción:
Del 9 al 25 de febrero de 2015 (hasta las 16 h) a través de esta página web.
Evaluación obligatoria de nivelación: lunes 2 y 3 de marzo, 9.30 horas, conforme la cantidad de inscriptos.
Entrega de documentación y registro de huella digital: del 16 al 20 de marzo inclusive.

IMPORTANTE: La inasistencia en el día y hora asignado para la evaluación obligatoria, así como para la registración en el 4º piso del Colegio de Escribanos implican la pérdida de la vacante. Los horarios asignados por nuestra institución para la realización del curso son inamovibles.

Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires para el 2015

La publicación en el Boletín Oficial de la Ley 5237 y la Ley Tarifaria para 2015, así como los dictámenes de la AGIP, introdujeron en el SIE modificaciones importantes, que están vigentes desde el 1º de enero de 2015:

1) El incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires a $ 750.000.

2) La proporcionalidad sobre la que se calcula el mínimo no imponible de la exención cuando en la operación hay más de un adquirente involucrado, ya que el monto se recalcula en forma individual y proporcional sobre cada uno de ellos. Este punto no fue modificado por el Código Fiscal, sino por uno de los dictámentes de la AGIP, que introduce cambios en el SIE.

3) Monto base para los actos sin monto (acto 131): a partir del 1º de enero pasa de 1.000 a 2.500.

IMPORTANTE:
Si bien estas modificaciones han sido pocas, requieren de un ajuste del SIE que está siendo implementado por nuestro Colegio junto con personal de la AGIP. Atento a que ese organismo aún no ha finalizado con el proceso y no se han actualizado los cambios introducidos se informa que:

– Quienes hayan firmado escrituras con características de exención como las mencionadas y deban realizar su carga, deberán aguardan la finalización de las tareas de actualización.

– Quienes hayan realizado operaciones que no tengan estas características podrán utilizar el SIE y realizar la carga sin inconvenientes.

Una vez finalizadas las tareas de ajustes sobre el sistema será informado por esta vía.

Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2015

Se informa a los colegas que, si bien la Legislatura ha aprobado con fecha 11 de diciembre el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de la Ciudad de Buenos Aires para 2015, hasta el día de hoy estas leyes no han sido publicadas en el Boletín Oficial.

De acuerdo a la información brindada por el organismo, estas normas recién comenzarán a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oificial.

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – DTR Nº 10/2014

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha publicado la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014 mediante la cual se establece que los servicios de publicidad de trámite regulados en el apartado I, B) del artículo 3º de la Ley Nº 10.295 y sus modificatorias, y los certificados de dominio y anotaciones personales de trámite simple regulados en el apartado I, A, puntos 7 y 8 de la mencionada ley, no podrán ser observados por reposición incompleta del pago de la Tasa Especial por Servicios Registrales cuando el único motivo de observación sea la falta de pago correcta de servicio.

La presente disposición será aplicable a todos los documentos que ingresen a partir del 1º día habil del 2015.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Publicación en el Boletín Oficial del Código Fiscal y la Ley Tarifaria – 2015

Se informa al notariado que han sido publicadas en el Boletín Oficial de la CABA la Ley 5237, que introduce modificaciones al Código Fiscal y la Ley Tarifaria para 2015, que regirán a partir del 1° de enero.

Cabe destacar que la modificación más relevante para la actividad notarial ha sido el incremento del límite de la exención para el destino vivienda de ocupación permanente y única propiedad en la Ciudad de Buenos Aires, el cual asciende a $ 750.000.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 5237

Haga clic aquí para acceder a la Ley Tarifaria 2015 (Ley 5238)

Haga clic aquí para acceder al Anexo de la Ley Tarifaria

Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

INSCRIPCIÓN: desde el 05/01/2015 hasta el 19/02/2015.

LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables.

REQUISITOS: Presentación de una nota en la oficina de Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos solicitando la inscripción en el examen, en la que deberán constar nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail, a la que se adjuntarán copias certificadas de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía, en su caso, y del título de abogado expedido o revalidado por universidad nacional o legalmente habilitada. Podrá admitirse otro título expedido en igual forma siempre que su currículo abarque la totalidad de las materias y disciplinas análogas a las que se cursen en la carrera de abogacía de la Universidad de Buenos Aires. Cabe destacar que, para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley Nº 404, modificada por la Ley Nº 3933.

COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 1.700 (mil setecientos pesos) que se abonan en las cajas de Tesorería, en la planta baja de Av. Las Heras 1833, de 9:30 a 15 h.

EXAMEN ESCRITO: 30 de abril de 2015, a partir de las 7 h.

LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires.

APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404).

EXAMEN ORAL: a confirmar por el Jurado

LUGAR: sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

APROBACIÓN: 5 o más puntos

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Inspección General de Justicia (IGJ) – Horarios de atención del verano

La Inspección General de Justicia ha informado el esquema de atención que tendrá durante el mes de enero de 2015, debido a la disminución del flujo de trámites durante la feria judicial:

Mesa de Entradas: durante el mes de enero de 2015, el horario de recepción de trámites en la sede central de Paseo Colón 285 será de 9:30 a 12 h, salvo para los trámites urgentes, que se recibirán de 8 a 9 h. La Mesa de Atención a Matriculados que funciona en el Colegio atenderá de 9.30 a 12 horas.

Departamento de Rúbrica: trámites urgentes, de 11 a 12 h. El resto de los trámites se recibirán en el horario de 11 a 13.

Plazo del trámite urgente: 96 horas es el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales (de los departamentos de Precalificación de sociedades comerciales, Personería Jurídica de entidades civiles, Oficina de entidades extranjeras y Asuntos Especiales, y para los trámites del departamento de Rúbrica).

Recepción de oficios judiciales: sólo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal; otros análogos).

Mesa de entradas departamento de Control Contable sociedades comerciales y entidades civiles: recepción y retiro de trámites, de 10 a 12 h.

Trámites excluidos: no se recibirán durante el mes de enero de 2015:
– Trámites ordinarios de los departamentos de Precalificación de Sociedades Comerciales y de Personería Jurídica de Entidades Civiles, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el 16 de enero de 2015 inclusive.
– Pedidos de expedición de testimonios comunes y urgentes, certificados, pedidos de reintegro, desarchivo y/o consultas de actuaciones de cualquier clase, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.
– Solicitud de concurrencia de inspectores a asambleas o reuniones de órganos de administración, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.
– Presentaciones correspondientes al cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias de los sistemas de Ahorro y Capitalización, entre el primer día hábil de enero de 2015 y el último día hábil de enero inclusive.

Vistas: no se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 31 de diciembre de 2014, excepto los trámites correspondientes al departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2014 y se reanudará automáticamente, el 1 de febrero de 2015.

Denuncias: se suspende el plazo para proveer denuncias durante enero de 2015. Podrá disponerse su tramitación en caso de requerirlo el ejercicio inmediato de medidas propias de la fiscalización permanente sobre sociedades comprendidas en los artículos 299 y 301 de la Ley 19.550, 8° de la Ley 22.315, asociaciones civiles, fundaciones o entidades comprendidas en el artículo 9° de la misma norma.

Declaraciones Juradas 1/2010: se mantiene la presentación. Podrán presentarse en las ventanillas habilitadas del Correo Argentino, en el horario de 9 a 14 h., y en las sedes de los colegios profesionales, en el horario reducido de 9:30 a 12 h (sólo matriculados).

Certificados de Depósito para Inversión CEDIN Tratamiento impositivo informado por el Banco Central de la República Argentina y la Administración Federal de Ingresos Públicos

Tanto el Banco Central de la República Argentina (BCRA) como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron al Consejo Consultivo Impositivo, al que concurre nuestro Colegio en forma habitual, el tratamiento impositivo que se le debe dar a los Certificados de Depósito para Inversión (CEDIN).
En particular la autoridad monetaria informó que ?no corresponde asignar a los CEDIN el carácter de título público.” Con motivo de ello los efectos tributarios para las personas físicas serían:

Exteriorización y tenencia de CEDIN.
?En relación con el Impuesto a las Ganancias:
El incremento patrimonial producido por la exteriorización constituye una Renta Exenta conforme a lo establecido en el artículo 9 inc. c) de la Ley 26.860.
La diferencia de cambio generada por el incremento del valor de cotización entre la fecha de adquisición y la del cierre del período fiscal se encuentra exenta por aplicación del artículo 20 inc. v) de la ley de Impuesto a las Ganancias.

?En relación con el Impuesto sobre los Bienes Personales
Tratándose de un Certificado emitido por el Banco Central de la República Argentina, no se encontraría comprendido en la exención dispuesta por el artículo 21 inc. g) de la Ley 23.966. En consecuencia, estaría gravado al último valor de cotización – Tipo de Cambio Comprador – del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre.

Cesión de CEDIN
La ganancia por la venta de los CEDINES no resultaría alcanzada por aplicación de la Teoría de la Fuente artículo 2 apartado 1) Ley de Impuesto a las Ganancias.

El impuesto del 15% establecido por la reforma de la Ley de Impuesto a las Ganancias(Ley 26.893) no resultaría de aplicación atento a la definición del concepto ?demás valores?, artículo 1 inc. a) Decreto 2334/13.

Con respecto al comprador del CEDIN, cuando los aplique, la ganancia obtenida por dicha operación no resultaría alcanzada en virtud de la Teoría de la Fuente, artículo 2 apartado 1 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Circular 3353

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Ley Impositiva Nº 14.653 de la Provincia de Buenos Aires para el 2015

Se pone a disposición de los Colegas la Ley Nº 14.653 de la Provincia de Buenos Aires publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, 19 de diciembre de 2014, mediante la cual se fijan los impuestos y tasas a percibir durante el ejercicio fiscal 2015. Asismimo, se remite un informe con las principales modificaciones del impuesto de sellos que afectan a la actividad notarial.

Importante: Se recuerda que, si bien ARBA resolvió que los certificados catastrales expedidos durante el corriente año puedan ser utilizados hasta el 31 de enero de 2015, el escribano deberá calcular el aumento de la Valuación Fiscal al Acto, según los nuevos coeficientes correctores para el 2015.

Haga clic aquí para acceder a la Ley Impositiva Nº 14.653

Haga clic aquí para acceder al informe con las principales modificaciones

Requisitos de países limítrofes para autorizaciones de menores y autorizaciones de conducir

Se pone a disposición de los colegas un cuadro comparativo con los requisitos de cada país, elaborado conforme a la información brindada por los respectivos consulados ante requerimiento de nuestro Colegio, en el cual se detallan los diversos requisitos de los países limítrofes para autorizaciones de menores de edad, salida de vehículos y autorizaciones de conducir.

Haga clic aquí para acceder al cuadro de los requisitos de cada país de acuerdo a la información brindada por los respectivos consulados

Régimen de atención por las fiestas de fin de año

Ante la cercanía de la celebración de las fiestas de fin de año, el Colegio resolvió extender el horario laboral los días martes 23 y 30 de diciembre hasta las 17 h en todas sus dependencias.
Importante: Legalizaciones recibirá trámites hasta las 17 h y los entregará en el mismo día.

Asimismo, se informa a los colegas los días no laborables de la institución, a efectos de que puedan tomar los recaudos correspondientes:
24, 25 y 26 de diciembre
31 de diciembre, 1º y 2 de enero

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) Error en el cobro de las solicitudes de certificados catastrales

Se informa a los colegas que, por inconvenientes en los sistemas informáticos de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA), en los últimos días se produjo un error de cobro de las solicitudes de Certificados Catastrales. Al momento de efectuarse el pago de algunas de dichas solicitudes, el sistema debitó $ 150 en lugar de los $ 90 que corresponden a este trámite.

Por tal motivo, la Gerencia General de Catastro informó que el inconveniente ya se encuentra solucionado y dispuso que las diferencias cobradas sean reintegradas a las cuentas de los escribanos afectados.

Oficina del Boletín Oficial en el Colegio

Se informa a los señores escribanos que la oficina del Boletín Oficial de la Nación Argentina que funciona en el Colegio no atenderá al público durante el mes de enero.

Aquellos escribanos que requieran utilizar sus servicios podrán concurrir durante ese período a la sede de Suipacha 767, de lunes a viernes de 9 a 16 horas.

Inspección General de Justicia Resolución General Nº 3/2014

Se pone a disposición de los colegas la Resolución General Nº 3/2014 de la IGJ mediante la cual se modifica el artículo 12 del Anexo ?A? de la Resolución General I.G.J. Nº 7/2005, referido a las providencias y resoluciones que se deben notificar por cédula o mediante oficio impuesto como certificado expreso con aviso de recepción (conforme incisos c y e del art. 41 del Decreto Nº 1759/1972, reglamentario de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549).

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº 3/2014

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General IGJ Nº 7/2005 actualizado

Inspección General de Justicia Resolución General Nº 4/2014

Se pone a disposición de los colegas la Resolución General Nº 4/2014 de la Inspección General de Justicia mediante la cual se establece aquellas entidades que hayan presentado la declaración jurada conforme Resolución General I.G.J. Nº 1/2010 y que, habiendo sido intimadas, no hubieran subsanado las omisiones o deficiencias detectadas, se encuentran imposibilitadas de concluir trámites registrales ante ese organismo, sin perjuicio de las sanciones que les pudiera corresponder.

Asimismo, la norma crea el Registro de Entidades Inactivas (R.E.I.) que estará conformado por aquellas personas jurídicas que no hayan presentado la Declaración Jurada prevista en la Resolución General I.G.J. Nº 1/2010 al día 30 de abril del año 2015.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº 4/2014

MUY IMPORTANTE: Prórroga: Nueva normativa sobre autorizaciones para conducir emitidas por escribanos

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha informado al Consejo Federal que ha resuelto prorrogar hasta el 3 de febrero de 2015 la entrada en vigencia de la D.N. Nº 557 que establece la obligatoriedad de la registración en la página de la DNRNPACP de las autorizaciones para conducir y/o exportar temporariamente automóviles otorgadas ante escribano.

El Colegio había advertido a dicho organismo sobre las dificultades en la implementación del sistema y solicitado dicha prórroga para que pudiera reformularse el mecanismo para publicitar las autorizaciones de conducir a través de la página del Colegio de una manera ágil.

Haga clic aquí para acceder a la nota

Haga clic aquí para acceder a la nota D.N. Nº 557 de la DNRNPACP

Dirección Provincial del Registro de la Propiedad DTR 9/2014

Se recuerda a los colegas que la DTR 9/2014, publicada en el Boletín Oficial del 2 de diciembre, extendió el alcance del régimen establecido por los artículos 6 bis y 6 ter del Decreto Nº 2489/1963 (incorporados por el Decreto Nº 947/2004) para incluir a todas las unidades funcionales integrantes de la planta urbana.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 9/2014

Haga clic aquí para acceder al Decreto Nº 947/2004

Receso de la Comisión de Defensa del Escribano

La Comisión de Defensa del Escribano se encontrará de receso hasta el miércoles 4 de marzo, fecha en la que retomarán sus actividades.

Para casos excepcionales o urgentes, deberán solicitar una reunión con los integrantes de la comisión vía mail: María Cristina Soler (solerescribania@hotmail.com) , Eduardo Héctor Plaetsier (eplaetsier@fibertel.com.ar), María Cristina Moore (escribaniamoore@gmail.com), Virginia Judith Benfield (vjbenfield9@yahoo.com.ar).

Temas de la XXXII Jornada Notarial 2016

Se ponen a disposición de los colegas de los temas aprobados en la III Asamblea Ordinaria del Consejo Federal del Notariado Argentino para la XXXII Jornada Notarial.

TEMA I: Persona humana Capacidad jurídica. Principios Generales. Capacidad de ejercicio de derecho. Restricciones a la capacidad jurídica. Sistemas de apoyo al ejercicio de la capacidad jurídica. Sentencia. Efectos. Registración. Menor de edad y adolescencia. Tutela y curatela.

TEMA II: El régimen patrimonial de la sociedad conyugal en el Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26.994) Distintos sistemas. Las convenciones prematrimoniales. La modificación del régimen patrimonial. Instancias y términos. Régimen de disposición de bienes. La contratación entre cónyuges. El asentimiento a partir de las regulaciones de los artículos 456, 457 y 470.

TEMA III: Ley General de Sociedades. Impacto de la reforma introducida en la ley 19.550. Unipersonalidad. Reducción a uno del número de socios. Soluciones. Sociedades no constituídas según los tipos previstos y otros supuestos. Adquisición de Bienes Registrables. Situación de las sociedades civiles existentes.

TEMA IV: Será propuesto por el Colegio sede del encuentro.

Dirección de Asuntos Legales

El Consejo Directivo resolvió fijar del 2 al 30 de enero de 2015, ambas fechas inclusive, la feria para la Dirección de Asuntos Legales, a fin de que coincida con la feria judicial ordenada por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por ello, no se tramitarán durante ese período denuncias (artículo 6º) ni se sustanciarán los expedientes en trámite ante esta Dirección salvo que por resolución del Consejo Directivo se ordene la habilitación de la feria.

Asimismo, se recuerda que el receso estival del Tribunal de Superintendencia del Notariado se extenderá desde el 2 hasta el 30 de enero de 2015 y sólo atenderá casos urgentes. En consecuencia, durante el mencionado período, no aceptará propuestas de subrogantes y sólo despachará las licencias impostergables.

Ciclo de Perfeccionamiento Profesional de 120 h para acceder a la titularidad de registros notariales

Se informa a los señores escribanos que del 15 de diciembre de 2014 hasta el 9 de enero de 2015 se realizará la inscripción vía web al Ciclo de Perfeccionamiento Profesional de 120 horas para acceder a la titularidad de registros notariales. Este ciclo se dictará en forma anual y se prevé una modalidad de cursada que cubrirá en el año calendario las 120 horas que establece la ley.

Esta modalidad fue introducida por la Ley N° 3933 -en el artículo 35 de la ley 404, segunda parte- y establece que sólo podrán inscribirse en el ciclo de perfeccionamiento profesional aquellos escribanos adscriptos en ejercicio de la función notarial en la Ciudad de Buenos Aires, que estén en condiciones de eximirse de rendir las pruebas escritas y oral en el concurso de oposición y antecedentes para aspirar a un registro notarial al año inmediato siguiente al desarrollo del ciclo de perfeccionamiento profesional en el que aspiran participar. Por ello, sólo podrán anotarse en el ciclo de perfeccionamiento profesional quienes:

a) Tuvieren siete años de antigüedad en el ejercicio de la función, en un máximo de tres registros notariales de la Ciudad de Buenos Aires al último día hábil del mes de febrero del año siguiente al ciclo de perfeccionamiento profesional al que se pretenda aspirar. A efectos del cumplimiento de este requisito se computará también el lapso en que el adscripto hubiere quedado a cargo del registro en que ejerciera su función en carácter de interino, hasta el límite de tiempo que dispone la ley vigente al tiempo en que haya ejercido tal función.

b) Hayan autorizado más de trescientas escrituras que instrumenten actos de contenido patrimonial, antes del último día hábil del mes de febrero del año siguiente al ciclo de perfeccionamiento profesional al que se pretenda aspirar.

c) No hayan sido pasibles de sanción alguna en el ejercicio de su función notarial en la Ciudad de Buenos Aires, durante los cinco años anteriores al último día hábil del mes de febrero del año siguiente al ciclo de perfeccionamiento profesional al que se pretenda aspirar.

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Nueva normativa sobre autorizaciones para conducir emitidas por escribanos

Con motivo de la publicación de la nota D.N. Nº 557 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios que establece que será necesaria, a partir del 15 de diciembre, la registración en la página de ese organismo de las autorizaciones para conducir y/o exportar temporariamente automóviles otorgadas ante escribano,
el Colegio ha mantenido una reunión la semana pasada con las autoridades de la DNRNPACP.

En ese encuentro, nuestras autoridades advirtieron sobre las dificultades en la implementación del sistema y solicitaron una prórroga. El organismo se comprometió a reformular el mecanismo para publicitar las autorizaciones de conducir a través de la página del Colegio de una manera ágil.

Cualquier novedad al respecto será informada por esta vía.

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Circular 3352

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Conferencia: Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

En el debate jurídico de los últimos dos años en la Argentina, el Proyecto de unificación de los Códigos Civil y Comercial de
la Nación probablemente ha sido el que mayor interés ha suscitado. La sanción de un código unificado y moderno con paradigmas y principios jurídicos acordes a los cambios socio-culturales de las últimas décadas constituyó no sólo una oportunidad histórica y trascendente para nuestra Nación, sino un complejo proceso que impuso la participación y el compromiso de todas las instituciones y actores de la sociedad.

En el marco del Ciclo de Capacitación y como cierre de las actividades del año, el jueves 18 de diciembre a las 19 h en el Salón Gervasio A. de Posadas tendrá lugar la conferencia Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, a cargo del Dr. Ricardo Luis Lorenzetti, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y Presidente de la Comisión Redactora del Proyecto de Ley de Reforma de los Códigos Civil y Comercial de la Nación.

Ante la gran convocatoria e interés de los colegas se ha ampliado el cupo de inscripción. Dado que la capacidad del Salón Gervasio A. de Posadas es limitada, se ha dispuesto la proyección de la charla también en el Patio de Legalizaciones desde donde podrá seguirse de manera simultánea. Los colegas inscriptos, antes de ingresar a cualquiera de las dos salas habilitadas para este evento, se deberán registra con su credencial profesional en los puestos ubicados en la entrada de Av. Callao 1542.

Esta charla está dirigida exclusivamente a escribanos titulares y adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires y es válida para el cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad DTR 9/2014

Se pone a disposición de los colegas la DTR 9/2014, publicada en el Boletín Oficial del 2 de diciembre, mediante la cual se resolvió sustituir el artículo 32 de la DTR Nº 14/2010, que queda redactado de la siguiente manera: “las unidades funcionales pertenecientes a emprendiemientos urbanísticos denominados Clubes de Campo y Campo y Barrio Cerrados, como así también las Unidades Funcionales integrantes de la planta urbana, originadas en el Régimen de la Ley 13512, están comprendidas en el Régimen establecido por los artículos 6 bis y 6 ter del Decreto Nº 2489/1963 (incorporados por el Decreto Nº 947/2004)”.

Haga clic aquí para acceder al texto completo de la norma

Nueva normativa: autorizaciones para conducir emitidas por escribanos

La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios ha informado al Consejo Federal del Notariado Argentino, mediante la nota D.N. Nº 557, que será necesaria la registración en la página de ese organismo, de las autorizaciones para conducir y/o exportar temporariamente automóviles otorgadas ante escribano a partir del 15 de diciembre del corriente.

Esa registración, de acuerdo a la norma, constará de dos pasos: el primero será de acceso público para los escribanos, al momento de firmar dicha autorización, quienes deberán comunicar esa carga a sus respectivos colegios notariales; el segundo será de acceso restringido para los Colegios Notariales, que deberán validar las registraciones cargadas previamente por los escribanos y comunicarlo a esa Dirección.

El Colegio ha mantenido una reunión la semana pasada con las autoridades del organismo en la que advirtió las dificultades en la implementación del sistema y solicitó una prórroga. El organismo se comprometió a reformular el mecanismo para publicitar las autorizaciones de conducir a través de la página del Colegio de una manera ágil .

Cualquier novedad al respecto será informada por esta vía.

Haga clic aquí para acceder a la nota D.N. Nº 557 de la DNRNPACP

Sistema de Facturación Notarial – Pantalla de ayuda

Se pone a disposición de los colegas el print de la pantalla que indica como acceder a la ayuda del Sistema de Facturación Notarial desarrollado por el Colegio. Allí podrán encontrar la explicación de cada una de las pantallas del sistema y la respuesta a la mayoría de las consultas frecuentes planteadas por los escribanos en los últimos días.

En caso de requerir igualmente ayuda, recordamos que podrán comunicarse con:

– La Mesa de Ayuda de la empresa Quadion, contratada específicamente para el desarrollo de este software. Podrán enviar su consulta, a sgn.soporte@quadiontech.com o comunicarse telefónicamente al 5352-2631.

– La oficina de Soporte Informático del Colegio a la dirección soporte@colegio-escribanos.org.ar o a los teléfonos 4809-7049 / 6846