Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

AFIP: Resolución General 4954/21

Vencimiento de las obligaciones de presentación de la declaración jurada y de pago del Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la Pandemia.

La AFIP informó que a fin de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, y que puedan reunir la documentación e información de respaldo necesarias para la determinación del aporte solidario y extraordinario, se extiende  el plazo para el cumplimiento de las referidas obligaciones hasta el 16 de abril del corriente, inclusive.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4954/21

AFIP: Resolución General 4953/21

Suspensión de la iniciación de determinados juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares.

Por medio de la Resolución Gral. 4953/21 se extiende hasta el 31 de mayo de 2021, inclusive, la suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, establecida por el artículo 1° de la Resolución General N° 4.936. 

Asimismo, se extiende, hasta esa fecha, la suspensión de la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza, depositados en entidades financieras o sobre cuentas a cobrar, así como la intervención judicial de caja, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General N° 4.936.

Lo establecido en la presente no obsta al ejercicio de las facultades de la AFIP, en casos de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente.

 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4953/21

Comisión de Derechos Humanos de la UINL: Curso “El nuevo derecho de la discapacidad a la luz de la Convención de la ONU”.

Aula virtual Intercoonecta, del 20 al 30 de abril.

La Comisión de Derechos Humanos de la UINL invita a participar al notariado a la 3° edición del curso “El nuevo derecho de la discapacidad a la luz de la Convención de la ONU: apoyos, acceso a la justicia y ajustes razonables. Personas con discapacidad y la COVID-19”.  

El curso se llevará a cabo en el Aula virtual del Centro de Formación de la Cooperación Española, del 20 al 30 de abril de 2021. 

Inscripción abierta hasta el 5 de abril. Cupo limitado.

Los costos de la actividad serán cubiertos por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID)

Para información sobre el programa, haga clic aquí.

Para inscribirse haga clic aquí

 

Mercado de Capitales para Matriculados del Colegio de Escribanos de CABA

Curso virtual (por zoom) para matriculados de nuestro Colegio, a cargo de profesionales del cuerpo docente de la Fundación BCBA.

Fechas: 12 y 19 de abril de 17 a 19 h.

Modalidad: 2 encuentros virtuales de 2 horas, a través de Zoom.

Para información sobre el programa e inscripción, haga clic aquí

Esta actividad otorga puntaje para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404.

Sede Chorroarín: Reprogramación de fechas de atención por Concurso de oposición y antecedentes para el Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad

Abierta el martes 13 de abril y cerrada el jueves 15 de abril.

Con motivo de llevarse a cabo el Concurso de oposición y antecedentes para el Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad, el día jueves 15 de abril, la sede de Chorroarín se encontrará cerrada para la atención de los colegas. 

A fin de poder brindar este servicio durante la semana, en su reemplazo, esta sede estará abierta el día martes 13 de abril, en el horario de 9:30 a 14:30 (del mismo modo que se realiza todos los jueves) .

Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires: Resolución 144/21

Empadronamiento y Puesta a Norma de Conjuntos Inmobiliarios Consolidados-Clubes de Campo y Barrios Cerrados.

El Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución 144/21 mediante la cual se prorroga desde el día 1° de abril y hasta el día 30 de junio de 2021 inclusive, el plazo de inscripción al empadronamiento previsto en el artículo 2° de la Resolución N° RESO2020-650-GDEBA-MGGP, pudiendo acceder los titulares de dominio o representantes legales de aquellos inmuebles con desarrollos compatibles con las figuras urbanísticas de Clubes de Campo y Barrios Cerrados que, por el grado de consolidación, no puedan obtener convalidación técnica final en el marco de lo dispuesto por los Decretos N° 9404/86 y N° 27/98.

Asimismo, modifica el plazo establecido en el artículo 3° de la Resolución N° RESO-2020- 650-GDEBA-MGGP, para que los poseedores de parcelas, lotes de terreno, unidades funcionales o privativas de urbanizaciones que se encontraren en infracción, cuyos titulares de dominio no se hubieran inscripto en el empadronamiento, manifiesten su interés en ingresar al mismo, quienes podrán hacerlo desde el 1° al 31 de julio de 2021.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 144/21

Jefatura de Gabinete: Decisión Administrativa 280/21

Trabajo remoto en la Administración Pública Nacional.

La Jefatura de Gabinete ha publicado la Decisión Administrativa 280/21, mediante la cual se regula la aplicación de la Decisión Administrativa N° 390/20, que  estableció las condiciones para el ejercicio del trabajo remoto en el ámbito de las jurisdicciones, organismos y entidades de la Administración Pública Nacional, de conformidad con lo establecido en el artículo 8° de la Ley N° 24.156.

Haga clic aquí para acceder a la Decisión Administrativa 280/21

RPI – Servicios web

Interrupción del servicio hasta el lunes 29 por tareas de mantenimiento.

Se informa a los colegas que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal acaba de informar al Colegio que, a partir de las 13:30 horas del día de hoy, viernes 26 de marzo, hasta las 7:00 horas del día lunes 29 de marzo, sus servicios web se encontrarán fuera de servicio por desperfectos técnicos y tareas de mantenimiento.

 

IMPORTANTE: Modificación del Sistema SIGNO

Código QR

Se informa a los colegas que, a fin de dar cumplimiento a la Resolución General 4892 de la AFIP, en el día de la fecha se ha implementado la modificación del programa SIGNO, para que aparezca en los comprobantes que emite, el código QR requerido por la AFIP, el que puede ser verificado utilizando un dispositivo móvil (teléfono/tablet).

El sistema ya se encuentra disponible, por lo que, cada comprobante nuevo que se emita (o comprobante viejo que se reimprima) contará con esta medida de seguridad dispuesta por la AFIP.

Jefatura de Gabinete de la Nación – Decisión Administrativa 268/21 

Cierre de fronteras

Se extiende la previsión contenida en el inciso 2 del artículo 1º de la DA 219/21, a los vuelos directos aerocomerciales de pasajeros que tengan como origen Brasil, Chile y México, a cuyo efecto la Administración Nacional de Aviación Civil, actuante en el ámbito del Ministerio de Transporte, instrumentará la suspensión de las autorizaciones y permisos que se hubieran dispuesto de conformidad con el artículo 3° de la referida DA, relativos a las operaciones de transporte aéreo de pasajeros, respecto al ingreso de personas. 

En el interior de la norma se establecen las excepciones previstas.

Decisión Administrativa 268/21

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero 2021

Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en febrero de 2021. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa                            1499

Monto involucrado                                           $13.736 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el segundo mes de 2021 una recuperación de 5,8% respecto del nivel de un año antes, al sumar 1.499 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas creció un 40,8%, con $13.736 millones. Después de tener 29 meses consecutivos con caída interanual, se observa que en el último cuatrimestre hubo 3 subas respecto al mismo mes del año anterior.

En comparación con enero de 2021, los actos bajaron 7,4% en cantidad y 9% en pesos. En 23 años de serie histórica, por 16° vez febrero dio comparación negativa respecto a enero.

El monto medio de los actos fue de $9.163.508 (97.494 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 33,9% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense bajó 9,9%

En febrero, las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 69 casos, 40% menos que las registradas un año antes. Representaron el 4,6% del total.

En la comparación mensual general, se dio una baja del 7,4%.

El bimestre comenzó con una recuperación del 11,1%.

Comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria 

Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Descargar comparativo 2 meses con hipotecas

Descargar comparativo 2 meses

Código Electoral Nacional: Decreto 189/21 

Se deroga el Decreto 45/2019.

Se informa a los colegas  que el Código Electoral Nacional ha publicado el Decreto 189/21, mediante la cual se dispone:

“Restablécese la vigencia de las normas modificadas, sustituidas o derogadas por el Decreto 45 de fecha 11 de enero de 2019, en su redacción previa al momento del dictado de la norma que  por el presente se deroga”. 

El Decreto 45/19 implementó “ un sistema de votación por correo postal como forma opcional de ejercer el derecho al sufragio para los argentinos y las argentinas residentes en el exterior y fijando el procedimiento para el escrutinio de dicho sufragio”.

Haga clic aquí para acceder al Decreto 189/21

 

Reanudación de los exámenes de Concurso de oposición y antecedentes para el Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad

Próxima fecha – Jueves 15 de abril

Debido a las intensas gestiones realizadas por las autoridades, el Colegio -como organizador de los exámenes de “Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad”- obtuvo la habilitación por parte del Tribunal de Superintendencia para sustanciar el concurso, que había quedado suspendido desde abril de 2020, en razón del aislamiento decretado por la pandemia.

Además, el Colegio colaboró con el Gobierno de la Ciudad para obtener la aprobación del Protocolo sanitario para la prevención y manejo de casos de Covid-19, con la finalidad de aplicarlo en el desarrollo de estos exámenes presenciales.

Por ello, cumplidos los requisitos necesarios para la sustanciación del concurso, por Res. 63/2021, el Tribunal de Superintendencia del Notariado resolvió fijar la fecha de examen para el jueves 15 de abril del corriente.

El Colegio celebra la reanudación de los concursos, que son fundamentales porque permiten, no sólo actualizar la matrícula, privilegiando los méritos y la excelencia, y dar respuesta a la demanda de servicios notariales a la comunidad, sino también posibilitar que los colegas que hayan aprobado los cursos previstos en el inc. IV del art. 35 de la Ley 404 puedan finalmente acceder a la titularidad de su registro.

AFIP- Resolución General 4949/2021

Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

Mediante la Resolución Gral. 4949/21, la AFIP ha establecido el procedimiento para la inscripción al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, sus beneficiarios, reválidas, incumplimientos y otra información de relevancia, que puede ser consultada al interior de la norma.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 4949/21

Devolución de fojas de legalización digital – Serie D

IMPORTANTE: el día 15 de abril no habrá devolución de fojas, en razón del examen escrito del Concurso de oposición y antecedentes para el Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad.

Procedimiento

Se informa a los colegas que, desde el 5 de abril y hasta el 31 de mayo del corriente, de 9:30 a 14 h, en Mesa de Entradas de Av. Las Heras 1833, con turno previo (haga clic aquí para solicitar su turno), se podrán devolver las fojas de legalización digital – Serie D, de acuerdo al procedimiento que se detalla a continuación.

Procedimiento para devolución de fojas de “Legalización Digital serie D” adquiridas y no utilizadas, y su  posterior reconocimiento del costo

El siguiente procedimiento se establece para el eventual reconocimiento económico de las fojas de “Legalización Digital – Serie D”, oportunamente adquiridas y no utilizadas al 17/02/2021, a los efectos de evitar perjuicios al notariado. El mismo tiene carácter excepcional, será limitado en el tiempo y, para llevarse a cabo, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Los escribanos que posean fojas de legalización digital, no utilizadas al 17/02/2021, podrán  presentar una nota por duplicado, adjuntando las fojas de legalización originales, las que deben estar inutilizadas con doble línea cruzada y con firma y sello en original del escribano. Ello, a fin de proceder a su anulación en el sistema informático y posterior reconocimiento del costo abonado por cada una de ellas.

b) El requerimiento deberá ser formulado por el mismo escribano que las haya adquirido oportunamente.

c) La nota contendrá la matrícula del escribano que las adquirió, el registro notarial para el que fueran adquiridas y la cantidad de fojas inutilizadas, con el detalle de su numeración preimpresa.

d) Cumplidos todos los pasos previos para su verificación interna, el importe correspondiente se acreditará en la Boleta Ley 404 de la matrícula del escribano que las haya adquirido, en el periodo correspondiente a la fecha de presentación de la documentación.

Tanto las notas como las fojas que se adjunten ingresarán al Colegio de Escribanos, a través de Mesa de Entradas (únicamente de manera presencial).

IMPORTANTE: el día 15 de abril no habrá devolución de fojas, en razón del examen escrito del Concurso de oposición y antecedentes para el Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad.

IMPORTANTE – RPI de la Capital Federal: Subsanación de precarga para reingreso de documento y/o minuta

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (RPI) ha informado al Colegio que incorporó una nueva funcionalidad para la subsanación de precarga para el reingreso de un documento y/o minuta.

En relación al reingreso de documentos observados:

a) los documentos ingresados hasta el 05 de febrero de 2021 deberán subsanar la minuta sobre un ejemplar impreso en papel y con firma ológrafa, la misma se adjuntará al trámite que reingresará por Mesa de Entradas.

b) Los documentos ingresados desde el 8 de febrero de 2021 podrán ser subsanados mediante su precarga, inclusive los de inscripción Provisional y/o Condicional. Esto significa que una vez retirado el trámite del Registro, se subsanará electrónicamente la minuta -sólo si fuera requerido.

En dicho caso surge necesario adjuntar nuevamente:

1) El escaneo del testimonio: puede ser el mismo que se adjuntó al generar la precarga, o bien un nuevo escaneo, si por ejemplo en el documento se insertó una nota marginal o una nota en los términos del art. 115 de la ley 404. No requiere firma digital.

2) La minuta firmada digitalmente: puede ser la misma que se adjuntó al generar la precarga, o bien una nueva versión si fue editada durante la subsanación en precarga (cambio de datos, agregado o eliminación de anexos u otras minutas).

3) El escaneo del volante de observación con su contestación: es decir de la nota de inscripción provisional /condicional con la contestación en puño y letra del profesional, con firma ológrafa y sello. No requiere firma digital.

Al reingresar el trámite por Mesa de Entrada, es importante acompañarlo con una carpeta que incluya una impresión de todos los comprobantes de minuta y el original del volante de observación con su respuesta.

La subsanación de la Minuta junto con el testimonio digitalizado y respuesta a la observación en la precarga de Minuta no implica el reingreso del trámite. Para ello, será necesario presentar nuevamente la carpeta en Mesa de Entrada (con previa reserva de turno).

Se destacan las siguientes funcionalidades respecto a la subsanación de precarga para un reingreso:

· Permite reutilizar la precarga del trámite para editar datos de las minutas, así como agregar, clonar y/o eliminarlas.

· El sistema descarta todo archivo de documento escaneado y la minuta firmada digitalmente, es decir los adjuntados previamente. Ello mismo ocurrirá ante cada reingreso.

El organismo sugiere las siguientes recomendaciones, con el objeto de cooperar en la calidad y/o plazos del trámite que se desea reingresar:

·  Sólo correspondería ingresar una precarga por trámite y, respecto a los pagos variables, es importante destacar que no se podrán seguir tomando una vez presentado el documento.

Respecto a los trámites rechazados, serán reingresados con nuevo número de trámite. En los casos en los que no correspondiera el abono de tasas nuevamente, se debe generar la minuta manualmente desde la página del registro (www.dnrpi.jus.gob.ar)  y/o  RPI Web,  refiriendo en el Rubro 17 el número y fecha de trámite rechazado. Lo mismo aplicará para los casos en los que no corresponda abonar el concepto de AFIP.

AGIP: Resolución 73/21

Se prorroga hasta el día 22 de marzo de 2021, inclusive, el plazo para la obtención de los beneficios previstos en el art. 10 de la Res. 2/21 del organismo.

Se informa a los colegas que la AGIP ha publicado la Resolución 73/21, mediante la cual se prorroga hasta el 22 de marzo el plazo para obtener los beneficios del plan, establecido por la Resolución 2/21, de facilidades de pago por las obligaciones tributarias en mora del Impuesto Inmobiliario y la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros y del Impuesto sobre Patentes sobre Vehículos en General.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 73/21

 

RPI de la Capital Federal: Precarga de minuta y escaneo de título

Procedimiento y recomendaciones.
Con el fin de optimizar y lograr celeridad en los servicios brindados en cuanto al uso de la precarga de minuta y escaneo del título, el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal (RPI) ha comunicado al Colegio algunas recomendaciones a tener en cuenta:
Escaneos del Título:
A) Cuando en el trámite hay más de un testimonio es necesario subir escaneados y en archivos separados cada uno de los testimonios que lo acompañan.
B) Continuar el circuito de Precarga hasta su finalización, es decir evitar cerrar el navegador o dirigirse a “Mis Solicitudes” hasta el momento de llegar al comprobante de minuta.
C) En la pantalla “Adjuntar documento escaneado” se debe cargar únicamente el escaneo(s) del documento(s) que se presentará a inscripción.
Es decir que en ese campo sólo se debe adjuntar el título escaneado y NO la minuta (es importante recordar que se debe adjuntar el escaneo(s) de la última versión del documento(s) que se presentará a inscripción).
Archivo de Minuta:
A) Se recomienda continuar con el circuito de la Precarga hasta su finalización, ello implica no cerrar el navegador y evitar dirigirse a Mis Solicitudes hasta llegar al comprobante de minuta.
B) Es importante regularizar la disponibilidad y validez de la firma digital de los profesionales que aún no la tienen.
C) Resulta necesario que cada presentación incluya una única precarga, la cual puede a su vez contener más de un inmueble o minuta.
D) Como último punto, recomendamos recordar imprimir completa la última versión del Comprobante de Minuta y acompañarla al trámite.

DNRPA: Disposición 31/2021

Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales

La DNRPA ha publicado la Disposición 31/21, mediante la cual se sustituye en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, Título I, Capítulo VII, Sección 1ª, artículo 1º, el texto de los incisos c) y e), por los que se indican a continuación:

“c) Inscripción de la transferencia de automotores inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 2001.

e) Inscripción de la transferencia de motovehículos de fabricación nacional inscriptos inicialmente a partir del 1º de enero de 2004.” 

La presente entrará en vigencia a partir del día 5 de abril de 2021.

Haga clic aquí para acceder a la Dsp. 31/21

DNRPA: Disposición 30/2021

Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales.

La DNRPA ha publicado la Disposición 30/21, mediante la cual se deroga la Disposición 411/19 y se establece que las Cédulas de Identificación de los Automotores y Motovehículos tendrán una vigencia de UN (1) año corrido a partir de su expedición, excepto en poder del titular registral del automotor o cuando se trate de automotores destinados y debidamente habilitados por la autoridad competente al uso taxi o remís, al servicio de alquiler sin conductor, al transporte de carga o de pasajeros o registrados a nombre del Estado nacional, provincial o municipal, en cuyo caso no tendrán plazo de vencimiento. 

Haga clic aquí para acceder a la Disp. 30/21

AFIP: Resolución General 4947/2021 

Estado de emergencia y/o desastre ígneo. Plazo especial para la presentación de declaraciones juradas y/o pago de obligaciones. Suspensión de juicios de ejecución fiscal y traba de medidas cautelares en los supuestos indicados en la norma.

Se informa a los colegas que la AFIP ha publicado la Resolución General 4947/21, mediante la cual se establece un plazo especial para la presentación y/o pago de los saldos resultantes de las declaraciones juradas y anticipos de los impuestos: a las ganancias, sobre los bienes personales, al valor agregado, del fondo para la educación y promoción cooperativa, así como para las obligaciones correspondientes a las contribuciones de la seguridad social, al régimen previsional de trabajadores autónomos y al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), a cargo de los contribuyentes que desarrollen su actividad principal en las localidades, departamentos, distritos o parajes que se indican en el micrositio “Emergencia – Incendios Forestales” (www.afip.gob.ar/emergencia-incendios-forestales/)

Quedan excluidas del plazo especial aludido en el párrafo anterior las cuotas de los planes de facilidades de pago vigentes y las retenciones y/o percepciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Haga clic aquí para acceder a la Res.4947/21

 

Protocolo Sanitario para el Desarrollo de Exámenes Presenciales de Acceso a la Función y Evaluación de Idoneidad. Gestiones del Colegio

Resolución 63/21 del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de la CABA 

El Colegio se complace en comunicar que, luego de las gestiones realizadas ante las autoridades de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a nuestra solicitud, fue aprobado el protocolo sanitario para la prevención y manejo de casos de Covid-19 para el desarrollo de exámenes presenciales de acceso a la función notarial en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. El mismo fue aprobado por Resolución 63/21 del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha.

De esta manera, nuestro Colegio ya cuenta con las herramientas normativas y sanitarias para poder llevar adelante este examen, central en el funcionamiento de nuestra institución, conforme a lo que dispone la Ley 404 y contemplando todas las medidas de seguridad requeridas para resguardar la salud de los intervinientes.

Importante: el Colegio se encuentra a la espera de que el Tribunal de Superintendencia del Notariado fije la fecha de realización del examen, que se desarrollará durante el mes de abril. Esta fecha será comunicada, ni bien sea determinada por el mencionado Tribunal.

Haga clic aquí para acceder a la Resolución 63/21
Haga clic aquí para acceder al Anexo 

Presidencia de la Nación: Decreto 168/21

Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)

Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 168/21 mediante el cual se prorroga el Decreto 125/21 y los plazos establecidos en sus artículos 2º, 9º, 19 y 31, así como sus normas complementarias, referidos Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) hasta el día 9 de abril de 2021.

Haga clic aquí para acceder al Decreto 168/21

Soporte Informático. Atención presencial y telefónica

A fin de reforzar la atención de los colegas, el Colegio informa que, ha destinado un nuevo recurso al área, proveniente de otro sector de la institución, para la atención presencial de los colegas.

Asimismo, y partir del día de la fecha, se suma un nuevo teléfono de contacto, por lo cual se informan a continuación todos los números telefónicos vigentes :

4809-7049 / 4809-7028 / 4809-6846 / 4809 – 6863

Recordamos los otros medios de contacto y los horarios del sector:

Correo electrónico: soporte@colegio-escribanos.org.ar

Horario de atención presencial, en la sede del Colegio: de lunes a viernes de 9.30 a 15.30 horas

Horario de atención telefónica: de lunes a viernes de 9 a 17 horas.

 

Reglamentos de los convenios celebrados con Cruz Roja y UNICEF

 Se recuerda a los colegas que, en virtud de los convenios marco celebrados con UNICEF para colaborar con asesoramiento gratuito en el Programa de Instituciones Hereditarias y Legados, y con CRUZ ROJA para el trabajo conjunto en materia jurídica, cultural, deportiva y de asesoramiento gratuito, a través del Programa de herencias, legados, testamentos y donaciones, el Consejo Directivo aprobó los reglamentos para la actuación de los escribanos.

Reglamento del Programa de Instituciones Hereditarias y Legados – UNICEF

Reglamento del Programa de herencias, legados, testamentos y donaciones – Cruz Roja

Asimismo, recordamos que la nómina de escribanos que colaboran gratuitamente con ambas entidades quedó conformada por los colegas que se inscribieron oportunamente para sumar su aporte profesional a la valiosa labor que realizan tanto UNICEF como CRUZ ROJA, en nuestro país y el resto del mundo, defendiendo los derechos de niños y personas en situación de vulnerabilidad.

 

AFIP: Resolución General 4942/21

Régimen de Facilidades de Pago para el Aporte Solidario y Extraordinario destinado a ayudar a morigerar los efectos de la pandemia. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos ha emitido la Resolución General 4942/21, mediante la cual resuelve, entre otras cuestiones, que los sujetos alcanzados por el aporte solidario y extraordinario, previsto en la Ley 27.605, podrán solicitar hasta el 28 de abril de 2021 inclusive, la cancelación del saldo resultante de la declaración jurada y sus intereses -de corresponder-, conforme al régimen de facilidades de pago establecido por la presente norma. La cancelación de dicho saldo no implica reducción alguna de los intereses resarcitorios, ni la liberación de las sanciones que resulten pertinentes. 

Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 4942/21

IMPORTANTE: Ley 27.613

Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda.

Se informa a los señores escribanos que fue publicada la Ley 27613, mediante la cual se implementa el Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda, destinado a promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios en el territorio de la República Argentina, definidos de acuerdo con el artículo 2°. 

Informamos a los colegiados que una vez que se publique la reglamentación de la presente ley, enviaremos un informe elaborado por nuestros asesores con el análisis de los aspectos más relevantes de la normativa.

Haga clic aquí para acceder a la Ley 27.613

Habilitación de documentos públicos emitidos en sede consular

Se recuerda a los colegas que, según lo informado oportunamente por la Dirección Técnica Consular y la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, desde el 14 de  diciembre de 2020, los documentos firmados digitalmente por el cónsul o agente consular no necesitan habilitación posterior para su utilización en la República Argentina.

A partir de esa fecha, los  mencionados documentos sólo deben contar con la firma digital del funcionario autorizado en la plataforma GDE – Gestión Documental Electrónica. Por este motivo, no requieren de legalizaciones o certificaciones posteriores, ni la habilitación del Ministerio del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, para  su  aceptación  en  el  país, siendo  el documento autosuficiente para su presentación ante las autoridades locales.

Tribunal de Superintendencia del Notariado: Acordada 1/21

El Tribunal de Superintendencia del Notariado ha hecho llegar al Colegio la Acordada 1/21 mediante la cual se informa:

 

  • Se procederá a la digitalización de los expedientes en trámite a través de la Secretaría General de la Cámara de Apelaciones.
  • Resultará obligatorio para los escribanos de la Ciudad la constitución de un domicilio electrónico en aquellas causas en trámite o que oportunamente se inicien ante ese Tribunal.
  • La dirección de correo electrónico vigente hasta la habilitación del Portal del Litigante para las causas a iniciar o en trámite ante ese Tribunal:  secretariageneral-catyrc@jusbaires.gob.ar
  • Se mantienen las designaciones del Dr. Esteban Centanaro como jurado titular y de los Dres. Carlos Martín Debrabandere y Gastón Eloy Portillo, como miembros alternos para una vez que se disponga dar continuidad a los concursos de oposición y antecedentes previstos en los art. 34 y 46 de la Ley 404)

Haga clic aquí para acceder a la Acordada

Dirección Provincial del Registro de las Personas: Disposición 17/21

Instructivo para la celebración del matrimonio a distancia.

Se informa a los colegas que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha publicado en la Disposición 17/21 el Anexo I, que tiene como finalidad detallar el procedimiento que debe llevarse a cabo en cada Oficina del Registro Provincial de las Personas que tenga a su cargo la celebración de matrimonios cuando se presente un ciudadano a expresar su voluntad de contraer matrimonio en otra jurisdicción. 

El anexo detalla en tres etapas el procedimiento: recepción del consentimiento, labrado del acta y remisión a la Casa Central e inscripción en el Libro Especial.

Haga clic aquí para acceder a la Disposición 17/21

Haga clic aquí para acceder al Anexo

 

 

Secretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat: Resolución 2/2021

Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial.

A raíz de la creación del “Programa de Planificación y Ordenamiento Territorial”, implementado a través de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat, la Resolución 2/21 establece los aspectos mínimos que deberán contemplar los proyectos de normas provinciales que se dicten en el marco de este programa.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 2/21

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: DNU 5/21

Prórroga de la emergencia sanitaria hasta el 31 de marzo de 2021.

El Gobiernos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) ha publicado el Decreto 5/21, mediante el cual se prorroga, hasta el 31 de marzo de 2021, la emergencia sanitaria declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia 1/20 y sus modificatorios, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19), contemplando el funcionamiento de las actividades autorizadas en el marco de los protocolos aprobados para cada caso.

Haga clic aquí para acceder al DNU 5/21

Comisión de Arancel

Reinicio de actividades

Se informa a los colegas que la Comisión Asesora de Arancel retoma la atención a partir del día de hoy, lunes 8 de marzo.

Las consultas deberán enviarse previamente a vsilva@colegio-escribanos.org.ar .

IGJ: Resolución General 2/2021

Sociedades por Acciones Simplificadas – Estados contables.

La IGJ ha publicado la Resolución General 2/21, mediante la cual se resuelve que las Sociedades por Acciones Simplificadas confeccionarán sus estados contables de conformidad con las normas contables profesionales vigentes. Asimismo, dispone que éstos deberán ser presentados por medios digitales ante el organismo, dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha de la reunión del órgano de gobierno que los haya aprobado, de acuerdo a los recaudos y procedimientos que se detallan al interior de la norma.

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AGIP: Resoluciones 46 y 47/21

Plazos a mandatarios renunciantes para la rendición de cuentas de la cartera de juicios a su cargo.

La AGIP ha publicado las resoluciones 46 y 47/21 referida a los plazos conferidos a dos mandatarios renunciantes, para rendir cuentas de la cartera de juicios a su cargo.

La Resolución 46/21 le otorga al mandatario Dra. Tomasa Arias, DNI Nº 10.728.090, de forma excepcional e improrrogable una ampliación de 10 (diez) días del plazo conferido en la Resolución N° 16-GCABA-AGIP-2021, para la cartera de juicios a su cargo correspondiente a la Sección Nº 3, y que debe realizar conforme a los términos del Art. 3° de esta última normativa.

La Resolución 47/21 le otorga al mandatario renunciante Dr. Manuel Pérez Taboada, DNI Nº 4.514.417, de forma excepcional e improrrogable una ampliación de 10 (diez) días del plazo conferido en la Resolución N° 15-GCABA-AGIP-2021, a los efectos de la rendición total pormenorizada y actualizada de la cartera de juicios a su cargo correspondiente a la Sección Nº 38.

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AFIP: Resolución 4933/21 – Informes de los asesores

Informes sobre la implementación del Régimen de Registración de Contratos de Locación de Inmuebles.

A raíz de la publicación de la Resolución General 4933/21 de la AFIP, mediante la cual se implementó el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles”, los asesores del Colegio, Dr. Emir Pallavicini y Esc. Ángel Cerávolo, han elaborado informes (tributario y jurídico-notarial, respectivamente) referidos a la mencionada norma y sus alcances.

Tal como se informó oportunamente, la norma estableció el régimen de registración, a efectos de que los contratos de locación sobre bienes inmuebles (1.1.) situados en el país, sean declarados ante el organismo, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 16 de la Ley N° 27.551.

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RPI de la Capital Federal – Notificación

Escaneo de documentos notariales.

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha notificado al Colegio que informe a sus matriculados que, al solicitar la inscripción de los títulos ante el organismo, se deberán escanear los mismos en forma íntegra, de manera que incluyan el dorso de la última foja de cada uno de ellos, aun cuando la misma no contenga información alguna. 

AGIP: Resolución 23/21

Agentes de percepción del Impuesto de Sellos en las liquidaciones o resúmenes de las tarjetas de crédito.

La AGIP ha publicado la Resolución 23/21, mediante la cual determina la obligación de actuar como agentes de percepción del Impuesto de Sellos de las liquidaciones o resúmenes periódicos de las tarjetas de crédito o compra generadas para la remisión a los titulares de las mismas, los sujetos enumerados en el Anexo I de la norma. Asimismo establece que los sujetos obligados a actuar como agentes de percepción conforme Resol. 282/20 de AGIP, que no figuren en el anexo I,  deberán inscribirse.

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Actualización de los valores de créditos F1, F2 y F3

Vigentes a partir del 1° de abril de 2021. 

Se informa a los colegas que, en el marco del Convenio de cooperación técnico financiero –Decreto 520/90-, el Colegio fue notificado de los nuevos valores de reposición por la solicitud de certificados de ABL, que regirán a partir del 1° de abril de 2021

De esta manera, a partir de esa fecha, el valor del formulario de los créditos para el pedido de boletas y el cambio de titularidad de partidas del F1 (que incluye el F2 y el F3), así como la recaudación por timbrado, ascenderá a $950

A su vez, el expendio de formularios papel tendrá un valor de $450.

Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires: Resolución 334/21

Procesos electorales de las entidades profesionales de la Provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires publicó la Resolución 334/21, mediante la cual se establece que, a partir del 8 de marzo de 2021, las entidades profesionales de la Provincia de Buenos Aires y sus Cajas Previsionales deberán iniciar o dar continuidad, según corresponda, a los procesos electorales que fueran suspendidos, efectuando las adecuaciones pertinentes, dentro del marco de las competencias otorgadas a dichas entidades por la normativa vigente.

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