Instructivo para la celebración del matrimonio a distancia.
Se informa a los colegas que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires ha publicado en la Disposición 17/21 el Anexo I, que tiene como finalidad detallar el procedimiento que debe llevarse a cabo en cada Oficina del Registro Provincial de las Personas que tenga a su cargo la celebración de matrimonios cuando se presente un ciudadano a expresar su voluntad de contraer matrimonio en otra jurisdicción.
El anexo detalla en tres etapas el procedimiento: recepción del consentimiento, labrado del acta y remisión a la Casa Central e inscripción en el Libro Especial.
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