Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Importante: Advertencia sobre maniobras fraudulentas

El día lunes 7 de mayo, algunos colegas de la demarcación denunciaron haber sido víctimas de maniobras fraudulentas por personas inescrupulosas que se acercaron a sus escribanías invocando una falsa representación del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Argumentaban que, debido a la urgencia por realizar un viaje al exterior, se veían en la necesidad de solicitar la ayuda del escribano. De esa manera, solicitaban el cambio de cheques, que supuestamente habían sido emitidos por el Colegio, por dinero en efectivo. El Colegio advierte que de ninguna manera ha encomendado ni encomienda a persona alguna para realizar gestiones de tal naturaleza y que quienes así lo han alegado son delincuentes que han pretendido aprovecharse de la buena fe de los escribanos.
A la vez, recomienda que en caso de encontrarse ante una situación semejante, se comunique directamente con la Institución.

Comisión de Automotores – Comienzo de reuniones quincenales

Se informa a todos los escribanos que la Comisión de Automotores, abocada al estudio del Régimen del Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Créditos Prendarios y Motovehículos, comenzará con sus reuniones quincenales a partir del lunes 16 de abril. Las que se desarrollarán los 1º y 3º lunes de cada mes de 19 a 21 horas en el Microsalón de esta Institución.

Formularios registrales del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal

La Subsecretaría de Asuntos Registrales ha enviado la siguiente información:

“Se encuentran en vigencia los formularios registrales del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal en CD, que fueran enviados en el mes de diciembre de 2006 a las respectivas escribanías. Se recuerda a los escribanos no obviar las especificaciones de forma que prevé la DTR Nº 4/06. En este sentido, se reitera que previo a efectuar la impresión de los formularios, se debe elegir la opción papel “legal u oficio” (21,59 x 35,56) a fin de dar cumplimiento a la Disposición aludida.

Los mencionados formularios se encuentran en la página web del Registro de la Propiedad Inmueble: http://www.dnrpi.jus.gov.ar.

Estos cambios y logros concretos están orientados a la mejora en la atención de los usuarios del Registro, con la mirada puesta en el ciudadano y sabiendo que es un aporte importante en el camino de la modernización del Estado.”

Museo Notarial Argentino – Exposición “Motivos Pascuales”

El Museo Notarial Argentino invita a los señores escribanos a visitar la muestra ?Motivos Pascuales?, que se encontrará en exhibición durante los meses de abril y mayo, en el Subsuelo de nuestro Colegio, Av. Callao 1542, en el horario de 9 a 19 horas. En esta exposición se podrán apreciar réplicas de huevos estilo Fabergé e imágenes de vírgenes del mundo en porcelana y otros materiales. Allí encontrarán a la Reina de la Paz de Medjugorje y a Nuestra Señora del Perpetuo Socorro junto a otros íconos religiosos.
Los esperamos.

Convocatoria a escribanos para la inscripción al Registro Nacional de Bases de Datos en el Colegio

Se informa a los señores escribanos que, a partir del 16 de abril del corriente, serán convocados de manera progresiva a la sede del Colegio a fin de prestar conformidad con la documentación que se remitirá a la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales.

A los efectos de facilitar el circuito administrativo, el Colegio dispondrá de un agente en la sede de Av. Las Heras 1833, P.B., con el fin exclusivo de asesorar e imprimir los formularios respectivos.

Se recuerda que este trámite responde a la implementación del Registro Nacional de Bases de Datos, dispuesta por la Disposición de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (DNPDP) N° 2/05 y obligatoria en virtud de lo establecido por el artículo 21 de la Ley 25.326 para los escribanos responsables de registro notarial y los autorizados.

Curso para empleados de escribanías 2007

En el mes de abril de 2007, se iniciará el Curso para Empleado de Escribanías, el primer nivel todos los miércoles a partir del 18 de abril y el segundo nivel todos los martes a partir del 24 de abril y culminarán el 30 de noviembre. Se desarrollarán en dos niveles y en dos turnos, diurno y nocturno.

PRIMER NIVEL: Objetivos: Iniciación en los aspectos teóricos y prácticas de la actividad notarial, protocolar y extraprotocolar.
Ejes Temáticos:
1) Protocolo
2) Instrumentación extraprotocolar
3) Certificados Registrales y Administrativos
4) Certificaciones de Firmas
5) Inscripciones y Minutas
6) Principales Impuestos y Tasas

SEGUNDO NIVEL: Objetivos: Que los cursantes conozcan la redacción de los diferentes tipos de modelos de escrituras, su tratamiento impositivo y sus trámites preescriturarios y de inscripción.

Ejes temáticos:
1) Compraventa
2) Reglamento de Copropiedad y Administración
3) Donaciones, Cesiones y Permutas
4) Poderes, Autorizaciones, Emancipaciones, Asentimientos Conyugales
5) Hipotecas, Usufructos
6) Sociedades
7) Testamentos, habilitaciones, Protocolizaciones.

Metodología de Trabajo: Se trabajará con los modelos de cada escritura, marcando lo esencial y lo complementario y relacionándolo con los conceptos teóricos básicos.

Los aspirantes al primer nivel, deberán tener aprobado como mínimo el ciclo secundario completo. Deberá presentar la fotocopia del certificado correspondiente.

Los aspirantes al segundo nivel, deberán haber cursado y aprobado el primer nivel.

No podrán inscribirse en el Segundo Nivel quienes no hayan aprobado el primero, sin excepción. Debiendo presentar fotocopia del certificado que lo acredite.

La clase tendrá una duración de noventa minutos cada una y se dictará una vez por semana, en la sede de Las Heras 1833 en el horario de 9.00 hs. a 10.30 hs. o de 19.00 hs. a 20.30 hs.

El arancel será de $ 300 si se abona al contado en el momento de la inscripción, o en 6 cuotas de $ 70 cada una, las que deberán ser abonadas del siguiente modo:

1º cuota en el momento de la inscripción; las restantes, del día 10 al 20 de los meses de mayo, junio, julio, agosto y septiembre.

La inscripción comenzará el 26 de marzo y cierra el 12 de abril. Se realiza en la Mesa de Entrada del Colegio, sita en Av. Las Heras 1833, PB, previo pago del arancel en las cajas de Legalizaciones.

Los alumnos que no tengan las cuotas al día, no podrán continuar asistiendo a clases ni rendir las evaluaciones correspondientes.

Delegación de la DGR del Gobierno de la C.A.B.A. en el Colegio – Formularios F3 (Cambio de Titularidad del Inmueble) y Certificados F1

Se comunica a los señores escribanos que la delegación de la Dirección General de Rentas del Gobierno de la C.A.B.A. que opera en este Colegio ha informado que en los Formularios F3 (Cambio de Titularidad del Inmueble) que allí se presentan no siempre se encuentran todos los datos completos, por lo que se sugiere tengan a bien tomar los recaudos necesarios a fin de evitar posibles inconvenientes. Asimismo, se recuerda retirar los Certificados (Formularios F1), con su correspondiente Estado de Deudas, a fin de agilizar los procedimientos de esa dependencia. Muchas gracias.

Nueva charla informativa – Impuesto de Sellos

Se comunica a los señores escribanos que, tal como fuera informado oportunamente, el día miércoles 14 de marzo, a las 9.30 horas, el Asesor Impositivo, Dr. Emir Pallavicini, ofrecerá una nueva charla informativa acerca de las modificaciones introducidas sobre el Impuesto de Sellos para el 2007. La misma tendrá lugar en Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542.

Convocatoria a examen de práctica notarial

Se informa a los interesados que se encuentren en condiciones de rendir el examen de práctica notarial establecido en el reglamento aprobado por el Consejo Directivo el 21/2/2003 y su modificación del 3/9/2003, a los efectos previstos por el artículo 11 del Decreto 1624/00, que el mismo se llevará a cabo el día martes 27 de marzo a las 10.00 horas, en el Salón Bollini de este Colegio de Escribanos, Av. Callao 1542, P.B.

A tal fin, los postulantes deberán inscribirse presentando una nota en la que manifiesten su interés en rendir el examen. La misma podrá ser entregada en la Mesa de Entradas de este Colegio hasta el día lunes 26 de marzo, de 9 a 16 horas.

Nuevo sistema de autogestión de direcciones de correo electrónico

Se informa a los señores escribanos que, tal cual se anunció oportunamente, se ha implementado en la página web del Colegio (http://www.colegio-escribanos.org.ar) el sistema de autogestión de correos electrónicos, a través del cual se mejorará y facilitará el manejo de las casillas de e-mails registradas en la base de datos de nuestra Institución.

A través de este sistema se ha puesto a su disposición una herramienta que, en tiempo real, le permite:

Agregar y eliminar direcciones de correo electrónico que figuren a su nombre en la base de datos del Colegio.
Definir el tipo de información que desee recibir en cada cuenta de correo electrónico registrada (Noticias, Información Cultural, Cursos y Congresos, etc.)
Modificar otros datos concernientes a las preferencias del usuario (por ejemplo, si desea que su dirección no figure en la nómina de escribanos de la página web institucional).

De esta manera, usted podrá de una manera ágil y sencilla definir los distintos aspectos vinculados a sus direcciones de correo electrónico, sin las restricciones de día u horario que impone el trámite tradicional.

Estas operaciones se realizan a través del acceso restringido de la página web de nuestra Institución, a fin de preservar la seguridad de la información de cada colegiado.

A los efectos explicativos, se ha confeccionado un instructivo, al cual se puede acceder a través del link que figura al pie de este mensaje.

Instructivo para efectuar la declaración jurada del SICORE a través de Internet

Se informa a los señores escribanos que en razón de los problemas suscitados con la presentación de la Declaración Jurada del SICORE en las cajas de los bancos y, hasta tanto se regularice esta situación, se recomienda la realización de este trámite a través de la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar).

Para aquellos que no estén familiarizados con este procedimiento, se envía el instructivo que ha confeccionado el Departamento de Cómputos del Colegio que explica los pasos a seguir.

Inconvenientes para presentar la declaración jurada del SICORE

Se advierte a los señores escribanos que se han registrado inconvenientes en las presentaciones de declaraciones juradas del SICORE. Al momento de presentar el archivo generado por este programa en las entidades bancarias, la información no es reconocida por las cajas. Es importante informar que el Colegio ya ha iniciado gestiones ante la AFIP para que este organismo encuentre una solución al problema a la brevedad posible.
Por lo tanto, se sugiere a los señores escribanos efectuar las presentaciones a través del sector “clave fiscal” de la página web de la AFIP (www.afip.gov.ar). Esta modalidad, además de permitir cumplir con el trámite, devuelve un acuse de recibo del archivo remitido.

CD con los formularios registrales del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal

La Subsecretaría de Asuntos Registrales ha enviado la siguiente información:

“Continuando con el objetivo que tienen en común el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a través de la Subsecretaría de Asuntos Registrales, a cargo de la Escribana Carola María Rodríguez, y el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, recordamos que a partir del 12 de marzo del 2007 y sin perjuicio de la utilización de los formularios vigentes (minutas universales y formularios de certificados e informes), se podrá comenzar a usar el CD con los formularios registrales del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, que fueran enviados a cada escribano en el mes de diciembre de 2006.
Los formularios se pueden completar e imprimir en la computadora para su posterior presentación en dicho organismo a fin de cumplimentar las tramitaciones pertinentes.

Además, comunicamos que los mismos se encuentran en la página web del Registro de la Propiedad Inmueble www.dnrpi.jus.gov.ar, pudiendo también acceder a ellos a través de la página del Colegio de Escribanos www.colegio-escribanos.org.ar.

Estos cambios y logros concretos están orientados a la mejora en la atención de los usuarios, con la mirada puesta en el ciudadano, y sabiendo que es un aporte importante en el camino de la modernización del Estado”.

Reunión Preparatoria del Tema I para el XXV Congreso Internacional del Notariado Latino

?El documento notarial como instrumento de desarrollo en la sociedad?

El Coordinador Nacional, escribano Diego M. Martí, invita a los señores escribanos a una nueva reunión preparatoria que se llevará a cabo el próximo miércoles 21 de febrero a las 18:00 horas en la Sala Subsuelo, Av. Callao 1542.

Diego Maximiliano MARTÍ
Tucumán 358, 2° “C” – C1049AAH
Ciudad de Buenos Aires
(011) 4311- 6961 ó 4312- 0062

diegomarti@arnet.com.ar

Aporte Notarial de la Provincia de Buenos Aires

Se recuerda a los señores escribanos que el Aporte Notarial que se efectúa por el otorgamiento de escrituras sobre inmuebles situados en la Provincia de Buenos Aires NO ha sido modificado. De esta manera, en una compraventa en la cual no hay exención el Impuesto de Sellos es del 3 por ciento y el aporte será del 4 por mil del precio o valuación fiscal, según cual sea mayor.

Entrega de certificados de cobertura y póliza del Seguro de Responsabilidad Civil Profesional

Se informa a los señores escribanos que se adhirieron al seguro de Responsabilidad Civil Profesional por primera vez durante el año 2006 que, a partir del día lunes 12 de febrero de 2007, de 9 a 14 horas, podrán retirar el certificado de cobertura y la póliza en la Planta Baja de Av. Las Heras 1833.
De concurrir personalmente el escribano, deberá traer consigo su sello profesional. En caso contrario, la persona que retire dicha documentación deberá estar autorizado por el escribano interesado, mediante nota en la que deberán constar su nombre y apellido completos, número de documento así como la firma y el sello del escribano.

Instituto de Investigaciones Históricas Notariales

El Instituto de Investigaciones Históricas Notariales invita a participar de sus actividades del año 2007. Las mismas se iniciarán con la sesión del día lunes 19 de marzo, a las 19.30 horas, en la sala cerrada del subsuelo de Av. Callao 1542. Los siguientes encuentros se llevarán a cabo los terceros lunes de cada mes en ese mismo horario y lugar.

Aumento en los trámites del Registro Civil Actualización del cuadro tarifario

Se informa a los señores escribanos que, debido a los aumentos dispuestos por el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires, el Colegio de Escribanos ha resuelto actualizar, a partir del día 12 de febrero de 2007, los valores que percibe por los siguientes trámites:

TRÁMITE

TARIFA

Búsqueda de fichero general

$ 30.-

Solicitud vigencia de Emancipación

$ 50.-

Partidas de Defunción, Matrimonio y Nacimiento

$ 30.- c/ una.

Diligenciamiento de Partidas sin cargo

$ 10.- c/ partida.

Muy importante: Dirección Provincial del Registro de la Propiedad: Disposiciones Técnico Registrales Nros. 1, 2, 3 y 4/2007

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires pone a su disposición las Disposiciones Técnico Registrales (DTR) Nros. 1, 2, 3 y 4/2007 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, recibidas como copia oficial de parte de ese organismo.

Ref.: Normas relativas a las tributación de tasas especiales por servicios registrales en la Provincia de Buenos Aires.

Dictamen del Consejo Directivo sobre el Impuesto de Sellos y la intervención notarial

Se transcribe a los señores escribanos el siguiente Dictamen respecto de la retención del Impuesto de Sellos de la Ciudad de Buenos Aires y la intervención notarial. En el mismo, el Consejo Directivo del Colegio de Escribanos interpreta que no corresponde al escribano actuar como agente de retención del impuesto de sellos cuando certifica firmas puestas en instrumentos privados gravados con dicho tributo porque no tiene intervención alguna en los documentos alcanzados por tal impuesto.

A continuación se transcribe el texto completo del Dictamen:

El Impuesto de Sellos y la intervención notarial


Atento las numerosas consultas formuladas por los colegiados con relación a si son agentes de retención del impuesto de sellos cuando se certifican firmas puestas en instrumentos privados gravados con dicho tributo (por ejemplo: boletos de compraventa de inmuebles de los que resulta la entrega de la posesión o en contratos de locación o sublocación de inmuebles en los que se llevan a cabo actividades comerciales); las atribuciones conferidas al Consejo Directivo del Colegio de Escribanos en el artículo 124, incisos g) y p) de la Ley 404; y considerando que:

1. El ejercicio de la función notarial se exterioriza y culmina necesariamente, sin excepción, en la concreción de un elemento material: un documento, el documento notarial.

2. El artículo 59 de la Ley 404, reguladora de la función notarial en la Ciudad de Buenos Aires expresa “… es notarial todo documento que reúna las formalidades legales, autorizado por notario en ejercicio de sus funciones y dentro de los límites de su competencia.”

3. En su actividad funcional el escribano actúa en carácter de oficial público investido por el Estado de la facultad de imponer fe pública a los instrumentos que autoriza.

4. Es el autor del documento; por tal razón lo autoriza y es su autorizante.

5. Ello es así cualquiera sea la especie de documento notarial que de él emane, protocolar o extraprotocolar: escritura matriz, su copia autorizada ?en los términos del artículo 1.006 del Código Civil?, certificado, testimonio por exhibición o en relación, copia simple, etc.

6. Como se expresara, entre los documentos notariales se encuentran los certificados, definidos en el artículo 96 de la Ley 404 de la siguiente forma: “Los certificados sólo contienen declaraciones del notario y tienen por objeto afirmar de manera sintética la existencia de personas, documentos, cosas, hechos y situaciones jurídicas, percibidos sensorialmente por el notario.”

7. En la certificación de firmas la intervención del escribano, previo requerimiento que el firmante le formula, se limita pura y exclusivamente a autenticar el hecho de que una firma es puesta en su presencia por una o más personas, que identifica; actividad funcional que es totalmente ajena a la autoría y formalización del instrumento en el que se estampan las firmas que certifica el notario, aunque la desarrolle simultáneamente con la suscripción del mismo.

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, sobre la base de los fundamentos expuestos, interpreta que no corresponde al escribano actuar como agente de retención del impuesto de sellos cuando certifica firmas puestas en instrumentos privados gravados con dicho tributo porque no tiene intervención alguna en los documentos alcanzados por tal impuesto.

Inspección General de Justicia – Res. Gral. 1/2007

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires envía la Resolución General 1/2007, publicada en el Boletín Oficial de la Nación del día de hoy, 29 de enero de 2007, y cuya referencia se transcribe a continuación:


Ref.: Derógase la aplicación de las Resoluciones Generales Nros. 4/2006 y 8/2006, en relación con la implementación de una modalidad de acceso a distancia a la documentación digitalizada completa de los trámites registrales sujetos a precalificación profesional obligatoria y a los actos que en ellos deban notificarse.

Actualización del SIE – Incorporación de Acto Nuevo: Contratos de Locación o Sublocación de Inmuebles

Se remite a los señores escribanos la actualización del Sistema Integrado de Escrituras (SIE) a partir de la cual se incorpora a este aplicativo el acto de contrato de locación o sublocación de inmuebles. Este acto fue introducido al Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires por la Ley Nº 2.179, vigente desde el 11 de enero de 2007.


Haga clic aquí para descargar el instructivo para la actualización del SIE

Haga clic aquí para descargar la actualización del SIE

Haga clic aquí para descargar el instructivo para cargar en el SIE: Compraventas de inmueble destinada a vivienda única y Contratos de Locación

IMPORTANTE: Ley Nacional de Catastro Nº 26.209

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires envía la Ley Nacional de Catastro Nº 26.209 publicada en el Boletín Oficial de la Nación del día 18 de enero de 2007 y cuya referencia se transcribe a continuación:

Ref.: Marco normativo al que deberá ajustarse el funcionamiento de los catastros territoriales pertenecientes a las diversas jurisdicciones del país. Finalidades de los catastros territoriales. Estado parcelario, constitución y verificación. Determinación de otros objetos territoriales legales. Certificación catastral. Valuación parcelaria. Creación del Consejo Federal del Catastro. Disposiciones complementarias. Deróganse las Leyes Nros. 20.440, 21.848 y 22.287.

Charla informativa: Modificaciones al Código Fiscal de la C.A.B.A. para el 2007

Se comunica a los señores escribanos que el día martes 16 de enero a las 18.30 horas el Asesor Impositivo, Dr. Emir Pallavicini, ofrecerá una charla informativa sobre de las recientes modificaciones introducidas al Código Fiscal de la C.A.B.A. para el 2007. La misma tendrá lugar en Salón Gervasio A. de Posadas, Av. Callao 1542.

Cabe destacar que esta charla volverá a ofrecerse en el mes de febrero. Oportunamente se comunicará la fecha de su realización.

Actualización del SIPRESBA – Modificaciones al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires

Se informa a los señores escribanos que la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires habilitó desde el día 15 de enero la descarga del aplicativo SIPRESBA con las nuevas alícuotas y modificaciones introducidas al Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires por la Ley Nº 13.613, al cual se puede acceder a través del link que se encuentra más abajo.

Importante:
Debido a tales modificaciones, el uso del nuevo aplicativo es obligatorio y el sistema rechazará los trámites ingresados mediante el programa anterior.

Quienes no puedan acceder al aplicativo por esta vía, podrán retirarlo en el Departamento de Cómputos, Av. Las Heras 1833, 1° piso, de lunes a viernes de 10:00 a 16:00 horas.

Haga clic aquí para descargar el instructivo para la actualiza

Haga clic aquí para descargar la actualización del SIPRESBA (requiere tener instalada la versión anterior)

Si no cuenta con la versión anterior del SIPRESBA instalada:
Haga clic aquí para descargar el aplicativo SIPRESBA completo

Timbrados de Títulos en la AFIP – Hasta marzo de 2007

Se comunica a los señores escribanos que, en razón de las gestiones realizadas por el Colegio a fin de facilitar un período de transición, la AFIP mantendrá en funcionamiento las cajas timbradoras localizadas en esta Institución hasta el mes de marzo. Oportunamente se informará la fecha exacta a partir de la cual se dejará de brindar este servicio en el Colegio.

Procedimiento de ingreso y egreso de documentación al Registro de la Propiedad Inmueble

Se informa a los señores escribanos que, con motivo de la puesta en aplicación a partir del día 15 de enero del Sistema de Ingreso y Egreso de Documentos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal, ese organismo ha enviado el nuevo procedimiento para este trámite, el cual se transcribe al pie de este mensaje.

También ha comunicado que suspenderá la recepción de trámites “urgentes” en horario vespertino (recepción anticipada) el día 12 de enero, por cuestiones técnicas.
El Registro ha advertido que el sistema se pondrá en aplicación con las tasas y contribuciones vigentes a la fecha y que se comenzará a utilizar el formulario Nº 6 para el servicio de informes, conforme a la Resolución Nº 1.322/06 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.

Procedimiento de ingreso y egreso de documentación al
Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal

1) Retirar del Formulario en el Sector “Entrega de Formularios”.

2) Completar el Formulario a máquina o PC. En este caso utilizar tipo de letra Arial, tamaño 12. Firma y sello del autorizado.

3) Si el documento es de origen judicial y se efectúa Transmisión de Dominio o Levantamiento de Medida Cautelar, previamente debe pasar por Visación y completar el Formulario 41. Para todos los casos de documentos judiciales debe acompañar fotocopia de la credencial.

4) Dirigirse, según corresponda, a las ventanillas N° 1 y 2 (Profesionales) ó 3, 4, 5 y 6 (Gestores Autorizados por el Organismo) ó 7, 8 y 9 (Público en General) ó 10 (Caja Rápida hasta 5 trámites).
Entregar la Documentación al agente asignado en la respectiva ventanilla.

5) Asignación del número de entrada que será secuencial y el monto a abonar por Contribuciones de las Leyes 17.050, 23.412 y Tasa de AFIP, Decreto 1.487/86.

6) Con el recibo de entrada dirigirse al sector de Cajas del Colegio de Escribanos y abonar los derechos. Final del trámite de ingreso.

7) El documento pasa a controles internos para verificar la correcta liquidación del agente que efectuó la recepción del documento. En caso de error se informa en el Programa “OBS”, destinado para tal fin.

8) La entrega de la documentación inscripta u observada se hará contra recibo, debiendo el empleado verificar con la lectura del código de barras, que dicho documento no tiene pagos pendientes, en ese caso procede a dar salida en el Sistema de Cajas por el Programa “EXP” y realiza la entrega del respectivo documento.
En el supuesto de observación por falta de pago, no liquidado en la presentación, el usuario debe dirigirse a la Caja de Ingreso y solicitar la liquidación faltante, para luego abonar en las Cajas del Colegio de Escribanos y proceder a retirar la documentación por la Mesa de Salidas.

IMPORTANTE: AFIP – Resolución General Nº 2168 – 1º de febrero: Registro de Operaciones Imobiliarias

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires envía nuevamente la Resolución General Nº 2168 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), publicada en el Boletín Oficial de la Nación del día 11 de diciembre de 2006, y cuya referencia se transcribe a continuación. Asimismo, se recuerda que el Servicio “Registro de Operaciones Inmobiliarias” estará disponible en la página web institucional del organismo (www.afip.gov.ar) a partir del día 1 de febrero de 2007.

Ref.: Operaciones de compraventa y/o locación de bienes inmuebles. Agentes que intervienen en el mercado inmobiliario. “Registro de Operaciones inmobiliarias”. Su implementación. Requisitos, plazos, formas y condiciones para su inscripción.

Fundación Colegio de Escribanos – Promoción Especial para seguros de Automotores ?O KM?

La Fundación Colegio de Escribanos de la Capital Federal informa que en virtud del acuerdo oportunamente suscripto ha recibido una promoción especial para seguros de automotores ?O KM? destinados a los escribanos y extensivos a sus familiares.

Al amplio beneficio técnico y económico, se suman beneficios extras con descuentos en restaurantes y hoteles nacionales y latinoamericanos, tiendas de productos y servicios para el hogar y el automóvil.

Vigencia: A partir de la fecha hasta el 15 de Marzo de 2007
Cía. Aseguradora: La Meridional Cía. Argentina de Seguros S.A.

Para más información comunicarse con el Broker, Sr. Oscar S. Picasso, Matrícula 17618, tels. 4311-3405 ó 15-4424-5749 o a la oficina de la Fundación del Colegio de Escribanos, tel.: 4801-0081, interno 241.

IMPORTANTE: Informe sobre la Ley Impositiva Anual de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.613

Se recuerda a los señores escribanos que se encuentra vigente la Ley Impositiva Anual de la Provincia de Buenos Aires Nº 13.613. A continuación se reproduce el informe elaborado por el Asesor Impositivo, Dr. Emir Pallavicini, sobre las modificaciones introducidas por dicha norma.

Modificaciones al Código Fiscal para el año 2007

La Ley N° 13.613 fue publicada en el Boletín Oficial provincial el día 29 de diciembre de 2006, estableciendo su vigencia a partir del 1º de enero de 2007 para los impuestos Inmobiliario, a los Ingresos Brutos y a los Automotores y desde el día siguiente al de su publicación, para el resto de las modificaciones, entre ellas las del Impuesto de Sellos.

Esta norma estuvo disponible, en forma impresa, recién el 8 de enero de 2007.

En el Impuesto Inmobiliario, se mantienen sin cambio las alícuotas aplicables sobre la base imponible, para determinar el impuesto correspondiente a las Plantas: Urbana Edificado, Baldío y Rural.

No obstante, se incrementan en forma sustancial los valores por metro cuadrado de superficie cubierta, computables para establecer la valuación fiscal que constituye la base imponible y, como consecuencia, se operará un importante incremento en las mismas.

La norma dispone que, para la Planta Urbana Edificado y Baldío, el impuesto será igual al del año 2006.

En el Impuesto de Sellos se destaca la disminución de la alícuota aplicable a las ?escrituras públicas de compraventa de inmuebles?, que pasa del 40 al 30 por mil.

Las ?escrituras públicas traslativas de dominio de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuando el monto imponible sea superior a $60.000.- hasta $90.000.- ?pasan a estar gravadas con el 20 por mil, quedando exentas tales operaciones hasta un valor imponible de $60.000.-“.

Además quedan exentas las operaciones de crédito para compra, construcción, ampliación o refacción de la vivienda única, familiar y de ocupación permanente, otorgadas por instituciones financieras regidas por la Ley 21.526, hasta la suma de $60.000.- y cuando tengan como destino la adquisición de lote o lotes baldíos para la construcción de vivienda con igual destino, hasta la suma de $ 30.000.-

También están exentas las operaciones de compra de lotes afectados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, hasta la suma de $ 30.000.-

La base imponible para determinar el impuesto o establecer las exenciones señaladas continúa siendo el precio de la operación o la valuación fiscal, el que resulte mayor.

Importante: El artículo 63 introduce modificaciones a la Ley 10.295 en la cual se establecen las tasas especiales por servicios registrales. Entres otras, cabe destacar las siguientes:

1.1. Inscripción sobre inmuebles matriculados: el dos por mil (2 o/oo) sobre el monto mayor entre la valuación fiscal y el valor de la operación. Si el acto fuese sin monto, se calculará el dos por mil (2 o/oo) sobre la valuación fiscal.

1.4 Las preanotaciones y anotaciones hipotecarias estarán sujetas al pago de la tasa del dos por mil (2 o/oo) del monto en la primera registración y a la tasa fija de veinte pesos ($20) en las sucesivas registraciones.


Haga clic aquí para consultar el texto completo de la Ley 13.613


Haga clic aquí para consultar el texto completo y actualizado de la Ley 10.295

Informe del Asesor Impositivo Dr. Pallavicini – principales modificaciones introducidas al Código Fiscal para el 2007

A continuación se publica el informe solicitado al Asesor Impositivo del Colegio, Dr. Emir Pallavicini, sobre las principales modificaciones introducidas al Código Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires para el 2007.

Informe:

“La ley N° 2.179 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires introduce diversas modificaciones al Código Fiscal local.

Si bien esta norma aparece en el N° 2.594 del Boletín Oficial del día 28 de diciembre de 2006 en la página web del Gobierno de la C.A.B.A., recién se pudo tener acceso a la edición impresa el día 3 de enero de 2007, creando dicha situación incertidumbre en cuanto a la fecha de su entrada en vigencia.

La pieza legal no contiene fecha al respecto, por lo que cabe aplicar el texto del art. 2 del Código Fiscal que establece para ello: ?. . . a los ocho (8) días siguientes al de su publicación en el Boletín Oficial. . .? y el del art. 120 del mismo cuerpo legal que establece que los mismos son días hábiles; en consecuencia, estas modificaciones comenzarían a regir el próximo 11 de enero de 2007.

Las principales modificaciones al Título I o Parte General del Código Fiscal, se pueden sintetizar en:

? Facultades de la Dirección y del Director General, en las que ajusta aspectos formales y conserva la instancia judicial para la solicitud de medidas cautelares.
? En cuanto a las Exenciones Generales, incorpora a las bibliotecas populares reconocidas.
? En materia de Prescripción, ajusta términos relacionados con su cómputo en la acción de repetición y en la suspensión de sus términos.
? Dicta normas en relación con las registraciones efectuadas mediante sistemas de computación
? Sustituye los arts. 84 y 85 que vienen a facilitar notablemente la acción notarial, aspectos ya informados con anterioridad.

En las modificaciones al Título II ? De los Tributos en Particular, se destacan las introducidas al Impuesto de Sellos, que pasamos a comentar:

Hecho Imponible

Se incorporan: ?. . .los contratos de locación o sublocación de inmuebles en los que se desarrollen actividades comerciales?.

La base imponible en este tipo de contratos, estará constituida por el importe pactado en concepto de alquileres por el tiempo de duración de los mismos.

En cuanto a los contratos que no disponen plazo, dicha base imponible estará constituida por el monto total de dichos alquileres, por un lapso total de tres años.

Alícuota Diferencial
La Ley Tarifaria que lleva el N° 2.178, fija una alícuota de 0,50 % aplicable a los contratos antes mencionados.

Alícuota General
La misma ley mantiene la alícuota del 2,50 %, para el resto de los hechos imponibles.

Exenciones
Se fija en la suma de $ 360.000.- (antes $600.000.-) el tope del art. 355, para beneficiarse con la dispensa en la compra de inmuebles que se destinen a vivienda, toda vez que constituyan la única propiedad en jurisdicción de la C.A.B.A. Si la valuación fiscal o el precio de la operación, el que fuere mayor, superara dicha suma, corresponderá tributar el 2,50% sobre el excedente.

En lo que se refiere al resto de los tributos, de menor interés notarial, los escribanos podrán disponer en la biblioteca de un trabajo comparativo del Código Fiscal (t.o. en el 2006) con las modificaciones introducidas por la Ley N° 2.179″.

IMPORTANTE: Modificación de los artículos 84 y 85 del Código Fiscal para el 2007

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires se complace en informar que el año 2006 concluye con buenas noticias para el notariado. Con la aparición en la página web del Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires del texto de la Ley 2.179 que introduce modificaciones al Código Fiscal 2006, nuestra Institución logra, después de años de trabajo y esfuerzos, alcanzar un anhelado objetivo: la reforma de los artículos 84 y 85 del Código Fiscal en relación con:

1) La Partida de Matriz Asociada:

2) La vigencia de los certificados de deuda emitidos por la Dirección General de Rentas será de 30 días, lapso durante el cual la deuda informada no podrá ser modificada por la inclusión de deudas, recargos, multas o cualquier otro concepto.
3) Las deudas informadas en los certificados solicitados por escribanos para el otorgamiento de escrituras por las que se constituyan, transmitan o cedan derechos reales respecto de unidades funcionales o complementarias destinadas a espacios guardacoches, cochera, garaje o similar y que pertenezcan a dos o más condóminos, podrán ser liquidadas y pagadas en la proporción que cada disponente tenga en el condominio de las mismas.
4) La eliminación de la obligación para el escribano de la solicitud de la certificación de deuda en concepto de contribuciones de alumbrado, barrido y limpieza, territorial, pavimentos y aceras, adicional fijado por la Ley 23.514 o por cualquier otro concepto, para el otorgamiento de escrituras de cesión de crédito garantizado con derecho real de hipoteca.

En los links que se encuentran a continuación podrá obtener ambos artículos, así como el texto completo de la Ley.

Feliz Año 2007

Estimados colegas,

Durante todo el 2006 hemos sorteado muchos escollos y realizado un constante y sostenido esfuerzo por alcanzar las metas deseadas. Esto no ha hecho sino fortalecernos ya que hemos obtenido los logros que tanto anhelamos desde hace mucho tiempo. Muestra de ello es la reforma que obtuvimos a los artículos 1001 y 1002 del Código Civil y la reforma a los artículos 84 y 85 del Código Fiscal (cuya publicación en el Boletín Oficial saldrá en breve), que no sólo mejoran nuestra profesión sino que benefician a toda la comunidad.

Esperemos que el 2007 continúe lleno de frutos y nos encuentre trabajando juntos, día a día, por nuestro querido Colegio.

¡FELIZ AÑO NUEVO!

Esc. Horacio L. Pelosi

Presidente

Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

Llamado a Concurso de Oposición y Antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

Inscripción:

Fecha: desde el 02/01/2007 hasta el 12/02/2007

Lugar: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos – Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00.

Requisitos:

Presentación de una nota en la que deberán constar nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio y teléfono, a la que se adjuntará una copia certificada del título de abogado expedido o revalidado por universidad nacional o legalmente habilitada. Podrá admitirse otro título expedido en igual forma siempre que su currículo abarque la totalidad de las materias y disciplinas análogas a las que se cursen en la carrera de abogacía de la Universidad de Buenos Aires.
Aquellos que concursen por la titularidad de registro, deberán acompañar los comprobantes de sus antecedentes para ser evaluados por el jurado en original o en fotocopias certificadas. En ningún caso se desglosarán antecedentes que hubieren presentado de años anteriores.

Cabe destacar que, para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley 404.

Costo de la inscripción: $150.- que se abonan en las cajas de Tesorería, en el horario de 9:30 a 15:00.

Examen escrito:
Fecha: 20/04/2007, a las 7:30 horas.
Lugar: Centro de Convenciones – Salón San Isidro (Primer Subsuelo), sito en la calle Leandro N. Alem 1151 – Ciudad de Buenos Aires.

Examen oral:
Fecha: a determinar por el Jurado.
Lugar: sede Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

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