Convocatoria para integrar Comisiones y Grupos de Trabajo del CFNA
El Colegio convoca a los colegas a postularse para participar en las Comisiones y Grupos de Trabajo del Consejo Federal del Notariado (CFNA).
La inscripción permanecerá abierta hasta el miércoles 4 de febrero inclusive. Vencido el plazo, el Consejo Directivo evaluará las propuestas recibidas y elevará al CFNA aquellas que resulten aprobadas.
Los escribanos interesados deberán presentar, a través de la MEV (Multinota), una nota en la que manifiesten su intención de ser propuestos ante el CFNA, indicando la Comisión o Grupo de Trabajo en el que desean participar.
Los postulantes no podrán contar con sanciones no cumplidas al momento de la convocatoria.
IMPORTANTE: El Colegio no asumirá gastos de representación ni de viaje, vinculados con la participación en las comisiones o grupos de trabajo. En la nota presentada deberá dejarse constancia expresa de que el postulante toma conocimiento de esta condición.
Comisiones:
Arte y Cultura
Asuntos Registrales y Catastrales Automotores
Derechos Humanos y Autoprotección
Función Social, Género y Derecho
Innovación y Nuevas Tecnologías
Legislación
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable Método de Gestión de Conflictos Tributario /UIF
Zonas de Seguridad y Tierras Rurales
Grupos de trabajo:
Archivo e Inspección de Protocolo
Regularización Dominial.
RPI de la Capital Federal – Datos de representantes de personas jurídicas
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal informó que, a partir del lunes 2 de febrero de 2026, se incorporará un nuevo requisito para la inscripción de documentos notariales vinculados a uno o más inmuebles en los que intervengan personas jurídicas.
En los documentos en los que las personas jurídicas actúen en carácter de adquirentes, transmitentes o acreedores deberá consignarse en los respectivos rubros de la minuta rogatoria (rubros 6, 7 y 13), la siguiente información correspondiente a su/s representante/s:
- Nombre y apellido
- Tipo y número de documento
- CUIL
- Carácter de la representación (representante legal, apoderado u otro)
Importante:
Este requisito será exigible tanto para los nuevos documentos que se ingresen a partir del 2 de febrero de 2026, como para aquellos documentos que reingresen al Registro a partir de dicha fecha.
Los datos deberán ser consignados por el profesional solicitante y estarán sujetos a calificación por parte de los registradores.
ARBA: Resolución Normativa 5/26
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 5/26, mediante la cual se actualizan los valores de las siguientes tablas:
- Tablas de valuaciones de embarcaciones deportivas o de recreación.
- Tabla de valoración en función de los años de antigüedad de la embarcación.
- Tabla de valuación referencial para el alta de oficio de embarcaciones deportivas o de recreación.
ARBA: Resolución Normativa 6/26
La Resolución Normativa 6/26 aprueba el calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2026 correspondiente a los tributos administrados por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).
En particular, la norma establece:
- Los vencimientos del Impuesto Inmobiliario (componentes básico y complementario), determinando en qué casos se abonará en una sola cuota y en cuáles en cuotas mensuales, según los montos a ingresar.
- El cronograma de pago del Impuesto a los Automotores, incorporando para los vehículos automotores la posibilidad de abonar el impuesto anual en diez (10) cuotas mensuales, distribuidas entre los meses de marzo y diciembre de 2026.
- El calendario de vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incluyendo:
- Pagos mensuales del período fiscal 2026.
- Fechas para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2025.
- Aclaración de que no alcanza a contribuyentes del Régimen Simplificado ni a los sujetos al Convenio Multilateral, cuyos vencimientos se rigen por normativa específica.
- Pagos mensuales del período fiscal 2026.
- Los plazos de presentación de declaraciones juradas para los agentes de información, conforme los distintos regímenes vigentes.
- El cronograma de obligaciones de los agentes de recaudación, incluyendo escribanos, con detalle de vencimientos mensuales y quincenales según el régimen aplicable.
GCBA: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas – Disposición 28/26
Procedimiento digital para la tramitación del Certificado de Domicilio Real
La Disposición 28/26 de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires publicó la Disposición 28/26 mediante la cual establece como único y obligatorio procedimiento para la emisión del Certificado de Domicilio Real en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el tramitado exclusivamente a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) del Gobierno de la Ciudad. Artículo
RPI de Provincia de Buenos Aires: DTR 1/26
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha publicado la DTR 1/26 que actualiza, unifica y sistematiza la normativa registral vinculada al procedimiento de anotación de medidas cautelares sobre inmuebles y personas, incorporando el uso de herramientas digitales y estableciendo criterios uniformes de actuación para el Registro.
Entre otras cuestiones, establece:
Formalidades de ingreso de medidas cautelares
Establece los requisitos que deben cumplir los oficios judiciales para la anotación, reinscripción, modificación y levantamiento de medidas cautelares, tanto en soporte papel como por vía electrónica, según el organismo emisor.
Procedimiento diferenciado según el tipo de medida
Regula de manera específica:
- Medidas cautelares sobre inmuebles
- Inhibiciones generales de bienes y medidas sobre personas
- Supuestos especiales (fideicomisos, propiedad horizontal, régimen de protección de la vivienda, boletos de compraventa, inmuebles en construcción, entre otros).
Reinscripción, ampliación y caducidad
Determina plazos, condiciones y efectos de la reinscripción y ampliación de medidas cautelares, así como el tratamiento registral de medidas caducas
Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/26
Poderes otorgados por instrumento privado para uso en el extranjero – Modificación de la pauta de Legalizaciones
El Consejo Directivo resolvió modificar la pauta de Legalizaciones aplicable a los poderes otorgados en instrumentos privados que serán utilizados en el extranjero.
Por Resolución CD 20/26 se aprobó que será suficiente que de la certificación surja que el poder ha sido otorgado con los recaudos de forma exigidos por la ley del lugar de ejecución. No se requerirá una fórmula en particular.
En virtud de lo resuelto, se deja sin efecto lo establecido en la circular 3132.
Fallecimiento Esc. Mónica L. Ciro
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento de la escribana jubilada Mónica Luisa Ciro, matrícula 2488, ocurrido el 22 de enero del año en curso.
Instituto de Derecho Notarial – Preguntas frecuentes (FAQs)
Se encuentra disponible en el micrositio de Preguntas Frecuentes nuevo material presentado por el Instituto de Derecho Notarial con consultas recurrentes referidas a donaciones.
RPI de la Capital Federal – Jurisprudencia actualizada
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal actualizó el apartado Normativa de su sitio web, incorporando nuevos fallos de relevancia al sector Jurisprudencia, con el objetivo de facilitar el acceso a información actualizada y de interés para los colegas y usuarios.
Advertencia sobre circulación de un poder apócrifo
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ARBA: Resolución normativa 4/26
La Resolución Normativa 4/26 de ARBA establece, desde el 02/02/2026 y hasta el 31/12/2026, un régimen para la regularización de las deudas originadas por gravámenes que se hayan omitido retener y/o percibir y que se encuentren devengadas al 31/12/2025.
Entrada en vigencia: a partir del 2 de febrero.
ARBA: Resolución Normativa 3/26
La Resolución Normativa 3/26 de ARBA sustituye y modifica algunos artículos de la Resolución 7/22 de ese organismo, que establecía un régimen permanente para la regularización de diversas deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos Inmobiliario –componentes básico y complementario-, a los Automotores –vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.
ARBA: Resolución Normativa 2/26
La Resolución Normativa 2/26 de ARBA sustituye y modifica algunos artículos de la Resolución Normativa 9/25 que implementó un régimen permanente para la regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Nor. 2/26
Asociación de Empleados de Escribanos – Paritarias
Se informa a los colegas que luego de negociaciones con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal se acordó la siguiente recomposición salarial para el mes de enero de 2026:
- Fijar un incremento salarial, a partir del 1º de enero, del 10,3% sobre los salarios percibidos al 31 de diciembre de 2025 y en forma acumulativa.
- Dicho porcentual fue fijado computando los IPC de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025 en forma acumulativa.
Los incrementos acordados serán de aplicación inmediata, sin estar condicionada a la homologación del Ministerio de Trabajo.
Se detallan los montos mínimos corregidos de todas y cada una de las categorías vigentes en el Convenio Nº 448/06:

Fallecimiento Esc. Roberto L. Méndez Carbone
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano jubilado Roberto Luis Méndez Carbone, matrícula 2009, ocurrido el 16 de enero del año en curso.
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en diciembre 2025
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en diciembre de 2025. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 7646
Monto involucrado $ 1.175.604 millones

La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el último mes de 2025 una baja de 0,3% respecto del nivel de un año antes, al sumar 7646 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 45,6%, con $1.175.604 millones.
En comparación con noviembre de 2025, los actos subieron un 43,5% (nov 5250 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $153.754.186 (104.412 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 43,9% en un año en pesos, y en moneda estadounidense trepó 2,5%.
En noviembre, hubo 888 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la baja en ese sentido es del 21,4% respecto al mismo mes del año pasado. En los 12 meses se contabilizaron 13.953 (+179,4%).

Frase de la presidente Magdalena Tato:
“El año que cerramos fue el quinto mejor calendario dentro de 27 mediciones, por lo que debemos estar satisfechos con ese balance”.
“Pero como dijimos el mes anterior nos desafía a mejorar condiciones para el 2026 porque en los dos últimos meses se registró una desaceleración de los créditos y estuvimos muy cerca de tener el récord de hipotecas desde que la medimos en 2009. Esto quiere decir que con una vuelta de préstamos un poco más intensa, estamos para seguir creciendo porque claramente el crédito a la vivienda es virtuoso y multiplicador del mercado inmobiliario”.
Cotización del dólar y escrituración promedio en dólares
Comparativo anual de escrituras con hipoteca
Comparativo 12 meses con hipotecas
Dirección Provincial de Personas Jurídicas: Disposición 353/26
Procedimiento de registración digital de trámites posteriores a la obtención de la matrícula provincial de sociedades, contratos asociativos y fideicomisos en la Provincia de Buenos Aires.
La Disposición 353/26 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas sustituye los artículos 1° y 2° de la DISPO-2024-32-GDEBADPPJMJYDHGP por los siguientes:
“ARTÍCULO 1°: Los trámites posteriores al otorgamiento de matrícula provincial en sociedades, contratos asociativos y fideicomisos sujetos a la competencia de la Dirección de Estructuras Societarias, con excepción de reformas de estatutos, liquidaciones y cancelaciones, se registrarán por intermedio de orden suscripta por dicha Dirección o por quien ésta autorice.
ARTÍCULO 2°: Modificar el artículo 6 del Anexo I de la Disposición D.P.P.J. N° 44/21 ‘Reglamento de Tramitación Digital’ por el siguiente: 6. Inscripciones y Registraciones. La inscripción digital será ordenada a través de una resolución u orden de registro, según corresponda, firmada digitalmente por funcionario competente. La constancia de registro será un folio de inscripción firmado digitalmente por funcionario competente que contendrá como archivo embebido la documentación registrada, y en su caso la resolución de la Dirección Provincial.”
Además, sustituye el artículo 34 de la Disposición 45/2015 por el siguiente:
“ARTÍCULO 34: Practicada la registración, se devolverá al interesado o persona autorizada la documentación registrada, folio de inscripción suscripto por funcionario competente y, en su caso, la resolución de la Dirección Provincial.”
Fallecimiento del escribano Roberto Luis MENDEZ CARBONE
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano Roberto Luis MENDEZ CARBONE, matrícula 2009, ocurrido el 16 de enero del corriente año.
GCBA: Ley 6910/26
Extiende los beneficios de la Ley 3876 – Distrito Audiovisual
La Ley 6910/26 sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires prorroga por el término de diez (10) años todos los beneficios establecidos en la Ley 3876 que gozan las personas jurídicas que califiquen como empresa de capital nacional en los términos de la Ley Nacional 21382, y que se encuentran radicadas, a la fecha de la sanción de la presente Ley, dentro del “Distrito Audiovisual”.
Haga clic aquí para acceder a la norma
Ley 15.610
Provincia de Buenos Aires
La Ley 15.610 sancionada por el Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires modifica la Ley 14.528, referida al procedimiento de adopción de menores en esa jurisdicción. Se recuerda al notariado la prohibición establecida en el art. 611 del CCCN.
RPI de la Capital Federal: Reconocimiento de aranceles en las solicitudes de minutas
De acuerdo a lo informado por el RPI, desde el 14 de enero, se encuentra disponible la opción de cálculo “Reconocimiento de Aranceles” en las solicitudes de minuta.
Objetivo: Anoticiar al personal del RPI del pago de aranceles cuando ingresa un nuevo trámite que debe trabajarse en forma conjunta con otro ingresado con anterioridad y en el que ya se integraron las tasas y contribuciones registrales.
Ej: documento nuevamente traído a registración que fuera ingresado previamente mediante una modalidad no compatible con el soporte del documento (el primer trámite salió observado y el segundo ingresa relacionado de texto al primero).
Alcance:
- Disponible para Documentos Reales de origen Notarial, Judicial y Administrativo.
- NO disponible para Documentos de Anotaciones Personales.
Consideraciones:
- No abona aranceles (tasas ni contribuciones).
ATENCIÓN: en caso de agregar minutas, se deberá abonar sobre el primer ingreso la diferencia en las Cajas del Registro.

2. No permite la modalidad urgente. De corresponder, al igual que el cálculo exento, el cambio de urgencia deberá ser solicitado presencialmente en las Cajas del Registro. Si el primer ingreso ya tiene modalidad urgente, no es necesario que el solicitante realice el pedido ni pago en las Cajas.
ATENCIÓN: de recibir un cambio a urgente, o bien si el primer ingreso tenía esa modalidad, Diario Entrada / Auditoría deberá solicitar el cambio de la urgencia a Sistemas vía mail.
- Al subsanar no es posible cambiar la modalidad de cálculo, al igual que ocurre con el resto de las opciones.
- Al generar la solicitud con esta modalidad, el solicitante debe indicar en el texto libre del Rubro 1 la referencia al trámite donde se integraron las tasas ´Reconocimiento de Aranceles correspondiente al trámite EXXXXXXXXDAAAA´.
Visualización en Minuta:

Visualización en Resumen de Precarga:

IMPORTANTE: Pauta de Inspección de Protocolos – Certificados de deuda ABSA
El Consejo Directivo en su sesión del 8 de enero estableció la siguiente pauta de inspección con relación a los certificados de deuda de ABSA:
El Departamento de Inspección de Protocolos no observará la falta de exhibición de certificados de deuda de ABSA hasta el 31 de marzo de 2026.
Implicancia notarial de la Resolución UIF 3/26
La Resolución UIF 3/2026 complementa la Resolución 207/25, ya que crea la obligación de verificar si los clientes y beneficiarios finales se encuentran en los listados del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas referidas al financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, concretamente Resoluciones 1718 (Corea) y 1737 (Irán).
Se agrega la obligación de detener la escritura sin esperar resolución alguna e incorpora la obligación de verificar bases de datos ante la notificación de resolución de congelamiento por parte de UIF.
En virtud de la norma, los escribanos como sujetos obligados deben, previo al otorgamiento de la escritura: constatar en la página del Consejo de Seguridad de la ONU (https://main.un.org/securitycouncil/es) si se encuentran incluidas las personas humanas, jurídicas o entidades y/o sus beneficiarios finales y/o los titulares directos o indirectos de los activos involucrados.
Listados vigentes a la fecha:
Res. N° 1718 – Corea
Res. N° 1737 – Irán
En caso de que algún cliente figure en ese listado, deberán:
a. Reportar dentro de las 24 h como operación sospechosa de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva;
b. NO AUTORIZAR ningún acto que modifique la titularidad de dichos bienes y retener la documentación pertinente y ponerla a disposición de UIF o del juez de turno que intervenga.
IMPORTANTE – UIF: Notificaciones sobre congelamiento administrativo
Se recuerda a los colegas que en todos los casos en que la UIF notifica congelamientos administrativos, el escribano debe cotejar las escrituras autorizadas, a los efectos de informar si han realizado operaciones con las personas humanas, jurídicas o entidades sobre las que hubiera recaído la medida de congelamiento administrativo, inmovilizando los bienes u otros activos que fuesen de su propiedad directa o indirectamente, o cuyo destinatario o beneficiario sea uno de los mencionados sujetos; siempre que existiera esa posibilidad al momento de recibir la notificación.
Además, deberá informar dentro de las 24 horas de recibida la notificación mediante el servicio “Reporte Orden de Congelamiento”.
Ley 6845 – Registro Público Deudores Alimentarios Morosos
A raíz de las gestiones realizadas por autoridades de nuestro Colegio, se logró introducir una modificación en el artículo 14 de la Ley 269, que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 14.- Inscripción en el Registro de Anotaciones Personales. La anotación en el Registro Público de Deudores Alimentantes Morosos implica la anotación en el Registro de Anotaciones Personales dependiente del Registro de la Propiedad Inmueble y/o el organismo que en un futuro lo reemplace, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 inciso b) de la Ley Nacional 17.801. La baja de la inscripción en el Registro Público de Deudores Alimentantes Morosos implica la baja de la anotación en el Registro de Anotaciones Personales dependiente del Registro de la Propiedad Inmueble.”
Además, se incorporó el artículo 14 bis de la Ley 269, que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 14 bis.- Operaciones sobre bienes inmuebles y bienes muebles registrables de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el marco de operaciones de disposición, transmisión, cesión y/o modificación de derechos reales sobre bienes inmuebles o muebles registrables con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, si de los certificados o informes solicitados al Registro de la Propiedad Inmueble surgiera una anotación relacionada con el Registro Público de Deudores Alimentantes Morosos, deberá ser notificado, en forma previa al otorgamiento del acto, el Juzgado interviniente a fin de que éste determine las sumas a retener, en caso de corresponder. Lo expuesto también será aplicable para la celebración de todo acto de disposición en el marco de los cuales se soliciten certificados o informes al Registro de Anotaciones Personales.”
RPBA: DTR 13/2025
Tasas especiales por servicios registrales. Publicidad y registración. Derogación de la DTR 1/24
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires publicó la DTR 13/25, referida a Tasas especiales por servicios registrales. Publicidad y registración. Exenciones y sujeto a recupero.
ARCA: Resolución General 5809/2026
Domicilio Fiscal
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dictó la Resolución General 5809/2026, que sustituye la normativa anterior en materia de denuncia y modificación del domicilio fiscal.
Tabla de actos notariales – Provincia de Buenos Aires
Se remite la tabla de actos notariales enviada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires con los valores vigentes desde 1° de enero de 2026.
Haga clic aquí para acceder a la tabla de actos notariales
DNRPA: Disposición 947/25
Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos
La Disposición 947/25 de la Dirección Nacional de los Registros de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios sustituye la Tabla de Valuación de los Automotores y Motovehículos puesta en vigencia por la Disposición N° DI-2025-724-APN-DNRNPACP#MJ, a los efectos del cálculo de los aranceles establecidos por la Resolución MJyDDHH N° 314 del 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias, aplicables a los trámites de Inscripción Inicial y Transferencia, por la tabla que se incorpora como Anexo de la presente disposición.
Los Anexos incluidos en esta norma no se publican. Podrán ser consultados en aquí.
Vigencia desde el 02/01/2026.
Tabla de actos notariales: suspensión del cobro de la Tasa Retributiva (Provincia de Buenos Aires)
Desde el 1° de enero del corriente se encuentra actualizado el sistema SiEsBA, sin la liquidación de la Tasa Retributiva Administrativa del 4 ‰, que por indicación de la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro de la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA), se encuentra suspendida por todo el ejercicio 2026.
Por esa razón, los códigos de actos declarativos que a continuación se detallan quedan sin efecto para todas las escrituras autorizadas a partir del día 1° de enero de 2026:
- 519-52 constitución de condominio
- 705-52 Adjudicación de inmuebles por división de condominio.
- 707-52 Inscripción de Declaratoria de herederos o testamento, por protocolización.
- 709-52 Adjudicación de inmuebles por disolución de sociedad conyugal.
- 713-00 Tracto abreviado.
- 716-52 Adjudicación de inmueble por partición de herencia.
- 730-52 Adjudicación de nuda propiedad por división de condominio.
- 728-52 Protocolización de sentencia de usucapión.
RPBA: Guía de tasas especiales por servicios registrales
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha publicado en su sitio web una guía con las nuevas tasas especiales por servicios registrales, aprobadas por la Ley 15.558, que rigen desde el 1° de enero de 2026.
CFNA: Asesoría jurídico-notarial telefónica
El CFNA ha informado que durante enero continuará prestando el servicio de asesoría los días lunes (10 a 14 h), martes (13 a 16 h) y miércoles a viernes (9 a 13 h). La atención se realiza como es habitual a través de la línea gratuita 0800-333-4301.
ARCA: Nueva versión SICORE
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó recientemente en su web la nueva versión del aplicativo SICORE (9.0 Release 22).
AGIP: Resolución 599/25
La Resolución 599/25 de la AGIP aprueba la metodología para el cálculo de la Valuación Fiscal Homogénea para el ejercicio fiscal 2026, incluyendo la tabla indicativa del Valor Real de Edificación según categoría y destino de los inmuebles, que como Anexo I se encuentra disponible en el link al pie del mensaje.
Además, aprueba las tablas de coeficientes necesarias para la actualización de la Valuación Fiscal Homogénea para el ejercicio fiscal 2026, las que como Anexo II se acompañan y las tablas de valor de los terrenos segmentados por Barrio, Sección y Manzana o, para los casos particulares, por Barrio y calle para el ejercicio fiscal 2026, que figuran como Anexos III y IV de la norma.
AGIP: Resolución 598/25
La Resolución 598/25 de la AGIP aprueba la Metodología de Cálculo del Valor Locativo de Referencia.
Asimismo, actualiza el valor locativo de referencia para el ejercicio 2026, de conformidad con la Metodología de Cálculo y los Anexos I y II que se aprueban por la presente Resolución, el cual podrá ser consultado en la página Web de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (www.agip.gob.ar).
AGIP: Resolución 600/25
Aplicación de sanciones por omisión de presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Procedimiento
La Resolución 600/15 de la AGIP establece que el procedimiento para la aplicación de sanciones por omisión de presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a su vencimiento, de conformidad con los términos del artículo 110 del Código Fiscal (t.o. 2025) y su modificatoria Ley 6.843, se regirá por las disposiciones contenidas en la presente Resolución. Ver detalles en la norma
AGIP: Resolución 615/25
Utilización obligatoria del VEP para la cancelación de obligaciones transferidas a los fines de su cobro judicial
La Resolución 615/25 de la AGIP establecer la utilización obligatoria del Volante Electrónico de Pago (VEP) que deberán generar los contribuyentes y/o responsables para la cancelación de las obligaciones tributarias transferidas a los fines de su cobro judicial y de los honorarios, gastos y costas correspondientes, mediante el Régimen de Regularización de pago establecido por la Ley N° 6.842, reglamentado por Resolución N° 461-AGIP/25.
Además, sustituye, entre otros, el artículo 16 de la Resolución N° 461-AGIP/25 referido al procedimiento para la regularización de obligaciones en instancia judicial.
Entrada en vigencia: a partir del 30 de diciembre.
AGIP: Resolución 630/25
Beneficio fiscal en el Impuesto Inmobiliario y en la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros. Procedimiento
La Resolución 630/25 de AGIP establecer que el reconocimiento del beneficio fiscal en el Impuesto Inmobiliario y en la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, contemplado en el artículo 404 del Código Fiscal vigente, se ajustará al procedimiento previsto en la mencionada norma.
La solicitud del reconocimiento del beneficio fiscal, en los términos del artículo 404 del Código Fiscal vigente, debe ser interpuesta mediante la presentación de una nota dirigida a la Subdirección General de Servicios y Control Tributario dependiente de la Dirección General de Rentas, mediante el uso de la Plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), debiendo acceder con Clave miBA Nivel 3 y seleccionar la trata “Trámite de los Contribuyentes ante la AGIP, excepto SIRCREB”.
Entrada en vigencia:
Informe sobre reformas al Código Fiscal – Prov. de Buenos Aires
A raíz de la publicación de la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2026 de la Provincia de Buenos Aires, se remite el informe elaborado por los asesores tributarios sobre los principales puntos a tener en cuenta.
Valores, montos, magnitudes y alícuotas de relevancia notarial
El Colegio pone a disposición de los colegas el documento actualizado a enero 2026 que reúne los montos, valores, magnitudes y alícuotas para cumplir con las diversas obligaciones tributarias y de información correspondientes a la actividad (Nación, Ciudad de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires).
ABSA: solicitud de certificado de deuda
Se informa a los colegas que, a partir de hoy 5 de enero, los escribanos deberán solicitar obligatoriamente el certificado de deuda del inmueble a ABSA, a los efectos de cumplir con el requerimiento establecido por el artículo 82 de la Ley 15.557 de Presupuesto para el ejercicio 2026.
Se recuerda que los certificados deberán solicitarse vía correo electrónico, en formato PDF, con firma digital u ológrafa (con sello) a la dirección que consignamos a continuación, desde donde se le enviará la liquidación de la deuda -si existiere- o la inexistencia de la misma: escribanos@aguasbonaerenses.com.ar
El Colegio se encuentra desarrollando un formulario editable, a fin de facilitar el procedimiento; el que estará disponible próximamente.
Régimen Penal Tributario – Ley 27.799
Inocencia fiscal
Se informa a los colegas que fue sancionada la Ley 27.799, que introduce modificaciones relevantes al Régimen Penal Tributario.
Se adjunta el informe elaborado por los asesores tributarios del Colegio.
SIE – Carga de escrituras enero 2026
Importante: los valores correspondientes a Sellos NO están actualizados en el sistema de AGIP
Se informa que la AGIP aún no ha realizado las actualizaciones correspondientes en su sistema para ajustar los parámetros a lo establecido por el Código Fiscal y la Ley Tarifaria de CABA para 2026. Por ello, se recomienda a los colegas NO cargar en el SIE los actos realizados durante el mes de enero, hasta que las actualizaciones de AGIP se encuentren operativas. Las mismas serán informadas por este medio.
AGIP: Resolución 580/25
La Resolución 580/25 de AGIP resuelve no computar, en el ámbito de ese organismo, los plazos procedimentales en los días hábiles administrativos comprendidos entre los días 2 y 15 de enero de 2026, ambas fechas inclusive.
ARBA: Resolución Normativa 33/25
Actualización de las tasas de interés aplicables a deudas fiscales en la Provincia de Buenos Aires
La Resolución Normativa 33/25 de ARBA sustituye los incisos 2) y 3) del artículo 1° de la Resolución Normativa N° 61/2012 y modificatorias, por los siguientes:
“2) Tres por ciento (3,0%) mensual, no acumulativo, para los siguientes conceptos: falta de pago de obligaciones fiscales de contribuyentes y responsables provenientes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, de Sellos, Inmobiliario, a los Automotores (vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación) y a la Transmisión Gratuita de Bienes; de la Contribución por la Venta de Energía Eléctrica (artículo 74 de la Ley Nº 11769, T.O. por Decreto N° 1868/2004, y modificatorias) y de las Tasas Retributivas de Servicios Administrativos y Judiciales; anticipos, retenciones, percepciones, demás pagos a cuenta y multas; desde sus respectivos vencimientos y hasta la fecha de pago, con excepción de lo establecido en el inciso siguiente.
3) Cuatro coma cinco por ciento (4,5%) mensual, no acumulativo, para los siguientes conceptos: cobros por vía de apremio de los importes adeudados por los contribuyentes y responsables detallados en el inciso anterior, desde la fecha de interposición de la demanda y hasta el efectivo pago”.
Entrada en vigencia: a partir del 1º de enero de 2026.
DNRPA: Disposición 901/25
La Disposición 901/25 de la DNRPA aprueba el modelo de Título del Automotor.
Entrada en vigencia: a partir del día de su publicación (22/12/25).
Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción 2026
INSCRIPCIÓN: Desde el 12/01/2026 hasta el 23/02/2026 EL CIERRE ES IMPRORROGABLE.
PROCEDIMIENTO:
1) Ingresar a www.colegio-escribanos.org.ar. Completar el formulario de datos personales y el formulario de antecedentes académicos, si los tuviere.
2) Formas de pago:
- Abogado: QR
- Matriculado: Tarjeta de débito por caja de legalizaciones
- Escribano Adscripto: Se debitará por la Boleta Ley 404.
3) Preinscripción: De acuerdo con el artículo 8° de la Ley N° 404 y únicamente en el caso que el postulante sea abogado –no escribanos matriculados en CABA– deberá adjuntar:
- copia certificada notarialmente en formato digital- de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía con no menos de seis años de naturalización
- copia certificada notarialmente en formato digital- del título de abogado
- comprobantes que acrediten antecedentes académicos, certificados notarialmente en formato digital (si los tuviera)
Aquellos ABOGADOS que se hayan inscripto durante el año 2025, NO DEBEN ADJUNTAR NI TÍTULO NI PARTIDA NUEVAMENTE.
4) Inscripción: Una vez que se verifiquen todos los adjuntos, recibirá un correo de confirmación.
COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $250.000 (único valor).
EXAMEN ESCRITO: 30/04/2026 en Av. Chorroarín 751, CABA.
– Acreditación de los postulantes. 8 h
– Inicio del examen: 9 h
EXAMEN ORAL: Fecha a confirmar por el Jurado.
Se realizará en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Es condición excluyente aprobar el examen escrito.
PUNTAJE PARA APROBACIÓN DE AMBAS INSTANCIAS: 5 puntos o más.
Comisión de Innovación: Newsletter 30
Se envía el Newsletter N° 30, elaborado por los miembros de la Comisión de Innovación, sobre lo más destacado en notartech.
Recordamos que todos los newsletter de esta Comisión se encuentran publicados en el sector Comisiones e Institutos.
Estos boletines informativos de difusión gratuita compendian el trabajo realizado por los miembros de la Comisión para receptar los avances tecnológicos que van teniendo lugar en la sociedad y que impactan en la actividad notarial.
