Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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GCBA-COVID

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Normativa compilada

Normativa ordenada en forma cronológica

Encuadernación de protocolos

El Colegio sugiere a los colegas tomar los recaudos necesarios a la hora de contratar servicios para la encuadernación de protocolos a fin de evitar inconvenientes en el cumplimiento de los plazos de entrega, el cuidado del protocolo y las dificultades que pueden presentarse, en algunos casos, para la realización de estudio de títulos.

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ARBA: Resolución Normativa Nº 78/14

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publicó la Res. Nor. Nº 78/14 mediante la cual establece que la Clave de Identificación Tributaria (CIT) será de uso obligatorio cuando se requiera la identificación fehaciente del usuario de servicios que brinda este organismo a través de Internet o de otro tipo de red de telecomunicaciones

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Advertencia a los otorgantes sobre la ley impositiva 2015

Se recuerda a los colegas que el art. 91 de la ley impositiva N° 14.653 para el año 2015 de la Provincia de Buenos Aires, sustituyó el texto del art. 46 del Código Fiscal, inc. i), donde actualmente se indica lo siguiente: ?i) Cuando los precios de inmuebles que figuren en los boletos de compraventa y/o escrituras sean notoriamente inferiores a los vigentes en plaza al momento de su venta, y ello no sea debidamente fundado y documentado por los interesados, por las condiciones de pago, por características peculiares del inmueble o por otras circunstancias la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires podrá, a los fines de impugnar dichos precios y fijar de oficio un precio razonable de mercado, solicitar valuaciones e informes a entidades públicas o privadas?. Es conveniente que los escribanos adviertan a los otorgantes sobre los aspectos de esta...

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral N° 1/2015

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad publicó la Disposición Técnico Registral N° 1/2015, mediante la cual se resolvió sustituir el artículo 2° de la Disposición Técnico Registral N° 12/2009, que quedará redactado de la siguiente manera: ?A partir de la tercera solicitud de prórroga se formarán actuaciones administrativas, las cuales tramitarán mediante la División Estudios y Referencias del Departamento Jurídico?.

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – Disposición Técnico Registral Nº 11/14

La Disposición Técnico Registral Nº 11/15 fue publicada en el Boletín Oficial del 13 de enero DE 2015, mediante la cual se establece que, a partir del 5 de enero, se habilita la Delegación Regional Cañuelas, que comprenderá los partidos de Cañuelas, General Las Heras, Lobos, Marcos Paz, San Miguel del Monte, Navarro, Roque Pérez y Saladillo.

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Agencia Gubernamental de Control (AGC) – Resolución Nº 781/14

La Agencia Gubernamental de Control (AGC) publicó la Resolución Nº 781/14, mediante la cual se establece la incorporación de los códigos de respuesta rápida “QR” en los certificados de habilitación que se otorguen para aquellas actividades que no requieran la presentación de planos ni habilitación previamente otorgada para ser libradas al uso (habilitaciones simples sin plano).

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Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Gestiones del Colegio

Con motivo de la publicación de la Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC), el Colegio realizó gestiones antes dicho organismo con el fin de simplificar el procedimiento requerido por el artículo 7 de la norma, donde se establece que los planos deberán ser certificados por escribano público, escaneados y subidos a la encomienda digital en formato?jpg?.

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Administración Federal de Ingresos Publicos Resolución General 3704

La Resolución General 3704 de la Administración Federal de Ingresos Públicos establece que los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) podrán continuar utilizando los comprobantes impresos con anterioridad al día 1 de noviembre de 2014 que tengan en existencia, aún después del vencimiento del plazo establecido en el Artículo 3° de la Resolución General N° 3.665, siguiendo los procedimientos que establece esta normativa.

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Agencia Gubernamental de Control Resolución Nº 766/14 – Habilitaciones on line

La Resolución Nº 766/14 de la Agencia Gubernamental de Control (AGC) aprobó la implementación de la solicitud de trámite de habilitaciones online respecto de aquellas actividades comerciales que comprendan locales con una superficie total de hasta 500 m2 inclusive, que requieran la presentación de planos y puedan ser libradas al uso sin habilitación previamente otorgada (Habilitaciones Simples con Plano).

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Actualización de la tabla de actos notariales Sistema Integrado de Escrituras (SIE)

A raíz de algunos inconvenientes en el sistema, la AGIP informó a este Colegio que las autorizaciones de viaje y de conducir autorizadas durante el mes de diciembre de 2014 deben declararse bajo el código 48 del SIE, a pesar de la leyenda que indica: “Código 48 Asentimientos, consentimientos, manifestaciones y autorizaciones” (excepto autorizaciones de conducir y de viaje) IMPORTANTE Las autorizaciones a partir del mes de enero de 2015 se declararán bajo los nuevos códigos, que se detallan a continuación: “Código 241 Autorizaciones de conducir” “Código 242 Autorizaciones de menores para salir al...

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad – DTR Nº 10/2014

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad ha publicado la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014 mediante la cual se establece que los servicios de publicidad de trámite regulados en el apartado I, B) del artículo 3º de la Ley Nº 10.295 y sus modificatorias, y los certificados de dominio y anotaciones personales de trámite simple regulados en el apartado I, A, puntos 7 y 8 de la mencionada ley, no podrán ser observados por reposición incompleta del pago de la Tasa Especial por Servicios Registrales cuando el único motivo de observación sea la falta de pago correcta de servicio. La presente disposición será aplicable a todos los documentos que ingresen a partir del 1º día habil del 2015. Haga clic aquí para acceder al texto de la...

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Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

INSCRIPCIÓN: desde el 05/01/2015 hasta el 19/02/2015. LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables. REQUISITOS: Presentación de una nota en la oficina de Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos solicitando la inscripción en el examen, en la que deberán constar nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail, a la que se adjuntarán copias certificadas de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía, en su caso, y del título de abogado expedido o revalidado por universidad nacional o legalmente habilitada. Podrá admitirse otro título expedido en igual forma siempre que su currículo abarque la totalidad de las materias y disciplinas análogas a las que se cursen en la carrera de abogacía de la Universidad de Buenos Aires. Cabe destacar que, para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8° de la Ley Nº 404, modificada por la Ley Nº 3933. COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 1.700 (mil setecientos pesos) que se abonan en las cajas de Tesorería, en la planta baja de Av. Las Heras 1833, de 9:30 a 15 h. EXAMEN ESCRITO: 30 de abril de 2015, a partir de las 7 h. LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires. APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404). EXAMEN ORAL: a confirmar por el Jurado LUGAR: sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. APROBACIÓN: 5 o más puntos...

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Inspección General de Justicia (IGJ) – Horarios de atención del verano

La Inspección General de Justicia ha informado el esquema de atención que tendrá durante el mes de enero de 2015, debido a la disminución del flujo de trámites durante la feria judicial: Mesa de Entradas: durante el mes de enero de 2015, el horario de recepción de trámites en la sede central de Paseo Colón 285 será de 9:30 a 12 h, salvo para los trámites urgentes, que se recibirán de 8 a 9 h. La Mesa de Atención a Matriculados que funciona en el Colegio atenderá de 9.30 a 12 horas. Departamento de Rúbrica: trámites urgentes, de 11 a 12 h. El resto de los trámites se recibirán en el horario de 11 a 13. Plazo del trámite urgente: 96 horas es el plazo para la sustanciación de trámites precalificados registrales (de los departamentos de Precalificación de sociedades comerciales, Personería Jurídica de entidades civiles, Oficina de entidades extranjeras y Asuntos Especiales, y para los trámites del departamento de Rúbrica). Recepción de oficios judiciales: sólo se recibirán aquellos que tengan carácter de urgente (los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; los provenientes de organismos instructorios en materia penal; otros análogos). Mesa de entradas departamento de Control Contable sociedades comerciales y entidades civiles: recepción y retiro de trámites, de 10 a 12 h. Trámites excluidos: no se recibirán durante el mes de enero de 2015: – Trámites ordinarios de los departamentos de Precalificación de Sociedades Comerciales y de Personería Jurídica de Entidades Civiles, entre el...

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Certificados de Depósito para Inversión CEDIN Tratamiento impositivo informado por el Banco Central de la República Argentina y la Administración Federal de Ingresos Públicos

Tanto el Banco Central de la República Argentina (BCRA) como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron al Consejo Consultivo Impositivo, al que concurre nuestro Colegio en forma habitual, el tratamiento impositivo que se le debe dar a los Certificados de Depósito para Inversión (CEDIN). En particular la autoridad monetaria informó que ?no corresponde asignar a los CEDIN el carácter de título público.” Con motivo de ello los efectos tributarios para las personas físicas serían: Exteriorización y tenencia de CEDIN. ?En relación con el Impuesto a las Ganancias: El incremento patrimonial producido por la exteriorización constituye una Renta Exenta conforme a lo establecido en el artículo 9 inc. c) de la Ley 26.860. La diferencia de cambio generada por el incremento del valor de cotización entre la fecha de adquisición y la del cierre del período fiscal se encuentra exenta por aplicación del artículo 20 inc. v) de la ley de Impuesto a las Ganancias. ?En relación con el Impuesto sobre los Bienes Personales Tratándose de un Certificado emitido por el Banco Central de la República Argentina, no se encontraría comprendido en la exención dispuesta por el artículo 21 inc. g) de la Ley 23.966. En consecuencia, estaría gravado al último valor de cotización – Tipo de Cambio Comprador – del Banco de la Nación Argentina al 31 de diciembre. Cesión de CEDIN La ganancia por la venta de los CEDINES no resultaría alcanzada por aplicación de la Teoría de la Fuente artículo 2 apartado 1) Ley de Impuesto a las Ganancias. El impuesto del 15% establecido por la reforma de la Ley de Impuesto a las Ganancias(Ley...

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