El cambio nos impulsa y nuestra misión se consolida.
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires,
160 años al servicio de la comunidad.

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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 160 años al servicio de la comunidad.

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Normativa compilada

Normativa ordenada en forma cronológica

Inspección General de Justicia (IGJ): Resolución General 4/2016

La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado en el Boletín Oficial del 2 de febrero la Resolución General 4/2016, mediante la cual se suspende por el término de 90 días hábiles, a partir del dictado de la presente, el Operativo Declaración Jurada Res. Gral. IGJ Nº 1/2010 (reempadronamiento) y se deja sin efecto el artículo 1º de la Res. Gral. IGJ Nº 4/2014.

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Asesores del Colegio

Se recuerda que los escribanos León Hirsch y Antonio Iapalucci además de brindar asesoramiento sobre cuestiones registrales también brindan asesoramiento jurídico-notarial a los colegas que así lo requieran, a fin de descentralizar la atención de los distintos asesores.

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Implementación del nuevo acceso único a los trámites on line restringidos en la web del Colegio

Les recordamos que desde el jueves 28 de enero, los escribanos cuentan con un acceso único a todos los trámites restringidos que realizan a través del sitio web institucional, mediante el mismo usuario y clave que, ya venían utilizando. Esta modalidad permite un ingreso más directo y unificado a todos los servicios y gestiones de la página del Colegio. En caso de requerir el cambio de clave, este acceso permitirá el blanqueo y envío automático de la misma, en cualquier momento del día. Por ello, es importante que los colegas, a través de la Autogestión de Correo Electrónico, mantengan actualizada su dirección de correo electrónico, y en caso de poseer más de una dirección registrada, especifiquen cuál es la predeterminada (a la que el sistema remitirá de manera automática la clave). Haga clic aquí para acceder al acceso restringido...

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Inspección General de Justicia Resolución General Nº 1/2016

La Inspección General de Justicia publicó en el Boletín Oficial del día de la fecha la Resolución General 1/2016, mediante la cual se prorrogó hasta el 15 de febrero de 2016 el plazo para presentar la declaración jurada prevista en el segundo párrafo del artículo 513 de la Resolución General I.G.J. N° 7 del 28 de julio de 2015. Haga clic aquí para acceder a la Resolución General Nº...

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Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires para 2016 Informe de los asesores del Colegio

A partir de la publicación de la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires para 2016, los asesores impositivos del Colegio elaboraron un informe con las principales modificaciones introducidas por esta norma, al cual se accede a través del link que se encuentra al pie de este mensaje. Haga clic aquí para acceder al informe sobre la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos Aires Haga clic aquí para acceder a la Ley Impositiva 14.808 de la Provincia de Buenos...

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Junta Ejecutiva del Consejo Federal del Notariado Argentino

El 1º de enero del corriente año entraron en funciones los nuevos integrantes de la Junta Ejecutiva del Consejo Federal del Notariado Argentino para el período 2016-2017, de acuerdo a lo resuelto por unanimidad en la III Asamblea Ordinaria anual 2015 del CFNA, que tuvo lugar en nuestra ciudad en el mes de diciembre. A continuación se detalla la conformación de la Junta Ejecutiva, entre quienes se encuentra el escribano Diego Maximiliano Martí, en representación del notariado de nuestra demarcación. Presidente: José Alejandro Aguilar Vicepresidente 1ª: Ángela Bonetto de Cima Vicepresidente 2º: Carlos Manuel Panizza Secretario: Javier Hernán Moreyra Secretario: Diego Maximiliano Martí Tesorero: José María Botello Protesorero: Ana María Canil de Parra Vocal: María Graciela Pereyra Pigerl Vocal: Liliana Esther Graffigna de Dosio Vocal: María V. Molina de Mendilaharzu Vocal: Tomás Augusto Quarta Órgano de Fiscalización: Titular: Silvia Cecilia Blasco Titular: Alicia Motta Titular: Víctor Luis Arce Suplente: Carlos Alberto...

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Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires: Resolución Normativa Nº 69/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 69/15, mediante la cual se establece que hasta tanto se reglamente el ejercicio de los derechos reales de Propiedad Horizontal y Conjuntos Inmobiliarios, regulados el los Títulos V y VI, respectivamente, del Libro Cuarto del Código Civil y Comercial de la Nación, deberán aplicarse las normas del Decreto Provincial Nº 2489/63 y su modificatorio, así como las disposiciones establecidas a los efectos de su implementación. Haga clic aquí para acceder al texto de la...

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ARBA: Disposición Nº 6117/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Disposición 6117, mediante la cual sustituye artículos de la Disposición N° 2010/94 de la Dirección Provincial de Catastro Territorial referida a estado parcelario, base valuatoria, trámites y plazos.

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ARBA – Resolución Normativa Nº 64/15

La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución Normativa Nº 64/15, mediante la cual se resolvió extender, hasta el 29 de febrero de 2016, la vigencia del régimen para la regularización de deudas provenientes de los Impuestos Inmobiliario Básico y Complementario a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

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Portal de Enlace del Colegio

Informamos a los colegas que se encuentra disponible en la página web del Colegio el servicio denominado “Portal de Enlace” para dar respuesta a consultas de los colegiados por problemas extraordinarios que se presentan en la realización de trámites ante los diversos organismos públicos, y cuyo planteo ?a nivel personal- resulta infructuoso o de difícil seguimiento. Funciona para aquellas situaciones anómalas o extraordinarias que pudieran plantearse en trámites en curso. El organismo involucrado -a través de un responsable interno- recibe la información en forma directa y brinda una respuesta o la resolución del problema. Este servicio ofrece una comunicación ágil y directa con AGIP, AFIP, AySA e IGJ. El ?Portal de Enlace? no brinda asesoramiento ni tampoco es su función responder consultas. Para esos casos, el escribano deberá solicitar los instructivos correspondientes o bien dirigirse a las asesorías que funcionan en el Colegio. ¿Cómo funciona? Ante una situación atípica o extraordinaria en un trámite presentado en alguno de los organismos mencionados, el escribano deberá ingresar en la sección ?Trámites? de la página web del Colegio y seguir los pasos que allí se indican, a fin de comunicar el problema. La Comisión de Enlace se contactará con la persona designada dentro del organismo respectivo para explicar la situación y, una vez obtenida la respuesta, se la comunicará al escribano consultante. Haga clic aquí para acceder al instructivo Haga clic aquí para acceder al “Portal de...

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AGIP: Solicitud de informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas

Se recuerda a los colegas la modalidad del trámite para los informes de deuda inmobiliaria (F1) para partidas exentas: ? El sistema web de AGIP no permite seguir el trámite de partidas exentas. ? Los certificados con partidas exentas deben ingresar por el Colegio de Escribanos en soporte papel. En el caso de haber realizado el trámite vía web y el sistema de la AGIP informe “Error Partida Exenta” consumiéndole el timbrado: ? Al presentar en el Colegio de Escribanos el F1 en soporte papel, se deberá adjuntar una impresión donde figure dicho error a fin de demostrar que el trámite ya se encuentra...

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Suplemento La Ley – Obligaciones en moneda extranjera y el Código unificado

El 9 de septiembre de 2015 se realizó en la sede del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires una mesa redonda, que contó con la participación de los doctores Jorge Horacio Alterini (A.), Juan M. Diehl Moreno (D. M.) y Martín Esteban Paolantonio (P.), bajo la moderación del escribano Norberto Rafael Benseñor (B.), para abordar los cambios introducidos por el Código Civil y Comercial con respecto a las obligaciones en moneda extranjera.

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ARBA – Prórroga de la apertura de la base catastral

De acuerdo a lo informado por la Gerencia General de Información y Desarrollo Territorial de ARBA: ” la apertura de la base catastral prevista para el 7 de enero de 2016, se prorrogará hasta la sanción de la Ley Impositiva para el ejercicio fiscal 2016. Hasta que eso ocurra, se permitirá el ingreso de trámites catastrales pero no se realizará la expedición de los...

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Campus virtual: cursos disponibles

Se informa a los colegas que en el Campus Virtual del Colegio se encuentran disponibles 5 cursos que permiten acreditar puntaje para el cumplimiento de los artículos 38 y 39 de la Ley 404. Estas actividades se encuentran ubicadas dentro la carpeta ?Cursos que acreditan puntos? en la portada principal del Campus.

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Mención del Colegio en los medios

En el día de ayer, martes 5 de enero, fue publicada en el portal www.diariojudicial.com una nota titulada “No discriminen a los escribanos”, referida al fallo favorable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto de la alícuota diferencial para el Impuesto de Sellos de las escrituras que tuviesen por objeto inmuebles ubicados en Provincia de Buenos Aires y fueran otorgadas fuera de ella.

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Concurso público para escribanos

Se informa a los colegas que el próximo 2 de febrero a las 15 h se abrirá el concurso público para la contratación de Servicios profesionales de escribanos públicos en operaciones crediticias inmobiliarias para otorgamiento de actos notariales de transferencia de dominio con hipoteca simultánea solicitados por la sección Vivienda de la Superintendencia de Bienestar de la Policía Federal Argentina.

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Código Fiscal y Ley Tarifaria de la CABA para 2016

Ley 5494 para 2016 y la Ley 5493, que introduce modificaciones al Código Fiscal.  Ambas normas rigen desde el 1º de enero de 2016. Los asesores impositivos del Colegio han elaborado un informe en el cual se darán a conocer las principales modificaciones. No obstante ello, adelantamos puntos de especial interés para la actividad diaria. IMPORTANTE: 1 – El requirente que realice declaración jurada de “única propiedad con destino a vivienda” a fin de beneficiarse con la exención del impuesto de sellos, deberá acreditar dicha declaración mediante la correspondiente solicitud de informe ante el Registro de la Propiedad Inmueble (F3) y el escribano deberá referenciar tanto la declaración jurada del requirente como el certificado registral en la correspondiente escritura. 2 – El monto de exención en el impuesto de sellos para las transferencias de dominio y contratos de compraventa que tengan por objeto vivienda única, familiar y de ocupación permanente, y que constituyan la única propiedad en cabeza de cada uno de los adquirentes, se elevó a $ 975.000 (anterior $ 750.000). 3 – Se encuentran exentas las transferencias de dominio de terrenos baldíos con destino a construcción de vivienda, siempre que la valuación fiscal o el V.I.R. no supere los $ 19.500 (anterior: $ 15.000). Los textos completos se encuentran disponibles en los links al pie de este mensaje. Haga clic aquí para acceder a la Ley 5494 (Ley Tarifaria) Haga clic aquí para acceder a la Ley 5493 modificatoria del Código Fiscal para el...

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Actualización de los derechos de escritura para determinados actos de otras jurisdicciones

Tal como fuera informado el 21 de diciembre de 2015, de acuerdo a lo resuelto en la Asamblea Extraordinaria del 29 de junio de 2015, se recuerda al notariado que se implementó un Fondo Anticíclico Previsional, compuesto por los derechos de escritura sobre determinados actos de otras jurisdicciones, que aportan el 0,1 %, a partir del 1º de enero de 2016, con un monto mínimo.

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Modalidades de pago no presencial

Se recuerda a los colegas que el Colegio cuenta con distintas modalidades de pago no presencial para la boleta Ley 404, la boleta de aportes de la Caja Notarial y las cuotas de los préstamos contraídos en el Colegio. Estas opciones habilitadas suponen la ventaja de poder realizar la gestión en menor tiempo y sin necesidad de concurrir de manera presencial a la institución. Recomendamos a los colegas familiarizarse con estas formas alternativas de pago y tenerlas en cuenta para próximos trámites.

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble

La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha informado mediante el instructivo Nº 005 que, a raíz de la falta de sanción de la Ley Impositiva correspondiente al año 2016, hasta nueva disposición quedan prorrogadas las Tasas Especiales por Servicios Registrales establecidas por la Ley 14.653 y la Disposición Técnico Registral Nº 10/2014.

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Llamado a concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción

INSCRIPCIÓN: desde el 04/01/2016 hasta el 22/02/2016. LUGAR: Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, en el horario de 9:30 a 16:00. La fecha y el horario de cierre de la inscripción son improrrogables. REQUISITOS: Presentación de una nota en la que consten nombres y apellidos completos, documento de identidad, domicilio, teléfono y dirección de mail. Debe adjuntarse copia certificada de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía y del título de abogado, de acuerdo al artículo 8° de la Ley Nº 404. Aquellos que concursen por la titularidad del registro, podrán acompañar los comprobantes de sus antecedentes para ser evaluados por el jurado en original o en fotocopias certificadas. En ningún caso se desglosarán antecedentes que se hubieren presentado en años anteriores. Cabe destacar que para inscribirse en la matrícula profesional, deberán reunirse los requisitos establecidos en el artículo 8º de la Ley Orgánica Notarial 404, modificada por Ley Nº 3933. COSTO DE LA INSCRIPCIÓN: $ 2.200 (dos mil doscientos pesos) que se abonan en las cajas de Av. Las Heras 1833, PB, de 9:30 a 15 h. EXAMEN ESCRITO: 27 de abril de 2016, a partir de las 7 h. LUGAR: Sede del Colegio de Escribanos, Av. Chorroarín 751, Ciudad de Buenos Aires. APROBACIÓN: 5 puntos o más (artículo 46 de la Ley 404). EXAMEN ORAL: fecha a confirmar por el Jurado, a realizarse en el Colegio de Escribanos de la CABA. APROBACIÓN: 5 o más puntos Haga clic aquí para consultar el temario Haga clic aquí para acceder al...

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Pautas del Consejo Directivo para la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales

Se informa a los colegas que el Consejo Directivo resolvió, respecto de la legalización de asentimiento conyugal y certificación de impresiones digitales, lo siguiente: Asentimiento Conyugal: El asentimiento conyugal requiere ser documentado en escritura pública en los contratos que tienen por objeto la adquisición, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles, en las donaciones de cosas muebles registrables y en los contratos de prestaciones periódicas o vitalicias. El Departamento de Legalizaciones observará todo documento que no cumpla con lo previsto anteriormente, salvo que fuere a utilizarse en el extranjero, en cuyo caso se aplicará lo previsto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes, que se deberá transcribir en el documento o en la certificación: “El instrumento no cumple con las formas exigidas por las leyes vigentes en la República Argentina, debiendo juzgarse su validez con sujeción a las normas del Estado donde ha de ejercerse, conforme voluntad del otorgante y lo dispuesto en el art. 2º de la Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero suscripta en Panamá el 30/01/75” Certificación de Impresiones Digitales: A los efectos de la legalización de certificaciones de impresiones digitales el Departamento de Legalizaciones verificará el cumplimiento de lo estipulado por el art. 26 del Reglamento de Certificación de Firmas e Impresiones Digitales. “CAPÍTULO VI ? Certificación de impresiones digitales Art. 26. De acuerdo con lo previsto en el artículo 313 del Código Civil y Comercial de la Nación, el escribano autenticará impresiones digitales o las firmas de los dos testigos en los documentos privados cuando el otorgante no sepa o...

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Fallo sobre el pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble

Se pone a disposición de los colegas un fallo de la Cámara Civil y Comercial de Bahía Blanca caratulado “CARPO, Elena Nora c/ PERALTA, Ceferino Víctor Alberto, CUMPLIMIENTO de CONTRATO” mediante el cual se obligó al pago de una deuda en dólares por la compra de un inmueble, aplicando como lineamiento el Código Civil ya derogado, teniendo en cuenta que el contrato se había celebrado bajo la vigencia del Código de Vélez. Haga clic aquí para acceder al...

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