El cambio nos impulsa y nuestra misión se consolida.
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires,
160 años al servicio de la comunidad.

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Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, 160 años al servicio de la comunidad.

Presidencia / Jefatura de Gabinete

Archivo de Protocolos Notariales – Sede Chorroarín: sin atención al público el 3/5

Con motivo de la reprogramación del Concurso de Oposición y Antecedentes para el jueves 2 de mayo y, debido a cuestiones operativas y de organización interna, no se brindará atención al público el viernes 3 de mayo en la sede del Archivo de Chorroarín 751.

El resto de las actividades de expedición de documentación, fotocopiado, escaneado y Copia Simple Digital se desarrollarán normalmente, salvo alguna demora que pueda producirse por los preparativos del examen.

La próxima semana se retomará la atención habitual de los martes y jueves de 9.30 a 14.30.

Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo 2019

Les acercamos los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en marzo de 2019. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.

Actos de escrituras de compraventa:            2738

 Monto involucrado:                              $13.031 millones

 La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el tercer mes de 2019 una baja de 55,4% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2.738 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas bajó 28,1%, con $13.031 millones. Es el décimo mes consecutivo con caída en la medición interanual.

En comparación con febrero de 2019, los actos se recuperaron 27,8% en cantidad, y aumentaron 36,7% en pesos.

El monto medio de los actos fue de $4.759.371 (111.879 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 61,3% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense bajó 22%.

En marzo, las escrituras formalizadas con hipoteca bancaria totalizaron 197 casos, 91,1% menos que las registradas un año antes. Representaron el 7% del total, frente al 36% de un año antes.

Si se miden los trimestres con hipotecas, 2019 es el período más bajo desde que se tienen datos de la serie histórica que arrancó en 2009.

En la comparación mensual, se dio una recuperación del 27,8%, atento también a un factor estacional dado que marzo es un mes de mayor actividad que febrero.

Por último, se anexa un cuadro con la evolución en la cotización mensual del dólar desde el año 2016.

Descargar información sobre la cantidad de escrituras por mes

Descargar el comparativo anual por mes

Descargar  el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria 

Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares

Descargar franja de montos operados en operaciones de compraventa

Descargar comparativo 3 meses con hipotecas

Descargar comparativo 3 meses

Prórroga del Concurso de Oposición y Antecedentes

Jueves 2 de mayo  – Av. Chorroarín 751

El Jurado del Concurso de Oposición y Antecedentes para la Adjudicación de Registros Notariales y Evaluación de Idoneidad para Postulantes a Adscripción, presidido por el Tribunal de Superintendencia del Notariado, ha decidido en el día de la fecha, debido a las medidas de fuerza anunciadas para el martes 30 de abril, prorrogar el examen escrito para el jueves 2 de mayo a las 9 h (acreditación de postulantes 8 h) en la sede de Av. Chorroarín 751.

XX Congreso de Derecho Registral

San Fernando del Valle de Catamarca, del 13 al 15 de junio de 2019

Se informa a los colegas que se ha prorrogado hasta el 15 de mayo el valor bonificado para participar del XX Congreso Nacional de Derecho Registral en la provincia de Catamarca, en homenaje al Dr. Jorge Alterini que se realizará en la provincia de Catamarca del 13 al 15 de junio de 2019.

Más información sobre el evento: https://www.universidadnotarial.edu.ar/una/?page_id=1010

Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes (ITGB) – Provincia de Buenos Aires

Se recuerda a los señores escribanos que se encuentra plenamente vigente el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes de la Provincia de Buenos Aires, incorporado al Código Fiscal de esa jurisdicción.

En la práctica diaria de nuestras escribanías podemos encontrarnos con variados actos jurídicos que requieren nuestra verificación y control sobre este impuesto. En especial hacemos notar los siguientes: Donaciones de bienes ubicados en PBA, Compraventa de inmuebles de PBA cuyo antecedente (directo o por tracto) proviene de sucesiones con causantes fallecidos luego de 2011, Donaciones de dinero o de otros bienes con independencia de la ubicación pero con domicilio del donatario declarado en PBA, Particiones con manifiesta inequivalencia de adjudicaciones sin compensación alguna sobre bienes ubicados PBA, etc.

El escribano si bien NO ha sido establecido como Agente de Recaudación del impuesto, sí está obligado al control y verificación tanto del envío de la Declaración Jurada como del pago (siempre que la obligación se halle vencida). El incumplimiento puede aparejar responsabilidad tributaria del Agente de Información (vg. el escribano).

Se transcriben dos artículos de especial importancia a considerar:

ARTÍCULO 324 – Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 322 del presente Código, el pago del impuesto deberá ser previo o simultáneo a todo acto de disposición, por parte del beneficiario, de los bienes que integraren su enriquecimiento a título gratuito.- Los jueces, funcionarios, compañías de seguro y escribanos públicos deberán exigir la justificación del envío de la declaración jurada y/o pago, de corresponder, por parte del sujeto obligado respecto del enriquecimiento a título gratuito por el cual hubiera adquirido los bienes de los que se intenta disponer. En su defecto, deberán informar dicha circunstancia a la Autoridad de Aplicación, conforme lo establezca la reglamentación.

Más allá del supuesto previsto precedentemente, no se podrá dar curso a las acciones siguientes, sin constatación de la presentación de la declaración jurada y/o pago, de corresponder, o bien traslado o puesta en conocimiento de la Autoridad de Aplicación, conforme lo establezca la reglamentación:

a) Expedición, por parte de escribanos públicos, de testimonios de declaratorias de herederos, hijuelas o escrituras de donación u otros actos jurídicos que den lugar al pago de este impuesto; …

El incumplimiento de las obligaciones y deberes que surjan por aplicación del presente artículo, será sancionado de conformidad a las normas correspondientes de este Código.

ARTÍCULO 39  – El artículo 39 del mismo cuerpo legal establece que “los escribanos, … están obligados a suministrar información o denunciar los hechos que lleguen a su conocimiento en el desempeño de sus actividades profesionales o funciones y que puedan constituir o modificar hechos imponibles.

Con la finalidad de controlar el pago de los gravámenes, los profesionales y funcionarios mencionados deberán suministrar a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, en los casos, forma y plazos que establezca la reglamentación, la información relativa a actos, contratos u operaciones en los que hubieran intervenido o tomado conocimiento, en ocasión del cumplimiento de sus funciones. En caso de incumplimiento resultarán, en forma personal, solidariamente responsables del pago del gravamen omitido total o parcialmente, intereses, recargos, multas y sus accesorios, o del perjuicio que pudiese derivar para el fisco de tal incumplimiento.

Secretaría de la Vivienda: Resolución 29/19

 

La Secretaría de la Vivienda publicó la Resolución 29/19, mediante la cual se aprueba el “Procedimiento para la obtención del certificado de inclusión en el programa de Desarrollo de Vivienda Social”, en el marco de lo establecido en el art. 96 y subsiguientes de la Ley 27.467, que será aplicable a las empresas ejecutoras de obras que realicen trabajos que se encuadren en lo establecido en el inciso a) y b) artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (t.o. 1997) y sus modificatorias, en tanto sus proyectos inmobiliarios cumplan, en forma conjunta, con los demás requisitos establecidos en la presente resolución y esté concebida para hogares de ingresos que oscilen entre 2 SMV hasta 8 SMVA.

Haga clic aquí para acceder al texto de la norma

Actualización de las tasas de intereses punitorios

Por Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda, se modificaron las tasas de intereses resarcitorios y punitorios, y se establecieron las pautas para que la AFIP calcule y actualice estas tasas, de manera trimestral.

El Colegio aplica estos intereses de acuerdo al cálculo que la AFIP realiza  para  los intereses punitorios por pago fuera de término, tanto para las cuotas asistenciales de la Caja Notarial como para los conceptos incluidos en las boletas de aportes de la Ley 404.

Atento a lo dispuesto por esta norma del Ministerio de Hacienda , el Consejo Directivo resolvió, mediante la Resolución 136/2019, efectuar entonces una revisión trimestral de los valores y una aplicación automática de los mismos por parte de la Tesorería del Colegio.

 

 

 

Solicitud gratuita de copias digitales de planos ante el GCBA

Se remite a los colegas un instructivo para poder gestionar, de manera gratuita, ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la copia digital de los planos de mensura, horizontalidad, prehorizontalidad y catastro de inmuebles ubicados en la ciudad.

Para poder efectuar este trámite deberán contar con:

  1. Clave Ciudad Nivel 2
  2. La copia digital del título de propiedad del inmueble

De esta manera, el escribano puede adicionar un nuevo servicio en el asesoramiento integral para sus requirentes.

Haga clic aquí para acceder al Instructivo

Haga clic aquí para acceder al TAD de Ciudad de Buenos Aires

Sistema de Apostilla Digital: Nuevos plazos de despacho de documentación

Se recuerda a los colegas que, a raíz de la implementación por parte de Cancillería y de la Secretaría de Modernización del sistema de apostilla digital mediante la plataforma TAD, se están verificando importantes inconvenientes y demoras en la realización de dichos trámites, debido a que el sistema no permite la individualización y búsqueda de cada trámite.

Atento a ello, informamos que el nuevo plazo para el despacho de trámites correspondientes a Apostillas, Habilitados y Habilitados Consulares es de 7 días hábiles. Asimismo, el ingreso de los documentos deberá realizarse de 9.30 a 12 h y el retiro de 13 a 15 h.

Para su presentación, el trámite continúa siendo presencial y la documentación debe presentarse en formato papel. El nuevo sistema sólo ha modificado el trabajo interno que debe realizar el Colegio para la emisión de la apostilla.

 A los efectos prácticos, la apostilla digital:

  • Opera para el solicitante del trámite del mismo modo que el sistema anterior.
  • La documentación debe presentarse en formato papel.
  • El trámite es presencial, incluso en el caso de documentación digital, la que debe presentarse impresa para el apostillado.
  • La apostilla digital no utiliza la foja azul de seguridad utilizada por el anterior sistema.

Estamos realizando nuestro mayor esfuerzo para reducir la demora en la entrega de estos trámites. Agradecemos su comprensión y colaboración ante estos inconvenientes.

Universidad de Salamanca: 45ª Edición de los Cursos de Especialización en Derecho

Se hace llegar a los colegas la información relativa a la 45ª edición de los Cursos de Especialización en Derecho de la Universidad de Salamanca, que se celebrarán entre los días 10 y 26 de junio en Salamanca, España.

Los Cursos de Especialización en Derecho están dirigidos a titulados superiores en materias jurídicas o afines, interesados en profundizar su formación sobre alguna de las disciplinas convocadas. A lo largo de las 44 ediciones celebradas hasta el presente, cerca de 11.000 juristas procedentes de más de 20 países han confiado en la actualización de sus conocimientos a través de este curso.

Cursos convocados

  • Contratos y daños.
  • Crimen organizado, corrupción y terrorismo.
  • Derecho del Seguro: estado actual y perspectivas de futuro.
  • Derecho Penal, parte especial: nueva delincuencia.
  • Herramientas constitucionales para la crisis de las democracias contemporáneas.
  • Instituciones de Derecho Administrativo: entre innovación y globalización.

Los cursos estarán a cargo de un magnifico equipo docente, integrado por expertos nacionales e internacionales que garantiza la calidad de estos programas.

Para más información: http://fundacion.usal.es/ced/

 

RPI de la Capital Federal: Aviso referido a la Disp. Adm. 95/19


Incremento de las contribuciones Ley 17.050

 A raíz de la publicación de la Disposición Administrativa 95/19 referida al incremento de las contribuciones de la Ley 17.050, la Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal informa que las escrituras otorgadas con anterioridad al 22 de abril de 2019 (fecha de entrada en vigencia de la norma), cuyo ingreso se produzca antes del día 5 de junio de 2019, abonarán las contribuciones sin los incrementos establecidos por la mencionada disposición.

Haga clic aquí para acceder a la Disp. 95/19

AGIP Rentas: Obligaciones pendientes – Partidas afectadas

Respecto de la emisión de boletas de pago en el caso de “obligaciones pendientes” que figuran en los estados de deuda de ABL, se informa a los colegas que la afectación de partida puede producirse por deuda proveniente de alguno de los siguientes gravámenes:

– Servicios especiales
– Vallas provisorias
– Residuos Áridos

Para la solicitud de la boleta de pago, el escribano o autorizado deberá presentarse con el certificado de deuda correspondiente en la delegación de AGIP que funciona en el Colegio, sede de Av. Las Heras, con la siguiente información:

– N° de Partida
– CUIT
– Razón social
– Indicar si se trata de terreno baldío

Una vez recibida la documentación y emitida la boleta, la dependencia de AGIP se comunicará con el escribano a fin de hacer entrega de la misma. Efectuado el pago en el Banco Ciudad, se deberá presentar en la delegación del Colegio con copia del pago realizado.

Instituto de Filosofía – Reuniones quincenales

La próxima reunión del Instituto de Filosofía será el jueves 25 de abril a las 19 h en la Sala Betolaza, Av. Callao 1542, 1º piso. En sus reuniones quincenales de este año se abordarán los siguientes temas:

– Derecho y Lenguaje
– Filosofía de la tecnología
– Análisis económico del Derecho
– Eutanasia
– Suerte moral y suerte legal
– Derecho y coherencia

A partir del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española que se celebró en la provincia de Córdoba, el Instituto discutirá sobre la cuestión de la lengua y temas como: Filosofía del lenguaje, sus más grandes expositores; Relación entre el Derecho y Lenguaje, Semiótica y Lingüística; ¿Hay un lenguaje notarial?, entre otros.

Se ruega confirmar asistencia vía  e-mail a comisionesinstitutos@colegio-escribanos.org.ar, aunque las charlas serán abiertas a todos los interesados en concurrir.

Sistema de Apostilla Digital – Demoras e inconvenientes

Se informa a los colegas que, debido a la implementación del sistema de apostilla digital dispuesto por la Secretaría de Modernización Administrativa, se están verificando importantes inconvenientes en el desarrollo del trámite, ya que la plataforma TAD -a través de la cual el Departamento de Legalizaciones debe realizar la apostilla- provoca un retraso en la generación y su posterior individualización, produciendo una demora superior a la esperada. Por este motivo resulta imposible cumplir con los plazos de entrega estipulados.

Estamos realizando todos los esfuerzos necesarios para evitar mayores problemas y atrasos para los usuarios.

Concurso de Oposición y Antecedentes – Adjudicación de Registros Notariales y Evaluación de Idoneidad para Postulantes a Adscripción

 

Se informa a los colegas que, sin perjuicio de la movilización anunciada por algunas centrales de trabajadores para el martes 30 de abril, el examen escrito del concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales y evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción se realizará normalmente en la sede de Av. Chorroarín 751 a las 9 h (acreditación de postulantes 8 h).

* Información en proceso de actualización

IMPORTANTE (Actualización  al 29-04-2019): 

El Jurado del Concurso de Oposición y Antecedentes para la Adjudicación de Registros Notariales y Evaluación de Idoneidad para Postulantes a Adscripción, presidido por el Tribunal de Superintendencia del Notariado, ha decidido en el día de la fecha, debido a las medidas de fuerza anunciadas para el martes 30 de abril, prorrogar el examen escrito para el jueves 2 de mayo a las 9 h (acreditación de postulantes 8 h) en la sede de Av. Chorroarín 751.

Instituto de Derecho Procesal

Se informa que la próxima reunión del Instituto será el miércoles 17 de abril, excepcionalmente a las 11 h, en Av. Las Heras 1833, Sala San Martín, 6º piso, luego de la celebración de la ceremonia interreligiosa que se realizará con motivo del 153º aniversario del Colegio.

 

Centro de Atención a Profesionales Matriculados de la IGJ – Inconvenientes en la recepción de trámites

Se informa a los colegas que, debido a un desperfecto técnico del Centro de Atención a Profesionales Matriculados de la IGJ que funciona en el 2º entrepiso de Av. Las Heras 1833, no se pueden ingresar trámites. El organismo se encuentra trabajando para solucionar este problema. No obstante ello, la caja que opera en esa oficina funciona correctamente para realizar cobros.

Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires: Resolución 167/19

La Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Resolución 167/19 que aprueba los aplicativos web y procesos comunes para la tramitación electrónica e integrada de los procedimientos para convalidación de cambio de uso del suelo y aprobación de conjuntos inmobiliarios de la Prov. de Bs. As. que se establecen como Anexo I de la presente Resolución, con las modalidades, fases y alcances que allí se indican.

Haga clic aquí para acceder a la Res. 167/19

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal – DTR 2/19

El RPI de la Capital Federal ha publicado la DTR 2/19, mediante la cual se presume que, salvo prueba en contrario, toda persona que requiera conocer los asientos registrales cuenta con el interés legítimo que exige el art. 21 de la Ley 17.801, siempre que se encuentre debidamente acreditada su identidad por los medios que el Registro disponga al efecto y que se completen todos los campos obligatorios en el respectivo formulario.

Haga clic aquí para acceder al texto de la DTR

Pago del Impuesto de Sellos mediante débito en cuenta | Inconvenientes del Banco Ciudad

Se informa a los colegas que pagan el Impuesto de Sellos por débito en cuenta, que el Banco Ciudad por error no realizó -en algunos casos- el débito de los montos correspondientes a la declaración jurada del mes de marzo, aun cuando en el SIE figure el comprobante de la transacción. Aquellos escribanos que hayan observado esta irregularidad deben dejar el saldo en la cuenta, hasta tanto se produzca el débito.

Se aclara que quienes se encuentren en esta situación NO están incurriendo en ningún incumplimiento ni demora en el pago que pueda ocasionar sanción alguna. Las autoridades de la entidad bancaria han informado que están solucionando el inconveniente y que la fecha de regularización será alrededor del día 20 del corriente mes.

RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR 6/19

El Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires publicó la Disposición Técnico Registral Nº 6/2019 mediante la cual se implementa el “Registro Especial de Boletos de Compraventa de Unidades Futuras“, el que funcionará dentro del ámbito del Departamento Anotaciones Especiales, en el cual se practicarán las registraciones relativas a boletos de compraventa que tengan como objeto futuras unidades funcionales o complementarias dentro de un régimen de propiedad horizontal sobre las que no se ejerza posesión, en razón de su inexistencia actual.

Haga clic aquí para acceder a la DTR 6/2019

Resultados de la evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción de registros notariales – Octubre 2018.

El examen oral se llevará a cabo a partir del  lunes 15 de abril a las 9 h, en Av. Callao 1542.

Importante:

Dentro de los sesenta (60) días corridos de publicadas las notas, la documentación presentada será devuelta a los aspirantes. Quienes deseen retirarla  podrán hacerlo en el Departamento de Secretaría, de 9.30 a 16.00 h, hasta el lunes 10 de junio de 2019. Vencido ese plazo, el material que todavía se encuentre en poder del Colegio será destruido (Resolución Nº98/19).

Haga clic aquí para visualizar las notas

 

Recomendaciones e interpretación armónica de los artículos 98 y 99 del Código Fiscal vigente de la Ciudad de Buenos Aires

Deudas por partida matriz, partida global, planes de pagos y asunción de deuda por parte del adquirente.

Con el fin de brindar una herramienta de interpretación clara de la normativa vigente y acordar un tratamiento uniforme de los distintos escenarios a los que el escribano debe dar respuesta en el ejercicio de su función, se pone a disposición de los colegas las pautas consensuadas con la AGIP, elaboradas por la Comisión de Enlace del Colegio.

El Código Fiscal vigente en su artículo 98 impone, como principio general y rector, a todos los escribanos intervinientes en acto de constitución, transmisión, modificación o cesión de derechos reales sobre inmuebles, que la deuda informada por Alumbrado Barrido y Limpieza sea abonada en su totalidad.

Este principio general presenta limitadas excepciones que se analizan a continuación.

CASO 1. Escritura de afectación a Propiedad Horizontal.

Al someter el inmueble a Propiedad Horizontal se debe cancelar la totalidad de la deuda informada en el certificado, EXCEPTO que exista un plan de facilidades de pago, solicitado en forma previa al otorgamiento y los pagos del acogimiento se encuentren al día. En este caso no resulta obligatorio cancelar la deuda informada y el escribano deberá dejar constancia en la escritura de afectación a Propiedad Horizontal de la existencia del plan y su vigencia.

 

CASO 2. Partida dividida

Si la partida matriz ha sido dividida, el escribano interviniente debe solicitar el certificado por la partida correspondiente a la unidad a transferir. Muchas veces en este certificado se sigue informando la deuda correspondiente a la partida matriz (suelen ser avalúos por incorporación de mejoras). En este caso el escribano debe retener y cancelar la totalidad de la deuda por la unidad funcional y/o complementaria efectivamente transferida. Con relación a la deuda de la Partida Matriz se establece como EXCEPCIÓN al pago total, el caso en que exista un plan de facilidades de pago vigente acordado por el Consorcio y que surja del texto de la escritura el reconocimiento del mismo por parte del adquirente. En este caso el plan de facilidades tiene que haber sido suscripto luego del otorgamiento del Reglamento de Copropiedad y Administración, ya que surge del articulado que el acogimiento fue realizado por el Consorcio de Copropietarios.

 

CASO 3 – Partida NO dividida pero ya sometida a Propiedad Horizontal, plan de facilidades realizado por el administrador sobre deuda corriente.

Utilizando el mismo criterio expuesto precedentemente, es criterio de Inspección del Protocolos del Colegio de Escribanos y sostenido por el Colegio de Escribanos que en un edificio en donde aún no se produjo la división de partida y que presente deuda corriente (no avalúo) si el acogimiento al plan de facilidades de pago lo realiza el Administrador del Consorcio de Copropietarios, se puede aplicar el mismo criterio establecido en el caso anterior (caso 2). Es decir, en este caso cuando se transfiere una unidad funcional o complementaria, se debe solicitar el certificado por la partida matriz y aplicando la solución prevista en el caso 2, es decir con relación a la deuda que pudiera registrar la Partida Matriz se establece como EXCEPCIÓN al pago total, el caso en que exista un plan de facilidades de pago vigente acordado por el Consorcio y surja del texto de la escritura el reconocimiento del mismo por parte del adquirente. En este caso el plan de facilidades ha sido suscripto luego del otorgamiento del Reglamento de Copropiedad y Administración, ya que surge del articulado que el acogimiento fue realizado por el Consorcio de Copropietarios.

Se recomienda al escribano en los casos 2 y 3, es decir siempre que se escrituren unidades funcionales en donde aún no se produjo la apertura de la partida que carguen mediante OBSEVACIONES (lupa) el F3 la totalidad de los adquirentes de cada unidad con datos fiscales y porcentajes adquiridos. Además debe enviarse, al finalizar la vigencia del certificado, la lista de todas las unidades escrituradas con ese certificado informando el número de UF- Apellido y Nombre del adquirente, CUIT/L, unidad funcional y/o complementarias, fecha de escritura

 

CASO 4. Venta de parte indivisa de unidad funcional o complementaria destinado a cochera y/o baulera. Partida global.

Cuando estemos ante la parte indivisa de una Unidad Funcional y/o Complementaria con destino a cochera y/o baulera, al otorgarse el acto de constitución, transmisión, modificación o cesión de derechos reales sobre la unidad el escribano debe solicitar el certificado por la partida global. Si surge deuda por la partida, el Código Fiscal prevé que se liquide y abone el proporcional correspondiente a la parte efectivamente transferida. Es importante destacar que este proceso debe realizado en forma manual en AGIP y actualmente los sistemas presentan alguna dificultad sobre su implementación.

En estos casos el escribano podrá utilizar un mismo certificado para autorizar las escrituras de dos o más partes indivisas de la misma partida, siempre que las escrituras se realicen dentro de la vigencia del certificado, debiendo indicar para cada caso en la solapa de observaciones el/los porcentual/es escriturado/s en cada caso individualizando el/los nombre/s y la/s CUIT de/los titular/es. Además debe enviarse, al finalizar la vigencia del certificado, la lista de todas las partes indivisas escrituradas con ese certificado informando: parte indivisa en relación al total, apellido y nombre del adquirente, CUIT/L, porcentual, número de escritura, fecha y folio.

 

RECORDATORIOS IMPORTANTES:

 Vigencia de los certificados: La interpretación armónica del Artículo 99 del Código Fiscal y las normativas emitidas por AGIP nos permite concluir que el certificado como tal tiene una vigencia máxima de 30 días desde la fecha de su expedición, pero la deuda informada en el certificado rige para el mes calendario en que se haya emitido la constancia de deuda. Por ello se recomienda a los escribanos que actualicen la deuda y situación de la partida si entre la fecha de expedición del certificado y la fecha de firma se ha cambiado de mes calendario (vr gr certificado del 28/3/2019 y escritura del 3/4/2019).

Pago de la retención en tiempo y forma: Recuerden los colegas que el Código Fiscal Art. 98 TO 2018 dispone que las sumas retenidas deben ingresarse dentro de los diez (10) días corridos del mes siguiente al de su celebración y deben ser suficientes para extinguir totalmente las obligaciones al tiempo de su pago. De ahí la importancia de abonar en tiempo y forma las retenciones practicadas por deudas de ABL, Avalúos y Planes de Pago. Por problemas operativos de AGIP hemos detectado ciertas demoras en los sistemas en las imputaciones de estos pagos, situación que puede generar inconvenientes posteriores al pago para su liberación.

Además es muy importante que el escribano verifique si surge del certificado la leyenda “Obligaciones Pendientes por Servicios Especiales”, “Cercas y Aceras”, “Residuos Áridos”, “Residuos Húmedos” o cualquier otra leyenda de obligaciones pendientes que se implemente en el futuro, y solicitar el informe de deuda correspondiente en la AGIP para su retención y pago. También deberá proceder a la retención y pago de la deuda por Contribución de Mejoras que es informada en el mismo certificado.

Notificación de Cambios de titularidad (F3). Recuerden también los colegas la importancia de cargar en tiempo y forma en la base de datos de AGIP las nuevas titularidades provenientes de las escrituras otorgadas bajo la vigencia de un certificado. Al realizar la carga de los titulares en el aplicativo debe verificarse minuciosamente los datos a ingresar, ya que los mismos impactan directamente en la base de datos de AGIP.  Es responsabilidad del escribano la carga correcta de los datos. El ingreso de datos erróneos puede provocar perjuicio al fisco y en los casos en que se detecte errores reiterados se aplicarán sanciones.

Errores en la titularidad. Es obligación del escribano comunicar a la AGIP, cualquier error en la titularidad para su corrección. El procedimiento para que pueda realizarse la modificación es enviar un correo electrónico a erroresf1f3@agip con el número de trámite, el error detectado y el dato correcto.

DEUDAS POR AVALÚO

Las deudas liquidadas en concepto de diferencias de avalúo que corresponden a períodos ya devengados con anterioridad con vencimiento posterior a la escrituración.  No se acepta, bajo ningún concepto, la atribución de la deuda al comprador y por lo tanto debe cancelarse en el momento de la escrituración independientemente del vencimiento de la misma. El escribano, como agente de retención, tiene la obligación de retener al vendedor el importe adeudado y efectuar la cancelación correspondiente

 

Registro Público de Contratos de Fideicomisos – Inconvenientes con el TAD

Se informa a los colegas que, desde hace varios días, no se encuentra disponible en la plataforma de Trámites de Distancia (TAD) de la Ciudad la opción para realizar la inscripción de trámites en el Registro Público de Contratos de Fideicomisos.

Hasta tanto el servicio se encuentre rehabilitado, el organismo ha indicado que aquellos colegas que deban inscribir un trámite de fideicomiso podrán enviar un mail a tramitesadistancia@buenosaires.gob.ar. El mail deberá incluir la siguiente información del escribano:

  • Nombre y apellido
  • CUIT/CUIL
  •  Se deberá adjuntar una captura completa de pantalla de la página del TAD donde puedan visualizarse la URL del sitio web, así como fecha y hora en la que se está intentando realizar el trámite (se encuentran disponibles en el margen inferior derecho de la pantalla).

La AGIP se ha comprometido a recibir estos casos e instrumentar las medidas necesarias para dar curso al trámite y realizar la inscripción correspondiente.

 

XX Congreso de Derecho Registral: Pautas para la presentación de ponencias y bibliografía

San Fernando del Valle de Catamarca, del 13 al 15 de junio de 2019

Luego de efectuarse el pasado 21 de marzo la Reunión Preparatoria del 20 Congreso Nacional de Derecho Registral “Dr. Jorge Horacio Alterini”, fueron difundidas las pautas de cada uno de los temas como así también las pautas para la presentación de ponencias. Se ha fijado como fecha límite para la presentación de trabajos el 30 de abril del corriente.

Para informes sobre aspectos específicos de esta convocatoria como para consultar sobre las pautas, los interesados pueden ingresar al sitio web www.universidadnotarial.edu.ar, o bien dirigirse a cualquiera de las dos sedes de la Universidad Notarial Argentina: en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en calle Guido 1841, Tel: 11 4804-7743, y en La Plata, en AV. 51 Nº 435, Tel: 221 421-0552; por correo electrónico a consultas@universidadnotarial.edu.ar.

COMISIÓN 1: REGISTRACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES
Coordinador: Miguel Ángel LUVERÁ
Subcoordinadora: Joaquina CÓRDOBA GANDINI

Pautas Tema I
Bibliografía

COMISIÓN 2: REGISTRACIÓN DE DERECHOS REALES DE DISFRUTE
Coordinadora: Eleonora CASABÉ
Subcoordinador: Jorge Alberto LATINO

Pautas Tema 2
Bibliografía

COMISIÓN 3: SOCIEDADES DE LA SECCIÓN 4ª DE LA LEY 19.550
Coordinadora: Pilar M. RODRÍGUEZ ACQUARONE
Subcoordinadora: Elda FERNÁNDEZ COSSINI

Pautas Tema III
Bibliografía

 

Convocatoria a encuentros de trabajo

El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos reanudará, a partir del mes de abril, los desayunos y meriendas de trabajo, con el propósito de mantener un espacio de diálogo constante con los colegas. Tal como sucediera durante los encuentros realizados el año pasado, el objetivo es intercambiar inquietudes, opiniones y sugerencias sobre temas vinculados con la actividad cotidiana de los escribanos y de la Institución.

Todos aquellos interesados en participar, pueden contactarse con Victoria Iglesias o Laura Fortti, del Departamento de Comunicaciones del Colegio al 4809-7145/6848.

Los esperamos.