Entrega de Medallas de Plata 2024
Actualización de la tabla de Actos Notariales
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
Emisión de apostilla electrónica (e-apostille): Rusia y República de Panamá
La Dirección Técnica Consular ha comunicado que la Federación Rusa comenzó a emitir Apostillas Electrónicas a través del Ministerio de Justicia, desde el mes de marzo de 2023. Además, implementó un Registro Electrónico que permite validar las apostillas emitidas, ya sean en formato electrónico o papel, mediante un código QR o el enlace en el certificado.
Además, comunicó que la República de Panamá también implementó, desde el 17 de abril de 2023, la apostilla electrónica (e-apostille) para documentos judiciales o administrativos originados en las Cortes y Tribunales. Estas apostillas electrónicas son emitidas exclusivamente por la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, sustituyendo por completo las apostillas en formato papel.
Nuevos valores del Colegio y de Caja Notarial Previsional
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
CNV: Resolución 1017/24
La Comisión Nacional de Valores ha publicado la Resolución 1017/24, mediante la cual se sustituye el artículo 2° de la Sección I del Capítulo XVIII del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).
CNV: Resolución 1018/24
La Comisión Nacional de Valores ha publicado la Resolución 1018/24, mediante la cual se sustituye el artículo 2° del Capítulo V del Título XVIII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto: “Venta de valores negociables con liquidación en moneda extranjera. Plazos mínimos de tenencia. Cauciones tomadoras y otras operatorias. Transferencias emisoras.
AFIP: Res. Gral 5569/24
La AFIP publicó la Resolución General 5569/24 referida al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (REIBP), que permite la tributación unificada del impuesto sobre los bienes personales hasta el 31 de diciembre de 2027.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General 5569/24
RPI: Disposición 12/24 – Afectación al Régimen de Vivienda en casos de derecho real de uso o de usufructo
El RPI de la Capital Federal ha publicado la Disposición 12/24, mediante la cual se establecen nuevos lineamientos para calificar los documentos relacionados con la afectación de inmuebles al régimen de vivienda, que toman en consideración las conclusiones del Congreso de Derecho Civil de 2015 y el de Derecho Registral de 2019 respecto de los derechos reales de uso y de usufructo, así como posiciones de la Corte Suprema.
- Se admite la afectación al régimen de vivienda, prevista en los artículos 244 y siguientes del CCCN, por parte del titular del derecho real de uso o usufructo, respecto de su derecho y siempre que reúna los demás requisitos de ley.
- Cuando existan co-titulares del derecho real de uso o usufructo, la afectación debe ser realizada por todos ellos, sin necesidad de que medie parentesco entre sí.
- Las normas y criterios establecidos para la afectación, subrogación, y desafectación de la vivienda por parte del titular de dominio, serán de aplicación, en lo que resulte pertinente, para los supuestos de afectación, subrogación y desafectación de la vivienda por parte del titular del derecho real de uso o usufructo.
- La extinción del derecho real de uso o usufructo por cualquier causa importa la desafectación del beneficio.
Entrada en vigencia: 17 de septiembre.
AFIP: Resolución General 5570/24
Modificatoria de la Resolución 5544/24
La Resolución 5570/24 de la AFIP modifica el artículo 23 de la Resolución General 5544/24 y cambia -entre otras cuestiones- el período de retenciones REIBP a un plazo quincenal.
Vigencia:
- La resolución entra en vigencia a partir del 17 de septiembre de 2024.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución 5570/24
Ministerio de Economía: Resolución 914/24
La Resolución 914/2024 del Ministerio de Economía referida al Régimen de Regularización de Activos (Ley 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes) establece, entre otras cuestiones:
- El destino de los fondos regularizados: Estos fondos podrán ser utilizados para adquirir bienes muebles relacionados con la inversión productiva en el país. La Secretaría de Industria y Comercio definirá un listado de bienes elegibles. Las transferencias deben hacerse a cuentas especiales de regularización o a otras cuentas, con una declaración jurada que certifique el destino de los fondos.
- Las opciones de transferencia: Los fondos regularizados también podrán ser transferidos utilizando tarjetas de débito u otros medios de pago electrónicos, dentro de ciertos límites y condiciones establecidas por el Banco Central de la República Argentina.
- Vigencia: La medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (17 de septiembre)
Regularización de Criptoactivos
A raíz de las consultas recibidas por algunos colegas, la Comisión de Innovación ha elaborado un informe referido a la Regularización de Criptoactivos en virtud del Régimen de Regularización de Activos establecido por la Ley 27743, reglamentado por el Decreto 608/2024.
Haga clic aquí para acceder al informe
DNRPA: Disposición 142/24
La Disposición 142/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (DNRPA) establece cambios importantes en el Régimen Jurídico del Automotor.
Entre los puntos principales, se destacan:
- Inscripción de dominio sin restricciones: Se modificó el artículo 9° del Régimen Jurídico del Automotor para que no se pueda restringir la inscripción inmediata de vehículos debido a deudas por multas o patentes, eliminando trabas administrativas.
- Simplificación digital: Siguiendo el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DNU-2023-70-APN-PTE, se busca que todos los trámites se puedan realizar digitalmente
- Modificación de formularios: Se actualizan las Solicitudes Tipo “08” y “08-D” (para automotores y motovehículos), ajustándolas a los nuevos requisitos.
- Opcionalidad del pago de impuestos: El peticionario debe manifestar si desea pagar impuestos de sellos y de radicación en el trámite de transferencia. Haya o no haya convenio con la jurisdicción local, se procederá a la inscripción aunque no se haya realizado el pago.
- Informe de multas: Se modifica la normativa respecto a las deudas por infracciones de tránsito, permitiendo que se puedan obtener informes mediante el Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de Tránsito (SUGIT).
- Plazo de validez de certificados: Los certificados de inexistencia de infracciones pendientes para comerciantes habitualistas tendrán una validez de 180 días.
- Modificaciones al Digesto: Se realizan adecuaciones al Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, específicamente en los artículos que regulan los impuestos y la inscripción de vehículos.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 142/24
Haga clic aquí para acceder al Anexo
Haga clic aquí para acceder a la Circular de la DNRPA
Fallecimiento de la Esc. Mónica Elisa Vidal
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento de la escribana jubilada Mónica Elisa Vidal, matrícula 3689, ocurrido el 15 de septiembre del año en curso.
Blanqueo y REIBP – Compendio de información relevante
Recordamos que la AFIP publicó en el mes de agosto la Resolución General 5544/24 (modificada por la Resolución General 5570/24) que regula los requisitos, las formas y las condiciones que deben observar los contribuyentes y/o responsables para la adhesión al Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP” ) y el cumplimiento de la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto.
Atento a ello, se adjunta un informe elaborado por el Esc. Julián González Mantelli con las principales cuestiones a tener en cuenta sobre las retenciones del REIBP y el cuadro de situaciones alcanzadas.
Además, se adjunta un cuadro con las principales normas publicadas por AFIP y otros organismos en el marco del Paquete Fiscal 2024 .
Haga clic aquí para acceder al cuadro de normativas
Haga clic aquí para acceder al cuadro de situaciones alcanzadas
Haga clic aquí para acceder al comentario del asesor Esc. González Mantelli
AFIP: Resolución General 5563/24
La AFIP publicó la Resolución General 5563/24, referida al Impuesto sobre los Bienes Personales y beneficios para contribuyentes y responsables cumplidores.
AFIP: Resolución General 5567/24
Se modifica la Resolución General 5528/24
La AFIP publicó la Resolución General 5567/24, modificatoria de la Resolución General 5528/24, ambas referidas al Régimen de Regularización de Activos.
Entrega de Medallas de Oro 2024
Club de lectura: Cuarto encuentro
RPI de la Capital Federal: Actualizaciones en el SIPEL y nuevas funcionalidades en el sistema web Mis solicitudes
Con motivo de las modificaciones en el Sistema de Publicidad en Línea (SIPEL) del RPI que se implementaron desde el 9 de septiembre, el organismo ha informado que:
– Será necesario informar si el Adquirente (Rubro 6) es una Persona Expuesta Políticamente (PEP), según la especie de derecho a inscribirse declarada en la minuta.
En la minuta se visualizará de este modo:
– Será necesario informar si el Transmitente (Rubro 7) es una Persona Expuesta Políticamente (PEP), según la especie de derecho a inscribirse declarada en la minuta.
En la minuta se visualizará de este modo:
IMPORTANTE: El requisito de completar de manera obligatoria la información sobre Persona Políticamente Expuesta (PEP) será únicamente para los trámites de transferencia de dominio a título oneroso.
– Será necesario informar “Precio / Valuación” y/o “Monto VIR” (Rubro 8), según la especie de derecho a inscribirse declarada en la minuta:
En la minuta se visualizará de este modo:
ACLARACIONES:
- El requisito de completar el VIR será únicamente para los trámites de transferencia de dominio a título oneroso.
- La inclusión del VIR en la minuta no introduce ninguna modificación para el cobro de la tasa registral.
Por otro lado, se recuerda que desde el mes de agosto se encuentra disponible en el sistema web de solicitud de trámites la posibilidad de visualizar los documentos que se encuentran disponibles para ser retirados en la Mesa de Salidas del RPI.
Nota: recuerde seleccionar el filtro correspondiente a la fecha de ingreso del documento a buscar.
En las próximas semanas se sumará también el detalle del estado de los Informes y Certificados para poder visualizar en qué etapa se encuentra el trámite buscado.
Etapa 1: Ingresado
Etapa 2: En Proceso
Etapa 3: Fin del Proceso de Publicidad
Presentación del Coro del Colegio
AFIP: Resolución General 5561/24
Régimen de Regularización de Activos
La AFIP publicó la Resolución General 5561/24, mediante la cual se introducen modificaciones a la Resolución General 5528/24 y su modificatoria.
Vigencia desde el 10/09/2024.
Nómina de escribanos: Nueva funcionalidad
Desde hoy, el Perfil del Escribano en el Acceso Restringido incorpora una nueva opción para que los colegas puedan gestionar la información profesional que se encuentra cargada en la nómina del Colegio.
Con esta actualización, quienes lo deseen podrán elegir que su número de celular sea público y figure junto a sus otros datos profesionales visibles en la nómina de escribanos de la página web.
Recordamos que se accede al Perfil del Escribano a través del ícono en el margen derecho de la pantalla, al ingresar al Acceso Restringido.
Cambios en la Asesoría Registral de CABA
Se informa a los colegas que el Esc. Ariel Tesei dejará de prestar servicio en la asesoría registral del Colegio, en virtud de las tareas institucionales que cumple como Director de Registraciones Reales y Publicidad del RPI de la Capital Federal.
La Dra. Paula Pelosi asumirá ese día de atención y responderá consultas los días:
- Lunes (13 a 17 h)
- Miércoles (15 a 18 h)
⇨ Contacto por correo electrónico: ppelosi@colegio-escribanos.org.ar
Convocatoria a Asamblea Ordinaria
El Consejo Directivo del Colegio de Escribanos, reunido con quórum reglamentario y en uso de las facultades que le acuerda la ley orgánica notarial N° 404, y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 27 y 28 del Estatuto, resuelve convocar a Asamblea Ordinaria para el jueves 26 de septiembre de 2024, a las 18 h (primera citación) y a las 19 h (segunda citación) en su sede de Av. Callao 1542, para tratar el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
- Designación de dos asambleístas para que, con una de las Secretarias, labren y aprueben el acta, que firmarán con el Presidente.
- Consideración de la Memoria, Estados Contables e Inventario General de:
a) El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires – Ley 404 – del período comprendido entre el 1° de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
b) La Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social –Ley 21.205 (modificada por la ley 23.378) – del período comprendido entre el 1° de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
c) El Fondo Fiduciario de Garantía de acuerdo con lo establecido por la ley 404 en su Título IV, Sección Segunda, Capítulo VI, del período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.
3. Consideración de las siguientes contabilidades:
a) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 17.050 – Registro de la Propiedad Inmueble.
b) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 23.412 – Secretaría de Justicia de la Nación.
c) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto 754/95 – Inspección General de Justicia – Área Rúbrica e Individualización de libros comerciales.
d) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Decreto 520/90 – Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires – Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
e) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio SLyT-Ley 23.412 – Secretaría Legal y Técnica de la Nación.
f) Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires – Policía de Seguridad Aeroportuaria- Ley N° 26.102 y Decreto N° 742/2021 Con relación al punto 3°) a), b), c), d) e) y f), se informa el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2023.
ESTADOS CONTABLES 2023/2024
Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
Caja Notarial Complementaria de Seguridad Social
Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Dto. 520/90 – GCBA – AGIP
Fondo Fiduciario de Garantía – Ley 404, Título IV, Sección Segunda, Capítulo VI
Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Policía de Seguridad Aeroportuaria
Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio Ley 17.050 – RPI
Fondo de Cooperación Técnica y Financiera – Convenio SLyT-Ley 23.412 – SLyT
Ampliación de días de atención del Archivo de Protocolos – Sede Chorroarín
A partir del 10 de septiembre, la sede del Archivo de Protocolos de Chorroarín 751 ampliará su servicio de atención, sumando los días miércoles.
Desde esa fecha, los pedidos de tomos podrán realizarse los martes, miércoles y jueves, en el horario de 9:30 a 14. El tiempo de permanencia en la sala de consultas será hasta las 14:30.
Convocatoria para rendir la evaluación de idoneidad para postulantes a adscripción a registros notariales
(Arts. 34 y 46 de la Ley Orgánica Notarial Nº 404, modificada por las Leyes 1541 y 3933 y artículos 9 y 10 del Decreto Reglamentario 1624/00)
Preinscripción e inscripción: Del 9/09/2024 hasta el 21/10/2024
El cierre es improrrogable.
1) Preinscripción: Haga clic aquí y complete el formulario de datos personales.
2) Pago: Imprimir el comprobante de preinscripción y presentarlo en las Cajas (Av. Las Heras 1833, Primer Entrepiso, 9:30 a 15 horas).
3) Inscripción – Presentar en Mesa de Entradas: comprobante de pago o copia del mismo comprobante de preinscripción, copia certificada de la partida de nacimiento o carta de ciudadanía con no menos de seis años de naturalización, copia certificada del título de abogado
USTED NO ESTARÁ INSCRIPTO SI NO INGRESA TODOS LOS COMPROBANTES REQUERIDOS.
Costo de inscripción: $97.000.-Se podrá abonar con tarjeta de débito
Examen escrito: 31/10/2024 en Av. Chorroarin 751, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Acreditación de los postulantes. 8 h
Inicio del examen: 9 h
Examen oral: Fecha a confirmar por el Jurado. Se realiza en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Es condición excluyente aprobar el examen escrito.
Puntaje para la aprobación de ambas instancias: 5 puntos o más.
Premios José María Moreno
Se recuerda a los colegas que se encuentra abierta la convocatoria 2023-2024 para la presentación de trabajos para acceder al Premio “José María Moreno”.
Asimismo, se recuerda que la fecha límite para la presentación de trabajos fue prorrogada hasta el 31 de marzo de 2025.
IGJ: Resolución 19/24
Inscripción de aperturas de las SRL y las sociedades constituida en el extranjero
La IGJ ha publicado la Resolución General 19/24, mediante la cual se establece que las sociedades anónimas, incluidas las sociedades anónimas unipersonales (SAU), las sociedades de responsabilidad limitada y las sucursales de las sociedades constituidas en el extranjero inscriptas en los términos del artículo 118, tercer párrafo, de la Ley N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificatorias, en cualquier jurisdicción del país, que decidan establecer una Sucursal Dedicada o Especial con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo previsto por el artículo 170 de la Ley N° 27.742 y el artículo 6 del ANEXO I del Decreto N° 749/2024, deberán inscribir la apertura de la misma, ante ese organismo, cumpliendo con los recaudos que se establecen en los artículos de la norma.
RPI CABA: Disposición 11/24
La Dirección General del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 11/24 que establece cambios en los requisitos para la registración de documentos judiciales.
- Firma Digital: Si el letrado autorizado firma la minuta rogatoria con firma digital y presenta una copia de su credencial profesional, no se exigirá la intervención del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal, como lo solicitaban las DTRs 4/2010 y 3/2011.
- Documentos en Papel: Las DTRs mencionadas seguirán aplicándose en los casos en los que la minuta carezca de firma digital o el documento haya sido autorizado en soporte papel.
- Validez Legal: La omisión de estos requisitos será considerada un defecto de forma subsanable, lo que implica que el documento podría ser anotado provisionalmente.
- Vigencia: La disposición entrará en vigencia el 9 de septiembre de 2024.
AFIP: Resolución General 5559/24
Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS). Pago a cuenta. Resolución General N° 5.393
La AFIP publicó la Resolución General 5559/24 que modifica algunos aspectos de la Resolución General 5393, relacionada con el “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”, que fue establecido originalmente por la Ley N° 27.541
FAPLA: 17° Encuentro Anual Antilavado
SICORE: Actualización del aplicativo
La AFIP ha publicado en su página web una nueva versión del aplicativo SICORE Versión 9.0 Release 17.
Cambio de asesores sobre Sociedades – Aclaración
A partir de septiembre, la escribana Pilar Rodríguez Acquarone ya no brindará asesoramiento sobre temas de Sociedades.
A partir del 19 de septiembre y cada 15 días, los escribanos Agustín Ceriani Cernadas y Federico Leyría se incorporarán a la asesoría y atenderán -en forma indistinta- de manera telefónica.
Modalidad de atención:
Jueves de por medio, de 11:30 a 15:30 h
Teléfono de contacto: 11-4410-8233
Recordatorio: Cualquier novedad o modificación en el servicio será informada en la página web del Colegio, en la sección Asesorías.
Renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil
Desde el 30 de junio se renovó la póliza de Responsabilidad Civil Profesional contratada por el Colegio de Escribanos, resultando ganadora de la licitación la firma Sura, a través del broker Mc Lean y Asociados SA. Cabe destacar que la compañía de seguros contrata al Estudio Barbuss para la defensa de los escribanos ante los siniestros denunciados.
La póliza incluye, además de la cobertura del riesgo civil, el asesoramiento y acompañamiento de los escribanos en el proceso.
¿Qué cubre la póliza?
- Indemnizaciones que el asegurado se encuentre obligado a pagar por actos culposos cometidos en el ejercicio de su profesión hasta la suma de USD 250.000 con un deducible de USD 1.500.
- Gastos de defensa: Todo costo y gasto legal generado durante la investigación, defensa o resolución de un reclamo.
- Gastos de defensa en el Fuero Penal hasta la suma de USD 50.000 con un deducible de USD 1.500.
¿Cómo denunciar un siniestro?
Ante el conocimiento de un reclamo que pudiera involucrar el desenvolvimiento profesional del escribano, ya sea formal o informal, se debe efectuar la correspondiente denuncia. Los incidentes que el escribano interpreta podrían deriva en un reclamo también se deben denunciar a los efectos de posibilitar una rápida reacción que permita mitigar el efecto de un posible reclamo.
Contacto Estudio Barbuss para denuncias:
escribanos@barbuss.com
Tel. 5263-5253
Contacto con broker:
Santos Mc Lean
Tel: 11-4949-7598
Mail: smclean@mc-lean.com
Ciclo de cultura: Conferencia | La importancia de Emilio Balcarce en el tango
Decreto 777/24
El Decreto 777/24 reduce al siete como cinco por ciento (7,5 %) las alícuotas fijadas en los incisos d) y e), ambos del primer párrafo del artículo 13 bis del Título III del Decreto Nº 99 del 27 de diciembre de 2019 y sus modificaciones.
La presente medida comenzará a regir el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, surtiendo efectos para las operaciones de compra de billetes y divisas en moneda extranjera efectuadas desde el día siguiente a esa fecha.
Decreto 773/24
El Decreto 773/24 incorpora modificaciones al Decreto 608/24, referido a medidas fiscales, paliativas y relevantes del 11 de julio de 2024.
RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR 5/24
Actualización de la expedición de servicio de publicidad. Antecedentes de dominio. Certificados de dominio. Estudio de títulos. Formulario web. Prioridad registral. Folio real.
El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la DTR 5/24, mediante la cual se establece que los formularios de publicidad serán confeccionados mediante los servicios web habilitados por el organismo y se deberán ingresar en forma exclusiva a través de la ventanilla virtual para usuarios suscriptos o particulares registrados, con excepción de los detallados seguidamente, que continuarán siendo presentados en formato papel tanto en Sede Central como en las Delegaciones Regionales:
a) Solicitud sobre frecuencia de certificados, informes y/o copias de dominio, respecto del inmueble determinado folio real
b) Copia de soporte microfílmico
c) Solicitud de copias especiales
Los usuarios particulares podrán solicitar, en formato papel y de manera presencial en Sede Central o en las Delegaciones Regionales, la expedición de servicios de publicidad que tengan como objeto la situación jurídico registral respecto de su persona o sus inmuebles, cumpliendo a tal fin con lo dispuesto por el artículo 11 inciso e) de la presente.
Un agente autorizado por el organismo verificará la legitimación del solicitante, procederá a instrumentar el pedido en cuestión mediante el sistema interno implementado a tal efecto y entregará la constancia de ingreso al particular. Una vez expedido el servicio de publicidad, el documento firmado digitalmente se podrá descargar de manera directa con la lectura del código de respuesta rápida QR que surja en la constancia de ingreso antedicha.
Vigencia desde el 02/09/2024.
Haga clic aquí para acceder a la norma
Haga clic aquí para acceder al Anexo I
Haga clic aquí para acceder al Anexo II
XXXV Encuentro Nacional del Notariado Novel
Club de lectura
Jefatura de Gabinete: Resolución 107/24
La Jefatura de Gabinete de Ministros ha publicado la Resolución 107/24, mediante la cual se crea la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Unidad de Grandes Proyectos Urbanos”, con dependencia de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, organismo descentralizado en la órbita de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros, con el objeto de articular – junto con las jurisdicciones de la Administración Pública Nacional correspondientes- la planificación, desarrollo y seguimiento de los programas especiales y grandes proyectos urbanos definidos como estratégicos por parte de la Agencia de Administración de Bienes del Estado.
Solicitud de certificado de libre deuda de expensas: Nuevo valor
La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Asuntos Inmobiliarios ha informado que el valor sugerido del certificado, a partir del 1º septiembre, es de $68.000 (la Cámara cuenta con la siguiente herramienta para el cálculo de los honorarios de los administradores).
Se recuerda que este servicio se encuentra disponible en el Acceso Restringido Único, para gestionar el formulario único de solicitud de certificado de libre deuda de expensas.
La implementación de este servicio apunta a simplificar los criterios de consulta y unificar costos operativos de esas solicitudes para evitar la disparidad observada en los últimos tiempos respecto de los honorarios requeridos por estos trámites.
AAEF: Comisión de Tributación Notarial – Próxima reunión virtual
Coordinadores: Viviana C. Di Pietromica, Silvina M. Ortiz y Natalia Di Virgilio
Martes 3 de septiembre, 18:30 h por Zoom.
Ingresar por: https://zoom.us/join
ID: 821 8369 1226
Contraseña: 987040
TEMARIO:
- Reforma Fiscal (continuación de la reunión anterior)
– Régimen de Regularización de Activos (RRA-Blanqueo): sujetos residentes y no residentes, plazos y etapas, impuesto especial, bienes inmuebles, proyectos de inversión. Consultas Dirección Nacional de Impuestos del Ministerio de Economía
– Impuesto sobre los bienes personales: prórroga fechas de vencimiento. Impacto en el Régimen Especial de Ingreso de Bienes Personales (REIBP). Donaciones: régimen de retención escribanos
Expositor invitado: Juan José Imirizaldu
– UIF: Sistema de gestión de riesgos
– Monotributo: tablas, prórroga, recategorización
– Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI): reglamentación
MATERIAL:
I.- Normativa:
1.- Leyes nº 27.742 y 27.743
2.- Decretos nº 608 y 749/2024
3.- Res. Mrio. Economía nº 590 y 613/2024
4.- RGs (AFIP) nº 5523, 5528 y su modif. 5536, 5544, 5549 y 5550/2024
5.- Res. (UIF) nº 110/2024
II.- Comunicados:
1.- IF-2024-88504173-APN-DNI#MEC. Artículo 31 de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes. 19 de agosto de 2024.
2.- IF-2024-89094608-APN-DNI#MEC. Consultas relativas al régimen especial de regularización de fondos previsto en el Capítulo V de la Ley n° 27.743 (artículos 31, 32 y 33). 20 de agosto de 2024.
3.-“ABC de Preguntas Frecuentes” de la AFIP. REIBP. 21 de agosto de 2024
4.- Comunicado de AFIP del 26 de agosto de 2024
Impuesto a las Ganancias Cedulares – Exención de la enajenación de Vivienda Única, Familiar y de Ocupación Permanente
Comentario elaborado por el Instituto de Derecho Tributario
Se recuerda a los colegas que, en virtud de lo establecido en el artículo 26 inciso n) de la Ley de Impuesto a las Ganancias TO 2019 – Decreto 824/19 – Anexo I, se encuentra exenta la ganancia derivada de la enajenación de inmuebles y de la transferencia de derechos sobre bienes inmuebles efectuada por personas humanas o sucesiones indivisas, cuando se trate del inmueble afectado a “casa habitación” del enajenante. Se entiende por tal la vivienda única de ocupación familiar permanente, definida en el artículo 83 del Decreto Reglamentario 862/19.
Aclaraciones:
Única: destinada a “casa habitación” del contribuyente, quien puede tener más inmuebles. No hay obligación de reemplazo.
Se sugiere consignar:
- En la escritura como manifestación del vendedor: “A efectos del impuesto a las ganancias cedulares, declara que lo enajenado constituye su vivienda única familiar y de ocupación permanente en los términos del artículo 26 inciso n) de la Ley de Impuesto a las Ganancias, TO 2019”.
- En constancias notariales: “Impuesto a las Ganancias Cedulares: la presente venta se encuentra exenta del gravamen por haber declarado el enajenante constituir su vivienda única familiar y de ocupación permanente.”
Decreto 749/24
Se informa que fue publicado el Decreto 749/24, mediante el cual se aprueba la reglamentación del Título VII del Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) – Ley 27.742.
Entrada en vigencia: viernes 23 de agosto.
Jefatura de Gabinete – Decisión Administrativa 836/24
Cronograma Implementación – Silencio Positivo
La Jefatura de Gabinete de Ministros ha publicado la Decisión Administrativa 836/24, mediante la cual se establece que:
- A partir del 1º de noviembre de 2024 las reparticiones de la Administración Pública Central, incluidos los organismos desconcentrados, deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos.
- A partir del 1º de diciembre de 2024 los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Nacional deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos.
Entrada en vigencia: 28/08/24
Haga clic aquí para acceder a la Decisión Administrativa 836/24
After Notarial – El backstage de la escribanía

¿Te imaginás un encuentro informal entre colegas para intercambiar ideas sobre temas actuales, después de la oficina? ¡Eso es exactamente lo que te ofrecemos con nuestros “Afters Notariales”!
¿Qué son los Afters Notariales y cuál su objetivo?
Son talleres de 1 hora y media a 2 horas, con exposiciones breves que sirven como disparadores para el intercambio de ideas y experiencias. Tienen como objetivo conversar entre colegas sobre la profesión y sobre temáticas de actualidad en un entorno informal.
TERCER ENCUENTRO: Verde que te quiero verde
Expositores: Arq. Guillermo Brunzini y la participación de la Comisión de Derecho Ambiental Notarial
Martes 10 de diciembre
18:00
LUGAR: Salón Soldi
- Capacidad máxima: 40 asistentes
- Actividad arancelada.
- Valor: $17.500 (incluye 1 tapa + 1 trago y/o 1 cerveza y/o 2 bebidas sin alcohol)Importante: Los talleres no otorgan puntos (art. 39 ley 404).¡Reserva tu lugar ya!
♻️ ¡Sumate a nuestra Campaña de Recolección de Electrónicos! ♻️
🌍 ¿Qué podés traer?
✔️ RAEEs (Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos): Celulares, tablets, ipad, ipod, notebooks, netbook, mac.
✔️ Computadoras y sus accesorios (teclados, mouses, cables).
✔️ Drones, equipos de música, radios, tocadiscos, cámaras de fotos
✔️ Pequeños electrodomésticos
✔️ Otros equipos electrónicos que ya no uses.
Recolección de Punto Verde – GCBA: Martes 10 de diciembre de 16 a 18.30 h, Av. Callao 1540
Otro punto de recolección: Ingreso del Colegio de Escribanos, de Av. Las Heras 1833. Desde el martes 10 al jueves 12 de diciembre de 9 a 17 h
Dale una segunda vida a tus electrónicos y ayudanos a cuidar el planeta.
¡Te esperamos para reciclar juntos!
SEGUNDO ENCUENTRO: ¡S.O.S! Recibí una demanda
Expositores: Representantes de Mc Lean Insurance Broker y el Pte. de la Comisión de Defensa del Escribano, Eduardo Plaetsier.
Martes 8 de octubre
18:00
LUGAR: Salón Soldi
- Capacidad máxima: 40 asistentes
- Actividad arancelada. Valor: $15.000 (incluye 1 tapa + 1 trago y/o 1 cerveza y/o 2 bebidas sin alcohol)
Importante: Los talleres no otorgan puntos (art. 39 ley 404).
¡Reserva tu lugar ya!
PRIMER ENCUENTRO: Tokenización de Activos
Expositores: Esc. Daniela Celentano, y Rodolfo y Paula Vigliano de PALA BLOCKCHAIN
Martes 3 de septiembre
18:00
LUGAR: Salón Soldi
- Capacidad máxima: 40 asistentes
- Actividad arancelada. Valor: $15.000 (incluye 1 tapa + 1 trago y/o 1 cerveza y/o 2 bebidas sin alcohol)
Importante: Los talleres no otorgan puntos (art. 39 ley 404).
Actualización de la Tabla de Actos Notariales (SIE)
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
RPI CABA – Nueva funcionalidad en el sistema web “Mis solicitudes”
El RPI de la Capital Federal ha informado que en el sistema web de solicitud de trámites del organismo se añadió un nuevo filtro de búsqueda en la sección “Estado” denominado “Trámite para retirar”, que permite visualizar aquellos trámites que se encuentran habilitados para su retiro.
Esta medida facilita y optimiza el retiro de los trámites en beneficio de los colegas, sus requirentes y el público en general.
Inscripción de Peritos para actuar en la Justicia Nacional
El Sistema Único de Administración de Peritos y Martilleros de la Justicia Nacional y Federal (SUAPM), conforme Acordada N° 2/2014, establece que los profesionales interesados en actuar como peritos y/o auxiliares en la Justicia Nacional (incluida la Corte Suprema de Justicia de la Nación) para el año 2025, deberán inscribirse o reinscribirse desde el 2 de septiembre hasta el 1° de noviembre de 2024, exclusivamente a través de la página web www.pjn.gov.ar.
IMPORTANTE: Para completar el proceso de inscripción, los interesados deberán subir el comprobante del pago del arancel a través de la página del Poder Judicial de la Nación, en la opción: “Carga de Estampilla”.
Cabe señalar que, por Acordada CSJN N° 23/2024, se dispuso actualizar el arancel en $30.000 (treinta mil pesos). Este importe deberá depositarse por transferencia bancaria y desde cuenta propia en: Cuenta Corriente Especial 10561/3 – Adm. Corte Suprema de Justicia (Banco de la Ciudad de Buenos Aires).
CUIT: 30-70087611-6
CBU: 0290005610000001056139
CUENTA N°: 0010561/3
TIPO DE CUENTA: Cuenta Corriente Especial 08
SUCURSAL N°: 5 – Tribunales
Para finalizar la inscripción, tendrán que remitir el comprobante de pago a matriculados@colegio-escribanos.org.ar, a fin de que el personal de nuestra Institución pueda validarlo.
ACLARACIÓN: En el caso de inscriptos por primera vez, deberán ingresar a la opción: “Registración de nuevos usuarios” y en el caso de usuarios que quieran reinscribirse deberán ingresar a la opción “Ingreso Sistema de Gestión de Auxiliares de Justicia”.
Para mayor información, podrán acceder a la página web del Poder Judicial de la Nación (www.pjn.gov.ar) ingresando a PORTAL DE AYUDA A USUARIOS EXTERNOS – PERITOS.
Asimismo, les hacemos llegar la dirección y correo electrónico de las distintas Cámaras de Apelaciones de la Ciudad de Buenos Aires, para los nuevos profesionales que quieran inscribirse en el Sistema Único de Administración de Peritos y Martilleros:
- Civil: Lavalle 1220 – 2° piso
cncivil.secgeneral1@pjn.gov.ar - Civil y Comercial Federal:
Talcahuano 550 – Planta Baja – Of. 2027
cncivcomfed.secgeneral@pjn.gov.ar - Comercial: Av. Pte. Roque Sáenz Peña 1211 – 9° Piso – Oficinas 904/906
cncomercial.auxiliares@pjn.gov.ar - Contencioso Administrativo: Carlos Pellegrini 685 – 3° Piso
cncontadmfed.jurisprudencia@pjn.gov.ar - Criminal y Correccional: Viamonte 1147
cncrimcorr.superintendencia@pjn.gov.ar - Criminal y Correccional Federal: Av. Comodoro Py 2002 – 2° piso
cncrimcorrfed.secgeneral@pjn.gov.ar - Penal Económico: Av. de los Inmigrantes 1950 – 3° piso
cnpenalec.superintendencia@pjn.gov.ar - Seguridad Social: Lavalle 1268 – Subsuelo
cfsegsoc.peritos@pjn.gov.ar - Trabajo: Lavalle 1554 – Planta Baja – Of. de Peritos
cntrabajo.peritos@pjn.gov.ar
Todas las cámaras informan que para aquellos profesionales que requieran asistencia de manera presencial, lo harán a través de TURNO solicitado por correo electrónico.
A partir del 4 de noviembre, podrá sacar a través del Portal PJN el “comprobante de inscripción definitivo”. Si el comprobante no figurara o tuviese algún error tendrá una semana para hacer los reclamos pertinentes.
Aproximadamente 15 días después, podrán verificar el padrón de inscripciones provisorio en el siguiente link: https://consulta-peritos.pjn.gov.ar/