Normativa ordenada en forma cronológica
CNV: Resolución General 1058/25
Proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV)
La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó la Resolución General 1058/25, que establece un marco regulatorio integral para los proveedores de servicios de activos virtuales (PSAV), con el objetivo de garantizar transparencia, seguridad y estabilidad en la administración y custodia de activos virtuales.
La norma fija requisitos específicos en materia de custodia, segregación de fondos, prevención de riesgos, auditoría de sistemas y cumplimiento regulatorio, con un énfasis particular en la protección de los clientes y la integridad del mercado. Además, establece pautas para la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo (PLAyFT). A su vez, introduce regulaciones específicas para los PSAV que operen bajo distintas formas jurídicas, estableciendo requisitos diferenciados según su estructura y ubicación geográfica:
- Personas jurídicas constituidas en Argentina:
- Los PSAV deben estar inscriptos en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales, conforme a las exigencias de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Se exige la presentación anual de estados contables auditados y la demostración del cumplimiento patrimonial.
- En caso de estar constituidos como sociedades por acciones simplificadas (SAS) bajo la Ley 27.349, deberán transformarse en otro tipo societario permitido antes de agosto de 2025.
- Se impone la obligación de designar un Responsable de Cumplimiento Regulatorio y Control Interno para garantizar la adhesión a las normativas aplicables.
- Personas jurídicas constituidas en el extranjero:
- Para operar en Argentina, deben inscribirse bajo el artículo 118 de la Ley de Sociedades Comerciales (Ley 19.550), mediante una sucursal, asiento o representación permanente.
- Alternativamente, pueden optar por constituir una sociedad en Argentina, la cual deberá registrarse como PSAV.
- La normativa establece plazos específicos para la inscripción y la presentación de información contable y regulatoria.
CFNA – Asesoría jurídico-notarial 0800
Cambio de horario para los días lunes (Esc. Moreyra)
El Consejo Federal del Notariado Argentino (CFNA) comunicó que la banda horaria de atención de los días lunes (a cargo del Esc. Javier H. Moreyra) de su servicio de asesoría jurídico-notarial gratuita, brindado a través del 0800-333-4301, se ha modificado y será de 10 a 14 h.
Jurisprudencia comentada – Acción de nulidad de cosa juzgada írrita
Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Necochea, 6/8/2024, “Amarante, Bettina Elena y otro/a c/ Saffarano, Rubén Oscar y otro/a s/ materia de otro fuero”. (SCJBA, 10/9/2024).
El fallo (publicado en SCJBA, en “Sentencias destacadas tribunales provinciales,el 10 de septiembre de 2024”) resolvió rechazar la demanda de nulidad de sentencia incoada por la parte actora con fundamento en haber operado el plazo de dos años para el planteo de la acción de cosa juzgada irrita contra la sentencia de usucapión dictada en autos conexos.
La actora accionó contra los demandados planteando la nulidad de una sentencia de usucapión decretada por el juez de paz de San Cayetano, Provincia de Buenos Aires, que indicó que la misma se dictó en base a una cesión de derechos y acciones posesorios efectuada a favor de Rubén Oscar Saffarano sin tener en cuenta que en el expediente se acompañó una cesión previa realizada por el mismo cedente ante escribana (esposa del demandado) que evidenciaba que esos derechos habían sido transferidos previamente, lo que derivó en un causa por estafa procesal que terminó en una suspensión de juicio a prueba de este último.
Tanto la instancia de origen cómo la Cámara de Necochea consideran prescripta la acción teniendo en consideración que el plazo para su inicio comenzó a correr con la inscripción de la sentencia de usucapión y/o la posesión evidenciada por el demandado del predio (en el que se realizó un desarrollo inmobiliario).
Este fallo resulta de interés porque explica que la nulidad por cosa juzgada írrita (en relación a una sentencia) prescribe a los dos años tomando como base la publicidad posesoria o la inscripción de la sentencia en el Registro de la Propiedad Inmueble en cuanto hablamos de usucapión. Establece la pauta de que, si haciendo el estudio de un antecedente de juicio de usucapión el mismo posee algún error formal (o se notificó mal, la prueba fue en realidad insuficiente, etc.), la acción de nulidad contra la sentencia firme también prescribe, por lo que resulta inimpugnable y subsana cualquier vicio la prescripción liberatoria, tomando como punto de partida para el conteo del inicio 1) la posesión del inmueble o 2) la inscripción de la sentencia en el Registro.
Haga clic aquí para ver el fallo completo
Fallecimiento -Esc. José María de Lorenzis
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano jubilado José María De Lorenzis, Matrícula 3921, ex Titular del ocurrido el 13 de marzo del año en curso.
Tareas de mantenimiento en los servidores del Colegio
El sábado 15 de marzo, entre las 10 y las 13 h, se encontrarán fuera de servicio los sistemas informáticos del Colegio (Acceso Restringido, GEDONO, VADONO, Legalizaciones, Validaciones de Afiliados de la Caja Notarial, entre otros) por tareas de mantenimiento en los servidores de la institución.
Aclaración del Instituto de Derecho Tributario Derogación del ITI
En respuesta a consultas de algunos colegas, el Instituto de Derecho Tributario y los asesores tributarios del Colegio informan que, tras la derogación de la Ley 23.905 (ITI) en julio de 2024, también se eliminó la obligación legal de obtener el certificado previo que debían solicitar los residentes en el exterior.
Sin embargo, si un residente en el exterior participa en un negocio a través de un representante, sigue vigente la Resolución General AFIP 3285/12. Esta norma establece la obligación de empadronamiento del representante y la presentación de información mediante el sistema “Terceros Intervinientes”.
Instituto de Derecho Procesal y Comisión de Integración Profesional: Convocatoria a reuniones y reinicio de actividades
El Instituto de Derecho Procesal invita al notariado a participar en sus reuniones quincenales, que iniciarán el miércoles 19 de marzo a las 10 h, en la Sala Betolaza de Av. Callao 1542, 1° piso. Estos encuentros buscan fomentar la participación y el intercambio de conocimientos sobre los principales aspectos en esta materia.
Por otro lado, la Comisión de Integración Profesional invita a su próxima reunión el miércoles 26 de marzo, a las 18.30 h en el 8º piso de Av. Las Heras 1833. Las reuniones tendrán una frecuencia quincenal.
Campaña de recolección de residuos eléctricos y electrónicos
La Comisión de Derecho Ambiental Notarial del Colegio ha puesto en marcha una campaña destinada a la recolección de residuos eléctricos y electrónicos. A través de esta iniciativa, los escribanos y la comunidad en general tendrán la oportunidad de disponer de manera responsable de los siguientes elementos en desuso:
– celulares,
– tablets,
– notebooks y sus accesorios (cables, mouses, teclados),
– drones, equipos de música, tocadiscos, cámaras de fotos,
– pequeños electrodomésticos.
Estos residuos podrán ser dejados en los contenedores dispuestos para tal fin en el hall de entrada de Av. Las Heras 1833.
El propósito de esta acción es sensibilizar a los escribanos y a la comunidad sobre el impacto ambiental negativo que generan estos residuos cuando no se gestionan de manera responsable y realizar un aporte desde el notariado para disminuir esta huella negativa para el medio ambiente.
Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) – Sistema de turnos para atención presencial
Con el objeto de optimizar la atención, brindar mayor rapidez y agilizar los trámites, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) implementará, desde el 18 de marzo, un nuevo sistema de turnos para la atención presencial.
Desde la secretaría privada de la DPPJ informaron que el acceso a este sistema se deberá realizar a través del sitio web www.gba.gob.ar/dppj.
Con la puesta en funcionamiento de esta modalidad, los usuarios podrán acceder a los turnos para atención en mesa de entrada, rúbrica de libros y asesoramiento para asociaciones civiles. Cada turno será intransferible y solo podrá asistir el titular del mismo.
ARBA: Resolución Normativa 10/25
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) ha publicado la Resolución Normativa 10/25, referida a la bonificación del cinco por ciento (5%) del monto de cada cuota correspondiente al ejercicio fiscal 2025, en los Impuestos Inmobiliario –componentes básico y complementario-, cualquiera sea la planta en la que se ubiquen los inmuebles o conjunto de inmuebles de que se trate, y a los Automotores –tanto respecto de vehículos automotores como embarcaciones deportivas o de recreación.
Ministerio de Justicia: Resolución 89/25 – Tabla de aranceles DNRPA
El Ministerio de Justicia publicó la Resolución 89/25, mediante la cual sustituye el Anexo V de la Resolución ex M.J. y D.H. Nº 314 del 16 de mayo de 2002 y sus modificatorias, referido a los aranceles que debe percibir la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios en su sede o por su gestión.
Entrada en vigencia: desde su la publicación en el Boletín Oficial (06/03/25).
Colecta solidaria para Bahía Blanca
Fecha límite para acercar las donaciones:
hasta el miércoles 19 de marzo
ARBA: Resolución Normativa 9/25
ARBA publicó la Resolución Normativa 9/25 que establece, a partir del 5 de marzo de 2025, un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes y sus responsables solidarios, provenientes de los Impuestos Inmobiliario -componentes básico y complementario-, a los Automotores -incluyendo vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación-, y sobre los Ingresos Brutos; vencidas o devengadas, según el impuesto de que se trate, desde el 1° de enero del año en que se realiza el acogimiento y hasta la fecha en que se formaliza este último, sus intereses, accesorios y multas por infracciones relacionadas con esos conceptos; que no se encuentren en proceso de ejecución judicial ni en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa.
Registro Nacional de las Personas: Disposición 199/25
La Dirección Nacional del Registro Nacional de las Personas publicó la Disposición 199/25 que aprueba el cuadro tarifario, incorporado en el anexo a la norma, para los distintos tipos de trámites de pasaportes y de documentos de viaje para apátridas o refugiados expedidos en todo el territorio de la Nación.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 199/25
Haga clic aquí para acceder al anexo
Medallas de Oro y Plata: Nuevo criterio para el cómputo de las bodas profesionales
El Consejo Directivo aprobó la modificación del reglamento para la entrega de medallas de oro y plata, vigente a partir de 2025. Este cambio tiene como objetivo precisar el criterio aplicado para computar los 25 o 50 años de trayectoria en la función, que respaldan el reconocimiento al mérito profesional.
Hasta ahora, los plazos se contaban desde la obtención del título de abogado, criterio que tuvo su razón de ser histórica, pero que generaba inconsistencias, porque no siempre reflejaba el tiempo real de ejercicio de la función notarial.
Con esta modificación, el cómputo de años se ajusta al criterio convencional, aplicado por la mayoría de las instituciones profesionales para evaluar la idoneidad en la trayectoria laboral y otorgar el reconocimiento al mérito profesional.
Haga clic aquí para acceder al reglamento de Medallas de Oro y Plata
Comisión de Derecho Notarial Ambiental
La Comisión de Derecho Notarial Ambiental invita a los escribanos interesados en abordar temas de intervención notarial con impacto ambiental a participar en una reunión que se llevará a cabo el jueves 20 de marzo a las 10:30 h en la Sala San Martín, ubicada en Av. Las Heras 1833, 6° piso.
La frecuencia de los encuentros será determinada en el transcurso de la actividad.
Dirección Provincial de Personas Jurídicas: Disposición 175/25
Procedimiento digital para reservas de nombre y desarchivos
La Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires (DPPJ) publicó la Disposición 175/25, mediante la cual dispone que, a partir del 28 de febrero, las solicitudes de desarchivo y reserva de denominación deberán ingresar exclusivamente mediante procedimiento digital y remoto. El organismo publicará en su sitio web oficial los formularios electrónicos correspondientes.
Instituto de Filosofía – Reinicio de actividades y convocatoria
Jueves 13 de marzo
El Instituto de Filosofía del Colegio reinicia sus actividades el jueves 13 de marzo, a las 19 h, en la Sala Vélez Sarsfield (6º piso de Av. Las Heras 1833), e invita al notariado a sumarse a estos espacios de reflexión y debate entre colegas.
Quienes no puedan asistir podrán participar del encuentro en forma virtual, por la plataforma Zoom (deberán solicitar el número de ID y contraseña por mail a la secretaria del Instituto, Esc. Josefina Bilbao: escribania@escribaniabilbao.com).
Durante las primeras reuniones se abrirá un espacio de debate para que los participantes propongan los temas que se abordarán a lo largo del año. Las reuniones son quincenales.
Servicios Web RPI – Suspensión temporaria
Entre el viernes 28 y el miércoles 5 de marzo
Los servicios web del Registro de la Propiedad Inmueble de Capital Federal (RPI) estarán fuera de servicio entre las 16 h del viernes 28 y las 7 h del miércoles 5 de marzo, por tareas de mantenimiento.
Apostillas y habilitados
Nuevos campos a completar en la solicitud remota
Se informa a los colegas que se han implementado los siguientes campos adicionales en la solicitud remota de apostillas/habilitados:
- Funcionario: nombre completo del funcionario cuya firma se requiere apostillar (si el documento consiste en una foja de legalización emitida por un colegio notarial, se debe colocar el nombre del escribano legalizador).
- Organismo: nombre de la entidad que emite el documento (si el documento consiste en una foja de legalización notarial, el nombre del organismo emisor: p. ej. Colegio de Escribanos).
- Referencia: es un campo de uso interno del escribano y refiere a la denominación de ese trámite particular que facilita individualizarlo en el listado de todos los trámites ingresados.
El formato deseable de la información es MAYUSCULAS.
Antes de seleccionar ARCHIVO PARTICULAR, deberá haber elegido una de las opciones del campo “CERTIFICADO CON O SIN FIRMA DIGITAL” (si el documento a intervenir contiene o no firma digital).
Registro de Deudores Alimentarios Morosos
Canal de atención exclusivo para escribanos
Con el objetivo de agilizar y facilitar la gestión de certificados del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, se estableció un canal de atención exclusivo para escribanos.
A partir de ahora, los colegas podrán solicitar los certificados de manera directa, sin tener que hacerlo a través de la plataforma y reduciendo significativamente los tiempos de espera.
Datos de contacto: Gabriela Buonocore, deudoresalimentarios@buenosaires.gob.ar, 11 5420 2018.
After Notarial. El backstage de la escribanía
Primer encuentro del año: “Desafíos inmobiliarios 2025. Apuntes para escribanos”
Desafíos inmobiliarios 2025. Apuntes para escribanos” (*)
🗓️ Martes 18 de marzo
🕜18:00
📍Salón Soldi (Av. Callao 1542) (**)
🗣️Oradores:
- Daniel Bryn (titular de Bryn Real Estate, creador de Monitor Inmobiliario e Invertire).
- Juan Fernández Mugica (conductor de “Real Estate” en FM Milenium, periodista especializado en temas inmobiliarios, coordinador en el Club de Ejecutivos del Real Estate en Argentina [CEREA]).
💲Inscripción: $20.000 (***)
(*) Esta actividad no otorga puntos para el cumplimiento de los arts. 38 y 39 de la Ley 404.
(**) Cupo limitado (40 asistentes).
(***) El valor de la inscripción incluye 1 tapa + 1 trago y/o 1 cerveza y/o 2 bebidas sin alcohol. Escribanos de registro y jubilados: el pago se realiza directamente vía boleta Ley 404/boleta de haberes previsionales. Escribanos matriculados: deben abonar presencialmente, en el sector de cajas de Legalizaciones (1º EP de Av. Las Heras 1833).
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero 2025
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero de 2025. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 3645
Monto involucrado $ 433.177 millones
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el primer mes de 2025 una suba de 93,7% respecto del nivel de un año antes, al sumar 3645 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 202,9%, con $433.177 millones.
En comparación con diciembre de 2024, los actos bajaron un 52,5% (dic 7667 escrituras).
El monto medio de los actos fue de $118.841.472 (111.031 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 56,4% en un año en pesos, y en moneda estadounidense escaló 22,4%.
En enero, hubo 945 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la suba en ese sentido es del 1269,5% respecto al mismo mes del año pasado.
Cotización del dólar y escrituración promedio en dólares
Inspección de Protocolos: Pautas de revisión del cumplimiento de obligaciones UIF (Resolución 242/23)
Se informan las pautas de revisión del cumplimiento de las obligaciones establecidas por la UIF en la Resolución 242/23, que aplicará el Departamento de Inspección de Protocolo al realizar las inspecciones de protocolo correspondientes.
Estas pautas responden a lo establecido en el artículo 11 de la Resolución, el que autorizó la realización de auditorías internas a cargo del propio colegio profesional, en reemplazo de las revisiones externas independientes.
Estas fueron elaboradas por el Departamento de Inspección de Protocolos, con la colaboración del Esc. Julián González Mantelli y los asesores del Colegio en materia de prevención de lavado de dinero, y aprobadas por el Consejo Directivo, mediante la Resolución 361/24.
Convocatoria a escribanos para incorporarse como docentes y ayudantes
Las autoridades del Colegio resolvieron abrir la convocatoria a escribanos de registro de esta jurisdicción que estén interesados en formar parte de la nómina de docentes que actualmente dictan los Cursos de Práctica Notarial y Empleados de Escribanía.
Los interesados deberán poseer esencialmente vocación y compromiso, y reunir las siguientes condiciones:
Docente:
-
- Ser titular o adscripto con una antigüedad no inferior a los 4 años ininterrumpidos en el ejercicio de la función notarial.
- Se valorará la experiencia docente (requisito no excluyente) en cursos dictados en el Colegio y/o en carreras de grado o postgrado como así también tener conocimiento en la aplicación de todas las nuevas tecnologías y aplicativos.
Ayudante ad honorem:
-
- Ser titular o adscripto con una antigüedad no inferior a los 1 años.
El plantel de escribanos docentes y ayudantes se conformará de acuerdo a los requerimientos de los cursos que deban abrirse, en base a los inscriptos, y previa selección de la Comisión que al efecto designe el Consejo Directivo.
IMPORTANTE: Los interesados deberán asistir a un curso de capacitación en didáctica y pedagogía que se dictará en el Colegio en el mes de marzo.
La convocatoria de “escribanos ayudantes” tiene como objetivo que los mismos colaboren en el desarrollo de las clases y se formen en la carrera docente.
Los postulantes, en ambos casos, no deberán tener ningún tipo de sanción disciplinaria ni poseer deudas de ninguna índole con el Colegio en los últimos 5 años.
Será suficiente la presentación del CV para inscribirse pudiendo requerirse comprobantes académicos, en caso de ser necesario.
INSCRIPCIÓN: Se realizará por Mesa de Entradas Virtual (Acceso Restringido) desde el 24 de febrero al 14 de marzo.
Coro Julio A. Aznárez Jáuregui | Convocatoria de voces 2025
Se encuentra abierta la convocatoria de voces para integrar el coro del Colegio Julio A. Aznárez Jáuregui, bajo la dirección de Silvia Pérez Monsalve. Se convoca a escribanos, familiares de colegas de la demarcación y allegados con experiencia coral, preferentemente. El repertorio será de música popular argentina y latinoamericana.
Los ensayos comenzarán el martes 11 de marzo y se realizan con frecuencia semanal, todos los martes, de 19 a 21.30 h, en Av. Las Heras 1833.
Datos de contacto y entrevistas:
Silvia Pérez Monsalve
15 3504-5438
silpersalve@gmail.com
Convocatoria a participar del Grupo de Teatro del Colegio
La Comisión de Cultura del Colegio convoca a colegas que tengan inquietudes actorales o artísticas en general a sumarse al grupo de Teatro del Colegio. Este grupo viene trabajando bajo la dirección y asistencia de una reconocida docente y directora teatral desde 2022, con presentaciones de obras e intervenciones de diversa índole.
La convocatoria está abierta a todos los escribanos y también a empleados del Colegio que quieran animarse a disfrutar, a jugar, por un rato, a ser actores, asistentes, utileros, vestuaristas, cantantes, clowns, dramaturgos. También convoca a todos aquellos integrantes de la comunidad notarial que cuenten con alguna intención, inquietud, curiosidad, empuje o habilidad para participar de este espacio artístico que promueve la cultura entre los escribanos y la sociedad.
Los encuentros/clases/ensayos comenzarán el miércoles 12 de marzo, a las 18.15 h, en el salón Gervasio A. de Posadas de Av. Callao 1542 y se realizan semanalmente todos los miércoles.
Los interesados en participar podrán enviar un mail a comision_cultura@colegio-escribanos.org.ar
ARCA: Resolución General 5650/25
La Resolución General 5650/2025 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) establece modificaciones al procedimiento para obtener la Clave de Inversores del Exterior (CIE) y deroga la Clave de Identificación Especial.
Decreto 116/25 – Banco Nación Argentina
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 116/25, mediante el cual se dispone la transformación del ente autárquico Banco de la Nación Argentina en Banco de la Nación Argentina Sociedad Anónima en la órbita del Ministerio de Economía, de acuerdo con las disposiciones de este decreto, bajo el régimen de la Ley General de Sociedades 19.550 (T.O. 1984), como continuadora del ente autárquico en todos sus derechos y obligaciones y sometida a la Ley 21.526.
Haga clic aquí para acceder al Decreto
Haga clic aquí para acceder al Anexo
Asociación Empleados de Escribanos Paritarias Enero – Marzo 2025
Se informa a los colegas que, luego de negociaciones con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal, se acordó la siguiente recomposición salarial para los meses de enero, febrero y marzo de 2025:
- Fijar un incremento salarial a partir del 1º de enero de 2025 del 3% sobre los salarios percibidos al 31 de diciembre de 2024 y en forma acumulativa.
- Sobre los salarios ajustados al 31 de enero de 2025 y en forma acumulativa, aplicar un incremento del 2% a partir del 1º de febrero de 2025.
- Sobre los salarios ajustados al 28 de febrero de 2025 y en forma acumulativa, aplicar un incremento del 2% a partir del 1º de marzo de 2025.
Las partes se comprometen a retomar negociaciones de la paritaria con vencimiento al 31 de mayo de 2025, al finalizar el mes de abril de 2025
Los incrementos acordados serán de aplicación inmediata y aclarando que las diferencias surgidas de este acuerdo referidas al mes de enero de 2025 deberán ser integradas en forma conjunta con las correcciones fijadas para el mes de febrero de 2025 a liquidarse al finalizar el corriente mes.
La aplicación inmediata de los aumentos fijados en este acuerdo no estará condicionada en ningún momento con la homologación por parte del Ministerio de Trabajo.
Se detallan los montos mínimos de todas las categorías vigentes (Convenio N° 448/06), para cada uno de los períodos con incrementos:
1º de ENERO de 2025 1º de FEBRERO de 2025
Ayudante $ 743.140 $ 758.003
Liquidador $ 936.965 $ 955.704
Protocolista $ 1.065.229 $ 1.086.534
Oficial Mayor $ 1.226.354 $ 1.250.881
1º de MARZO de 2025
Ayudante $ 773.163
Liquidador $ 974.818
Protocolista $ 1.108.265
Oficial Mayor $ 1.275.899
Actualización de la tabla de actos notariales SIE
Se pone a disposición de los colegas la tabla de los actos notariales del Sistema Integrado de Escrituras (SIE) con las actualizaciones vigentes para los actos autorizados a partir del 1° de marzo de 2025.
Nuevos valores del Colegio y de la Caja Notarial Previsional
Lo siento, pero debe conectarse para ver este contenido,
Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
RPI de la Capital Federal: Disposición Administrativa 2/25
Vigencia: Aplicable a todos los documentos ingresados a partir del 1° de marzo de 2025, sin importar la fecha de la escritura.
Con fecha 10 de febrero de 2025 se publicó la Disposición Administrativa 2/25, con vigencia para aquellos documentos ingresados al Registro a partir del 1° de marzo, sin importar la fecha del documento a inscribir.
Esta DA tiene por objeto la simplificación del sistema de contribuciones especiales para la registración de documentos. Entre las modificaciones, mencionamos las siguientes:
Con relación a las Contribuciones Ley 17.050:
- Se redujo a un único costo el trámite de registro de cualquier tipo de documento con independencia de la cantidad de actos incluidos en una misma minuta.
- Las contribuciones por informes, certificados y para la registración de Reglamentos de Copropiedad no se modifican en lo sustancial.
- Se aprobó la nueva planilla de módulos para las minutas de inscripción. Los valores de los formularios Ley 17.050 se aplicarán por minuta, es decir por cada inmueble o por cada unidad funcional, sin importar el tipo o la cantidad de actos solicitados en la misma minuta.
- Se deja de cobrar el costo de la carpeta Ley 23.412.
- Derecho Urgente para Minutas: se restablece un único monto o cantidad de módulos para trámites urgentes, sin distinción del tipo de trámite.
Con relación a la Tasa Registral Dec. 1487/1986, modificado por Dec. 902/2024:
Se abonará la tasa al iniciar el trámite de inscripción o anotación. No será necesario volver a pagar por actos complementarios, aclaratorios, rectificatorios o extintivos de un asiento previamente inscripto. Se adjunta el listado de actos y negocios que pagan la Tasa Registral del 1/1000 sobre precio, monto o valor fiscal el que sea mayor (link al pie).
Vivienda social: la tasa de registro tendrá una reducción del 50% para proyectos oficiales de vivienda social. También estarán exentas de la contribución Ley 17.050 las solicitudes de informe de índice de titularidad y certificaciones exigidas por el Art. 23 de la Ley 17.801, cuando sean requeridas en el marco de estos planes.
La modalidad de trámite urgente no tendrá reducciones.
Haga clic aquí para acceder a la Disp. 2/25
Haga clic aquí para acceder al Anexo
Ministerio de Justicia: Resolución 38/25
El Ministerio de Justicia publicó la Resolución 38/25 que establece una reducción del 20% del costo del trámite de inscripción inicial de los automotores, motovehículos y maquinaria agraria, vial o industrial que se gestionen a través del Registro Único Virtual (RUV) creado por el artículo 1º de la Disposición 74/25 de la DNRPA.
DNRPA: Disposición 93/25
La Dirección Nacional del Automotor publicó la Disposición 93/25 que establece que la inscripción inicial de automotores y motovehículos 0 Km de fabricación nacional e importados, podrán ser efectuadas por las personas autorizadas por los comerciantes habitualistas inscriptos, a través del Registro Único Virtual (RUV) de manera remota y virtual, ingresando los datos en el Registro Único Nacional del Automotor (RUNA), siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
a.- Que el adquirente sea persona humana, mayor de edad, plenamente capaz y que actúe por su propio derecho.
b.- Que el precio de venta no involucre sumas que alcancen o superen los montos informados como “Umbrales para el Sector Automotor” conforme a las normas establecidas por la Unidad de Información Financiera.
c.- Que el automotor cuente con su respectiva Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y su Licencia de Configuración Ambiental (LCA), de corresponder.
d.- Que el certificado de importación o fabricación no tenga restricciones o limitaciones al dominio o que el automotor se encuentre afectado a regímenes especiales.
e.- Que el automotor no se inscriba con prenda simultánea o contrato de leasing.
f.- Que no se peticionen en forma simultánea trámites de alta, baja o cambio de tipo de carrocería o de automotor, ni de afectación a un uso que requiera su efectiva acreditación.
g.- Que el modelo-año que surja del certificado de fabricación o importación corresponda al año en que se efectúe la inscripción.
h.- Que el adquirente del automotor o motovehículo encomiende mediante nota la gestión de inscripción al comerciante habitualista, dejándose constancia de que sólo abonará por el trámite los aranceles que a tal efecto establezca el MINISTERIO DE JUSTICIA.
i.- Que el comerciante habitualista cuente con firma digital para acceder al Registro Único Nacional del Automotor (RUNA).
Fallecimiento Esc. Alicia Cristina Pérez
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento de la escribana jubilada Alicia Cristina Pérez, matrícula N° 2960, ocurrido el 14 de febrero del año en curso.
CNV: Resolución General 1053/25
La Comisión Nacional de Valores ha publicado la Resolución General 1053/25 que introduce un régimen especial dentro del marco regulatorio de los fideicomisos financieros para aquellos cuyo activo subyacente sean hipotecas, letras hipotecarias o créditos hipotecarios.
Requisitos para la cesión de derechos hipotecarios:
- Los créditos hipotecarios a titularizar deben cumplir con los estándares del Banco Central (Manual de originación y administración de préstamos).
- Si los documentos no cumplen con los artículos 70 a 72 de la Ley 24.441, se deben notificar a los deudores por medios alternativos.
- Si no cumplen con las pautas del BCRA, la oferta pública debe tramitarse bajo el régimen general.
Haga clic aquí para acceder a la RG 1053/25
IGJ: Resolución General 5/25
La IGJ ha publicado el 11 de febrero la Resolución General 5/25, mediante la cual se establecen las siguientes cuestiones:
- Se habilita la inscripción de transformaciones de sociedades con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- Se habilita la toma de razón e inscripción en el Registro Público a cargo de la IGJ, de transformaciones de sociedades incluidas en el Capítulo II de la Ley 19.550 y en el Título III de la Ley 27.349, con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en sociedades incluidas en la Sección IV del Capítulo de la Ley 19.550, en conformidad con el artículo 162 del Código Civil y Comercial de la Nación.
- La transformación no implica la disolución ni la pérdida de la personalidad jurídica de la sociedad, sino un cambio en su estructura organizativa.
Requisitos para la inscripción:
Las sociedades que decidan transformarse deben presentar la documentación requerida dentro de un plazo de 3 meses desde la aprobación del acuerdo de transformación. Los principales requisitos incluyen:
Instrumentación del acto de transformación
– Escritura pública o instrumento privado original con copias en diferentes formatos.
– Transcripción del acta de asamblea o reunión de socios donde se aprobó la transformación.
– Mención de socios que continúan y nuevos integrantes, asegurando la pluralidad societaria.
– Expresión de socios recedentes y su participación en el capital.
Balance especial de transformación
– Debe estar cerrado a una fecha que no exceda de un mes desde la aprobación del acuerdo.
– Requiere firma del representante legal y dictamen de auditoría.
Dictamen contable
– Certificación de los datos de rúbrica en el libro de Inventarios y Balances.
– Inventario resumido con informe contable sobre valuaciones y origen de los activos.
Dictamen de precalificación (además de la información que debe contener el dictamen de precalificación legal)
– Identificación de todos los libros rubricados de la sociedad.
– Indicación de qué libros se transferirán y cuáles se discontinuarán.
Publicaciones exigidas
– Convocatoria a asamblea (en caso de sociedades por acciones en las que no se haya resuelto por unanimidad).
– Publicación en el Boletín Oficial y diario de publicaciones legales con los datos de la transformación (denominación anterior y nueva, socios que ingresan y egresan, entre otros).
Entrada en vigencia: a partir de la fecha de publicación (11/02/25)
ARCA: Resolución General 5648/25
La Agencia de Recaudación y Control (ARCA) ha publicado la Resolución General 5648/25, mediante la cual se sustituye el primer párrafo del artículo 7° de la Resolución General 975, sus modificatorias y complementarias, por el siguiente:
“ARTÍCULO 7°.- La presentación de la declaración jurada deberá efectuarse hasta el día del mes de junio del año inmediato siguiente al del período fiscal que se declara, según el cronograma de vencimientos que se establezca para cada año fiscal conforme la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) de los responsables.”
Subsecretaría de Gestión Urbana – Resolución 4/25
La Subsecretaría de Gestión Urbana publicó la Resolución 4/25 mediante la cual:
Se aprueban los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:
- RT 030803-020303-11 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES MEDIOS DE SALIDA (IF-2025-05830127-GCABA-SSGU); –
- RT-030803-020303-10 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES LOCALES (IF-2025-05832718-GCABA-SSGU); –
- RT030803-020303-09 – EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES GENERALIDADES (IF2025-05833200-GCABA-SSGU);
- RT-030803-020303-06 – EDUCACIÓN PROTECCIONES POR CAÍDAS (IF-2025-05834486-GCABA-SSGU);
- RT-030803020303-07 – EDUCACIÓN CIRCULACIONES Y MEDIOS DE SALIDA (IF-202505834641-GCABA-SSGU);
- RT-030803-020303-08 – EDUCACIÓN MEDIOS DE ELEVACIÓN (IF-2025-05844045-GCABA-SSGU) y
- RT-030803-020303-05 – CARACTERÍSTICAS DE LOS LOCALES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS (IF-202505844203-GCABA-SSGU), los que forman parte integrante de la presente Resolución.
Se aprueba la modificación de los Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:
- RT-030909-020202-03 CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA (IF-2025-05826560-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 – OCUPACIÓN (IF-2025-05830360-GCABA-SSGU);
- RT-030803-020303-03 – INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2025-05830989GCABA-SSGU);
- RT-030803-020303-04 – EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2025-05831520-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-01 – EDUCACIÓN MODALIDADES DE USO (IF-2025-05832090-GCABA-SSGU).
Se derogan los siguientes Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:
- RT030909-020202-03 – CONDICIONES ESPECÍFICAS DE PROTECCIÓN ACTIVA IF2024-47982021-GCABA-SSGU); RT-030803-020303-02 – OCUPACIÓN (IF-2021- 34176286 GCABA-DGINFE);
- RT-030803-020303-03 – INTERVENCIONES EN EDIFICIOS EDUCATIVOS EXISTENTES ACCESIBILIDAD (IF-2021-34176433GCABA-DGINFE);
- RT-030803-020303-04 – EDUCACIÓN VIDRIOS DE SEGURIDAD (IF-2022-46966592-GCABA-SSGU);
- RT-030803-020303-01 MODALIDADES DE USO (IF-2021-34176145-GCABA-DGINFE). – EDUCACIÓN
Entrada en vigencia: a partir de su publicación en el Boletín Oficial: (06/02/25)
Haga clic aquí para acceder a la Resolución 4/25
Reglamentos Técnicos del Código de Edificación:
Anexo 1 – Edificios Educativos Existentes Medios de Salida
Anexo 2 – Edificios Educativos Existentes Locales
Anexo 3 – Edificios Educativos Existentes Generalidades
Anexo 4 – Educación Protecciones por Caídas
Anexo 5 – Educación Circulaciones y Medios de Salida
Anexo 6 – Educación Medios de Elevación
Anexo 7 – Características de los Locales en Edificios Educativos
Anexo 8 – Condiciones Específicas de Protección Activa
Anexo 9 – Ocupación
Anexo 10 – Intervenciones en Edificios Educativos Existentes Accesibilidad
Anexo 11 – Educación Vidrios de Seguridad
Anexo 12 – Educación Modalidades de Uso
RPBA: DTR 1/25
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires (RPBA) publicó la DTR 1/25, mediante la cual se modifica el artículo 50 de la Disposición Técnico Registral 1/2019, en materia de reclamos por rechazos incorrectos de publicidad, el que queda redactado de la siguiente manera:
“Procedimiento administrativo. Reclamo por rechazo incorrecto. Si el solicitante considera que el rechazo es infundado, podrá realizar el reclamo correspondiente por medio del formulario web habilitado en la página institucional de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, o presentarse ante el Sector Consultoría y Orientación Registral de Sede Central, o ante la Delegación Regional que corresponda. En caso de ser necesario, al momento de dar inicio al reclamo deberá adjuntarse la documentación pertinente que haga a su derecho. En caso de que el rechazo resultare infundado, el solicitante deberá ingresar un nuevo formulario y se le validará la tasa especial por servicios registrales oportunamente repuesta, siempre que la nueva solicitud sea presentada dentro del plazo de vigencia del servicio requerido. Cuando la publicidad no tenga establecido un plazo especial de vigencia, su validez no podrá ser superior a los noventa (90) días desde su primigenio ingreso. En los casos en que el rechazo hubiere originado un conflicto de prioridades, se iniciarán actuaciones administrativas.”
DNRPA: Disposición 74/25
La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) publicó la Disposición 74/25, mediante la cual se crea el Registro Único Virtual (RUV), con carácter remoto, abierto, accesible y estandarizado, a fin de instrumentar la inscripción de trámites de carácter virtual de bienes en el marco del Régimen Jurídico del Automotor.
El RUV, en una primera etapa, tendrá a cargo la inscripción inicial virtual de automotores cero kilómetro (0 km) (pendiente de reglamentación).
Asimismo, se ha desarrollado el Proyecto RUNA (Registro Único Nacional del Automotor), un sistema informático para la estandarización, simplificación y modernización de los procedimientos registrales del automotor. Se fija el 19 de febrero de 2025 como fecha de entrada en vigencia del RUNA.
Fallecimiento Esc. Ana M. Paganelli
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento de la escribana jubilada Ana María Paganelli, matrícula 2835, ocurrido el 3 de febrero de 2025.
RPBA: Disposición Administrativa 12/25
El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha emitido la Disposición Administrativa 12/25, mediante la cual se encomienda al Departamento Sistemas y Procesamiento de Datos que arbitre las medidas necesarias a fin de que la publicidad de tipo “Urgente” -regulada por el art. 46 inc. 2 de la Disposición Técnico Registral N° 1/2019– se expida al momento en que haya sido procesada por el área correspondiente, procurando evitar, cuando resulte factible, el transcurso del plazo total de expedición.
RPBA: Disposición Administrativa 16/25
El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha emitido la Disposición Administrativa 16/25, mediante la cual se dispone, a partir del 3 de febrero, la no obligatoriedad de la solicitud de turnos web para la atención de consultas en el sector Consultoría y Orientación Registral, habilitando a tales efectos en la sede central del Registro la expedición de turnos presenciales para la prestación del servicio en el día.
Haga clic aquí para acceder a la DA 16/25
Nuevo servicio: Simulador de Préstamos
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Si tiene la clave recordada en el formulario y le arroja error, por favor ingrésela nuevamente a mano.
Solicitud de certificado de libre deuda de expensas: Nuevo valor
A partir del 1° de febrero
La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Asuntos Inmobiliarios ha informado que el valor sugerido del certificado, a partir del 1º de febrero, es de $ 79.500 (IVA incluido).
Se recuerda que este servicio se encuentra disponible en el Acceso Restringido Único, para gestionar el formulario único de solicitud de certificado de libre deuda de expensas.
RPI Capital Federal – Precarga notarial: Documentación requerida por el organismo
El RPI de la Capital Federal ofrece la opción de completar la minuta rogatoria íntegramente de forma online a través de la Precarga Notarial -con firma digital-, cuyo comprobante será presentado junto con la documentación en el Registro.
Se recuerda que, al momento de ingresar de manera presencial el trámite por Mesa de Entrada, únicamente deberá adjuntarse:
- El testimonio de la escritura original.
- El comprobante de generación de minuta / resumen de precarga.
- El formulario de beneficiario final, solamente si correspondiera su presentación y si no ha sido registrado en el sistema.
No es necesario presentar la minuta impresa, el volante de pago, ni copia de la DDJJ de Beneficiario Final (si ya impactó en el sistema).
En los casos de reingreso por observaciones, a la documentación detallada anteriormente, también deberá adjuntarse el volante de observación/condición contestado y firmado por el profesional.
Haga clic aquí para acceder al instructivo PRECARGA NOTARIAL
Por otro lado, se recuerda que existe la opción de realizar este trámite íntegramente de manera online, a través de la opción “Presentación digital”, utilizando en este caso el testimonio digital de la escritura.
Haga clic aquí para acceder al instructivo PRESENTACIÓN DIGITAL
Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional – Reinicio de actividades
Se informa a los colegas que la Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional retomará sus actividades a partir del martes 4 de febrero.
La Comisión se reúne los martes, de 18.30 a 20 h, en la Sala Delta del 6to piso de Av. Las Heras 1833. Debido a la naturaleza de las consultas, las mismas deben efectuarse exclusivamente de manera presencial.
Esta Comisión es el espacio indicado para que los colegas que se encuentran ante una situación conflictiva o de difícil resolución sean asesorados por escribanos con vasta experiencia sobre el mejor camino a seguir en cada caso.
Asimismo, se sugiere concurrir con la documentación respaldatoria existente, a fin de poder dar una respuesta exhaustiva a las inquietudes planteadas.
Aquellos colegas que estén interesados en acercarse podrán enviar un mail previamente a: comision_defensa_escribano_proteccion_jurisdiccional@colegio-escribanos.org.ar
CABA: Ley 6771
Registro Público de Alimentantes Morosos
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sancionó la Ley 6771, mediante la cual se introducen modificaciones e incorporaciones a la Ley 269, texto consolidado por Ley 6588.