Normativa ordenada en forma cronológica
RPI de la Capital Federal: DTR 6/20
Inscripción o anotación registral mediante nota digital.
Se informa a los colegas que el RPI de la Capital Federal ha publicado la DTR 6/20, mediante la cual se dispone que la inscripción o anotación registral, regulada por el artículo 28 de Ley 17.801, podrá realizarse mediante nota digital firmada por el registrador de conformidad con la Ley 25.506, dicha constancia integrará el documento y su autenticidad y exactitud podrá ser verificada desde el sitio web del organismo a partir del código de seguridad en ella indicado y del número de presentación del documento.
Haga clic aquí para acceder a la DTR 6/20
Nota importante: Debido al mecanismo de publicación de normas ante el Boletín Oficial que el organismo debe realizar a través del TAD, el cual no distingue entre “Disposición” y “Disposición Técnico Registral”, no es posible mantener la correlatividad de las normas. De tal manera que la DTR inmediata anterior a la presente es la 2/20.
Actualización de la tabla de actos notariales – Colegio de Escribanos de Provincia de Buenos Aires
A partir del 1 de noviembre de 2020.
Se pone a disposición de los colegas la última actualización de la tabla de actos notariales del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, vigente a partir del 1° de noviembre de 2020.
Haga clic aquí para acceder a la tabla actualizada
Haga clic aquí para acceder a la tabla actualizada sobre barcos
Jefatura de Gabinete de la Nación: Decisión Administrativa 1977/20
Se informa a los colegas que la Jefatura de Gabinete de la Nación publicó la Decisión Administrativa 1977/20, mediante la cual se exceptúan del ASPO a las personas afectadas a las actividades relacionadas con eventos culturales al aire libre, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Haga clic aquí para acceder a la Decisión Administrativa 1977/20
AGIP: Inconvenientes en el SIE para generar el VEP para el pago de Sellos
Se advierte a los colegas que se han detectado problemas en el SIE al momento de generar el VEP para pagar el Impuesto de Sellos.
El Colegio ya ha efectuado los reclamos pertinentes ante la AGIP, a fin de que, a la brevedad posible, se regularice este sistema.
Informaremos por este medio, apenas tengamos novedades sobre el tema.
Dirección Provincial de Personas Jurídicas: Disposición 34/20
Calendario de recepción de trámites por Mesa de Entradas.
La Dirección Provincial de Personas Jurídicas ha publicado la Disposición 34/20, mediante la cual resuelve:
- Establecer como último día de ingreso por Mesa de Entradas de esta sede central para la registración de trámites especiales durante 2020:
- Trámites de quince días: 13 de noviembre del 2020.
- Trámites de cuatro días: 2 de diciembre de 2020.
- Trámites de un día: 9 de diciembre de 2020.
- Establecer como último día de ingreso de trámites especiales para su registración por el Departamento de Delegaciones del Interior, durante el año 2020:
- Trámites de quince días: 13 de noviembre de 2020.
- Trámites de cuatro días: 30 de noviembre de 2020.
- Trámites de un día: 9 de diciembre de 2020.
- Establecer como último día de ingreso por Mesa de Entradas de Rúbricas de Libros de sede central de trámites especiales de rúbricas de libros para su intervención durante 2020:
- Trámites de quince días: 13 de noviembre de 2020.
- Trámites de cuatro días: 30 de noviembre de 2020.
- Trámites de un día: 9 de diciembre de 2020.
- Establecer como último día de ingreso por el Departamento Delegaciones del Interior de trámites especiales rúbricas de libros para su intervención durante 2020:
- Trámites de quince días: 13 de noviembre de 2020.
- Trámites de cuatro días: 30 de noviembre de 2020.
- Trámites de un día: 9 de diciembre de 2020.
- Los trámites que ingresen con petición especial con posterioridad a dichas fechas y los observados, se les dará trámite ordinario hasta el último día del mes de enero del año 2021, continuando con su correspondiente plazo especial a partir del primer día hábil de febrero de 2021.
ANSES: Resolución 389/20
Suspensión del trámite de actualización de fe de vida de los jubilados y pensionados del SIPA.
La ANSES ha publicado la Resolución 389/20, mediante la cual se prorroga la suspensión del trámite de actualización de fe de vida por parte de los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y Pensiones No Contributivas, a efectos de garantizarles el cobro de las prestaciones durante noviembre y diciembre de 2020, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente norma.
Asimismo, se establece que los beneficiarios que se encuentran ausentes del país y que perciben sus haberes a través de la figura de Banco Apoderado podrán -en forma excepcional- presentar el certificado de supervivencia semestral ante el “banco apoderado”, hasta el 31 de diciembre de 2020.
Decreto 833/20
Régimen de Regularización de Deudas – Prórroga del plazo.
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 833720, mediante el cual se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8° de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública y sus modificaciones, para que los contribuyentes puedan acogerse al Régimen de Regularización establecido en el Capítulo 1 del Título IV de dicha ley.
Asimismo, se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, el plazo establecido en el antepenúltimo párrafo del artículo 13 de la Ley 27.541, para tramitar y obtener el “Certificado MiPyME” ante la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo.
También se prorroga el plazo establecido en el punto 6.5 del inciso c) del artículo 13 de la Ley 27.541, para el ingreso de la primera cuota del plan de facilidades de pago, el que no podrá vencer antes del 16 de enero de 2021.
Haga clic aquí para acceder al Decreto 833/20
Fallecimiento del Esc. Jorge Alberto López Delzar
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del Esc. Jorge Alberto López Delzar, matrícula 3078, ocurrido el 29 de octubre del año en curso.
AFIP: Resolución General 4844/20
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4844/20, mediante la cual se dispone que los sujetos mencionados en el artículo 1° de la Resolución General 4.693, su modificatoria y sus complementarias, y en el artículo 1º de la Resolución General 4.792, su modificatoria y sus complementarias, podrán acceder al servicio “web” “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP”, desde el 29 de octubre y hasta el 4 de noviembre de 2020, ambas fechas inclusive, a los efectos de obtener -de así corresponder- los beneficios establecidos en los incisos a) y b) del artículo 2º del Decreto Nº 332/20 y sus modificatorios, respecto de los salarios y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino que se devenguen durante el mes de octubre de 2020, y el beneficio de crédito a tasa subsidiada para empresas previsto en el inciso e) del artículo 2º del citado Decreto.
AAEF: Séptima reunión de la Comisión de Tributación Notarial
Coordinadores: Emir J. Pallaviccini, Viviana C. Di Pietromica y Esc. P. Julián González Mantelli
El próximo martes 3 de noviembre a las 18.30 h se realizará la séptima reunión de la Comisión de Tributación Notarial de la Asociación Argentina de Estudios Fiscales (AAEF) por videoconferencia, a través de la plataforma Zoom.
Para consultar el temario y el material de trabajo correspondientes a esta convocatoria haga clic aquí.
Más información: vsilva@colegio-escribanos.org.ar
ARBA: Informe 4/20
Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes. Impuesto de Sellos. Donación con cargo. Onerosidad. Exención.
Se informa a los colegas que fue publicado en la página web de ARBA el informe 4/20, referido al Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes. Impuesto de Sellos. Donación con cargo. Onerosidad. Exención.
En el informe se concluye que el acto de donación con cargo traído a consideración se encuentra gravado por el Impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes, de conformidad a lo previsto en los artículos 307 y siguientes del Código Fiscal (Ley 10.397 T.O. 2011 y mods.), en razón de tratarse de un acuerdo que no traduce existencia de onerosidad alguna entre las partes intervinientes. Asimismo, no resulta aplicable la norma de exención dispuesta por el artículo 320 inciso 2) del citado ordenamiento, toda vez que el donatario no resulta susceptible de ser catalogado como de entidad de bien público en el marco del Decreto 9388/79.
Haga clic aquí para acceder al Informe ARBA 4/20
AFIP: Resolución General 4848/20
Resoluciones Generales Nros. 4.685, 4.699 y 4.727 y sus respectivas modificatorias y complementarias. Extensiones de plazos
La AFIP ha publicado la Resolución General 4848/20 mediante la cual resuelve extender hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive,
- la utilización obligatoria del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General 4.503 y su complementaria, para que los contribuyentes y responsables realicen electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan en el artículo 1° de la Resolución General 4.685, sus modificatorias y su complementaria.
- la eximición establecida por la Resolución General 4.699, sus modificatorias y su complementaria, de la obligación de registrar los datos biométricos ante las dependencias de este Organismo, por parte de los contribuyentes y responsables.
- la asignación del Nivel de Seguridad 3 para las solicitudes de blanqueo de la Clave Fiscal que se realicen a través de cajeros automáticos habilitados por las entidades bancarias, en los términos dispuestos por el artículo 1° de la Resolución General 4.727, sus modificatorias y su complementaria.
- la utilización del servicio con Clave Fiscal denominado “Presentaciones Digitales” implementado por la Resolución General 4.503 y su complementaria, para que las personas humanas que requieran acreditar su condición de apoderados de personas humanas o representantes legales de personas jurídicas suministren la documentación necesaria a esos fines, con los alcances previstos en el artículo 2° de la Resolución General 4.727, sus modificatorias y su complementaria.
AFIP: Resolución General 4847/20
Extensión del plazo para la suspensión de traba de medidas cautelares para Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y de inicio de ejecuciones fiscales.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4847/20, mediante la cual se resuelve extender hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, la suspensión de la traba de medidas cautelares prevista en el artículo 20 de la Resolución General 4.557, sus modificatorias y complementarias, para los sujetos que se encuentren inscriptos en el “Registro de Empresas MiPyMES” creado por la Resolución 220/19 de la entonces Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa y sus modificatorias.
Asimismo, se extiende hasta el 30 de noviembre de 2020, inclusive, la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal establecida por el artículo 1° de la Resolución General 4.730, sus modificatorias y complementarias.
AFIP: Resolución General 4846/20
Régimen de facilidades de pago. Resolución General 4.268, sus modificatorias y su complementaria.
La AFIP ha publicado la Res. Gral. 4846/20, mediante la cual se resuelve sustituir en los cuadros referidos a “Cantidad de Planes, Cuotas y Tasa de Interés de Financiación” del Anexo II de la Resolución General 4.268, sus modificatorias y su complementaria, la expresión “vigencia transitoria desde el 20/08/2019 AL 31/10/2020”, por la expresión “vigencia transitoria desde el 20/08/2019 AL 30/11/2020”.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 4846/20
AFIP: Resolución General 4845/20
Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS). Exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. Extensión de plazo de suspensiones.
La AFIP ha publicado la Res. Gral. 4845/20 mediante la cual resuelve extender hasta el día 2 de noviembre de 2020, la suspensión dispuesta en el artículo 1° de la Resolución General 4.687 y sus modificatorias, del procedimiento sistémico referido a la exclusión de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) previsto en los artículos 53 a 55 de la Resolución General 4.309, su modificatoria y complementaria.
Asimismo, se extiende la suspensión prevista en el artículo 2º de la Resolución General 4.687 y sus modificatorias, respecto de la consideración del mes de octubre de 2020, a los efectos del cómputo del plazo para la aplicación de la baja automática prevista en el artículo 36 del Decreto 1/ 2010 y su modificatorio.
AFIP: Resolución General 4841/20
Caracterización “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Derogación de la Resolución General 4.568 y modificación de las Resoluciones Generales 140, 4011 y 4622.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4841/20, mediante la cual se deroga, a partir del 1 de noviembre de 2020, inclusive, las Resoluciones Generales 4.568 y 4.602, sin perjuicio de su aplicación a los hechos y circunstancias acaecidos durante sus respectivas vigencias. Asimismo modifica artículos de las Resoluciones generales 140, 4011 y 4622 ( ver en el interior de la norma)
Decisión Administrativa 1940/20
Se exceptúa del ASPO a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas.
Se informa a los colegas que fue publicado la Decisión Administrativa 1940/20, mediante la cual se extiende la excepción al cumplimiento del “ASPO” y a la prohibición de circular establecida por la Decisión Administrativa 1518/20 a la actividad desarrollada por embarcaciones náuticas, en todas sus modalidades, con fines recreativos y a las actividades periféricas que posibilitan dicho desarrollo.
Haga clic aquí para acceder a la DA 1940/20
Decisión Administrativa 1952/20
Excepciones al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 1952/20, mediante el cual se exceptúa del cumplimiento del “ASPO” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las siguientes actividades, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
- los tratamientos ambulatorios para rehabilitación; reuniones y actividades formativas y pastorales en instituciones religiosas al aire libre con aforo de UNA (1) persona cada 4 metros cuadrados;
- actividades acuáticas en natatorios públicos o privados exclusivamente al aire libre con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados; museos con público con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados;
- gimnasios con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la capacidad máxima habilitada;
- actividad física en establecimientos públicos o privados (clubes, polideportivos, estudios de danza o afines) al aire libre o con aforo del TREINTA POR CIENTO (30 %) en relación con la capacidad máxima habilitada;
- ferias de artesanías y manualistas al aire libre; celebraciones religiosas al aire libre o con aforo de UNA (1) persona cada 15 metros cuadrados, con capacidad máxima de VEINTE (20) personas, y otras VEINTE (20) personas adicionales si estas estuvieren al aire libre.
Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal
Art. 11 – Convenio Colectivo 448/2006.
Se informa a los colegiados, que conforme a lo establecido por el artículo 11 del Convenio Colectivo 448/2006 con la Asociación Gremial de Empleados de Escribanos, la contribución especial extraordinaria será de $25 por cada escritura, a partir del 1° de junio de 2020.
El valor mencionado se incorporará en la liquidación de los derechos del período 9/2020, cuyo vencimiento opera en noviembre y, asimismo, se incorporará de manera escalonada y retrospectiva la diferencia de los períodos 6, 7 y 8 de 2020, de la siguiente manera:
- En el concepto “279 Ajuste Aporte O. Social Pers. E.” de la boleta de la Ley 404 del período 9/2020, con vencimiento en Noviembre 2020, se incorporará la diferencia correspondiente al período 6/2020, o sea, $23 por cada escritura abonada en ese período.
- En la liquidación del período 10/2020, con vencimiento en diciembre 2020, se incorporará la diferencia correspondiente al período 7/2020, o sea, $23 por cada escritura abonada en ese período.
- Finalmente, en la boleta del período 11/2020, con vencimiento en enero 2021, se incorporará la diferencia correspondiente al período 8/2020, o sea, $23 por cada escritura abonada en ese período.
AFIP: Resolución General 4840/20
Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4840/20, mediante la cual se resuelve fijar, entre los días 26 de octubre y 8 de noviembre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario con el alcance de las previsiones de la Resolución General 1.983, sus modificatorias y complementarias.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 4840/20
IGJ: Resolución General 43/20
Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) – Obligatoriedad de presentación con dictamen profesional de precalificación.
La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 43/20, mediante la cual resuelve, entre otras medidas, que todo trámite registral relativo a sociedades por acciones simplificadas, exceptuado el de inscripción de la subsanación impuesta por la Resolución General IGJ 17/20, deberá ser presentado con dictamen profesional de precalificación, conforme a las previsiones del artículo 50 de la Resolución General IGJ 7/2015, quedando sin efecto, a partir de la vigencia de la presente, cualquier disposición en contrario, contenida en la normativa reglamentaria dictada por este organismo en materia de sociedades por acciones simplificadas.
Asimismo, dispone que los dictámenes de precalificación profesional de presentación obligatoria -conforme al artículo 1° de la presente resolución-, emitidos en fecha posterior a la de la constitución de las sociedades por acciones simplificadas, deberán ajustarse a lo dispuesto por el artículo 11 primer párrafo de la Resolución General IGJ 7/2015.
Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 43/20
Convocatoria a escribanos: Colaboración gratuita con UNICEF y Cruz Roja
El Colegio de Escribanos convoca a los colegas de la demarcación a colaborar con UNICEF y Cruz Roja, en su labor solidaria por mejorar las condiciones de vida de los más vulnerables.
Con respecto al Programa de Instituciones Hereditarias y Legados de UNICEF, el Consejo Directivo reglamentó recientemente el Convenio Marco con UNICEF suscripto con anterioridad, a través del cual asumió el compromiso de brindar asesoramiento gratuito a aquellas personas que tuvieran interés en testar a favor de UNICEF y se comprometió a convocar a sus colegiados para integrar la nómina de escribanos que llevarían a cabo dicha tarea.
De manera similar, y a fin de ampliar este servicio a otras entidades con propósitos similares, el 7 de octubre del corriente, se firmó un Convenio de Colaboración con Cruz Roja por medio del cual se acordó el trabajo conjunto en materia jurídica, cultural, deportiva y de asesoramiento gratuito, a través del Programa de herencias, legados, testamentos y donaciones de la Cruz Roja.
A fin de conformar la nómina de escribanos, se abre la convocatoria a los colegas que deseen participar de estos programas.
Requisitos:
- Tener cinco años de antigüedad en el ejercicio de la función,
- Carecer de sanciones tanto de carácter disciplinario como ético, judicial o administrativo,
- Eximir al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires de toda responsabilidad por su intervención notarial y
- Solicitar su inscripción por escrito, al Departamento de Secretaría (info@colegio-escribanos.org.ar), manifestando tomar conocimiento y aceptar las condiciones consignadas en el Reglamento de Unicef y el Convenio con Cruz Roja. Haga clic aquí para acceder al Reglamento del Programa UNICEF. Haga clic aquí para acceder al Convenio con de Cruz Roja.
Cabe aclarar que ambos convenios establecen que el servicio gratuito será el de asesoramiento. Si de la intervención del escribano derivara alguna otra actuación posterior, el colega podrá percibir honorarios, los que deberá acordar con el requirente.
A través de esta labor, el Colegio suma su colaboración al valioso aporte que realizan tanto UNICEF como Cruz Roja, en nuestro país y el resto del mundo, defendiendo los derechos de niños y personas en situación de vulnerabilidad, a fin de que mejoren su calidad de vida, brindándoles alternativas para acceder a la salud, la educación y protección necesaria para una vida digna.
IGJ: Resolución General 42/20
Excepción del cumplimiento de incorporación del cupo femenino obligatorio en los supuestos detallados en la norma.
La Inspección General de Justicia (IGJ) ha publicado la Resolución General 42/20, mediante la cual se establece que las iglesias, confesiones, comunidades y entidades religiosas constituidas o a constituirse como asociaciones civiles, simples asociaciones o fundaciones con un consejo de administración de integración temporaria y electiva anotadas y que se encuentren inscriptas ante el Registro Nacional de Cultos o ante el Registro de Institutos de Vida Consagrada, a los fines de solicitar lo previsto en el artículo 4º de la Resolución General 34/20 de la IGJ, deberán presentar certificación de inscripción expedida por alguno de tales Registros, existentes en la órbita del actual Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, autoridad de aplicación en materia de entidades religiosas.
Decreto 823/20
Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y Producción.
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 823/20, mediante el cual se extiende, hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) establecido por el Decreto 332/20 y sus modificatorios.
IGJ: Presentación de oficios judiciales
En el marco del régimen especial de atención.
Se informa a los colegas que, desde el 26 de octubre y hasta tanto se implemente su presentación por DEOX de la CSJN, las solicitudes de informes y de remisión de expedientes (art 400 CPCCN), y los oficios que notifican sentencias y/o resoluciones judiciales, se deberán presentar por Mesa de Entradas, previa solicitud de turno (en sede central y colegios profesionales).
Los oficios y cédula con traslado de demanda al Estado Nacional, se presentarán en la sede central, sin turno. Esta modalidad no aplica a oficios urgentes librados por los tres Poderes del Estado, o por cualquier otro organismo oficial en el uso de sus facultades.
- Solicitudes de informes y de remisión de expedientes (art 400 CPCCN), oficios que notifican sentencias y/o resoluciones judiciales: deberán presentarse por Mesa de Entradas de sede central, de lunes a viernes de 10 a 15h, o en las sedes de los colegios profesionales, de lunes a viernes de 09 a 13h (exclusivo para matriculados). Para cualquiera de las sedes deberás solicitar turno previamente.
- Oficios y cédulas con traslado de demanda al Estado Nacional: deberán presentarse en Mesa de Entradas de sede central, de lunes a viernes de 10 a 14h, sin turno previo.
- Oficios urgentes librados por alguno de los tres poderes del Estado o por cualquier otro organismo oficial en el uso de sus facultades: deberán enviarse a infoigj@jus.gov.ar.
REQUISITOS DE PRESENTACIÓN
Solicitud de informes y de remisión de expedientes (art 400 CPCCN)
Debe estar dirigido a la Inspección General de Justicia y en el cuerpo del oficio deberá especificar/contener:
- Los datos completos de la causa judicial para la cual se pide el informe. Es decir, carátula completa y número de expediente judicial.
- Los datos del juzgado oficiante: dirección postal, correo electrónico institucional y teléfono.
- Los datos del presentante: correo electrónico y número telefónico del abogado/a que lo solicita.
- Petición concreta que se hace al organismo y documental si correspondiera (transcripción de la resolución que autoriza la petición).
- Contener firma del abogado/a apoderado/a y/o patrocinante de la causa.
Formulario de presentación (*). Todos los oficios se presentan junto a un formulario, incluso los exentos de pago. Para el caso que no corresponda abonar arancel, la exención de pago debe surgir del cuerpo del oficio.
Recuerde asistir con tapaboca o barbijo y el comprobante del turno.
Oficios que notifican sentencias y/o resoluciones judiciales
Debe estar dirigido a la Inspección General de Justicia y en el cuerpo del oficio deberá especificar/contener:
- Los datos completos de la causa judicial donde se dictó la sentencia o resolución judicial. Es decir, carátula completa y número de expediente judicial.
- Los datos del juzgado que dictó la resolución a notificar: dirección postal, correo electrónico institucional y teléfono.
- Los datos del presentante: correo electrónico y número telefónico del abogado/a interviniente.
- Los datos identificatorios de la entidad por la que se oficia.
- La sentencia y/o resolución completa que se pretende informar al organismo (adjuntarla al oficio).
- Firma del Juez y/o Secretario, según corresponda.
- Formulario de presentación (*). Todos los oficios se presentan junto a un formulario, incluso los exentos de pago. Para el caso que no corresponda abonar arancel, la exención de pago debe surgir del cuerpo del oficio.
Recordá asistir con tapaboca o barbijo y el comprobante del turno.
(*) Formularios de presentación:
- Los oficios que tienen costo se presentan con el formulario “Oficios Judiciales”.
- Los exentos de pago se acompañan con el formulario “Oficios judiciales sin costo (manifestado en el oficio)”.
- Los oficios reiteratorios se presentan con el formulario “Oficios reiteratorios” (estos no tienen costo).
- Para obtener el formulario deberás ingresar en Formularios IGJ: (https:/ www2.jus.gov.ar/igj-formularios/), completar los datos, descargarlo, abonarlo (en caso de corresponder) y presentarlo junto al oficio.
Oficios y Cédula con Traslado de Demanda al Estado Nacional
Debe estar dirigido a la Inspección General de Justicia y en el cuerpo del oficio deberá especificar/contener:
- Los datos completos de la causa judicial donde se ordenó el traslado. Es decir, carátula completa y número de expediente judicial.
- Los datos del juzgado donde tramita la causa judicial: dirección postal, correo electrónico institucional y teléfono.
- Los datos del presentante: correo electrónico y número telefónico del abogado/a interviniente.
- Transcripción exacta del auto que ordena el traslado de demanda y copia completa del escrito de demanda y su documental.
Importante: si el oficio es reiteratorio, en el campo “Observaciones” del formulario de presentación deberás indicar número de trámite y/o fecha de presentación previa que permitan identificar el oficio original que se reitera, así como las sucesivas instancias de reiteración, en caso de corresponder. En caso de reiterar un oficio que fuera contestado de forma parcial o errónea, dejalo asentado de forma explícita y destacada, aclarando los puntos faltantes o a rectificar.
Finalización del trámite
La respuesta al oficio presentado será enviada por correo electrónico al juzgado correspondiente, indicado en el cuerpo el oficio.
Serán rechazados in límine como única contestación aquellos oficios que no cumplan con los requisitos antes detallados.
Instituto de Derecho Procesal
Próxima reunión por Zoom
Se informa a los colegas que el Instituto de Derecho Procesal realizará su próxima reunión el miércoles 28 de octubre a las 10 h, a través de la plataforma Zoom. Aquellos interesados en participar podrán contactarse vía mail a: vsilva@colegio-escribanos.org.ar.
Consultas a la Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional
Próxima reunión por Zoom
Se informa a los colegas que la Comisión de Defensa se encuentra atendiendo regularmente de manera remota a través de Zoom. La próxima reunión será el miércoles 28 de octubre de 18:30 a 19:30 h.
A fin de optimizar el tiempo y poder analizar con mayor detenimiento los temas planteados, los escribanos que requieran de este asesoramiento, deberán contactarse previamente por mail a la siguiente dirección vsilva@colegio-escribanos.org.ar explicando de manera sucinta el motivo de su consulta, consignando su nombre y número de matrícula. Posteriormente, recibirá por mail, el Id. de la reunión y la contraseña para su ingreso al Zoom.
Cualquier duda o consulta al respecto, podrá ser canalizada por la misma casilla de correo, desde donde se les coordinará una reunión de Zoom con la Comisión.
Ley 27.570
Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento – Modificación.
Se informa a los colegas que fue publicada la Ley 27.570, mediante la cual se modifican artículos de la Ley 27.506, que creó el Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, que tiene como objetivo promocionar actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyado en los avances de la ciencia y de las tecnologías.
Haga clic aquí para acceder a la Ley 27.570
Decreto 815/20
Procedimientos administrativos. Prórroga de la suspensión del curso de los plazos de los procedimientos administrativos.
Se informa a los colegas que fue publicado el Decreto 815/20, mediante el cual se prorroga, desde el 26 de octubre hasta el 8 de noviembre de 2020, inclusive, la suspensión del curso de los plazos establecida por el Decreto 298/20 y sus complementarios, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 – T.O. 2017) y por otros procedimientos especiales, sin perjuicio de la validez de los actos cumplidos o que se cumplan.
Decreto 814/20
Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio.
Se informa a los señores escribanos que fue publicado el Decreto 814/20, mediante el cual se establece la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio” y del “ASPO”, en los términos ordenados por el presente decreto, para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos, partidos y departamentos de las provincias argentinas detalladas en la norma, en tanto estos verifiquen en forma positiva la totalidad de los parámetros epidemiológicos y sanitarios allí especificados.
Asociación Gremial de Empleados de Escribanos de la Capital Federal: Cierre de paritarias para 2020
Se informa a los matriculados que, atento a que las paritarias acordadas en 2019 con el gremio que nuclea a los empleados de escribanías vencieron el 31/5/2020, se realizaron las negociaciones para fijar el incremento salarial a aplicar sobre los sueldos. Como resultado de las mismas, se acordó:
1º) Tomar como base de cálculo los salarios fijados al 28/2/2020 por aplicación del decreto 14/2020, sin que los mismos sean depreciados por aplicación de este acuerdo paritario, y adicionar a dichos salarios -a partir del 1º de Octubre de 2020- el 12,5% de incremento salarial para todas sus categorías, más adicionales convencionales.
2º) Sobre el resultante del aumento fijado en la cláusula anterior, fijar un incremento adicional del 10% -a partir del 1º de Marzo de 2021- para todas las categorías. Estos incrementos serán tomados a cuenta de las paritarias del período 1/6/2020 al 31/5/2021, las que podrán ser ampliadas, en nuevas reuniones acordadas a dicho objeto.
A continuación, informamos los montos mínimos iniciales, para todas las categorías descriptas en el Convenio Colectivo 448/06:
1º de Octubre de 2020:
- Ayudante: $33.983
- Liquidador: $42.735
- Oficial Mayor: $55.934
- Protocolista: $48.585
1º de Marzo de 2021:
- Ayudante: $37.283
- Liquidador: $47.009
- Oficial Mayor: $61.527
- Protocolista: $53.444
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en septiembre 2020
Ponemos a su disposición los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en agosto de 2020. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 2181
Monto involucrado $ 21.321 millones
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el novenos mes de 2020 una baja de 24% respecto del nivel de un año antes, al sumar 2181 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas creció un 9,5%, con $21.321 millones. Es el vigésimo octavo mes consecutivo con caída en la medición interanual.
En comparación con agosto de 2020, los actos subieron un 36% (agosto 1604 escrituras).
El monto medio de los actos fue de $9.775.837 (123.167 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): subió 44,2% en un año en pesos, mientras que en moneda estadounidense creció 6,8%.
En septiembre, hubo 98 escrituras formalizadas con hipoteca bancaria. Por lo que la caída en ese sentido es del 74,5%. Y los primeros 9 meses acumulan una baja de escrituras con crédito del 66%.
En los actos totales, los 9 meses llevan una baja del 56,7%.
Descargar el comparativo anual de escrituras con hipoteca bancaria
Descargar la cotización del dólar y escrituración promedio en dólares
Página web del Colegio – Tareas de mantenimiento
Se informa a los colegas que los servicios informáticos del Colegio estarán interrumpidos este sábado 24 de octubre, de 9 a 11 h, por tareas de mantenimiento en el grupo electrógeno.
AFIP: Resolución General 4839/20
Resoluciones Generales 3312 y 4697. Plazo especial.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4839/20, referida a plazos especiales para fideicomisos financieros y no financieros, títulos, acciones, cuotas, participaciones societarias y rentas pasivas.
Prórroga del plazo de inscripción de peritos para actuar en la Justicia Nacional
Hasta el 20 de noviembre
La Oficina Pericial del Centro Asistencial de la Justicia Federal emitió la nota 341/20, mediante la cual se amplía, ad referéndum de lo que determine el Tribunal, el plazo previsto en el art. 1º del Anexo 1 de la Acordada 2/14, hasta el 20 de noviembre próximo, para la recepción de la inscripción o reinscripción de los postulantes a peritos para el año 2021 en el Sistema Único de Administración de Peritos y Martilleros de la Justicia Nacional (SUAPM).
GCBA: Decreto 367/20
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires publicó el Decreto 367/20, mediante el cual se reglamentan artículos de la Ley 6137 que creó el Plan de Vivienda Asequible, con el objeto de fomentar la oferta de inmuebles con destino a vivienda única familiar de ocupación permanente para la compra de grupos familiares de sectores medios, que residan o trabajen en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y cuyo organismo de aplicación es el Instituto de Vivienda de la Ciudad.
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social: Resolución 4/20
Salario Mínimo, Vital y Móvil.
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social ha publicado la Resolución 4/20, mediante la cual se fija un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744 (TO 1976) y sus modificatorias, en el Régimen de Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del Estado Nacional que actúe como empleador.
AFIP: Resolución General 4838/20
Implementación del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales Tributarias.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4838/20, mediante la cual se establece un régimen de información de planificaciones fiscales (IPF), a cargo de los sujetos comprendidos en el artículo 6° del Título I de la norma, a cuyo efecto deberá observarse lo que se dispone en el interior de la Resolución.
IGJ: Novedades en la presentación de oficios judiciales
A través del sistema DEOX.
De acuerdo a lo informado por la Inspección General de Justicia en su sitio web, desde el 19 de octubre, los oficios judiciales provenientes de la Justicia Nacional en lo Criminal y Correccional Federal deberán ser presentados a través del sistema DEOX de la CSJN.
Se trata de una primera etapa que comprende a 12 juzgados, 8 tribunales orales y 2 salas. Cumplida esta etapa de forma satisfactoria, se avanzará gradualmente hasta completar la totalidad de los diversos fueros.
Fallecimiento del Esc. Bernardo Stiberman
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano Bernardo Stiberman, matrícula 1622, ocurrido el 17 de octubre del año en curso.
Galería Cuidá lo Tuyo 2020
RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR 7/20
Servicios de Publicidad Registral. Se deroga la DTR 5/20.
El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la DTR 7/20, mediante la cual se deroga la DTR 5/20 y se dispone que los formularios de publicidad ingresarán en forma exclusiva a través de la ventanilla virtual para usuarios suscriptos o particulares registrados, conforme lo establecido por la Disposición Técnico Registral 1/2019.
Asimismo dispone que los servicios de publicidad que a continuación se detallan continuarán ingresando en formato papel, debiendo proceder el usuario a la impresión y descarga de los formularios que se encuentran en la página institucional:
a) Copia de dominio años 1882 a 1915;
b) Solicitud sobre frecuencia de certificados, informes y/o copias de dominio respecto del inmueble determinado(folio real, informe 90 días);
c) Copia de soporte microfílmico;
d) Solicitud de copias especiales.
RPI de la Provincia de Buenos Aires: DTR 6/20
Readecuación de normativa.
El RPI de la Provincia de Buenos Aires ha publicado la Disposición Técnico Registral 6/20, explicitando que en esta norma quedan contempladas todas las nuevas situaciones previstas por la legislación de fondo; referida a Sociedades en formación, Transformación, Fusión, Escisión y Cambio de Denominación, Disoluciones de Sociedades, Sociedades Civiles, Tracto Sucesivo Abreviado, entre otros.
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: Decreto 366/20
Excepciones al ASPO y a la prohibición de circular.
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha publicado el Decreto 366/20, mediante el cual se establece que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se exceptúan del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular a las personas afectadas a las siguientes actividades:
- academias de conductores,
- desarrollo de producciones audiovisuales, rodajes y grabación de ficciones para cine, televisión y contenidos para plataformas audiovisuales,
- desarrollo de actividades recreativas y reuniones sociales al aire libre en clubes o establecimientos deportivos públicos y privados, así como a aquellas afectadas al desarrollo de entrenamientos grupales al aire libre sin contacto y sin compartir elementos, en espacios públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados, en los términos de las Decisiones Administrativas Nros. 1876-JGM-PEN/20, 1881- JGM-PEN/20 y 1883-JGM-PEN/20, respectivamente.
Dirección Nacional de Migraciones: Disposición 3323/20
Prórroga de permisos de viaje y visados consulares.
La Dirección Nacional de Migraciones ha publicado la Disposición 3323/20, mediante la cual se prorroga:
- por el plazo de treinta (30) días corridos, en todos sus términos, la vigencia de la Disposición DI-2020-1714-APN-DNM#MI.
- por el plazo de treinta (30) días, la vigencia de todos aquellos permisos de ingreso otorgados en los términos de los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 25.871, cuyo plazo para realizar el trámite de visado contemplado en los artículos 4°, 5° y 6° del Anexo II al Decreto 616/2010 hubiera vencido entre el 17 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente medida.
- por el plazo de treinta (30) días corridos, la vigencia de todos aquellos visados consulares otorgados en los términos de los artículos 22, 23 y 24 de la Ley 25.871, con excepción del artículo 24 inciso a) subcategoría turista, cuyo plazo para ingresar al país hubiera vencido entre el 17 de marzo de 2020 y la fecha de publicación de la presente medida, sin que se hubiera perfeccionado el mismo.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 3323/20
Media Sanción del Senado de la Nación
Proyecto de Ley de Modificación del Régimen de Donaciones
El Colegio se complace en informar que, en el día de ayer 15 de octubre, el Senado de la Nación dio media sanción al Proyecto de ley de modificación del Régimen de Donaciones, ingresado este año 2020, a fin de que éstas dejen de ser títulos observables. Un proyecto similar ya había sido aprobado en la Cámara de Diputados, en 2017, pero había perdido estado parlamentario, por lo que hay claras expectativas de que la sanción de la ley no implique mayores demoras.
Este logro es el resultado del impulso y las gestiones de las autoridades del Colegio, quienes trabajaron en forma mancomunada con los notariados de todo el pais, desde una perspectiva federal, acercándose a legisladores de todos los espacios y bloques para informarlos sobre la necesidad de realizar esta modificación, para que las donaciones vuelvan a ser una opción viable, sin efectos adversos y al alcance de todos. También, se informó a periodistas y a la comunidad, en general, sobre los desafíos e inconvenientes que plantea la legislación actual y la necesidad de realizar el cambio.
El Colegio seguirá gestionando y dialogando para lograr la sanción definitiva de este proyecto de ley, que consideramos una deuda para la ciudadanía.
Decisión Administrativa 1863/20
ASPO – Se exceptúa a la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 1863/20, mediante la cual se exceptúa del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos del artículo 15 del Decreto 792/20, a la construcción privada y a las personas afectadas a dicha actividad, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Decisión Administrativa 1864/20
ASPO- Se exceptúa al personal de casas particulares, a quienes tengan un único empleador o una única empleadora, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Se informa a los colegas que fue publicada la Decisión Administrativa 1864/20, mediante la cual se exceptúa del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” y de la prohibición de circular, en los términos establecidos en el artículo 15 del Decreto 792/20, al personal de casas particulares, aplicable en una primera etapa a quienes tengan un único empleador o una única empleadora, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Haga clic aquí para acceder a la DA 1864/20
DNRPA: Disposición 195/20
Modificación del Digesto de Normas Técnico-Registrales.
La Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA) ha publicado la Disposición 195/20, mediante la cual se prorroga la vigencia del artículo 2° de la Disposición 323/19 por el plazo de DOCE (12) meses, contados a partir del 1° de noviembre de 2020.
En ese marco, los tráileres categoría O1 destinados al traslado de equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos de recreación familiar, que en la actualidad se encuentren identificados mediante el procedimiento establecido en la Disposición 1136/96 de la DNRPA, deberán adecuarse a lo dispuesto en la Sección 14ª, Título II, Capítulo III del Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, con anterioridad al 1° de noviembre de 2021.
La Comisión de Automotores del Colegio recomienda a los colegas que asesoren a sus requirentes sobre la conveniencia de llevar en los vehículos la documentación que acredite la titularidad de los elementos deportivos transportados (pequeñas embarcaciones, motos de agua, motovehículos, etc.) y, en caso de que fueren de terceros, deberán contar con una autorización con firma certificada del titular registral, a fin de justificar y acreditar el transporte y -eventualmente- el uso de las mismas, para evitar inconvenientes en los controles en rutas y ciudades por donde circulen.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 195/20
AFIP: Resolución General 4835/20
Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario.
La AFIP ha publicado la Resolución General 4835/20, mediante la cual se fija, entre los días 12 y 25 de octubre de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinario, con el alcance de las previsiones de la Resolución General 1.983, sus modificatorias y complementarias.
Ver excepciones en la norma.