Ley 27.802, de Modernización Laboral – Modificaciones al Régimen del Impuesto Cedular
Informe de los asesores del Colegio
En el día de la fecha, viernes 6 de marzo, fue publicada en el Boletín Oficial la Ley N.º 27.802, de Modernización Laboral, que, entre otros aspectos, introduce modificaciones en el régimen del impuesto cedular, aplicable a determinadas ganancias contempladas en la Ley del Impuesto a las Ganancias.
A raíz de estas modificaciones, se amplía la exención que anteriormente regía para la venta de vivienda, extendiéndose ahora a la totalidad de las operaciones de venta y transferencia de derechos sobre inmuebles.
Asimismo, se pone a disposición de los colegas el informe elaborado por el asesor sobre los principales alcances de esta norma.
Haga clic aquí para acceder a la Ley de Modernización Laboral
Haga clic aquí para acceder al Decreto promulgatorio 137/26
Haga clic aquí para acceder al informe de los asesores
Comisión de Asuntos Americanos (CAAM) de la UINL: Convocatoria candidatos – Legislatura 2026-2028
El Colegio convoca a los colegas interesados a postularse como miembros para integrar las Comisiones de Trabajo de la Legislatura 2026–2028 de la Comisión de Asuntos Americanos (CAAM) de la UINL:
- Academia Notarial Americana
- Informática y seguridad jurídica
- Acceso y ejercicio de la función notarial
- Titulación
- Integración continental y análisis de tratados (nueva)
- Derechos humanos
- Registros y catastros
- Mediación
- Noveles
- Vía voluntaria – trámites no contenciosos (derecho sucesorio y otros) (nueva)
- Prevención contra el lavado de activos
- Editorial de la Revista Notarial Americana
- Igualdad de género (nueva)
- Luces y paz presidentes CAAM (nueva)
Los escribanos interesados deberán presentar, a través de la MEV (Multinota), una nota en la que manifiesten su intención de ser propuestos ante el CFNA, indicando la comisión en el que desean participar. Deberán acompañar esa nota con Currículum vitae, que refleje antecedentes y/o interés en la temática.
La documentación podrá presentarse hasta el 11 de marzo.
IMPORTANTE: el Colegio no asumirá gastos de representación ni de viaje, vinculados con la participación en los grupos de trabajo. En la nota presentada deberá dejarse constancia expresa de que el postulante toma conocimiento de esta condición.
44 Jornadas Notarial Bonaerense
Organizada por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, la nueva edición del encuentro provincial del notariado se realizará en la localidad de Cariló entre el 13 y el 16 de mayo de 2026.
TEMARIO:
#01 ACTOS Y CONTRATOS CON EFECTOS EN TERCERAS PERSONAS.
#02 SUBSANACIONES.
#03 EJERCICIO NOTARIAL EN LA ERA DIGITAL.
#04 NUEVAS POSIBILIDADES DE GARANTÍA EN LA REALIZACIÓN DE NEGOCIOS JURÍDICOS.
Ya comenzaron las reuniones preparatorias de los distintos temas que se abordarán en la jornada. Invitamos a los interesados a consultar en la página web el detalle de los días y horarios en que se realizan.
RPI: Mesa de Atención en el Colegio
Se recuerda que, a partir de marzo, reabrió la boca de atención del RPI que funciona en nuestro Colegio para la recepción de títulos y que atiende los martes, miércoles y jueves de 9.30 a 13 h.
RPI Capital Federal: Disposición 3/26
La Disposición 3/2026 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal establece que no se tomará razón de la reserva, constitución o cesión del derecho de sobreelevar o de sobreedificación por tratarse de derechos personales que no integran el listado taxativo de derechos reales susceptibles de inscripción registral.
El RPI calificará que de la escritura de modificación del Reglamento de Propiedad Horizontal, que implique el alta de nuevas unidades producto de la sobreelevación u obra nueva, surja:
- El consentimiento de todos los titulares registrales, excepto que tal modificación hubiera sido prevista en el Reglamento de Propiedad Horizontal, en cuyo caso solo se requerirá la intervención del o de los titulares del derecho reservado y del o los titulares de las unidades cuyos porcentuales se vean alterados, todo ello según calificación notarial.
- Conformidad de los eventuales acreedores de las unidades cuyos porcentuales se vean reducidos en virtud de la modificación.
- Cuando la modificación implicare el alta de nuevas unidades a favor del titular de la obra y beneficiario de la reserva, la escritura pública debe contener la adecuada calificación notarial del negocio jurídico que origina esas unidades.
Esta norma deroga la Disposición Técnico Registral 2/1999, que habilitaba excepcionalmente la registración autónoma del derecho personal de sobreelevar.
La disposición se aplica a las escrituras autorizadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial (5 de marzo de 2026).
RPBA: DTR 2/2026
La DTR 2/26 del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires establece que las solicitudes de prórrogas de registraciones provisionales deberán presentarse de manera fundada. También dispone los requisitos que deben cumplirse.
Vigencia desde el 02/03/2026.
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Tailandia: información de apostillado
La Dirección Técnica Consular recuerda que el Reino de Tailandia, al no formar parte del Convenio con La Haya, NO acepta la legalización de documentos públicos extranjeros (apostilla) realizadas por los colegios de escribanos.
Haga clic aquí para acceder a la nota de la Dirección Técnica Consular
Universidad del Notariado Mundial «Jean-Paul DECORPS»: Convocatoria para la presentación de candidaturas
Se encuentra abierta la convocatoria para la presentación de candidaturas para la 13ª edición de la Universidad del Notariado Mundial, que se celebrará en Roma, Italia, del 30 de junio al 4 de julio de 2026.
Requisitos que deberán cumplir los participantes:
– ser notario/a o aspirante a notario/a;
– tener menos de 35 años o menos de 5 años de experiencia profesional;
– dominar al menos una de las tres lenguas de enseñanza (francés, español o inglés), y preferiblemente dos o tres de estas lenguas;
– preferentemente no haber participado en ninguna edición anterior de la Universidad.
La cuota será de 400 euros por participante. Esta cuota incluye la formación en línea impartida por los profesores (webinario y talleres intermedios), la semana de curso presencial en Roma con los profesores de la UNM, y el acceso a todos los documentos de la Universidad.
Se recibirán postulaciones hasta el martes 10 de marzo a las 12 h por mail: info@colegio-escribanos.org.ar
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Mesa de Orientación al Público
Se informa que la Mesa de Atención atiende exclusivamente al público y NO a escribanos u otros profesionales matriculados en otros Colegios.
Tailandia: información de apostillado
La Dirección Técnica Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto informa que el Reino de Tailandia, al no formar parte del Convenio con La Haya, no acepta la legalización de documentos públicos extranjeros (apostilla) realizadas por los colegios de escribanos.
Haga clic aquí para acceder a la nota de la Dirección Técnica Consular
Presentación del libro del Esc. León Hirsch
Comisiones e institutos – Reinicio de actividades
Se informa a los colegas que el Instituto de Derecho Registral reiniciará sus actividades el 3 de marzo, a las 19.30 h, en la Sala Vélez Sársfield.
Por su parte, el Instituto de Derecho Internacional Privado retomará sus encuentros el 17 de marzo, 10 h, en la Sala Delta.
Se invita a los interesados a acompañar el inicio de este nuevo ciclo de trabajo académico.
RPI de la Capital Federal: Instrucción de trabajo 2/26
Toma de razón por tracto abreviado de documentos que transmitan, constituyan, modifiquen o extingan derechos reales otorgados por cesionarios de derechos hereditarios y/o gananciales, sin exigir la inscripción previa o simultánea de la cesión
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal emitió la Instrucción de trabajo 2/26, mediante la cual se establece que:
- El RPI tomará razón de documentos de transmisión, constitución, modificación o extinción de derechos reales sobre inmuebles otorgados por quienes resulten ser cesionarios de derechos hereditarios y/o gananciales, aplicando la modalidad de tracto abreviado prevista en el artículo 16 de la Ley N° 17.801, sin que sea exigible la previa o simultánea inscripción autónoma del documento de cesión de derechos.
- Lo dispuesto en el artículo 1º será de aplicación aun cuando la declaratoria de herederos ya se encuentre inscripta.
- Será motivo de calificación registral que del documento portante del acto dispositivo surja la referencia o transcripción, en sus partes pertinentes, de la escritura de cesión de derechos hereditarios y/o gananciales que legitimen al disponente, debiendo resultar del mismo, el perfecto encadenamiento causal entre el titular del asiento registral y el enajenante.
- En el asiento registral se consignarán los datos de estilo, dejando constancia a su vez de los datos que permitan identificar adecuadamente la escritura de cesión de derechos que sirvió de nexo legitimante.
Sistema Digital de Firmas (SDF 2.0) – Actualizaciones del sistema
Se informa a los colegas que se han implementado mejoras en el Sistema Digital de Firmas (SDF 2.0).
Como consecuencia de estas modificaciones, los requirentes -no así los escribanos- deberán descargar la última versión disponible de la aplicación para poder operar con normalidad.
Principales mejoras incorporadas
- Reuniones de toma de firma remota
- Desde la sala de espera, el escribano podrá visualizar el código OTP (contraseña de un sólo uso), verificar si el usuario inició la validación de identidad y conocer el estado de dicha validación.
- Será posible descargar el documento desde la sala de firmas sin necesidad de interrumpir la videollamada. Esto permitirá al colega verificar que todas las firmas hayan sido correctamente incorporadas antes de que los usuarios se desconecten.
- Validación de datos en Backoffice (pantalla de opciones a la que acceden los escribanos al ingresar al SDF en el Acceso Restringido de la Web del Colegio)
- En el entorno de Backoffice (Acceso Restringido), al cargar a un participante en una reunión, el sistema realizará automáticamente la validación del número de teléfono celular ingresado, verificando que se trate de un número válido.
Se recomienda advertir a los requirentes sobre la necesidad de actualizar la aplicación, a fin de evitar inconvenientes al momento de su uso. Por consultas, comunicarse con Soporte Informático vía whatsapp.
SDF-Descargas – Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires
IGJ: Modificación en la atención al público de la sede central
Se informa a los colegas que, a partir del 2 de marzo, la Inspección General de Justicia modificó el esquema de atención al público en su sede central.
- Trámites urgentes: de 9:00 a 11:00 h
- Trámites comunes: de 11:00 a 15:00 h
En todos los casos, la atención se realizará con turno previo.
Se recuerda que las sedes de los colegios profesionales continuarán atendiendo con su modalidad habitual.
Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional
Se recuerda a los colegas que la Comisión de Defensa del Escribano y Protección Jurisdiccional se reúne los martes, de 18.30 a 20 h, en la Sala Delta del 6to piso de Av. Las Heras 1833. Las reuniones se retomarán a partir del 3 de marzo.
Esta Comisión es el espacio indicado para que los colegas que se encuentran ante una situación conflictiva o de difícil resolución sean asesorados por escribanos con vasta experiencia sobre el mejor camino a seguir en cada caso.
Debido a la naturaleza de las consultas, las mismas deben efectuarse exclusivamente de manera presencial. Asimismo, se sugiere concurrir con la documentación respaldatoria existente, a fin de poder dar una respuesta exhaustiva a las inquietudes planteadas.
Aquellos colegas que estén interesados en acercarse podrán enviar un mail previamente a: comision_defensa_escribano_proteccion_jurisdiccional@colegio-escribanos.org.ar
Fallecimiento Esc. Juan Antonio Yacopino
El Colegio lamenta comunicar el fallecimiento del escribano Juan Antonio Yacopino, matrícula 3228, Titular del Registro Notarial 788, ocurrido el lunes 23 de febrero del corriente.
Cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero 2026
Les acercamos los datos de la cantidad de escrituras de compraventa realizadas en enero de 2026. El informe se refiere a actos oficializados por escribanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre inmuebles ubicados en esta demarcación.
Actos de escrituras de compraventa 3423
Monto involucrado $ 590.428 millones
La cantidad total de las escrituras de compraventa de inmuebles registró en el primer mes de 2026 una baja de 6,1% respecto del nivel de un año antes, al sumar 3423 registros, mientras que el monto total de las transacciones realizadas ascendió un 36,3%, con $590.428 millones.

En comparación con diciembre de 2025, los actos descendieron un 55,2% (dic 7646 escrituras).

El monto medio de los actos fue de $172.488.567 (117.128 dólares de acuerdo al tipo de cambio oficial promedio): creció 45,1% en un año en pesos, y en moneda estadounidense trepó 5,5%.
En enero, hubo 765 escrituras formalizadas con hipoteca. Por lo que la baja en ese sentido es del 19% respecto al mismo mes del año pasado. Es un 22% del total de las compraventas.

Frase de la presidente Magdalena Tato:
“El primer mes del año en materia de compraventas tiene varias lecturas. La primera es que enero es estacionalmente el período de menor actividad. De todas maneras, la medición interanual dio una baja del 6%, aunque en hipotecas marcó un descenso de un 19% y está explicado en casi 200 operaciones menos con crédito”.
“Es por ello que la tendencia a comparar con 2025 estará influenciada por el nivel de préstamos, ya que el año pasado tuvo niveles arriba de 1000 y llegó a trepar hasta 1500. El panorama hace pensar que habrá menos actividad allí, pero esperamos que puede llegar un nuevo flujo de estímulos a la vivienda”.
“El dato positivo es que 2026 tendrá menos costos operativos en las compraventas con la reducción del Impuesto de Sellos en CABA del 3,5 al 2,7%, y la eliminación de esta carga en créditos hipotecarios destinados a la vivienda única”.
Biblioteca José A. Negri
CNV: Resolución General 1108/26
Modificación de las Normas (N.T. 2013 y mod.)
La Comisión Nacional de Valores publicó la Resolución General 1108/26 que introduce nuevas disposiciones como la Sección VI del Título XI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), a los fines de reglamentar, respecto de quienes hayan optado por el Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias (Decreto N° 93/2026), la aplicación de fondos y/o activos en operaciones del ámbito del mercado de capitales.
Convocatoria al Grupo de Teatro del Colegio

El miércoles 11 de marzo comenzaremos los encuentros teatrales del año que se realizarán en el Salón Posadas, de 18:30 a 20:30 h. Les pedimos puntualidad, tanto al inicio como al cierre, para aprovechar al máximo el tiempo compartido y cuidar la dinámica de trabajo grupal.
Les recomendamos asistir con ropa y calzado cómodos (evitando tacos o similares), para poder realizar los ejercicios y escenas con mayor libertad y comodidad.
En los primeros ensayos trabajaremos sobre los fundamentos de la técnica teatral y sus principales herramientas. Luego, iremos incorporando nuevos materiales para desarrollar a lo largo del año.
Será una alegría volver a encontrarnos y dar comienzo a este nuevo ciclo.
¡Los esperamos!
DNRPA: Disposición 66/26
La DNRPA publicó la Disposición 66/26 que modifica el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor relacionados con los requisitos de la solicitud de transmisión dominial a favor del tomador de un contrato de leasing.
Se modifica el formulario y no se exigirá la firma del tomador del contrato de leasing en la Solicitud Tipo “24” cuando se adjunte a la petición el contrato de leasing, con su firma debidamente certificada.
Vigencia desde el 20/02/2026.
CNV: Resolución General 1109/26
El artículo 3 de la Resolución General 1109/26 que sustituye la Sección I del Capítulo I del Título XXI de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), determina cuáles serán las entidades que podrán llevar adelante y desarrollar -por fuera del ámbito del mercado de capitales y de la competencia de la CNV- servicios tendientes a la anotación de boletos de compraventa, y todo otro contrato sobre unidades construidas o proyectadas bajo el régimen de propiedad horizontal o cualquier otro régimen de subdivisión del suelo, que prometan la entrega del derecho real de dominio o superficie sobre un inmueble futuro, sobre el cual no se pueda ejercer la posesión, en razón de la inexistencia de situación constructiva suficiente, así como las pautas que las entidades deberán cumplir.
GCBA: Decreto 54/26
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires publicó el Decreto 54/26 que aprueba la reglamentación del artículo 10 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (aprobada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97) a efectos de establecer las bases rectoras para la determinación y la aplicación del silencio con sentido positivo en los trámites y los procedimientos administrativos en el ámbito del Gobierno de la Ciudad.
Poder Ejecutivo Nacional: Decreto 105/26
El Decreto 105/26 establece modificaciones al Decreto 749/24. Entre ellas, prorroga la vigencia del plazo para acogerse al Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI), creado por el Título VII de la Ley N° 27.742, por el período de UN (1) año a contar desde el 8 de julio de 2026, conforme lo previsto en el artículo 168 de la referida ley.
Tareas de mejoras en los sistemas del Colegio
Se informa a los colegas que el sábado 21 de febrero, entre las 9 y las 13 h no estarán disponibles los servicios y aplicaciones web del Colegio, debido a tareas de mejoras en la conectividad de nuestros servidores.
Estos trabajos también afectarán a todos los servicios web y aplicaciones de la Caja Notarial.
AYSA: Normalización del servicio de solicitud de certificados de deuda
Se informa a los colegas que el servicio de solicitud de certificados de deuda de AySA se encuentra regularizado y funciona con normalidad.
Ley 27799 de Inocencia Fiscal
Informe actualizado de los asesores tributarios
El Poder Ejecutivo Nacional y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero han sancionado diferentes normas reglamentarias de la Ley 27799 –conocida como Ley de Inocencia Fiscal–, que introdujo modificaciones al régimen penal tributario y al régimen de procedimiento fiscal y que estableció un régimen de declaración jurada simplificada para el impuesto a las ganancias: el Decreto 93/2026 y las Resoluciones Generales ARCA 5820/26 y 5822/26. A raíz de ello, los asesores tributarios del Colegio elaboraron un informe actualizado, que trata los siguientes puntos:
- La Ley 27799, el Decreto Reglamentario 93/2026 y las Resoluciones Generales 5820 y 5822
- Destinatarios del régimen y requisitos de adhesión
- Límites de ingresos (hasta $1.000 millones) y patrimonio (hasta $10.000 millones)
- Procedimiento de inscripción en la web de ARCA
- Nuevos umbrales para evasión simple ($100.000.000) y agravada ($1.000.000.000)
- Mecanismo de regularización voluntaria para evitar denuncia penal
- Plazos de prescripción para adheridos (3 años) y no adheridos (5 años)
- Actualización de multas (Ley 11683 t.o. 1998)
- Presunción de exactitud y efecto liberatorio de la declaración jurada simplificada
- Concepto de período fiscal base y ratificación anual del régimen
Se recomienda su atenta lectura.
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Coro Julio A. Aznárez Jáuregui | Convocatoria de voces 2026

AGIP: Resolución 55/26
Inscripción inicial y la transferencia de dominio de vehículos automotores en CABA
La AGIP publicó la Resolución 55/26, mediante la cual compila y actualiza en un único cuerpo normativo los criterios de aplicación del Impuesto de Sellos respecto de la inscripción inicial y la transferencia de dominio de vehículos automotores en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La norma regula el tratamiento de la inscripción inicial de vehículos nuevos o importados usados, establece la base imponible según el mayor valor entre factura y tabla oficial de valuaciones, contempla el uso de la tabla de ACARA cuando corresponda y determina el rol de los agentes de recaudación en la percepción del tributo
Asimismo, la resolución sistematiza el régimen aplicable a la transmisión de dominio de vehículos usados, incluyendo transferencias judiciales, subastas, operaciones de comerciantes habitualistas, cesiones, aportes societarios y supuestos exentos como la inscripción de declaratoria de herederos o determinados dominios fiduciarios. También fija reglas comunes sobre sujetos pasivos, plazos de ingreso, régimen de información, anulación de actos, aprobación de la tabla de marcas y valuaciones y dispone la abrogación de las Resoluciones 8-AGIP/10, 1034-AGIP/12 y 706-AGIP/14, con vigencia desde el 1° de enero de 2026
Nuevas líneas de préstamos del Colegio en UVAs
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ARCA: Resolución General 5822/26
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó la Resolución General 5822/26, mediante la cual modifica la Resolución General 830, que regula el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias sobre determinadas rentas. La norma incorpora como nuevo supuesto alcanzado por el régimen a los intereses originados por depósitos en moneda extranjera realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526.
La modificación se formaliza mediante la incorporación de un punto 6 al inciso a) del Anexo III de la Resolución General 830. La resolución entra en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial ( 10 de febrero de 2026).
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ARCA: Resolución General 5820/26
Régimen de declaración jurada simplificada de ganancias personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó la Resolución General 5820/26, que reglamenta el régimen de declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, previsto en la Ley 27799 y su reglamentación. La norma establece el procedimiento para ejercer la opción de adhesión al régimen, la ratificación anual de permanencia, la convalidación de adhesiones efectuadas bajo la Resolución General 5704 y los supuestos de desistimiento y exclusión.
Asimismo, regula la emisión de constancias, la consulta por terceros y las condiciones vinculadas a la incorporación de activos al sistema financiero formal.
Deroga la Resolución General 5704 y resulta aplicable a las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025 y siguientes.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General ARCA 5820
RPI de la Capital Federal: Disposición 2/26
Oficios ingresados mediante el sistema DEOX
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 2/26, que define el tratamiento registral de los oficios ingresados mediante el sistema DEOX cuando carecen de firma electrónica válida, presentan certificados digitales no verificables o no permiten confirmar la identidad, integridad o vigencia del firmante.
La norma dispone que dichos oficios se consideran inválidos. En tales casos, el organismo no le dará curso al trámite solicitado y los plazos registrales comenzarán a correr únicamente a partir del ingreso de un nuevo DEOX que cumpla con los requisitos de firma electrónica válida y verificable.
Asimismo, se aprueba un instructivo estándar para la correcta emisión de estos documentos, que acompañará las comunicaciones de rechazo.
La presente disposición rige a partir de de su publicación.
RPI de la Capital Federal: Instrucción de Trabajo 1/26
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal ha emitido una instrucción de trabajo (IT 1/2026), que habilita un nuevo trámite : ‘Solicitud de Nota de Registración Digital artículo 28 Ley 17.801’, –mediante el cual se podrá expedir, un nuevo ejemplar del archivo digital indivisible (carátula con firma digital + documento portante) que se encuentra en sus servidores.
Podrán solicitar este servicio: a) el titular registral del derecho, acreditando su identidad; b) el profesional (escribano o abogado) que intervino en la registración del documento original o quien acredite representación suficiente de este o del titular.
La norma tiene como finalidad solucionar los casos de pérdida, extravío o destrucción de los archivos digitales (títulos inscriptos) que sufren los usuarios en sus propios dispositivos, se aclara que este archivo no suple la función notarial de expedición de segundos testimonios desde la matriz cuando estos sean necesarios para fines ejecutivos o distintos a la mera acreditación de la toma de razón.
Haga clic aquí para acceder a la Instrucción de Trabajo RPI 1/2026
ARCA: Resolución General 5820/26
Régimen de declaración jurada simplificada de ganancias personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero publicó la Resolución General 5820/26, que reglamenta el régimen de declaración jurada simplificada del impuesto a las ganancias para personas humanas y sucesiones indivisas, previsto en la Ley 27799 y su reglamentación. La norma establece el procedimiento para ejercer la opción de adhesión al régimen, la ratificación anual de permanencia, la convalidación de adhesiones efectuadas bajo la Resolución General 5704 y los supuestos de desistimiento y exclusión.
Asimismo, regula la emisión de constancias, la consulta por terceros y las condiciones vinculadas a la incorporación de activos al sistema financiero formal.
Deroga la Resolución General 5704 y resulta aplicable a las declaraciones juradas correspondientes al período fiscal 2025 y siguientes.
Haga clic aquí para acceder a la Resolución General ARCA 5820
RPI de la Capital Federal: Disposición 1/26
Inscripción de partición de inmuebles en casos de sucesiones encadenadas
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal publicó la Disposición 1/26, que regula el procedimiento de inscripción para documentos judiciales y notariales que instrumenten la partición de bienes inmuebles en los supuestos de sucesiones ‘encadenadas’. Específicamente, se aplica cuando en el acto partitivo participan herederos o cesionarios de un heredero que falleció durante la tramitación del proceso sucesorio principal.
La norma tiene también como objetivo la unificación de los criterios de calificación en casos complejos de tracto, permitiendo la rogación conjunta siempre que se acredite la investidura de los sucesores en los respectivos expedientes, facilitando la labor notarial en la redacción de escrituras de adjudicación que involucran múltiples causantes.
La norma rige desde su publicación y se aplicará de oficio a partir de su entrada en vigencia, incluso a los documentos en trámite.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición RPI 1/26
AYSA: Actualización en el servicio de solicitud de certificados de deuda
Se informa que se ha implementado un ajuste en el sistema de gestión de certificados de deuda de AYSA, con el objetivo de optimizar el proceso de carga.
A partir de esta actualización, el sistema permitirá -en función del número de servicio de AYSA ingresado- la visualización automática de formularios diferenciados, según se trate de inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en la Provincia de Buenos Aires.
Esta mejora apunta a agilizar la gestión, reducir eventuales errores en la selección de formularios y facilitar la tramitación de los certificados.
Haga clic aquí para acceder al instructivo
Formulario CABA

Formulario PBA

Provincia de Buenos Aires – Ministerio de Economía: Resolución 39/26
La Resolución 39/26 del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires establece un régimen de bonificación por:
- Cancelación del monto anual en los impuestos Inmobiliario y a los Automotores–comprensivo de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación.
- Buen cumplimiento en los impuestos Inmobiliario y a los Automotores comprensivo de vehículos automotores y embarcaciones deportivas o de recreación
Modificación de exenciones del estado parcelario | DGROC: Disposición 208/25
Se recuerda que, en virtud de las modificaciones introducidas por Disposición DGROC 208/25, modificatoria de los Reglamentos Técnicos de la Ley de Catastro vigente (Ley 6437), se incluyó en los actos notariales que exigen la realización de estado parcelario previo al otorgamiento de la respectiva escritura a los siguientes: constitución de los derechos reales de hipoteca, usufructo, uso, habitación y servidumbre.
Continúan exentos de realizar el estado parcelario la transferencia, modificación o cancelación de los derechos reales mencionados.
IMPORTANTE:
- Este requisito aplica -como siempre- exclusivamente sobre parcelas y NO sobre inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o con plano de mensura horizontal aprobado.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 208/25
Haga clic aquí para acceder al Anexo
Otras noticias sobre este tema: https://www.colegio-escribanos.org.ar/2025/12/29/dgroc-disposicion-208-25-nueva-incumbencia-notarial/
Legalizaciones remotas: simplificación de la solicitud
Se informa a los colegas que se ha simplificado la carga de datos requerida para iniciar una Legalización Remota.
A partir de ahora, la solicitud deberá contener los siguientes datos relativos a la foja a legalizar:
- Tipo
- Serie
- Número
Se eliminaron los campos adicionales tales como escritura/folio/registro notarial/número de libro/acta).
Esta mejora tiene por objeto agilizar el proceso de carga y reducir la información requerida al momento de solicitar la legalización, sin afectar la validez ni la trazabilidad del trámite.
RENAPER: Disposiciones 54 y 55/26
El Registro Nacional de las Personas (RENAPER) publicó las Disposiciones 54 y 55/26 en el Boletín Oficial del viernes 30 de enero.
La Disposición 54/26 aprueba las nuevas características del Pasaporte Ordinario para Argentinos y del Pasaporte Excepcional para Extranjeros, así como sus medidas de seguridad, y establece su régimen de vigencia.
La Disposición 55/26 aprueba las nuevas características del Documento Nacional de Identidad electrónico.
Entrada en vigencia de de ambas normas a partir del 1° de febrero de 2026.
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 54/26
Haga clic aquí para acceder al Anexo
Haga clic aquí para acceder a la Disposición 55/26
Haga clic aquí para acceder al Anexo I
Haga clic aquí para acceder al Anexo II
Actualización del SIE: Implementación de alícuotas diferenciales – Ley Tarifaria 2026
Tal como se informó oportunamente, la Ley Tarifaria 2026, en su artículo 34, estableció una alícuota del 2,7 % para las transferencias de dominio -o transmisión onerosa de la posesión- cuando el precio, el valor fiscal (VF) o el valor inmobiliario de referencia (VIR) sea igual o inferior a $ 226.100.000.
Cuando la operación supere dicho monto, resulta aplicable la alícuota del 3,5 %.
Estas disposiciones se aplican a los actos autorizados a partir del 1° de enero de 2026.
IMPORTANTE: A fin de instrumentar este régimen diferencial, AGIP incorporó nuevos actos en el SIE, análogos a los ya existentes, que tributan la alícuota reducida del 2,7 %. Los actos preexistentes mantienen la alícuota general.
Ante estas novedades, se recomienda a los colegas efectuar el cierre de las declaraciones juradas con la mayor antelación posible para poder resolver cualquier inconveniente que surja con el organismo.
Consulta de expedientes archivados (PJN) – Procedimiento
Se informa a los colegas el procedimiento vigente para la consulta de expedientes judiciales archivados correspondientes a los fueros Civil, Contradictorio y de Familia.
A fin de tomar vista de expedientes sucesorios, y para que el organismo informe el legajo y el archivo físico en el que se encuentra el expediente de referencia, deberá remitir un correo electrónico con la solicitud, que incluya los siguientes datos: carátula, número de expediente (o, en caso de no contar con él, algún dato que facilite su búsqueda, como por ejemplo la fecha de dictado de la declaratoria de herederos) y juzgado, a la siguiente dirección: agesucesorio@csjn.gov.ar.
Cuando el expediente se encuentre en el Edificio de Inmigrantes o en el Palacio de Tribunales (sede Talcahuano 550), la consulta podrá realizarse en el día.
En cambio, para la consulta de legajos archivados en el edificio de la calle Uruguay, los mismos deberán solicitarse previamente por correo electrónico a agesalaconsultaspalacio@csjn.gov.ar, a fin de que sean remitidos al Palacio de Tribunales, donde estarán disponibles para su consulta dentro de un plazo estimado de 48 a 72 horas.
Para la consulta de expedientes archivados en otras dependencias, se sugiere contactar por correo electrónico con las direcciones correspondientes a cada una de ellas.
Archivo Histórico: agehistorico@csjn.gov.ar
Sala de Consultas: agesalaconsultaspalacio@csjn.gov.ar
Archivo Sucesorio: agesucesorio@csjn.gov.ar
Archivo Familia: agefamilia@csjn.gov.ar
Archivo Contradictorio: agecontradictorio@csjn.gov.ar
Archivo Comercial: agecomercial@csjn.gov.ar
Archivo Penal: agepenal@csjn.gov.ar
Archivo Federal: agefederal@csjn.gov.ar
Archivo Laboral: agetrabajo@csjn.gov.ar
Archivo Mesa de Entradas Palacio: agemepalacio@csjn.gov.ar
Archivo Mesa de Entradas INMI. : agemeinmigrantes@csjn.gov.ar
Archivo Corte: agecorte@csjn.gov.ar
Archivo Laboral Villarino: agevillarino@csjn.gov.ar
Convocatoria para integrar Comisiones y Grupos de Trabajo del CFNA
El Colegio convoca a los colegas a postularse para participar en las Comisiones y Grupos de Trabajo del Consejo Federal del Notariado (CFNA).
La inscripción permanecerá abierta hasta el miércoles 4 de febrero inclusive. Vencido el plazo, el Consejo Directivo evaluará las propuestas recibidas y elevará al CFNA aquellas que resulten aprobadas.
Los escribanos interesados deberán presentar, a través de la MEV (Multinota), una nota en la que manifiesten su intención de ser propuestos ante el CFNA, indicando la Comisión o Grupo de Trabajo en el que desean participar.
Los postulantes no podrán contar con sanciones no cumplidas al momento de la convocatoria.
IMPORTANTE: El Colegio no asumirá gastos de representación ni de viaje, vinculados con la participación en las comisiones o grupos de trabajo. En la nota presentada deberá dejarse constancia expresa de que el postulante toma conocimiento de esta condición.
Comisiones:
Arte y Cultura
Asuntos Registrales y Catastrales Automotores
Derechos Humanos y Autoprotección
Función Social, Género y Derecho
Innovación y Nuevas Tecnologías
Legislación
Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable Método de Gestión de Conflictos Tributario /UIF
Zonas de Seguridad y Tierras Rurales
Grupos de trabajo:
Archivo e Inspección de Protocolo
Regularización Dominial.
RPI de la Capital Federal – Datos de representantes de personas jurídicas
El Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal informó que, a partir del lunes 2 de febrero de 2026, se incorporará un nuevo requisito para la inscripción de documentos notariales vinculados a uno o más inmuebles en los que intervengan personas jurídicas.
En los documentos en los que las personas jurídicas actúen en carácter de adquirentes, transmitentes o acreedores deberá consignarse en los respectivos rubros de la minuta rogatoria (rubros 6, 7 y 13), la siguiente información correspondiente a su/s representante/s:
- Nombre y apellido
- Tipo y número de documento
- CUIL
- Carácter de la representación (representante legal, apoderado u otro)
Importante:
Este requisito será exigible tanto para los nuevos documentos que se ingresen a partir del 2 de febrero de 2026, como para aquellos documentos que reingresen al Registro a partir de dicha fecha.
Los datos deberán ser consignados por el profesional solicitante y estarán sujetos a calificación por parte de los registradores.
ARBA: Resolución Normativa 5/26
La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) publicó la Resolución Normativa 5/26, mediante la cual se actualizan los valores de las siguientes tablas:
- Tablas de valuaciones de embarcaciones deportivas o de recreación.
- Tabla de valoración en función de los años de antigüedad de la embarcación.
- Tabla de valuación referencial para el alta de oficio de embarcaciones deportivas o de recreación.
ARBA: Resolución Normativa 6/26
La Resolución Normativa 6/26 aprueba el calendario de vencimientos para el ejercicio fiscal 2026 correspondiente a los tributos administrados por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).
En particular, la norma establece:
- Los vencimientos del Impuesto Inmobiliario (componentes básico y complementario), determinando en qué casos se abonará en una sola cuota y en cuáles en cuotas mensuales, según los montos a ingresar.
- El cronograma de pago del Impuesto a los Automotores, incorporando para los vehículos automotores la posibilidad de abonar el impuesto anual en diez (10) cuotas mensuales, distribuidas entre los meses de marzo y diciembre de 2026.
- El calendario de vencimientos del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, incluyendo:
- Pagos mensuales del período fiscal 2026.
- Fechas para la presentación de la declaración jurada anual del período fiscal 2025.
- Aclaración de que no alcanza a contribuyentes del Régimen Simplificado ni a los sujetos al Convenio Multilateral, cuyos vencimientos se rigen por normativa específica.
- Pagos mensuales del período fiscal 2026.
- Los plazos de presentación de declaraciones juradas para los agentes de información, conforme los distintos regímenes vigentes.
- El cronograma de obligaciones de los agentes de recaudación, incluyendo escribanos, con detalle de vencimientos mensuales y quincenales según el régimen aplicable.
GCBA: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas – Disposición 28/26
Procedimiento digital para la tramitación del Certificado de Domicilio Real
La Disposición 28/26 de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires publicó la Disposición 28/26 mediante la cual establece como único y obligatorio procedimiento para la emisión del Certificado de Domicilio Real en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el tramitado exclusivamente a través de la plataforma Tramitación a Distancia (TAD) del Gobierno de la Ciudad. Artículo
RPI de Provincia de Buenos Aires: DTR 1/26
La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad Inmueble ha publicado la DTR 1/26 que actualiza, unifica y sistematiza la normativa registral vinculada al procedimiento de anotación de medidas cautelares sobre inmuebles y personas, incorporando el uso de herramientas digitales y estableciendo criterios uniformes de actuación para el Registro.
Entre otras cuestiones, establece:
Formalidades de ingreso de medidas cautelares
Establece los requisitos que deben cumplir los oficios judiciales para la anotación, reinscripción, modificación y levantamiento de medidas cautelares, tanto en soporte papel como por vía electrónica, según el organismo emisor.
Procedimiento diferenciado según el tipo de medida
Regula de manera específica:
- Medidas cautelares sobre inmuebles
- Inhibiciones generales de bienes y medidas sobre personas
- Supuestos especiales (fideicomisos, propiedad horizontal, régimen de protección de la vivienda, boletos de compraventa, inmuebles en construcción, entre otros).
Reinscripción, ampliación y caducidad
Determina plazos, condiciones y efectos de la reinscripción y ampliación de medidas cautelares, así como el tratamiento registral de medidas caducas
Haga clic aquí para acceder a la DTR 1/26

