Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

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DNRPA-COVID

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Normativa compilada

Normativa ordenada en forma cronológica

Régimen de consultas – Asesoría Impositiva

Con el objeto de agilizar y mejorar la atención de las Asesorías Impositivas, se ha dispuesto que los asesores atiendan hasta veinte consultas por día, de no más de doce minutos cada una. Si quedare tiempo disponible, una vez atendidas las 20 consultas previstas, los asesores continuarán prestando la atención de las mismas hasta cumplir el horario habitual de la...

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Encuadernación en espiralado de las fojas movibles de certificación de firmas

Se comunica a los señores escribanos que el Consejo Directivo resolvió, con fecha 23 de febrero de 2005, aprobar la encuadernación en espiralado de las fojas movibles de certificación de firmas, con carátula al comienzo, donde se indique el nombre y el apellido del escribano, su registro notarial o autorización, junto con las fechas de la primera y la última de las actas que contiene, en un número de hasta doscientas...

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Autorizaciones y permisos

Consulado General de Chile El Consulado General de Chile en Buenos Aires comunica que, para ingresar a Chile en un vehículo del cual no se es propietario, es necesario contar con una autorización otorgada ante escribano público y luego legalizada por el Colegio de Escribanos correspondiente, sin que se requiera legalización del Agente Consular chileno. Consulado General de Bolivia El Consulado General de Bolivia en Buenos Aires comunica que todas las personas que viajen a ese país con un vehículo propio en calidad de turistas, deben presentar su DNI y los documentos de propiedad del vehículo en la Aduana Argentina para obtener un remito, el que será refrendado a su paso por la Aduana Boliviana y los habilitarán por 30 o más días. Asimismo, se informa que se debe contar con un permiso de conducir internacional, que se tramita en el Automóvil Club Argentino, Av. del Libertador 1850. Consulado General de la República Federativa del Brasil El Consulado General de la República Federativa del Brasil comunica que, para conducir un vehículo perteneciente a terceros en ese país, se debe contar con una autorización hecha ante escribano público, legalizada por el Colegio de Escribanos correspondiente y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Arenales...

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