Comunidad, Empresa

Transferencia de cuotas y acciones

La transferencia de acciones debe comunicarse al directorio de la sociedad, que la anotará en el libro de registro de accionistas de la sociedad. La transferencia de cuotas en una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) debe comunicarse a la gerencia de la sociedad y deberá ser inscripta en la Inspección General de Justicia (IGJ), ya que el registro de socios de este tipo social lo lleva ese organismo.

¿Se puede limitar la transferencia de acciones? ¿Para qué se hace?

Sí. Al redactar el contrato social, es importante definir si quieren que haya o no restricciones en la transferencia de las acciones o cuotas sociales. Pueden establecerse distintos procedimientos para limitar la transferencia de la participación de un socio; entre otros, puede pactarse que se le dé prioridad a los demás socios o incluso a la sociedad misma para que adquiriera las acciones o cuotas sociales en caso de que un socio decida irse de la sociedad, pero en ningún caso se puede prohibir la transferencia. El objetivo que se persigue con este tipo de procedimientos es evitar que haya un cambio en el elenco de socios sin que todos estén al tanto de ello con anticipación.

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