Comunidad, Empresa

Modificaciones al contrato social

¿Puede modificarse el contrato social?

Sí. Los socios pueden resolver modificar cualquiera de las cláusulas del contrato social. Esta decisión será tomada por la asamblea en las sociedades anónimas (SA) y por la reunión de socios en las sociedades de responsabilidad limitada (SRL), con las mayorías correspondientes.

¿Se inscriben las modificaciones al contrato social?

Sí. Cualquier modificación en el contrato social debe inscribirse en la Inspección General de Justicia (IGJ). Para poder hacer esta inscripción, es necesario que se contacten con su escribano de confianza, quien les va a solicitar el estatuto de la sociedad y los libros de la sociedad donde se encuentren transcriptas y firmadas las actas en las que se tomaron dichas decisiones.

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