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Normativa de la UIF publicada por el Colegio
CSJN – Constitucionalidad de la obligación de los escribanos de informar operaciones sospechosas ante la UIF
El Instituto de Derecho Procesal del Colegio pone a disposición de los colegas el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso “Colegio de Escribanos de la Provincia de Bs. As c. PEN s/ sumarísimo”.
Como resultado de la demanda interpuesta, la Corte resolvió la constitucionalidad de la obligación de los escribanos de informar operaciones sospechosas ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
RPI Prov. de Buenos Aires – DTR 3/18
Norma mediante la cual se actualizan los montos para la presentación ante ese organismo de la “Constancia de Inscripción ante la UIF” y de la “Declaración Jurada de cumplimiento de las disposiciones en materia de lavado de dinero y financiación del terrorismo”. Asimismo, se deroga la disposición técnico registral N° 24/2016.
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Unidad de Información Financiera (UIF): Resolución 130/18
Se informa a los colegas que la UIF ha publicado en el Boletín Oficial del día de hoy, miércoles 31 de octubre, la Resolución General 130/18, mediante la cual se introducen modificaciones a las RG 21/11 y 28/11.
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Adelanto del Informe del Instituto de Derecho Tributario
La Resolución General 130/18 modifica varias resoluciones aplicables a múltiples sujetos obligados. En lo que respecta a los escribanos, modifica solamente los artículos 7 inc. k, 8 inc. k y 19 inc. 8 de la Resolución General 21/2011, elevando en general los montos a partir de los cuales estamos obligados a realizar determinados actos. A saber:- Eleva el monto actual de $ 3.000.000 a 8.800.000 para exigir de los clientes documentación respaldatoria que acredite la licitud y el origen de los fondos (Art. 7, personas físicas, Art. 8 Personas Jurídicas)
- Eleva el monto de $ 400.000 a $ 800.000 (Art. 19 inc. 8) para valorar especialmente las operaciones de venta, cesión de derechos, constitución de fideicomisos o cualquier otra operación realizada en efectivo (por encima de dicho monto) como operaciones que eventualmente pueden generar sospecha (ROS) en el sujeto obligado.
- Eleva el monto de las operaciones del Reporte Sistemático Mensual (RSM) de 700.000 a 1.400.000 por operaciones en efectivo y de 1.000.000 a 2.000.000 para operaciones de compraventa de inmuebles.
Unidad de Información Financiera (UIF): Resolución 96/18
Sistema de Notificaciones y Tramitación Electrónica de Expedientes aplicable al procedimiento sumarial regulado por la Resolución UIF N° 111/2012.
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Unidad de Información Financiera: Resolución Nº 23/11
Se pone a disposición de los señores escribanos la Resolución Nº 23/11 de la Unidad de Información Financiera mediante la cual se establecen las medidas y procedimientos que los sujetos obligados deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que puedan provenir de la comisión de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
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