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Normativa de la UIF publicada por el Colegio

Resolución UIF 117/19: Cuadro con nuevos valores

Se remite a los colegas el cuadro elaborado por el Instituto de Derecho Tributario con los nuevos valores establecidos por la Resolución UIF 117/19, referidos a los montos de:
  1. Las transacciones que requerirán documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos.
  2. Las operaciones que deban informarse mensualmente por medio del sistema (RSM).
Haga clic aquí para acceder al cuadro

Unidad de Información Financiera (UIF): Resolución 117/19

La Unidad de Información Financiera (UIF) ha publicado la Resolución 117/19, mediante la cual se modifican artículos de la Res. 21/11 y de la Res. 70/11, referidos a los montos de: a) las transacciones que requerirán documentación respaldatoria del origen lícito de los fondos. b) las operaciones en efectivo que por sus características deban ser especialmente valoradas. c) las operaciones que deban informarse mensualmente por medio del sistema (RSM). Haga clic aquí para acceder al texto de la norma Haga clic aquí para acceder al informe de los asesores    

Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal | Constancia UIF

El RPI de la Capital Federal, como sujeto obligado a interactuar con otros sujetos obligados (en este caso, escribanos), debe cumplir con algunas normativas específicas para la prevención de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. Atento a ello, ese organismo recordó al Colegio la obligatoriedad de los escribanos de presentar la constancia de inscripción de sujeto obligado ante la UIF en cada documento que se ingrese al RPI. A fin de simplificarle al colega este requisito, oportunamente el Colegio instrumentó un procedimiento que permite la acreditación de su constancia de sujeto obligado ante la UIF a través de la página web del Colegio. El Consejo Directivo resolvió, en su sesión del 13 de noviembre, la obligatoriedad de subir dicha constancia al Acceso Restringido Único de nuestra página web, a fin de que la acreditación para el Registro pueda realizarse de manera online y agilizar la inscripción solicitada. Haga clic aquí para descargar el instructivo de envío de constancia de inscripción ante la UIF Haga clic aquí para acceder al Acceso Restringido Único para acreditar la inscripción  

Oficina Anticorrupción: Resolución 33/19

La Oficina Anticorrupción ha designado al Consejo Federal del Notariado y a las 24 colegios que representa, entre otros organismos y asociaciones, como integrantes del Consejo Asesor para el Seguimiento de la Implementación de las Iniciativas incorporadas al Plan Nacional Anticorrupción 2019-2023 (Resolución 33/19 – Oficina Anticorrupción– B.O. 6/11/19) Haga clic aquí para acceder al texto de la norma Haga clic aquí para acceder al Anexo    

IGJ: Resolución General 3/19

Cambio normativo. La verificación del listado de terroristas deberá realizarse en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de terrorismo y su financiamiento (RePET).
La Inspección General de Justicia publicó la Resolución General Nº 3/219 mediante la cual sustituye el texto del artículo 50, inciso 2. “e” del Anexo “A” de la Resolución General I.G.J. N° 7/2015 por el siguiente: “e. En los trámites registrales de constitución de sociedades, asociaciones civiles o fundaciones, designación de autoridades de sociedades y toma de nota de asociaciones civiles y fundaciones, el dictaminante deberá manifestar que los miembros del órgano de administración no se encuentran incluidos en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), conforme lo establecido en el inciso 8 del artículo 510 de las presentes Normas.” Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral. 3/19 Haga clic aquí para acceder al instructivo para consultar el RePET  

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Resolución 509/19

Se establece que el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET) funcionará bajo la órbita de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia, dependiente de la Subsecretaría de Asuntos Registrales del MJyDH.

Encubrimiento y Lavado de Activos de Origen Delictivo: Decreto 489/19

La norma crea el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (REPET), el que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Unidad de Información Financiera (UIF): Resolución 18/19

  La Unidad de Información Financiera (UIF) ha publicado la Resolución 18/19, mediante la cual se sustituye el inciso e) del artículo 24 de la Resolución UIF 30-E/2017, el inciso e) del artículo 24 de la Resolución UIF 21/2018, y el punto 3 del inciso b) del artículo 29 de la Resolución UIF 28/2018, por el siguiente texto: “Copia del estatuto social actualizado, el cual deberá ser verificado utilizando documentos originales o datos o información confiable de fuentes independientes; con resguardo de la evidencia correspondiente de tal proceso”. Haga clic aquí para acceder a la Res. 18/19

Unidad de Información Financiera (UIF): Resoluciones 154 y 156/18

La Unidad de Información Financiera (UIF) ha publicado la Resolución 154/18, mediante la cual se aprueba el Procedimiento de Supervisión basado en Riesgos y la Resolución 156/18, mediante la cual sustituye, entre otros, el primer párrafo del Anexo de la Resolución UIF N° 70/2011, por el siguiente: Los sujetos obligados deberán requerir a sus clientes que reúnan la calidad de Sujetos Obligados la constancia de inscripción ante la UIF, ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 y el inciso 2 punto a) del artículo 21 bis de la Ley N° 25.246 y sus modificatorias; debiendo reportar, a través del sitio https://www.argentina.gob.ar/uif, a aquellos que no hubieran dado cumplimiento a tal requisito, en los términos del presente Anexo de la norma. Haga clic aquí para acceder al texto de la Res. 154/18 Haga clic aquí para acceder al texto del Anexo 1 de la Res. 154/18     Haga clic aquí para acceder al texto de la Res. 156/18 Haga clic aquí para acceder al texto del Anexo 1 de la Res. 156/18 Haga clic aquí para acceder al texto del Anexo 2 de la Res. 156/18 Haga clic aquí para acceder al texto del Anexo 3 de la Res. 156/18
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