Sistema Certificaciones

Sistema Digital de Certificación

Alternativas digitales a la certificación de firmas tradicional, con altos estándares de seguridad jurídica.

Aplicaciones para usar el sistema

La aplicación que permite firmar o realizar la firma con un lápiz óptico o, en caso de no contar con dicha herramienta, con el dedo. En el caso del escribano, éste siempre debe firmar con lápiz óptico. 

La aplicación del Sistema Digital de Certificación de Firmas, que está online en el acceso restringido del Colegio y es apta para celulares.

Sistema para la Generación de Documentos Notariales Digitales GEDONO.

Fojas y sistemas

Certificación de firmas ológrafas en documentos digitales (SDF)

Se usa para certificar firmas ológrafas.

Requiere:

  • Sistema Digital de Certificación de Firmas
    “Reuniones” (a distancia)
    “Firma Doc. Digitales”(presencial)
  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

Modalidad:

A distancia o presencial.

[ver costo]

Importante:

leer el manual de uso del Sistema Digital de Certificación de Firmas

A distancia: por videoconferencia.

Se usa para certificar -a distancia- la inserción de la firma ológrafa del requirente, en documentos electrónicos, a través de un dispositivo digital, con lápiz óptico o con el dedo.

  • Se recomienda el uso de lápiz óptico, porque optimiza la firma manuscrita por medios digitales y mejora los datos biométricos a periciar.
  • El requirente debe instalar en su celular la aplicación del Colegio de Escribanos que le permitirá firmar durante la videoconferencia, generada desde la pestaña “Reuniones” del sistema de firma.
  • Una vez firmada, la certificación se expide con la foja de “Certificación de firmas ológrafas en documentos digitales”. Esta foja permite la certificación notarial de firmas ológrafas que no fueron estampadas con tinta, sino con la aplicación del Colegio de Escribanos que los requirentes instalaron previamente en sus celulares a efectos del otorgamiento.
  • El escribano debe indicar en la foja GEDONO que se trata de una certificación a distancia. También debe seleccionar el documento electrónico cuyas firmas se están certificando, de un listado que el sistema despliega, con los últimos documentos firmados.
  • La certificación, tanto presencial como remota, debe ser expedida y firmada digitalmente por el escribano, en la misma fecha en que fue constatado el otorgamiento.

Instructivo

Tutorial:

Presencial

Se usa para certificar en forma presencial firmas ológrafas de los requirentes que se inserten en documentos electrónicos.

  • Las firmas se insertan por medio del dispositivo móvil con el lápiz óptico del escribano, desde el Sistema Digital de Certificaciones de Firmas, “Firma doc. digitales”.
  • El escribano deberá indicar en la foja “Certificación de firmas ológrafas en documentos digitales”, que se trata de una certificación presencial y seleccionar el documento electrónico cuyas firmas se certifican de un listado que el sistema despliega con las últimas certificaciones de firmas realizadas.
  • La certificación deberá ser expedida y firmada digitalmente por el escribano en la misma fecha en que fue constatado el otorgamiento.

Instructivo

Tutorial:

Certificación de firmas ológrafas con reproducciones

Se usa para digitalizar documentos con firmas certificadas
en soporte papel y convertirlos en documentos digitales.

Requiere:

  • Papel tradicional
  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

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Instructivo

 

Tutorial:

Certificación de firma digital del requirente

Se usa para certificar un documento firmado digitalmente por el requirente.

  • El requirente debe contar con firma digital, con dispositivo token o “en la nube”.
  • La firma del documento debe realizarse delante del escribano, en forma presencial o a distancia.
  • El escribano deberá adjuntar el archivo firmado a esta foja.

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token del requirente y del escribano.

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

Modalidad:

A distancia o presencial.

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Certificación digital de reproducciones

Se usa para la expedición de certificaciones de reproducciones digitales (escaneo) de documentos originales en soporte papel.

  • Se debe adjuntar obligatoriamente el documento que se quiere certificar escaneado. Puede ser color, o blanco y negro.

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

[ver costo]

Instructivo

 

Tutorial:

Actuación notarial digital [Art. 308 CCCN]

Se usa para expedición de primera o ulteriores copias de escrituras públicas, copiando el texto dentro de la foja (sin escanear la matriz).

  • Esta foja permite adjuntar archivos multimedia. En caso de archivos de gran tamaño se recomienda relacionar el hash (ver instructivo) en vez de adjuntar. El requirente deberá resguardar el archivo.

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

[ver costo]

Instructivo

Tutorial:

Concuerda digital

Se usa para expedición de primera o ulteriores copias de escrituras públicas.

  • Debe adjuntarse el protocolo escaneado.
  • El adjunto de la escritura es obligatorio.
  • Esta foja permite adjuntar no sólo la escritura, sino también archivos multimedia (audios, videos, fotos, etc.). En caso de archivos de gran tamaño, se debe relacionar el hash (ver instructivo) en vez de adjuntar. El requirente deberá resguardar el archivo.

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

[ver costo]

Instructivo

 

Tutorial:

Actuación notarial digital extraprotocolar

Se usa para la expedición de certificaciones no comprendidas en el resto de las fojas.

  • Ejemplos: certificado de domicilio, de personería, de fotografías, de supervivencia, remotos, etc. No se puede utilizar para certificar firmas.
  • Esta foja permite adjuntar archivos multimedia o PDFs vinculados con el objeto de la certificación. En caso de archivos de gran tamaño se recomienda relacionar el hash (ver instructivo) en vez de adjuntar. El requirente deberá resguardar el archivo.

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

[ver costo]

Instructivo

 

Tutorial

A4 administrativa

Se usa para la actuación administrativa NO fedante (copias simples, estudios de títulos, dictámenes administrativos, solicitud de trámites al Archivo de Protocolos, pedidos de libre deuda de expensas, entre otros).

  • Se usa para la actuación administrativa NO fedante (copias simples, estudios de títulos, dictámenes administrativos, solicitud de trámites al Archivo de Protocolos, pedidos de libre deuda de expensas, entre otros).

Requiere:

  •  GEDONO
  • Token

Adjunto:

PDF no mayor a 9,5 mb

[Sin costo]

Instructivo

 

Libro de Requerimiento Digital (SDF) - Generación foja papel Serie D

El libro de requerimientos digital se utiliza para tomar el requerimiento de una certificación de firmas, que se expide en soporte papel.

Requiere:

  • Sist. Digital de Certificación de Firmas “Libro de Requerimientos (digital)”

Adjunto:

La certificación se expide en papel

El costo está incluido en la certificación papel

Instructivo

 

Tutorial:

  • Para la expedición de la foja de certificación el uso del GEDONO es OPTATIVO, ya que no se genera una foja digital, sino que se utiliza sólo para facilitar la redacción de una foja papel, cuyo contenido podría confeccionarse igualmente a mano o con cualquier procesador de textos.
  • Este sistema sólo reemplaza el libro papel por el libro digital:
    • El acta se genera en el Sistema de Certificación Digital de Firmas y el requirente y el escribano firman en la aplicación del celular con el lápiz óptico.
    • Luego el escribano confecciona a mano, con un procesador cualquiera (word, ingedat) o con el GEDONO, a través de la acción “Generación foja papel serie D” y se imprime en la foja Serie D, oportunamente adquirida.

Importante: leer el manual de uso del Sistema Digital de Certificación de Firmas

Tutoriales

Libro de Requerimientos

Validación de Identidad

Firma de documentos digitales de manera presencial

Firma de documentos digital a distancia (Reuniones)

F.A.Q.

Preguntas frecuentes

Diferencias entre firma ológrafa, la firma digital, la firma electrónica y la firma digitalizada.

La firma ológrafa es una prueba de haber prestado el consentimiento con el contenido del documento al que accede. Al realizarse de puño y letra además prueba la autoría de quien la firma.

La firma digital o electrónica es una prueba de haber prestado el consentimiento con el documento electrónico firmado. Al no realizarse de puño y letra debe probarse la autoría de quien firma (firma electrónica) o bien la ley hace presumir la autoría (firma digital).
La firma digital no tiene nada que ver con una firma ológrafa salvo su nombre y que prueba el consentimiento con el contenido del documento firmado pero por orden de la ley, no por corresponder el trazo de la firma con la mano de su autor.

Desde la época de la Mesopotamia, antes de los griegos y los romanos, se conocen los sellos. Desde entonces han servido para a) hacer oficiales a determinados documentos, b) asegurar que la firma a la que acompañan es de quien debe ser o c) simplemente aclarar la identidad del firmante.

En algunos casos, el sello era garantía de autenticidad y autoridad. Por ello, se llevaba en anillos o se designaba una persona responsable de su custodia como el guardasellos real.
Incluso los escribanos lo usamos para acompañar nuestra firma.

Ahora bien, el sello lo puede estampar cualquiera que acceda al mismo, en cambio la firma ológrafa sólo puede ser hecha por la mano de su autor.

Con la firma digital pasa lo mismo que con el sello, cualquiera que tenga el token y su clave puede firmar. Es lo más parecido a un sello real. Cierra el documento, puede ser puesta por quien tenga las claves o el sello y una vez puesta prueba la autoría.

La firma digitalizada, hecha de puño y letra con un lápiz óptico en un dispositivo electrónico, prueba la autoría de quien la estampa. En nada se parece a una firma digital o electrónica, ni siquiera a un sello.

La firma realizada con el dedo, tiene las mismas características, sigue haciéndose con la mano de su autor y sólo con ella.

El cambio de la tinta por pixeles electrónicos en vez de una pluma de halcón, una lapicera fuente o una birome, es solo parte de la evolución del mundo y no cambian la esencia del movimiento de la mano que realiza la firma.

Lo mismo pasa con el soporte, del papiro al cuero animal y del papel a las computadoras. A pesar de necesitar un monitor para ver lo que firmamos así como lo que aquí leemos, no cambia la esencia del movimiento de la mano que realiza la firma. Es tan solo un paso en la constante evolución que vivimos, con la firma digitalizada cambió la forma pero no el contenido.

Pero lo más importante, son los efectos que gana el usuario al certificar una firma digitalizada puesta en un documento electrónico:

  • Es una firma reconocida en los términos del art. 314 del CCCN; se presume la identidad del firmante, más el plus de que el firmante efectivamente tenía discernimiento y libertad para firmarlo.
  • Queda expedita la acción ejecutiva en sede judicial (Art. 527 CPCCN).
  • El documento adquiere fecha cierta (art. 317 del CCC).
  • Al estar firmado digitalmente por el escribano se garantiza que el documento electrónico no ha sido modificado desde su firma (art. 9 Ley de Firma Digital 25.506).

    Para mayor abundamiento sobre la temática http://www.revista-notariado.org.ar/index.php/2021/08/certificacion-digital-de-firma/

En celular con sistema operativo IOS surge el siguiente mensaje: “Desarrollador empresarial no confiable; Iphone Distribution: No ha recibido la confirmación de confianza de este iPhone. Hasta que este desarrollador se considere de confianza, no se podrán utilizar aplicaciones empresariales”.

Tiene que configurar en su Iphone, que acepte como de confianza esa app.

En el siguiente link está la información con los pasos a seguir:

https://support.apple.com/es-co/HT204460

En celular con sistema operativo Android surge el siguiente mensaje (o similar, según el celular): "Internet de Samsung. Por su seguridad, el teléfono no tiene permitido instalar apps desconocidas de esta fuente"

Abrir la app de ajustes del sistema en su celular y buscar el apartado de “Aplicaciones y notificaciones”. Tocar en “ver todas las aplicaciones” y buscar aquella que quiera descargar e instalar archivos APK de aplicaciones –por ejemplo, la app del navegador–

Buscar la opción “Instalar aplicaciones desconocidas” y activarla.

La app solicita un código de documento ¿Dónde se obtiene dicho código?

Cuando tenga una reunión programada confirmada y haya agregado la firma correspondiente podrá tener el acceso al código para firmar el documento en cuestión. Hasta que no programe la reunión no obtendrá dicho código.

Se generó la reunión y al cliente no le llegó nada.

Tener en cuenta que al cliente le llegará con la anticipación que usted configuró.

Por ejemplo, si configuró para que se notifique 15 minutos antes le llegará 15 minutos antes de la reunión

¿El requirente debe instalar alguna aplicación en su teléfono?

Sí. Debe tener instalada la aplicación en su celular. Por el momento la app no se encuentra Aple Store, pero sí en Play Store. Puede descargarla desde el link:

Sistema Android

https://play.google.com/store/apps/details?id=ar.org.cecaba.cecabasign

Sistema IOS (iphone)

https://apps.apple.com/us/app/sistema-certificacion-firmas/id1571374629

 

¿Cómo le llega el enlace al requirente para que efectúe la validación de su identidad?

La validación de identidad se realiza en forma automática por whatsapp, todo llegará por esa vía.

Al querer ingresar surge el siguiente error: “There was an error signing in”

Esto se debe a que el horario está desactualizado. Revisar y actualizar el horario de la computadora,

¿Se pueden grabar las reuniones?

Las grabaciones no se encuentran habilitadas.

¿Tanto el escribano como los requirentes deben firmar con lápiz óptico?

En el caso del escribano, éste siempre debe firmar con lápiz óptico. Los requirentes que no estén en presencia del notario (a distancia) pueden firmar con lápiz óptico o con el dedo
Cuando se realice una Firma de documentos digitales de manera presencial el requirente debe estar frente al fedatario y firmar con el lápiz óptico y celular proporcionados por el escribano.

¿Hay que imprimir la foja de acta del libro digital?

Depende de lo que necesite el escribano, pero el registro del libro queda digital.

¿Existe un límite de peso en los archivos a firmar?
El peso del archivo no debe superar los 9,5 MB, de lo contrario no podrá concluir el trámite con éxito.
¿Es posible la certificación de firma digital de un documento ya firmado digitalmente??
No se recomienda esta opción porque al volver a certificar un documento ya firmado es que deben circular los dos documentos, porque al hacerlo la segunda vez se rompe la primera firma.
¿Es posible realizar la certificación de firma ológrafa de un documento ya firmado digitalmente y viceversa?
Es viable, pero cada vez que se expide una certificación de firmas el cliente debe firmar el acta de requerimiento ANTES que el documento a certificar. Por lo tanto el escribano debe planificar el orden.

En caso de tener alguna duda o sugerencia puede contactarse con la siguiente casilla:

sistemasdigitales@colegio-escribanos.org.ar