Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Colegio de Escribanos
de la Ciudad de Buenos Aires

Desde 1866 al servicio de la seguridad jurídica

Tu Persona

Corte Suprema de Justicia de la Nación

Se remite a los señores escribanos la Acordada 43/2013, publicada en el Boletín Oficial del 18 de diciembre, mediante la cual se procedió a reglamentar la utilización de comunicaciones electrónicas y domicilios constituidos de esa especie, autorizados por la ley 26685. Por esa vía se dispuso instalar un Sistema de Notificación por Medios Electrónicos (SNE) para las causas que tramitan ante esta sede, se reguló lo concerniente a las formas, procedimientos y condiciones para la notificación y, por último, se encomendó a la Secretaría General y de Gestión la elaboración y coordinación de un plan de implantación progresivo.

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Requisitos de capacitación obligatoria

Se recuerda a los colegas que a los efectos del cómputo de los puntos para cumplir con los requisitos de capacitación obligatoria establecidos por los artículos 38 y 39 de la ley 404 -se considerará período anual al período superior a los seis meses, por lo cual los escribanos que hayan asumido a partir del 1º de julio de cualquier año calendario deberán cumplirlos recién al año siguiente al ingreso a la función (Res. CD 26/2013).

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Dirección Provincial del Registro de la Propiedad

Se remite a los señores escribanos la DTR Nº 8/2013 de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad mediante la cual se habilita, a partir del 16 de diciembre de 2013, el Sistema Ley Nº 26743 a través del cual se registrarán las Disposiciones Administrativas dictadas por el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires, en cumplimiento del artículo 10 de la citada Ley.

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Consulado General del Perú en Buenos Aires

Se informa a los señores escribanos que el Consulado General del Perú en Buenos Aires ha informado a este Colegio que no se requiere presentación de permisos de viajes de menores para entrar al Perú, por ninguna vía, por lo que éstos sólo serán necesarios para salir del territorio argentino y eventualmente en los países de tránsito.

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