COVID-IGJ, Normativa, Noticias

IGJ: Resolución General 54/20

Modificación de la Resolución General 52/20.

La IGJ ha publicado la Resolución General 54/20, mediante la cual  se dispone la modificación del ARTÍCULO 6°, de la Resolución General IGJ N° 52/2020, el cual quedará redactado de la siguiente forma: 

“ARTÍCULO 6°: No se dará curso a contestaciones de vistas cursadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2020. Su plazo se tendrá por automáticamente suspendido a partir del 31 de diciembre de 2020 y se reanudará automáticamente el 1° de febrero de 2021, excepto para los trámites en los cuales expresamente se disponga la habilitación de plazos”

Haga clic aquí para acceder a la Res. Gral 54/20

 

.